Acuerdos de Pago
Acuerdos de Pago
Acuerdos de Pago
SECRETARA DE MOVILIDAD
TRMITES
Acuerdos de Pago de Multas por Infracciones
a las Normas de Trnsito y Normalizacin
SperCADE Amricas
SperCADE Movilidad
SperCADE Suba
SperCADE 20 de Julio
Si desea incluir comparendos vigentes, es decir que se encuentren dentro de los treinta (30) das hbiles siguientes
a la imposicin si se trata de deteccin fsica o da treinta
y seis (36) o cuarenta y cuatro (44) hbiles siguientes
segn el medio de notificacin empleado respecto a la
imposicin de comparendos electrnicos, le sugerimos
acudir nicamente al SperCADE de Movilidad, toda vez
que previo al acuerdo, se deber aceptar inicialmente la
sancin impuesta.
Si el deudor y/o codeudor se encuentran reportados ante
el Boletn de Deudores de Morosos del Estado (BDME)
por deudas de comparendos, deber cancelar la totalidad
del valor adeudado y/o si esta reportado por otra entidad
por el incumplimiento de acuerdos de pago debe abstenerse de celebrar acuerdo de pago, salvo que subsane el
incumplimiento y la Contadura General de la Nacin
expida la correspondiente certificacin (Ley 1066 artculo
2 numeral 6).
Realice el pago dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes en las Sucursales del Banco de Occidente y Sucursales
del Banco Caja Social, inclusive a nivel nacional, empleando el volante de pago entregado en el punto de contacto en
el cual realiz la solicitud del acuerdo de pago.
Para los pagos de las siguientes cuotas, usted podr obtener el volante de pago a travs de los siguientes medios:
Pgina web de la Secretara Distrital de Movilidad ingresando al link Consulta Acuerdos de Pago y pago de
Comparendos.
Puntos de atencin:
Puntos Integrales de Trmites y Servicios - Pits
SperCADE Amricas
SperCADE Movilidad
SperCADE Suba
SperCADE 20 de Julio
Puntos de Atencin SIM - 7 de Agosto
Tenga en cuenta:
Si usted tiene un acuerdo de pago en mora podr realizar Reestructuracin - Modificacin de las condiciones
de plazo, (para los que tienen acuerdo en mora) y que
no estn reportados en el Boletn de Deudores Morosos
del Estado. Si estn reportados solo podrn realizar la
Normalizacin, esta opcin consiste en el pago de cuotas
atrasadas ms los intereses causados en un solo pago y
continan con el beneficio del 50% siempre y cuando haya
realizado el curso hasta el 16 de diciembre de 2012, para
sta opcin podrn imprimir el volante de pago por la pgina web, recibo que liquidar lo adeudado hasta la fecha
de impresin del volante.
Si el acuerdo de pago que tiene en mora estaba diferido60
cuotas deben acercarse nicamente al SperCADE Movilidad
Direccin: Avenida Calle 13 No. 37 - 35
Telfono: Lnea 195 - Horario de Radicacin.
Horario: Lunes a Viernes : 7:00 a.m. a 7:00
p.m., Sbado 8:00 a.m. a 12:00 a.m.
ACUERDOS DE PAGO AL DA
Recomposicin: Para los que se encuentran
al da y deseen cambiar las condiciones
inicialmente pactadas.
dio de la cual se fijan los parmetros para el envo de informacin a la Contadura General de la Nacin relacionada
con el Boletn de Deudores Morosos del Estado (BDME).
Ley 1383 del 16 de Marzo de 2010 Por la cual se re-
Decreto 397 del 26 de Agosto de 2011. Por el cual se establece el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera en el
Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.
Resolucin 326 del 28 de noviembre de 2012. Por la cual
se adopta el Manual de Administracin y Cobro de Cartera de la Secretara Distrital de Movilidad..
Resolucin 274 de 2013 Por el cual se modifica el manual
de administracin y cobro de cartera de la Secretara Distrital de Movilidad de Bogot D.C.
Fecha ltima actualizacin: 2014-05-05 09:59
Acuerdos de Pago
sobre Multas por Violacin a la
Normas de Transporte Pblico
Los acuerdos de pago son arreglos de voluntades que
permite a las empresas de transporte pblico financiar las
deudas con ocasin de una o varias sanciones por violacin a las normas de transporte de igual forma la financiacin a personas naturales que por omisin del traslado
de los recursos hacia el factor de calidad tienen a cargo
sanciones a favor de la Secretara Distrital de Movilidad.
Procedimiento:
Ciudadana.
identificacin.
Tenga en cuenta:
Los acuerdos de pago solo proceden por deudas iguales o
superiores a quince (15) salarios mnimos diarios legales
vigentes, es decir $308.000, este monto es mnimo.
Si el trmino de pago es igual o inferior a 12 meses no
requiere ningn tipo de garanta.
Resolucin 531 del 24 de noviembre de 2009. Por medio de la cual se fijan los parmetros para el envo de informacin a la Contadura General de la Nacin relacionada
con el Boletn de Deudores Morosos del Estado (BDME).
Ley 1383 del 16 de Marzo de 2010 Por la cual se re-
Correccin
Descargue de Comparendos y
Acuerdos de Pago
Si se trata de correccin
dirjase nicamente a la
Zona C del SperCADE
de Movilidad en el horario
deLunes aviernes: 7:00
a.m. a 4:30 p.m.
Orden de comparendo
Recibo de pago entregado por el Centro Integral de Atencin, si el curso se tom a travs de los CIA.
La correccin se practica de forma inmediata y el descargue se registra dentro de loscinco(5)das hbiles siguientes de haber realizado la solicitud.
Tenga en cuenta:
En los casos concretos, en los cuales el ciudadano
manifieste que no ha sido objeto de la imposicin de
determinado comparendo cargado en el historial de su
cdula, deber seguir el trmite establecido en Solicitud
de Revocatoria Directa frente a la Resolucin Sancin
por Comparendos.
En caso de prdida del comparendo o para efectos de
verificar si este ya fue descargado del sistema ingrese a
la pgina web de la Secretara Distrital de Movilidad.
Si necesita realizar estos trmites y se encuentra en otra
ciudad, podr hacerlo a travs de internet ingresando al
Sistema Distrital de Quejas y Soluciones o mediante de
un derecho de peticin enviado por correo certificado
dirigido a la Subdireccin de Contravenciones ubicada
en la Sede Administrativa - Secretara Distrital de Movilidad adjuntando fotocopia de la cdula de ciudadana y
fotocopia del comparendo.
Certificado de Investigaciones
Administrativas
En un trmino de seis (6) das hbiles siguientes a la presentacin de la solicitud, usted podr reclamar el certificado en la Oficina de Copia de Audiencias ubicada en el
Adjunte original y/o fotocopia delradicado ante la Secretaria Distrital de Movilidad con los siguientes documentos:
Persona natural: Fotocopia cdula de ciudadana.
Persona jurdica: Original y fotocopia de la Cdula de
Ciudadana.
Tenga en cuenta:
La solicitud puede ser presentada por el propietario del
vehculo, o la empresa a la cual se encuentre vinculado
el automotor o puede hacerlo por intermedio de una
tercera persona debidamente autorizada con poder
otorgado en debida forma.
Que si realiza una solicitud y no acredita ser el propietario, no se podr brindar informacin toda vez que los
procesos de cobro coactivo tienen reserva legal.
Si lo desea consulte la normativa aplicable:
Decreto 3366 del 21 de Noviembre de 2003 Por el cual
Para solicitar un Cierre Vial por aglomeraciones de pblico, realice su registro enelSistema nico de Gestin de
Aglomeraciones mnimo con quince (15) das hbiles de
anticipacin, en cumplimiento con lo establecido en el Decreto 599 de Diciembre 26 de 2013. Se recomienda realizar
una socializacin del evento por lo menos cinco (5) das
hbiles antes de radicar la solicitud, con los ingenieros del
Grupo GUIA de la Direccin de Control y Vigilancia en la
Carrera 28A No 17A - 20 segundo piso de lunes a viernes
en horario de 8:00 am a 12:00 am y de 2:00 pm a 4:00 pm...
El concepto de la Secretara Distrital de Movilidad es obligatorio para las actividades de aglomeracin de pblico de
alta complejidad y para todas aquellas de normal complejidad que se desarrollen en vas vehiculares o que afecten
o modifiquen la operacin del sistema de movilidad en el
Distrito Capital. Para obtenerste concepto es necesario
que el solicitante realice un documento con las medidas de
gestin de trnsito que se ejecutaran durante la afectacin
vial.
El PMT debe cumplir estrictamente con las especificaciones dadas en el Concepto Tcnico No 19 de la Secretara
Distrital de Movilidad, el cual puede ser consultado en
la pgina de la entidad: Secretara Distrital de Movilidad
ingresando a Temas de Impacto -Cierre- Cierres Programados por Eventos y finalmente Concepto Tcnico No 19.
Si tiene dudas sobre este procedimiento dirjase a la Direccin de Control y Vigilancia de la Secretara de Movilidad
ubicada en la Carrera 28A No 17A - 20 tercer pisolos das
martes y viernes de 8:00 a.m. a 12m.
La respuesta a este tipo de solicitudes es publicada los
jueves de cada semana en la pgina web de la Secretara
Distrital de Movilidad.
Tenga en cuenta:
Para obtener ms informacin sobre el Sistema nico
de Gestin de Aglomeraciones, administrada a travs
del Sistema de Informacin para la Gestin de Riesgos y
Atencin de Emergencias de Bogot -SIRE-usted puede comunicarse al telfono 4297414 extensiones 2856 y
3024.
El concepto que emite la Secretara Distrital de Movilidad, no exime de obligaciones con otras entidades
(FOPAE - Alcaldas Locales - Secretara de Ambiente Polica - Secretara de Salud - Cuerpo Oficial de Bomberos...) y se refiere a cierres viales o afectaciones al
sistema de movilidad nicamente.
Movilidad
la cual se establecen y adoptan los protocolos y procedimientos ordenados en el Decreto Distrital 192 de 2011 y se
establece el procedimiento para la autorizacin de reuniones y marchas
Art. 15, 16, 17, 18 y 19 de la Ley 1493 del 26 de Diciembre de 2011 Por la cual se toman medidas para formali-
Curso de Sensibilizacin
por Conducir en Estado de Embriaguez
Curso de sensibilizacin, conocimientos y consecuencias
de la alcoholemia y drogadiccin que deben realizar todas
las personas que fueron sancionadas por conducir en
estado de embriaguez y que el examen mdico legal haya
arrojado 2 y 3er. grado de alcoholemia.
Los cursos tienen una duracin de dos horas, y debe presentarse con 15 minutos de anticipacin con los siguientes
documentos:
Comparendo y/o estado de cuenta del infractor
Licencia de conduccin
Cdula de ciudadana, en los casos que sea necesario.
mas para suprimir o reformar regulaciones , procedimientos y trmites innecesarios existentes en la Administracin
Pblica
Ley 1383 del 16 de marzo de 2010 Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 - Cdigo Nacional de Trnsito, y
se dictan otras disposiciones.
Artculo 136 de la Ley 769 del 2002 Cdigo Nacional de
cual se actualiza la codificacin de las infracciones de trnsito, de conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de
2010, se adopta el Manual de Infracciones y se dictan otras
disposiciones
Fecha ltima actualizacin: 2014-05-05 11:45:42
transporte pblico que hayan sufrido accidentes que conlleven su prdida total, hayan sido destruidos por motivos
de motn, sedicin o asonada, o hayan sido objeto de
cualquier otra situacin excepcional diferente al hurto, que
impida su reconocimiento fsico y/o imposibilite o haga
inocua su presentacin y traslado para desintegracin
fsica total. Ante esta situacin, el propietario del vehculo
deber aportar la certificacin expedida por la Autoridad
Judicial, Policiva correspondiente que permita verificar
la ocurrencia del hecho que haya dado como resultado
la prdida total del vehculo y no se requerir el procedimiento de desintegracin.
2. REDUCCIN DE SOBREOFERTA CON CARGO A
RECURSOS DEL FACTOR DE CALIDAD
El factor de calidad establece que las empresas de transporte pblico colectivo, deben realizar directamente el
recaudo de recursos a travs de un porcentaje incorporado a la tarifa que paga cada usuario, con el fin de comprar
los vehculos que se retiran de circulacin y con los cuales
se constituir un patrimonio autnomo administrado por
las sociedades fiduciarias acreditadas y autorizadas por la
Secretara Distrital de Movilidad.
La Secretara Distrital de Movilidad actualiz la Tabla de
Precios para Compra de Vehculos de Servicio Pblico fijados en el 2010, para la compra de vehculos con
de vehculo, SIDENAL expedir el Certificado de Desintegracin Fsica Total, documento que es remitido por
correo certificado al Concesionario SIM.
Una vez realizado el proceso de desintegracin se devuelven los documentos originales del vehculo y se hace
entrega del bono o el tiquete de bscula original. El bono
por desintegracin se hace efectivo nicamente el da jueves de 8 a.m. a 11 a.m. (10 das calendario posteriores a la
desintegracin del vehculo).
El interesado deber dirigirse a los Puntos Integrales De
Trmites Y Servicios - Pits para efectos de la cancelacin
de la matrcula y/o reposicin del vehculo, para lo cual
deber acreditar el nmero del certificado de desintegracin fsica.
establece el proceso de desintegracin fsica total de vehculos de transporte de servicio pblico individual, colectivo y masivo en el Distrito Capital.
meses para retirarlo, si no lo realiza en este trmino; deber solicitar ante la Tesorera Distrital la reexpedicin del
mismo. Si el abono se realiz en cuenta no tiene caducidad
alguna.
Tenga en cuenta:
El formato de solicitud de devolucin deber estar diligenciado a nombre de la persona que aparece registrada en
el recibo de pago.
La Tesorera Distrital solamente desembolsar en cuentas de ahorro o corriente que se encuentre activas y que
figuren a nombre nicamente del infractor (no se permiten
cuentas conjuntas), si no se cumplen estas condiciones
se girara por medio de cheque.
El formato de solicitud de devolucin deber estar diligenciado anombre de la persona que aparece registrada en
el recibo de pago.
La devolucin se hace por el valor pagado y en ningn
caso se reconocen intereses.
En caso de prdida del comparendo impuesto por las
autoridades de trnsito de Bogot, usted puede descargarlo de la pgina web de la SECRETARIA DISTRITAL
DE MOVILIDAD.
Si requiere mayor informacin dirjase a la Subdireccin
Financiera de la Sede Administrativa Secretara Distrital
de Movilidad
Entrega de Licencias de
Conduccin Suspendidas
Este trmite se lleva a cabo cuando la Licencia de Conduccin
essuspendida y ya venci el plazo para su entrega.
Si la suspensin es por embriaguez:
Para realizarel proceso de inscripcin como persona natural o jurdica debe acudir a uno de los Puntos Integrales
De Trmites Y Servicios - Pits y presente los siguientes
documentos de acuerdo con su condicin:
Persona Natural:
Certificado de existencia y representacin legal. El representante debe estar previamente inscrito como persona
natural.
Tenga en cuenta:
La inscripcin en el Sistema RUNT puede ser realizada
personalmente por el interesado ante cualquier Organismo de Trnsito donde adelante trmites ante el sistema.
Para el caso del Distrito Capital, en cualquiera de los
12 puntos de atencin SIM que existen en la ciudad de
Bogot.
La inscripcin en el RUNT se realiza por una sola vez,
no tiene ningn costo para el ciudadano y es vlida en
todo el territorio nacional.
Consulte el estado de su Licencia de Conduccin y todo
lo inherente a su vehculo automotor ingresando al Registro nico Nacional de Trnsito RUNT
Carga Extradimensionada
de Movilidad y radique la solicitud con los requisitos segn sea el caso. (Calle 13 N 37 35 rea de correspondencia Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.)
Tenga en cuenta:
No se requerir de registro ni de permiso para el transporte de carga extradimensionada que sobresalga por
la parte posterior del vehculo en una longitud inferior a
un (1) metro; pero el vehculo que realice el transporte
deber contar con un aviso o seal colocado en la parte
posterior del vehculo, visible y en buen estado, cuyo
texto advierta: Peligro Carga Larga.
Para carga extradimensionada, que sobresalga cualquier longitud por la parte delantera del vehculo, no se
autorizar permiso bajo ninguna circunstancia.
En el permiso quedar definido el horario de circulacin,
pero se advierte que por seguridad de los conductores
y peatones, estas actividades se ejecutarn en horario
nocturno.
Para la expedicin de los permisos para el transporte de
carga extradimensionada se aplicarn los parmetros
de Longitud, Anchura y altura definidos en la Resolucin
4959 de 2006.
El estudio tcnico requerido para el caso de carga extrapesada o indivisible extrapesada y extradimensionada a
la vez podr elaborarse individualmente por cada empresa o de manera conjunta por parte de las empresas interesadas en el otorgamiento de los permisos. Igualmente
el estudio podr hacerse para una nica ruta o para un
grupo de rutas a utilizar.
la cual se fijan los requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles
extrapesadas y extradimensionadas, y las especificaciones
de los vehculos destinados a esta clase de transporte.
Procedimiento:
4 Documentos a radicar:
El documento debe contener las especificaciones conforme con el Concepto Tcnico N 16.
Introduccin
Tenga en cuenta:
Las autoridades de trnsito son las responsables de
la revisin y aprobacin de los planes de manejo de
trnsito para obras que afecten la infraestructura vial;
sin embargo, es el contratista quien realiza la propuesta
tcnica, conforme con las caractersticas puntuales de la
obra.
de 2002.
la cual se fijan los requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles
extrapesadas y extradimensionadas, y las especificaciones
de los vehculos destinados a esta clase de transporte.
Decreto 034 del 05 de Febrero de 2009 Por el cual se establecen condiciones para el trnsito de vehculos de carga
en el rea urbana del Distrito Capital y se dictan otras
disposiciones
Concepto Tcnico N 16
man medidas para garantizar la seguridad de los habitantes del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones
Procedimiento para gestionar un Plan de Manejo de Trnsito ante la Secretara Distrital de Movilidad
Concepto Tcnico N 17
Recomendaciones sobre especificaciones tcnicas mnimas que deben cumplir los dispositivos luminosos tipo
flecha utilizadas para la sealizacin de intervencin en
va.
Concepto Tcnico N 18
Reclamacin de Comparendos
Impuestos por Medios Tecnolgicos
6La reclamacin (impugnacin) debe ser realizada directamente por el infractor, propietario del vehculo, representante legal si se trata de persona jurdica o por apoderado
que acredite poder debidamente otorgado.
8 En caso de dictar un fallo a favor del interesado, el funcionario de forma inmediata expedir la resolucin exonerndolo de la obligacin de cancelar el comparendo, y
por medio de la misma ordenar descargar la sancin del
sistema.
Tenga en cuenta:
Si desea conocer el trmino para impugnar un comparendo impuesto por medios electrnicos, ingrese a
Reclamacin de Comparendos Impuestos por Medios
Tecnolgicos.
5 En caso de dictar un fallo a favor del interesado, el funcionario de forma inmediata expedir la resolucin exonerndolo de la obligacin de cancelar el comparendo, y
por medio de la misma ordenar descargar la sancin del
sistema.
Tenga en cuenta:
La inscripcin del vehculo, ser vlida mientras subsistan las excepciones y las condiciones establecidas en
vigencia el Decreto 271 de 2012.
Cuando se trate de operativos de control en va, adelantados por las autoridades de trnsito, es deber de los
conductores de los vehculos excepcionados, exhibir los
documentos que acrediten la condicin correspondiente.
que ostenta (Juez, Fiscal, Magistrado y/o Procurador Delegado ante las Altas Cortes).
simple de la Cdula de Ciudadana o Registro Civil o Tarjeta de Identidad o Pasaporte de Extranjera).
CADE Movilidad o en la sede de Paloquemao en los siguientes horarios: lunes A viernes: 7: 00 a.m. a 4: 30 p.m.
Requisitos:
Certificacin del cargo, expedida por el Consejo Seccional de la Judicatura, la Fiscala General de la Nacin y la
Procuradura General de la Nacin.
Adjuntar la certificacin que permita acreditar el cargo
que ostenta (Juez, Fiscal, Magistrado y/o Procurador Delegado ante las Altas Cortes).
Fotocopia del documento de identidad (copia simple de la
I.Alcance de la norma
La Secretara Distrital de Movilidad defini las condiciones necesarias para la inscripcin de vehculos exceptuados, para el caso en concreto, vehculos que transporten
o sean conducidos por personas en condicin de discapacidad permanente cuya condicin motora, sensorial o
mental limita su movilidad, para lo cual el peticionario
deber:
lidad.
Tenga en cuenta:
Si la persona en condicin de discapacidad permanente
se encuentra imposibilitada para realizar personalmente
la inscripcin, el trmite puede ser realizado a travs de
su representante legal, curador o albacea, o un tercero
quien deber presentar documento de autorizacin.
Una vez diligenciado el formulario y anexos los documentos, podr presentarlos en:
El registro del vehculo en la base de datos de exceptuados solo procede para aquellos automotores de servicio
PARTICULAR.
Realice lo siguiente:
2 Silo desea, puede reportar el caso por medio de una carta 3 Se dar respuesta al requerimiento en los trminos de ley
individual o colectiva dirigida a la Oficina de Control y
Vigilancia de la Sede Administrativa Secretara Distrital
de Movilidad o Sede Paloquemao Secretara Distrital de
Movilidad, donde se anexen las pruebas que evidencien la
fallas del semforo y ubicacin exacta.
Solicitud de semaforizacin
Realice lo siguiente:
establecidos paratal fin acorde con los resultados obtenidos del estudio efectuado.
4 Una vez realizados los estudios correspondientes se generar una lista de priorizacin, la cual se har efectiva de
acuerdo con la disponibilidad de los recursos.
Tenga en cuenta:
Las fallas por interrupcin del fluido elctrico no son responsabilidad de la Secretara Distrital de Movilidad
En caso de requerir informacin y asesora acuda al SperCADE Movilidad de Lunesa Viernes 7:00 a.m. a 7:00
p.m. Sbados 8:00 a.m. a 12:00 m.
3 La respuesta se emitir mediante oficio dirigido al peticionario del requerimiento, en los trminos de ley establecidos y de acuerdo con los resultados obtenidos mediante
estudio efectuado.
Tenga en cuenta:
Toda solicitud sigue un proceso interno desde su radicacin hasta el momento de emitir una respuesta.
Cada solicitud de instalacin de una seal nueva es
nica, necesita de un estudio tcnico, que se basa en
una visita al sitio del requerimiento y un anlisis de las
condiciones de movilidad del sector en estudio, mediante el cual se determina la pertinencia o no, para la
implementacin de la sealizacin solicitada.
Quejas y Soluciones y consulte con el nmero de requerimiento asignado la respuesta a travs de este mismo
aplicativo, dentro de los quince (15) das hbiles siguientes
a la presentacin dela solicitud.
lesdetransito@movilidadbogot.gov.co
3 Solicitud ante losCentros Locales De Movilidad de acuerdo con la zona donde usted se encuentre ubicado.
Ley 769 de 2002 Por la cual se expide el Cdigo Nacional de Trnsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.
Resolucin 1050 de 2004 Por la cual se adopta el Ma-
Procedimiento:
Tenga en cuenta:
Para realizar la revisin tcnico-mecnica, el vehculo
debe estar previamente inscrito en el RUNT.
Los conductores y/o propietarios de vehculos de servicio
pblico, sancionados con la infraccin C35, cuya especificacin en la orden de comparendo indique niveles
de opacidad o cuando la infraccin corresponda a la
D 17 por emisin de contaminantes o generacin de
ruido, se le ordenar la entrega provisional al propietario
o infractor, previa suscripcin de un acta, en la cual se
comprometa a subsanar la falta en un plazo no mayor a
5 das, conforme con lo establecido en el artculo 125 del
CNT. Al respecto, deben acudir dentro de este trmino,
al punto de subsanaciones habilitado por la Secretara
Distrital de Ambiente, ubicado en la Av. Calle 17 N 132
- 18 interior 25 - (parque industrial contiguo a polica de
carreteras) de lunes a viernes entre las 08:00 a.m. y las
2:00 p.m.
Los equipos destinados al servicio escolar en vehculos
particulares, debern efectuar la revisin tcnico mecnica y de gases anualmente, de acuerdo con las normas
vigentes para el servicio pblico, lo anterior conforme
con lo establecido en el pargrafo del artculo 7 del
Decreto 3694 del 14 de octubre de 2009.
Revisin y Aprobacin de
Estudios de Trnsito
Todo proyecto de edificacin que causen modificaciones
al sistema de trnsito o se constituyan en un polo importante de generacin de viajes deber estar sustentado
en un estudio de trnsito y/o un estudio de demanda y
atencin de usuarios, aprobados por la Secretara Distrital
de Movilidad.
Estudio de Trnsito (ET)
1 Solicite agendamiento de cita a travs de la Ventanilla nica de la Construccin previo registro a travs de este canal
virtual, para solicitar Asesora Previa o Revisin previa del
Estudio.
de Usuarios debe ser elaborado conforme con las especificaciones del Anexo 2 del Decreto 596 del 26 de diciembre
de 2007.
hbiles para su revisin y emisin del concepto de aprobacin o desaprobacin, caso ste en el cual presentar las
observaciones e indicadores de trnsito que dieron lugar a
dicha determinacin a travs del medio solicitado.
el titular del proyecto deber atenderlas para poder presentarlo nuevamente ante la Secretara Distrital de Movilidad, la cual contar con el trmino de 45 das hbiles para
su revisin.
sealan las reglas para la exigencia, realizacin y presentacin de estudios de movilidad de desarrollos urbansticos
y arquitectnicos en el Distrito Capital.
Memorando Informativo de la SDM a Consultores
Oficio SDM - Periodos tipicos para la toma de informacin Primaria 2014
Tenga en cuenta:
Si el infractor no puede comparecer, deber otorgarle
poder especial, amplio y suficiente a un abogado en
ejercicio con presentacin personal ante notario para
que lo representa en la audiencia, quien deber a su vez
entregarla licencia de conduccin para el respectivo
trmite de suspensin en los casos que as proceda.
La entrega de vehculos inmovilizados por embriaguez
solo se autorizar previa demostracin de que la autoridad competente mediante resolucinresolvi situacin
contravencional al infractor.
Ley 1548 del 05 de Julio de 2012 Por la cual se modifica la Ley 769 de 2002 y la Ley 1383 de 2010 en temas de
carse con la Lnea de Atencin Peritaje , 24 horas posteriores de transcurrido el siniestro, donde le asignarn fecha y hora para la realizacin del peritaje directamenteen
losPatios donde se encuentra inmovilizado el vehculo.
Tenga previo a la comunicacin, disponible la siguiente
informacin:
Fecha de ocurrencia del accidente
Sitio del accidente
Placas del vehculo
Nombre y nmero del documento de identificacin del
propietario
Nombre y nmero del documento de identificacin del
conductor
Realice el pago por concepto de servicio de gra y parqueadero nicamente en la sucursal Banco Caja Social
ubicada en el SperCADE Movilidad de acuerdo con las
siguientes Tarifas por Servicio de Gra y Parqueadero
2014
Tenga en cuenta:
A travs de Consulte en lnea usted podr establecer si
su vehculo fue inmovilizado por abandono o por violacin a las dems normas de trnsito.
cin de Vehculos.
de la cual se determina el valor de las tarifas para los servicios de patios de inmovilizacin de vehculos de servicio
pblico de pasajeros que presta la Secretara Distrital de
Movilidad.
Los vehculos inmovilizados por revisin tcnico-mecnica y emisin de gases contaminantes, se les autorizar
la salida del patios a travs de gra, para efectos que
procedan con la subsanacin de la falta que dio origen a
la inmovilizacin, inclusive en aquellos casos donde se
ha presentado la inmovilizacin por otras causales y no
se haya practicado dicha revisin.
Para conocer las infracciones que dan lugar a la inmovilizacin del vehculo en el sitio de los hechos o en patios
oficiales, usted podr consultar la circular 1044del 2003
emitida por el Ministerio de Transporte.
Secretara Distrital de Movilidad, es potencialmente embargable. A travs de los siguientes medios, usted puede
establecer si tiene deudas vigentes por concepto de multas
de trnsito y transporte y/omultas por revisin tcnico-mecnica:
Para establecer si existen deudas por Infracciones de
Trnsito, ingrese a la ventana informativa de comparendos.
Tenga en cuenta:
Sisu solicitud de desembargo no ha sido resuelta en el
trmino indicado dirjase al SperCADE Movilidad con
copia de la solicitud de desembargo.
Si el formato de solicitud o carta se encuentra a nombre
de un tercero, debe tener en cuenta que la realizacin de
un acto por parte de quien no ostenta la titularidad, es
decir, quien no es propietario del bien, debe acreditar su
inters para actuar, como es el caso de la representacin legal, prueba de calidad de heredero, acreedor del
bien, entre otros.
En caso de infringir las normas de trnsito, el conductor
es objeto de citacin mediante la orden de comparendo
para que comparezca ante la autoridad de trnsito, situacin que le permite optar por las siguientes acciones:
Pago de Comparendo con los descuentos otorgados por
la Ley 1383.
Reclamacin de Comparendos dentro de los cinco primeros das hbiles siguientes.
Acuerdo de pago si la deuda supera los 15 SMDLV.
disposiciones.
Ley 1066 del 24 de Julio de 2006 Por la cual se dictan normas para la normalizacin de la cartera pblica y se dictan
otras disposiciones.
Resolucin 295 del 22 de Junio de 2007 Por la cual se expide el Manual de Administracin y Cobro de Cartera para la
Resolucin 395 del 14 de octubre de 2009 Por la cual se expide el Manual de Administracin y Cobro de Cartera para
Ley 1383 del 16 de Marzo de 2010 Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 Cdigo Nacional de Trnsito Terrestre.
Art. 95 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011. Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014.
Resolucin 326 del 28 de noviembre de 2012 Por la cual se adopta el Manual de Administracin y Cobro de Cartera
Solicitud de Excepcin
Las excepciones son argumentos de defensa del deudor
que se pueden interponer contra los mandamientos de
pago que son la orden mediante la cual la entidad informa al ciudadano el monto que debe pagar por concepto
de multas o comparendos pendientes de pago y respecto
de las cuales ya se ha iniciado un proceso de cobro por
jurisdiccin coactiva.
Sin embargo, es importante sealar que el mandamiento de pago se puede generar dentro de los tres (3) aos
siguientes a la imposicin de la multa, es decir no hay un
trmino establecido por la Secretara Distrital de Movilidad para emitirlos.
El deudor propondr las excepciones estipuladas en el
artculo 831 del Estatuto Tributario Nacional y as mismo
podr proponer la prescripcin segn lo establecido en
el artculo 159 de la Ley 769 de 2002 y analgicamente la
prdida de fuerza ejecutoria del artculo 91 de la 1437 de
2011 por medio de a cual se expide el cdigo de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo.
Dentro de los quince (15) das siguientes a la notificacin
personal, por correo certificado o por aviso en pgina web,
usted podr radicar la solicitud de excepcin.
Esta es una peticin dirigida a la Subdireccin de Jurisdiccin Coactiva, mediante la cual se solicita se estudien las
excepciones que considere el ciudadano que proceden a
travs del mandamiento de pago librado en su contra.
La solicitud que no posee ningn formato especfico ni
formulario alguno.
La resolucin que resuelve ser notificada personalmente,
por correo certificado o por aviso en pgina web, dentro
del mes siguiente (treinta (30) das calendario) a la radicacin de la solicitud. Sin embargo, la solicitud de excepciones sern resultas respetando el derecho de turno y acorde
al volumen de solicitudes que hayan sido o sean allegadas
al despacho.
Si las excepciones son probadas, el funcionario competente as lo declarar y ordenar la terminacin del procedimiento cuando fuere del caso y el levantamiento de las
Tenga en cuenta:
La citacin para notificacin es un oficio que se remite al
ciudadano para que se acerque a las instalaciones de la
Secretara Distrital de Movilidad a notificarse del mandamiento de pago que se libr en su contra y a favor de la
Secretara.
Si la solicitud se presenta a travs de apoderado, es
necesario adjuntar el poder debidamente constituido.
Las solicitudes de excepcin presentadas despus de
los quince (15) das siguientes a la notificacin del mandamiento de pago, ser rechazada por extemporneas;
sin embargo, se realizar el estudio de prdida de fuerza
ejecutoria y si esta es viable se decretar de oficio.
Los deudores interesados en realizar acuerdo de pago
por infracciones de trnsito que hayan presentado la
solicitud de excepcin, debern esperar que sta se
resuelva, no obstante, si usted ya present la solicitud y
sta no ha sido resuelta, deber llevar copia de la radicacin a cualquiera de los puntos de atencin, para que
en un trmino de quince (15) das hbiles, se le informe
respuesta emitida por parte del rea competente.
Para que prospere las excepciones en contra de los
mandamientos de pago librado por comparendos impuestos con anterioridad al 2007, la Secretara Distrital
de Movilidad entra a verificar las actuaciones adelantadas que impidan la prdida de fuerza ejecutoria o la
prescripcin de la accin de cobro.
expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Direccin General de Impuesto Nacionales.
SperCADE Amricas
SperCADE Movilidad
SperCADE Suba
SperCADE 20 de Julio
Las excepciones sern resueltas de conformidad con el trmite establecido en el Estatuto Tributario Nacional titulo
Vlll artculo 832 que establece que sern resueltas dentro
del mes siguiente al escrito mediante el cual se proponen.
Si las excepciones son probadas, el funcionario competente as lo declarar y ordenar la terminacin del procedimiento cuando fuere el caso y el levantamiento de las
medidas preventivas cuando se hubieren decretado. En
la resolucin que rechace las excepciones propuestas, se
ordenar el embargo de los bienes muebles e inmuebles,
salarios, saldos bancarios, depsitos de ahorro, ttulos de
contenido crediticio, acciones y dems valores de que sea
titular o beneficiario el ejecutado, as como el posterior
avalo y remate de los mismos. Contra dicha resolucin
procede nicamente el recurso de reposicin ante el Subdirector de Jurisdiccin Coactiva, dentro del mes siguiente
a su notificacin. (Art. 834 Estatuto Tributario Nacional).
Los deudores interesados en realizar acuerdo de pago por
sanciones impuestas con ocasin de la violacin de las
normas de Transporte Pblico que hayan presentado la
solicitud de excepcin, debern esperar que sta se resuelva, no obstante, si ya present la solicitud y aquella no ha
sido resuelta, deber llevar copia de la radicacin a laSede
Paloquemao Secretara Distrital de Movilidadpara que en
un trmino de quince (15) das hbiles, se le informe la
respuesta emitida por parte del rea competente.1.
Tenga en cuenta:
El mandamiento de pago es una orden mediante la cual
se informa el monto que debe pagar el ejecutado a la
SDM por las sanciones impuestas por violar las normas
de Transporte Pblico.
La citacin para notificacin es un oficio que se remite al
ejecutado para que se acerque a las instalaciones de la
SDM a notificarse del mandamiento de pago que se libr
en su contra y a favor de la SDM.
No obstante si la persona no comparece a notificarse
personalmente ser notificado por correo certificado
como lo establece el artculo 565 del Estatuto tributario
Nacional.
1066 de 2006.
nal de Transporte
Decreto 397 de 2011Por el cual se establece el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera en el Distrito
Capital y se dictan otras disposiciones.
Decreto 19 de 2012Por el cual se dictan normas para su-
En materia de trnsito, la revocatoria es el procedimiento que debe surtir la Secretara de Movilidad de oficio o
a solicitud del interesado sea persona natural o jurdica,
cuando este ltimo ha sido sancionado por la presunta
comisin de una infraccin al trnsito, en virtud de la
imposicin de una orden de comparendo en va o por
medios electrnicos, y se ha incurrido en alguna de las
causales establecidas en el artculo 69 del Cdigo Contencioso Administrativo.
La revocatoria Directa Procede contra la resolucin de
sancin emitida por la Autoridad de Transito dentro
del procedimiento contravencional que se adelanta con
ocasin a la imposicin de una o varias rdenes de comparendo, ya sea de los comparendos notificados en va
o por comparendo electrnico, cuando se establece que
se encuentra dentro de los presupuestos de alguna de las
causales establecidas en el artculo 93 del Cdigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Causas por las que procede la revocatoria directa de
una resolucin de sancin impuesta con ocasin de un
comparendo:
Se registr por parte del agente de forma errnea el nmero de cdula de ciudadana del infractor.
Cuando, se establece que existe diferencia entre la cdula
de ciudadana que anoto el agente de trnsito y la que
anota el infractor al momento de firmar.
Cuando el infractor se niega a firmar, y el agente hace
firmar la orden de comparendo por un testigo, pero no se
dejan los datos claros de dicho testigo lo cual no permite
identificar plenamente al testigo.
Cuando quien firma no deja anotado el nmero de la
cdula de ciudadana.
2Por orden judicial: Cuando la autoridad judicial competente ordene el restablecimiento de derecho.
digita la informacin del comparendo se equivoca en algn nmero de la cdula de ciudadana, lo cual genera que
con la incorporacin de un nmero diferente, se generen
comparendos en el historial de la cdula de otro ciudadano.
5Comparendos electrnicos: La revocatoriadirecta se puede interponer frente a la resolucin sancin emitida ante
la imposicin de comparendos por mediostecnolgicos,
en los siguientes casos:
Cuando no se logra identificar claramente la placa del
vehculo.
Cuando precisamente por no tener certeza sobre la placa
del vehculo, se le emite la orden de comparendo electrnico a otro propietario de acuerdo al Registro Distrital
Automotor.
Cuando se enva a una direccin incorrecta.
seacomo solicitud de revocatoria directa o derecho de peticinel cual deber radicarse en el rea de correspondencia ubicada en la Sede Administrativa Secretara Distrital
de Movilidad o ingresando a travs del Sistema Distrital de
Tenga en cuenta:
La revocatoria directa recae sobre resolucin emitida por
la imposicin del comparendo en cualquier tiempo.
Quejas y Soluciones.
(croquis).
Es un plano descriptivo de
un accidente de trnsito
bien sea simple, levantado
en el sitio de los hechos
por el agente de polica.
Tenga en cuenta:
La Secretara Distrital de Movilidad, no emite fallos,
certificaciones y/o paz y salvo, en cuanto a los accidentes de trnsito con heridos y/o muertos, ya que estos
son atendidos por las Unidades de Reaccin Inmediata
URI, adscritas a la Fiscala o si se trata de accidentes
de trnsito solo daos son canalizados a travs de los
Centros Locales de Conciliacin, por lo tanto nicamente suministra copia de los informes de accidente en caso
que determinado vehculo hubiese estado involucrado.
La copia del informe del Accidente de Trnsito que no
sean reclamadas en el trmino establecido, ser remitida a travs de Correo Certificado.
Aplica para Accidentes de Trnsito ocurridos en Bogot
D.C.
Puntos de atencin ubicados en cada una de las localidades en que se encuentra dividida la ciudad, en los cuales
se desarrollan actividades de informacin, formacin y
participacin en forma directa con la comunidad.
Grupo de trabajo que conforma los
Centros Locales De Movilidad :
Gestor de Movilidad: Profesional de perfil social, cuya
presencia en la localidad facilita los procesos de participacin y quien a travs de la comunicacin directa,
acompaa los trmites y solicitudes ciudadanas. Su trabajo
permite optimizar el tiempo de los usuarios y su misin es
ofrecer informacin veraz y oportuna.
Ingeniero de Apoyo Local: Profesional en el rea de la
Ingeniera Civil o de Vas y Transporte, quienes prestan el
apoyo tcnico a los Centro Locales de Movilidad, con el
fin de orientar a la comunidad de las diferentes localidades, en temas de relacionados con sealizacin, semaforizacin y cierres viales, entre otros .
Informador de Gestin Local: Tecnlogo, tcnico o
bachiller, encargado de orientar a la comunidad en trmites y servicios, as como acompaar en los procesos de
convocatoria comunitaria. Apoyan en la logstica y en los
operativos pedaggicos implementados en las localidades.
Gua de Gestin Local: Bachiller con experiencia en trabajo comunitario. Se encarga de las verificaciones en va y del
acompaamiento en las diferentes acciones informativas
que se realizan en las localidades.
Promueve la participacin y la organizacin de la comu
Actividades desarrolladas por los
nidad en torno a la movilidad
Centros Locales De Movilidad
Chivas Tursticas
Si los vehculos no son propiedad del prestador de servicios tursticos, el transporte solo podr efectuarse previo
contrato escrito con Empresas de Transporte Pblico
terrestre Automotor Especial habilitadas. En su defecto, el
prestador de servicios tursticos deber habilitarse como
Empresa de Transporte Pblico Terrestre Automotor
Especial previo cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente disposicin.
La Secretara Distrital de Movilidad recomienda a todos
los prestadores del servicio, cumplir con los requisitos
exigidos de ley que se resumen en los siguientes trminos:
Acreditar revisin tcnico-mecnica y gasesdel vehculo.
cual se reglamenta el uso e instalacin del cinturn de seguridad de acuerdo con el artculo 82 del Cdigo Nacional
de Trnsito Terrestre.
Por la cual se prohbe la publicidad exterior visual, vallas, letreros o avisos en vehculos destinados al Servicio
Pblico de Transporte Terrestre Automotor.
Resolucin N 4693 del 29 de Septiembre de 2009.
Esteservicio se presta cuando un ciudadano desea conocer los datos y valores de comparendos que tienen pendientespor concepto de multas e infracciones en Bogot
D.C.
Para consultar la informacin del comparendo y el estado
de cuenta usted tiene las siguientes opciones:
previamente, que a travs del SIMIT se encuentre actualizada la cartera por concepto de multas de infracciones de
trnsito a nivel nacional.
Tenga en cuenta
En caso de prdida de la copia azul del comparendo y
nicamente en el evento en que el sistema no emita la
informacin del comparendo o permita su descargue,
usted podr radicar una carta en la Sede Administrativa
Secretara Distrital de Movilidad y a vuelta de correo le
ser suministrada la copia solicitada.
La Secretara Distrital de Movilidad no expide ningn Paz
y Salvo por concepto de comparendos, en caso de ser
requerido se sugiere al ciudadano imprimir el resultado
que arroja la consulta.
A travs de este servicio, usted podr consultar las licencias de conduccin suspendidas en Bogot D.C., asignadas
a un nmero de cdula de ciudadana.
Para consultar licencias de conduccin suspendidas, por
conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de
sustancias alucingenas y cuando se compruebe el cambio
de servicio con un vehculo de servicio particular, ingrese el nmero de identificacin a travs de las siguientes
opciones de consulta:
A travs de este aplicativo las instituciones educativas debern elaborar y/o actualizar anualmente el registro de los
vehculos que prestan servicio de transporte escolar.
Con base en lo establecido mediante el Acuerdo 331 de
2008, reglamentado mediante el Decreto 036 de 2009, la
Secretara Distrital de Movilidad en coordinacin con la
Secretara Distrital de Educacin, habilita el registro de vehculos escolares, con el propsito que los establecimientos
pblicos, privados y jardines infantiles registren en medio
impreso y magntico los vehculos que prestan el servicio
de ruta escolar y de esta manera dar cumplimiento entre
otros aspectos a la obligatoriedad de la instalacin y uso de
cinturones de seguridad en el transporte escolar y particular de menores en el Distrito Capital.. De la misma manera
consulte el Decreto 339 del 05 de agosto de 2009 mediante
el cual obtendr todas las especificaciones del cinturn de
seguridad segn el rango de edad de los menores.
Procedimiento:
Las instituciones educativas tanto privadas como pblicas que no posean rutas de transporte escolar solamente
deben diligenciar los puntos N 1 3 y enviarlos al correo
transporteescolar@movilidadbogota.gov.co
Tenga en cuenta:
En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable:
Ley 769 de 2002 Por la cual se expide el Cdigo Nacio-
Acuerdo 331 de 2008 Por el cual se establece la obligatoriedad de la instalacin y uso de cinturones de seguridad
en el transporte escolar y particular de menores en el
Distrito Capital y se dictan otras disposiciones
Decreto 036 de 2009 Por el cual se reglamenta el Acuer-
modifica el Decreto 36 de 2009, reglamentario del Acuerdo 331 de 2008 sobre obligatoriedad de la instalacin y
uso de cinturones de seguridad en el transporte escolar y
particular de menores en el Distrito Capital.
Fecha ltima actualizacin: 2014-05-06 18:12:10
Tenga en cuenta:
El horario de radicacin establecido por la Sede Administrativa Secretara Distrital de Movilidad
Las solicitudes deben especificar direccin y descripcin de la problemtica
Las respuestas que emite la Secretara Disitrital de Movilidad se registran en el aplicativo conforme al resultado
entregado por la Polica Metropolitana de Trnsito de
Bogot.
En un trmino aproximado dedos (2) meses, contados
a partir de la radicacin de la solicitud, se registrar el
resultado del operativo a travs de este medio de consulta, teniendo en cuenta que los controles se hayan
supeditados a la disponibilidad y participacin de recurso
tanto humano como tcnico de distintas reas, entre
ellas la Polica Metropolitana de Trnsito. Vale la pena
mencionar que para hacer efectivo el cumplimiento de
las normas en el sitio denunciado por el solicitante, se
requiere de un tiempo prudencial.
Da Sin Carro
El da sin carro, prohbe la circulacin de vehculos automotores de servicio particular en la ciudad de Bogot el
primer Jueves del mes de Febrero de todos los aos, en el
horario comprendido entre las 6:30 a.m., y las 7:30 pm.
Por una Movilidad Humana y sostenible,
6 de febrero da sin carro
Bogot se mueve a otro Ritmo
Excepciones para el da sin carro.
Motocicletas.
Vehculos con blindaje igual o superior al nivel tres.
Vehculos destinados a la prestacin del servicio de escolta
y durante la prestacin del servicio.
Vehculos de trabajo con logo o nombre de la empresa
pintado, furgones de carga y reparto de mercancas.
Vehculos supervisores de seguridad privada debidamente
identificados
Vehculos acondicionados para discapacitados. De igual
manera, sern objeto de excepcin de la restriccin de este
da, los vehculos utilizados para el transporte de personas
en condicin de discapacidad siempre y cuando cumplan
con lo estipulado en el numeral 7 del artculo cuatro del
Decreto 575 de 2012, que establece: 7. Vehculos utilizados para el transporte de personas en condicin de Discapacidad: Automotores que transporten o sean conducidos
por personas cuya condicin motora, sensorial o mental
limite o restrinja de manera permanente su movilidad. La
condicin de discapacidad permanente que limita la movilidad debe ser claramente acreditada con la certificacin
mdica correspondiente, expedida por la EPS, IPS o ESE.
La excepcin aplica nicamente para la inscripcin de un
(1) vehculo por persona en condicin de discapacidad.
Reversible Carrera 7:
No se implementar el reversible habitual de la Carrera 7,
motivo por el cual se recomienda planear su ruta y extremar las medidas de seguridad vial durante los recorridos.
La jornada busca promover los medios de transporte no motorizados y promover los medios alternativos de transporte.
Tenga en cuenta:
Esta restriccin aplica nicamentepara Bogot D. C.
nica y exclusivamente operan las excepciones el 06 de
febrero de 2014.
nica y exclusivamente no se implementara el reversible
por la Carrera 7 el 06 de febrero de 2014.
La excepcin para personas que conducen en condicin de discapacidad, solamente aplica si el vehculo se
encuentra debidamente adaptado.
Los vehculos de carga de servicio particular deben
cumplir con la restriccin, excepto si portan en la carrocera el logo o el nombre de la empresa, esta excepcin
aplica para todo tipo de carrocera siempre y cuando se
trate de un vehculo de carga, que cumpla dicha especificacin.
Los vehculos de servicio pblico de transporte terrestre
automotor especial en el entendido que es aquel servicio
que se presta bajo la responsabilidad de una empresa
de transporte legalmente constituida y debidamente
habilitada en esta modalidad, a un grupo especfico
de personas ya sean estudiantes, asalariados, turistas
(prestadores de servicios tursticos) o particulares, que
requieren de un servicio expreso, no les aplicar dicha
restriccin por tratarse de un servicio considerado como
pblico.
En Bogot, los ciudadanos y ciudadanas podrn movilizarse en vehculos de transporte pblico colectivo (buses, busetas, microbuses, colectivos) y taxis, en buses
articulados del sistema TransMilenio y buses alimentadores, as como en bicicletas. En las vas y las Ciclo
Rutas estarn presentes orientadores de movilidad que
Infracciones de Trnsito
Tenga en cuenta:
Si el infractor acepta la infraccin y no la cancela en las
oportunidades antes indicadas, deber cancelar el 100%
de la multa ms sus respectivos intereses.
Conozca el procedimiento para el Pago de Comparendos
Si requiere mayor informacin de comparendos a nivel
nacional acrquese a los o comunquese al Call Center
SIMIT .
cual se actualiza la codificacin de las infracciones de trnsito, de conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de
2010, se adopta el Manual de Infracciones y se dictan otras
disposiciones.
Fecha ltima actualizacin: 2014-05-06 18:16:23
Para la imposicin de las sanciones de multa y de suspensin o cancelacin de la habilitacin o del permiso de
operacin, se adelanta el siguiente procedimiento:
infraccin a las normas de transporte, la Autoridad Competente abrir investigacin en forma inmediata mediante
Resolucin motivada contra la cual no procede recurso
alguno, y deber contener:
Relacin de las pruebas aportadas o allegadas que demuestren la existencia de los hechos.
Los fundamentosde hecho y jurdicos que sustenten la
apertura y desarrollo de la investigacin.
fractor, para que por escrito responda a los cargos formulados y solicite las pruebas que considere pertinentes, las
que se apreciarn de conformidad con las reglas de la sana
crtica.
4 Cancelacin del acto administrativo de habilitacin o permiso de operacin. Es la cesacin definitiva de los efectos
jurdicos del acto administrativo que concedi la habilitacin o el permiso de operacin.
Tenga en cuenta:
Las infracciones a las normas de transporte pblico
infringidas por establecimientos educativos con equipos
propios o empresas privadas con equipos propios dedicados al transporte de sus estudiantes o asalariados,
empresas de transporte pblico terrestre automotor de
carga y empresas de transporte pblico terrestre automotor especial, son competencia de la Superintendencia
de Puertos y Transporte.
Conozca la codificacin de las Infracciones a las normas
de Transporte Pblico.
Licencia de Conduccin, la cual es personal e intransferible.(Siempre y cuando haya sido expedida con anterioridad a 31 de Julio de 2004).
Licencia de Trnsito (tarjeta de propiedad).
Certificado del animal, que cada ao debe refrendar.
Adems, el conductor debe ser mayor de 16 aos y llevar
chaleco reflectivo durante sus recorridos.
La carreta debe llevar:
Tenga en cuenta:
Por seguridad y en cumplimiento del Cdigo de Polica,
los vehculos de traccin animal tienen lugares y horarios
prohibidos para transitar, as no tengan pico y placa.
En los horarios pico no podrn transitar en vas arterias
y principales. Tampoco lo podrn hacer en el centro
expandido de la ciudad, en la ciclova y en calzadas
exclusivas de TransMilenio.
En la madrugada no est permitido el trnsito de vehculos de traccin animal en la ciudad de Bogot. Podrn
circular nicamente entre las 4:30 horas y las 24:00
horas, atendiendo los horarios de pico y placa.
Los das sbados, domingos y festivos no podrn transitar por las vas de acceso a Bogot, entre las 13:00
horas y las 23:00 horas. Para efectos de la presente
disposicin se consideran vas de acceso a Bogot las
siguientes: Autopista Norte, Autopista Sur, Autopista
Medelln, Calle 13, Va a Oriente, Avenida Villavicencio y
Carrera 7ma desde la calle 170 hasta el lmite del permetro urbano.
Pago de Comparendo
Si la imposicin del fue a travs
de medios electrnicos, se sugiere
realizar la bsqueda tanto por cdula
de ciudadana como por la placa
del vehculo.
Consiste en el pago de las sanciones impuestas por violacin a las normas de trnsito dentro del Distrito Capital,
detectadas directamente en va por las autoridades de
trnsito o a travs de medios electrnicos.
Procedimiento para cancelar comparendos:
Si la imposicin fue a travs de medios electrnicos, se sugiere realizar la bsqueda tanto por cdula de ciudadana
como por la placa del vehculo.
SperCADE Amricas
SperCADE Movilidad
SperCADE Suba
SperCADE 20 de Julio
Puntos Integrales De Trmites Y Servicios - Pits
de comparendos si realiza el Curso sobre Normas de Trnsito para Obtener el Descuento en el Pago de Comparendo
Los SperCADE habilitados por la Secretara de Movilidad para el curso son:
SperCADE Amricas
SperCADE Movilidad
SperCADE Suba
SperCADE 20 de Julio
Si el comparendo ha sido impuesto por medios tecnolgicos (Deteccin electrnica) pueden notificarlos de dos
formas y debe seguir los trminos que le indican:
Por correspondencia:
de Movilidad.
Si no est de acuerdo con la imposicin del comparendo, presente dentro del trmino establecido la Reclamacin de Comparendos Notificados en Va o Reclamacin
de Comparendos Impuestos por Medios Tecnolgicos
Ingrese a Infracciones de Transporte si se trata de sanciones que contravienen las normas de servicio pblico
por parte de las empresas prestadoras del servicio de
pasajeros a nivel distrital.
Para obtener informacin de los comparendos impuestos en carretera o en otras ciudades comunquese o
dirjase a los Puntos de Atencin SIMIT
se actualiza la codificacin de las infracciones de trnsito, de conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de
2010, se adopta el Manual de Infracciones y se dictan otras
disposiciones.
Consiste en el pago de las multas impuestas por infracciones a las normas de transporte pblico, tanto a empresas
de transporte pblico individual o colectivo como personas naturales.
Procedimiento:
de Cobro Coactivo.
Tenga en cuenta:
Si lo desea consulte la normativa vigente:
Ley 105 del 30 de diciembre de 1993 Por la cual se dictan
Tenga en cuenta:
La restriccin aplica para cualquier tipo de combustible.
Esta norma NO cobija los vehculos particulares, ni
escolares.
se adoptan medidas para reducir la contaminacin y mejorar la calidad del aire en el DistritoCapital.
Se establecen algunas condiciones para el trnsito de vehculos de carga en el rea urbana del Distrito Capital.
Decreto de transporte de carga empieza a regir a partir
el 30 de Diciembre del 2013.
de transporte de carga durante las 24 horas, de conformidad con las disposiciones del Cdigo Nacional de Trnsito
Terrestre y la sealizacin que la autoridad de trnsito
establezca; la cual est conformada por las siguientes reas:
Unidades de Planeamiento Zonal: Zona Franca, Granjas
de Techo, Fontibn San Pablo, Capellana y Aeropuerto El
Dorado.
Por la Avenida Boyac entre la Avenida Calle 13 y la Avenida Calle 26, se permite la libre circulacin, para el acceso
a las UPZ Capellana y UPZ Aeropuerto El Dorado.
Montevideo, Puente Aranda, Zona Industrial y Cundinamarca: Avenida Boyac por Avenida de la Esperanza- Avenida de la Esperanza al Oriente - Avenida de las
Amricas al Oriente, Troncal NQS al Sur, Avenida Calle 3
al Occidente - Avenida Carrera 68 al norte - Avenida de las
Amricas al Occidente hasta Avenida Boyac.
Paloquemao, Ricaurte: Avenida NQS con Calle 23 al
Oriente, Carrera 22 al Sur, Calle 13 al Occidente, Carrera
24 al sur, Avenida Sexta al Occidente hasta Troncal NQS.
1 Los de emergencia.
2 Los de valores, los de alimentos perecederos, animales
vivos, flores y gases medicinales.
pblicas que se encuentren en servicio, siempre y cuando la obra asociada a la actividad, cuente con el Plan de
Manejo de Trnsito -PMT- aprobado y vigente de acuerdo
con los lineamientos definidos en el respectivo concepto
tcnico.
En la Zona 3, se restringe la circulacin de vehculos de
1 Los de emergencia.
2 Los de valores, los de alimentos perecederos, animales
vivos, flores y gases medicinales.
En las vas intermedias y locales podrn realizar esta actividad los vehculos de transporte de carga que no excedan
la designacin 2 (dos ejes) de las 8:30 horas a las 17:00
horas y entre las 19:30 horas y las 06:00 horas, atendiendo
simplemente las previsiones sobre estacionamiento en va,
sealadas en el Cdigo Nacional de Trnsito Terrestre y
las condiciones de sealizacin implementadas en las vas
por la autoridad de trnsito, (Ver Tabla 2).
Medidas especiales para el cargue y descargue.
3 Los operativos de las empresas de servicios pblicos domi- 1 Se restringe el cargue y descargue de Lunes a Viernes,
ciliarios en servicio.
entre las 06:00 y las 22:00 horas, y los das sbados entre las
11:00 y las 16:00 horas, en las siguientes vas (Ver tabla 2):
destinada para el ascenso y descenso de pasajeros (paradero) de vehculos de servicio pblico masivo (Rutas alimentadoras, rutas del SITP) y colectivo.
3 Vas de doble sentido de circulacin, con un carril por sentido que estn clasificados como circuitos de movilidad.
Tenga en cuenta:
En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable:
Decreto 690 de 2013 Por medio del cual se modifica el
Decreto 520 de 2013, que establece restricciones y condiciones para el trnsito de los vehculos de transporte
de carga en el rea urbana del Distrito Capital y se dictan
otras disposiciones.
DECRETO 520 DE 2013 Por el cual se establecen res-
de Bogot D.C. con relacin al pico y placa para los vehculos de carga particulares.
modifica el Decreto 568 de 2012, modificatorio del Decreto 034 de 2009 Por el cual se establecen condiciones para
el trnsito de vehculos de carga...
Se libera la medida Pico y Placa dentro de la zona limitada en las siguientes vas:
Tenga en cuenta:
En la siguiente imagen se resumen las dos alternativas
complementarias al pico y placa, que como se mencion
solo aplicarn el da de restriccin, es decir que el da
que el vehculo no tiene restriccin podr circular normalmente sin ninguna condicin por cualquier zona de la
ciudad. Si usted desea visualizar la informacin consulte
el Mapa Restriccin
Decreto 041 del 31 de Enero de 2011 Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 033 de 2009 y se dictan otras
disposiciones.
dictan disposiciones para el mejor ordenamiento del trnsito de personas y vehculos por las vas pblicas.
Circular 009 del 26 de Febrero de 2009 CUMPLIMIENTO MEDIDAS DE RESTRICCIN DE CIRCULACIN
VEHICULAR.
Decreto 180 del 11 de Junio de 2004 Por el cual se toman medidas para el mejor ordenamiento del trnsito de
vehculos en las vas pblicas de Bogot D.C..
Decreto 212 de 2003 Por el cual se toman medidas para
el mejor ordenamiento del trnsito de vehculos en las vas
pblicas de Bogot D.C..
Decreto 057 de 2003 Por el cual se modifican los artcu-
Tenga en cuenta:
La restriccin para vehculos de servicio pblico individual se maneja de manera rotativa.
La sancin a quienes incumplan la medida se encuentra
establecida en 15 SMDLV adems de la inmovilizacin
del vehculo.
modifican los artculos primero, cuarto y quinto del Decreto 660 de 2001.
ser hace uso de la atribucin sealada en el Decreto Distrital 156 de 2011 y se elimina la restriccin a los vehculos de transporte pblico colectivo en el radio de accin
distrital.
Fecha ltima actualizacin: 2014-05-06 18:33:12
El conducir un vehculo automotor bajo efectos producidos por el alcohol o las drogas, o sustancias estupefacientes, alucingenas o hipnticas conlleva a la multa
pecuniaria, suspensin de la licencia de conduccin e
inmovilizacin del vehculo.
la Ley 769 de 2002 y la Ley 1383 de 2010 en temas de embriaguez y reincidencia y se dictan otras disposiciones
Aviso importante
Cada beneficiario podr acceder a una (1) de las alternativas de sustitucin, una vez cumplidos los siguientes
requisitos:
Estar incluido en la base de datos de carreteros adoptada
por la Secretara Distrital de Movilidad.
Acreditar la identificacin personal ante el Organismo o
Entidad que ejecute la alternativa seleccionada.
Suscribir documentos donde se declare voluntariamente
cul es la alternativa en que se encuentra interesado y la
adhesin voluntaria al programa seleccionado.
Suscribir el Pacto por el buen trato a los animales.
Cumplir con las condiciones particulares establecidas para
cada alternativa de sustitucin, de acuerdo con la regulacin que expidan los Organismos y Entidades involucradas en la ejecucin de la alternativa seleccionada.
Hacer entrega del binomio (carreta y equino) al Organismo o Entidad Distrital o a las Asociaciones y/o Fundaciones sin nimo de lucro de cuidado animal que sean
designadas por la Secretara Distrital de Movilidad.
culo automotor homologado por el Ministerio de Transporte, para transporte de carga til igual o superior a 750
kilos.
negocios, la cual busca generar nuevas actividades econmicas, que con un enfoque basado en el bienestar humano, permita a quienes opten por las mismas la elaboracin
e implementacin de planes de negocios de los cuales se
derive su sustento.
La Alcalda Mayor de Bogot a travs de la Secretara distrital de Movilidad y la Secretara Distrital de Salud, ha implementado la campaa denominada Adopta a un amigo la cual tiene por objeto invitar a las personas que estn en condicin para apadrinar un equino o caballo, de los que harn parte del proceso de sustitucin de vehculos de traccin
animal, VTA.
Nuevos requisitos:
Para personas naturales por favor adjuntar:
Certificado de ingresos o declaracin de renta. (Un documento donde se demuestren sus ingresos)
Tenga en cuenta:
Para mayor informacin comunquese Lnea de Atencin
Sustitucin de Vehculos de Traccin Animal
Metodologa
Tenga en cuenta:
La responsabilidad en la prestacin del servicio pblico
a estudiantes recae en empresas de servicio especial
legalmente habilitadas y reconocidas por las autoridades
competentes para el desarrollo de la actividad transportadora en la modalidad de servicio escolar.
Las Entidades Educativas velarn por el buen funcionamiento del transporte Escolar, conocern de todo el parque automotor que presta el servicio a sus estudiantes y
dispondrn del apoyo por parte de la Secretara Distrital
de Movilidad para ejercer veedura y control. Mantendrn informados a los padres de familia y reportarn a la
Secretara Distrital de Movilidad, la informacin correspondiente y pormenorizada sobre la cobertura y alcance
del servicio de transporte en su Institucin.
La vida til del vehculo destinado al servicio escolar no
puede superar losdiez (10) aos, conforme con lo establecido en el Decreto 3964 de 2009.
nal de transporte.
Decreto 174 de 2001 Por el cual se reglamenta el Servicio Pblico de Transporte Terrestre Automotor Especial.
Ley 769 de 2002 Por la cual se expide el Cdigo Nacional
de Trnsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.
Acuerdo 331 de 2008 Por el cual se establece la obligatoriedad de la instalacin y uso de cinturones de seguridad
en el transporte escolar y particular de menores en el
Distrito Capital y se dictan otras disposiciones
modifica el Decreto 36 de 2009, reglamentario del Acuerdo 331 de 2008 sobre obligatoriedad de la instalacin y
uso de cinturones de seguridad en el transporte escolar y
particular de menores en el Distrito Capital.
INFORMACIN IMPORTANTE
Puntos Integrales de Trmites y Servicios - Pits
Direccin: Calle 52 # 25 35
Telfono: Call Center: 291 69 99
Horario: Lunes a viernes 7:00 a.m. - 6:00 p.m. y
Sbado: 8:00 a.m. - 1:00 p.m. Horario Toma de Improntas:
Lunes a viernes 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y
Sbado 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Patios
Almos
Direccin: Carrera 93 No 52 - 03 Entrada lamos
Telfono: 413 55 18 - 414 71 86
Horario: Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 8:00 p.m.,
Sbado: 7:00 a.m. a 1:00 p.m.
Fontibn
Direccin: Calle 17 # 90 90
Telfono: 4 13 39 46
Horario: Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 8:00 p.m.,
Sbado: 7:00 a.m. a 1:00 p.m.
Normograma
Norma
Fecha
Nombre
Decreto 624
Marzo 30 de
1989
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533
Ley 1066
Julio 29 de
2006
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20866
Decreto 4473
Diciembre
15 de 2006
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22438
Resolucin 140
Abril 21
de 2009
Ley 1383
Marzo 16
de 2010
Resolucin
4230
Octubre 04
de 2010
Resolucin
3204
Agosto 04
de 2010
Observaciones
URL
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36120
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38073
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39180
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40515
Ley 1450
Junio 16
de 2011
Decreto 397
Agosto 26
de 2011
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40094
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43802
Norma
Fecha
Nombre
Observaciones
Resolucin
326
Noviembre
28 de 2012
Resolucin
274
Septiembre
02 de 2013
Decreto 3366
Noviembre
21 de 2003
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=10797
Decreto 1355
Agosto 04
de 1970
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=6945
Decreto 522
Marzo 27
de 1971
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=6944
Ley 769
Agosto 06
de 2002
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=5557
Acuerdo 79
Enero 20
de 2003
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=6671
Decreto 463
Diciembre
22 de 2003
Decreto 456
Octubre 11
de 2013
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=54978
Resolucin
1050
Mayo 05
de 2004
"Por la cual se adopta el Manual de Sealizacin Vial - Dispositivos para la Regulacin del
Trnsito en Calles, Carreteras y Ciclorrutas de
Colombia, de conformidad con los artculos
5, 113, 115 y el pargra
fo del artculo 101 de
la Ley 769 del 6 de agosto de 2002
."
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=13958
URL
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=50943
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=54951
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=10966
Norma
Fecha
Decreto 190
Junio 22
de 2004
Decreto 364
Agosto 26
de 2013
Acuerdo 424
Diciembre 22
de 2009
Decreto 192M
ayo 03
de 2011
Nombre
"Por medio del cual se compilan las
disposiciones contenidas en los Decretos
Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003
."
Observaciones
URL
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13935
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=55073#565
Reglamentado por
Decreto Distrital 192
de 2011
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=38288
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=42611
Decreto 599
Diciembre 26
de 2013
Resolucin 671
Septiembre
15 de 2011
Ley 1493
Diciembre
26 de 2011
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45246
Decreto 1258
Junio 14
de 2012
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47809
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=56034
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=44163
Norma
Fecha
Concepto
tcnico N 19
Abril 24
de 2013
Decreto 19
Enero 10
de 2012
Resolucin
3027
Julio 26
de 2010
Ley 688
Nombre
Observaciones
URL
www.movilidadbogota.gov.co/hiwebx_archivos/audio_y_video/
Concepto%20tecnico%2019.pdf
www.alcaldiabogota.gov
.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=45322
www.alcaldiabogota.gov
.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=40067
Agosto 23
de 2001
www.alcaldiabogota.gov
.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=4165
Decreto 115
Abril 16
de 2003
www.alcaldiabogota.gov
.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=7468
Resolucin
381
Agosto 10
de 2007
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26212
Resolucin
3705
Septiembre
07 de 2007
www.alcaldiabogota.gov
.co/sisjur/normas/Norma1.js
p?i=26480
Resolucin
556
Diciembre
07 de 2007
www.alcaldiabogota.gov
.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28853
Resolucin
2680
Julio 03
de 2007
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25614
Norma
Fecha
Nombre
Observaciones
URL
Marzo 18
de 2014
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57037#20
Ley 1630
Mayo 27
de 2013
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53225
Resolucin
3253
Agosto 08
de 2008
Resolucin
7036
Julio 31
de 2012
Resolucin
416
Noviembre
10 de 2009
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38995
Resolucin
515
Diciembre
11 de 2009
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39002
Decreto 390
Noviembre
13 de 2008
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33749
Concepto
jurdico 21548
2001
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5918
Circular 11
Julio 15
de 2009
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40927
Ley 1548
Julio 05
de 2012
Resolucin
646
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31792
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48682
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48240
Norma
Fecha
Nombre
Observaciones
URL
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18835
Ley 1005
Enero 19
de 2006
Resolucin
4775
Octubre 01
de 2009
Resolucin
12379
Diciembre 28
de 2012
Resolucin
799
Marzo 16
de 2010
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39639
Resolucin
4959
Noviembre 08
de 2006
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22132
Resolucin
4193
Octubre 05
de 2007
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27007
Decreto
660
Agosto 27
de 2001
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4643
Decreto
621
Agosto 01
de 2001
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4374
Manual de
Sealizacin
Mayo de
2004
www.mintransporte.gov.co/documentos.php?id=29
Ley 361
Febrero 07
de 1997
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=343
Decreto
1538
Mayo 17
de 2005
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16540
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37614
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51186
Norma
Fecha
Nombre
Ley 1287
Marzo 03
de 2009
Decreto 34
Febrero 05
de 2009
Decreto
520
Noviembre
13 de 2013
Concepto
tcnico N 16
Septiembre
16 de 2009
Observaciones
URL
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16540
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34947
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55472
www.movilidadbogota.gov.co/hiwebx_archivos/ideofolio/concepto-16_992.pdf
Concepto
tcnico N 17
www.movilidadbogota.gov.co/hiwebx_archivos/ideofolio/concepto-17_993.pdf
Concepto
tcnico N 18
www.movilidadbogota.gov.co/hiwebx_archivos/ideofolio/concepto-18_994.pdf
Decreto
1400
Agosto 06
de 1970
Ley 1564
Julio 12
de 2012
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48425#626.c
Ley 1437
Enero 18
de 2011
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249
Decreto
271
Junio 12
de 2012
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6923
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47774
Norma
Fecha
Decreto
575
Diciembre
17 de 2013
Nombre
Observaciones
URL
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jp?i=55963#10
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21066
Decreto
319
Agosto 15
de 2006
Ley 1696
Diciembre
19 de 2013
Resolucin
653
Diciembre
31 de 2007
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28294
Resolucin
603
Diciembre
26 de 2007
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28189
Circular 1044
Enero 21
de 2003
"Inmovilizacin de vehculos."
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44810
Resolucin
295
Junio 22
de 2007
Resolucin
395
Octubre 14
de 2009
Decreto
66
Febrero 15
de 2007
Resolucin
10800
Diciembre
12 de 2003
Resolucin
392
Agosto 15
de 2003
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55964
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=29914
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38347
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22918
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11068
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9789
Norma
Fecha
Ley 336
Diciembre
20 de 1996
Decreto
300
Junio 22
de 2012
Decreto
596
Diciembre
26 de 2007
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28124
Resolucin
520
Octubre 10
de 2003
www.movilidadbogota.gov.co/normatividad/Resol520
de-03_16_49_53.pdf
www.sidenal.com.co/actualizaciones/marco.pdf
Resolucin
400
2008
Nombre
Observaciones
URL
www.alcaldiabogota.gov
.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=346
www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47912