Reglamento de La Ley General para La Prevención y Gestión Integral de Los Residuos
Reglamento de La Ley General para La Prevención y Gestión Integral de Los Residuos
Reglamento de La Ley General para La Prevención y Gestión Integral de Los Residuos
DISPOSICIÓN FINAL
En el apartado de disposición final de los residuos peligrosos estás pueden ser
llevados a cabo de 2 maneras, en un confinamiento controlado o bien en un
confinamiento en formaciones geológicamente estables. Los primeros a su vez
puedes ser clasificados de acuerdo a su tipo de celdas en:
Mono residuales: los que reciban un solo tipo de residuo, de un solo generador.
Residuales Compatibles: los que reciben sólo residuos compatibles, incluyendo
los que provengan de procesos productivos similares
Multi residuales: los que reciben distintos tipos de residuos.
Y los confinamientos controlados deben de ser situados en áreas específicas las
cuales no presenten inestabilidad mecánica o geológica la cual pueda afectar la
integridad del confinamiento.
Por su parte en los confinamientos en formaciones geológicamente estables estos
pueden ser de 2 maneras también en donde el medio de inyección de residuos a
las cavidades puede ser de dos tipos: vía húmeda o vía seca. Como ejemplo nos
encontramos a los residuos peligrosos contaminados con hidrocarburos
compatibles entre sí, los cuales previamente acondicionados sin mezclarse con
otros residuos, se deberán inyectar vía húmeda; mientras que por otra parte, los
residuos peligrosos no contaminados con hidrocarburos que sean compatibles entre
sí, previamente tratados, se deberán inyectar vía seca;
Toda sustancia la cual contenga compuestos orgánicos persistentes, incluyendo a
los bifenilos policlorados, así como los residuos que los contengan, no podrán
disponerse finalmente en confinamientos controlados o en cualquier otro sitio si
contienen concentraciones iguales o superiores a cincuenta partes por millón.
PROGRAMA DE REMEDIACIÓN
Por último, y lo correspondiente al programa de remediación, estos serán
formulados siempre y cuando se contamine un sitio derivado de una emergencia o
cuando exista un pasivo ambiental. Para lo cual cuando la contaminación del sitio
derive de una circunstancia o evento, indeseado o inesperado, que ocurra
repentinamente y que traiga como resultado la liberación no controlada, incendio o
explosión de uno o varios materiales peligrosos o residuos peligrosos que afecten
la salud humana o el medio ambiente, de manera inmediata.
Mientras que por otra parte, se considera pasivo ambiental a aquellos sitios
contaminados por la liberación de materiales o residuos peligrosos, que no fueron
remediados oportunamente para impedir la dispersión de contaminantes, pero que
implican una obligación de remediación.
Principalmente y los aspectos más relevantes que un plan o programa de
remediación de residuos que debe abordar son:
I. Estudios de caracterización.
II. Estudios de evaluación del riesgo ambiental.
III. Investigaciones históricas.
IV. Las propuestas de remediación.
En donde básicamente un plan de remediación su función (1) es revelar qué tipo (s)
de residuo (s) son y en qué cantidad fueron emanadas, (2) el daño o riesgos que
pueden proporcionar, en donde aspectos como la toxicidad de tales residuos son
pilares esenciales en este apartado, (3) los antecedentes similares de este tipo de
contingencias, así como también; (4) proponer soluciones o vías alternas para
erradicarlos, tales como: técnicas o procesos de remediación, equipos a emplear
para llevar a cabo dichos procesos, definir parámetros de control, etc. Dicho plan
una vez que se ha presentado deberá de ser evaluado por las autoridades en un
lapso de 60 días en donde se analizarán a fondo las medidas que la empresa u
organización propone.