El documento compara los principios de reconocimiento de ingresos establecidos en el Decreto 2649 de 1993, el Estatuto Tributario Decreto 684 de 1989 y la NIIF 15. El Decreto 2649 establece que los ingresos se reconocen cuando se han devengado y son razonablemente convertibles en efectivo, mientras que el Estatuto Tributario los reconoce cuando efectivamente se reciben. La NIIF 15 supedita el reconocimiento a la transferencia del control sobre los bienes o servicios al cliente.
El documento compara los principios de reconocimiento de ingresos establecidos en el Decreto 2649 de 1993, el Estatuto Tributario Decreto 684 de 1989 y la NIIF 15. El Decreto 2649 establece que los ingresos se reconocen cuando se han devengado y son razonablemente convertibles en efectivo, mientras que el Estatuto Tributario los reconoce cuando efectivamente se reciben. La NIIF 15 supedita el reconocimiento a la transferencia del control sobre los bienes o servicios al cliente.
El documento compara los principios de reconocimiento de ingresos establecidos en el Decreto 2649 de 1993, el Estatuto Tributario Decreto 684 de 1989 y la NIIF 15. El Decreto 2649 establece que los ingresos se reconocen cuando se han devengado y son razonablemente convertibles en efectivo, mientras que el Estatuto Tributario los reconoce cuando efectivamente se reciben. La NIIF 15 supedita el reconocimiento a la transferencia del control sobre los bienes o servicios al cliente.
El documento compara los principios de reconocimiento de ingresos establecidos en el Decreto 2649 de 1993, el Estatuto Tributario Decreto 684 de 1989 y la NIIF 15. El Decreto 2649 establece que los ingresos se reconocen cuando se han devengado y son razonablemente convertibles en efectivo, mientras que el Estatuto Tributario los reconoce cuando efectivamente se reciben. La NIIF 15 supedita el reconocimiento a la transferencia del control sobre los bienes o servicios al cliente.
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CUADRO COMPARATIVO
Principios Decreto 2649 de 1993
Art. 97. Un ingreso se entiende realizado y, por
tanto, debe ser reconocido cuando se ha devengado y convertido o sea razonablemente convertible en efectivo. Devengar implica que se ha hecho lo necesario para hacerse acreedor al ingreso. El reconocimiento se debe realizar de acuerdo a la Reconocimiento clasificación de ingresos por: ▪ Venta de bienes ▪ Venta de servicios ▪ Otros ingresos Art. 103. Las Devoluciones rebajas y descuentos se deben reconocer por separado de los ingresos brutos.
CUADRO COMPARATIVO
Principios Decreto 2649 de 1993
Art. 49. Medición al valor histórico. Los hechos
económicos se reconocen Medición inicialmente por su valor histórico, aplicando cuando fuere necesaria la norma básica de la prudencia. Art 115. Indica que en forma comparativa cuando sea el caso, los estados financieros deben revelar por separado como mínimo la naturaleza y cuantía de cada uno de los siguientes asuntos, preferiblemente en los respectivos cuadros para Revelación darles énfasis o subsidiariamente en notas: ▪ Principales clases de ingresos y gastos, indicando el método para utilizado para determinarlos y las bases utilizadas ▪ Partidas extraordinarias ▪ Errores de ejercicios anteriores. CUADRO COMPARATIVO
Estatuto Tributario Decreto 684 de 1989
Art. 28. Se entiende causado un ingreso cuando nace el
derecho a exigir su pago, aunque no se haya hecho efectivo el cobro. Art. 27. Se entiende realizado el ingreso en el momento en que se reciben efectivamente, sea que su pago se haga en dinero o en otra forma que tenga la virtud de extinguir la obligación o se pierda el derecho a exigir el pago. Se exceptúan los ingresos obtenidos por quien lleva contabilidad por el sistema de causación, caso en el cual se deben declarar los ingresos causados en el periodo gravable.
CUADRO COMPARATIVO
Estatuto Tributario Decreto 684 de 1989
El estatuto tributario es más genérico al establecer la
medición al valor de realización, sin embargo establece criterios para el caso de ingresos por ventas de acciones o en divisas extranjeras. Puntualmente el Estatuto Tributario no establece parámetros a revelar. En cuanto a ingresos define su clasificación y determina su tratamiento fiscal, el cual debe detallarse cuando sea requerido por el ente fiscalizador. NIIF 15
Establece que el reconocimiento del ingreso se hace cuando se ha transferido al
cliente el bien o el servicio y este obtiene el control y beneficio de los mismos, lo supedita al cumplimiento total del objeto del contrato; se plantean cinco pasos para que se dé el reconocimiento de los ingresos, una vez cumplidos se debe registrar de acuerdo al paso 5 Paso 5: Contabilizar los ingresos cuando (o a medida que) la entidad satisface las obligaciones. Se considera satisfecha una obligación cuando el control de los bienes o servicios se transfiere al cliente, difiere de la NIC 18 en donde se reconocen cuando se han transferido riesgos y beneficios. Se divide en: Ingresos reconocidos a lo largo del tiempo Ingresos reconocidos en un momento del tiempo. Con respecto a los descuentos o devoluciones, solo se deben reconocer si son altamente probables.
NIIF 15
Paso 2: Se debe identificar las obligaciones diferenciadas dentro del contrato,
para luego imputar el valor del ingreso de forma separada.Paso 3: Determinar el precio de la transacción. El precio puede ser fijo o variable por conceptos como descuentos, reembolsos, bonificaciones, etc. Entre los factores variables se debe incluir aquellos que son ajenos a la entidad como volatilidad del mercado, juicio de terceros, etc. las cuales se incluirán en el precio de la transacción solo si es altamente probable, para no causar una reversión del ingreso. Paso 4: Distribuir el precio de la transacción entre las obligaciones del contrato. Se debe estimar partiendo de un precio de mercado, un coste esperado más un margen. En caso de existir un importe variable por factores externos, se debe distribuir entre todas las obligaciones del contrato. ▪ Información acerca de contratos con los clientes. ▪ Información acerca del juicio usado. ▪ Información acerca de las obligaciones de desempeño ▪ Conciliación del saldo del contrato ▪ Desagregación de ingresos ordinarios ▪ Información acerca de los costos para obtener o cumplir un contrato. ▪ La aplicación de las soluciones Prácticas