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Tarea 5

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“UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS”

(UAPA)
Escuela de ciencias y jurídica política

ASIGNATURA:
“cRImINOLOgíA”

TEMA:
“TAREA 5”

PARTICIPANTES:
Juan Guillen Martínez
16-9166

FACILITADOR:
Juan Raúl Quiroz-MA

FECHA DE ENTREGA:
Enero del 2019
NAGUA, R.D
Introducción

La criminología es una ciencia, es decir, aporta un núcleo de conocimientos


verificados (no refutados). Precisando aún más sus características, es una ciencia
empírica e interdisciplinaria en la que predomina la observación de la realidad
acerca de la perspectiva normativista. Acota su objeto de estudio: la investigación
del crimen, del infractor, de la víctima del delito y acerca del control social del
comportamiento desviado.
Caracteriza el crimen como un problema, y cuáles son las implicaciones más
trascendentes que derivan de su análisis. Uno de los aspectos más destacados de
esta definición es que amplía el ámbito tradicional de la criminología, ya que
incorpora a su objetivo o propósito las investigaciones sobre la víctima del delito y
el denominado control social, con esto se da un vuelco sociológico que aporta
elementos de equilibrio al desmesurado biologicismo positivista del cual emergió
dicha disciplina científica.
Consulte la bibliografía básica de la unidad y demás fuentes complementarias
del curso; luego realice la actividad que se describe a continuación:
Elabora un informe sobre los conceptos generales de la Escuela Sociológica
Italiana, teoría sustentada por dicha escuela, su representante y comparación
de ésta con la teoría de las Escuelas Clásica y Antropológica.
La Escuela Sociológica Italiana
Conceptos generales:
Entre los conceptos generales tenemos, según expresa Enrico Ferri, titulada
"Sociología Criminal", dice que "el Derecho Penal o Derecho Sancionador no resulta
constituido científicamente hasta una época, tan relativamente cercana, que bien
puede asegurarse no es anterior al último tercio del siglo XVIII, en el que el
filantropismo, la evolución de las ciencias naturales y las nuevas orientaciones de
la economía política, dejaron de sentir su natural influencia sobre las ideas
predominantes a cerca del delito y de la pena, del fundamento de la función
represiva, y de los motivos de imputabilidad del acto delictuoso al agente
responsable del mismo". De acuerdo con lo expresado, el Derecho Penal sólo tenía
alcance y manifestación rudimentarios, cuya aplicación se fundamentaba
únicamente en la concepción del delito y no en la concepción del delincuente o de
ambas a la vez.

Teoría Sustentada por la Escuela Sociológica Italiana: Según expresa González


del Alba, para Enrico Ferri, el delito no es solamente un remoto anacronismo, o
una reminiscencia de un estado de vida colectiva, rudimentaria y salvaje, existe con
vida propia, tanto en los organismos inferiores de los reinos animal y vegetal, como
en el hombre durante la infancia, y en la colectividad apartada de la corriente de la
civilización y del progreso; sino que es efecto de múltiples causas y producto, no
sólo de factores antropológicos, sino también de tipos físicos y sociales, por lo cual
para Ferri, el delito resulta un fenómeno de origen complejo, que es a tres biológico,
físico y social. Debe tenerse en cuenta que esta teoría de Ferri representa una
verdadera ratificación de la teorías Lombrosianas, y además, constituye un marcado
peso de avance hacia la determinación del mundo circundante o medio ambiente
social, como generadores del delincuente predispuesto, que viene a ser una
variante del criminal nato e incorregible, cuyas causadas criminológicas radican en
las deficiencias hereditarias accidentales, de su modo de ser anatómicos.

El Derecho Penal y la Sociología, analiza con especial dedicación, dos tipos de la


clasificación criminal de Ferri, que son:
 Los delincuentes habituales y los delincuentes de ocasión, considerándolos
como productos no de factores anatómicos o antropológicos, sino del medio
ambiente social donde cede se desenvuelve el individuo.

Por otra parte se expresa, que el origen de la responsabilidad en el acto humano


radica precisamente en la libertad de acción, la que tanto es libre, en cuanto resulta
regida por la inteligencia, lo que equivale a elegir como contenido del que el, el vino
o el mal:
 Elección inteligente, esto es, no adulterada por error sustancial que produce
la falta de conciencia en el juicio y excluye toda imputabilidad para el agente.
Además hace notar, el delito era por tanto, acción de la actividad, pero
actividad libre y consciente; delincuente un ser capaz de distinguir entre el
mal y el bien, y la pena dictada en injusticia, impuesta por el poder social
como transgresión del Derecho, en bien del individuo que, con la pena, logra
su reintegración jurídica, y de la sociedad, que con ella se defiende de
subsiguientes transgresiones.
 La Escuela Antropológica-Social o Científico-Social", la que podría decidirse
que "sostiene que las causas productoras de las infracciones penales no
radican en el libre albedrío, sino en la constitución orgánica del delincuente y
en los diferentes elementos integran al mundo circundante".

ORIENTACIÓN SOCIOLÓGICA DE FERRY (1.856-1.926). Representa la directriz


Sociológica del Positivismo. Para Ferry el delito no es un producto exclusivo de
ninguna patología individual (contra la tesis Antropológica de Lombroso), sino un
resultado de la acción de factores diversos: individuales, físicos y sociales.
La Pena para Ferry sería, por sí sola, ineficaz, si no va precedida y acompañada de
las oportunas reformas económicas, sociales, etc.
Para Ferry existen cinco tipos básicos de delincuente: el Nato, el Loco, el Habitual,
el Ocasional y el Pasional, a la que añade el Involuntario (Imprudente)
Breve Comparación de la Escuela Sociológica y la Escuela Clásica y con la
Antropológica: Enrico Ferri expresa en su "Sociología Criminal", que ni los
romanos, tan representativos en el Derecho Civil, ni los juristas de la edad media,
habían podido elevar el Derecho Criminal a la dignidad de sistema filosófico fue
Beccaria, quien guiado mas bien por el sentimiento que por un espíritu
rigurosamente científico dio impulso de la doctrina de los delitos de las penas y por
tanto, seguido de un estudio de la filosofía del derecho penal por una pléyade de
pensadores, constituyendo así una escuela. A este respecto dice el mismo Ferri,
que "entre las varias corrientes científicas que podía hacer nacer su inmortal del
libro, una predominó sobre las demás, principalmente en Italia, y llegó a ser, con
una gloria tan brillante como científica, la Escuela Clásica del Derecho Criminal".
Para Ferri, esta escuela tenía un fin práctico:" la disminución de la penas", y en
gran parte, su supresión y se ha regido hasta nuestros días por un método teórico:
"el estudio a priori del delito como ente jurídico abstracto.

Se ha dicho anteriormente que Escuela Antropológica Criminal positivista tuvo sus


primeros pasos en los estudios sobre la embriología del delito y el análisis patológico
del delincuente, hecho por Lombroso, quienes puso sus teorías en su obra
"Antropología Criminal", la que más tarde recibió el nombre de "el Hombre
Delincuente".
Construye un mapa mental resaltando las principales teorías criminológicas y sus respectivos
representantes.
Teorías criminológicas y sus
respectivos representantes

La Escuela Clásica asumió el legado LA ESCUELA POSITIVA: La aparición del positivismo fue
liberal, racionalista y humanista de consecuencia del auge alcanzado por las ciencias
la Ilustración, especialmente su naturales en los estudios filosóficos del siglo XIX, y se
orientación iusnaturalista, de donde hizo sentir en todas las disciplinas incluyendo al
deduce todos sus postulados derecho, la psiquiatría, la criminología y la psicología.

POSTULADOS DE LA
POSTULADOS DE LA
Representante Representante ESCUELA
ESCUELA CLÁSICA
POSITIVISTA

Cesare Pellegrino César El punto de mira de Método


Igualdad
Beccaria Rossi Lombroso la justicia penal es el experimental
delincuente
Giovanni Francisco
Libre albedrío Enrique Ferri
Carmignani Carrara Negación del Determinismo
libre albedrío de la
conducta
Rafael
Entidad delito humana
Garófalo

El delito como Responsabilid


Imputabilidad
fenómeno ad social
moral
natural y social

Método Sanción Importa más


deductivo proporcional al la prevención
estado peligroso que la
represión de
los delitos.
Conclusión

Lo que justifica su aplicación a la ciencia penal, según Ferri, es la idea de que todas
las ciencias tienen una misma naturaleza y un idéntico objeto, el estudio de la
naturaleza y el descubrimiento de sus leyes, para beneficio de la humanidad.

Es así que, los positivistas, impulsan y avalan técnicas para la cuantificación del
comportamiento, a partir de las cuales pueden aproximarse a la realidad objetiva
(idea de neutralidad del observador) y descubrir las leyes subyacentes de la acción
humana que, para el caso particular de la criminología, podían ser descubiertas a
partir del análisis de las estadísticas y la posterior generalización de los resultados
(lo cuantitativo es más importante y de carácter definitorio respecto de lo cualitativo).

Bibliografía

Ferri, E. (1887). Los nuevos horizontes del Derecho y del Procedimiento Penal.
Madrid: Centro Editorial de Góngora. Ferri, E. (1933). Principio de Derecho Criminal.
Madrid: Editorial Reus.

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