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Mper - Arch - 65203 - Manual de Convivencia Carlos Cortes PDF

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA

CARLOS ENRIQUE CORTÉS HERRERA

TABLA DE CONTENIDO
Introducción

1. El manual de convivencia:
1.1. Artículo 1: Autorización de modificaciones al Manual
1.2. Artículo 2: Objetivos del Manual de Convivencia Escolar.
1.3. Artículo 3: Soportes legales del Manual de Convivencia
1.3.1. Constitución Política de Colombia 1991.

2. Artículo 4: Creación del Comité de Convivencia Escolar.


2.1. Artículo 5: De la conformación del Comité de Convivencia

3. Artículo 6. Código de infancia y adolescencia (ley 1098 / 2006).

4. Artículo 7. Ley 1620 de marzo 15 de 2013:

5. Artículo 8. Sentencias de la Corte Constitucional

6. Artículo 9: Establecimiento de responsabilidades de la Institución educativa


con la convivencia escolar
6.1 Artículo 10. Responsabilidades del director o rector del establecimiento
educativo en el sistema nacional de Convivencia Escolar.
6.2. Artículo 11. Responsabilidades de los docentes en el sistema nacional de
convivencia escolar.

7. Artículo 12. De los derechos humanos.

8. Artículo 13. Protocolo de Manejo Gestante Escolarizada:


8.1. Derechos y deberes gestante escolarizada
8.2. Derechos y deberes estudiante progenitor
8.3. Derechos y deberes acudientes de estudiantes en condición de embarazo –
maternidad – paternidad.
8.4. Protocolo de manejo para gestantes escolarizadas en el municipio.

9. Reseña histórica:

10. Horizonte institucional:


10.1 Misión:
10.2 Visión:
10.3 Principios institucionales
10.4 Valores
10.5 Símbolos institucionales.
10.5.1Escudo
10.5.2 Bandera

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11. Artículo 14. Jornada escolar

12 Artículo 15. De los estudiantes.


12.1. Perfil de los estudiantes
12.2. Uniformes
12.2.1. Uniforme
12.2.2. Artículo 16: Derechos y deberes.
12.2.2.1. Derechos y Deberes de los estudiantes
12.2.2.2. Derechos y Deberes académicos
12.2.2.3. Artículo 17. Prohibiciones
12.2.2.4. Artículo 18. Estímulos

13. Artículo 19. Del padre de familia:


13.1. Perfil
13.2. Derechos y deberes de los padres de familia
13.3. Sanciones a padres de familia:
13.4. Estímulos para los padres de familia:

14. Artículo 20. Programa Conciliadores Escolares


14.1. Objetivos del Programa:
14.2. Efectos del programa en la Institución:

15. Artículo 21. Ruta de atención integral para la convivencia escolar.


15.1. Artículo 22. De las Sanciones Pedagógicas:
15.2. Artículo 23. Clasificación de las sanciones.
15.2.1. De las sanciones:
15.2.2. Finalidad de las sanciones:
15.2.3. Definición de la naturaleza de las sanciones:
15.2.4. Artículo 24: Circunstancias que atenúan las faltas:
15.2.5. Artículo 25: Circunstancias que agravan la falta:
15.2.6. Artículo 26: Derechos de los estudiantes al aplicar sanciones.

16. Artículo 27. Clasificación de las Situaciones:


16.1. Situaciones tipo I:
16.1.1. Acciones que llevan a las sanciones tipo 1:
16.1.2. Procedimiento por parte de la institución para Sanciones tipo I:
16.1.3. Sanciones a aplicar en situaciones tipo 1:
16.2. Sanciones tipo 2:
16.2.1. Acciones que llevan a la sanción Tipo 2:
16.2.2. Procedimiento por parte de la institución en la sanción Tipo 2:
16.2.3. Sanciones a aplicar en situaciones tipo 2:
16.3. Situaciones tipo 3:
16.3.1. Situaciones que conllevan a situaciones tipo 3:
16.3.2. Procedimiento por parte de la institución para situaciones tipo 3:
16.3.3. Sanciones a aplicar para situaciones tipo 3:

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17. Artículo 28. Comité de convivencia:


17.1. Protocolo
17.2. Funciones:
17.3. Cuadro de Reuniones del Comité de Convivencia Escolar:

18. Artículo 29. Manual de funciones.


18.1. Gobierno Escolar:
18.1.1. El Rector:
18.1.1.1. Funciones del Rector:
18.1.2. Coordinador
18.1.2.1. Funciones de la coordinación:
18.1.3. Docentes
18.1.3.1. Funciones del Docente:
18.1.4. Directores de grupo:
18.1.4.1. Funciones.
18.1.5. Docente Orientador
18.1.5.1. Propósito Principal:
18.1.5.2. Funciones:
18.1.6. Consejo Directivo:
18.1.6.1. Conformación:
18.1.6.2. Funciones Consejo Directivo:
18.1.7. Consejo Académico:
18.1.7.1. El Consejo Académico está Integrado por;
18.1.7.2. Cumplirán las siguientes funciones:
18.1.8. Funciones de padres de familia:
18.1.9. Funciones del Consejo de Padres:
18.1.10. Funciones del Personero de Estudiantes:
18.1.11. Funciones del Representante de Estudiantes al Consejo Directivo
18.1.12. Funciones del Consejo Estudiantil:
18.2. Personal Administrativo:
18.2.1. Funciones de la secretaria pagadora:
18.2.2. Funciones de Celaduría:
18.2.3. Aseo planta física:

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INTRODUCCIÓN

El Manual de convivencia es un documento legal que orienta y regula la ejecución del


derecho a la educación, establecido en la Constitución Nacional. Y por tanto es un
modelo que guía el bienestar de la comunidad educativa, de tal manera que ellos se
apoyan en el código de infancia y adolescencia que establece: “Los niños y niñas
adolescentes gozan de las libertades consagradas en la Constitución Política y en los
tratados internacionales de derechos humanos, forman parte de estas libertades, el libre
desarrollo de la personalidad y la autonomía personal, la libertad de conciencia y de
creencias, la libertad de cultos, libertad de pensamientos, de locomoción y de escoger su
profesión u oficio”.

“La convivencia significa vida en sociedad, orientada hacia el bienestar individual y


colectivo”.

La Ley General de Educación, ha permitido transitar hacia tópicos de organización y


funcionamiento Institucional de las comunidades educativas, bajo pautas, pactos, normas
y acuerdos, que posibilita a las personas interactuar, relacionarse, tratarse, dentro de un
ambiente sano, saludable y libre de toda contaminación anímica, depresiva o represiva o
actitudes generadoras de violencia dentro de una sociedad.

El manual de convivencia, es una herramienta funcional de la vida social, el goce de


derechos individuales, que implican a su vez el respeto a los derechos ajenos teniendo
como eje el cumplimiento de normas y buenas costumbres, el respeto a las instituciones,
a los valores patrios, derechos humanos, y a las personas que nos rodean y que
pertenecen a la comunidad educativa.

Es entonces este manual, una instancia congregada, donde el diálogo, la concertación,


la libre expresión, la convivencia, el pluralismo, la justicia, la solidaridad y la equidad se
constituyen en las opciones democráticas, que deben apuntar seguramente al desarrollo
institucional de nuestra comunidad Educativa.

Nuestro manual de convivencia, es una herramienta de formación de muchos proyectos


de vida, guiada por el código de infancia y adolescencia. La INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CARLOS ENRIQUE CORTÉS HERRERA, adscrita a un ente público administrativo, hace
parte de la corresponsabilidad de que habla el artículo 10 del mencionado código,
entendida ésta como la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar los
derechos de niños y niñas, en cuanto a su atención, cuidado y protección, enmarcados
dentro del actual manual.

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1. El manual de convivencia:

La Constitución Política de Colombia, el código de infancia y adolescencia, la ley general


de Educación, ley 115 de febrero de 1994, esbozan la necesidad de la creación de un
manual de convivencia, que permita orientar la institución educativa bajo los conceptos
de orden, participación y convivencia pacífica, en un ambiente democrático. Por es eso
el manual de convivencia;

 Es una norma jurídica de obligatorio cumplimiento


 Compromete a todos los miembros de la comunidad educativa.
 Posee fuerza vinculante, porque devienen de las normas y los pactos.

Y por lo cual, requiere de su lectura y análisis para vivenciarlo, con el fin de generar
mejores relaciones con los miembros de la comunidad Educativa.

1.1. Artículo 1: Autorización de modificaciones al Manual

Autorizar las modificaciones al manual de convivencia para ajustarlo a la nueva


legislación escolar. Una vez ajustado con aportes todos los estamentos de la comunidad
educativa, se adoptará el presente Manual de Convivencia por medio del cual se regirán
los diferentes estamentos de la comunidad educativa de la Institución Carlos Cortés, se
autoriza realizar una amplia socialización de todas sus partes a cada uno de los
estamentos de la institución y hará parte Integral del Proyecto Educativo Institucional
(P.E.I.).

1.2. Artículo 2: Objetivos del Manual de Convivencia Escolar.

 Establecer las normas y procedimientos que rigen las relaciones entre los
diferentes estamentos de la comunidad Educativa.
 Determinar los derechos, deberes y estímulos de los diferentes estamentos que
conforman la comunidad Educativa.
 Dar a conocer a los estudiantes las medidas formativas a las faltas de disciplina
y comportamiento.
 Establecer pautas y acuerdos que debe atender la comunidad educativa para
garantizar la convivencia escolar.
 Lograr la armonía, comunicación y colaboración entre docentes, estudiantes,
padres de familia y demás estamentos del plantel.
 Orientar y estimular a los estudiantes en el ejercicio de sus derechos y
responsabilidades.
 Estimular en los estudiantes su compromiso para lograr la excelencia en su
formación integral.
 Definir las situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los
derechos humanos sexuales y reproductivos.
 Garantizar el debido proceso ante las situaciones que afecten la convivencia
escolar.

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1.3. Artículo 3: Soportes legales del Manual de Convivencia

El presente Manual de Convivencia se soporta legalmente por:

1.3.1. Constitución Política de Colombia 1991.

 Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.


 Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la
misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos,
libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo,
raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
 Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su
personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los
demás y el orden jurídico.
 Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por
razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a
actuar contra su conciencia.
 Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra. En el Manual de Convivencia
establece los derechos y deberes de los Estudiantes, Padres de Familia o
Tutores y reglamenta la actividad académica, el sistema institucional de
evaluación, los estímulos, procedimientos, correctivos y sanciones a que hayan
lugar. Su fundamento legal está basado en la Constitución Política de
Colombia, Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), decretos
reglamentarios, Ley 715 de 2001, decretos reglamentarios, ley 1098 de 2006
(ley de la infancia y de la adolescencia), fallos de la Corte Constitucional, y
demás disposiciones vigentes.
 Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a
las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta
resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones
privadas para garantizar los derechos fundamentales.
 Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas
sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene
derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
 Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje,
investigación y cátedra.
 Artículo 28. Toda persona es libre.
 Artículo 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales
y administrativas.
 Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación,
ejercicio y control del poder político.
 Artículo 41. En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán
obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica.
 Artículo 44. Derechos fundamentales de los niños.

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 Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que


tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la
ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.
 Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.
 Artículo 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la
comunidad nacional.

2. Artículo 4: Creación del Comité de Convivencia Escolar.

Todas las instituciones educativas y centros educativos oficiales y no oficiales del país
deberán conformar, como parte de su estructura, el Comité Escolar de Convivencia. Este
estará encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia
escolar, a la educación para el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y
reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la
prevención y mitigación de la violencia escolar. El Comité Escolar de Convivencia
sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Las sesiones extraordinarias serán
convocadas por el Presidente del Comité Escolar de Convivencia, cuando las
circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo. De
todas las sesiones que adelante el Comité Escolar de Convivencia se deberá elaborar
un acta, la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el Artículo
10 del Decreto 1620 de 2013.

El Comité Escolar de Convivencia, en el ámbito de sus competencias, desarrollará


acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el
ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y
mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención
de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos
Humanos, sexuales y reproductivos a partir de la implementación, desarrollo y aplicación
de las estrategias y programas trazados por el Comité Nacional de Convivencia Escolar
y por el respectivo Comité municipal, distrital o departamental de Convivencia Escolar,
dentro del respeto absoluto de la Constitución y la ley.

Parágrafo: El Comité Escolar de Convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad


y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las
actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los
tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, en
el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.

2.1. Artículo 5: De la conformación del Comité de Convivencia

El comité estará compuesto como procede a continuación:

 El Rector, quien preside el comité.


 El coordinador.
 El personero estudiantil.

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 El docente con funciones de orientador.


 El presidente del consejo de padres de familia.
 El presidente del consejo de estudiantes.
 Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Parágrafo 1: En el comité de convivencia, el personero estudiantil o su delegado


participará por parte de bachillerato y en el caso de primaria, será el personerito del
grado quinto. Para el caso del representante de los docentes, se elegirá uno por cada
jornada, quien asistirá como delegado en dicho comité.
Parágrafo 2: Es bueno aclarar que los demás miembros del comité; rector, coordinador
y orientador participaran del comité de convivencia en cada jornada cuando estos se
realicen.

3. Artículo 6. Código de infancia y adolescencia (ley 1098 / 2006).

 Artículo 1. Finalidad: Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las
niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan
en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y
comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad
humana, sin discriminación alguna.
 Artículo 2. Objeto: El presente código tiene por objeto establecer normas
sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los
adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados
en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución
Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y
protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.

4. Artículo 7. Ley 1620 de marzo 15 de 2013:

Convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación


para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:

 Artículo 2 de la Ley 1620 de Marzo 15 de 2013: En el marco de la presente Ley


se entiende por:

 Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que


se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades
cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí,
hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una
sociedad democrática.
 Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de
reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos
sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para
relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto

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por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar
un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar
decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una
sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sano; en torno a la
construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las
dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas
democráticas y responsables.
 Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y
sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización,
difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a
la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o
por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte
de un estudiante o varios de sus pares, que se presenta de forma
reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede
ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de
estudiantes contra docentes. ante la indiferencia o complicidad de su
entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el
bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y
sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del
establecimiento educativo.
 Cyberbullying o ciber acoso escolar: Forma de intimidación con uso
deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales
virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato
psicológico y continuado.
 Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones en las que
los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a
hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados,
enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad
educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y
cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera
de los involucrados.
 Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o varios
integrantes de la comunidad educativa que busca afectar
negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los
cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede
ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
 Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño
al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas,
empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de
pelo, entre otras.
 Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras
degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos,
apodos ofensivos, burlas y amenazas.
 Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos
degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

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 Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar


negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de
grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos
buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la
persona frente a otros.
 Agresión electrónica: Es toda acción que busque afectar
negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la
divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet,
realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de
redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto
insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se
revela la identidad de quien los envía.
 Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2 de la
Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños,
niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual
ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o
cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional,
aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las
relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.
 Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es
toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno
de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
 Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes:
Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza,
que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad
como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar
efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

5. Artículo 8. Sentencias de la Corte Constitucional

 Sentencia T-015 de 1994: Son los manuales de convivencia los llamados


a ponderar y armonizar el alcance y efectividad de los derechos frente a
otras disposiciones constitucionales
 Sentencia T-1233 de 2003: “Las reglas que se establezcan en los
manuales de convivencia deben reflejar el respeto a la dignidad humana
y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (Artículo 1º), así
como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (Artículo 16),
libertad de conciencia (Artículo 18), libertad de expresión (Artículo 20),
igualdad (Artículo 13), debido proceso (Artículo 29) y educación (Artículo
67) superiores. Por ser niños y adolescentes en proceso de formación,
implica una protección reforzada”.
 Sentencia T-1233 de 2003: “Los reglamentos de las Instituciones
Educativas no podrán:
1. Contener elementos, normas o principios que estén en contravía
de la Constitución.

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2. Favorecer o permitir prácticas entre educadores y educandos


que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la
privilegiada condición de seres humanos.
3. Favorecer la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos
humillantes, las sanciones que no consulten un propósito
objetivamente educativo”.
 Sentencia SC-555/1994: Desinterés o grave indisciplina, puede ser
tomado en cuenta como motivo de exclusión.
 Sentencias T – 569 del 7 de Diciembre de 1994, T - 594 de 1993 y T –
440 de 1992: “La superposición que se haga en el presente caso del
derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad del joven...,
frente al ordenamiento interno de la institución educativa (en todo caso
necesaria, legal y procedente) y el derecho al libre desarrollo de la
personalidad de los demás alumnos, deberá arrojar como resultado la
prelación del interés común sobre el interés particular.”
 Sentencia ST- 477/1995: Establecimiento de reglamentos.
 Corte Constitucional - Sentencia T-1233 de 2003: “El Reglamento del
plantel educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del
Colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización.”
 SC- 481/98: Libre derecho de la personalidad, sin afectar a terceros.
 Sentencia ST-612/1992: La matrícula como contrato civil con derechos y
obligaciones.
 Sentencia T-967 de 2007: Regulación del uso de celulares.
 Sentencia ST-235 de 1997: Obligaciones respecto al derecho que tiene
toda persona a la educación.
 Sentencia T-397 de 1997: ejercer la libertad dentro de las normas que
estructuran el orden social.
 Sentencia ST-02 de 1992: La educación como derecho- deber.
 Sentencia ST-316 de 1994: respetando el debido proceso, separar a la
persona del establecimiento educativo por mala convivencia e
incumplimiento rendimiento académico
 Sentencia ST-519/1992: imposición de las sanciones previstas dentro
del régimen interno de la institución que van desde una sanción leve
hasta la exclusión.
 ST-402 de 1992: incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias
del estudiante lo llevan a privarse de derecho constitucional.
 Sentencia T-015 de 1994: La disciplina, que es indispensable en toda
organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un
orden mínimo.
 Sentencia 037 de 1995: “Las normas contenidas en el Manual de
Convivencia deben interpretarse y ajustarse acorde con las
circunstancias particulares de los menores. No es permitir una total
libertad, sino comprender la situación y obrar de manera razonable sin
perjudicar el futuro del educando”.

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 Decreto 120 del 21 de enero de 2010, Artículo 8 y 12: Programas


educativos para evitar el consumo de alcohol y prohibición de expendio
de bebidas embriagantes a menores de edad.

6. Artículo 9: Establecimiento de responsabilidades de la Institución educativa con


la convivencia escolar

 Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás


personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad
física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos.
 Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento
de sus funciones acorde con lo estipulado en los Artículos 11,12 Y 13 de la
presente Ley.
 Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través
del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para
la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda
forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos
sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, Profesores o
directivos docentes.
 Revisar y ajustar el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia,
y el Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes anualmente, en un
proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la
comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias
y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y
las normas que las desarrollan.
 Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento
educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en
la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y
reproductivos, en los procesos de autoevaluación Institucional o de certificación
de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en
las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.
 Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un
proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y
el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el
impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del
cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la
tolerancia y el respeto mutuo.
 Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia
escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y
violencia escolar más frecuentes.
 Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la
comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la
mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.
 Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las
distintas áreas de estudio.

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6.1 Artículo 10. Responsabilidades del director o rector del establecimiento


educativo en el sistema nacional de Convivencia Escolar.

 Liderar el comité, escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los


Artículos 11,12 y 13 de la presente Ley.
 Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los
componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos
establecidos para la implementación de la ruta de atención integral.
 Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional, el Manual de
Convivencia, y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un
proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la
comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
 Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos
sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento
educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia,
acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de
Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

6.2. Artículo 11. Responsabilidades de los docentes en el sistema nacional de


convivencia escolar.

 Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar,


violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que
afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los Artículos
11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual
de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral
para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen
conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá
reportar al Comité de Convivencia para activar el protocolo respectivo.
 Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de
ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la
participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de
conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y
moral de los estudiantes.
 Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de
evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
 Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

7. Artículo 12. De los derechos humanos.

Para efectos de este manual, es vital reconocer a cada uno de los individuos que
comprenden la institución ya sean, estudiantes, profesores, personal administrativo,
personal de planta, y demás personas que tengan algún tipo de contacto con la
institución. Así entonces, los derechos universales a contemplar según la Organización
de Naciones Unidas, serian:

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 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y


derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros.
 Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en
la Declaración de los Derechos Humanos Universales, sin distinción
alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción
alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del
país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se
trata de un país independiente, como de un territorio bajo
administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra
limitación de soberanía.
 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad
de su persona.
 Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y
la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos
o degradantes.
 Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento
de su personalidad jurídica.
 Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual
protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra
toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda
provocación a tal discriminación.
 Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales
nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus
derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
 Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
 Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser
oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e
imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o
para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
 Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su
inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y
en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías
necesarias para su defensa.
 Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su
familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra
o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la
ley contra tales injerencias o ataques.
 La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene
derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
 Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de
conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar

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de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su


religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público
como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la
observancia.
 Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión;
este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus
opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de
difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de
expresión.
 Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación
pacíficas.
 Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre,
a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones
periódicas pagadas.
 Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial
la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los
servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros
en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros
casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias
independientes de su voluntad.
 Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser
gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y
fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción
técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los
estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos
respectivos.
 La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad
humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a
las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la
tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos
étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de
las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
 Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de
educación que habrá de darse a sus hijos.
 Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida
cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el
progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
 Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que
sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

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8. Artículo 13. Protocolo de Manejo Gestante Escolarizada:

Por el cual se establece teniendo en cuenta los lineamientos establecidos y normatividad


vigente: Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva de 2003 - Ley 1098 de 2006:
Código de Infancia y Adolescencia - Ley 1146 de 2007: Prevención de la violencia sexual
y atención integral a los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente - Ley 1257
de 2008: Sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación
contra las mujeres.

 Definición de embarazo adolescente: Se denomina embarazo


adolescente al que ocurre durante la adolescencia de la madre,
definida esta última por la OMS (Organización Mundial de la Salud)
como el lapso de vida transcurrido entre los 10 y 19 años de edad.
Se suele designar también como embarazo precoz, ya que se
presenta antes de que la madre haya alcanzado la suficiente
madurez física y psicológica o emocional para asumir la compleja
tarea de la maternidad. Es un embarazo no planeado ni esperado que
ocurre en una mujer o en una pareja que esta(n) económicamente
dependiendo de otros, no tienen una relación estable, usualmente se
ven forzados a interrumpir su proceso de desarrollo humano:
escolarización y planes de vida, abandonada(os) por su pareja y/o
familia.
 Es considerado un embarazo de alto riesgo ya que es la causa
principal de mortalidad de las jóvenes entre 14 y 19 años de edad
debido a complicaciones relacionadas con el parto y los abortos
practicados en condiciones de riesgo.
 La adolescencia es un periodo que con lleva cambios físicos,
psicológicos, biológicos y sociales. Psicológicamente el adolescente
carece de estabilidad emocional, siempre está en la búsqueda de
nuevas cosas, usa el método de tanteo y error, se encuentra
confundido y desea construir una identidad personal. Comienza a
buscar en el sexo opuesto un complemento, produciéndose así por
primera vez el deseo sexual y los sentimientos amorosos.

El embarazo adolescente se debe entre otros factores a:

 Falta de educación sobre el ejercicio responsable de la sexualidad.


 Mal funcionamiento del núcleo familiar.
 Fallas en la comunicación con los padres.
 Necesidad de reafirmar sus capacidades sexuales.
 Falta de información clara y específica sobre las consecuencias de las
relaciones sexuales.
 Presión social y amorosa.

Otros factores:

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 Ser hijas de madres adolescentes


 Haber sido víctimas de abuso sexual
 Uso de alcohol y drogas

8.1. Derechos y deberes gestante escolarizada

Derechos:
 A continuar con sus estudios
 A ser tratada con respeto por todas las personas de la comunidad educativa
 A cobertura médica a través del seguro familiar (E.P.S.)
 Derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos
organizados por la institución educativa
 Derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo
establecido, siempre que las inasistencias hayan sido debidamente justificadas
por los médicos tratantes y tener las notas adecuadas establecidas según el
reglamento institucional
 Derecho a realizar sus prácticas estudiantiles, siempre que no contravenga las
indicaciones del médico tratante
 Derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo
 Derecho a amamantar, para ello puede llegar o salir de la institución educativa
en los horarios que se acuerden durante el período de lactancia materna y
corresponderá a una hora de la jornada diaria de clases.
Deberes:
 Informar a las autoridades de la institución educativa de su condición de
embarazo, entregando los documentos correspondientes al coordinador,
director de curso y orientador.
 Asistir a los controles de embarazo, postparto y de crecimiento y desarrollo de
su hijo(a) en la IPS correspondiente
 Justificar la asistencia a los controles presentando el carné de salud
correspondiente o certificado del médico tratante
 Justificar las inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado
médico y mantener informado a director de grado
 Asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada, así como eximida
según recomendaciones de médico tratante, por el tiempo que sea necesario
 Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, como asistir a clases
y cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si se encuentra con
tutorías y/o recalendarización de pruebas y trabajos
 En caso de estar desescolarizada por razones de índole médica, cumplir con la
presentación de trabajos y evaluaciones en las fecha acordadas ya sea de
forma presencial o virtual

8.2. Derechos y deberes estudiante progenitor

Derechos:

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 A permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo de las


etapas del embarazo y su rol como progenitor
 Derecho a justificar inasistencia con certificado médico de su hijo(a) al tratarse
de labores relacionadas a su cuidado
Deberes:
 Informar a las autoridades de la institución educativa de su condición de
progenitor, entregando los antecedentes correspondientes al docente,
coordinador y orientador.
 Justificar inasistencias y permisos presentando el carné de salud o certificado
médico correspondiente.

8.3. Derechos y deberes acudientes de estudiantes en condición de embarazo –


maternidad – paternidad.

Derechos:
 Debe firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente que señale su
consentimiento para que la/el estudiante asista a los controles, exámenes
médicos u otras instancias que demanden atención en salud, cuidado del
embarazo, puerperio y del recién nacido, que implique la ausencia parcial o
total del/la estudiante durante la jornada escolar.
Deberes:
 Informar a la institución educativa que la o el estudiante se encuentra en esta
condición. El Coordinador y el orientador les informará sobre los derechos y
obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y de la institución
educativa.
 Notificar a la institución educativa situaciones como cambio de domicilio o si el
hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo tutela
o responsabilidad de otra persona.

8.4. Protocolo de manejo para gestantes escolarizadas en el municipio.

 Las Instituciones Educativas deben atender en forma integral a las


adolescentes embarazadas, para ello cada institución representada por
su rector deben garantizar la protección y el cumplimiento de los
derechos de las adolescentes embarazadas, desde la legislación
vigente, de esta normativa se desprenden una serie de
responsabilidades que deben ser asumidas institucionalmente.
 El rector debe designar al profesional responsable de brindar la
atención de primer orden: contención y apoyo en situaciones de
revelación de un embarazo, puede ser el director de grado, el
coordinador. el docente con quien el estudiante tiene más confianza o
el orientador.
 Cuando el embarazo ocurre en menores de 14 años debe presentarse
el reporte del caso directamente a la Policía Nacional de Infancia y

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Adolescencia y al ICBF encargado de aplicar las medidas de


protección.
 Informar a la Secretaría de Salud los casos detectados.
 La Institución educativa deberá brindar condiciones adecuadas para
asegurar la permanencia de la adolescente embarazada en el sistema
educativo.
 La Institución Educativa tendrá en cuenta los derechos y deberes de la
gestante escolarizada, del estudiante progenitor y de los acudientes de
estos estudiantes.
 La Institución educativa garantizará que las estudiantes embarazadas
que por causa de hospitalización y/o enfermedad, se encuentran
imposibilitadas para asistir temporalmente al centro educativo, cuenten
con las opciones necesarias para continuar con su programa de
estudios durante ese periodo. Las ausencias o fallas quedarán
debidamente justificadas
 En el caso de las pruebas y trabajos extra clase, el Comité de
Evaluación sugerirá los mecanismos de apoyo, seguimiento,
recuperación y evaluación, que debe implementar cada profesor en su
área, para facilitar el avance educativo, sin perjuicio del estado de salud
de la estudiante.
 Para hacer efectivo el derecho a la lactancia materna, la estudiante
podrá retirarse del establecimiento educativo durante una hora diaria
por seis meses, en horario acordado previamente con la institución.
 Las Instituciones Educativas no podrán imponer medidas correctivas o
sanciones por causa del embarazo a las estudiantes.

9. Reseña histórica:

La Institución tuvo origen en el Barrio Balcones de Sevilla, llevando su mismo nombre;


prestando sus servicios como salón comunal y escuela. Para entonces se conformó con
un prekinder, 3 preescolares y un primero. El municipio de Itagüí nombró dos profesoras
y la Acción Comunal otras dos.

El 10 de septiembre de 1989, se incorpora la escuela al patrimonio municipal, mediante


Acuerdo No 061 de septiembre 10 de 1989 y llevando el nombre de “Escuela Urbana
Integrada Balcones de Sevilla”.

En el año de 1990 se crearon ocho grupos: dos maternales, dos preescolares, tres
primeros y un segundo.

En el año de 1990, la Institución cuenta con ocho profesoras nombradas por el Municipio
de Itagüí y se pierden los nexos con la Acción Comunal del Barrio. Se crearon además
dos preescolares, tres primeros, dos segundos y un tercero.

En el año de 1992 se cuenta con dos preescolares, dos primeros, dos segundos, dos

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terceros y un cuarto.

En el año de 1993, se crea el grado quinto, quedando así conformada la básica primaria.

En el año de 1995, se aprueba la construcción de la nueva planta física en el Barrio la


Aldea, bajo el mandato de Juan Carlos Moncada Morales, entonces Alcalde popular. Por
acuerdo 021 de 1996 la Institución pasa a llamarse “Colegio Carlos Enrique Cortes
Herrera” en honor a este educador asesinado meses atrás. En julio de 1996 se inaugura
la nueva planta física, en el Barrio la Aldea.

Los grados sexto y séptimo se crean en convenio con el Colegio Cooperativo Cacique
Bitagüi, mediante el programa ampliación de cobertura de la Gobernación de Antioquia
en el año de 1997.

En el año de 1998 se crean el grado octavo quien pertenece al plan de cobertura con el
grado séptimo. El grado noveno se creó en el año de 1999 también dentro del Plan de
Cobertura. Durante este año, se aprueba el uniforme único.
En el año 2000 María Eugenia Mira gestiona la construcción de la placa polideportiva.

El grado décimo se crea en el año 2003. El 1 de agosto del mismo año el alcalde popular
Carlos Mario Serna, inaugura la placa polideportiva.

En el año 2004 ingresa como Rectora en propiedad, la señora Ligia Elvira Calle Tamayo,
se crea el primer grado once y su primera promoción. Durante los años de Gestión de la
Rectora se llevaron a cabo retos en las diferentes Gestiones. En la Gestión Académica:
el PEI, los planes de área, la malla curricular, los libros de seguimiento y de procesos, se
imprimieron los libros de calificaciones y de matrículas. En la Gestión Directiva,
Administrativa y Financiera: La cubierta del patio principal, la sala de sistemas, se doto la
biblioteca de libros, el Restaurante Escolar, el piso del patio principal, se organizaron los
baños del primer piso, los sócalos de los exteriores, de los salones, los muros del patio
de la zona verde, el salón y los baños de esa misma zona, y la cubierta de la placa
polideportiva y el proyecto de la JHON F KENNEDY, donde se doto a la institución de
ayudas tecnológicas (los plasmas que están en los salones), en la Gestión Comunidad,
se manejó con padres, comunidad, estudiantes y docentes las mejores relaciones e hice
crecer la institución en su buen nombre.

9.1 Rectores que han pasado por la institución educativa Carlos Enrique Cortés
Herrera
 Febrero 1989: Marta Cecilia Castaño Urrego (Coordinadora General).
En encargo.
 Julio 1989: Omaira Blandón (Directora) En Encargo
 Octubre 1990: Patricia Cadavid (Directora) En encargo
 Enero 1992: Marta Luz Sánchez (Directora) En encargo
 1997: Libardo Pérez, en encargo
 Julio 1999: Luís Eduardo, en encargo

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 Marzo 2000: María Eugenia Mira Ríos, en encargo


 Julio 2001: Carlos Alberto Monsalve, en encargo
 Enero 2003 William Echavarría Aguilar, en encargo
 Octubre 2003 Gumercindo Álvaro Montoya, en encargo
 Febrero 2004: Ligia Elvira Calle Tamayo, en propiedad
 Junio 2012: Héctor Hoyos, en propiedad
 Septiembre 2012: Reyner Aníbal Álvarez, en encargo
 Enero 2014, Juan Ricardo Caro Riaño, en propiedad.
 Enero 2016, Francisco de la Barrera Gutiérrez, en propiedad.

9.2 Promociones
 2004 Primera promoción grado once
 2005 Segunda promoción grado once
 2006 Tercera promoción grado once
 2007 Cuarta promoción grado once.
 2008 Quinta promoción grado once
 2009 Sexta promoción grado once
 2010 Séptima promoción grado once
 2011 Octava promoción grado once
 2012 Novena promoción grado once
 2013 Décimo promoción grado once
 2014 Undécima promoción grado once
 2015 Duodécima promoción grado once
 2016 Décima tercera promoción grado once
 2017 Décima cuarta promoción grado once

10. Horizonte institucional:

10.1 Misión:

La Institución Educativa Carlos Enrique Cortes Herrera desarrolla una formación integral
del ser en niños, niñas y jóvenes desde preescolar hasta undécimo, con carácter
académico y técnico, proyectados hacia la educación superior o al campo laboral, con
enfoque social e inclusivo, basado en los principios de tolerancia y trabajo en equipo,
para dar respuesta a las necesidades económicas, políticas, culturales y sociales del
municipio, la región y la nación.

10.2 Visión:

En el 2024, la Institución Educativa Carlos Enrique Cortes Herrera, será reconocida como
un establecimiento que involucra las TIC en los procesos de enseñanza-aprendizaje, con
propuestas innovadoras, abanderada en la formación de seres integrales y competentes,
capaces de desenvolverse objetivamente en la sociedad del siglo XXI.

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10.3 Principios institucionales

La Institución Educativa Carlos Enrique Cortes tiene dos principios: el de la tolerancia y


el del trabajo en equipo.

 El principio de la tolerancia; asumida como el reconocimiento de la


importancia de aceptar las ideas, creencias o prácticas de los demás
aun cuando sean diferentes o contrarias a las nuestras; incluye los
valores del respeto, solidaridad, responsabilidad y honestidad.
 El principio del trabajo en equipo: unión y empatía entre los
integrantes hacia un objetivo común, incluye la creatividad,
competitividad, generosidad y sinceridad.

Tolerancia

Principios

Trabajo en
equipo

10.4 Valores

Los valores que orientan el quehacer pedagógico institucional son los siguientes:

 Responsabilidad: asumida como la formación de personas


sensibles y comprometidas con la solución de los problemas sociales
de sus comunidades.

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 Honestidad: entendida como la cultura de legalidad mediante


prácticas que promuevan la decencia, la justicia, la honradez y a
rectitud en nuestras acciones.
 Respeto: entendido como la forma de compartir las actividades
escolares, la vida en comunidad y los espacios de la ciudad en un
ambiente de diálogo sincero que promueva el intercambio de
conocimientos y experiencias.
 Solidaridad: como el sentir como propios los problemas de otros y
trabajar en equipo para la búsqueda de soluciones.

Responsabilidad

Honestidad
Valores Respeto

Solidaridad

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10.5 Símbolos institucionales.

10.5.1 Escudo

10.5.2 Bandera

11. Artículo 14. Jornada escolar

 Transición 7:30 am a 11:30 am


 Primaria de 7 am a 1 pm.
 Bachillerato de 12:30 pm a 6:30 pm

Parágrafo 1: Permiso de salida del estudiante, en caso de enfermedad, cita médica o


familiar, se notificara al acudiente en forma telefónica, teniendo en cuenta la base de
datos del colegio, para que vengan por el estudiante, si llegado el caso el acudiente no

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puede venir, se dejará constancia en el permiso de salida, la autorización telefónica que


se hizo y firmará el estudiante como testigo.
Parágrafo 2: Para los estudiantes de bachillerato, la hora de entrada es a las 12:30 pm
y se cierra a las 12:40 pm. Los estudiantes que lleguen tarde serán registrados y se
dirigirán a la cancha de la institución, y luego podrán ingresar a clase después del primer
descanso.
Parágrafo 3: El estudiante que llegue tarde a la institución dos veces en el periodo, se
citará al padre de familia o acudiente y se le suspenderá por un día del colegio.
Parágrafo 4: En el caso que un estudiante llegue tarde, podrá entrar a la institución en
compañía del padre de familia o acudiente quien haya firmado la matricula.
Parágrafo 5: Si el estudiante necesita faltar a la institución por razones de fuerza mayor
(cita médica, actividades deportivas, recreativas o culturales), debe tener un permiso de
la institución, y será solicitado por los padres de familia o acudientes con anterioridad.

12. Artículo 15. De los estudiantes.

12.1. Perfil de los estudiantes

El estudiante de la Institución Educativa Carlos Enrique Cortés, se caracteriza por ser:

 Responde a las actividades pedagógicas del aula.


 Siente como propia la institución respetando y amando las personas y todo
lo que tenga relación con éste espacio.
 Respeta las diferencias individuales, de pensamiento, raza, género, credo
y personas con algún tipo de discapacidad o necesidad educativa.
 Comprometido con la formación de un ambiente agradable y de cuidado
del medio ambiente.
 Colabora con el desarrollo de los proyectos y actividades co-curriculares
donde la creatividad y el trabajo en equipo ocupen un lugar importante.
 Crítico, analítico y competente para la vida y capaz de enfrentar el mundo
globalizado.
 Autónomo frente a su rol como estudiante integral y transformador de su
entorno social y medio ambiente.
 Ciudadano con equidad e igualdad, cumplidor de normas y con sentido de
pertenencia y alto grado de autoestima.
 Transparente y honesto al transmitir sus sentimientos.
 Positivo y equilibrado en las relaciones con los demás miembros de la
Institución y de la sociedad.
 Abierto a trabajar armónicamente en equipo, entorno a objetivos que
beneficien a toda la comunidad educativa.
 Responsable, comprometido y mostrar interés por su rendimientos
académico y los demás aspectos de su formación integral.
 Consiente de las consecuencias que ocasiona emitir juicios negativos
sobre el desempeño de alguno de los miembros de la comunidad
educativa.

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 Mantener una presentación personal adecuada en los diferentes momentos


de la convivencia institucional.
 Persona portadora del buen nombre de la Institución en el contexto que se
desarrolle; familia, comunidad, deporte, etc.
 Interioriza los valores humanos y sociales que promuevan la identidad
nacional, regional y local como fundamento de justicia y paz reconociendo
las diferencias individuales.
 Mediador en la solución de conflictos del contexto internos y externos de la
Institución.

12.2. Uniformes

12.2.1. Uniforme

El uniforme se constituye en el distintivo o carta de presentación que identifica al


alumno(a) de la Institución educativa Carlos Enrique Cortés Herrera ante el municipio de
Itagüí.

 Da sentido de pertenencia a la Institución.


 Da sentido de igualdad evitando la competencia y rivalidad entre los
estudiantes por la moda y las marcas.

En la IE Carlos Enrique Cortés se define un solo uniforme, como una forma de apoyo a
los padres de familia, en la disminución de gastos económicos y para la comodidad de
los estudiantes:

 Camiseta blanca, tipo polo, (ribete verde, en cuello y en manga), escudo


al lado izquierdo.
 Sudadera verde y marcada con las iniciales de la institución.
 Medias blancas.
 Tenis blanco.

Parágrafo 1: Es permitido el uso de la camiseta blanca debajo de la camiseta de


educación física o de diario, pero en ambos casos ésta debe ir metida por dentro.
Parágrafo 2: Si algún estudiante no tienen el uniforme, el padre de familia o acudiente
deberá acercarse a la institución, y explicar el motivo por el cual el menor no cuenta con
el uniforme, y en tal caso, se realizará un acuerdo con la institución para que el estudiante
venga con el uniforme. Se deja claro que el porte del uniforme no es obligarío teniendo
en cuenta la realidad particular de la familia.
Parágrafo 3: Si el estudiante se presenta al colegio sin uniforme estipulado, no será
recibido en el colegio hasta que el padre de familia o acudiente vengan a la institución y
manifiesten las razones por las cuales el discente no lo trae.

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12.2.2. Artículo 16: Derechos y deberes.

12.2.2.1. Derechos y Deberes de los estudiantes

DERECHOS DEBERES
1. Conocer el Manual de Convivencia Apropiar, acatar y cumplir el manual de
Convivencia Escolar al iniciar el año
académico. Convivencia, respetando el
colegio, su nombre y sus símbolos.
2. Recibir una educación integral de Asumir con responsabilidad y
acuerdo con el espíritu y los objetivos de cumplimiento, su proceso formativo,
la institución. esforzándose en todo momento para
obtener los desempeños establecidos en
el P.E.I
3. Ser tratado con respeto y sin Tratar con respeto y sin discriminación
discriminación alguna por razones de alguna, por las razones ya mencionadas,
origen étnico, cultural o lingüístico, a todos los miembros de la comunidad
religión, situación socioeconómica, de educativa, reconociendo para los demás,
discapacidad o desplazamiento forzado, los mismos derechos que se exige para sí
sexo identidad de género y orientación mismo.
sexual (Directiva 001 de 2011,LEY 1620
DE 2013
4. Ser atendido en sus iniciativas, Actuar con verdad y sentido ético
reclamos, sugerencias y solicitudes, siguiendo los procedimientos
cuando estas se realicen a través de los
procedimientos establecidos en la
institución de acuerdo a los conductos
regulares, dentro de normas de veracidad
y diálogo respetuoso.
5. Ser escuchado antes de ser sancionado Respetar y acatar las decisiones
y poder presentar los descargos emanadas por la autoridad competente al
correspondientes. finalizar las etapas del debido proceso
6. Recibir y utilizar en forma adecuada y Cuidar y conservar en buen estado las
respetuosa, de acuerdo con los horarios instalaciones del colegio, haciendo un uso
establecidos, los servicios de bienestar adecuado de los servicios de bienestar
estudiantil que ofrece el Colegio. estudiantil, cumpliendo en todo momento
las normas básicas de salud, higiene,
urbanidad y civismo
7. Recibir los llamados de atención en Hacer uso de su defensa en forma
forma oportuna respetuosa.
8. Conocer las anotaciones y sanciones, Firmar en constancia que conoció la
que sobre su comportamiento se hagan observación escrita, y si es el caso, en el
en el observador del estudiante, tanto en mismo observador hacer las aclaraciones
los aspectos positivos como negativos. o descargos que considere pertinentes.

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9. Obtener permiso para ausentarse del Presentar los soportes requeridos por el
Colegio, antes de terminar la jornada, colegio para autorizar el permiso, que
cuándo las circunstancias lo justifiquen y puede ser concedido por alguno de los
con presencia del acudiente. En todo directivos docentes con la presencia del
caso, el permiso sólo lo concede alguno padre de familia y/o acudiente.
de los Directivos del Colegio.
10. Supervisar de manera personal o a Colaborar con la Comunidad educativa
través de sus representantes en el para que se cumpla el manual de
gobierno escolar, el cumplimiento del convivencia, comunicando a quien
presente Manual de Convivencia corresponda el conocimiento de toda
conducta contraria a las buenas
costumbres, la moral social, la buena
imagen del colegio y la ética ciudadana
11. Elegir y ser elegido para conformar los Ejercer el derecho al voto, en los procesos
órganos de gobierno escolar y los de elección y en caso de ser elegido para
diferentes comités que se organicen. cualquier representación o cargo, cumplir
los requisitos exigidos y responder
satisfactoriamente con el trabajo asignado.
12. Los que le confiere el PEI de acuerdo Participar por medio de sus
con sus principios, objetivos y representantes, en la elaboración del
orientaciones. Conocer y colaborar en la manual de convivencia escolar y en las
implementación del P.E.I adiciones y/o modificaciones posteriores.
Acatando los procedimientos establecidos
para presentar modificaciones al manual
de convivencia.
13. Ser respetado por sus maestros, Respetar y colaborar con docentes y
funcionarios del Colegio y compañeros de directivos de la Institución, asumiendo con
tal manera que, dentro de las pautas seriedad y cumplimiento sus compromisos
señaladas en el PEI y en el presente académicos y convivenciales.
Manual de Convivencia, pueda cumplir
con el normal desarrollo de sus
compromisos adquiridos a través de la
matrícula.
14. A ser tratados según el documento de Mantener a la institución informada acerca
prevención de trabajo infantil y la de cualquier tipo de trabajo llevado a cabo
protección del joven trabajador, Código por los estudiantes, teniendo en cuenta los
Sustantivo de Trabajo y la Resolución deberes debidos que se pueden consultar
3597 de 2013, que puede ser consultado en la página: www.mintrabajo.gov.co.
en : www.mintrabajo.gov.co.

12.2.2.2. Derechos y Deberes académicos

DERECHOS DEBERES
1. Conocer, a través de sus directores de Apropiar con sentido de pertenencia el
grupo y maestros, el PROYECTO PROYECTO EDUCATIVO

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EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI) y INSTITUCIONAL (PEI) y participar


participar en la construcción y desarrollo responsablemente en su desarrollo.
del mismo.
2. Conocer al iniciarse el año lectivo, el plan Asumir con responsabilidad y
y desarrollo de cada asignatura: los compromiso, el desarrollo de cada
contenidos, logros, competencias, asignatura, participar en las actividades
conocimientos y los criterios que se que se programen y trabajar con esmero
aplicarán en la evaluación de su para alcanzar con satisfacción los logros
rendimiento escolar y en general, las propuestos.
actividades que el profesor implemente
para el mejor desempeño académico de las
mismas.
3. Recibir las clases completas y en forma Asistir puntual y regularmente a clase y
puntual, de acuerdo con el horario presentar las excusas respectivas cuando
establecido. por razones de fuerza mayor falte a la
misma; siguiendo los procedimientos
establecidos y dentro de los plazos
estipulados.
4. Solicitar y recibir durante el desarrollo de Atender con disciplina y disposición las
las clases, orientación y explicación en los explicaciones del profesor durante el
temas en donde tenga dificultades. desarrollo de las clases.
5. Controvertir, debatir y expresar sus Respetar con tolerancia las opiniones
opiniones, dentro del debido respeto a la ajenas y/o diferentes a las personales.
convivencia y la opinión ajena.
6. Ser evaluado continua y Colaborar y participar responsablemente
permanentemente, en sus avances y logros en su proceso.
personales con justicia y objetividad.
7. Conocer en forma oportuna y Revisar los resultados de sus
permanente, los resultados de las evaluaciones y hacer en forma respetuosa
evaluaciones del proceso educativo. y oportuna los reclamos que considere
pertinente.
8. Ser informado en cada período y por el Informarse sobre los resultados finales del
respectivo profesor de la asignatura, sobre proceso valorativo en cada asignatura,
los conceptos valorativos antes de ser hacer en forma respetuosa y oportuna los
registrados en las planillas definitivas. reclamos que considere pertinente y
reclamar con su acudiente el boletín de
calificaciones.
9. Desarrollar actividades de refuerzo y Acatar y cumplir las recomendaciones
superación, según lo establecido por el sugeridas para los procesos de
Colegio recuperación, entregándolos y
sustentándolos en las fechas acordadas
10. Recibir una formación y preparación Tomar interés en nivelar los vacíos
académica, que corresponda al plan de conceptuales que identifique, cuando por
estudios y al grado que cursa. efectos de la promoción, el estudiante
avanza al grado siguiente, sin satisfacer

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todos los prerrequisitos académicos


necesarios para el grado en que se
encuentre.
11. Participar en el mejoramiento del Asistir y participar en todas las actividades
proceso educativo y en las actividades programadas por el colegio, como
culturales, sociales, religiosas, deportivas y miembro de la comunidad educativa.
democráticas programadas por el Colegio.
12. Acordar oportunamente con el profesor Presentar a los profesores respectivos, la
de cada asignatura, las fechas para la excusa sobre inasistencias emitida por
presentación de evaluaciones de cada coordinación, para programar las
período académico, como también la evaluaciones y trabajos que debe
presentación de las mismas o de trabajos presentar y cumplir con las fechas
dejados de presentar por causa justificada acordadas.
de inasistencia, previo visto bueno del
Coordinador.
13. Conocer el manual de convivencia de la Tener, leer comprender y cumplir la
institución, filosofía, misión, visión, filosofía de la institución y por ende las
principios que definen la orientación del normas consignadas en este manual de
colegio. convivencia.
14. Ser informado sobre los programas, Cumplir oportunamente con las
proyectos propuestos, logros, horarios y obligaciones escolares (tareas, trabajos
formas de evaluación en las distintas áreas de investigación, lecturas, talleres,
y asignaturas. evaluaciones, trabajos de campo, servicio
social, etc.) cuidando el orden y la calidad
de dichas obligaciones.
15. Conocer detalladamente el uniforme Portar el uniforme adecuadamente y
que debe portar en la Institución según lo establece el Manual de
convivencia.
16. Ser respetado en su integridad personal Asumir una actitud de respeto, ayuda,
y social por todos los miembros de la comprensión, servicio y tolerancia hacia
comunidad educativa. los demás, evitar todo aquello que cause
división, altercados, rivalidad, alejamiento
e irrespeto entre los miembros de la
comunidad educativa.
17. Ser escuchado y recibir el trato debido Aceptar con educación las
que contribuya al mejoramiento de la sana recomendaciones y sugerencias dadas
convivencia, siguiendo el conducto regular. por directivas, profesores y orientador.
18. Participar en las diversas actividades Comportarse correctamente dentro y
sociales, culturales, deportivas y fuera del colegio, en horas escolares,
recreativas que programe el colegio. extraescolares, salidas pedagógicas,
deportivas o recreativas, convivenciales y
demás actividades en que participe.
19. Ser evaluado integralmente y con Acordar con los profesores los momentos
justicia en todas las áreas y conocer el y condiciones para realizar las

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resultado de las evaluaciones antes de ser evaluaciones dentro de los periodos


reportadas a la planilla final. académicos, por ausencias justificadas.
20. Recibir los primeros auxilios, tener Salvaguardar la salud general, el nombre
carné del seguro de accidentes y ser del colegio y mantenerse al margen al
remitido al lugar correspondiente en caso consumo y distribución de drogas ,
necesario. alucinógenos; pertenecer o patrocinar
pandillas, porte de armas, material
pornográfico etc.
21. Solicitar y obtener permisos justificados Presentar autorización del padre de
respaldado por el padre de familia o familia, avalado por la coordinación
acudiente. cuando por causa mayor lo amerite; de lo
contrario el padre de Familia o acudiente
debe venir a retirar el niño de la Institución.
22. Utilizar y disfrutar los espacios y Mantener y entregar las aulas, biblioteca,
recursos con los que cuenta la Institución. sala de sistemas, patio, cafetería,
laboratorios e implementos deportivos en
perfecto orden y aseo al finalizar cada
actividad, respetando el reglamento
interno de cada lugar.
23. A que se le respeten los implementos Cuidar los implementos de uso personales
de uso personal. y respetar los ajenos.
24. Recibir a tiempo las comunicaciones Entregar a los padres de familia las
que envíe el colegio. circulares y mensajes enviados por el
colegio, de manera rápida y oportuna.
25. Recibir un trato respetuoso. Con Utilizar un lenguaje y comportamiento
modales adecuados de todos los miembros acorde con las normas establecidas y las
de la comunidad educativa. buenas costumbres.
26. Participar en el Gobierno Escolar, en Representar dignamente con alto sentido
los eventos deportivos, coros, danzas y de pertenencia a la Institución y cumplir
demás. las funciones para lo cual fue designado.
27. Recibir una buena educación que le Dar muestras de responsabilidad y
brinde las oportunidades para su respeto frente a sí mismo y a los demás,
crecimiento personal. siendo protagonista de su propia
educación y formación.
28. Ser informado oportunamente de las Asumir y respetar los cambios de curso,
decisiones que se toman respecto al durante el año escolar.
cambio de curso.
29. Recibir de padres y/o acudientes los Traer los elementos y útiles escolares
implementos necesarios para el desarrollo para el desarrollo de los logros educativos.
académico.
31. Conocer el seguimiento académico o Presentar acudiente y/o representante
de convivencia, respetándose el debido legal cuando se requiera en la Institución,
proceso. para recibir informe del proceso formativo
del estudiante.

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32. Los estudiantes de inclusión o Respetar a los compañeros que presenten


capacidades sobresalientes tienen derecho algún tipo o clase de diversidad funcional,
a un trato digno e igualitario de parte de especial vulnerabilidad o capacidades
todos los miembros de la comunidad sobresalientes, ofreciéndoles un trato
educativa. (Art. 43 del Código de la digno e igualitario.
infancia.)
33. A que se le garantice el debido proceso Conocer el debido proceso y cumplir con
en todas las actuaciones Administrativas y las normas establecidas en el manual de
judiciales en que se encuentren convivencia para evitar situaciones de
involucrados. (Art.43 del C.I.). conflicto.
34. A que se le respete por la diferencia y Respetar las diferencias de las demás
disfrute de una vida digna en condiciones personas en cuanto a raza, religión y
de igualdad respecto a raza, religión y orientación sexual.
orientación sexual de tal manera que se le
permita desarrollar al máximo sus
potencialidades y su participación activa en
la comunidad (Art. 43 del C.I.).
35. A que se le proteja eficazmente contra Respetar de hecho y palabra a los
toda forma de maltrato, agresión física o compañeros, profesores y demás
sicológica, humillación, discriminación o miembros de la comunidad, al igual que
burla de parte de los demás compañeros, poner en conocimiento ante las
profesores y demás miembros de la autoridades competentes de la Institución
comunidad educativa. los casos de maltrato, agresión física o
sicológica, humillación, discriminación y/o
burla; bullying o Cyberbullying, sin infringir
la ley 599 o código penal Colombiano
36. Utilizar el servicio de restaurante Respetar, acatar órdenes y guardar
escolar y los otros espacios que le brinda la compostura al utilizar los servicios de
Institución. restaurante escolar y los otros espacios
que le brinda la Institución.
37. Acceder a la formación en Participar de la formación en
competencias laborales. competencias laborales durante la
Educación Media.

12.2.2.3. Artículo 17. Prohibiciones

 No se permite el uso del celular mientras los estudiantes estén en clase a


menos que sea con fines académicos orientados por el docente. La
institución no se responsabiliza por la pérdida de dichos aparatos.
 No se permite el uso de cosméticos, maquillajes, esmalte, joyas y demás
elementos que choquen con el uniforme escolar.
 No se permite el uso de juegos electrónicos, consolas de video juegos,
iPhone, iPod, audífonos, grabadoras, mini componentes y demás aparatos
que impidan el normal desarrollo curricular y dela formación humana.

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 No se permite las manifestaciones amorosas que atenten contra la moral,


las buenas costumbres, las relaciones interpersonales o que generen mal
ejemplo a las niñas, niños y jóvenes.
 No se permite el porte de anillos, manoplas cinturones y demás elementos
que generen riesgo tanto al estudiante como a los demás miembros de la
comunidad educativa.
 No se permite la permanencia de los estudiantes dentro de las instalaciones
de institución educativa después de la jornada escolar sin el respectivo
permiso.
 No se permite la visita de personas ajenas a la institución durante la jornada
escolar. Los exalumnos deben entrar a la institución solamente cuando
sean llamados por las directivas o hacer trámites de documentos. No se
admite que vengan en plan de visita.
 No se permite la salida del colegio una vez el estudiante ingrese, sin la
presencia de los padres de familia y/o tutores o autorización escrita de
quienes firmaron la matricula.
 No se permite la compra, venta, cambio, trueque, juego o cualquier otro tipo
negociación de útiles, elementos o productos entre los estudiantes.

12.2.2.4. Artículo 18. Estímulos

Los estímulos son aquellos incentivos que la institución otorgara a aquellos estudiantes
que se destaquen por su buen actuar y por su nivel académico. Entre los estímulos están:

 Izar Bandera: un reconocimiento que se le hace en las ceremonias de


izadas de banderas a los estudiantes que lo ameriten.
 Día del mejor: se hace el reconocimiento al estudiante por su
excelencia académica y a los estudiantes que se destacan por los
valores institucionales.
 Estudiante del año, mención de honor.
 Mejor bachiller.
 Mejor ICFES

13. Artículo 19. Del padre de familia:

13.1. Perfil

Los padres de familia como los primeros educadores de sus hijos al seleccionar a la
Institución Educativa Carlos Enrique Cortés para compartir dicha responsabilidad se
identifican con la filosofía y objetivos institucionales y se comprometen con el desarrollo
y ejecución del Proyecto Educativo. En este contexto el padre de familia debe ser:

 Una persona consciente de sus deberes como padre en la atención de las


necesidades socio afectiva, moral y cognoscitiva.

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 Consecuente en las prácticas de su núcleo familiar de los valores que


desarrolla la institución
 Promotor del espíritu de colaboración y servicio en las buenas relaciones con
los diferentes estamentos que conforman la Comunidad educativa.
 Facilitador de ambientes que le permitan a sus hijos la toma de decisiones de
acuerdo a su edad.
 Cumplidor de las citaciones a las reuniones, talleres y llamados que el colegio
le programe
 Comprometido en el hogar y en el colegio con la formación académica
 Promotor del diálogo principio en el que se debe fundamentar la autoridad.

13.2. Derechos y deberes de los padres de familia

DERECHOS DEBERES
1. Gozar las garantías de ley, Los padres de familia deben contribuir para
políticas, sociales y económicas lograr el buen rendimiento académico y
planteadas en la constitución nacional. disciplinario de sus hijos, por medio de la
correcta educación familiar y estableciendo
verdaderos lazos de comprensión y
cooperación con los demás estamentos de
la comunidad educativa.
2. Ser atendidos oportunamente por Consultar la hoja de atención a padres de
el rector, el coordinador, los profesores y familia, para ser atendidas por los
administrativos dentro de las profesores en el horario estipulado y
Instalaciones del plantel en el horario acatarlos para el mejoramiento disciplinario
establecido. y académico.
3. Ser respetado en su integridad Dirigirse con respeto a los directivos y
física, mental emocional, sexual, docentes para un trato cordial de los
intelectual e ideológica por todos los diferentes estamentos de la institución.
miembros de la comunidad educativa sin
discriminación alguna.
4. Participar en los comités Participar en los comités que sean
Institucionales vigentes. requeridos y organizadas en la institución.
5. Matricular a sus hijos y firmar los Comprender que no basta con matricular a
compromisos correspondientes. sus hijos en la institución sino que es
necesario acompañarlos durante todo el
proceso educativo.
6. Ser escuchado en sus Seguir el conducto regular en caso de
inquietudes y sugerencias para la buena querer o necesitar comunicar inquietudes,
marcha de la institución propuestas o reclamos con una actitud
amable, cortes y en forma escrita.

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7. Solicitar permiso para retirar del Solicitar personalmente permisos


Colegio a su hijo(a), dentro del horario de indispensables para retirarse del colegio o
clase con la respectiva justificación salidas antes de la hora habitual.
escrita.
8. Conocer y participar en la Fomentar y apoyar la participación de sus
planeación, desarrollo y ejecución de hijos y de sí mismo en los eventos de tipo
actividades programadas por el plantel cultural, académico, deportivo y religioso.
de carácter educativo y/o formativo.
9. Recibir información objetiva y Mantener un dialogo constante con los
oportuna sobre el desempeño de su directores de curso, profesores e hijos(as)
hijo(a) para superar dificultades, estimular logros,
verificar el cumplimiento y asistencia a
actividades escolares.
10. Conocer las normas Conocer y asumir en cada una de sus
contempladas en el presente Manual. partes el Manual de Convivencia de la
Institución. Posibilitando el cumplimiento de
los deberes y la defensa de los derechos de
cada uno de los estamentos de la
comunidad
11. Ser informado sobre las Acudir oportunamente a todas y cada una
modificaciones que sufran los horarios, de las citaciones de los profesores y/o
programas, actividades previamente directivos.
establecidos y con antelación.
12. Estar informado sobre el Realizar seguimiento permanente al
seguimiento hecho a sus hijos(as) ante proceso de educación y evaluación de sus
las faltas de comportamiento, hijos.
inasistencia, bajo rendimiento, logros,
habilidades o fortalezas.
13. Recibir asesoría y orientación de Recibir colaboración eficiente y a tiempo de
los directivos, profesores y del orientador los diversos estamentos del plantel en los
cuando lo estimen conveniente. aspectos educativos y formativos.
14. Ser parte del consejo de padres Promover y participar en la conformación
de familia, elegir y ser elegido para del consejo de padres de familia.
Integrar los comités que en ésta se
establezcan.
15. Recibir información objetiva y Reclamar informe académico en las fechas
oportuna sobre el desempeño de sus y horas establecidas para la entrega del
hijos mismo.
16. Conocer y participar en la Asumir responsabilidades en actividades
planeación, desarrollo y ejecución de para el aprovechamiento del tiempo libre de
actividades programadas por el plantel sus hijos para el desarrollo de
de carácter educativo y/o formativo. competencias ciudadanas.
17. Acompañar a los hijos en el Acompañar de forma permanente y activa a
proceso académico y evaluativo sus hijos en el proceso pedagógico.

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18. Participar en la revisión y ajuste Cumplir con las condiciones y obligaciones


del manual de convivencia. establecidas en el manual de convivencia y
responder cuando su hijo incumple alguna
de las normas allí definidas.
19. Conocer y seguir la RAI cuando Utilizar los mecanismos legales existentes
se presente un caso de violencia y los establecidos en la RAI para restituir los
escolar o vulneración de los derechos. derechos de sus hijos cuando estos sean
agredidos
20. Exigir a sus hijos el cumplimiento Controlar en casa la realización de tareas,
de sus deberes académicos. repasos, actividades escolares
programadas
Estimular el desempeño de sus hijos (as)
21. Proporcionar a los estudiantes reconociendo sus logros, ayudándoles a
todos los elementos y tiempo necesarios superar sus debilidades, animándolas a
para el desempeño académico enfrentar sus retos tanto académicos como
disciplinarios
22. Proveer a sus hijos espacios en el Proporcionarle al estudiante un ambiente
hogar, que generen confianza, ternura, de respeto y comprensión dentro del hogar,
cuidado y protección de sí y de su propiciando espacios para el cumplimiento
entorno físico, social y ambiental de sus labores escolares.
23. Recibir orientación por parte del Buscar apoyo profesional cuando la
personal de la institución en casos institución no la pueda ofrecer y presentar
especiales oportunamente los diagnósticos médicos
en caso de condiciones especiales.

13.3. Sanciones a padres de familia:

El desacato frente a los deberes del padre de familia y/o acudiente se hará acreedor a
las siguientes sanciones:

 Cuando se ha citado al padre de familia y/o acudiente para informarse acerca


del proceso académico o disciplinario, y no se haga presente quedará
registrado en el observador del alumno y se enviará una segunda citación.
 La inasistencia reiterada a tres (3) citaciones con relación al mismo evento por
el cual se fue citado, será causal de remisión a la Comisaría de Familia o ICBF
por presunto abandono (Ley de la Infancia y la Adolescencia 2006).
 Denunciar ante las autoridades competentes las agresiones físicas y/ o
verbales de los Padres de Familia a directivos docentes, docentes, personal
administrativo, estudiantes o cualquier miembro de la comunidad educativa.

Parágrafo 1: El padre de familia y/o acudiente que maltrate a su hijo(a) o incumpla con
sus obligaciones será denunciado ante la Personería y Comisaría de Familia, previa
comprobación de la situación presentada por el estudiante.
Parágrafo 2: La Institución se reserva el derecho de admisión de los estudiantes cuyos
padres de familia incurran en el incumplimiento de sus deberes.

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13.4. Estímulos para los padres de familia:

Los padres de familia que sobresalen en la educación de sus hijos y colaboran con la
institución serán estimulados así:

 Invitación a actos especiales en representación de la Institución.


 Carta de felicitación por los méritos reconocidos en su hijo.
 Mención de honor entregada en el acto de clausura.

14. Artículo 20. Programa Conciliadores Escolares

Los Conciliadores Escolares es un programa creado con el fin de transformar el conflicto


escolar a partir de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) y prevenir
el matoneo o bullying en los colegios. Además, está planteado como una propuesta
pedagógica que brinda herramientas para el desarrollo de competencias sociales en los
jóvenes, y está dirigido a toda la comunidad educativa: padres y madres de familia,
docentes, directivos y estudiantes.

El programa realiza un proceso de formación y capacitación, acompañado de eventos de


sensibilización sobre los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) en el
ámbito educativo, así como con los demás miembros de la comunidad educativa,
dejando como resultado un grupo de jóvenes estudiantes y docentes en capacidad de
intervenir el conflicto entre pares. El programa de estudiantes conciliadores intervendrá
en situaciones tipo I.

14.1. Objetivos del Programa:

 Favorecer buenos y sanos espacios de convivencia educativa, adoptando una


cultura de conciliación escolar.
 Reparar las relaciones interpersonales que se gestan en el entorno escolar y
familiar.
 Desarrollar en los jóvenes liderazgo y un sentido de pertenencia y participación
creando nuevas formas de convivencia en el ámbito escolar
 Permitir reconocer en el conflicto una posibilidad de crecimiento personal.
 Recuperar tejido social y reestablecer lazos de compañerismo y cooperación.
 Disminuir las sanciones graves evitando que el conflicto escale.
 Estimular a los estudiantes a participar responsablemente y estar
comprometidos con los ambientes escolares.
 Lograr contener el ausentismo por intimidación o malas relaciones con sus
pares.

14.2. Efectos del programa en la Institución:

 Generar sentido de pertenencia de los estudiantes por la institución educativa.


 Aporta al prestigio del colegio y el desarrollo de competencias ciudadanas.

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 Apoya a la conformación de los comités de convivencia escolar exigidos en la


Ley 1620 de 2013 y el decreto 1075 de 2015.

15. Artículo 21. Ruta de atención integral para la convivencia escolar.

Ruta de Atención
Integral

Componentes

Atención:
Promoción:
Prevención: Asistencia Seguimiento:
Pautas de
Evitar agresiones comunidad Reportes.
convivencia escolar
educativa.

15.1. Artículo 22. De las Sanciones Pedagógicas:

Se entiende como sanción pedagógica toda acción que tenga como fin la corrección o
cambio de comportamiento del estudiante para generar consciencia y hacer una
reversión del modo de comportarse del estudiante en la institución educativa; el hecho
que el estudiante logre apropiarse de su responsabilidad frente a las consecuencias que
tiene sus actos, le ayudará en su proceso de formación y los de su familia, al promover
un ambiente agradable donde impere la convivencia entre sus miembros. De igual forma,
se busca apropiar a los padres o acudientes sobre la importancia de su acompañamiento
y seguimiento para el desarrollo educativo y personal del estudiante.

El sentido de la sanción pedagógica pretende que los niños, jóvenes, padres o


acudientes sean conscientes de como un mal comportamiento repercute en la
convivencia escolar y en el proceso educativo de cada uno de los estudiantes. La sanción
pedagógica no tiene un carácter punitivo, sino que cada uno de los miembros de la
comunidad educativa asuma su responsabilidad de sus actos, y como desde los hechos
particulares afectan la convivencia y los procesos formativos de los otros.

Las sanciones pedagógicas que se aplican son las siguientes:

 Aislar al estudiante de la relación con los demás pares o amigos. Un valor


importante que tienen los estudiantes antes que la misma academia es su
relación con sus compañeros con quienes se identifica en diferentes
facetas de la vida, edad, gustos, genero, hábitos entre otros. Por eso, el
acordonarlo busca llevar al educando a un autoanálisis, de cómo sus actos

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tienen consecuencias y el perder por un tiempo su relación con sus


compañeros.
 Trabajo independiente. El estudiante desarrollará los trabajos y tareas que
durante la suspensión se adelantaron en clase, y un trabajo pedagógico el
cual lo sustentará en clase o un acto ceremonial como la izada de bandera.
 Los padres supervisarán al estudiante durante la suspensión y se
asegurarán que los trabajos y tareas sean realizados de manera correcta
para ser entregados en el día que se cumpla la sanción.
 Las tareas, trabajos o evaluaciones que se adelanten durante su
suspensión, serán evaluados sobre 4.0 (cuatro) y la nota convivencial será
afectada.

15.2. Artículo 23. Clasificación de las sanciones.

15.2.1. De las sanciones:

Las sanciones son acciones correctivas aplicables a todo estudiante al que se le haya
declarado responsable de la falla o desacato de las reglas de la institución; las cuales
tienen como objetivo mantener un ambiente educativo sano dentro de la I.E. Carlos
Enrique Cortés.

15.2.2. Finalidad de las sanciones:

Las sanciones tienen como finalidad proteger a la comunidad educativa de factores de


riesgos que afecten el desarrollo de un ambiente sano y el proceso educativo de cada
uno de sus miembros, contando con el apoyo de la familia.

15.2.3. Definición de la naturaleza de las sanciones:

Para la definición de la naturaleza de las sanciones, se debe tener en cuenta:

 La naturaleza y gravedad de los hechos.


 La proporcionalidad e idoneidad de la sanción atendidas las circunstancias
y gravedad de los hechos; las circunstancias y necesidades del
adolescente y las necesidades de la institución.
 La edad del adolescente.
 La aceptación de la falta por el adolescente.
 El incumplimiento de las sanciones.
 La reincidencia de las faltas ya sancionadas.

15.2.4. Artículo 24: Circunstancias que atenúan las faltas:

Se consideran como circunstancias que pueden atenuar y/o eximir las faltas cometidas
las siguientes:

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 La edad, el desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y las circunstancias


personales y familiares comprobadas y que afecten la personalidad.
 El haber obrado por motivos nobles o altruistas
 El haber observado excelente conducta y disciplina con anterioridad.
 El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor en edad o
madurez psicoafectiva.
 El cometer la falta en estado de alteración motivado por circunstancias que
le causen dolor físico o psicológico.
 Reconocer, reflexionar y asumir la falta cometida.

15.2.5. Artículo 25: Circunstancias que agravan la falta:

Las siguientes se consideran circunstancias que pueden agravar las faltas cometidas:

 Ser reincidente en las faltas


 La gravedad de la falta.
 El cometer una falta como medio para cometer otra.
 El efecto perturbador que la falta produzca en la comunidad educativa
 El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en el
estudiante.
 Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otros(as)
estudiantes.

15.2.6. Artículo 26: Derechos de los estudiantes al aplicar sanciones.

Durante la ejecución de las sanciones, el adolescente tiene los siguientes derechos,


además de los consagrados en la Constitución Política y en el presente Manual de
Convivencia:

 A ser escuchado y tener en cuenta su versión de los hechos en cuanto a la


falla se refiere.
 A ser tratado con igualdad frente a profesores y directivas.
 A continuar con sus actividades académicas hasta que se llegue a un
veredicto y conciliación final.
 A que su familia sea informada sobre lo ocurrido.

Parágrafo 1: El estudiante suspendido de la Institución por cualquier motivo, tendrá las


fallas respectivas en las asignaturas, valoración en convivencia será afectada
dependiendo de la falta cometida y las evaluaciones y/o trabajos adelantados durante la
sanción serán calificados sobre 4.0 (cuatro).
Parágrafo 2: El estudiante que al cabo de tres citaciones se haya convocado a padres
o acudientes en forma consecutiva relacionada con el mismo hecho y no asiste, serán
reportados a Comisaria de Familia y/o Bienestar Familiar por presunto abandono (si a la
segunda citación el padre o acudiente no ha venido, el docente, directivo docente u

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orientador quien ha citado deberá informar en forma telefónica que será enviada la
tercera citación y si no asisten serán reportador por presunto abandono). El registro de
cada citación debe ser anotado en el observador del estudiante y guardar copia de la
misma.

16. Artículo 27. Clasificación de las Situaciones:

Tipo 1: La institución
Cuando existe un conflicto educativa tiene que
interpersonal, trabajar de manera
discusiones, riñas,
agresiones verbales, interna con el
físicas, de manera equipo de
.
esporádica que no causen estudiantes
daño al cuerpo y a la
salud. (Agresión verbal,
conciladores,
gestual, comentarios docentes,
inapropiados) cordinación y
orientación escolar

Tipo 2:
No es la primera vez que
La institución
se presenta el conflicto y educativa debe
pese a que la institución remitir el caso
educativa ha trabajado
sobre el tema particular, luego de seguir el
la situación se vuelve protocolo a ICBF
sistemática. (Acoso y/o Comisarias de
escolar, ciberacoso,
agresión física, agresión familia del
con danos al cuerpo o a municipio.
la salud sin secuelas).

Tipo 3:
La situación
constituye en DELITO La institución
establecido por la educativa debe
ley penal reportarlo
Colombiana. directamente a la .
(Homicidio, Policía Nacional
violación, acoso (Infancia y
sexual, pornografía, Adolescencia).
extorción, secuestro,
etc.)

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16.1. Situaciones tipo I:

Corresponden a los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones


esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar los cuales en ningún caso
generan daños al cuerpo o a la salud.

La reincidencia de indicadores de incumplimiento convivencial y/o académico y el


incumplimiento de los compromisos firmados por parte del estudiante y padres de familia,
dará lugar a acciones según situaciones tipo I. Si derivan en situaciones en las que los
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la
convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros
de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante (Tipo II) y
siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud (Tipo III) de cualquiera
de los involucrados dará lugar a acciones según situaciones, ruta, protocolo y
seguimiento de los criterios de la ley 1620 de 2013 y el decreto 1075 de 2015.

16.1.1. Acciones que llevan a las sanciones tipo 1:

 Llegar tres veces tarde al colegio, durante el periodo


 Vocabulario y modales inadecuados en la institución y los servicios que
ésta ofrece.
 Interrumpir las actividades académicas y/o curriculares, mediante
actuaciones que impidan el normal desarrollo, como charlar
constantemente, no respetar el turno para intervenir, utilización de
elementos tecnológicos sin autorización etc.
 Portar el uniforme inadecuadamente.
 Ausentarse del aula de clase o de la actividad curricular que se esté
llevando a cabo, sin el permiso correspondiente.
 Desacatar las instrucciones e indicaciones de los educadores.
 Utilizar inadecuadamente los servicios del Colegio y materiales de trabajo.
 Presentación personal inadecuada
 Traer al Colegio elementos diferentes a los necesarios para el trabajo
escolar.
 Ingresar al Colegio sin los implementos necesarios para las actividades
escolares.
 Presentar agresión escolar (Física, Verbal, Gestual, Relacional y/o
electrónica) por primera vez con algún miembro de la comunidad educativa.
 Desinformar al acudiente las comunicaciones enviadas por el colegio.
 Arrojar papeles y basuras fuera de los recipientes destinados para ello.
 Masticar chicle y/o comer en el aula de clase, izadas de bandera y actos
solemnes.
 Mal comportamiento en la calle y lugares públicos.
 Irrespeto a los símbolos patrios, a los símbolos religiosos y a los símbolos
del Colegio.

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 Denigrar del Colegio y cualquier actuación que atente contra su nombre o


prestigio.
 Dañar y/o participar en actos que destruyan los bienes del colegio y sus
alrededores.
 Ausentarse del Colegio sin autorización del Rector, coordinador o de
autoridad competente.
 La inasistencia a actos culturales, deportivos, religiosos, convivencias y
encuentros.
 Fraudes académicos como copias en las evaluaciones, trabajos y
alteración de notas.
 Omitir el conducto regular
 Gestos o actos irrespetuosos con connotación sexual, agresión relacional
con los que se afectan negativamente la integridad.

16.1.2. Procedimiento por parte de la institución para Sanciones tipo I:

 Llamado de atención verbal por parte del Directivo Docente o Docente que
observó la falta y anotación en el observado por el mismo.
 Informar el hecho al director de curso, luego de que este haya sido
consignado en el observador.
 Firma de compromiso por parte del estudiante con seguimiento por el
docente implicado en la situación en cuestión.
 Citar a los padres o acudientes del menor, para que den cuenta de los
compromisos que no se han cumplido. La citación la adelantará el docente
o directivo docente con quien pasaron los hechos.

Parágrafo 1: Los estudiantes que hayan sido capacitados como conciliadores escolares
(Numeral 4.1) podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados por
la ley.
Parágrafo 2: Si a partir de las observaciones que se han adelantado y sigue reincidiendo
en los compromisos adelantados, el rector o coordinador podrán suspender al estudiante
de uno (1) a cinco (5) días hábiles en forma escalonada según sea el caso.
Parágrafo 3; Según criterios de la ley 1620 de 2013 y el decreto 1965 de 2013. Protocolo
para la atención de Situaciones Tipo l. El protocolo de la I.E Carlos Enrique Cortés para
la atención de las situaciones tipo I, a que se refiere el numeral 1 del Artículo 40 del
Decreto 1965 de 2013.
Parágrafo 4; Cuando el estudiante a llegado tarde tres veces (3) en el mismo periodo,
se hará anotación en el observador y se firmara compromisos con el estudiante. Con 4
llegadas tarde el director del curso citara al acudiente. A 5 llegadas tarde se remite a
coordinación y se suspenderá por un (1) día hábil.
Parágrafo 5; Cuando un estudiante es persistente al no dejar hacer clase, a pesar de
los llamados de atención, el docente con quien tiene clase llamara al acudiente del
menor, con la autorización del coordinador o rector para que vengan por él. Si existe la
negativa del acudiente por venir por el estudiante, se le solicitara al acudiente que
acompañe al discente en la jornada académica.

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16.1.3. Sanciones a aplicar en situaciones tipo 1:

 Llamado de atención verbal acompañado de una acción pedagógica o


servicio social que pueda adelantar dentro del colegio.
 Llamado de atención escrito del cual se dejará constancia en el observador
del estudiante.
 Realizar carteleras y/o exposición de reflexión con respecto a la falta que
se haya cometido de carácter pedagógico.
 Si existe reiteración en la falta por parte del estudiante, se procederá a
hacer una suspensión externa de uno (1) a cinco (5) días hábiles. El
estudiante deberá responder con todas las responsabilidades académicas
que se realicen en dicho periodo de tiempo las cuales serán evaluadas
sobre 4.0, al igual que un trabajo pedagógico, el cual será presentado ante
el curso o comunidad escolar.

16.2. Sanciones tipo 2:

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y
ciberacoso (Cyberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito
y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

 Que se presenten de manera repetida o sistemática.


 Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna
para cualquiera de los involucrados.

16.2.1. Acciones que llevan a la sanción Tipo 2:

 Desacato a la Constitución y a las Leyes de Colombia, al Reglamento o


Manual de Convivencia y a las directrices y orientaciones dadas por las
distintas instancias del Plantel.
 Presenta una agresión escolar (Física, Verbal, Gestual, Relacional y/o
electrónica) de manera repetitiva o sistemática con algún miembro de la
comunidad educativa.
 Hurto comprobado o ser cómplice del mismo.
 En caso de presentarse acoso escolar (Bullying) y cibera coso
(Cyberbullying) que no revistan las características de la comisión de un
delito.
 Cuando el estudiante amenaza verbalmente de agresión o muerte, o tiende
a buscar un enfrentamiento con el docente o directivo o personal
administrativo, se llamará a la policía de infancia y adolescencia para que
asuma lo requerido a este aspecto. Se informa telefónicamente a los
padres y/o acudientes sobre el hecho acontecido con el estudiante.

16.2.2. Procedimiento por parte de la institución en la sanción Tipo 2:

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 En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata


en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las
entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
 Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la
situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de
2006, actuación de la cual se dejará constancia.
 Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de
posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
 Informar de manera inmediata a los padres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados. Actuación de la cual se dejará constancia.
 Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres o
acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido.
Preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad
y demás derechos.
 Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los
daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación
dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento
educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han
promovido, contribuido o participado en la situación reportada.
 El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás
integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas
adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si
la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en
la situación tipo III (Artículo 44 de la ley 1620).
 El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo
ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los
integrantes e intervinientes.

Parágrafo: Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas


la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el
restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud
integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el Artículo 45 del Decreto 1860.

16.2.3. Sanciones a aplicar en situaciones tipo 2:

 En la jornada académica el estudiante será acompañado por parte del


padre o acudiente, el cual se hará cargo de su comportamiento. Esto será
aplicado en casos particulares de acuerdo a las características de la familia
y del estudiante, esto se hará a discrecionalidad del colegio.
 El Comité de convivencia suspenderá al estudiante de las actividades
escolares e institucionales hasta por ocho (8) días hábiles, con firma de
compromiso, acciones y seguimiento por parte del estudiante, acudientes,
directivos, orientador y director de grupo, remisión del caso a las
autoridades competentes para que orienten y activen la ruta integral de
atención dependiendo de la gravedad del caso.

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 Si el estudiante persiste en la falta a pesar de los reiterados llamados de


atención, se procederá a solicitar cambio de ambiente escolar (otra
institución) con el fin de garantizar el derecho a la educación.
 La no asistencia del estudiante a ceremonias de grado y/o actos de
clausura de cualquier naturaleza.
 La institución puede proceder a separar al estudiante en cuestión de su
círculo de amistad según lo descrito en la definición de sanción pedagógica.
 Perdida de cupo para el próximo año.
 Cancelación de matrícula.

Parágrafo 1: Cuando el estudiante no asume cambios y reincide, se citará al padre de


familia o acudiente y firmarán compromisos los cuales estarán estipulados en el
observador, si el hecho persiste se debe citar a los padres para solicitar el cumplimiento
de los compromisos anteriormente firmados, si persiste el no cumplimiento, se remite a
coordinación. Si la situación continúa, el docente debe remitir el caso al área de
orientación, teniendo en cuenta los siguientes criterios: evidencias escritas en el
observador, sobre los seguimientos a los compromisos realizados, descripción de lo
sucedido, estrategias que se han implementado con el estudiante y la familia, esto será
relacionado según el formato establecido en la institución para el caso de la remisión.
Parágrafo 2: El incumplimiento de los compromisos firmados por parte del estudiante y
padres de familia que deriven en situaciones en las que los conflictos no son resueltos y
dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos
o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa, dará lugar a acciones
según situaciones, ruta, protocolo y seguimiento de los criterios de la ley 1620 de 2013
y decreto1075 de 2015.

16.3. Situaciones tipo 3:

Corresponden a este tipo, las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de
presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título
IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, ley de infancia y Constitución Política o cuando
constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

16.3.1. Situaciones que conllevan a situaciones tipo 3:

 Robo, hurto o malversación de fondos de un valor o cuantía considerable.


 Portar o hacer uso de cualquier tipo de armas.
 Inducción, porte, distribución de sustancias sicotrópicas, alucinógenas que
causen adicción.
 Ingerir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, sustancias
sicotrópicas que causen adicción dentro o fuera de la Institución.
 Ejecutar dentro o fuera de la Institución actos que atenten contra la moral y
la dignidad de la persona y principios de la Institución: (Acceso carnal
violento, acto sexual violento, acceso carnal abusivo con menor de 14 años,
actos sexuales abusivos).

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 Presentarse al establecimiento bajo efectos de drogas alucinógenas o


psicoactivas.
 Atentar contra el derecho a la vida y/o paz mediante actos tales como
amenazas, boleteo, estafas, chantajes, lesiones personales, abuso de
confianza por cualquier medio (Electrónico, físico u otros).
 Porte uso o venta de armas y/o explosivos que pongan en peligro la
integridad de las personas o la planta física del colegio.
 Pertenecer o fomentar grupos vandálicos o pandillas dentro o fuera de la
Institución.

Parágrafo: El Comité Escolar de Convivencia activará la Ruta de Atención Integral (RAI)


para que brinden la atención inmediata a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y
a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada para
brindarles protección dentro y fuera de la Institución.

16.3.2. Procedimiento por parte de la institución para situaciones tipo 3:

 En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata


en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las
entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
 Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos
los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
 El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y
por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de las
autoridades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
 No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes
del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de
convivencia. De la citación se dejará constancia.
 El presidente del comité escolar de convivencia informará a los
participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria,
guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el
derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así
como del reporte realizado ante la autoridad competente.
 Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las
autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de
manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo,
tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima,
a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o
hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará
constancia.
 El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del
caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema
de Información Unificado de Convivencia Escolar.
 Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por
parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el

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conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de


convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento
educativo en el cual se presentó el hecho.

Parágrafo 1: Las decisiones tomadas por el comité de Convivencia y Consejo Directivo


de suspensión o cambio de ambiente escolar sugerido serán sancionadas mediante
actas, y resolución rectoral.
Parágrafo 2: El Comité de Convivencia evaluará de manera imparcial las pruebas
presentadas por las partes, sin atentar contra la intimidad y la dignidad de los
involucrados.
Parágrafo 3. La información o queja, sobre un estudiante, presentada a la Institución a
través de llamada telefónica, escrito anónimo, escrito firmado o en forma presencial, será
motivo de averiguación e iniciación del procedimiento respectivo.

16.3.3. Sanciones a aplicar para situaciones tipo 3:

 El Comité de convivencia suspenderá de las actividades escolares e


institucionales hasta por ocho (8) días habiles con firma de compromiso,
acciones y seguimiento por parte del acudiente, directivos, orientador y
director de grupo, remisión del caso a las autoridades competentes para
que orienten y activen la ruta integral de atención. Se separará un tiempo
determinado al estudiante de la institución para que las entidades
municipales, departamentales o nacionales determinen los procedimientos
según la ruta de atención integral.
 Si llegara el caso que el menor entrara en custodia de ICBF, el colegio
garantizara a través, de guías académicas la continuidad del proceso para
el cumplimiento del currículo escolar.
 Matrícula de última oportunidad.
 Pérdida del cupo para el siguiente año.
 Cambio de ambiente escolar a otra institución educativa con apoyo de los
entes territoriales pertinentes.
 Desescolarización o suspensión de clases por el término que dure la
aclaración de su situación ante las autoridades competentes.
 Matricula en observación y seguimiento.
 No asistencia a los actos de clausura y/o proclamación de bachilleres.
 Cancelación de la matrícula.

17. Artículo 28. Comité de convivencia:

17.1. Protocolo

El rector o coordinador citarán al Comité de Convivencia, para reunir inmediatamente a


las partes involucradas en el conflicto y mediarán de manera pedagógica para que éstas
expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el

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restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones


constructivas en el establecimiento educativo.

El rector o coordinador citarán al Comité de Convivencia, para fijar los criterios de


solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de
los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un
clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento
educativo. De esta actuación se dejará constancia a través de actas.

Dicho comité realizará seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la
solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los Artículos
43 y 44 del Decreto 1965.

El coordinador cita al padre de familia para informarle sobre la situación y caracterización


según tipología. Se convocará el comité de convivencia quien escuchará las partes,
recibirá las evidencias, las analizará y tomará las decisiones pertinentes. Como sanción
pedagógica será suspendido de las actividades académicas de 1 a 5 días hábiles por
parte del rector o coordinador, y por el comité de convivencia ocho (8) días habiles de
acuerdo a la gravedad de la falta.

Parágrafo: Para referirse a la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia


Escolar de Convivencia, referirse al Artículo 4: creación del Comité Escolar.

17.2. Funciones:

 Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten


entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y
entre docentes.
 Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la
violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
 Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias,
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que
se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su
comunidad educativa.
 Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera
de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime
conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros
de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre,
madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo
durante la jornada escolar. Esto será dependiendo del caso del estudiante.
 Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida
en el Artículo 29 de Ley 1620 y el decreto 1075 de 2015, frente a

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situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las


conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos
sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de
acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque
trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión
de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras
instancias o autoridades (Policía de Infancia y Adolescencia, ICBF,
Comisaria de Familia o Fiscalía) que hacen parte de la estructura del
Sistema.
 Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover
y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos
sexuales y reproductivos.
 Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el
manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que
hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y
Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y
la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o
situaciones que haya conocido el comité.
 Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas
de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad
para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción
de la ciudadanía.
 Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como
aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del
docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

17.3. Cuadro de Reuniones del Comité de Convivencia Escolar:

Reuniones del comité de convivencia


Fecha Motivo Ubicación
Ultimo lunes de Enero
Primer lunes de Abril Seguimiento y prevención
En la institución
Primer lunes de agosto de la convivencia escolar.
Ultimo lunes de Octubre

18. Artículo 29. Manual de funciones.

18.1. Gobierno Escolar:

De acuerdo con el Artículo 142 de la Ley 115 /94, Artículo 20 del decreto 1860, la
Institución Educativa Carlos Enrique Cortés, tendrá un gobierno escolar conformado por
el Rector, Consejo Directivo y Consejo Académico y órganos de representación

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democrática y asesoría como la comisión de convivencia, comisión de evaluación y


promoción, el consejo de estudiantes, el consejo de padres, el personero de los
estudiantes y la Asociación de Padres de Familia.

18.1.1. El Rector:

18.1.1.1. Funciones del Rector:

 Dirigir la preparación del P.E.I. con la participación de los distintos actores


de la comunidad Educativa.
 Presidir el Consejo Directivo y Académico de la Institución coordinando los
distintos órganos del Gobierno Escolar.
 Ordenar el presupuesto de la institución.
 Formular planes anuales de acción y mejoramiento de calidad y dirigir su
ejecución.
 Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones del personal
Docente y administrar y reportar las novedades e irregularidades de dicho
personal ante la Secretaría de educación municipal.
 Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las
novedades y los permisos.
 Distribuir las asignaciones Académicas y demás funciones de Docentes,
Directivos Docentes y Administrativos a su cargo, de acuerdo a las normas.
 Realizar la Evaluación Anual de Desempeño de los Docentes, Directivos
Docentes y Administrativos a su cargo.
 Proponer a los Docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
 Suministrar información oportuna al Departamento o Municipio, de acuerdo
con sus requerimientos.
 Responder por la calidad de la prestación del servicio Educativo en la
Institución.
 Rendir un informe al Consejo Directivo de la institución educativa al menos
cada 6 meses.
 Administrar el Fondo de servicios educativos y los recursos asignados a la
Institución Educativa como en lo dispuesto en la ley 715.
 Dar a conocer públicamente los docentes de cada asignatura, Horarios y
Carga Académica a la Comunidad.
 Asesorar la Junta de Asociación de Padres de Familia cuando esta lo
estime necesario.
 Gestionar la búsqueda de Recursos Económicos con otras Entidades que
redunden en beneficio de la Institución.
 Mantener comunicación constante con los diferentes Estamentos de la
Comunidad Educativa.
 Orientar y supervisar frecuentemente el diligenciamiento oportuno de los
libros reglamentarios de acuerdo con las normas vigentes.

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 Hacer cumplir el Manual de Convivencia y estimular el desarrollo integral


del personal a su cargo.
 Dirigir y supervisar las actividades de Bienestar y Proyección de la
Comunidad.
 Participar en el diagnóstico, programación, control, ejecución y evaluación
del P.E.I.
 Asignar en ausencia temporal las funciones de Rector a uno de los
coordinadores, de acuerdo con las normas vigentes.
 Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le
atribuya el Proyecto Educativo Institucional.

18.1.2. Coordinador

18.1.2.1. Funciones de la coordinación:

Le corresponde la administración académica y disciplinaria de la Institución. De él


dependen los jefes de Área y los directores de grupo, los docentes y estudiantes.

 Colaborar con el Rector en la revisión y planeación del currículo.


 Organizar a los profesores por áreas de acuerdo con las normas vigentes
y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.
 Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades
académicas.
 Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para
mejorar la retención escolar.
 Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario
general de clases.
 Crear los espacios para Fomentar la investigación científica para el logro
de los propósitos educativos.
 Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.
 Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos
y materiales confiados.
 Establecer canales y mecanismos de comunicación.
 Organizar las Direcciones de Grupo.
 Supervisar la ejecución de las actividades determinadas desde el consejo
académico o comité de convivencia.
 Llevar los registros y controles necesarios para el cumplimiento de la
jornada laboral y académica de Docentes y estudiantes.
 Colaborar con el Rector en la organización y desarrollo de las reuniones de
Padres de Familia.
 Participar con el Rector en la elaboración, revisión y ejecución del PEI.
 Recibir y revisar las planillas de cada período académico y coordinar la
sistematización.

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 En asocio con los docentes llevar una estadística de mortalidad y deserción


escolar.
 Supervisar la elaboración y archivo de los registros académicos.
 Formar parte del Consejo Académico, comisiones de evaluación,
promoción, convivencia.
 Participar en las actividades de integración y bienestar de la Comunidad
Educativa.
 Distribuir grupos de acompañamiento de docentes a estudiantes, izadas y
actividades institucionales supervisando su cumplimiento.
 Conocer los hechos disciplinarios o académicos, tomar decisiones ante
situaciones justificadas o injustificadas de acuerdo al manual de
convivencia.
 Recibir dentro de los términos legales establecidos las excusas de
inasistencia de docentes y estudiantes para que consolide un documento
de control de asistencia a la jornada laboral o académica.
 Velar por el conocimiento del Manual de convivencia en la comunidad
educativa
 Fomentar hábitos de convivencia.
 Citar y atender oportunamente a los Padres de Familia para notificar las
decisiones del consejo académico, comisiones de evaluación o comité de
convivencia conforme a lo establecido en el manual de convivencia.
 Incentivar actividades de los proyectos transversales y crear espacios para
la buena presentación de la planta física de la institución.
 Autorizar o rechazar permisos a estudiantes y docentes, dependiendo los
motivos esgrimidos.

18.1.3. Docentes

18.1.3.1. Funciones del Docente:

 Elaborar y planear el área de su respectiva especialidad.


 Programar y organizar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las
asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la
programación del área.
 Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes conforme a los criterios
orientados desde el horizonte institucional, darles buen tratamiento y
testimonio de vida.
 Participar en la realización de actividades complementarias.
 Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza-
aprendizaje.
 Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de área o Coordinador
académico, las estrategias metodológicas necesarias para mejorar los
resultados una vez analizados de resultados de la evaluación Institucional.

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 Presentar al coordinador académico informe del rendimiento de los


estudiantes a su cargo, al finalizar cada uno de los periodos de evaluación
certificando las calificaciones con su firma.
 Presentar debidamente sustentados los casos especiales al coordinador,
evidenciando procesos de acompañamiento con padres de familia y un
seguimiento estricto a los pactos realizados.
 Responder por la dirección de grupo cuando le sea asignada y levantar
acta de las actividades propias del grado orientadas por la institución como
una evidencia de su desempeño.
 Cumplir la jornada laboral y académica.
 Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados, presentando los
informes respectivos.
 Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones, convocadas
por las directivas conforme a la legislación vigente.
 Atender a los padres de familia y conjuntamente con ellos emprender
procesos convivenciales o académicos con los estudiantes de acuerdo con
el horario establecido.
 Responder por el uso adecuado, mantenimiento, seguridad de los equipos
y materiales confiados a su cargo.
 Peticionar ante el rector o coordinador y Justificar por escrito sus ausencias
o permisos diligenciando los formatos institucionales.
 Realizar y presentar oportunamente los planes de área, asignatura y
proyectos transversales que le sean asignados.
 Con su actuar ser testimonio de la filosofía de la institución fuera y dentro
de ella.
 Asesorar al estudiante en los trabajos prácticos dentro de la institución.
 Evaluar en forma ética e imparcial a los estudiantes, teniendo en cuenta el
sistema adoptado por el presente proyecto.
 Buscar la superación personal y profesional asistiendo a reuniones, talleres
y capacitaciones programadas por la institución.
 Contribuir con su trabajo en la planeación, ejecución y evaluación del PEI.
 Registrar o hacer registrar en la agenda estudiantil todos los compromisos,
logros, dificultades e inasistencias diarias del estudiante para el
conocimiento de padres o acudientes.
 Estar presente en todos los lugares donde hay formación de estudiantes o
actos escolares para ayudar al orden y la disciplina.
 Registrar en los formatos creados por la institución retardos de estudiantes,
cuando está responsable de la semana del acompañamiento, presentando
informe diario o semanal a Coordinación.
 Resolver conflictos entre los estudiantes y generar siempre un buen
ambiente escolar.
 Todas las demás contempladas en el Manual de Funciones del Docente.

18.1.4. Directores de grupo:

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18.1.4.1. Funciones.

Dirección de Grupo es la orientación y control que el profesor (a) ejerce sobre un grupo
asignado a su cargo, con el propósito de sensibilizar a los estudiantes sobre la
importancia de tener una actitud activa en su formación académica.

 Desarrollando en los estudiantes hábitos fundamentales de orden,


disciplina y trabajo e inculcándoles sentido de responsabilidad.
 Elaborar el directorio de su grupo en orden alfabético.
 Ejecutar el programa de Inducción al inicio de año con los estudiantes del
grupo confiado a su dirección.
 Desarrollar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento.
 Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su rendimiento y
comportamiento académico en unión con coordinación.
 Establecer comunicación permanente con los profesores y padres madres
y/o acudientes, para coordinar la acción educativa.
 Participar en los programas de bienestar y actividades programadas para
el grupo a su cargo.
 Recibir a su grupo al iniciar la jornada de trabajo y en las distintas
actividades extra clase.
 Rendir periódicamente informes a coordinación sobre novedades y
programas realizados.
 Informar oportunamente a los comités de evaluación; promoción y
convivencia y a los padres de familia sobre los casos de bajo rendimiento
y mal comportamiento.
 Responsabilizarse de los elementos asignados a su grupo, y establecer
procedimientos por medio de los cuales los estudiantes se responsabilicen
de los recursos confiados a su servicio.
 Velar por la asistencia y puntualidad de los estudiantes y dar a conocer a
coordinación los casos de ausencia no justificados.
 Cuidar la buena presentación de los estudiantes.
 Mantener las buenas relaciones con la comunidad educativa.

18.1.5. Docente Orientador

18.1.5.1. Propósito Principal:

Desarrollar una estrategia de orientación estudiantil en el marco del PEI del EE, que
permita promover el mejoramiento continuo del ambiente escolar y contribuya a la
formación de mejores seres humanos, comprometidos con el respeto por el otro y la
convivencia pacífica dentro y fuera de la institución educativa.

18.1.5.2. Funciones:

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 Participa en la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo


Institucional, del Plan Operativo anual y del Plan de Mejoramiento
Institucional para incorporar una estrategia que promueva ambientes
escolares adecuados.
 Contribuye en el proceso de evaluación de los resultados de la gestión y
definición de los planes de mejoramiento institucional continuo.
 Propone espacios y canales de participación de la comunidad educativa
para el cumplimiento de los objetivos institucionales en el mejoramiento del
ambiente escolar.
 Realiza reportes de análisis del ambiente escolar y lo utiliza para la
reformular la estrategia de la institución para generar un ambiente escolar
sano y agradable.
 Participa en la definición de una estrategia cuyo propósito es generar un
ambiente sano y agradable que favorezca el aprendizaje de los estudiantes
y la convivencia en la institución.
 Atiende la consulta personal sobre aspectos psicológicos y sociales
demandados por estudiantes y padres de familia.
 Evalúa y monitorea los aspectos psicopedagógicos de los estudiantes
remitidos por los docentes y determina el curso de acción.
 Identifica factores de riesgo psicosocial que afectan la vida escolar de los
estudiantes y propone una estrategia de intervención.
 Diseña en coordinación con el Consejo Académico e implementa una
estrategia de orientación vocacional y desarrollo de carrera para los
estudiantes que les permita a los estudiantes definir su proyecto de vida.
 Presenta informes para las instancias colegiadas de la institución en las
que se definen políticas académicas.
 Lidera la implementación de la ruta de prevención. promoción, atención y
seguimiento para la convivencia escolar.
 Participa en el Comité Escolar de Convivencia de la institución y cumple las
funciones que se han determinado por Ley.
 Promueve la convivencia y la resolución pacífica de los conflictos
suscitados en la vida escolar de los estudiantes.
 Promueve el buen trato y las relaciones armónicas entre los miembros de
la comunidad educativa.
 Apoya la implementación de la estrategia de la institución para relacionarse
con las diferentes instituciones para intercambiar experiencias y recibir
apoyo en el campo de la convivencia y la orientación escolar.
 Diseña y pone en marcha la escuela de padres para apoyar a las familias
en la orientación psicológica, social y académica de los estudiantes.
 Promueve la vinculación de la institución en programas de convivencia y
construcción de ciudadanía que se desarrollen en el municipio y respondan
a las necesidades de la comunidad educativa.

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 Participa en la identificación de riesgos físicos y psicosociales de los


estudiantes para incluirlos en el manual de gestión del riesgo de la
institución.
 Propone acciones de seguridad para que se incluyan en el manual de
gestión del riesgo de la institución, que favorezcan la integridad de los
estudiantes.

18.1.6. Consejo Directivo:

Es la Instancia representativa de la comunidad Educativa. Imparte las orientaciones y


directrices de carácter académico y administrativo de la Institución, acordes con la
filosofía y el Proyecto Educativo Institucional.

18.1.6.1. Conformación:

 El Rector.
 Dos (2) representantes de los docentes de la institución, nombrados en la
asamblea de docentes.
 Un (1) representante de los estudiantes que será del grado Once (11º)
elegido por el consejo de estudiantes.
 Un (1) representante de los ex-alumnos.
 Un (1) representante del consejo de padres.
 Un (1) representante del sector productivo nombrado por el Consejo
Directivo mediante terna presentada por este estamento.

18.1.6.2. Funciones Consejo Directivo:

 Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución,


excepto las que sean competencia de otra autoridad, tal como las
reservadas a la dirección administrativa, en caso de los establecimientos
privados.
 Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre
docentes y administrativos con los alumnos del plantel educativo.
 Adoptar el Reglamento de la Institución de conformidad con las normas
vigentes.
 Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión
de nuevos estudiantes.
 Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad
educativa cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
 Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente
presentado por el rector.
 Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional, del currículo y el Plan de Estudio y someterlo a la
consideración de la Secretaría de Educación respectiva o el organismo que

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haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos


establecidos por la ley y los reglamentos.
 Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.
 Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y
social del estudiante que ha de incorporarse al reglamento o Manual de
Convivencia, en ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del
estudiante.
 Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
 Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la
realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y
sociales de la respectiva comunidad educativa.
 Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
 Fomentar la conformación del consejo de padres y estudiantes.
 Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente.
 Aprobar el plan anual de inversión y el flujo de caja mensual.
 Autorizar al Rector para celebrar contratos y convenios de acuerdo con las
normas vigentes.
 Cualquiera de los miembros del Consejo Directivo, puede solicitar los
documentos contables, de balance o de inventario que existen en la
Institución.
 El Consejo Directivo se debe reunir una vez al mes y extraordinariamente
cuando el rector o cualquiera de los miembros lo estime conveniente.
 Solamente el Rector puede citar al Consejo Directivo a reunión, pero si uno
de los miembros considera necesario una reunión, puede solicitarle al
Rector que los convoque. El rector presidirá las reuniones.
 Las reuniones se realizarán en la rectoría del plantel a las 8:00 a.m. el
primer lunes hábil de cada mes. La citación se hará por escrito con tres (3)
días de anticipación.
 Para poder sesionar es necesario la asistencia de la mitad más uno de la
totalidad de sus miembros.
 Para aprobar las decisiones se someterá a votación siendo aprobadas por
la mitad más uno de la totalidad de sus miembros.
 En caso de no haber quórum, se citará por segunda vez y se aprobará con
la mitad más uno de los asistentes.
 La inasistencia a tres reuniones consecutivas se tomará como vacancia y
se procederá a solicitar al estamento al cual representa que nombre su
reemplazo.
 El anterior numeral quedará sin vigencia cuando el afectado presente una
incapacidad médica o justificación por calamidad doméstica.
 La renuncia de cualquiera de sus miembros la deberá presentar por escrito
al Consejo directivo y este solicitará su reemplazo al estamento que
representa.

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 El hacer parte del Consejo Directivo no implica remuneración económica,


igualmente la asistencia a deliberaciones y desplazamientos a que tenga
lugar, ya que lo establece como una forma de participación democrática y
de servicio a la comunidad educativa.
 El Consejo Directivo podrá citar a cualquier miembro de la comunidad
educativa para que presente sus inquietudes, sugerencias, reclamos o
aclaraciones sobre algo que tenga que ver con el normal funcionamiento
de la Institución.
 En caso de conflicto, el Consejo Directivo escuchará los afectados
previamente y luego tomará las decisiones de acuerdo con la Ley y el
presente reglamento.
 El Consejo Directivo dará trámite obligatorio a cualquier inquietud escrita,
presentada por alguno de los miembros de la comunidad educativa.
 El Consejo Directivo nombrará una secretaria o secretario de entre los
miembros de este organismo.
 El Consejo Directivo solicitará al rector un informe trimestral de los estados
financieros de la Institución.
 Elaborar su propio reglamento.

En las reuniones de Consejo Directivo podrán participar los coordinadores, el pagador y


el Personero de los estudiantes, consejo de padres de familia, a solicitud propia o por
invitación del Consejo Directivo con voz, pero sin voto.

18.1.7. Consejo Académico:

18.1.7.1. El Consejo Académico está Integrado por;

 El Rector
 El coordinador
 Los representantes de cada área.

18.1.7.2. Cumplirán las siguientes funciones:

 Es el estamento encargado de asesorar al Consejo Directivo en la revisión


de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
 Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el
presente decreto.
 Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.
 Participar en la evaluación Institucional anual.
 velar por que la evaluación periódica de los educandos y su promoción
sean legalmente ejecutadas
 Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.

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 Informar a tiempo las debilidades de los estudiantes a quien corresponda


para ser analizadas.
 Las demás funciones a fines o complementarias con las anteriores que le
atribuye el proyecto Educativo Institucional.

18.1.8. Funciones de padres de familia:

 Integrar e impulsar la educación familiar y escolar.


 Colaborar con Docentes en lo que corresponde a la seguridad, moralidad,
higiene y bienestar de los estudiantes.
 Procurar una coordinación entre padres y educadores a fin de descubrir y
conocer las inclinaciones y capacidades del educando y orientarlo hacia su
pleno desarrollo.
 Asistir a todas las reuniones y citaciones que le haga la institución para
recibir informes personales y directos sobre asistencia, convivencia y
aprovechamiento de sus hijos, apoyándolos y ejerciendo el control que se
requiere de acuerdo a compromisos establecidos y firmados en las actas
respectivas.
 Asistir a conferencias y demás acciones que redunden en el bienestar suyo
y el de la familia.
 Elegir consejo de padres.

18.1.9. Funciones del Consejo de Padres:

 Asegurar la continua participación de padres y acudientes en el proceso


pedagógico en el establecimiento.
 Representar al grupo de padres del grado donde salió elegido para ser el
vocero durante el año lectivo.
 Presentar iniciativas ante la junta directiva de la asociación o ante las
Directivas del Colegio que a su juicio traigan beneficio para la institución.
 Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional.
 Promover programas de formación de los padres para cumplir
adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.

18.1.10. Funciones del Personero de Estudiantes:

 Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes,


para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del
establecimiento, pedir la colaboración a los docentes encargados del
proyecto de democracia.
 Recibir, analizar, evaluar y archivar las quejas y reclamos que presenten
los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier
persona de la comunidad.

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 Presentar ante el Rector o el Director administrativo según sus


competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere
necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el
cumplimiento de sus deberes.
 Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el
organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector respecto a las
peticiones presentadas por su intermedio.

18.1.11. Funciones del Representante de Estudiantes al Consejo Directivo

 Representar a los estudiantes ante el Consejo Directivo.


 Participar en las reuniones del Consejo Directivo presentando inquietudes
e iniciativas personales o de sus representados que contribuyan al
bienestar de los estudiantes y la comunidad educativa.
 Presentar informes periódicos ante el Consejo estudiantil
 Presidir las reuniones del Consejo estudiantil en calidad de Presidente.

18.1.12. Funciones del Consejo Estudiantil:

 Asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la participación por parte de


los estudiantes.
 Darse su propia organización interna.
 Elegir el represente de los estudiantes ante el Consejo Directivo del
establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
 Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presentan iniciativas
sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
 Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le
atribuya el manual de convivencia.

18.2. Personal Administrativo:

18.2.1. Funciones de la secretaria pagadora:

 La secretaria pagadora depende del Rector y le corresponde manejar los


fondos del plantel y registro de las operaciones en los libros reglamentarios.
 Llevar el registro y control de los aspectos legales de la institución.
 Programar y organizar las actividades propias del cargo.
 Diligenciar los libros de matrículas, calificaciones, admisiones,
validaciones, asistencia y actas de reuniones.
 Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrículas.
 Elaborar listas de los estudiantes para efectos académicos y
administrativos.
 Mantener ordenada y actualizada la documentación de los estudiantes,
personal docente, administrativo y operativo.

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 Colaborar con el rector en la elaboración de los informes estadísticos y


financieros.
 Gestionar ante la secretaría de educación el registro de los libros
reglamentarios, certificaciones de estudio y tramitar los diplomas.
 Organizar funcionalmente el archivo y elaborar las certificaciones que le
sean solicitadas.
 Refrendar con su firma las certificaciones expedidas por el rector.
 Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
 Atender al público en el horario establecido.
 Colaborar con el rector en la elaboración de los anteproyectos de
presupuestos.
 Manejar y controlar los recursos financieros de la institución.
 Elaborar los boletines diarios de caja y bancos.
 Hacer las conciliaciones bancarias y el balance mensual.
 Enviar mensualmente la rendición de cuentas y estado de ejecución
presupuestal a la contraloría y a la unidad administrativa de la cual depende
el plantel.
 Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas,
además de presentar oportunamente informe al rector.
 Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los
muebles, equipos y materiales confiados a su manejo.
 Asistir a reuniones del Consejo Directivo como secretaria.

18.2.2. Funciones de Celaduría:

 Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado.


 Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y objetos del plantel.
 Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad
e informar oportunamente de las anomalías detectadas.
 Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel.
 Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia.
 Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus
turnos de vigilancia e informar oportunamente sobre las mismas.
 Cumplir la jornada legalmente establecida.
 Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza del cargo.

18.2.3. Aseo planta física:

El auxiliar de servicios generales depende del Rector. Le corresponde atender el


mantenimiento y aseo de la planta física, equipos e instrumentos de trabajo.

 Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean


asignadas.

Calle 63 54 B 41 Barrio La Aldea-Itagüí conmutador 372-75-85


NIT 811017582-1 DANE 105360001390 Correo Electrónico rectoria.cech@gmail.com

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CARLOS ENRIQUE CORTÉS HERRERA

 Responder por los elementos utilizados, para la ejecución de las tareas.


 Informar sobre cualquier novedad en la zona o en los equipos bajo su
cuidado.
 Informar a su inmediato superior sobre las anomalías e irregularidades que
se presenten.
 Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
 Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza del cargo.

Calle 63 54 B 41 Barrio La Aldea-Itagüí conmutador 372-75-85


NIT 811017582-1 DANE 105360001390 Correo Electrónico rectoria.cech@gmail.com

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