D (1) .S. 221 Residuos Peligrosos
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DE RIESGOS PROFESIONALES
¿HAY
¿ES NECESARIA FORMALIDADES SEÑALAR QUÉ
SEÑALAR QUÉ DEBE
UNA QUE DEBAN DOCUMENTOS
VERIFICARSE EN
ART. VERIFICACIÓN CUMPLIRSE Y ES NECESARIO
ITEM ASPECTO ESPECÍFICO DENTRO DEL ARTÍCULO TERRENO
Nº EN TERRENO? REGISTRASE EN TENER AL DÍA
DOCUMENTOS?
SI NO SI NO
SI NO SI NO
descargas o emanaciones de substancias peligrosas al medio ambiente.
Para los efectos del presente reglamento las características de peligrosidad son
las siguientes:
1. toxicidad aguda,
2. toxicidad crónica,
3. toxicidad extrínseca,
4 11 4. inflamabilidad,
5. reactividad y
6. corrosividad.
SI NO SI NO
meses. Sin embargo, en casos justificados, se podrá solicitar a la Autoridad
Sanitaria, una extensión de dicho periodo hasta por un lapso igual, para lo cual
se deberá presentar un informe técnico.
Sólo podrán transportar residuos peligrosos por calles y caminos públicos las
personas naturales o jurídicas que hayan sido autorizadas por la Autoridad
Sanitarias. Dicha autorización que incluirá de manera expresa las respectivas
instalaciones para la operación del sistema, será otorgado por el Servicio de
Salud correspondiente al domicilio principal del transportista y tendrá validez
8 35 en todo el territorio nacional. Al momento de otorgar la autorización, dicho X X RESOLUCION
Servicio asignará un número de identificación, válido para la aplicación del
Titulo VII de este Reglamento.
Sin perjuicio de lo anterior, toda instalación necesaria para la operación del
sistema de transporte requerirá de autorización sanitaria especifica, que
otorgará el Servicio de Salud en cuyo territorio se encuentra ubicada
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, la solicitud respectiva
deberá contener las características e identificación de los vehículos a utilizar y
la ubicación y las características de las instalaciones del sistema de transporte
y de los equipos de limpieza y descontaminación. Además, deberá incluir un
Plan de Emergencia para abordar que ocurra durante el proceso de transporte.
El Plan de Emergencia deberá contemplar lo siguiente:
1. Medidas de control y/o mitigación,
2. Capacitación del personal,
3. Identificación de las responsabilidades del personal,
9 36 X X
4. Sistema de comunicaciones portátil para alertar a las autoridades
correspondientes,
5. Identificación, ubicación y disponibilidad de personal y equipo para
tender dichas emergencias,
6. Listado actualizado de los organismos públicos y personas a las que se
deberá dar aviso inmediato en el caso de ocurrir una emergencia,
debiendo considerar al menos la comunicación con el Servicio de
Salud competente, Bomberos, Carabineros y la Oficina Regional de
Emergencia.
El personal que realice el transporte de residuos peligrosos deberá estar
10 39 debidamente capacitado por la operación adecuada del vehículo y de sus X X
equipos y par enfrentar posibles emergencias
¿HAY
¿ES NECESARIA FORMALIDADES SEÑALAR QUÉ
SEÑALAR QUÉ DEBE
UNA QUE DEBAN DOCUMENTOS
ART. VERIFICARSE EN
VERIFICACIÓN CUMPLIRSE Y ES NECESARIO
ITEM ASPECTO ESPECÍFICO DENTRO DEL ARTÍCULO TERRENO
Nº EN TERRENO? REGISTRASE EN TENER AL DÍA
DOCUMENTOS?
SI NO SI NO
Los vehículos que se utilicen en el transporte de residuos peligrosos deberán
estar diseñados y construidos de modo que cumplan con plena seguridad,
conforme a las normas del presente reglamento y del Reglamento de
Transporte de Sustancias Peligrosas por Calles y Caminos, fijado en el Decreto
11 40 Supremo Nº 298 de Noviembre de 1994, del Ministerio de Transporte y X X
Telecomunicaciones.
En todo caso, tales vehículos deberán ser adecuados para el tipo,
características de peligrosidad y estado físico de los residuos a transportar,
conforme a la información que sobre éstos debe proporcionar el Generador.