Cementerios CDMX
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Cementerios CDMX
en la actualidad
CAPTULO
Introduccin
Los cementerios
2.1 Los cementerios en la mancha urbana de la ciudad de
Mxico
La distribucin actual de los cementerios en la ciudad de
Mxico ha ido modificndose a lo largo del tiempo debido al rpido crecimiento de la mancha urbana, lo que tambin ha provocado la falta de espacios abiertos en la misma.
en la
actualidad
43
Ubicacin de cementerios.
Gua Roji. 2008.
DELEGACIN
lvaro Obregn
Azcapotzalco
Benito Jurez
Coyoacn
Cuajimalpa
Cuauhtmoc
Gustavo A. Madero
Iztacalco
Iztapalapa
Magdalena Contreras
44
Miguel Hidalgo
Milpa Alta
Tlhuac
CEMENTERIO
Tlalpan
Venustiano Carranza
Xochimilco
De acuerdo a esta fuente los cementerios suman 51 y las delegaciones con mayor nmero son: Miguel Hidalgo, Milpa Alta,
lvaro Obregn, Tlalpan y Azcapotzalco. Es de suponer que los
cementerios que aparecen en esta gua son los reconocidos por
los habitantes de la ciudad, por su extensin y ubicacin cercana
a vas de acceso rpido.
Gaceta oficial del D.F. Acuerdo por el que se expide el programa de regularizacin de ttulos de fosas a perpetuidad en cementerios pblicos
del Distrito Federal. Mxico. Gobierno del Distrito Federal. 2004. Pg. 4
1
Ibdem
45
Tabla 2.
CEMENTERIOS OFICIALES
CLAVE: V= Vecinal D= Delegacional G= General
trico
DELEGACIN
Panteones
civiles por clase
D
lvaro Obregn
157,317
Azcapotzalco
382,433
39
Coyoacn
Cuajimalpa
Gustavo A. Madero
Iztacalco
16,917
46,421
2,187
11
132,216
45,6
10
2,082,521
61,128
2,168,000
Iztapalapa
Magdalena Contreras
Miguel Hidalgo
2
2
Milpa Alta
10
11
99,978
Tlhuac
11
145,28
Tlalpan
10
11
186,793
Venustiano Carranza
5
1
Cuauhtmoc
46
TOTAL S u p emr2f i c i e
Benito Jurez
H= His-
Xochimilco
14
TOTAL
77
13
10
10
15
392,445
102
5,968,236
Por tanto, en base a estas dos fuentes, Gua Roji y Gaceta Oficial del D.F., desarroll la siguiente tabla:
Tabla 3.
Ta b l a
DELEGACIN
c o m p a r a t i v a
CEMENTERIOS
OFICIALES 2004 CEMENTERIOS
(gaceta oficial del 2008 (gua roji)
D.F.)
lvaro Obregn
Azcapotzalco
Benito Jurez
Coyoacn
Cuajimalpa
Cuauhtmoc
Gustavo A. Madero
11
Iztacalco
Iztapalapa
10
Magdalena Conteras
Miguel Hidalgo
Milpa Alta
11
10
Tlhuac
11
Tlalpan
11
Venustiano Carranza
Xochimilco
15
TOTAL
103
65
NOTA: segn la fuente de informacin, los cuadros marcados en color naranja corresponden a las delegaciones con mayor nmero de
cementerios.
47
Por tanto, no importando quin indique las cifras se muestra una clara inconsistencia y desinters en el tema. Sin embargo,
para la Arquitectura de paisaje su existencia no debe ser ignorada
porque representan espacios abiertos en la ciudad, reconocidos a
partir del nmero de cementerios localizados, que juegan un papel importante en la conformacin de los espacios abiertos de la
ciudad ya que aportan beneficios ambientales por las superficies
de vegetacin que contienen pero tambin por los elementos arquitectnicos, histricos y culturales, que al incluirlos en una propuesta paisajstica podran ser revitalizados o reincorporados a la
ciudad. Tal propuesta es viable siempre y cuando se conozca la
situacin actual del cementerio, segn sea el caso.
Y es que, al visitar algn cementerio de la ciudad de Mxico
se perciben deficiencias estticas que consideraramos como el
contexto principal sobre su estado actual, sin imaginar que convergen distintos aspectos, de tipos histricos, ambientales, urbanos, legales y sociales que lo han determinado. Tales implicaciones
los hace un tema muy complejo, sin embargo, pueden observarse
desde dos escalas, una externa, que involucra aspectos legales,
urbanos, ambientales y culturales, y una interna, que incluye todos los elementos del paisaje del cementerio.
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DELEGACIN
N o.
CEM EN T ERIO
Benito Jurez
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
Coyoacn
14
Cuajimalpa
15
Panten el Calvario
16
17
18
19
20
21
Panten Francs
lvaro Obregn
Azcapotzalco
Cuauhtmoc
Gustavo A. Madero
Iztacalco
Iztapalapa
Magdalena Contreras
Miguel Hidalgo
Milpa Alta
Tlhuac
Tlalpan
Venustiano Carranza
Xochimilco
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
En consecuencia, esta ley otorgaba definitivamente a la autoridad civil el derecho de inspeccin de los muertos y el control
de los entierros. Sin embargo los artculos ms importantes para
esta investigacin son los que mencionan algunas propuestas de
estructura espacial para la conformacin de los cementerios en el
interior de la ciudad, que sin haber sido esa su finalidad, otorgaron una imagen especfica:
49
50
Asimismo, a lo largo del desarrollo de este trabajo de investigacin consider importante revisar la legislacin actual que regula a los cementerios en la ciudad de Mxico, con la finalidad de
conocer las normas que contiene y que pueden ser de utilidad
para una posible intervencin paisajstica. Adems, en base a las
visitas realizadas a algunos de estos espacios, determinar si estas
normas son guardadas y encontrar elementos jurdicos que se
asocien a su estado actual.
Por otra parte, en el captulo 11 se definen trminos relacionados con los cementerios, mientras que las especificaciones
tcnicas respecto a las placas, lpidas o mausoleos as como su
respectiva demolicin por no contar con los permisos requeridos
son mencionados en el artculo 12 y 13. En cambio, la opcin de
llevarse a cabo la cremacin tiene consideraciones que estn sujetas a otras leyes, tal como se describe en el artculo 14.
51
Los cementerios se dividen en oficiales y concesionados, su legislacin es distinta por el tipo de administracin a su cargo, por lo
que en el reglamento se localiza un captulo sobre las concesiones,
captulo IV. Previo a ello, indico la definicin del trmino concesin:
52
es el otorgamiento a favor de (los) particular (es) o de empresa (s), bien sea para apropiarse, disfrutar o aprovechar privadamente en el dominio pblico, segn acontece en minas, aguas,
montes, panteones, bien para construir o explotar obras pblicas
o bien para ordenar, suspender o aprovechar servicios de la administracin general o local 3.
Por tanto, el panten concesionado no es una empresa privada, ni el concesionario es dueo absoluto del bien en concesin,
nicamente se otorga la concesin al particular para que brinde
un servicio pblico, servicio que consiste no slo en enterrar cadveres sino, en algunos, el servicio de incineracin 5.
Con estas citas entendemos que un cementerio concesionado siempre ser propiedad del Departamento del Distrito Federal, al igual que los oficiales, y al trmino de la concesin pasar a
ser un cementerio gubernamental u oficial. As, tanto su creacin
como su trmino son importantes porque involucran procedimientos que de acuerdo a la ley deben realizarse.
OMEBA. Enciclopedia jurdica. Tomo II. Buenos Aires. Bibliografa Omeba. 1986. pg. 1145
4
De esta manera, para que un cementerio concesionado exista, es necesario que el Departamento del D.F., por medio de la Direccin jurdica y de estudios legislativos, otorgue a una persona
fsica o moral una concesin de servicios pblicos, donde el particular pasa a ser un servidor pblico que se beneficiar al cien por
ciento del servicio que brinda, la de sepultar cadveres.
53
En el artculo 29 y 30 se mencionan los requisitos para obtener la concesin de un cementerio. Y para que puedan ofrecer sus
servicios, primero deben supervisarse las instalaciones y ser aprobadas por la Direccin General Jurdica y de estudios legislativos
para que en un plazo de treinta das funcione, contado a partir
de dicha aprobacin, de lo contrario la concesin es anulada, artculos 31 y 32. Una vez en funcionamiento es posible promoverlo
para la adquisicin de lotes, gavetas, etc. pero debe ser aprobada
por la Direccin General Jurdica de Estudios Legislativos tal como
se describe en el artculo 33. Asimismo, los concesionarios deben
llevar un registro sobre los servicios prestados a su cargo, e informar peridicamente a las autoridades correspondientes, consideraciones establecidas en los artculos 34 y 36. Tambin pueden
denunciarse irregularidades de los concesionarios cumplindose
las investigaciones correspondientes sin detener la prestacin del
servicio. Ver artculo 35.
Finalmente, como ya se mencion, toda concesin tiene un trmino y el tiempo de duracin se estipula en los artculos 28 y 37.
54
c) Panten Israelita
d) Panten Alemn
e) Panten Britnico
f ) Panten Nuevo Jardn
g) Panten Espaol
h) Panten Jardn
i) Panten Americano
j) Panten Nidje Israel
k) Panten Monte sina
l) Panten Mausoleo del ngel
m) Panten Guadalupe Mixcoac
n) Panten de las fuerzas armadas mexicanas
Del mismo listado y sin pretensin de estudiar todas las concesiones, pero con el objetivo de visualizar las posibilidades de
diseo de los cementerios, veremos el ejemplo de concesin del
panten jardn; el cual manifiesta:
Panten Jardn, S.A., cuenta con una concesin otorgada
por el Departamento del D.F., a favor de la sociedad mercantil Arson, S.A. de fecha 18 de noviembre de 1931, donde en su clusula cuarta establece: la concesin se otorga por un trmino de 19
aos, 11 meses y 28 das, prorrogables a solicitud del concesionario hasta por 4 periodos sucesivos, ms por igual tiempo cada uno,
siempre que el concesionario haya cumplido invariablemente con
las obligaciones que le impone el presente contrato 7.
De esta forma fue considerada la posibilidad de un desalojo de algunas tumbas y su reubicacin, con la finalidad de generar ms espacio y hacer en l un nuevo proyecto de arquitectura
de paisaje basado en los nuevos conceptos de cementerio, incluidos en los anexos. Para resolver esta duda me apoye de un
asesor legal, de la abogada Gilda Snchez, maestra de la licenciatura en Derecho, quien me explic que los cementerios, tanto
oficiales como concesionados, pueden ser afectados, ver glosario, trmino que difiere de una expropiacin, siempre y cuando
Oceguera Rubio, Martha Patricia. La cesin de derechos respecto a las
fosas de los panteones concesionados en el D.F. Tesis de la licenciatura
de Derecho. UNAM. Escuela Nacional de Estudios profesionales Aragn.
Mxico. 1992. pg. 16
7
Por tanto, en base a estos datos, el caso de concesin del panten jardn vencer en el 2011 pero es probable que su funcin
finalice antes por su ocupacin total. Estas condiciones legales resultaron interesantes para el marco legal de esta tesis, surgiendo
el cuestionamiento sobre las probabilidades que tiene este u otro
cementerio concesionado para ser revitalizado mediante intervenciones paisajsticas.
55
Adems, en el captulo sexto se habla sobre las inhumaciones, exhumaciones, reinhumaciones y cremaciones. Los primeros
artculos, del 42 al 44, indican su autorizacin como servicio y sus
respectivas tarifas, aparte de las posibles causas por las que pueden suspenderse. Por su parte, los artculos del 45 al 51 proporcionan
especificaciones para la inhumacin, reinhumacin y exhumacin.
56
Ver http://www.economista.com.mx/articulos/2008-05-22-63286
Esta estadstica responde a la falta de espacios en los panteones, los altos costos de los servicios funerarios, e incluso el deseo
de acelerar el proceso de luto entre los deudos del fallecido9, e increment con la aceptacin de la cremacin por la Iglesia en 1992.
As tambin, el costo de este servicio es menor al de un entierro:
estimaciones refieren que el costo de cremacin oscila entre los
cuatro y 20 mil pesos, mientras que en la inhumacin, los familiares del difunto pueden gastar desde seis hasta 35 mil pesos 10.
En conclusin, la eleccin de la cremacin se ve influenciada por
cuestiones econmicas, culturales, y por la falta de espacios para
la inhumacin.
El Captulo VII, de los cadveres de personas desconocidas,
en sus artculos 56, 57 y 58, seala los requerimientos para llevar a
la fosa comn aquellos cadveres sin reconocimiento y el caso en
que sean identificados.
Ver http://www.economista.com.mx/articulos/2008-05-22-63286
10
Ibdem
57
As pues, todo servicio, como el otorgado por los cementerios, genera costos y pueden consultarse en el dcimo captulo de
las tarifas y derechos en sus artculos 74 y 75. Aunque hay excepciones de pago en el servicio funerario para indigentes explicado en
el captulo once, del servicio funerario gratuito, artculos 76 y 77.
Finalmente, se hace referencia a las sanciones aplicadas a los
concesionarios en caso de encontrarse alguna anomala y de las
multas correspondientes, incluyendo la anulacin de la concesin, artculos del 78 al 81.
58
Gaceta oficial del D.F. Acuerdo por el que se expide el programa de regularizacin de ttulos de fosas a perpetuidad en cementerios pblicos
del Distrito Federal. Mxico. Gobierno del Distrito Federal. 2004. Pg. 3
11
12
Finalmente las irregularidades legales respecto a los cementerios, no slo la de las fosas, tambin las hay en cuestiones administrativas internas que en conjunto se ven traducidas en el
espacio abierto, por ejemplo, en el descuido de las tumbas o en
el nulo mantenimiento de reas verdes. Al mismo tiempo, se han
creado monopolios que buscan beneficiarse de lo poco que resta
por negociar.
59
60
Adems, tras haberse establecido en la ciudad, no interactan con su contexto inmediato por la delimitacin fsica que los
contiene, muros que funcionan como cortinas visuales y los conserva como vacos urbanos que irrumpen la comunicacin con el
entorno. Estos lmites fsicos impiden la visualizacin del interior
del cementerio, a menos de que existan algunos claros de vegetacin que entrevn los monumentos funerarios. Sin ello, no hay
transparencia visual, y tienen una imagen desagradable creada
por el vandalismo o las propagandas publicitarias que contribuyen a la contaminacin visual del paisaje urbano. Tales manifestaciones alejan a los transentes de su paso por estos espacios por
considerarse inseguros, lo cual los conforma como guetos por la
indiferencia social que los rige.
Asimismo, este desinters social, principalmente de las autoridades junto con la desaplicacin legal, los ha conducido a su
deterioro exterior e interior. Este asunto ser ms grave si observamos que por la falta de espacios para el entierro su funcin social
estara prxima a concluir, tambin asociado al incremento de la cremacin, desapareciendo su servicio y desistiendo a su rentabilidad.
Por ello, a partir del nmero de cementerios localizados en la
ciudad, es importante reconocerlos como espacios abiertos, situacin no realizada hasta el momento. Sin embargo, comparados con
la conformacin de las reas verdes de la ciudad, se reconocer,
que por su dimensin y cobertura, los cementerios contienen gran
parte de ellas. As, los trminos de espacio abierto y rea verde, pueden utilizarse como sinnimos pero su significado no es el mismo.
13
14
- Incluye la vegetacin de parques, jardines, camellones, glorietas y derechos de va, entre otros. Un requisito para que las reas
verdes puedan considerarse como tales, es que sean pblicas. 15
61
62
P e n d i e n t e s .
CARACTERSTICAS
USO
Sensiblemente plano
Drenaje se puede adaptar
Si es muy plano, hay estancamiento de agua
05%
Asentamiento irregular
Se puede reforestar
Control erosin
Ventilacin media
En pendientes bajas y medias
Ventilacin adecuada
5 10%
Asoleamiento constante
Erosin media
Drenaje fcil
Buenas vistas
Son pendientes variables
Buen asoleamiento
Suelo accesible para la construccin
10 15%
Movimientos de tierra
Cimentacin irregular
Visibilidad amplia
Ventilacin aprovechable
Drenaje variable
Son incosteables de urbanizar
Pendientes extremas (muy pronunciadas)
Laderas frgiles
+ 15%
Zonas deslavadas
Erosin fuerte
Buenas vistas
Si bien hay un beneficio ambiental en la ciudad por la presencia de estos espacios abiertos, por la cantidad de reas verdes, al
no existir especificaciones tcnicas respecto al entierro, ms que
en el reglamento pero no con las condiciones fsicas particulares
de cada cementerio, se puede decir que estos espacios continan
siendo focos de infeccin para la sociedad y que al estar cerca de
reas naturales, como ros o barrancas, contaminan los mantos
acuferos con el arrastre de los desechos.
Finalmente, los atributos urbanos y ambientales de los cementerios cambian respecto a las condiciones fsicas sobre las
que se desarrollaron en la ciudad, y deben ser estudiadas con detenimiento en caso de una intervencin de diseo.
Asoleamiento extremo
63
64
65
66
Por otra parte, la vegetacin arbustiva y herbcea suele agruparse junto a las tumbas, impidiendo su fcil ubicacin.
67
68
Como parte de stos, se localiza la administracin y la bodega que suelen encontrarse en el acceso principal pero no hay una
tipologa arquitectnica comn en todos, ms bien responden a
distintos tipos de materiales constructivos de la poca en la que
fueron construidos y al tipo de cementerio: pblico o concesionado.
Como parte de la infraestructura se localiza la red de abastecimiento de agua, que comnmente se distribuye el agua tratada
por tuberas, pero hay casos, como en el Panten Jardn, que por
su extensin, es necesario dotar de otras instalaciones, como el
pozo de agua, para la captacin de las aguas subterrneas, y la
cisterna, para almacenar el agua pluvial.
Ver: http://www.exonline.com.mx/diario/noticia/primera/pulsonacional/aumentan_cremaciones_por_altos_costos/161590
16
69
IMAGEN 20. reas de vivienda para los panteoneros. Panten San Isidro.
70
Por ltimo, se encuentran las tumbas, monumentos funerarios, criptas familiares, cementerio vertical (ver trminos en anexos
2), que representan el elemento regente en todos los cementerios
como gnero arquitectnico y le proporciona carcter al espacio.
71
72
17
73
IMAGEN 33. Foto area del panten Jardn. Google Earth. 2007.
74
En esta foto area, imagen 33, se denota la estructura lineal, color azul, y la orgnica, en color
verde. La distribucin lineal corresponde a los senderos internos, que mantienen una imagen similar por los rboles utilizados, anchos del sendero y disposicin de los elementos funerarios Los
lineamientos los conforman los cedros y los manchones de vegetacin corresponden a distintas
especies arbreas y arbustivas dispuestas formas orgnicas. Dentro del panten resaltan las reas:
Anda, Seccin Juda, calzada de los misterios y el acceso principal, marcadas en color rojo.
Sin embargo, existen secciones que son identificadas por el gran nmero de elementos funerarios, color amarillo, zonas caracterizadas por estar en depresin, color crema, y un rea en
pendiente media que funciona como barrera visual entre las secciones cercanas, color caf. En las
imgenes de la 34 a la 39, puede observarse la distribucin de estos elementos.
75
76
Por otra parte ejemplifico el panten San Isidro que se localiza en la delegacin Azcapotzalco y est dividido en dos sectores,
el izquierdo es el panten de los adultos mientras que el otro corresponde al de los nios. Su estructura es lineal con un elemento
central que lo extiende a lo largo del conjunto.
IMAGEN 40. Foto area del panten San Isidro. Google Earth. 2007.
Los cementerios: paisajes invisibles de la ciudad de Mxico
77
78
IMAGEN 46. Foto area del panten Espaol. Google Earth. 2007.
79
80
2.1.6 Diagnstico
A partir del anlisis realizado en los diversos cementerios, se ha
generado un diagnstico de acuerdo a los aspectos:
a) Ambiental
- Ciertos cementerios tienen reas verdes de relevancia y
contribuyen al medio ambiente.
- En caso de no contar con una adecuada canalizacin de aguas
pluviales puede generarse contaminacin ambiental en el subsuelo.
- La falta de planeacin ha desencadenado la contaminacin
de los mantos acuferos.
- La inadecuada seleccin del material vegetal provoca daos en tumbas y/o en la misma vegetacin.
- Los cementerios se perciben con ciertos manchones de vegetacin en cierto estado de abandono pero se conservan como
especies importantes dentro de la diversidad de flora de la ciudad.
- El uso de ciertas especies vegetales tienen un significado
relacionado con la muerte.
- No tienen un control fitosanitario.
- Su uso espacial est mal determinado, sin una intencin
especfica.
b) Urbano
81
c) Social
- Hay inseguridad en su interior, se presentan casos de vandalismo y/o robo, principalmente de monumentos funerarios.
- Hay manifestaciones culturales muy importantes (da de
muertos por ejemplo), a su vez son espacios pluriculturales.
- Por sus implicaciones culturales son espacios no deseados.
d) Legal
- No hay una legislacin actual que resuelva el problema a
futuro sobre la capacidad total de los cementerios y ha ido descontrolando el correcto uso de las perpetuidades de las fosas,
aprovechndose de su abandono y haciendo un negocio clandestino sobre ellas. En caso de ser reguladas puede proceder un
proyecto de diseo paisajstico alterno al entierro tradicional o su
revitalizacin como espacio abierto pblico.
- Las especificaciones tcnicas definidas en el reglamento
de cementerios del D.F. no son tomadas en cuenta.
82