Investigación Homicidio
Investigación Homicidio
Investigación Homicidio
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Justificación del Tema
Este trabajo de investigación está basado en dudas e inquietudes que tengo
por conocer más de este problema social. También pretendo que valla
dirigido a las personas lectoras, que quieran conocer los casos y tipos de
homicidios que se presentan en nuestro Municipio de Chilpancingo, ya que
actualmente Guerrero ocupa un mayor índice de homicidios, donde día a día
tenemos conocimiento de este, a través de los medios de comunicación.
Nos permite conocer los índices de homicidio, utilizando el desarrollo de
graficas consultadas en la página de INEGI, bibliografía o referencias de libros
de derecho penal, como también es novedoso este tema, ya que casi no
encontramos mucho material referente sobre esta investigación, así mismo
se pretende profundizar a nivel estatal.
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Planteamiento del problema
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Objetivo
Objetivo General:
*Proponer que la información que sea utilizada sea también como un medio
de prevención para que todos los que podamos ser víctimas, que hoy
principalmente está enfocado en los jóvenes, niños y personas en particular
sepamos cómo debemos de actuar y lo que se debe realizar ante las
autoridades competentes.
Objetivo Específico:
*Analizar los artículos del código penal del estado de guerrero, que se
sanciona el homicidio.
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Metodología
Para la realización de esta investigación utilizaremos los siguientes datos de
información:
1. Edad
2. Sexo
3. Municipio de Chilpancingo
4. Tipos de Homicidio
5. Graficas
6. Tablas
7. Penalización
8. Sanción
En el presente estudio la metodología a utilizar es la cualitativa, que se
empleará en el diseño bibliográfico, que se encuentra basada en la
investigación documental de libros y códigos como fuentes primarias para
estructurar teóricamente el contenido de nuestro trabajo.
Se justifica la investigación de este tema por su importancia en la vida social y
en la Licenciatura en Derecho, entendemos que es un proceso legal en el que
se lucha, para que sea aplicada la sanción justa a un homicida, es una labor
de humanidad, de justicia y de bien social, para nosotros como estudiantes
de esta carrera, es fundamental conocer en detalle todo lo relacionado con el
homicidio y tenerlo en un futuro próximo, estamos ante un tema delicado,
profundo y de consecuencias impredecibles que requiere tener de mucha
importancia.
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Hipótesis
Dado que guerrero es un estado violento e inseguro y con grandes problemas
económicos, sociales, educativos y de desempleo, nos da como resultado que
se presenten muchos homicidios en el transcurso del año y años anteriores,
por tal razón espero que la información recabada sea de mayor importancia,
aportare mis mayores inquietudes y expresare mis puntos de vista necesarios
, daré un buen resultado de esta investigación, así mismo podre argumentar
mi perspectiva de la situación y posiblemente crear una posible solución para
poder reducir menos los altos índices de homicidios.
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Marco Teórico
Es importante hablar del delito de homicidio, sabemos que empezó a surgir
desde el principio de la humanidad, no podemos decir que surgió a darse hoy
en la actualidad, si retomamos un poco la historia de nuestros ancestros, los
cavernícolas se mataban entre sí para poder llegar a ocupar un cargo más
importante en su núcleo social, cabe destacar que ha sido una problemática
que hemos estado viviendo desde muchos años atrás, la cual al día de hoy los
índices han ido en aumentando frecuentemente.
El homicidio sabemos que su intención es terminar con la vida en armonía de
la sociedad, así como también termina con los seres humanos que integran
nuestra sociedad, es por esto que me intereso hablar de este tema en
particular para ver como el derecho lo regula y que medidas deben de
tomarse para evitarlo y establecer las penas, sin lugar a duda el homicidio es
el más grave de los delitos contemplados en todas las legislaciones que van
a constituir la grave ofensa a nuestra sociedad, ya que la vida humana es el
bien titulado de mayor jerarquía. Cuando se diferencian los delitos de daño y
del peligro, se hace referencia a la afectación que sufre el bien jurídico
tutelado daño u riesgo en que se puso este.
En algunos casos, el objeto jurídico es dañado como consecuencia de la
conducta típica del sujeto activo, esta afectación destruye o menos cabe el
bien tutelado y por lo tanto el reproche penal es de mayor jerarquía o
intensidad. En otros casos, la conducta del agente no llega a dañar el bien
jurídico tutelado, sino que lo pone en peligro u riesgo de ser dañado, esto se
presenta en la posibilidad de que se afecte sin que esto llegue a ocasionar
algún daño, la ley considera necesaria una sanción, ya que el sujeto activo
denota peligrosidad y el pasivo se ve ante el posible riego de ser afectado en
el bien jurídico de que se trate.
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Introducción
En México, al igual que en varios países de América Latina y del Caribe, se
está deteriorando, la vida social, la convivencia armónica y pacífica, esto
sucede por el crecimiento de la violencia que aumentado en los últimos años,
que se manifiesta en robos, asaltos, secuestros, y lo que es más grave, en
homicidios que cada día destruyen más vidas humanas y llenan de dolor a las
familias y a la sociedad entera. No se trata de hechos aislados o infrecuentes,
sino de una situación que se ha vuelto habitual, estructural, que tiene
distintas manifestaciones y en la que participan diversos agentes. Por todo lo
descrito anteriormente, se puede observar el papel tan importante que
desempeña el factor socioeconómico, cultural y educativo, para que las tasas
de homicidio estén incrementado en el Municipio de Chilpancingo, lugar en
el que se llevará acabo la recolección de datos para la realización del
presente trabajo de investigación, que se realizara bajo la dirección del MC.
Esthela Fonseca, Docente de la Facultad de Derecho, correspondiente a la
Unidad de Aprendizaje: Seminario de Titulación, de la Universidad Autónoma
de Guerrero.
El homicidio como nuestro propósito en esta investigación, abordaremos
desde un punto de vista legal, es un tema apasionante, que pretenden demos
utilizar el material bibliográfico para poder plasmar de una manera breve,
precisa y clara, los diferentes tipos de homicidio, los años en cómo ha
incrementado, las causas y motivo que fueron motivo, así como gráficas y
tablas que nos servirán para poder llevar acabo la estadística de los años y
tener un mejor desarrollo en nuestra investigación, tenemos la seguridad que
esta investigación será un gran aporte tanto a nuestra sociedad, como
docentes, alumnos y público en general.
Nuestro trabajo consta de cinco capítulos:
1. Abordaremos la definición, antecedentes y el estudio del homicidio.
2. Formas y medios de ejecución
3. Clases de homicidio
4. Penalidades
5. Graficas
6. Artículos que se establecen en nuestro Código penal del Estado de
Guerrero.
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CAPITULO I
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Capítulo I
Definición:
Son los caracteres del homicidio tres: Primero, la destrucción de una vida
humana; segundo, que exista una relación de causa a efecto entre la muerte
y el acto verificado por el homicidio, tercero, la intención de matar, o sea lo
que los latinos llamaban abreviadamente animus necandi.
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Criminalística: Indaga las circunstancias personales, instrumentales y tiempo
– espaciales en que se realizó.
SUJETOS: El activo o agente y el pasivo o víctima, si bien puede ser varios los
aditivos o los pasivos”.
ACTIVO: ¿Quién puede ser sujeto activo en el homicidio?
No importa cuáles sean las características, peculiaridades o circunstancias de
la persona (edad, sexo, estado civil, salud, etc.).Pero la legislación mexicana
vigente solo considera responsable a la persona física”.
PASIVO: Solo puede ser sujeto pasivo en el homicidio en el homicidio una
persona física, de manera que la muerte causada a un animal constituye el
delito de daño en propiedad ajena, pero no homicidio; tampoco la persona
jurídica o moral puede serlo”.
OBJETOS: Uno material, que es la persona o cosa sobre la cual recae
directamente el daño o el peligro, y el jurídico, que es el bien jurídicamente
tutelado por la ley”.
MATERIAL: El objetivo material es la persona física sobre quien recae el
daño, consistente en la privación de la vida. En este caso coinciden el objeto
material con el sujeto pasivo”.
JURÍDICO: Jurídicamente tutelado por la ley, que en el caso del homicidio lo
constituye la vida humana”.
Sin lugar a dudas el homicidio es el más grave de los delitos. Contemplado en
todas las legislaciones, constituye la más grave ofensa a la sociedad, ya que la
vida humana es el bien tutelado de mayor jerarquía.
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Cuando se diferencian los delitos de daño de los de peligro, se hace
referencia a la afectación que sufre el bien jurídico tutelado (daño) o al riesgo
en que se puso este (peligro).
En algunos casos, el objeto jurídico es dañado como consecuencia de la
conducta típica del sujeto activo, ésta afectación destruye o menoscaba el
bien tutelado, y por lo tanto el reproche penal es de mayor intensidad. En
otros casos, la conducta del agente no llega a dañar el bien jurídico tutelado,
sino que lo pone en peligro o riesgo de ser dañado, esto es, se presenta la
posibilidad de que afecte sin que esto llegue a ocurrir; así pese a no haber
daño, la ley considera necesaria una sanción, pues el sujeto activo denota
peligrosidad y el pasivo se ve ante el posible riesgo de ser afectado en el bien
jurídico de que se trate.
BIEN JURÍDICO PROTEGIDO:
En un sentido amplio, bien es todo aquello susceptible de producir utilidad a
la persona o a la sociedad; en este sentido todo bien debe ser objeto de
valoración jurídica penal, por lo que bienes jurídicos protegidos son, en
materia penal, según Polaino Navarrete “todas las categorías conceptuales
que asumen un valor, contienen un sentido o sustentan un significado que
son positivamente evaluados dentro de una consideración institucional de la
vida regulada por el Derecho, como merecedores de la máxima protección
jurídica, representada por la conminación penal de determinados
comportamientos mediante descripciones típicas legales de estos”. Es posible
concretar la noción de bien jurídico como los interese de las personas físicas
o morales, públicas o privadas tutelados por la ley bajo la amenaza de una
sanción penal.
El bien jurídico protegido a través de las normas tipificadoras y sancionadoras
del homicidio, es la vida, entendida como el lapso que transcurre entre el
nacimiento y la muerte.
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Capitulo II
Formas y Medios de Ejecución
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FORMAS Y MEDIOS DE EJECUCIÓN:
La forma o el medio para poder ejecutar dicho delito para poder ejecutar
dicho delito no se puede precisar, ya que hay muchas maneras físicas para
poder privar de la vida a una persona ya sea por un golpe, arma, un toxico,
etc.
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potencialidad material lesiva, cuyos efectos el hombre puede aquilatar y
controlar”.
Osorio y Nieto agrega que “dada la estructura del tipo de HOMICIDIO -tipo
abierto-, nada impide al menos teóricamente, que este ilícito penal pudiese
ser cometido por medios morales pero, en la realidad, en la práctica, no se
presentan estos casos”.
RESULTADO:
En el homicidio, el resultado típico consecuencia de la conducta es la
privación de la vida. Una vez que cesa
NEXO DE CAUSALIDAD:
El nexo de casualidad es el ligamento que uno a la conducta con el resultado
típico.
Para que el resultado se pueda atribuir a la conducta típica, se requiere un
nexo causal que los una.
La ley penal señala las reglas para determinar cuándo se presenta el nexo
causal y cuando no.
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Los artículos 303 y 304 de CPDF señalan cuando existe nexo causal y el Art.
305 del mismo ordenamiento precisa cuando no se produce.
“En resumen, una lesión será considerada mortal cuando la muerte se deba a
alteraciones causadas por la lesión en el órgano interesado, a alguna de sus
consecuencias inmediatas o a una complicación determinada por la lesión
que no se pudo combatir por ser incurable o por carecer de los recursos
necesarios.
La muerte ocurra dentro de los 60 días a partir de la lesión.
Al encontrarse el cadáver del occiso, dos peritos declaren después de la
necropsia que la lesión fue mortal.
Cuando no se encuentre el cadáver o no se haga la necropsia, dos peritos
declaren que la muerte fue resultado de las lesiones inferidas.
No habrá nexo causal (no se considera mortal la lesión, aunque muera quien
la recibió) cuando la muerte sea el resultado de una causa anterior a la lesión
y sobre la cual esta no haya influido.
Cuando se hubiese agravado por causas posteriores (medicamentos nocivos,
operaciones quirúrgicas desgraciadas, excesos o imprudencia del paciente o
de quienes los rodean).
Conforme a la legislación penal mexicana, se exige una temporalidad que
deberá transcurrir entre el momento de causar la lesión y la muerte del
lesionado, la cual es de 60 días”.
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Autor intelectual: Es el sujeto que aporta elementos anímicos, psíquicos,
morales, para que tenga verificativo el delito.
Autor Material: Es la persona que realiza una actividad física, corpórea, para
la realización del hecho típico, se lleva a cabo en la fase ejecutiva del delito.
Autor Mediato: Es el sujeto que para ejecutar un delito se sirve de otro.
Coautor: Son los sujetos que en conjunto ejecutan el ilícito penal.
Cómplices: Son las auxiliadores o sujetos que realizan una actividad indirecta
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Capitulo III
Clases de Homicidio
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Clases de Homicidio:
Homicidio Doloso: Se denomina homicidio doloso a un subtipo
del delito de homicidio que se caracteriza porque el criminal busca
intencionadamente el resultado de muerte de la víctima.
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Homicidio Simple Doloso por Omisión.
Homicidio involuntario
También llamado homicidio culposo o negligente: cuando se conoce el
posible resultado muerte y sin embargo se cree poder evitarlo, pero falla y
ésta se produce. También se presenta cuando definitivamente se ignora
dicho resultado, pero de igual forma se mata. La punibilidad en este caso
surge amparada por el deber que toda persona tiene de abstenerse de causar
daño a otra, y las acciones carentes de intención y omisiones que conlleven a
la muerte, serán susceptibles de juzgarse conforme a las leyes penales.
Homicidio preterintencional
Hace mención al desbordamiento de las intenciones del causante, en las que
primitivamente se quiso dañar, pero que desafortunadamente resultó
matándola. Por ejemplo si se desea simplemente golpear a alguien para
causarle unas magulladuras, y se termina matándolo. Se ha afirmado que el
homicidio preterintencional es un punto medio entre el dolo y la culpa, dolo
frente a la acción y culpa frente al resultado.
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Homicidio simple
Aquél que se comete a falta de las cuatro agravantes, que son premeditación,
alevosía, ventaja y traición.
Homicidio calificado
· Calificación de los homicidios se subdividen en:
· Alevosía.
· Ensañamiento.
· Sevicias graves.
· Veneno.
c) En razón de la causa:
b) Homicidio preterintencional.
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Homicidio en Riña:
Homicidio en Duelo:
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Homicidio con Ventaja:
Parricidio:
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Filicidio:
Este figura es una ampliación del Infanticidio, como lo dice Osorio y Nieto,
“Consideramos loable que se amplié la figura del infanticidio a la privación de
la vida de cualquier descendiente consanguíneo, en línea recta y que este
homicidio, en su caso pueda ser agravado, ya que así como la privación de la
vida del ascendiente se fractura de manera intensa e irreversible la
institución de la familia, igual acontece con la muerte de su descendiente por
su ascendiente”.
Fratricidio:
Conyugicidio y Uxoricidio:
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Dicho homicidio consiste en quitarle la vida al pasivo, mediante el uso de una
arma cortante, punzante, punzo cortante o contuso cortantes.
-Sofocación
-Estrangulación
-Ahorcadura, y
-Sumersión
Conducta
El homicidio se considera una conducta, y podemos clasificarla como
Conducta de Acción cuando el sujeto activo efectúa los movimientos
corpóreos necesarios para producir el resultado de la muerte del sujeto
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pasivo, y Conducta de Omisión u Omisión Impropia en el que el sujeto activo
deja de hacer lo que de él se esperaba como tutor de una vida y debido a ello
se produce el como resultado la muerte. Por ejemplo, una madre que deja de
alimentar a su hijo y con el resultado de la muerte de éste sería un caso de
homicidio por omisión, puesto que la madre es responsable de mantener con
vida a un individuo que no puede hacerlo por sí mismo.
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Capitulo IV
El Homicidio en Nuestro Código Penal
del Estado de Guerrero
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Capitulo IV”
El Homicidio en Nuestro Código Penal del Estado de Guerrero
Título Primero
Delitos contra la vida y la integridad corporal
Capítulo I
Homicidio
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Artículo 134. Homicidio en riña
A quien prive de la vida a otra persona en riña se le impondrá hasta la mitad
de las penas señaladas para el delito simple si se trata del provocador y hasta
la tercera parte en el caso del provocado. La riña es la contienda de obra
entre dos o más personas con el propósito de causarse daño recíprocamente.
No se configurará homicidio en riña cuando existan antecedentes de
violencia familiar o de género entre quien provoca y quien es provocada o
provocado.
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VII. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo,
previo a la privación de la vida; A quien cometa el delito de feminicidio se le
impondrán de veinte a sesenta años de prisión.
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Conclusión
Gracias a la elaboración de este compilado de información, puedo identificar
los puntos clave y de alguna forma básica la aplicación del derecho penal en
el caso del homicidio que en la vida cotidiana, nos permitirá identificar en la
sociedad donde se puede ubicar cada uno de estos rubros.
Así como también puedo considerar que gracias a esto pude conformar la
estructura básica que servirá como plataforma fundamental en nuestra noble
formación profesional como futuro Lic. En Derecho. Gracias a este trabajo de
investigación que realice en varios libros, páginas web y estadísticas del INEGI
pude enriquecerme de conocimientos, de manera personal la elaboración de
este trabajo me reafirmo mi gusto por seguir continuando con la
investigación , puedo asegurar que al concluir este complejo y laborioso
trabajo, se quedan impregnadas en mi minimante las nociones generales que
comprendes desde que es un homicidio, como se pueden cometer, tipos de
homicidios, penas y sentencias y así mismo como lo establece en nuestro
código penal del estado de guerrero.
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Bibliografía
3. http://www.congresogro.gob.mx/index.php/codigos
4. http://www.beta.inegi.org.mx/app/areasgeograficas/?ag=12
5. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_170616.pdf
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