Monografia-Prestaciones Económicas
Monografia-Prestaciones Económicas
Monografia-Prestaciones Económicas
Agustín de Arequipa
Estudiantes:
Arequipa / Perú
2018
Contenido
INTRODUCCION .................................................................................................................................. 3
CAPITULO I .......................................................................................................................................... 4
LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS ..................................................................................................... 4
1.1. Prestaciones o subsidios: ......................................................................................................... 4
1.2. Disposiciones específicas sobre prestaciones económicas ...................................................... 4
I. Subsidio por incapacidad temporal: ......................................................................................... 4
II. Subsidio por maternidad: ...................................................................................................... 14
III. Subsidio por lactancia: ......................................................................................................... 17
1.3. Responsabilidad ..................................................................................................................... 20
1.4. Forma de pago de las prestaciones económicas.................................................................... 20
1.5. Recursos impugnativos .......................................................................................................... 23
INTRODUCCION
Las prestaciones económicas, es aquella acción a la que todos los trabajadores pueden
recurrir por diferentes motivos, a lo largo de su estancia en la Empresa,
Las prestaciones es la acción y efecto de prestar (entregar algo a alguien para que lo use
y después lo devuelva, ayudar al logro de algo, ofrecerse). Una prestación puede ser el
servicio convenido en un acuerdo o exigido por una autoridad.
La base de cálculo para la determinación del monto del subsidio considera el promedio de
la remuneración imponible de los tres meses anteriores al inicio de la Licencia Médica,
con deducción de las cotizaciones previsionales (AFP, IPS y SALUD) y de los impuestos
correspondientes a dicha remuneración.
C. Monto de la prestación
B. Requisitos
Los requisitos que deben presentar la entidad empleadora o la asegurada, para
solicitar el subsidio por maternidad, son los siguientes:
C. Monto de la prestación
B. Requisitos
Los requisitos que debe presentar el asegurado para solicitar el subsidio por
lactancia, son los siguientes:
El monto del subsidio por lactancia, definido por el Consejo Directivo de EsSalud,
es de S/. 820.00 En caso de parto múltiple el subsidio se abona por cada niño
1.3. Responsabilidad
A. Pago directo y pago con cargo a reembolso por parte del EsSalud
Cuando una orden de pago emitida por EsSalud ha sido anulada o está
deteriorada, el interesado podrá pedir su rehabilitación o la emisión de un
duplicado, presentando solicitud simple al Jefe de la Unidad de Prestaciones
Económicas, en Lima y Callao, o al Jefe de la Unidad de Prestaciones
Económicas o Jefe de Unidades de Prestaciones Económicas y Sociales en
provincias, siempre que no hubiese transcurrido el plazo de 10 años desde su
emisión. El área de Tesorería oficiará a la entidad bancaria para que anule o
bloquee dicha cuenta e informe sobre la no cobranza y anulación de dicho
documento. Asimismo, el área de Tesorería comunicará para la anulación del
documento en el sistema de subsidios y proceso del duplicado.
En caso de extravío de Cheque o de una orden de pago, el interesado
presentará la solicitud, cursada mediante carta notarial y la acompañará con
copia certificada de la denuncia policial. En caso de deterioro, a la solicitud se
adjuntará el documento deteriorado. Para tramitar cualquiera de los casos
indicados, el interesado deberá mostrar su documento de identidad. En caso
que lo tramite un tercero, éste deberá presentar Carta Poder Simple firmada
por el interesado autorizando a que un tercero realice el trámite de
rehabilitación, asimismo, se adjuntará fotocopia del DNI del interesado y del
tercero quien mostrará su DNI.
E. Pago de reintegros
En caso haya una diferencia del subsidio a favor del asegurado o beneficiario,
éste o su empleador según corresponda, solicitarán por escrito el reintegro en
la oficina donde se presentó la solicitud de prestaciones económicas, en un
plazo que no excederá del plazo de prescripción de la prestación económica.
G. Retenciones Judiciales
A. Procedimiento
El procedimiento para la interposición de recursos impugnativos que presenten
las entidades empleadoras y asegurados ante el EsSalud sobre los aspectos
regulados por la presente Directiva, se ceñirá a las normas establecidas por la
Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, y sus normas
modifi catorias. La califi cación del silencio en los procedimientos de pago de
Prestaciones Económicas deberá ser interpretado como Negativo, siendo de
aplicación la Primera Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley
del Silencio Administrativo N° 29060, mediante la cual se señala excepciones a
la norma para aquellos casos que generen la obligación de dar o hacer por
parte del Estado.
B. Instancias Resolutivas
Las instancias resolutivas de los recursos impugnativos son las siguientes:
En Lima y Callao:
Recurso de Reconsideración: Jefes de Unidad de Prestaciones
Económicas
Recurso de Apelación: Sub Gerente de Normalización y Control
Recurso de Revisión: Gerente Central de Prestaciones Económicas y
Sociales.
En Provincias:
Recurso de Reconsideración: Jefes de Unidad de Prestaciones
Económicas (Redes Asistenciales Tipo A y B) Jefes de Unidad de
Prestaciones Económicas y Sociales (Redes Asistenciales Tipo C)
Recurso de Apelación: Gerente de Red Asistencial Jefes de Oficinas de
Coordinación de Prestaciones (Redes Asistenciales Tipo A y B) Jefes
de Oficinas de Coordinación de Prestaciones y Atención Primaria
(Redes Asistenciales Tipo C)
Recurso de Revisión: Gerente Central de Prestaciones Económicas y
Sociales. La Gerencia Central de Prestaciones Económicas y Sociales
resuelve los recursos impugnativos en tercera instancia por delegación
de la Gerencia General, conforme lo dispone el literal l) del artículo 7°
del Reglamento de Organización y Funciones de dicha Gerencia
Central, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 108-PE-
ESSALUD-2007.
CONCLUSIONES
CUARTA: Para recibir el subsidio por maternidad, la gestante tuvo que estar
laborando mínimo 3 meses antes del parto.
ANÉXOS