Libro Normativas 1 PDF
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Normativas
Normativas
Ley de Educación Nacional
Plan Nacional de
Educación Obligatoria
y Formación Docente
(Res CFE 188/12)
Programa Nacional de
Formación Permanente
(Res CFE 201/13)
Plan Nacional de
Educación Obligatoria
y Formación Docente
(Res CFE 188/12)
Programa Nacional de
Formación Permanente
(Res CFE 201/13)
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PRESIDENTA DE LA NACIÓN
Dra. Cristina FERNÁNDEZ
DE KIRCHNER
AUTORIDADES MINISTERIO
DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Prof. Alberto Estanislao SILEONI
SECRETARIO DE EDUCACIÓN
Lic. Jaime PERCZYK
SECRETARIO DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS
Dr. Ing. Aldo Luis CABALLERO
PROVINCIA DE BUENOS AIRES PROVINCIA DE CHUBUT PROVINCIA DE MISIONES PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Directora General Ministro de Educación Ministro de Cultura y Educación Presidente del Consejo
de Cultura y Educación Lic. Rubén ZARATE Ing. Luis JACOBO Provincial de Educación
Dra. Nora DE LUCÍA Prof. Silvia Alejandra SANCHEZ
PROVINCIA DE ENTRE RÍOS PROVINCIA DE NEUQUÉN
PROVINCIA DE CATAMARCA Presidente del Consejo Ministra de Gobierno, PROVINCIA DE SANTA FE
Ministro de Educación, General de Educación Educación y Justicia Ministra de Educación
Cultura, Ciencia y Tecnología Prof. Claudia VALLORI Sra. Zulma REINA Dra. Claudia Elisabeth BALAGUÉ
Mg. José Ricardo ARIZA
PROVINCIA DE FORMOSA PROVINCIA DE RÍO NEGRO PROVINCIA DE
CIUDAD AUTÓNOMA Ministro de Cultura y Educación Ministra de Educación SANTIAGO DEL ESTERO
DE BUENOS AIRES Dr. Alberto M. ZORRILLA Lic. Mónica SILVA Ministra de Educación
Ministro de Educación Dra. Mariela NASSIF
Lic. Esteban BULLRICH PROVINCIA DE JUJUY PROVINCIA DE SALTA
Ministra de Educación Ministro de Educación PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
PROVINCIA DE CÓRDOBA Lic. Florencia GELMETTI Cdor. Roberto DIB ASHUR Ministra de Educación
Ministro de Educación Prof. Sandra MOLINA
Prof. Walter GRAHOVAC PROVINCIA DE LA PAMPA PROVINCIA DE SAN JUAN
Ministra de Cultura y Educación Ministra de Educación PROVINCIA DE TUCUMÁN
PROVINCIA DE CORRIENTES Lic. Jacqueline EVANGELISTA Prof. Alicia GARCÍA DE GARCÍA Ministra de Educación
Ministro de Educación y Cultura Prof. Silvia ROJKÉS DE TEMKIN
Dr. Orlando MACCIÓ PROVINCIA DE LA RIOJA PROVINCIA DE SAN LUIS
Ministro de Educación Sr. Ministro de Educación
PROVINCIA DE CHACO Lic. Rafael Walter FLORES Dr. Marcelo David SOSA
Ministro de Educación,
Cultura, Ciencia y Tecnología PROVINCIA DE MENDOZA
Prof. Sergio Daniel SOTO Directora General de Escuelas
Lic. María Inés VOLLMER
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Con el Bicentenario de la Independencia de la patria como horizonte, los responsable de la formación de sus docentes. El tiempo actual configura un
docentes somos protagonistas de un tiempo decisivo en las aulas argentinas. presente donde debemos impulsar la revisión y superación de modalidades
Las conquistas, tanto materiales como institucionales alcanzadas durante de formación restringidas, individuales y regidas por otras lógicas, poniendo
estos años nos permiten proyectarnos hacia un horizonte de mayor calidad en un legítimo y central lugar a la escuela, escenario donde el trabajo de
para toda la educación del país. los docentes es capaz de generar conocimiento y las mejores prácticas.
El Estado Nacional lleva adelante políticas educativas que estructuran desafíos Sin descuidar las buenas tradiciones y las experiencias acumuladas y, sin
y transformaciones necesarias a fin de construir entre todos una sociedad más desvirtuar los procesos participativos y democráticos, el programa que aquí
justa, libre e integrada. Esa prioridad política tiene como actor central a los se presenta relaciona las necesidades de la institución escolar con las de
educadores y su trabajo. los propios docentes en una iniciativa universal, gratuita, en ejercicio y con
reconocimiento en la carrera profesional.
Es por ello que las políticas orientadas a la docencia argentina, concentran
nuestros mayores esfuerzos para el logro de las metas de justicia, equidad El 2016 que anhelamos para la educación argentina comenzó en 2003 y continuó
y calidad educativa comunes a toda la comunidad educativa. con hechos que marcaron un extendido tiempo de reparaciones: el de las res-
puestas políticas a las reivindicaciones y las urgencias; el de las construcciones
Desde el año 2003 hasta el presente, la jerarquización salarial, la inversión colectivas y federales para cohesionar al sistema educativo; el de las leyes y
sostenida y creciente y la mejora de las condiciones laborales, llevadas a cabo el financiamiento y el tiempo actual, en el que seguiremos valorizando el trabajo
por el Estado Nacional y los Estados Provinciales, demuestran acabadamente de nuestros docentes esta vez con una acción colectiva, sistemática y formativa
que ser docente en este país es una opción laboral y profesional que el Estado que incidirá en las trasformaciones que la sociedad nos demanda.
dignifica y promueve.
Es por ello que, con entusiasmo renovado, hacemos propia esta presentación
colectiva y amplia del Programa Nacional de Formación Permanente que sinte- Prof. Alberto Estanislao Sileoni
tiza un importante paso en el camino de la formación permanente y en ejercicio. Ministro de Educación
Desde el retorno de la democracia, en 1983, se avanzó en la instrumentación
de políticas destinadas a la capacitación y/o especialización de los docentes
en actividad. Con resultados dispares diferentes gobiernos pusieron especial
interés en los saberes docentes y sus prácticas laborales.
El Programa Nacional de Formación Permanente pone a nuestra escuela en De esta manera, el Programa Nacional de Formación Permanente se presenta
el centro de la escena. Con esta pretensión, nos propone un camino colectivo de en el módulo Nuestra Escuela, con un texto pensado y escrito para acortar dis-
búsqueda y construcción de sentidos renovados para el trabajo de enseñar, reva- tancias y permitir que lo situado emerja como clave de lectura de la propuesta
lorizando las capacidades que toda institución educativa posee para interpelar de formación.
su presente y proyectar su futuro.
Estos módulos fueron concebidos para ser leídos y releídos a lo largo de todo el
En este afán, se despliegan variadas estrategias de trabajo destinadas a “abrir el proceso de formación para marcar un camino, poniendo alertas y habilitaciones
debate” y hacer visibles las complejidades de una contemporaneidad que desafía para la lectura individual o colectiva, anclándose de manera permanente en
cotidianamente. nuestra condición de enseñantes.
La línea editorial constituye una estrategia compartida con el Consejo Federal Esta Serie es de carácter individual, es decir que los materiales llegan a todos
de Educación y las organizaciones sindicales; está orientada a dinamizar los y cada uno de los docentes argentinos que participan del Programa y se irá
debates, las reflexiones y las miradas del colectivo docente en torno de la enriqueciendo con nuevos materiales relativos a políticas educativas por niveles,
dimensión política y pedagógica de la tarea educativa. Su objetivo político trabajo docente, evaluación institucional participativa, entre otras temáticas.
es promover diversas apropiaciones de marcos conceptuales y metodológicos Todos los materiales previstos para la Serie tienen por objeto señalar y permitir
que tensionen posiciones y supuestos que tenemos a la hora de trabajar en diversos tiempos y modos de ejercer la criticidad, la revisión y/o la reafirmación
pos de los derechos de nuestros niños, niñas, adolescentes y jóvenes. de rumbos y prácticas.
Provocar, interrogar, suspender el sentido común y adentrarnos en búsquedas En nombre del Ministerio de Educación de la Nación, del Consejo Federal de
sutiles pero no por eso menos potentes que nos permitan “analizar lo que Educación y de los sindicatos responsables y promotores de esta decisiva acción
hacemos como educadores”, problematizar nuestro lugar y proyectar nuevos de gobierno, los invito a apropiarse de esta producción con entusiasmo, con
márgenes para la acción y la enseñanza. convicciones, con expectativas y también con una mirada crítica sobre lo que
proponen. Ellos tendrán la utilidad que sus lecturas determinen e incidirán hasta
La Serie 1 “Módulos de Política Educativa” llega a ustedes con una primera donde ustedes dispongan.
entrega compuesta por un dossier de normas especialmente seleccionadas
y un módulo de presentación del Programa denominado Nuestra Escuela. La escuela que anhelamos requiere de una sociedad comprometida e involu-
crada en decisiones y acciones; estamos en un tiempo inédito caracterizado por
Ambos materiales dan cuenta de núcleos conceptuales de la política educativa la oportunidad histórica de transformar la educación argentina. Seamos parte de
argentina. En clave de regulación o de principios rectores, se explicitan los este cambio.
sentidos y los modos en que el proyecto de país que nos contiene define nuestro
sistema educativo, las escuelas y las aulas. Avancemos juntos.
Las normas presentadas en el Dossier dan cuenta del valor político de la regula-
ción y la trama de interacciones entre derechos y obligaciones de los sujetos e
instituciones políticas involucradas. Cada una de ellas nos permite volver a mirar Lic. Jaime Perczyk
lo común desde la noción de un sistema federal, las corresponsabilidades, las Secretario de Educación
prioridades, los pendientes; en definitiva constituyen la agenda que marca el
rumbo de nuestra tarea para el próximo quinquenio.
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ÍNDICE
15 Ley 26.206
Ley de Educación Nacional
Nornativas 1
Ministerio de Educación de la Nación
2a Edición, Enero de 2015
ISBN: 978-950-00-1066-5
14 15 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
Y FORMACIÓN DOCENTE
LEY N° 26.206
LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
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LEY 26.026
LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS
ARTÍCULO 1º La presente ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender consa-
grado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y los tratados internaciona-
les incorporados a ella, conforme con las atribuciones conferidas al Honorable
Congreso de la Nación en el artículo 75, incisos 17, 18 y 19, y de acuerdo con los
principios que allí se establecen y los que en esta ley se determinan.
ARTÍCULO 4º El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen
18 LEY 26.206 19 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 8º La educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortale- ARTÍCULO 11º Los fines y objetivos de la política educativa nacional son:
cer la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover a. Asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y
en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.
valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, b. Garantizar una educación integral que desarrolle todas las dimensiones
responsabilidad y bien común. de la persona y habilite tanto para el desempeño social y laboral, como
para el acceso a estudios superiores.
ARTÍCULO 9º El Estado garantiza el financiamiento del Sistema Educativo Nacional conforme c. Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos
a las previsiones de la presente ley. Cumplidas las metas de financiamiento y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pací-
establecidas en la Ley N° 26.075, el presupuesto consolidado del Estado Nacio- fica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad,
nal, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado exclusiva- honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural.
mente a educación, no será inferior al seis por ciento (6 %) del Producto Interno Fortalecer la identidad nacional, basada en el respeto a la diversidad
Bruto (PIB). d. cultural y a las particularidades locales, abierta a los valores universa-
les y a la integración regional y latinoamericana.
ARTÍCULO 10º El Estado Nacional no suscribirá tratados bilaterales o multilaterales de libre e. Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de
comercio que impliquen concebir la educación como un servicio lucrativo o estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prio-
alienten cualquier forma de mercantilización de la educación pública. ridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad.
f. Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las
personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo.
g. Garantizar, en el ámbito educativo, el respeto a los derechos de los/as
20 LEY 26.206 21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
DISPOSICIONES GENERALES
niños/as y adolescentes establecidos en la Ley N° 26.061. para atender integralmente las necesidades de la población, aprove-
h. Garantizar a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia chando al máximo los recursos estatales, sociales y comunitarios.
y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando v. Promover en todos los niveles educativos y modalidades la compren-
la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y sión del concepto de eliminación de todas las formas de discriminación.
modalidades.
i. Asegurar la participación democrática de docentes, familias y estu-
diantes en las instituciones educativas de todos los niveles.
j. Concebir la cultura del trabajo y del esfuerzo individual y cooperativo
como principio fundamental de los procesos de enseñanza-aprendizaje.
k. Desarrollar las capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y
aprendizaje necesarias para la educación a lo largo de toda la vida.
l. Fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura, como condiciones
básicas para la educación a lo largo de toda la vida, la construcción de
una ciudadanía responsable y la libre circulación del conocimiento.
m. Desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos
lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la
comunicación.
n. Brindar a las personas con discapacidades, temporales o permanentes,
una propuesta pedagógica que les permita el máximo desarrollo de sus
posibilidades, la integración y el pleno ejercicio de sus derechos.
ñ. Asegurar a los pueblos indígenas el respeto a su lengua y a su identidad
cultural, promoviendo la valoración de la multiculturalidad en la forma-
ción de todos/as los/as educandos/as.
o. Comprometer a los medios masivos de comunicación a asumir mayores
grados de responsabilidad ética y social por los contenidos y valores
que transmiten.
p. Brindar conocimientos y promover valores que fortalezcan la formación
integral de una sexualidad responsable.
q. Promover valores y actitudes que fortalezcan las capacidades de las
personas para prevenir las adicciones y el uso indebido de drogas.
r. Brindar una formación corporal, motriz y deportiva que favorezca el
desarrollo armónico de todos/as los/as educandos/as y su inserción
activa en la sociedad.
s. Promover el aprendizaje de saberes científicos fundamentales para
comprender y participar reflexivamente en la sociedad contemporánea.
t. Brindar una formación que estimule la creatividad, el gusto y la com-
prensión de las distintas manifestaciones del arte y la cultura.
u. Coordinar las políticas de educación, ciencia y tecnología con las de
cultura, salud, trabajo, desarrollo social, deportes y comunicaciones,
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TÍTULO II
EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 12º El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
manera concertada y concurrente, son los responsables de la planificación,
organización, supervisión y financiación del Sistema Educativo Nacional. Garanti-
zan el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades, mediante la
creación y administración de los establecimientos educativos de gestión estatal.
El Estado Nacional crea y financia las Universidades Nacionales.
ARTÍCULO 13º El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reco-
nocen, autorizan y supervisan el funcionamiento de instituciones educativas de
gestión privada, confesionales o no confesionales, de gestión cooperativa y de
gestión social.
ARTÍCULO 15º El Sistema Educativo Nacional tendrá una estructura unificada en todo el país
24 LEY 26.206 25 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
ARTÍCULO 16º La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) CAPÍTULO II
años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria. El Ministerio de EDUCACIÓN INICIAL
Educación, Ciencia y Tecnología y las autoridades jurisdiccionales competentes
asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas
institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los
requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que
permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas
las situaciones sociales.
ARTÍCULO 17º La estructura del Sistema Educativo Nacional comprende cuatro (4) niveles –la
Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación Secundaria y la Educación
Superior-, y ocho (8) modalidades.
A los efectos de la presente ley, constituyen modalidades del Sistema Educativo
Nacional aquellas opciones organizativas y/o curriculares de la educación
común, dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a
requerimientos específicos de formación y atender particularidades de carácter
permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garan- ARTÍCULO 18º La Educación Inicial constituye una unidad pedagógica y comprende a los/as
tizar la igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias lega- niños/as desde los cuarenta y cinco (45) días hasta los cinco (5) años de edad
les, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos. Son inclusive, siendo obligatorio el último año.
modalidades: la Educación Técnico Profesional, la Educación Artística, la Educa-
ción Especial, la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, la Educación ARTÍCULO 19º El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen
Rural, la Educación Intercultural Bilingüe, la Educación en Contextos de Priva- la obligación de universalizar los servicios educativos para los/as niños/as de
ción de Libertad y la Educación Domiciliaria y Hospitalaria. cuatro (4) años de edad.
Las jurisdicciones podrán definir, con carácter excepcional, otras modalidades de
la educación común, cuando requerimientos específicos de carácter permanente ARTÍCULO 20º Son objetivos de la Educación Inicial:
y contextual así lo justifiquen. a. Promover el aprendizaje y desarrollo de los/as niños/as de cuarenta y
cinco (45) días a cinco (5) años de edad inclusive, como sujetos de dere-
chos y partícipes activos/as de un proceso de formación integral,
miembros de una familia y de una comunidad.
b. Promover en los/as niños/as la solidaridad, confianza, cuidado, amistad
y respeto a sí mismo y a los/as otros/as.
c. Desarrollar su capacidad creativa y el placer por el conocimiento en las
experiencias de aprendizaje.
d. Promover el juego como contenido de alto valor cultural para el desa-
rrollo cognitivo, afectivo, ético, estético, motor y social.
26 LEY 26.206 27 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
e. Desarrollar la capacidad de expresión y comunicación a través de los educación como a otros organismos gubernamentales.
distintos lenguajes, verbales y no verbales: el movimiento, la música, la b. de gestión privada y/o pertenecientes a organizaciones sin fines de
expresión plástica y la literatura. lucro, sociedades civiles, gremios, sindicatos, cooperativas, organiza-
f. Favorecer la formación corporal y motriz a través de la educación ciones no gubernamentales, organizaciones barriales, comunitarias y
física. otros.
g. Propiciar la participación de las familias en el cuidado y la tarea educa-
tiva promoviendo la comunicación y el respeto mutuo. ARTÍCULO 24º La organización de la Educación Inicial tendrá las siguientes características:
h. Atender a las desigualdades educativas de origen social y familiar para a. Los Jardines Maternales atenderán a los/as niños/as desde los cua-
favorecer una integración plena de todos/as los/as niños/as en el sis- renta y cinco (45) días a los dos (2) años de edad inclusive y los Jardi-
tema educativo. nes de Infantes a los/as niños/as desde los tres (3) a los cinco (5) años
i. Prevenir y atender necesidades especiales y dificultades de de edad inclusive.
aprendizaje. b. En función de las características del contexto se reconocen otras for-
mas organizativas del nivel para la atención educativa de los/as niños/
ARTÍCULO 21º El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen as entre los cuarenta y cinco (45) días y los cinco (5) años, como salas
la responsabilidad de: multiedades o plurisalas en contextos rurales o urbanos, salas de
a. Expandir los servicios de Educación Inicial. juego y otras modalidades que pudieran conformarse, según lo esta-
b. Promover y facilitar la participación de las familias en el desarrollo de blezca la reglamentación de la presente ley.
las acciones destinadas al cuidado y educación de sus hijos/as. c. La cantidad de secciones, cobertura de edades, extensión de la jornada
c. Asegurar el acceso y la permanencia con igualdad de oportunidades, y servicios complementarios de salud y alimentación, serán determina-
atendiendo especialmente a los sectores menos favorecidos de la dos por las disposiciones reglamentarias, que respondan a las necesi-
población. d) Regular, controlar y supervisar el funcionamiento de las dades de los/as niños/as y sus familias.
instituciones con el objetivo de asegurar la atención, el cuidado y la d. Las certificaciones de cumplimiento de la Educación Inicial obligatoria
educación integral de los/as niños/as. en cualesquiera de las formas organizativas reconocidas y supervisa-
das por las autoridades educativas, tendrán plena validez para la ins-
ARTÍCULO 22º Se crearán en los ámbitos nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de cripción en la Educación Primaria.
Buenos Aires mecanismos para la articulación y/o gestión asociada entre los
organismos gubernamentales, especialmente con el área responsable de la ARTÍCULO 25º Las actividades pedagógicas realizadas en el nivel de Educación Inicial estarán a
niñez y familia del Ministerio de Desarrollo Social y con el Ministerio de Salud, a cargo de personal docente titulado, conforme lo establezca la normativa vigente
fin de garantizar el cumplimiento de los derechos de los/as niños/as establecidos en cada jurisdicción. Dichas actividades pedagógicas serán supervisadas por las
en la Ley N° 26.061. Tras el mismo objetivo y en función de las particularidades autoridades educativas de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
locales o comunitarias, se implementarán otras estrategias de desarrollo infan-
til, con la articulación y/o gestión asociada de las áreas gubernamentales de
desarrollo social, salud y educación, en el ámbito de la educación no formal, para
atender integralmente a los/as niños/as entre los cuarenta y cinco (45) días y los
dos (2) años de edad, con participación de las familias y otros actores sociales.
ARTÍCULO 23º Están comprendidas en la presente ley las instituciones que brinden Educación
Inicial:
a. de gestión estatal, pertenecientes tanto a los órganos de gobierno de la
28 LEY 26.206 29 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
CAPÍTULO III
EDUCACIÓN PRIMARIA
ARTÍCULO 26º La Educación Primaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica y orga-
nizativa destinada a la formación de los/as niños/as a partir de los seis (6) años
de edad.
ARTÍCULO 27º La Educación Primaria tiene por finalidad proporcionar una formación integral,
básica y común y sus objetivos son:
a. Garantizar a todos/as los/as niños/as el acceso a un conjunto de sabe-
res comunes que les permitan participar de manera plena y acorde a
su edad en la vida familiar, escolar y comunitaria.
b. Ofrecer las condiciones necesarias para un desarrollo integral de la
infancia en todas sus dimensiones.
c. Brindar oportunidades equitativas a todos/as los/as niños/as para el
aprendizaje de saberes significativos en los diversos campos del cono-
cimiento, en especial la lengua y la comunicación, las ciencias sociales,
la matemática, las ciencias naturales y el medio ambiente, las lenguas
extranjeras, el arte y la cultura y la capacidad de aplicarlos en situacio-
nes de la vida cotidiana.
d. Generar las condiciones pedagógicas para el manejo de las nuevas tec-
nologías de la información y la comunicación, así como para la producción y
30 LEY 26.206 31 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
ARTÍCULO 28º Las escuelas primarias serán de jornada extendida o completa con la finalidad ARTÍCULO 30º La Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la fina-
de asegurar el logro de los objetivos fijados para este nivel por la presente ley. lidad de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la
ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios.
Son sus objetivos:
a. Brindar una formación ética que permita a los/as estudiantes desempe-
ñarse como sujetos conscientes de sus derechos y obligaciones, que
practican el pluralismo, la cooperación y la solidaridad, que respetan
los derechos humanos, rechazan todo tipo de discriminación, se prepa-
ran para el ejercicio de la ciudadanía democrática y preservan el patri-
monio natural y cultural.
b. Formar sujetos responsables, que sean capaces de utilizar el conoci-
miento como herramienta para comprender y transformar constructi-
vamente su entorno social, económico, ambiental y cultural, y de
situarse como participantes activos/as en un mundo en permanente
cambio.
32 LEY 26.206 33 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
c. Desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades de estudio, e. e) La creación de espacios extracurriculares, fuera de los días y hora-
aprendizaje e investigación, de trabajo individual y en equipo, de rios de actividad escolar, para el conjunto de los/as estudiantes y jóve-
esfuerzo, iniciativa y responsabilidad, como condiciones necesarias nes de la comunidad, orientados al desarrollo de actividades ligadas al
para el acceso al mundo laboral, los estudios superiores y la educación arte, la educación física y deportiva, la recreación, la vida en la natura-
a lo largo de toda la vida. leza, la acción solidaria y la apropiación crítica de las distintas manifes-
d. Desarrollar las competencias lingüísticas, orales y escritas de la len- taciones de la ciencia y la cultura.
gua española y comprender y expresarse en una lengua extranjera. f. La inclusión de adolescentes y jóvenes no escolarizados en espacios
e. Promover el acceso al conocimiento como saber integrado, a través de escolares no formales como tránsito hacia procesos de reinserción
las distintas áreas y disciplinas que lo constituyen y a sus principales escolar plena.
problemas, contenidos y métodos. g. El intercambio de estudiantes de diferentes ámbitos y contextos, así
f. Desarrollar las capacidades necesarias para la comprensión y utiliza- como la organización de actividades de voluntariado juvenil y proyectos
ción inteligente y crítica de los nuevos lenguajes producidos en el educativos solidarios, para cooperar en el desarrollo comunitario, en el
campo de las tecnologías de la información y la comunicación. marco del proyecto educativo institucional.
g. Vincular a los/as estudiantes con el mundo del trabajo, la producción, h. La atención psicológica, psicopedagógica y médica de aquellos adoles-
la ciencia y la tecnología. centes y jóvenes que la necesiten, a través de la conformación de gabi-
h. Desarrollar procesos de orientación vocacional a fin de permitir una netes interdisciplinarios en las escuelas y la articulación intersectorial
adecuada elección profesional y ocupacional de los/as estudiantes. con las distintas áreas gubernamentales de políticas sociales y otras
i. Estimular la creación artística, la libre expresión, el placer estético y la que se consideren pertinentes.
comprensión de las distintas manifestaciones de la cultura.
j. Promover la formación corporal y motriz a través de una educación ARTÍCULO 33º Las autoridades jurisdiccionales propiciarán la vinculación de las escuelas
física acorde con los requerimientos del proceso de desarrollo integral secundarias con el mundo de la producción y el trabajo. En este marco, podrán
de los adolescentes. realizar prácticas educativas en las escuelas, empresas, organismos estatales,
organizaciones culturales y organizaciones de la sociedad civil, que permitan a
ARTÍCULO 31º La Educación Secundaria se divide en dos (2) ciclos: un (1) Ciclo Básico, de carác- los/as alumnos/as el manejo de tecnologías o brinden una experiencia adecuada
ter común a todas las orientaciones y un (1) Ciclo Orientado, de carácter diversi- a su formación y orientación vocacional. En todos los casos estas prácticas ten-
ficado según distintas áreas del conocimiento, del mundo social y del trabajo. drán carácter educativo y no podrán generar ni reemplazar ningún vínculo con-
tractual o relación laboral. Podrán participar de dichas actividades los/as
ARTÍCULO 32º El Consejo Federal de Educación fijará las disposiciones necesarias para que las alumnos/as de todas las modalidades y orientaciones de la Educación Secunda-
distintas jurisdicciones garanticen: ria, mayores de dieciséis (16) años de edad, durante el período lectivo, por un
a. La revisión de la estructura curricular de la Educación Secundaria, con período no mayor a seis (6) meses, con el acompañamiento de docentes y/o
el objeto de actualizarla y establecer criterios organizativos y pedagó- autoridades pedagógicas designadas a tal fin. En el caso de las escuelas técnicas
gicos comunes y núcleos de aprendizaje prioritarios a nivel nacional. y agrotécnicas, la vinculación de estas instituciones con el sector productivo
b. Las alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de se realizará en conformidad con lo dispuesto por los artículos 15 y 16 de la
los/as jóvenes, tales como tutores/as y coordinadores/as de curso, for- Ley N° 26.058.
taleciendo el proceso educativo individual y/o grupal de los/as alumnos/as.
c. Un mínimo de veinticinco (25) horas reloj de clase semanales.
d. La discusión en convenciones colectivas de trabajo de mecanismos de
concentración de horas cátedra o cargos de los/as profesores/as, con el
objeto de constituir equipos docentes más estables en cada institución.
34 LEY 26.206 35 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
CAPÍTULO V
EDUCACIÓN SUPERIOR
ARTÍCULO 35º La Educación Superior será regulada por la Ley de Educación Superior Nº 24.521,
la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058 y por las disposiciones de la
presente ley en lo que respecta a los Institutos de Educación Superior.
ARTÍCULO 36º El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Fede-
ral de Educación, establecerá las políticas, los mecanismos de regulación y los
criterios de evaluación y de articulación relativos a los Institutos de Educación
Superior dependientes del Estado Nacional, de las Provincias y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 37º El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen
competencia en la planificación de la oferta de carreras y de postítulos, el diseño
36 LEY 26.206 37 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
CAPÍTULO VI
EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL
CAPÍTULO VII
EDUCACIÓN ARTÍSTICA
ARTÍCULO 40º El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, las Provincias y la Ciudad Autó-
noma de Buenos Aires garantizarán una educación artística de calidad para
todos/as los/as alumnos/as del Sistema Educativo, que fomente y desarrolle la
sensibilidad y la capacidad creativa de cada persona, en un marco de valoración y
protección del patrimonio natural y cultural, material y simbólico de las diversas
comunidades que integran la Nación.
ARTÍCULO 42º La Educación Especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegu-
rar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o
permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. La Edu-
cación Especial se rige por el principio de inclusión educativa, de acuerdo con el
inciso n) del artículo 11 de esta ley. La Educación Especial brinda atención edu-
cativa en todas aquellas problemáticas específicas que no puedan ser abordadas
por la educación común. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en
acuerdo con el Consejo Federal de Educación, garantizará la integración de los/
as alumnos/as con discapacidades en todos los niveles y modalidades según las
posibilidades de cada persona.
ARTÍCULO 43º Las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la articu-
lación de niveles de gestión y funciones de los organismos competentes para la
aplicación de la Ley N° 26.061, establecerán los procedimientos y recursos
correspondientes para identificar tempranamente las necesidades educativas
derivadas de la discapacidad o de trastornos en el desarrollo, con el objeto de
darles la atención interdisciplinaria y educativa para lograr su inclusión desde el
Nivel Inicial.
42 LEY 26.206 43 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
ARTÍCULO 57º Para asegurar la educación de todas las personas privadas de libertad el Minis-
terio de Educación, Ciencia y Tecnología acordará y coordinará acciones, estrate-
gias y mecanismos necesarios con las autoridades nacionales y provinciales y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con institutos de educación superior y con
universidades. Corresponde al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus
equivalentes provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como a
los organismos responsables de las instituciones en que se encuentran niños/as
y adolescentes privados de libertad, adoptar las disposiciones necesarias para el
cumplimiento de lo establecido en el presente capítulo.
ARTÍCULO 58º Los sistemas educativos jurisdiccionales ofrecerán atención educativa de nivel
inicial destinada a los/as niños/as de cuarenta y cinco (45) días a cuatro (4) años
de edad, nacidos/as y/o criados/as en estos contextos, a través de jardines
maternales o de infantes, así como otras actividades educativas y recreativas ARTÍCULO 60º La educación domiciliaria y hospitalaria es la modalidad del sistema educativo en
dentro y fuera de las unidades penitenciarias. los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, destinada a garantizar el
derecho a la educación de los/as alumnos/as que, por razones de salud, se ven
ARTÍCULO 58º Todos/as los/as niños/as y adolescentes que se encuentren privados de libertad imposibilitados/as de asistir con regularidad a una institución educativa en los
en instituciones de régimen cerrado según lo establecido por el artículo 19 de la niveles de la educación obligatoria por períodos de treinta (30) días corridos o más.
Ley Nº 26.061, tendrán derecho al acceso, permanencia y tránsito en todos los
niveles y modalidades del sistema educativo. Las formas de implementación de ARTÍCULO 61º El objetivo de esta modalidad es garantizar la igualdad de oportunidades a los/as
este derecho responderán a criterios de flexibilidad y calidad que aseguren resul- alumnos/as, permitiendo la continuidad de sus estudios y su reinserción en el sis-
tados equivalentes a los de la educación común. tema común, cuando ello sea posible.
52 53
TÍTULO III
EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
ARTÍCULO 62º Los servicios educativos de gestión privada estarán sujetos a la autorización,
reconocimiento y supervisión de las autoridades educativas jurisdiccionales
correspondientes.
ARTÍCULO 63º Tendrán derecho a prestar estos servicios la Iglesia Católica, las confesiones religio-
sas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos; las sociedades, cooperativas,
organizaciones sociales, sindicatos, asociaciones, fundaciones y empresas con
personería jurídica y las personas físicas. Estos agentes tendrán los siguientes
derechos y obligaciones:
a. Derechos: crear, administrar y sostener establecimientos educativos; matri-
cular, evaluar y emitir certificados y títulos con validez nacional; nombrar y
promover a su personal directivo, docente, administrativo y auxiliar; formu-
lar planes y programas de estudio; aprobar el proyecto educativo institucio-
nal de acuerdo con su ideario y participar del planeamiento educativo.
b. Obligaciones: Cumplir con la normativa y los lineamientos de la política
educativa nacional y jurisdiccional; ofrecer servicios educativos que
respondan a necesidades de la comunidad; brindar toda la información
necesaria para la supervisión pedagógica y el control contable y laboral
por parte del Estado.
54 55
ARTÍCULO 64º Los/las docentes de las instituciones de educación de gestión privada reconoci-
das tendrán derecho a una remuneración mínima igual a la de los/las docentes
de instituciones de gestión estatal, conforme al régimen de equiparación fijado
por la legislación vigente, y deberán poseer títulos reconocidos oficialmente.
TÍTULO IV
ARTÍCULO 65º La asignación de aportes financieros por parte del Estado destinados a los sala- LOS/AS DOCENTES Y SU FORMACIÓN
rios docentes de los establecimientos de gestión privada reconocidos y autoriza-
dos por las autoridades jurisdiccionales competentes, estará basada en criterios
CAPÍTULO I
objetivos de justicia social, teniendo en cuenta la función social que cumple en su
DERECHOS Y OBLIGACIONES
zona de influencia, el tipo de establecimiento, el proyecto educativo o propuesta
experimental y el arancel que se establezca.
ARTÍCULO 66º Las entidades representativas de las instituciones educativas de gestión privada
participarán del Consejo de Políticas Educativas del Consejo Federal de Educa-
ción, de acuerdo con el artículo 119, inciso a) de la presente ley.
ARTÍCULO 67º Los/as docentes de todo el sistema educativo tendrán los siguientes derechos y
obligaciones, sin perjuicio de los que establezcan las negociaciones colectivas y
la legislación laboral general y específica:
Derechos:
a. Al desempeño en cualquier jurisdicción, mediante la acreditación de los
títulos y certificaciones, de acuerdo con la normativa vigente.
b. A la capacitación y actualización integral, gratuita y en servicio, a lo
largo de toda su carrera.
c. Al ejercicio de la docencia sobre la base de la libertad de cátedra y la
libertad de enseñanza, en el marco de los principios establecidos por la
Constitución Nacional y las disposiciones de esta ley.
d. A la activa participación en la elaboración e implementación del pro-
yecto institucional de la escuela.
e. Al desarrollo de sus tareas en condiciones dignas de seguridad e
higiene.
f. Al mantenimiento de su estabilidad en el cargo en tanto su desempeño
sea satisfactorio de conformidad con la normativa vigente.
g. A los beneficios de la seguridad social, jubilación, seguros y obra social.
h. A un salario digno.
56 LEY 26.206 57 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
i.A participar en el gobierno de la educación por sí y/o a través de sus nismos de consulta que permitan la participación de los/as representantes de las
representantes. organizaciones gremiales y entidades profesionales docentes y de otros organis-
j. Al acceso a programas de salud laboral y prevención de las enferme- mos competentes del Poder Ejecutivo Nacional.
dades profesionales.
k. Al acceso a los cargos por concurso de antecedentes y oposición, con- ARTÍCULO 70º No podrá incorporarse a la carrera docente quien haya sido condenado/a por
forme a lo establecido en la legislación vigente para las instituciones delito de lesa humanidad, o haya incurrido en actos de fuerza contra el orden ins-
de gestión estatal. titucional y el sistema democrático, conforme a lo previsto en el artículo 36 de la
l. A la negociación colectiva nacional y jurisdiccional. CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Título X del Libro Segundo del CÓDIGO PENAL,
m. A la libre asociación y al respeto integral de todos sus derechos como aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la conmutación de la pena.
ciudadano/a.
Obligaciones:
a. A respetar y hacer respetar los principios constitucionales, las disposi-
ciones de la presente ley, la normativa institucional y la que regula la
tarea docente.
b. A cumplir con los lineamientos de la política educativa de la Nación y de
la respectiva jurisdicción y con los diseños curriculares de cada uno
de los niveles y modalidades.
c. A capacitarse y actualizarse en forma permanente.
d. A ejercer su trabajo de manera idónea y responsable.
e. A proteger y garantizar los derechos de los/as niños/as y adolescentes
que se encuentren bajo su responsabilidad, en concordancia con lo dis-
puesto en la Ley N° 26.061.
f. A Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad
de todos los miembros de la comunidad educativa.
CAPÍTULO II
LA FORMACIÓN DOCENTE
ARTÍCULO 72º La formación docente es parte constitutiva del nivel de Educación Superior y
tiene como funciones, entre otras, la formación docente inicial, la formación
docente continua, el apoyo pedagógico a las escuelas y la investigación
educativa.
ARTÍCULO 73º La política nacional de formación docente tiene los siguientes objetivos:
a. Jerarquizar y revalorizar la formación docente, como factor clave del
mejoramiento de la calidad de la educación.
b. Desarrollar las capacidades y los conocimientos necesarios para el
trabajo docente en los diferentes niveles y modalidades del sistema
educativo de acuerdo a las orientaciones de la presente ley.
60 LEY 26.206 61 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
c. Incentivar la investigación y la innovación educativa vinculadas con las ARTÍCULO 76º Créase en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología el Instituto
tareas de enseñanza, la experimentación y sistematización de propues- Nacional de Formación Docente como organismo responsable de:
tas que aporten a la reflexión sobre la práctica y a la renovación de las a. Planificar y ejecutar políticas de articulación del sistema de formación
experiencias escolares. docente inicial y continua.
d. Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación posterior b. Impulsar políticas de fortalecimiento de las relaciones entre el sistema
a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as de formación docente y los otros niveles del sistema educativo.
docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza. c. Aplicar las regulaciones que rigen el sistema de formación docente en
e. Articular la continuidad de estudios en las instituciones universitarias. cuanto a evaluación, autoevaluación y acreditación de instituciones y
Planificar y desarrollar el sistema de formación docente inicial y carreras, validez nacional de títulos y certificaciones, en todo lo que no
f. continua. resulten de aplicación las disposiciones específicas referidas al nivel
g. Acreditar instituciones, carreras y trayectos formativos que habiliten universitario de la Ley N° 24.521.
para el ejercicio de la docencia. d. Promover políticas nacionales y lineamientos básicos curriculares para
h. Coordinar y articular acciones de cooperación académica e institucional la formación docente inicial y continua.
entre los institutos de educación superior de formación docente, las e. Coordinar las acciones de seguimiento y evaluación del desarrollo de
instituciones universitarias y otras instituciones de investigación las políticas de formación docente inicial y continua.
educativa. f. Desarrollar planes, programas y materiales para la formación docente
i. Otorgar validez nacional a los títulos y las certificaciones para el ejerci- inicial y continua y para las carreras de áreas socio humanísticas y
cio de la docencia en los diferentes niveles y modalidades del sistema. artísticas.
g. Instrumentar un fondo de incentivo para el desarrollo y el fortaleci-
ARTÍCULO 74º El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y el Consejo Federal de Educa- miento del sistema formador de docentes.
ción acordarán: h. Impulsar y desarrollar acciones de investigación y un laboratorio de la
a) Las políticas y los planes de formación docente inicial. formación.
b) Los lineamientos para la organización y administración del sistema y los pará- i. Impulsar acciones de cooperación técnica interinstitucional e
metros de calidad que orienten los diseños curriculares. internacional.
c) Las acciones que garanticen el derecho a la formación continua a todos/as
los/as docentes del país, en todos los niveles y modalidades, así como la gratui- ARTÍCULO 77º El Instituto Nacional de Formación Docente contará con la asistencia y asesora-
dad de la oferta estatal de capacitación. miento de un Consejo Consultivo integrado por representantes del Ministerio de
Educación, Ciencia y Tecnología, del Consejo Federal de Educación, del Consejo
ARTÍCULO 75º La formación docente se estructura en dos (2) ciclos: de Universidades, del sector gremial, de la educación de gestión privada y del
a. Una formación básica común, centrada en los fundamentos de la profe- ámbito académico.
sión docente y el conocimiento y reflexión de la realidad educativa y,
b. Una formación especializada, para la enseñanza de los contenidos ARTÍCULO 78º El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo
curriculares de cada nivel y modalidad. Federal de Educación, establecerá los criterios para la regulación del sistema de
formación docente y la implementación del proceso de acreditación y registro de
La formación docente para el Nivel Inicial y Primario tendrá cuatro (4) años de los institutos superiores de formación docente, así como de la homologación y
duración y se introducirán formas de residencia, según las definiciones estableci- registro nacional de títulos y certificaciones.
das por cada jurisdicción y de acuerdo con la reglamentación de la presente ley.
Asimismo, el desarrollo de prácticas docentes de estudios a distancia deberá
realizarse de manera presencial.
62 63
TÍTULO V
LOS/AS DOCENTES Y SU FORMACIÓN
POLÍTICAS DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD EDUCATIVA
ARTÍCULO 80º Las políticas de promoción de la igualdad educativa deberán asegurar las condi-
ciones necesarias para la inclusión, el reconocimiento, la integración y el logro
educativo de todos/as los/as niños/as, jóvenes y adultos en todos los niveles y
modalidades, principalmente los obligatorios. El Estado asignará los recursos
presupuestarios con el objeto de garantizar la igualdad de oportunidades y resul-
tados educativos para los sectores más desfavorecidos de la sociedad. El Minis-
terio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de
Educación, proveerá textos escolares y otros recursos pedagógicos, culturales,
materiales, tecnológicos y económicos a los/as alumnos/as, familias y escuelas
que se encuentren en situación socioeconómica desfavorable.
ARTÍCULO 81º Las autoridades jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para garanti-
64 65
LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
ARTÍCULO 86º Las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecerán contenidos
curriculares acordes a sus realidades sociales, culturales y productivas, y pro-
moverán la definición de proyectos institucionales que permitan a las institucio-
nes educativas postular sus propios desarrollos curriculares, en el marco de los
objetivos y pautas comunes definidas por esta ley.
ARTÍCULO 87º A La enseñanza de al menos un idioma extranjero será obligatoria en todas las
escuelas de nivel primario y secundario del país. Las estrategias y los plazos de
implementación de esta disposición serán fijados por resoluciones del Consejo
Federal de Educación.
ARTÍCULO 89º El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Fede-
ral de Educación, dispondrá las medidas necesarias para proveer la educación
ambiental en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional,
con la finalidad de promover valores, comportamientos y actitudes que sean
acordes con un ambiente equilibrado y la protección de la diversidad biológica;
que propendan a la preservación de los recursos naturales y a su utilización sos-
tenible y que mejoren la calidad de vida de la población. A tal efecto se definirán
en dicho ámbito institucional, utilizando el mecanismo de coordinación que esta-
blece el artículo 15 de la Ley N° 25.675, las políticas y estrategias destinadas a
68 LEY 26.206 69 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
incluir la educación ambiental en los contenidos curriculares comunes y núcleos de Discriminación contra la Mujer, con rango constitucional, y las leyes
de aprendizaje prioritario, así como a capacitar a los/as docentes en esta Nº 24.632 y Nº 26.171.
temática.
ARTÍCULO 93º Las autoridades educativas jurisdiccionales organizarán o facilitarán el diseño de
ARTÍCULO 90º El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo programas para la identificación, evaluación temprana, seguimiento y orienta-
Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperati- ción de los/as alumnos/as con capacidades o talentos especiales y la flexibiliza-
vismo y del mutualismo en los procesos de enseñanzaaprendizaje y la capacita- ción o ampliación del proceso de escolarización.
ción docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores
establecidos en la Ley N° 16.583 y sus reglamentaciones. Asimismo, se promo-
verá el cooperativismo y el mutualismo escolar.
ARTÍCULO 92º Formarán parte de los contenidos curriculares comunes a todas las
jurisdicciones:
a. El fortalecimiento de la perspectiva regional latinoamericana, particu-
larmente de la región del MERCOSUR, en el marco de la construcción
de una identidad nacional abierta, respetuosa de la diversidad.
b. La causa de la recuperación de nuestras Islas Malvinas, Georgias del
Sur y Sandwich del Sur, de acuerdo con lo prescripto en la Disposición
Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
c. El ejercicio y construcción de la memoria colectiva sobre los procesos
históricos y políticos que quebraron el orden constitucional y termina-
ron instaurando el terrorismo de Estado, con el objeto de generar en
los/as alumnos/as reflexiones y sentimientos democráticos y de
defensa del Estado de Derecho y la plena vigencia de los Derechos
Humanos, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 25.633.
d. El conocimiento de los derechos de los/as niños/as y adolescentes
establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley
N° 26.061.
e. El conocimiento de la diversidad cultural de los pueblos indígenas y sus
derechos, en concordancia con el artículo 54 de la presente ley.
f. Los contenidos y enfoques que contribuyan a generar relaciones basa-
das en la igualdad, la solidaridad y el respeto entre los sexos, en con-
cordancia con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas
70 LEY 26.206 71 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
CAPÍTULO III
INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
ARTÍCULO 95º Son objeto de información y evaluación las principales variables de funciona-
miento del sistema, tales como cobertura, repetición, deserción, egreso, promo-
ción, sobreedad, origen socioeconómico, inversiones y costos, los procesos y
logros de aprendizaje, los proyectos y programas educativos, la formación y las
prácticas de docentes, directivos y supervisores, las unidades escolares, los con-
textos socioculturales del aprendizaje y los propios métodos de evaluación.
ARTÍCULO 98º Créase el Consejo Nacional de Calidad de la Educación, en el ámbito del Ministe-
rio de Educación, Ciencia y Tecnología, como órgano de asesoramiento especiali-
zado, que estará integrado por miembros de la comunidad académica y científica
de reconocida trayectoria en la materia, representantes de dicho Ministerio, del
Consejo Federal de Educación, del Congreso Nacional, de las organizaciones del
trabajo y la producción, y de las organizaciones gremiales docentes con persone-
ría nacional. Tendrá por funciones:
a. Proponer criterios y modalidades en los procesos evaluativos del Sis-
tema Educativo Nacional.
b. Participar en el seguimiento de los procesos de evaluación del Sistema
Educativo Nacional, y emitir opinión técnica al respecto. ARTÍCULO 100º El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tec-
c. Elevar al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología propuestas y nología, fijará la política y desarrollará opciones educativas basadas en el uso de
estudios destinados a mejorar la calidad de la educación nacional y la las tecnologías de la información y de la comunicación y de los medios masivos
equidad en la asignación de recursos. de comunicación social, que colaboren con el cumplimiento de los fines y objeti-
d. Participar en la difusión y utilización de la información generada por vos de la presente ley.
dichos procesos.
e. Asesorar al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología con respecto ARTÍCULO 101º Reconócese a Educ.ar Sociedad del Estado como el organismo responsable del
a la participación en operativos internacionales de evaluación. desarrollo de los contenidos del Portal Educativo creado en el ámbito del Minis-
terio de Educación, Ciencia y Tecnología, o bajo cualquier otro dominio que pueda
ARTÍCULO 99º El Poder Ejecutivo Nacional, a propuesta del Ministerio de Educación, Ciencia y reemplazarlo en el futuro. A tal efecto, Educ.ar Sociedad del Estado podrá ela-
Tecnología, elevará anualmente un informe al Honorable Congreso de la Nación borar, desarrollar, contratar, administrar, calificar y evaluar contenidos propios y
dando cuenta de la información relevada y de los resultados de las evaluaciones de terceros que sean incluidos en el Portal Educativo, de acuerdo con los linea-
realizadas conforme a las variables estipuladas en el artículo 95 de la presente, mientos respectivos que apruebe su directorio y/o le instruya dicho Ministerio.
y de las acciones desarrolladas y políticas a ejecutar para alcanzar los objetivos
postulados en esta ley. ARTÍCULO 102º El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología encargará a Educ.ar Sociedad
del Estado, a través de la señal educativa “Encuentro” u otras que pudieran
generarse en el futuro, la realización de actividades de producción y emisión de
programas de televisión educativa y multimedial destinados a fortalecer y com-
plementar las estrategias nacionales de equidad y mejoramiento de la calidad de
74 75
ARTÍCULO 105º A los efectos de esta ley, la educación a distancia se define como la opción peda-
gógica y didáctica donde la relación docente-alumno se encuentra separada en
el tiempo y/o en el espacio, durante todo o gran parte del proceso educativo, en
el marco de una estrategia pedagógica integral que utiliza soportes materiales y
recursos tecnológicos diseñados especialmente para que los/as alumnos/as
alcancen los objetivos de la propuesta educativa.
ARTÍCULO 108º El Estado Nacional y las jurisdicciones, en el marco del Consejo Federal de Edu-
cación, diseñarán estrategias de educación a distancia orientadas a favorecer su
desarrollo con los máximos niveles de calidad y pertinencia y definirán los TITULO IX
mecanismos de regulación correspondientes. EDUCACIÓN NO FORMAL
ARTÍCULO 109º Los estudios a distancia como alternativa para jóvenes y adultos sólo pueden
impartirse a partir de los dieciocho (18) años de edad. Para la modalidad rural y
conforme a las decisiones jurisdiccionales, los estudios a distancia podrán ser
implementados a partir del Ciclo Orientado del Nivel Secundario.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 113º El Gobierno y Administración del Sistema Educativo Nacional es una responsabi-
lidad concurrente y concertada del Poder Ejecutivo Nacional a través del Minis-
terio de Educación, Ciencia y Tecnología y de los Poderes Ejecutivos de las
Provincias y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El organismo
de concertación de la política educativa nacional es el Consejo Federal de
Educación.
ARTÍCULO 114º El Gobierno y Administración del Sistema Educativo asegurará el efectivo cum-
plimiento de los principios y objetivos establecidos en esta ley, conforme a los
criterios constitucionales de unidad nacional y federalismo.
80 LEY 26.206 81 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
CAPÍTULO II
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ARTÍCULO 115º El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tec-
nología, será autoridad de aplicación de la presente ley. Serán sus funciones:
a. Fijar las políticas y estrategias educativas, conforme a los procedimien-
tos de participación y consulta de la presente ley.
b. Asegurar el cumplimiento de los principios, fines, objetivos y previsiones
establecidos por la presente ley para el Sistema Educativo Nacional a
través de la planificación, ejecución, supervisión y evaluación de políticas,
programas y resultados educativos. En caso de controversia en la imple-
mentación jurisdiccional de los aludidos principios, fines y objetivos,
someterá la cuestión al dictamen del Consejo Federal de Educación de
conformidad con el artículo 118 de la presente ley.
c. Fortalecer las capacidades de planificación y gestión educativa de los
gobiernos provinciales para el cumplimiento de las funciones propias y
aquellas emanadas de la presente ley.
d. Desarrollar programas de investigación, formación de formadores e
innovación educativa, por iniciativa propia o en cooperación con las ins-
tituciones de Educación Superior y otros centros académicos.
e. Contribuir con asistencia técnica y financiera a las Provincias y a la Ciudad
82 LEY 26.206 83 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
ARTÍCULO 117º Los órganos que integran el Consejo Federal de Educación son:
a. La Asamblea Federal es el órgano superior del Consejo. Estará inte-
grada por el/la ministro del área del Poder Ejecutivo Nacional como
presidente, por los/as ministros o responsables del área Educativa de
las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tres (3) repre-
sentantes del Consejo de Universidades.
En las reuniones participarán con voz y sin voto dos (2) representantes
por cada una de las Comisiones de Educación de las Honorables Cáma-
ras de Senadores y Diputados de la Nación, uno por la mayoría y otro
por la primera minoría.
b. El Comité Ejecutivo ejercerá sus actividades en el marco de las resolu-
84 LEY 26.206 85 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
ciones adoptadas por la Asamblea Federal. Estará presidido por el empresariales, de organizaciones de trabajadores, de organizaciones no
ministro del área del Poder Ejecutivo Nacional e integrado por los/as gubernamentales, de organizaciones socio productivas de reconocida
miembros representantes de las regiones que lo componen, designa- trayectoria nacional y autoridades educativas del Comité Ejecutivo del
dos por la Asamblea Federal cada dos (2) años. A efectos de garantizar Consejo Federal de Educación.
mayor participación según el tipo de decisiones que se consideren, c. El Consejo de Actualización Curricular, a cargo de proponer innovacio-
podrá convocarse al Comité Ejecutivo ampliado, integrado por las nes en los contenidos curriculares comunes. Estará conformado por
autoridades educativas jurisdiccionales que se requieran. personalidades calificadas de la cultura, la ciencia, la técnica y el
c. La Secretaría General tendrá la misión de conducir y coordinar las acti- mundo del trabajo y la producción, designadas por el ministro de Edu-
vidades, trabajos y estudios según lo establezcan la Asamblea Federal cación, Ciencia y Tecnología en acuerdo con el Consejo Federal de
y el Comité Ejecutivo. Su titular ejercerá asimismo las funciones de Educación.
Coordinador Federal de la Comisión Federal de Registro y Evaluación
Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia y de la implemen- ARTÍCULO 120º La Asamblea Federal realizará como mínimo una (1) vez al año el seguimiento y
tación, durante su vigencia, del Fondo Nacional de Incentivo Docente y la evaluación del cumplimiento de la presente ley. Asimismo, convocará como
del Programa de Compensación Salarial Docente, conforme a la Ley mínimo dos (2) veces al año a representantes de organizaciones gremiales
Nº 26.075. Será designado cada dos (2) años por la Asamblea Federal. docentes con personería nacional para considerar agendas definidas de común
acuerdo.
ARTÍCULO 118º Las resoluciones del Consejo Federal de Educación serán de cumplimiento obli-
gatorio, cuando la Asamblea así lo disponga, de acuerdo con la Reglamentación
que la misma establezca para estos casos. En cuanto a las resoluciones que se
refieran a transferencias de partidas del presupuesto nacional, regirán los
mecanismos de supervisión y control establecidos por la Ley Nº 26.075.
ARTÍCULO 119º El Consejo Federal de Educación contará con el apoyo de los siguientes Conse-
jos Consultivos, cuyas opiniones y propuestas serán de carácter público:
a. El Consejo de Políticas Educativas, cuya misión principal es analizar y
proponer cuestiones prioritarias a ser consideradas en la elaboración
de las políticas que surjan de la implementación de la presente ley.
Está integrado por representantes de la Academia Nacional de Educa-
ción, representantes de las organizaciones gremiales docentes con
personería nacional, de las entidades representativas de la Educación
de Gestión Privada, representantes del Consejo de Universidades, de
las organizaciones sociales vinculadas con la educación, y autoridades
educativas del Comité Ejecutivo del Consejo Federal de Educación. La
Asamblea Federal podrá invitar a personas u organizaciones a partici-
par de sesiones del Consejo de Políticas Educativas para ampliar el
análisis de temas de su agenda.
b. El Consejo Económico y Social, participará en aquellas discusiones
relativas a las relaciones entre la educación y el mundo del trabajo y la
producción. Está integrado por representantes de organizaciones
86 LEY 26.206 87 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
CAPÍTULO IV
LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS DE LAS PROVINCIAS
Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
ARTÍCULO 121º Los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cumpli-
miento del mandato constitucional, deben:
a. Asegurar el derecho a la educación en su ámbito territorial. Cumplir y
hacer cumplir la presente ley, adecuando la legislación jurisdiccional y
disponiendo las medidas necesarias para su implementación;
b. Ser responsables de planificar, organizar, administrar y financiar el sis-
tema educativo en su jurisdicción, según sus particularidades sociales,
económicas y culturales.
c. Aprobar el currículo de los diversos niveles y modalidades en el marco
de lo acordado en el Consejo Federal de Educación.
d. Organizar y conducir las instituciones educativas de gestión estatal.
e. Autorizar, reconocer, supervisar y realizar los aportes correspondientes a
las instituciones educativas de gestión privada, cooperativa y social, con-
forme a los criterios establecidos en el artículo 65 de esta ley.
f. Aplicar las resoluciones del Consejo Federal de Educación para res-
guardar la
unidad del Sistema Educativo Nacional.
g. Expedir títulos y certificaciones de estudios.
88 LEY 26.206 89 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
CAPITULO V
LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ARTÍCULO 122º La institución educativa es la unidad pedagógica del sistema responsable de los
procesos de enseñanza-aprendizaje destinados al logro de los objetivos estable-
cidos por esta ley. Para ello, favorece y articula la participación de los distintos
actores que constituyen la comunidad educativa: directivos, docentes, padres,
madres y/o tutores/as, alumnos/as, ex alumnos/as, personal administrativo y
auxiliar de la docencia, profesionales de los equipos de apoyo que garantizan el
carácter integral de la educación, cooperadoras escolares y otras organizaciones
vinculadas a la institución.
ARTÍCULO 123º El Consejo Federal de Educación fijará las disposiciones necesarias para que las
distintas jurisdicciones dispongan la organización de las instituciones educativas
de acuerdo a los siguientes criterios generales, que se adecuarán a los niveles y
modalidades:
a. Definir, como comunidad de trabajo, su proyecto educativo con la parti-
cipación de todos sus integrantes, respetando los principios y objetivos
enunciados en esta ley y en la legislación jurisdiccional vigente.
b. Promover modos de organización institucional que garanticen dinámi-
cas democráticas de convocatoria y participación de los/as alumnos/as
90 LEY 26.206 91 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
en la experiencia escolar.
c. Adoptar el principio de no discriminación en el acceso y trayectoria
educativa de los/as alumnos/as.
d. Brindar a los equipos docentes la posibilidad de contar con espacios
institucionales destinados a elaborar sus proyectos educativos comunes. CAPÍTULO VI
e. Promover la creación de espacios de articulación entre las instituciones del DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS ALUMNOS/AS
mismo nivel educativo y de distintos niveles educativos de una misma zona.
f. Promover la vinculación intersectorial e interinstitucional con las áreas
que se consideren pertinentes, a fin de asegurar la provisión de servi-
cios sociales, psicológicos, psicopedagógicos y médicos que garanticen
condiciones adecuadas para el aprendizaje.
g. Desarrollar procesos de autoevaluación institucional con el propósito
de revisar las prácticas pedagógicas y de gestión.
h. Realizar adecuaciones curriculares, en el marco de los lineamientos
curriculares jurisdiccionales y federales, para responder a las particu-
laridades y necesidades de su alumnado y su entorno.
i. Definir su código de convivencia.
j. Desarrollar prácticas de mediación que contribuyan a la resolución
pacífica de conflictos.
k. Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investi-
gación pedagógica. ARTÍCULO 125º Todos/as los/as alumnos/as tienen los mismos derechos y deberes, sin más dis-
l. Mantener vínculos regulares y sistemáticos con el medio local, desa- tinciones que las derivadas de su edad, del nivel educativo o modalidad que
rrollar actividades de extensión, tales como las acciones de aprendi- estén cursando o de las que se establezcan por leyes especiales.
zaje-servicio, y promover la creación de redes que fortalezcan la
cohesión comunitaria e intervengan frente a la diversidad de situacio- ARTÍCULO 126º Los/as alumnos/as tienen derecho a:
nes que presenten los/as alumnos/as y sus familias. a. Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad,
m. Promover la participación de la comunidad a través de la cooperación que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisi-
escolar en todos los establecimientos educativos de gestión estatal. ción de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y soli-
n. Favorecer el uso de las instalaciones escolares para actividades daridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades.
recreativas, expresivas y comunitarias. b. Ser respetados/as en su libertad de conciencia, en el marco de la convi-
o. Promover experiencias educativas fuera del ámbito escolar, con el fin vencia democrática.
de permitir a los/as estudiantes conocer la cultura nacional, experi- c. Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.
mentar actividades físicas y deportivas en ambientes urbanos y natura- d. Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral.
les y tener acceso a las actividades culturales de su localidad y otras. e. Ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme a criterios rigu-
rosa y científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y
ARTÍCULO 124º Los institutos de educación superior tendrán una gestión democrática, a través orientaciones del sistema, e informados/as al respecto.
de organismos colegiados, que favorezcan la participación de los/as docentes y f. Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario
de los/as estudiantes en el gobierno de la institución y mayores grados de deci- para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le per-
sión en el diseño e implementación de su proyecto institucional. mitan completar la educación obligatoria.
92 LEY 26.206 93 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
ARTÍCULO 129º Los padres, madres o tutores/as de los/as estudiantes tienen los siguientes
deberes:
a. Hacer cumplir a sus hijos/as o representados/as la educación
obligatoria.
b. Asegurar la concurrencia de sus hijos/as o representados/as a los
94 95
ARTÍCULO 131º Derógase la Ley Nº 25.030, la Ley N° 24.195, la Ley N° 22.047 y su Decreto
reglamentario N° 943/84, y demás normas complementarias y aclaratorias.
ARTÍCULO 134º A partir de la vigencia de la presente ley cada jurisdicción podrá decidir sólo
entre dos opciones de estructura para los niveles de Educación Primaria y
Secundaria de la educación común:
a. una estructura de seis (6) años para el nivel de Educación Primaria y de
seis (6) años para el nivel de Educación Secundaria o,
b. una estructura de siete (7) años para el nivel de Educación Primaria y
cinco (5) años para el nivel de Educación Secundaria.
Con respecto a la Educación Técnica rige lo dispuesto por el artículo 24
de la Ley Nº 26.058.
Se establece un plazo de seis (6) años, a partir de la sanción de la pre-
sente ley, para que, a través de acuerdos entre el Ministerio de Educa-
ción, Ciencia y Tecnología y el Consejo Federal de Educación, se defina
98 LEY 26.206 99 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
la ubicación del séptimo (7°) año de escolaridad. El Ministerio de Edu- la presente ley. Dicho programa contará con servicios educativos presenciales y
cación, Ciencia y Tecnología y el Consejo Federal de Educación acorda- a distancia, integrando un sistema de becas para jóvenes y adultos, y provisión
rán los criterios de unificación que, respetando las condiciones de las gratuita de materiales de aprendizaje, que asegure la calidad educativa, así
distintas jurisdicciones, aseguren los mecanismos necesarios de equi- como la permanencia y egreso de los/as participantes. Asimismo, y en el marco
valencia y certificación de los estudios, movilidad de los/as alumnos/as de lo establecido en el artículo 47 de la presente ley, impulsará la adopción de
y derechos adquiridos por los/as docentes. programas de relevamiento, difusión, comunicación, orientación y apoyo a dichas
personas cuando efectúen gestiones administrativas y participen de programas
ARTÍCULO 135º ARTÍCULO 135.- El Consejo Federal de Educación acordará y definirá los crite- tales como la tramitación del Documento Nacional de Identidad, licencia para
rios organizativos, los modelos pedagógicos y demás disposiciones necesarias conducir y campañas de vacunación, entre otros.
para:
a. universalizar progresivamente los servicios educativos para los niños/ ARTÍCULO 139º La concertación técnica de las políticas de formación docente, acordadas en el
as de cuatro (4) años de edad, establecida en el artículo 19 de la pre- Consejo Federal de Educación, se realizará a través de encuentros federales que
sente ley, priorizando a los sectores más desfavorecidos; garanticen la participación y consulta de los/as directores/as o responsables de
b. implementar la jornada extendida o completa, establecida por el artí- la Educación Superior de cada jurisdicción, bajo la coordinación del Instituto
culo 28 de esta ley, con el objeto de introducir los nuevos contenidos Nacional de Formación Docente.
curriculares propuestos para la Educación Primaria.
Dicha implementación se planificará y ejecutará conforme a las dispo- ARTÍCULO 140º El Consejo Federal de Educación acordará los criterios generales y comunes
siciones de los incisos b), c) y d) del artículo 130 de la presente ley; y para orientar, previo análisis y relevamiento de la situación en cada jurisdicción,
hasta tanto haya concluido este proceso, las distintas jurisdicciones el encuadramiento legal de las instituciones educativas de gestión cooperativa y
deberán garantizar un mínimo de veinte (20) horas de clase semanales social y las normas que regirán su reconocimiento, autorización y supervisión.
para las escuelas primarias que no cuenten aún con la jornada exten-
dida o completa. ARTÍCULO 141º Invitar a las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
a efectuar las reformas necesarias en la legislación que regula la actividad labo-
ARTÍCULO 136º El Consejo Federal de Educación deberá acordar en el término de un (1) año, a ral y profesional docente, con el objeto de incorporar la inhabilitación para el
partir de la sanción de la presente ley, una resolución de cumplimiento obligato- ejercicio de la docencia a quien haya sido condenado/a por delitos contra la inte-
rio de lo dispuesto por el artículo 32 de esta ley, acompañada de los estudios gridad sexual, conforme a lo establecido en el Título III, Capítulos II, III, IV y V del
técnicos y presupuestarios que faciliten su implementación. Libro Segundo del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el
indulto o la conmutación de la pena.
ARTÍCULO 137º Los servicios educativos de la modalidad de Educación en Contextos de Priva-
ción de Libertad son las propias del nivel que corresponda a la población desti- ARTÍCULO 142º Educ.ar Sociedad del Estado, los bienes que integran su patrimonio, actos y con-
nataria y podrán ser implementadas a través de estrategias pedagógicas tratos que celebre a título oneroso o gratuito, estarán exentos de todo grava-
flexibles, que garanticen la igualdad en la calidad de los resultados. Las certifi- men, arancel o impuesto nacional, cualquiera fuera su denominación, toda vez
caciones corresponderán a los modelos de la educación común. que su objeto social excede la mera búsqueda de un fin de lucro y constituye una
herramienta esencial para la educación pública argentina y la difusión del cono-
ARTÍCULO 138º El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, de acuerdo con el Consejo cimiento igualitario de todos/as los/as habitantes, a través de internet y la televi-
Federal de Educación, diseñará programas a término destinados a garantizar la sión educativa.
erradicación del analfabetismo y el cumplimiento de la educación obligatoria
prescripta en el artículo 16 de la presente ley, para la población mayor de diecio- ARTÍCULO 142º El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe-
cho (18) años de edad que no la haya alcanzado a la fecha de la promulgación de rán garantizar a las personas migrantes sin Documento Nacional de Identidad
100 101 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
Y FORMACIÓN DOCENTE
ARTÍCULO 145º Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. De acuerdo con las disposiciones per-
tinentes del Reglamento del H. Senado este Dictamen pasa directamente al
Orden del Día.- Sala de Comisiones, de 2006.-
102 103
Que el artículo 12 de la citada ley establece que el Estado Nacional, las Provin-
cias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de manera concertada y concu-
rrente, son los responsables de la planificación, organización, supervisión y
financiación del Sistema Educativo Nacional.
Y FORMACIÓN DOCENTE
dad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la Que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, organismo interjurisdiccional de
finalización del nivel de la Educación Secundaria y que el MINISTERIO DE EDU- carácter permanente, es el ámbito de concertación, acuerdo y coordinación
CACIÓN de LA NACIÓN y las autoridades jurisdiccionales competentes deben de la política educativa nacional, debiendo asegurar la unidad y articulación
asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas del Sistema Educativo Nacional.
institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos que se ajusten a los Que la presente medida se adopta con el voto afirmativo de todos los miembros
requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que de esta Asamblea Federal, a excepción de la provincia de La Rioja por ausencia
permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas de su representante.
las situaciones sociales.
Por ello,
Que el artículo 74 dispone que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN de LA NACIÓN y LA LXVII ASAMBLEA DEL CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN
el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN acordarán las políticas y acciones de RESUELVE:
formación docente inicial y continua.
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el “Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación
Que en el marco de todo lo expuesto y de acuerdo a las disposiciones generales Docente 2012 – 2016”, que como anexo forma parte integrante de la presente
relativas a la calidad de la educación establecidas en el capítulo I del título VI de medida.
la Ley Nº 26.206, la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE EDUCA-
CIÓN de LA NACIÓN ha desarrollado un amplio proceso de consulta y discusión ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese a los integrantes del CONSEJO FEDE-
federal y nacional, con la participación de diferentes actores, con el objeto de RAL DE EDUCACIÓN y cumplido, archívese.
construir un Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente, que
abarque los diferentes niveles y modalidades de la educación, teniendo en Firman:
cuenta a la educación inicial como unidad pedagógica y la debida articulación y Prof. Alberto Sileoni – Ministro de Educación
coordinación con la modalidad técnico profesional en el nivel secundario, asu- Dr. Daniel Belinche – Secretario General del CFE
miendo la concurrencia de la Ley de Educación Nacional y la Ley de Educación Resolución CFE Nº 188/12
Técnico Profesional Nº 26.058, como así también la estrecha vinculación con las
políticas y acciones de formación docente.
Que en dicho proceso han tomado activa intervención las diferentes áreas de la
cartera educativa nacional con responsabilidad en la materia como así también
el espacio federal de Subsecretarios de Educación de las jurisdicciones, convoca-
dos al efecto, como instancia preparatoria para la formulación del Plan Nacional
de Educación Obligatoria y Formación Docente para el quinquenio 2012 – 2016
que se propone.
Que los aportes efectuados al Plan Nacional han sido incorporados como parte
de un proceso de construcción colectiva de consensos, que permiten garantizar
que las problemáticas, estrategias y líneas de acción definidas podrán ser desa-
rrolladas de manera conjunta por la Nación y las jurisdicciones, otorgándole un
verdadero sentido federal.
106 107
PRÓLOGO
Un sistema de pie, fortalecido y legitimado socialmente es constructor perma- Por ello son absolutamente pertinentes para presentar el nuevo plan las pala-
nente de nuevos horizontes. En esta tarea se articulan sujetos, procesos, territo- bras e ideas de nuestra Presidenta cuando expresa:
rios, recursos y regulaciones.
“Nunca serán menos nuestros sueños futuros; ya nunca nos plantearemos una
El Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente 2012-2016 educación con menos recursos y menos calidad que la alcanzada hasta hoy.
expresa necesidades e intereses colectivos, a la vez que traduce realidades, Siempre en este campo y en todos los que hacen a los derechos de nuestro pue-
haciéndose cargo de una madurez social que no solo demanda sino también blo, iremos por más, con amor, abrazados a la bandera de la patria.”
construye. En este sentido, sintetiza interpretaciones no unívocas sobre los
logros y desafíos de la educación nacional. Profesor Alberto E. Sileoni
Ministro de Educación
108 109
INTRODUCCIÓN
AVANCES DE LA EDUCACIÓN ARGENTINA Y DESAFÍOS
PARA EL PRÓXIMO QUINQUENIO
Los ejes que orientaron el primer tramo 2003-2006 se relacionan con: reconfigu- Este Plan convoca al ME y los gobiernos provinciales a establecer modos de
rar el ámbito estatal-nacional como integrador de las acciones políticas llevadas intervención planificados sobre los desafíos educativos lasmados en la Ley
adelante por todos; asumir la responsabilidad estatal como garante de condicio- Nacional de Educación.
nes de igualdad para todos los argentinos frente al derecho a la educación; recu-
perar y dar centralidad a las dimensiones pedagógica e institucional como ejes Producto de una construcción federal, el plan define la acción coordinada entre
de las políticas; fortalecer el lugar de la escuela y la tarea de los docentes como los equipos nacionales y provinciales y se transforma en la base para la prioriza-
agentes de transmisión y recreación de la cultura, y sostener y reforzar la fun- ción de los objetivos y metas que expresen un acuerdo común para cumplir con
ción inclusiva de las propuestas pedagógicas que despliegan los sistemas edu- las disposiciones de la Ley.
cativos en todo el país.
Promueve líneas de acción tendientes incrementar los niveles de responsabili-
La sanción de las leyes de Educación Nacional, Financiamiento Educativo, Edu- dad sobre los resultados de lo realizado y su impacto en elación con el cumpli-
cación Técnico Profesional y la de garantía del salario docente y los 180 días de miento de los objetivos políticos concertados federalmente, los que se orientan
clase surgen en este período como herramientas políticas destinadas a recons- en dos direcciones: políticas que tienen como prioridad la inclusión y políticas
truir, transformar y fortalecer el sistema educativo argentino. que privilegian la calidad de la enseñanza y los aprendizajes.
En este período y como consecuencia de la sanción de la Ley de Financiamiento El año 2012 nos encuentra en una etapa de análisis y evaluación como requisito
Educativo, surgen los convenios bilaterales, instrumentos de planificación que necesario para dar continuidad a la acción de planificación como elemento orde-
regulan la asignación de recursos, destinados al cumplimiento de los objetivos nador de la política.
consagrados en la misma.
Integradas estas normas al conjunto de las políticas educativas, se generan pla- EL NUEVO PLAN
nes y programas que, haciendo foco en las deudas históricas del sistema y en las El presente quinquenio nos desafía a un trabajo institucional que afiance los
desigualdades más sentidas, proponen una agenda de trabajo que opera sobre logros de la década pasada, profundizando y ampliando el proyecto político.
las urgencias y, al mismo tiempo, sobre los problemas estructurales.
Estos logros se reflejan en un conjunto de datos que ejemplifican el avance del
Los docentes, las escuelas y las aulas se constituyeron en una prioridad política. sistema y el impacto de las políticas públicas concertadas federalmente, algu-
nas presentes desde el año 2003 y otras enfatizadas en el Plan 2009-2011 al
que se pretende dar continuidad.
Por ello, el estado nacional avanza en la recuperación de los días de clase, la
recomposición de los salarios docentes, el equipamiento y dotación integral de
En ellos es posible visualizar la síntesis de un trabajo institucional que integra
recursos para las escuelas, la reconstitución del sistema de formación docente,
políticasde inclusión junto con políticas pedagógicas centradas en la mejora de
el acceso masivo de alumnos, docentes e instituciones de la educación estatal a
la enseñanza y los aprendizajes en todos los niveles y modalidades del sistema.
las TIC y la ampliación de cobertura en todos los niveles del sistema.
En el año 2003, el PBI destinado a educación era del 3,64%; en el 2011 se superó
Sobre estas mejoras en las condiciones para enseñar y aprender en la escuela
la meta presupuestaria fijada por la LFE llegando al 6,47%. El salario docente en
pública argentina, y en un marco de confianza institucional autoridad política
la educación obligatoria creció un 665%, y al presente se han construido 1880
por parte del Estado, se comienza a transitar un segundo momento de definicio-
escuelas nuevas y se han concretado obras de refacción, ampliación y repara-
nes que queda plasmado en el Plan de Educación Obligatoria 2009-2011.
ción en otras 5914.
112 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 113 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
Actualmente, 3812 instituciones educativas están involucradas en procesos de explica por la existencia de más escuelas técnicas (se crearon 274 escuelas téc-
mejora de los entornos formativos y las condiciones institucionales en la educa- nicas del año 2003 al 2010), las mejoras de las condiciones materiales de las ya
ción técnica profesional. Se financian 8249 Planes de Mejora para escuelas existentes y las transformaciones del modelo socio-productivo del país.
secundarias comunes y se han distribuido a la fecha 45 millones de libros y
entregado más de 2 millones de netbooks en el marco el Programa Conectar Un segundo objetivo del plan de educación obligatoria 2009 fue fortalecer el
Igualdad. lugar de la escuela como el espacio público apropiado para lograr el acceso uni-
versal de niñas y niños adolescentes y jóvenes a una educación de calidad. En
La matrícula de la Formación docente se ha incrementado en un 29% desde el ese sentido, profundizar en el propósito implica su acceso pero también su
año 2008. egreso de una escuela con propuestas de inclusión y de calidad. Entre el año
2001 y el 2010, los indicadores de repitencia, sobreedad, abandono interanual
Poblaciones excluidas logran avances significativos en su acceso a la educación: han mejorado a partir de las distintas estrategias y acciones que se han desarro-
esto permite una reducción en la tasa de analfabetismo que del 2,6% en el año llado para el trabajo pedagógico sobre las trayectorias escolares. En el nivel pri-
2001 disminuye al 1,9% en 2010. De igual modo crece un 248% la matrícula en mario, la evolución del egreso en tiempos establecidos por la educación común
las unidades educativas primarias y secundarias que atienden a la población pri- es significativa. El 91,3 % de los niños y niñas finalizan sus estudios a la edad pre-
vada de libertad. vista lo que configura un incremento del 4,6 % en relación al período 2001/02.
En el campo de la educación obligatoria, los datos señalan una fuerte presencia La población con la educación obligatoria completa ha crecido en los últimos 10
de condiciones materiales y simbólicas que han permitido avanzar en la expan- años con una tasa del 40%, pasando de 8.641.458 habitantes a 12.159.506 habi-
sión del sistema sin descuidar en ese proceso el sostenimiento de un trabajo tantes con el nivel secundario completo, evidenciando la tarea educativa de las
pedagógico orientado a su mejoramiento. modalidades de educación de jóvenes y adultos, especial y contextos en priva-
ción de libertad, para garantizar una escuela que posibilite la finalización de la
Un primer objetivo político del Plan de educación obligatoria 2009 fue garantizar educación obligatoria en diversos espacios públicos.
condiciones para la universalización de la sala de 4 años. Los datos indican que
pasamos del 48% de acceso en 2001 al 70% en 2010. En sala de cinco la cober- Los logros expresados en datos consolidan una política iniciada en el año 2003 y
tura es del 91,1 % (2010). orientan una nueva etapa. En ella, se impone profundizar los cambios operados
enfatizando la tarea en mejorar todas las trayectorias escolares en particular las
En su conjunto, el nivel inicial entre el 2001 y el 2010 aumento su tasa de esco- de adolescentes y jóvenes en el nivel secundario. Allí, ampliar el acceso al nivel,
larización un 17,2% dato que es significativo si tenemos en cuenta que en el seguir avanzando en la mejora de la tasa de egreso efectivo en tiempo y forma,
mismo período decreció la población infantil entre los 3 a 5 años. brindar oportunidades educativas a los jóvenes que no continuaron sus estudios,
mejorar situaciones de enseñanza y aprendizajes con formatos institucionales
El acceso al nivel primario es casi universal, la cobertura es del 99,0 % en niños adecuados a sus condiciones se convierten en desafíos políticos impostergables.
y niñas de 6 a 11 años y plantea nuevos desafíos, entre ellos, mejorar tasas de
escolarización en jurisdicciones que están debajo del promedio nacional. Por esta razón, el plan de educación obligatoria y formación docente para el
quinquenio 2012-2016 se afirma en los mismos objetivos que articularon el plan
El nivel secundario presenta logros en el crecimiento de la matrícula a partir de nacional de educación obligatoria 2009-2011, pero los reformula y amplía a par-
la Ley de Educación Nacional de un 8% en relación al año 2001. El 89% de los tir de una lectura crítica y prospectiva de la educación que pretendemos para el
jóvenes de 12 a 17 años se encuentra en la escuela y un 82,2% en el nivel secun- segundo bicentenario.
dario. Se destaca la evolución de la matrícula en la educación técnica que pasó
del 324.437 a 628.248 estudiantes entre los años 2003-2010. El incremento se
114 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 115 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL INICIAL LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO I: 1. Profundización del trabajo intersec- Al 2016, las jurisdicciones desarrollan Coordinación de las políticas intersec- Conformación de mesas de trabajo so- Convocatoria a los actores
Extender la cobertura educativa torial para la atención educativa de acciones territoriales de integración toriales con los Ministerios de Desa- cioeducativas locales e interestatales. involucrados.
de 0 a 5 años de edad. los niños y niñas desde los 45 días a de las instituciones educativas y no rrollo Social y de Salud, Ministerio de Implementación de campañas infor-
los 3 años de edad, priorizando los educativas que brindan atención a los Trabajo, entre otros ámbitos del mativas a la comunidad.
sectores de mayor vulnerabilidad. niños y niñas de 45 días a 3 años de Estado. Relevamiento y sistematización de in-
edad de los sectores de mayor formación cualitativa y cuantitativa
vulnerabilidad. sobre las ofertas disponibles.
2. Universalización de la oferta educa- Al 2016, Acompañamiento poltico y Viabilización política y técnica del uso Estrategias de incorporación efectiva
tiva para niños y niñas de 4 años. - 3000 nuevas salas de 4 años de edad, pedagógico. de los financiamientos disponibles. de niños y niñas de 4 años de edad.
- matriculación de 120.000 niños y ni- Financiamiento destinado a infraes- Provisión de cargos docentes y/o con-
ñas de 4 años, tructura y equipamiento escolar. diciones materiales para el cumpli-
- nuevos formatos organizativos para la miento anual de las metas acordadas
atención de poblaciones específicas. en los convenios bilaterales.
3. Escolarización efectiva y obligato- Al 2014, Financiamiento destinado a infraes- Seguimiento y monitoreo del cumpli- Estrategias de incorporación efectiva
ria de la población infantil de 5 años. - incorporación de 25.000 niños y ni- tructura y equipamiento escolar. miento de la Resolución del CFE N° de niños y niñas de 5 años de edad no
ñas de 5 años no escolarizados al 174/12. escolarizados.
presente. Provisión de cargos docentes y/o con-
diciones materiales para el cumpli-
miento de la obligatoriedad de la sala
de 5 años.
OBJETIVO II: 1. Fortalecimiento de las políticas de Al 2014, todas las jurisdicciones in- Acompañamiento poltico y Discusión federal sobre estrategias La incorporación de las políticas de
Fortalecer las trayectorias escola- enseñanza con énfasis en la alfabeti- cluyen las políticas de alfabetización pedagógico. que garanticen la enseñanza de los alfabetización inicial y de formación
res generando mejores condiciones zación inicial y la formación integral inicial y de formación integral en las Diseño de propuestas de desarrollo NAP en relación con la alfabetización integral en las propuestas.de desarro-
para la enseñanza y los en relación con el juego, el cuerpo, la salas de 4 y de 5 años. profesional para docentes del nivel, inicial y la formación integral. llo curricular.
aprendizajes. indagación del ambiente natural, so- Docentes del nivel de todas las juris- centradas en alfabetización inicial y
cial y tecnológico. dicciones involucrados en acciones de en formación integral.
desarrollo profesional tendientes a la Producción de materiales multimedia-
incorporación de políticas de alfabeti- les para el desarrollo de propuestas
zación y de formación integral en las de alfabetización y formación integral.
salas de 4 y 5 años.
2. Estrategia nacional para el mejora- Al 2016, todas las jurisdicciones par- Incorporación del nivel a la estrategia Gestión conjunta de: información, Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
miento de la enseñanza de las cien- ticipan de la estrategia nacional de nacional de mejoramiento de ense- comunicación, administración de nales y/o institucionales específicas.
cias: matemática y ciencias naturales. mejoramiento de la enseñanza de las ñanza de las ciencias: matemática y recursos, producción de materiales
ciencias: matemática y ciencias ciencias naturales. y dispositivos de trabajo.
naturales.
3. Incorporación gradual de la ense- Docentes de todas las jurisdicciones Diseño e implementación de propues- Gestión conjunta de: información, co- Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
ñanza de los lenguajes artísticos. involucrados en acciones de desarro- tas de desarrollo profesional en todos municación, administración de recur- nales y/o institucionales específicas.
llo profesional en lenguajes artísticos. los lenguajes artísticos. sos, producción de materiales y
dispositivos de trabajo.
120 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 121 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL INICIAL LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO II: 4. Articulación con el nivel primario. Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Definición federal de alternativas Desarrollo de estrategias efectivas de
Fortalecer las trayectorias escola- sarrollan acciones de articulación en- pedagógico. de articulación entre el nivel inicial continuidad de trayectorias entre los
res generando mejores condiciones tre los niveles inicial y primario de y primario acorde a lo establecido niveles inicial y primario.
para la enseñanza y los acuerdo con la Res. CFE N°174/12. en la Resolución del CFE N°174/12.
aprendizajes.
5. Sostenimiento de las condiciones Al 2016, la totalidad de los jardines Provisión de ludotecas, de bibliotecas Gestión conjunta de: información, Definición de estrategias de uso apro-
materiales para la enseñanza y los públicos de gestión estatal equipados de literatura infantil, kit de ciencias comunicación, administración de piado de los equipamientos recibidos
aprendizajes. con ludotecas, bibliotecas y otros re- (matemática y ciencias naturales), en- recursos, producción de materiales en las instituciones.
cursos para la enseñanza. tre otros recursos. y dispositivos de trabajo.
6. Ampliación del espacio de los Cen- CAI en todos los departamentos con Trabajo articulado de los CAI con los Financiamiento de los perfiles de Sostenimiento de las condiciones ma-
tros de Apoyo Integral en los sectores altos índices de repitencia en 1er. ci- centros de desarrollo infantil en sus coordinadores de los CAI. teriales para su funcionamiento.
de mayor vulnerabilidad. clo, articulados con jardines de infan- localizaciones. Gestión conjunta de: información,
tes y escuelas primarias. Acompañamiento político y comunicación, administración de
pedagógico. recursos, producción de materiales
y dispositivos de trabajo.
7. Fortalecimiento de los espacios de Institucionalización de jornadas fede- Producción de materiales de orienta- Definición de criterios para la organi- Convocatoria a las familias y genera-
vinculación escuela –familias. rales de trabajo entre docentes y ción educativa para familias y/o adul- zación de jornadas federales. ción de las condiciones necesarias
familias. tos responsables de las trayectorias Definición conjunta de la agenda de para el desarrollo de las jornadas
escolares de niños y niñas. temas para las jornadas. federales.
8. Propuestas de acompañamiento y Docentes y equipos territoriales de Financiamiento para el desarrollo de Diseño conjunto de las estrategias de Planificación e implementación de las
desarrollo profesional docente para el todas las jurisdicciones involucrados propuestas jurisdiccionales, regiona- intervención para el acompañamiento estrategias de intervención.
sostenimiento de las trayectorias en planes, programas o proyectos na- les y/o nacionales de desarrollo y el desarrollo profesional. Seguimiento y evaluación de los pla-
escolares. cionales, participando de propuestas profesional. nes de trabajo de los asistentes técni-
de desarrollo profesional. Producción de materiales de apoyo. cos/equipos territoriales.
OBJETIVO III: 1. Implementación de propuestas in- 1000 Centros de Desarrollo Infantil Diseño del Plan de Formación. Finan- Definición federal de criterios para la Generación de las condiciones institu-
Fortalecer la gestión institucional tersectoriales para fortalecer el cui- en todo el país, identificados por el Mi- ciamiento requerido para las instan- instrumentación gradual de la línea cionales para el desarrollo del Plan.
ampliando las estrategias de inclu- dado y la atención de la primera nisterio de Desarrollo Social, gradual- cias de formación y los materiales de de formación. Selección e incorporación gradual del
sión de poblaciones infantiles con infancia. mente asistidos con infraestructura y trabajo. Gestión conjunta de: información, co- personal idóneo a la propuesta de
necesidades educativas específicas. equipamiento. Coordinación compartida con el Mi- municación, administración de recur- formación.
Personal que atiende a las poblacio- nisterio de Desarrollo Social de la es- sos, producción de materiales y Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
nes de 45 días a 3 años de edad en los trategia de intervención en los CDI. dispositivos de trabajo. nales y/o institucionales específicas
Centros de Desarrollo Infantil, involu- Seguimiento y monitoreo conjunto de para la atención de esta población.
crado gradualmente en distintos cir- los proyectos educativos de los CDI.
cuitos de formación.
122 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 123 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL INICIAL LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO III: 2. Revisión de los criterios de organi- Al 2016, todas las jurisdiccionales de- Acompañamiento político y pedagó- Gestión conjunta de: información, Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
Fortalecer la gestión institucional zación de espacios, tiempos y agrupa- sarrollan formatos institucionales de gico. Definición de criterios para la comunicación, administración de nales y/o institucionales específicas
ampliando las estrategias de inclu- mientos en contextos rurales atención a niños y niñas con necesida- producción de materiales y la asigna- recursos, producción de materiales para la atención de estas poblaciones.
sión de poblaciones infantiles con aislados, jardines externos a las uni- des educativas específicas (ruralidad ción de recursos. y dispositivos de trabajo.
necesidades educativas específicas. dades penitenciarias, jardines en con- privación de la libertad de sus ma-
textos interculturales y bilingües, dres, interculturalidad y bilingüismo,
escuelas secundarias y servicios hos- alumnos/as-padres discapacidad, en
pitalarios y domiciliarios. atención hospitalaria y domiciliaria).
3. Desarrollo de políticas integrales y Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
de inclusión de la población infantil sarrollan estrategias de integración pedagógico. comunicación, administración de nales y/o institucionales específicas
con discapacidad. escolar de la población infantil con Seguimiento y monitoreo del cumplimiento recursos, producción de materiales para la atención de esta población.
discapacidad. de la Resolución N° 174/12 del CFE. y dispositivos de trabajo.
NIVEL PRIMARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO I: 1. Profundización del trabajo intersec- Al 2016, las jurisdicciones desarrollan Coordinación de las políticas intersec- Conformación de mesas de trabajo so- Convocatoria a los actores
Ampliar y mejorar las condiciones y torial para la atención educativa de acciones territoriales de integración toriales con los Ministerios de Desa- cioeducativas locales e interestatales. involucrados.
formas de acceso, permanencia y los niños y niñas desde los 45 días a de las instituciones educativas y no rrollo Social y de Salud, Ministerio de Implementación de campañas infor-
egreso. los 3 años de edad, priorizando los educativas que brindan atención a los Trabajo, entre otros ámbitos del mativas a la comunidad.
sectores de mayor vulnerabilidad. niños y niñas de 45 días a 3 años de Estado. Relevamiento y sistematización de in-
edad de los sectores de mayor formación cualitativa y cuantitativa
vulnerabilidad. sobre las ofertas disponibles.
2. Diseño de propuestas pedagógicas Al 2016, el nivel ha resuelto el pro- Acompañamiento político y Elaboración de la propuesta Provisión de cargos docentes y/o per-
contextualizadas para la terminalidad blema de la sobreedad de 3 y 4 años. pedagógico. curricular. files docentes para el desarrollo de la
del nivel primario, destinadas a niños Financiamiento destinado a: Participación de los perfiles financia- propuesta.
y niñas con 3 ó más años de producción de materiales didácticos dos por el ME en el desarrollo de la Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
sobreedad. para alumnos y docentes. propuesta. nales y/o institucionales para el cum-
Implementación de acciones de segui- plimiento gradual de las metas
miento y evaluación. asumidas en los convenios bilaterales.
3. Desarrollo de estrategias para dis- Al 2014, institucionalización de la uni- Acompañamiento político y Evaluación y seguimiento anual de la Producción y/o adecuación de las nor-
minuir el fracaso escolar en el primer dad pedagógica de 1er. y 2do grado, de pedagógico. implementación de la Resolución N° mativas jurisdiccionales que demanda
ciclo del nivel. acuerdo con la Resolución N° 174/12 Elaboración de: documentos de apoyo 174/12 del CFE. la aplicación progresiva de la Resolu-
del CFE. para el nivel y de orientación para la ción N° 174/12 del CFE.
enseñanza; materiales didácticos; re- Organización de sistemas de informa-
cursos para la enseñanza. ción y seguimiento de los aprendizajes
de los estudiantes del ciclo.
124 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 125 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL PRIMARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO I: 4. Intensificación de la enseñanza Al 2016, institucionalización de diver- Acompañamiento político y Definición federal de estrategias de Producción y/o adecuación de las nor-
Ampliar y mejorar las condiciones y para estudiantes en riesgo de sas formas de intervención pedagó- pedagógico. apoyo con intensificación de la ense- mativas jurisdiccionales que permitan
formas de acceso, permanencia y repitencia. gica para estudiantes en riesgo de Producción de materiales de apoyo ñanza, extensión del calendario esco- el sostenimiento de estrategias de in-
egreso. repitencia. para estudiantes y docentes. lar u horario de clase. tensificación de la enseñanza.
Relevamiento de información, segui- Revisión de las funciones de los perfi-
miento y evaluación de la línea de les de apoyo ya existentes en el sis-
trabajo. tema (maestras recuperadoras, de
apoyo, de ciclo).
Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
nales y/o institucionales para el cum-
plimiento gradual de las metas
asumidas en los convenios bilaterales.
OBJETIVO II: 1. Fortalecimiento de las políticas de Todas las jurisdicciones fortalecen o Acompañamiento político y pedagó- Gestión conjunta de: información, co- Acompañamiento a los docentes del
Fortalecer las trayectorias escola- enseñanza en el 1er. ciclo, con énfasis intensifican propuestas de alfabetiza- gico. Producción de materiales de municación, administración de recur- 1er ciclo.
res generando mejores condiciones en la alfabetización inicial. ción inicial. apoyo. sos, producción de materiales y Producción de materiales para la
para la enseñanza y los Al 2016, las jurisdicciones han partici- Sostenimiento de espacios virtuales dispositivos de trabajo. enseñanza.
aprendizajes. pado de propuestas de desarrollo de formación: cátedra nacional de Desarrollo de propuestas propias.
profesional en alfabetización inicial. alfabetización.
Financiamiento de acciones de forma-
ción, de materiales y de perfiles
necesarios.
2. Intensificación de las políticas y/o Fortalecimiento de la enseñanza de la Financiamiento de líneas de promo- Gestión conjunta de: información, co- Cumplimiento de los acuerdos federa-
programas de la enseñanza de la lec- lectura en el segundo ciclo. ción e intensificación de la enseñanza municación, administración de recur- les en relación con la lectura.
tura en la escuela primaria. de la lectura. sos, producción de materiales y Diseño de acciones de intensificación
Producción de materiales de apoyo. dispositivos de trabajo. de la lectura.
Distribución de libros y bibliotecas de
aula.
Ejecución de acciones de formación y
promoción de la lectura.
3. Fortalecimiento de la enseñanza de Fortalecimiento de la enseñanza y de Producción de materiales de apoyo. Gestión conjunta de: información, co- Elaboración de líneas de acción y
las ciencias sociales. los aprendizajes en el área de las Financiamiento de acciones de desa- municación, administración de recur- acompañamiento institucional y
ciencias sociales en el nivel. rrollo profesional docente sos, producción de materiales y didáctico.
dispositivos de trabajo.
126 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 127 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL PRIMARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO II: 4. Desarrollo de estrategias naciona- Al 2016, la totalidad de las institucio- Coordinación general de la estrategia. Gestión conjunta de: información, co- Implementación jurisdiccional de la
Fortalecer las trayectorias escola- les para el mejoramiento de la ense- nes primarias incorporadas en por lo Acompañamiento político y municación, administración de recur- estrategia nacional.
res generando mejores condiciones ñanza de las ciencias: menos uno de los componentes de la pedagógico. sos, producción de materiales y
para la enseñanza y los Plan Ciencias Naturales para todos, estrategia nacional. Producción de materiales de apoyo dispositivos de trabajo.
aprendizajes. Plan Matemática para todos. El 50% de las instituciones primarias para la enseñanza.
del país participando del conjunto de Formación de acompañantes
componentes del plan de matemáti- didácticos.
cas y de ciencias naturales. Dotación de: laboratorios y equipa-
Incremento del tiempo dedicado a la miento, útiles matemáticos y
enseñanza de las ciencias naturales juegotecas.
en la escuela. Evaluación de la estrategia nacional.
Implementación de estrategias varia-
das para la enseñanza a partir de la
experimentación y uso de materiales
de laboratorio.
5. Primaria digital: utilización de las Incorporación de las TIC en las prácti- Financiamiento de aulas digitales Gestión conjunta de: información, Sostenimiento técnico de las aulas
TIC en la enseñanza y el aprendizaje. cas cotidianas de enseñanza y apren- móviles. comunicación, administración de digitales.
dizaje en el aula, en las escuelas Gestión de las acciones de formación recursos, producción de materiales Diseño e implementación de acciones
equipadas. para las escuelas incluidas en la línea. y dispositivos de trabajo. de continuidad en el acompañamiento
Producción de materiales audiovisua- a las instituciones.
les y multimediales.
6. Incorporación de la enseñanza de Al 2016, se incorpora o amplía la en- Acciones de formación para los perfi- Definición federal de criterios de in- Cobertura gradual de los cargos y/o
otras lenguas en el nivel primario. señanza de segundas lenguas. les docentes necesarios. corporación de las segundas lenguas perfiles necesarios para la
Producción de materiales y textos de como contenidos de enseñanza, y implementación.
apoyo. para la instrumentación gradual de la
línea de formación.
7. Fortalecimiento de la enseñanza de Al 2016, se amplían las condiciones Acciones de formación para los perfi- Definición federal de criterios de am- Cobertura gradual de los cargos y/o
la educación física en el nivel. materiales y pedagógicas para la en- les docentes necesarios. pliación de las condiciones para la en- perfiles necesarios para la
señanza de la educación Producción de materiales y textos de señanza de la educación física. implementación.
física. apoyo.
8. Fortalecimiento de la enseñanza de Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, Incorporación progresiva de los len-
la educación artística en la escuela sarrollan clases o formatos alternati- pedagógico. comunicación, administración de guajes artísticos a las propuestas
primaria. vos para la enseñanza efectiva de dos Acciones de desarrollo profesional recursos, producción de materiales curriculares.
o más lenguajes artísticos en las para los docentes del área. y dispositivos de trabajo. Provisión de cargos y/o perfiles que
escuelas. Producción de materiales. requiere la implementación progresiva.
Implementación de diferentes forma- Dotación de kits y bibliotecas de arte Definición y/o adecuación de las
tos en las clases de arte con especial para los cuatro lenguajes. regulaciones jurisdiccionales que
énfasis en las escuelas rurales. demande la implementación.
128 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 129 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL PRIMARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO II: 9. Ampliación y fortalecimiento de las Ampliación del universo cultural de Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Sostenimiento de las condiciones ins-
Fortalecer las trayectorias escola- trayectorias educativas para niños y niños, niñas y sus familias a través de pedagógico. municación, administración de recur- titucionales para el diseño y desarro-
res generando mejores condiciones niñas. proyectos específicos. Financiamiento requerido para proyectos sos, producción de materiales y llo de los proyectos.
para la enseñanza y los de: turismo educativo, campamentos dispositivos de trabajo.
aprendizajes. y colonias de vacaciones, coros y
orquestas infantiles. Recursos multi-
mediales: utilización y producción.
10. Desarrollo de estrategias para el Al 2016, las escuelas con poblaciones Producción de materiales para la Gestión conjunta de: información, Elaboración de propuestas de desa-
acompañamiento de los docentes que indígenas promueven e intensifican enseñanza. comunicación, administración de re- rrollo curricular que aseguran la en-
trabajan con poblaciones indígenas propuestas para la enseñanza del Estrategias de formación para docen- cursos, producción de materiales y señanza del castellano como segunda
que no hablan castellano. castellano como segunda lengua. tes bilingües y/o docentes auxiliares. dispositivos de trabajo. lengua.
11. Intensificación de la propuesta de Al 2016, todas las escuelas integran Coordinación general de los progra- Diseño de estrategias pedagógicas Incorporación de saberes transversa-
enseñanza para una nueva ciudadanía: en sus propuestas de enseñanza de mas transversales. Acompañamiento para la incorporación de los saberes les a través de la puesta en marcha
Construcción de ciudadanía, Educación los saberes de los programas político y pedagógico. Desarrollo de transversales en la enseñanza del de estrategias pedagógicas variadas.
sexual integral, Educación y memoria, mencionados. acciones de formación. nivel.
Prevención del uso indebido de drogas. Producción de materiales.
12. Fortalecimiento de los espacios de Institucionalización de jornadas nacio- Producción de materiales de orienta- Definición federal de criterios para la Convocatoria a las familias y genera-
vinculación escuela –familias. nales de trabajo entre docentes y ción educativa destinados a familias organización de las jornadas federales. ción de las condiciones necesarias
familias. y/o adultos responsables de las tra- Definición conjunta de la agenda de para el desarrollo de las jornadas
yectorias escolares de niños y niñas. temas para las jornadas. federales.
13. Propuestas de acompañamiento y Docentes y equipos territoriales de Financiamiento de propuestas juris- Diseño conjunto de las estrategias de Planificación e implementación de las
desarrollo profesional docente para el todas las jurisdicciones involucrados diccionales, regionales y/o nacionales intervención para el acompañamiento estrategias de intervención.
sostenimiento de las trayectorias en planes, programas o proyectos para el desarrollo profesional. y el desarrollo profesional. Seguimiento y evaluación de los pla-
escolares. nacionales. Producción de materiales de apoyo. nes de trabajo de los asistentes técni-
cos/equipos territoriales.
14. Articulación entre niveles y Al 2014, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Definición de pautas comunes para la Gestión de estrategias para la
modalidades. sarrollan propuestas efectivas de ar- pedagógico. articulación. articulación.
ticulación con el nivel inicial, el Producción de materiales y documen-
secundario y con las modalidades. tos de apoyo.
OBJETIVO III: 1. Creación de alternativas pedagógi- Al 2016, cada una de las modalidades Acompañamiento político y Definición de los criterios y pautas co- Elaboración de las regulaciones
Fortalecer la gestión institucional cas e institucionales atendiendo a los establecidas por la Ley N °26.206 pedagógico. munes para el diseño de las propues- necesarias.
ampliando las estrategias educati- sujetos y sus contextos. desarrollan propuestas pedagógicas Producción de materiales de orienta- tas por modalidad. Acompañamiento de los equipos téc-
vas destinadas a niños y niñas esco- específicas de acuerdo a los sujetos y ción y apoyo por modalidad para el nicos a lasinstituciones para la imple-
larizados y no escolarizados. sus contextos. desarrollo de las propuestas. mentación de las propuestas.
Escuelas primarias rurales con pro-
puestas de nivel inicial para todas las
poblaciones.
130 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 131 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL PRIMARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO III: 2. Plan de formación de directores y Al 2016, directores y supervisores de Diseño y ejecución del plan. Financia- Gestión conjunta de: información, Generación de condiciones para la
Fortalecer la gestión institucional supervisores de primaria. todas las jurisdicciones involucrados miento de las acciones del plan de comunicación, administración de participación de directores y
ampliando las estrategias educati- en el plan de formación. formación. recursos y dispositivos de trabajo. supervisores.
vas destinadas a niños y niñas esco- Producción de materiales. Acuerdos sobre núcleo común de
larizados y no escolarizados. contenidos de formación.
3. Planes de mejora institucional para Al 2016, escuelas especiales desarro- Acompañamiento político y Acuerdo de los criterios de incorpora- Elaboración de un plan jurisdiccional
escuelas especiales. llando planes de mejora institucional pedagógico. ción de las instituciones. de acompañamiento y evaluación de
y de integración socioeducativa. Financiamiento anual de los planes de Acuerdo sobre los problemas por los planes institucionales.
mejora. abordar en los planes de mejora. Articulación de los planes de mejora
con las políticas de primaria.
4. Legajo único de alumnos. Al 2016, las jurisdicciones cuentan Acompañamiento político y pedagógico. Definición de criterios comunes para Desarrollo del sistema provincial del
con el Legajo único por alumno (LUA) Coordinación general del desarrollo la elaboración de los legajos. Legajo único por alumno.
que incluye información referida a la de las acciones. Elaboración de pautas federales para Provisión y mantenimiento de los re-
situación sanitaria. Financiamiento de la formación de los el seguimiento de la acción. cursos necesarios para el funciona-
recursos. miento del sistema provincial.
Financiamiento de los insumos nece-
sarios para el desarrollo e implemen-
tación del LUA.
5. Desarrollo de los Centros de Activi- Al 2016, CAI localizados en departa- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Sostenimiento de las condiciones de
dades Infantiles en las escuelas mentos/localidades/distritos con indi- pedagógico. municación, administración de recur- funcionamiento.
primarias. cadores escolares críticos y en Financiamiento de las maestras y sos, producción de materiales y
articulación con el trabajo pedagógico maestros comunitarios. dispositivos de trabajo.
de las escuelas. Producción de materiales de apoyo.
6. Institucionalización del 1er. y 2do. Todas las jurisdicciones adecuan las Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Adecuación administrativo pedagógica
grado de primaria como unidad regulaciones y la organización institu- pedagógico. municación, producción de materiales de las instituciones escolares para
pedagógica. cional a las disposiciones de la Reso- y dispositivos de trabajo. garantizar la unidad pedagógica del
lución N° 174/12 del CFE. Cumplimiento de la Resolución primer y segundo grado.
N° 174/12 del CFE. Acompañamiento a los procesos de
institucionalización de la unidad
pedagógica.
7. Desarrollo de las acciones del Pro- Al 2013, se evalúan los indicadores de Evaluación del impacto del programa en Gestión conjunta de: información, Provisión de información para el se-
grama Integral de Inclusión Educativa desempeño del programa PIIE. la mejora de los indicadores de desem- comunicación, administración de guimiento y monitoreo de las
(PIIE) orientadas a la mejora de los in- Al 2016 los indicadores de desem- peño: repitencia, abandono y sobreedad. recursos, producción de materiales escuelas.
dicadores de desempeño de las peño del programa alcanzan los nive- Financiamiento de los perfiles del y dispositivos de trabajo.
escuelas. les de la media nacional. programa.
Fondo escolar para iniciativas peda-
gógicas y compra de útiles.
Sostenimiento de la dotación de materia-
les y equipamiento didáctico e informático.
Aulas digitales.
132 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 133 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL SECUNDARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO I: 1. Fortalecimiento de las condiciones Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Generación de espacios y tiempos ins-
Ampliar y mejorar las condiciones y de acceso de todos los adolescentes y sarrollan propuestas de articulación pedagógico. municación, administración de recur- titucionales para la articulación.
formas de acceso, permanencia y jóvenes. entre los niveles primario y secunda- Definición de criterios para la produc- sos, producción de materiales y Mapeo de la oferta educativa provin-
egreso. rio para garantizar el ingreso de quie- ción de materiales y la asignación de dispositivos de trabajo. cial y departamental.
nes egresan de la escuela primaria. recursos. Seguimiento del pasaje de los egresa-
dos del nivel primario al secundario.
2. Desarrollo de estrategias de articu- Al 2016, todas las jurisdicciones me- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
lación entre el ciclo básico y el ciclo joran anualmente las tasas de pasaje pedagógico. municación, administración de recur- nales y/o institucionales para el incre-
orientado. entre los ciclos. Definición de criterios para la producción sos, producción de materiales y mento de la tasa de pasaje entre un
de materiales y la asignación de recursos. dispositivos de trabajo. ciclo y otro.
3. Desarrollo de estrategias para el Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
ingreso, permanencia y promoción de sarrollan propuestas jurisdiccionales pedagógico. municación, administración de recur- nales y/o institucionales para el cum-
estudiantes con sobreedad. y/o institucionales que favorezcan la Definición de criterios para la produc- sos, producción de materiales y plimiento anual de los compromisos
disminución de las tasas de ción de materiales y la asignación de dispositivos de trabajo. asumidos en el marco de los conve-
sobreedad. recursos. nios bilaterales.
4. Estrategia nacional para el acceso Al 2016, todas las jurisdicciones in- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
a la secundaria de la población de 14 crementan la tasa de escolarización pedagógico. comunicación, administración de nales y/o institucionales específicas
a 17 años de edad no escolarizada. de la población de 14 a 17 años de Definición de criterios para la produc- recursos, producción de materiales para la atención de esta población.
edad. ción de materiales y la asignación de y dispositivos de trabajo.
recursos.
5. Ampliación del tiempo y el espacio Al 2016, CAJ localizados en territo- Financiamiento de los CAJ, coros y Gestión conjunta de: información, co- Generación de las condiciones para el
escolar con nuevos escenarios educa- rios con población en situación de orquestas, ajedrez educativo. municación, administración de recur- funcionamiento.
tivos: CAJ, Coros y Orquestas, ajedrez vulnerabilidad. sos, producción de materiales y
educativo. dispositivos de trabajo.
6. Ampliación de la oferta a través de Al 2016, 300 escuelas implementan Acompañamiento político y Lineamientos curriculares para la Provisión de docentes y/o perfiles
la implementación de secundarias en la orientación en arte. pedagógico. oferta. para la implementación de la oferta.
arte y orientadas en arte. Definición de criterios para la producción Definición de criterios compartidos
de materiales y la asignación de recursos. para la selección de las instituciones.
7. Ampliación de la oferta a través de Al 2016, 200 escuelas secundarias Acompañamiento político y Lineamientos curriculares para la Provisión de docentes y/o perfiles
la implementación de secundarias implementan la orientación en pedagógico. oferta. para la implementación de la oferta.
orientadas en deportes. deportes. Definición de criterios para la producción Definición de criterios compartidos
de materiales y la asignación de recursos. para la selección de las instituciones.
8. Aplicación de alternativas para la Al 2016, estudiantes de estas pobla- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
escolarización de estudiantes en con- ciones que finalizan el nivel primario pedagógico. comunicación, administración de nales y/o institucionales específicas
textos de interculturalidad y acceden a formas alternativas de es- Definición de criterios para la produc- recursos, producción de materiales de atención a estas poblaciones.
bilingüismo. colarización para completar la educa- ción de materiales y la asignación de y dispositivos de trabajo.
ción secundaria. recursos.
134 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 135 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL SECUNDARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO I: 9. Aplicación de alternativas para la Al 2016, estudiantes de estas pobla- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
Ampliar y mejorar las condiciones y escolarización de estudiantes priva- ciones que finalizan el nivel primario pedagógico. municación, administración de recur- nales y/o institucionales específicas
formas de acceso, permanencia y dos de la libertad y de estudiantes en acceden a formas alternativas de es- Definición de criterios para la produc- sos, producción de materiales y de atención a estas poblaciones.
egreso. atención hospitalaria y domiciliaria. colarización para completar la educa- ción de materiales y la asignación de dispositivos de trabajo.
ción secundaria. recursos.
10. Sostenimiento de las condiciones Población estudiantil del nivel con Provisión de materiales educativos, Gestión conjunta de: información, co- Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
materiales para la escolarización. condiciones materiales garantizadas becas para estudiantes indígenas y municación, administración de recur- nales y/o institucionales para el segui-
para su escolarización. estudiantes judicializados, movilidad, sos, producción de materiales y miento del uso y cuidado de los
bibliotecas de aula y escolares, mate- dispositivos de trabajo. recursos disponibles.
rial de laboratorio.
11. Efectivización de la obligatoriedad Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político Gestión conjunta de: información, Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
en la ruralidad. sarrollan ofertas educativas apropia- y pedagógico. comunicación, administración de nales y/o institucionales específicas
das a los contextos rurales. Definición de criterios para la produc- recursos, producción de materiales para el cumplimiento de la obligato-
ción de materiales y la asignación de y dispositivos de trabajo. riedad en el ámbito rural.
recursos. Definición conjunta de los criterios de
organización y desarrollo regional y
jurisdiccional de la secundaria rural.
12. Articulación del nivel secundario Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político Elaboración de propuestas de Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
con la educación superior. sarrollan propuestas de articulación y pedagógico. articulación. nales y/o institucionales específicas
con Universidades, Institutos de For- Promoción de acuerdos Generación de marcos regulatorios para la articulación.
mación Docente y Técnica entre otros. intersectoriales. para la articulación con la Educación
Superior.
13. Articulación del nivel secundario Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político Elaboración de propuestas de Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
con el mundo del trabajo. sarrollan iniciativas de articulación en y pedagógico. articulación. nales y/o institucionales específicas
el marco de la educación técnico pro- Promoción de acuerdos Generación de marcos regulatorios para la articulación.
fesional regulada por la Resolución intersectoriales. para la articulación con los sectores
del CFE N° 175/12. productivos.
Al 2016, todas las jurisdicciones de-
sarrollan propuestas de articulación
con los sectores productivos locales
y/o regionales.
136 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 137 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL SECUNDARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO II: 1. Desarrollo de estrategias para me- Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
Fortalecer las trayectorias escola- jorar la calidad educativa y fortalecer sarrollan propuestas de enseñanza de pedagógico. municación, administración de recur- nales y/o institucionales específicas
res generando mejores condiciones las trayectorias escolares, y los lo- los NAP en concordancia con lo esta- Definición de criterios para la produc- sos, producción de materiales para la enseñanza efectiva de los
para la enseñanza y los gros académicos de los estudiantes. blecido en la resolución del CFE ción de materiales y la asignación de y dispositivos de trabajo. NAP y la mejora en los niveles de des-
aprendizajes. N°93/09. recursos. Definición de criterios comunes para empeño de los ONE.
Al 2016, todas las jurisdicciones eje- Definición de indicadores que compo- la aplicación gradual del Índice de Me- Definición de estrategias jurisdiccio-
cutan propuestas de fortalecimiento nen el Índice de Mejora de la Educa- jora de la Educación Secundaria a ni- nales para la aplicación del Índice de
de las prácticas de enseñanza y de los ción Secundaria. vel jurisdiccional, departamental e Mejora de la Educación Secundaria en
aprendizajes de las Lenguas, de Mate- institucional. los departamentos con indicadores
mática, Ciencias Sociales y Ciencias más críticos.
Naturales.
Todas las jurisdicciones aplican el Ín-
dice de Mejora de la Educación Se-
cundaria para el seguimiento de los
desempeños institucionales.
2. Diversificación de las actividades Al 2016, todas las escuelas que im- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
de los Planes de Mejora Institucional plementan PMI muestran avances en pedagógico. comunicación, administración de nales y/o institucionales específicas.
para potenciar la calidad de los pro- los desempeños evaluados por recursos, producción de materiales
cesos de enseñanza – aprendizaje. el ONE. y dispositivos de trabajo.
3. Intensificación de propuestas de Al 2014, todas las jurisdicciones de- Desarrollo de contenidos, provisión La definición de criterios comunes Convocatoria y sostenimiento de la
enseñanza para la mejora de los sarrollan propuestas de mejora de la de equipamiento y materiales para para la formación de docentes. participación de los profesores en la
aprendizajes en Lengua y Ciencias enseñanza de Lengua y Ciencias docentes e instituciones. Gestión conjunta de: información, co- estrategia nacional. Desarrollo de es-
Sociales. Sociales. Acompañamiento político y municación, administración de recur- trategias jurisdiccionales y/o institu-
pedagógico. sos, producción de materiales y cionales específicas.
dispositivos de trabajo.
4. Mejoramiento en la enseñanza de Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
las ciencias: sarrollan propuestas de mejora de la pedagógico. municación, administración de recur- nales y/o institucionales específicas
Matemática y Ciencias Naturales. enseñanza de Matemática y Ciencias Definición de criterios para la producción sos, producción de materiales para la articulación.
Naturales. de materiales y la asignación de recursos. y dispositivos de trabajo.
La definición de criterios comunes
para la formación de docentes.
5. Fortalecimiento de la formación Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, co- Convocatoria y sostenimiento de la
orientada. sarrollan propuestas de enseñanza de pedagógico. municación, administración de recur- participación de los profesores en las
los NAP en concordancia con lo esta- Definición de criterios para la produc- sos, producción de materiales y propuestas de desarrollo
blecido en la Resolución del CFE ción de materiales y la asignación de dispositivos de trabajo. profesional destinadas a la mejora de
N°93/09. recursos. la enseñanza.
Asimismo ejecutan propuestas de de- Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
sarrollo profesional docente destina- nales y/o institucionales específicas.
das a la mejora de la enseñanza.
138 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 139 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL SECUNDARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO II: 6. Intensificación de las propuestas de Al 2016, todas las escuelas desarro- Producción de materiales de Gestión conjunta de: información, Convocatoria y sostenimiento de la
Fortalecer las trayectorias escola- enseñanza para una nueva ciudadanía: llan propuestas de enseñanza que in- sensibilización. comunicación, administración de participación de los profesores en el
res generando mejores condiciones Construcción de ciudadanía, Educa- cluyan saberes transversales. Producción de materiales de apoyo recursos, producción de materiales desarrollo de propuestas que incluyen
para la enseñanza y los ción sexual integral, Educación y me- para docentes y estudiantes. y dispositivos de trabajo. saberes transversales estrategia
aprendizajes. moria, Prevención del uso indebido de nacional.
drogas. Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
nales y/o institucionales específicas
para la aplicación de los saberes
transversales.
7. Educación solidaria: desarrollo de Al 2016, todas las jurisdicciones de- Acompañamiento político y Gestión conjunta de: información, Convocatoria y sostenimiento de la
proyectos comunitarios sarrollan proyectos institucionales pedagógico. comunicación, administración de participación de los profesores en el
solidarios. Definición de criterios para la produc- recursos, producción de materiales desarrollo de los proyectos
ción de materiales y la asignación de y dispositivos de trabajo. institucionales solidarios.
recursos. Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
nales y/o institucionales específicas
para el acompañamiento de los pro-
yectos comunitarios.
8. Intensificación del uso de tecnolo- Al 2016, todas las escuelas configu- Financiamiento de acciones de desa- Definición de criterios comunes para Convocatoria y sostenimiento de la
gías de información y comunicación: ran sus propuestas de enseñanza in- rrollo profesional. la implementación. participación de los profesores en la
continuidad tegrando las acciones del Programa Equipamiento, piso tecnológico y pla- Promoción de la participación de los incorporación de las TIC en sus
del programa Conectar Igualdad, ac- Conectar Igualdad, Encuentro y Edu- taforma virtual. docentes del Nivel en el Postítulo propuestas de enseñanza.
ciones con canal Encuentro y Educar. car. Todas las escuelas incorporan en Desarrollo de contenidos audiovisua- “Educación y TIC”. Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
su servidor el escritorio de Conectar les y multimediales. Definición de criterios comunes para nales y/o institucionales específicas
Igualdad de Educación Especial para Seguimiento y evaluación del Pro- la producción y socialización de con- para la aplicación en la enseñanza de
la atención de alumnos con grama Conectar Igualdad. tenidos digitales. estas políticas.
discapacidad. Asistencia técnica para el acceso a Articulación entre el Nivel y la Moda-
las nuevas tecnologías de los alum- lidad Educación Especial.
nos con discapacidad.
9. Propuestas de acompañamiento y Docentes y equipos territoriales de Financiamiento para el desarrollo de Diseño conjunto de las estrategias de Planificación e implementación de las
desarrollo profesional docente para el todas las jurisdicciones involucrados propuestas jurisdiccionales, regiona- intervención para el acompañamiento estrategias de intervención.
sostenimiento de las trayectorias en planes, programas o proyectos na- les y/o nacionales de desarrollo y el desarrollo profesional. Seguimiento y evaluación de los pla-
escolares. cionales vinculados al sostenimiento profesional. nes de trabajo de los asistentes técni-
de trayectorias escolares partici- Producción de materiales de apoyo. cos/equipos territoriales.
pando de propuestas de desarrollo Cumplimiento de lo establecido en la
profesional. Resolución de la Secretaria de Educa-
ción N° 912/12.
10. Fortalecimiento de los espacios Institucionalización de jornadas fede- Producción de materiales de orientación Definición de criterios para la organi- Convocatoria a las familias y genera-
de vinculación escuela –familias. rales de trabajo entre docentes y educativa destinados a familias y/o adultos zación de las jornadas federales. ción de las condiciones necesarias
familias. responsables de las trayectorias escola- Definición conjunta de la agenda de para el desarrollo de las jornadas
res de adolescentes y jóvenes. temas para las jornadas. federales.
140 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 141 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
NIVEL SECUNDARIO LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO III: 1. Articulación de acciones con dife- Al 2016, todas las jurisdicciones de- Promoción del trabajo intersectorial Gestión conjunta de: información, co- Promoción y sostenimiento de espa-
Fortalecer la gestión institucional rentes organismos nacionales, provin- sarrollan trabajos sistemáticos para en las jurisdicciones. municación, administración de recur- cios intersectoriales de participación
ampliando las estrategias educati- ciales o locales tendientes a sostener la integración de sus escuelas en las sos, producción de materiales y y trabajo.
vas para adolescentes y jóvenes es- y fortalecer la escolaridad de adoles- políticas públicas para adolescentes y dispositivos de trabajo.
colarizados y no escolarizados. centes y jóvenes, privilegiando a los jóvenes en el ámbito local, provincial,
sectores de mayor vulnerabilidad. nacional e internacional.
Creación y fortalecimiento de mesas
socioeducativas locales para estre-
char vínculos entre la escuela y la co-
munidad, que garanticen el desarrollo
de proyectos inclusivos para adoles-
centes y jóvenes.
Espacios de trabajo intersectorial para
la prevención del abandono escolar.
2. Fortalecimiento de espacios de par- Al 2016, todas las jurisdicciones de- Promoción del trabajo intersectorial Implementación del Parlamento Ju- Promoción y sostenimiento de espa-
ticipación de adolescentes y jóvenes, sarrollan estrategias que promueven en las jurisdicciones. venil del Mercosur. cios intersectoriales de participación
a partir de iniciativas que la participación de adolescentes y jó- Desarrollo de encuentros regionales y trabajo.
promuevan la construcción de ciuda- venes en Centros de Estudiantes, Vo- y/o provinciales de CAJ, inter CAJ,
danía y la convivencia (Centros de Es- luntariado escolar, Parlamentos CAJ-radios escolares. Gestión con-
tudiantes, Voluntariado escolar, Juveniles y Consejos de Convivencia. junta de: información, comunicación,
Parlamentos Juveniles y Consejos de Sostenimiento de CAJ en territorios administración de recursos, produc-
Convivencia). en condiciones de vulnerabilidad y ar- ción de materiales
ticulados efectivamente con escuelas y dispositivos de trabajo.
secundarias. Cumplimiento de lo establecido en la
Resolución del CFE N° 93/09.
3. Articulación entre ofertas de nivel Al 2016, las jurisdicciones desarrollan Articulación a través de convenios Generación de espacios de intercam- Articulación con los actores vincula-
secundario común y modalizado con propuestas de articulación encuadra- con diversos actores vinculados al bio de experiencias y el seguimiento dos al trabajo y la producción, en el
el mundo del trabajo. das en la Resolución N° 175/12 del trabajo y la producción. de las mismas. orden Local y/o jurisdiccional. Firma
CFE. Continuidad a los acuerdos intermi- de convenios.
nisteriales e intersectoriales relacio-
nados con la implementación de los
Planes y Programas que propician la
inclusión de los jóvenes y adultos.
142 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 143 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
MODALIDAD JÓVENES Y ADULTOS LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO I: 1. Sostenimiento de la estrategia na- Al 2016, los programas Alfabetización Financiamiento de movilidad a Capacitación a alfabetizadores. Articulación de propuestas alfabeti-
Garantizar la oportunidad de alfabe- cional de alfabetización, continuidad y terminalidad de la educación prima- alfabetizadores. Desarrollo de contenidos. Jornadas zación- educación básica con organi-
tización y finalización de estudios educativa y culminación de estudios ria, Encuentro y FinEs desarrollan al- Convenios con organizaciones nacio- de capacitación. zaciones sociales para la comunidad.
primarios y secundarios a jóvenes y primarios y secundarios. ternativas pedagógicas e nales y sociales. Capacitación a tutores y directivos Creación de propuestas de continui-
adultos. institucionales en los departamentos Provisión de materiales. escuelas sedes. dad educativa para los alfabetizados.
con mayor índice de analfabetismo en Acompañamiento político y Sistema de monitoreo y seguimiento. Nombramiento de tutores. Designa-
relación a la media del país, y en los pedagógico. Gestión conjunta de: información, co- ción de escuelas sedes.
departamentos con mayores porcen- Financiamiento a tutores-FinEs. Fi- municación, administración de recur- Elaboración de normativas.
tajes de población sin finalizar la es- nanciamiento a escuelas-sede. sos, producción de materiales y
cuela primaria y secundaria. Distribución de libros, materiales de dispositivos de trabajo.
Al 2016, efectivo cumplimiento de la estudios colecciones, equipamiento.
Resolución N°118 del CFE.
2. Implementación de ámbitos apro- Al 2016, cumplimiento efectivo de la Diseño de alternativas para la imple- Construcción de criterios federales Ampliar la cobertura educativa den-
piados para la EPJA en contextos de Ley N° 26695. mentación de la EPJA en contextos para la aplicación de la ley 26695. tro de las instituciones penitenciarias.
privación de libertad. de privación de la libertad. Acuerdo de mecanismos más ágiles
para la incorporación a los servicios
educativos en los casos de traslado.
OBJETIVO II: 1. Implementación de un curriculum Al 2016, todas las jurisdicciones im- Coordinación general. Acuerdos federales sobre una estruc- Implementación de un propuesta de
Consolidar los procesos de mejora modular que garantice movilidad y plementan los acuerdos establecidos Acompañamiento político pedagógico. tura curricular modulares basadas en la modalidad según Resolución
en la enseñanza y en los trayectorias continuas de jóvenes y en la Resolución N° 118/10 del CFE. Financiamiento. criterios de flexibilidad. N°118/10.
aprendizajes. adultos en el territorio federal. Desarrollo de jornadas y seminarios Capacitación docente. Elaboración de una normativa
para lograr acuerdos para una estruc- Definir procedimientos comunes para provincial.
tura federal modular. la implementación curricular.
2. Ampliar la vinculación entre educa- Proyecto de articulación aprobados Promover la articulación con diversos Dar continuidad a acuerdos interminis- Promover la articulación territorial
ción, trabajo, producción y contexto en todas las jurisdicciones. sectores vinculados al trabajo y la teriales e intersectoriales relacionados con diversos sectores vinculados al
local Elaboración de criterios para el reco- producción firma de convenios. con la i8mpelentacion de propuestas trabajo y la producción mediante la
nocimiento de certificaciones labora- Asistir a las provincias en la amplia- de inclusión para los jóvenes (Plan firma de convenios.
les y de formación profesional en las ción de oportunidades de participa- FINES, Programa Encuentro Programa
instituciones de la EPJA. ción en propuestas de mejora. jóvenes por más y mejor trabajo).
OBJETIVO III: 1. Garantizar una formación especí- Al 2016, todas las jurisdicciones im- Diseño y financiamiento de la pro- Gestión conjunta de: información, co- Desarrollo del Postítulo en los ISFD
Fortalecer la gestión institucional fica para los educadores de la EPJA. plementan el Postítulo “Especializa- puesta de formación. municación, administración de recur- con el acompañamiento de mesas de
para ampliar estrategias de atención ción docente de nivel superior en sos, producción de materiales y gestión.
a jóvenes y adultos. Educación Permanente de Jóvenes y dispositivos de trabajo.
Adultos”.
144 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 145 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
MODALIDAD EDUCACIÓN LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
TÉCNICO PROFESIONAL NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO I: 1. Puesta en acción de espacios de Consolidación y sostenimiento de la Convocatoria, coordinación y elabora- Elaboración de documentos que ex- Convocatoria, coordinación y elabora-
Significar el carácter estratégico de consenso y concertación, intersecto- dinámica de diálogo social expresada ción de documentación de base para presan regulaciones a ser propuestos ción de documentación de base para
la educación técnico profesional en rial y a través de: el desarrollo de instancias nacionales al CFE. Seguimiento de la implemen- el desarrollo de instancias
términos de desarrollo social y cre- federal, para proponer y llevar ade- a. Comisión Federal para la Educa- y federales. tación de acuerdos y evaluación de re- provinciales.
cimiento económico para favorecer lante las políticas y estrategias de de- ción Técnico Profesional. Formula- Planificación de los foros sectoriales sultados y avances. Cooperación técnica y financiera para
procesos de inclusión social, facili- sarrollo de la educación técnico ción y seguimiento de las para el desarrollo de las familias pro- el desarrollo de las acciones.
tar la incorporación de la juventud al profesional en el nivel secundario. estrategias federales. fesionales, identificación de figuras y
mundo del trabajo y responder a las b. Consejo Nacional de Educación, desarrollo de los marcos de referen-
exigencias y requerimientos deriva- Trabajo y Producción – CoNETyP. cia que resulten necesarios (actuali-
dos de la innovación tecnológica, el Desarrollo de la Mesa intra guber- zación y nuevos perfiles)
crecimiento económico y la diná- namental y los Foros sectoriales, Cooperación técnica y financiera para
mica de los sistemas productivos. en los planos nacional, regional y el desarrollo de las acciones.
provincial.
2. Elaboración de lineamientos y crite- Culminación del proceso de homolo- Evaluación de los diseños curriculares Seguimiento y evaluación de avances Elaboración de los diseños curricula-
rios claros de homologación de títulos gación a nivel nacional de los 22 títu- jurisdiccionales en función de los li- y resultados. res y seguimiento de su implementa-
técnicos de nivel secundario que faci- los técnicos de nivel secundario, neamientos institucionales y los mar- ción en la jurisdicción.
liten a cualquier estudiante o trabaja- incorporando a los marcos de referen- cos de referencia para la
dor la continuidad de sus estudios, cia ya aprobados por el CFE las condi- homologación aprobados por el CFE.
tanto de nivel superior como de for- ciones institucionales y el Convocatoria y coordinación de reu-
mación profesional, en cualquier re- equipamiento mínimo a cumplir como niones nacionales y regionales. Coo-
gión del país. parte del entorno formativo. peración técnica y financiera.
3. Planificación y toma de decisiones Planificación territorial y sectorial de Convocatoria y coordinación de reu- Elaboración de criterios federales Análisis territorial de necesidades,
con base en el Registro Federal de la oferta de educación secundaria niones nacionales y regionales. Coo- para la planificación territorial y definición de ampliación de alcance
Instituciones de Educación técnica. Áreas de vacancia. peración técnica y financiera. sectorial. y cobertura.
Técnico Profesional y el Catálogo Na- Uso compartido Nación - Jurisdiccio- Desarrollo y mantenimiento de las Acuerdos conjuntos sobre el desarro- Provisión de información a ser incor-
cional de Títulos y Certificados de nes de la base de datos del Registro bases informáticas para la operación llo, la implementación y la actualiza- porada a las bases de datos.
Educación Técnico Profesional Federal de Instituciones de ETP de ambos instrumentos. ción de las bases de datos.
(usuarios restringidos). Vinculación de las escuelas secunda-
Acceso abierto a múltiples consultas rias técnicas con la Red Federal de
y múltiples usuarios al Catálogo Na- Aulas Móviles y con la Red Federal de
cional de Títulos y Certificados de Institutos Superiores para la
ETP. Industria.
146 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 147 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
MODALIDAD EDUCACIÓN LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
TÉCNICO PROFESIONAL NACIÓN – PROVINCIAS
OBJETIVO II: 1. Desarrollo de estrategias y accio- En el marco de la Res. CFE N°175/12: Convocatoria y coordinación de reu- Efectividad política y técnica del Diseño, elaboración e implementación
Fortalecer la educación técnico pro- nes relativas a la mejora continua de a. Igualdad de oportunidades. 24 pla- niones nacionales y regionales. Coo- desarrollo de los distintos campos de los planes de mejora jurisdicciona-
fesional en términos de su calidad, la calidad de los entornos formativos nes jurisdiccionalespor año. peración técnica y financiera. programáticos. les en el marco de las políticas
relevancia y pertinencia con una vi- y las condiciones institucionales de b. Formación de formadores. Inicial y Coordinación de la implementación y Seguimiento y monitoreo de la imple- jurisdiccionales.
sión sistémica que vincule la educa- las escuelas secundarias técnicas. continua. 24 planes jurisdicciona- financiamiento de los programas mentación de los programas federa- Definición de prioridades, asistencia y
ción secundaria técnica con la les por año. federales. les y de los planes de mejora acompañamiento en la elaboración de
educación superior técnica y la for- c. Entornos formativos. Vinculación, Análisis y evaluación de los planes de jurisdiccionales e institucionales. los planes de mejora institucionales
mación profesional, y éstos con las prácticas y recursos. Est. 780 pla- mejora jurisdiccionales e instituciona- Evaluación de resultados.
diversas instituciones y programas nes institucionales por año. les a ser financiados.
de formación y capacitación para y d. Piso tecnológico. 24 planes juris- Administración del Fondo Nacional
en el trabajo, en el marco de los re- diccionales por año, alcance 700 para la Educación Técnico
querimientos del desarrollo cientí- escuelas técnicas por año. Profesional.
fico, técnico y tecnológico, de la e. Infraestructura edilicia: 190 refac-
producción y del trabajo. ciones integrales y 30 nuevos edifi-
cios en el período. Seguridad e
higiene: 24 planes jurisdiccionales
por año.
2. Actualizar los modelos institucio- Participación, en las distintas líneas Líneas de acción: Formación docente Seguimiento del cumplimiento de las Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
nales de las escuelas secundarias de acción, del total de escuelas se- continua en áreas tecnológicas. Res. CFE que pautan los lineamientos nales y/o institucionales específicas.
técnicas y sus estrategias de cundarias técnicas de gestión pública Prácticas Profesionalizantes.Estadías institucionales y curriculares de la Definición de prioridades en la partici-
intervención. estatal: 980 industriales y 350 de docentes y estudiantes en el CE- educación secundaria técnica. pación de las instituciones en las dis-
agropecuarias. NET y en las distintas jurisdicciones. Organización de espacios de inter- tintas líneas de acción, asistencia y
Desarrollo del sistema de segui- cambio de experiencias y seguimiento acompañamiento.
miento de trayectorias de estudiantes de avances.
y graduados de escuelas secundarias
técnicas.
Acompañamiento de trayectorias for-
mativas y certificación de saberes y
experiencias.
Olimpiadas y Concursos Nacionales
en Construcciones, Metalmecánica y
Materiales.
Producción y edición de materiales
multimediales: libros, videos, otros
3. Desarrollo de proyectos de educa- Estimado: 140 proyectos, por año, Cooperación técnica y financiera. Eva- Seguimiento y evaluación de los re-
ción – trabajo a través de incentivos presentados por instituciones estata- luación, adjudicación, seguimiento y sultados de los proyectos aprobados.
fiscales. les y privada, de las diferentes control de la asignación del Crédito
jurisdicciones educativas. Fiscal – Ley Nº 22.317.
148 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 149 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
POLÍTICA I: A. Planeamiento estratégico y planifi- 1. Elaboración de acuerdos técnico- Convocatoria y coordinación de reu- Gestión conjunta para la generación Producción de insumos a partir de las
Planeamiento y desarrollo del cación de la oferta del sistema políticos para el desarrollo meto- niones nacionales y regionales. Coo- de acuerdos técnico-políticos para el fuentes de datos disponibles
sistema nacional de formación formador. dológico del proceso de peración técnica y financiera. desarrollo metodológico. Generación de espacios de acuerdo y
docente, en el marco de la cons- planeamiento y la difusión de sus Producción de insumos a partir de las concertación intra e inter ministerial.
trucción Federal resultados. fuentes de datos disponibles. Toma de decisiones para la planifica-
2. Revisión de los sistemas de infor- Diagnóstico y propuesta general de ción territorial de la oferta y desarro-
OBJETIVO I: mación y circuitos administrativos rediseño de los sistemas de informa- llo de las funciones del sistema en
Fortalecer las instancias de go- en los niveles nacional, jurisdiccio- ción y circuitos administrativos. base a las necesidades
bierno del sistema formador y los nal e institucional. Generación de una propuesta meto- del sistema educativo para el que se
procesos de planeamiento estraté- 3. Planificación de la oferta y del de- dológica para el proceso de planea- forma.
gico en cada nivel de responsabili- sarrollo de las funciones del sis- miento que contemple las Desarrollo de los sistemas de infor-
dad del sistema, con el tema, articulando los subsistemas dimensiones técnica y política. mación y circuitos administrativos en
involucramiento de los actores de jurisdiccionales de gestión estatal los niveles jurisdiccional e institucio-
cada jurisdicción. y privada y las universidades. nal en el marco de los acuerdos técni-
copolíticos celebrados
B. Desarrollo normativo. 1. Actualización y desarrollo de Convocatoria y coordinación de reu- Identificación de las necesidades re- Revisión, actualización y desarrollo de
marcos regulatorios nacionales y niones nacionales y regionales. Coo- gulatorias del sistema. las regulaciones jurisdiccionales a
federales, conforme las priorida- peración técnica y financiera. Elaboración e implementación de partir de los marcos federales.
des fijadas en el Plan Nacional de Elaboración de las propuestas regula- acuerdos y dispositivos de trabajo Desarrollo de dispositivos para su pu-
Formación Docente. torias nacionales y federales: linea- conjunto para la revisión, actualiza- blicidad, difusión y adecuada aplica-
2. Elaboración e implementación de mientos y normas marco. ción y desarrollo de las regulaciones. ción por las instancias jurisdiccionales
acuerdos y dispositivos de trabajo Impulso de acuerdos paritarios nacio- Desarrollo del Registro Federal de e institucionales.
con las jurisdicciones para la revi- nales sobre carrera docente. Instituciones y Ofertas de Formación Desarrollo de instancias de elabora-
sión, actualización y desarrollo de Producción de regulaciones para la Docente como herramienta para la ción participada de normas.
sus respectivos marcos validez nacional de los títulos producción de insumos y validez na-
regulatorios. docentes. cional de títulos Optimización de los
3. Diseño de dispositivos para la me- procedimientos de información y
jora de la difusión, acceso y utiliza- carga de datos en Registro Federal de
ción de las normas del sistema. Instituciones y Ofertas de Formación
4. Elaboración de estándares norma- Docente y de los procedimientos de
tivos para la validez nacional de los validez nacional.
títulos docentes.
5. Consolidación del Registro Federal
de Instituciones y Ofertas de For-
mación Docente.
6. Elaboración de lineamientos fede-
rales para regular la carrera do-
cente en el nivel superior, en el
marco de acuerdos alcanzados.
150 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 151 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
POLÍTICA I: C. Fortalecimiento jurisdiccional. 1. Fortalecimiento de las direcciones Convocatoria y coordinación de reu- Seguimiento y monitoreo de los pla- Generación de las condiciones institu-
Planeamiento y desarrollo del de nivel superior para la consolida- niones nacionales y regionales. Coo- nes de fortalecimiento cionales adecuadas a la orientación
sistema nacional de formación ción de la identidad del nivel y el peración técnica y financiera. jurisdiccionales. política de las metas.
docente, en el marco de la cons- cumplimiento de las responsabili- Elaboración de documentos de apoyo. Articulación entre los niveles nacional Diseño e implementación de las ac-
trucción Federal dades básicas asignadas: gestión Coordinación de la implementación y y jurisdiccional y en cada nivel para el ciones específicas requeridas en los
del sistema formador; planea- financiamiento de los planes de forta- fortalecimiento de las responsabilida- planes de fortalecimiento jurisdiccio-
OBJETIVO: miento; desarrollo normativo; eva- lecimiento jurisdiccionales. des asignadas al sistema formador. nales para el cumplimiento de los
Fortalecer las instancias de go- luación; acompañamiento Acuerdos Federales.
bierno del sistema formador y los institucional; vinculación con el Fortalecimiento de los perfiles juris-
procesos de planeamiento estraté- sistema educativo jurisdiccional; diccionales en los equipos técnicos de
gico en cada nivel de responsabili- vinculación con las universidades y las Direcciones de Nivel.
dad del sistema, con el el entorno social y cultural.
involucramiento de los actores de 2. Apoyo al cumplimiento jurisdiccio-
cada jurisdicción. nal de los Acuerdos Federales.
D. Fortalecimiento institucional 1. Identificación de requerimientos Convocatoria y coordinación de reu- Seguimiento y monitoreo de los pro- Generación de condiciones para el
para el cumplimiento de las condi- niones nacionales y regionales. Coo- yectos de mejora institucionales; arti- funcionamiento de los órganos insti-
ciones institucionales exigidas en peración técnica y financiera. culándolos con los resultados de los tucionales, el acceso democrático a
el marco de los procesos de pla- Elaboración de documentos de apoyo. procesos de evaluación. los cargos de conducción y docentes y
neamiento y evaluación. Coordinación de la implementación y Generación de las condiciones institu- el fortalecimiento de la gestión
2. Desarrollo institucional de las fun- financiamiento de los proyectos de cionales adecuadas a la orientación institucional.
ciones asignadas mejora institucionales. política de las metas.
jurisdiccionalmente. Definición de prioridades y orientacio-
3. Fortalecimiento de la gestión de- nes para los proyectos de mejora
mocrática, la organización y el fun- institucionales.
cionamiento interno de las Monitoreo, seguimiento y sistematiza-
instituciones. ción de los proyectos y sus
4. Generación de redes de intercam- resultados.
bio entre instituciones formadoras,
con el sistema escolar y la
comunidad.
5. Articulación entre los procesos de
evaluación y mejora institucional
152 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 153 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
POLÍTICA II: A. Diseño federal del Sistema Nacio- 1. Definición de los criterios, meca- Convocatoria, coordinación y elabora- Gestión conjunta para la generación Desarrollo de las estrategias jurisdic-
Evaluación integral de la forma- nal de Evaluación de la Formación nismos y procedimientos para la ción de documentación de base para de acuerdos técnico-políticos para el cionales y/o institucionales
ción docente. Docente. evaluación integrada e integral a el desarrollo de instancias nacionales diseño del sistema específicas.
partir de los resultados de los pro- y federales.
OBJETIVO: cesos en marcha.
Consolidar un sistema permanente 2. Conformación de una Comisión Na-
de seguimiento y evaluación interna cional de Evaluación de la Forma-
y externa de las políticas del sis- ción Docente.
tema formador, sus instituciones,
carreras y actores. B. Instalación de mecanismos perma- 1. Implementación del Primer Dispo- Diseño y desarrollo del Primer Dispo- Gestión conjunta para el seguimiento Implementación jurisdiccional de la
nentes de evaluación participativa sitivo Nacional de Evaluación del sitivo Nacional de Evaluación del De- y monitoreo. estrategia nacional. Desarrollo de las
de los diseños curriculares y su Desarrollo Curricular. sarrollo Curricular. estrategias jurisdiccionales y/o insti-
implementación. 2. Elaboración federal de un disposi- tucionales específicas.
tivo de seguimiento y evaluación Generación de las condiciones institu-
permanente. cionales necesarias.
3. Construcción de un sistema de In-
formación sobre diseños curricula-
res y su implementación.
C. Diseño e implementación de la 1. Acuerdo federal sobre criterios de Definición de criterios que permitan Gestión conjunta para el seguimiento Desarrollo de las estrategias jurisdic-
evaluación integradora de los estu- evaluación de los aprendizajes. direccionar una política federal de y monitoreo. cionales y/o institucionales
diantes de 2°, 3° y 4° años de la for- 2. Elaboración federal de instrumen- evaluación para el sistema. específicas.
mación docente inicial. tos de evaluación. Elaboración y difusión de los Generación de las condiciones institu-
3. Implementación de la evaluación instrumentos. cionales necesarias.
en todos los ISFD de gestión esta-
tal y privada.
D. Diseño e implementación de proce- 1. Acuerdo federal sobre criterios de Definición de criterios que permitan Gestión conjunta para el seguimiento Desarrollo de las estrategias jurisdic-
sos de evaluación institucional. autoevaluación institucional y de direccionar una política federal para y monitoreo. cionales y/o institucionales
evaluación externa. el sistema. Elaboración de los específicas.
2. Elaboración federal de instrumen- instrumentos. Generación de las condiciones institu-
tos de evaluación cionales necesarias.
3. Implementación de la evaluación
en todos los ISFD de gestión esta-
tal y privada.
E. Diseño e implementación de proce- 1. Acuerdo federal sobre criterios de Definición de criterios que permitan Gestión conjunta para el seguimiento Desarrollo de las estrategias jurisdiccio-
sos de evaluación docente. evaluación. direccionar una política federal para y monitoreo. nales y/o institucionales específicas.
el sistema Elaboración de los Generación de las condiciones institu-
instrumentos. cionales necesarias.
154 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 155 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
POLÍTICA III: A. Elaboración de las propuestas cu- 1. Generación de acuerdos para la or- Convocatoria y coordinación de reu- Seguimiento de la implementación de Elaboración de los nuevos diseños cu-
Fortalecimiento del desarrollo rriculares jurisdiccionales para la ganización y estructura de los dise- niones nacionales y regionales y ela- acuerdos y evaluación de resultados y rriculares en el marco de los linea-
curricular formación docente de educación ños curriculares jurisdiccionales de boración de documentación de base avances. mientos definidos federalmente.
secundaria y superior. todas las carreras de formación para el desarrollo de instancias nacio-
OBJETIVO: docente. nales y federales.
Asegurar el derecho a una forma- 2. Formulación de los nuevos diseños Cooperación técnica y financiera.
ción de calidad a todos los estudian- curriculares.
tes, facilitando la articulación entre
las carreras, las instituciones
formadoras-tanto ISFD como uni- B. Actualización de los diseños curri- 1. Acompañamiento a las adecuacio- Convocatoria y coordinación de reu- Seguimiento de la implementación de Elaboración de las adecuaciones
versidades-y las escuelas culares de la formación docente de nes de los diseños curriculares ju- niones nacionales y regionales. Coo- acuerdos y evaluación de resultados y curriculares.
todos los niveles. risdiccionales a la luz de los peración técnica y financiera. avances.
resultados de la Evaluación de De-
sarrollo Curricular.
C. Desarrollo curricular para la for- 1. Elaboración de materiales curricu- Convocatoria y coordinación de reu- Generación de acuerdos técnicopolíti- Elaboración de los materiales
mación docente. lares para acompañar el proceso niones nacionales y regionales. cos para el desarrollo curricular. curriculares.
de implementación de los diseños. Cooperación técnica y financiera.
2. Desarrollo de instancias de inter-
cambio, asesoramiento y apoyo
para la implementación curricular.
D. Fortalecimiento del campo de las 1. Consolidación de los acuerdos y Convocatoria y coordinación de reu- Generación de acuerdos técnicopolíti- Desarrollo de las estrategias jurisdic-
prácticas profesionales docentes. dispositivos de trabajo con las es- niones nacionales y regionales. Coo- cos para el desarrollo de los dispositi- cionales e institucionales específicas.
cuelas e instituciones asociadas. peración técnica y financiera. vos de trabajo. Seguimiento de la
2. Apoyo a las prácticas y residencias implementación de acuerdos y eva-
pedagógicas. luación de resultados y avances.
E. Diseño e implementación de proce- 1. Acuerdo federal sobre criterios de Definición de criterios que permitan Gestión conjunta para el seguimiento Desarrollo de las estrategias jurisdiccio-
sos de evaluación docente. evaluación. direccionar una política federal para y monitoreo. nales y/o institucionales específicas.
el sistema Elaboración de los Generación de las condiciones institu-
instrumentos. cionales necesarias.
156 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 157 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
POLÍTICA IV: A. Fomento a la función de investiga- 1. Organización de convocatorias Convocatoria y coordinación de reu- Seguimiento de la implementación Desarrollo de las estrategias jurisdic-
Fortalecimiento de la formación ción en los ISFD. anuales de proyectos concursables niones nacionales y regionales. Coo- de los proyectos y evaluación de re- cionales y/o institucionales
continua y la investigación sobre áreas temáticas relevantes. peración técnica y financiera. sultados y avances. específicas.
2. Formación en investigación. Formación a equipos técnicos nacio-
OBJETIVO: nales y jurisdiccionales.
Generar entornos formativos institu-
cionales e interinstitucionales vincu- B. Producción de conocimiento en 1. Desarrollo deinvestigaciones Seguimiento de la implementación de Seguimiento de la implementación de Desarrollo de las estrategias jurisdic-
lados al desarrollo profesional de áreas de vacancia relacionadas con nacionales. los proyectos y evaluación de resulta- acuerdos y evaluación de resultados y cionales y/o institucionales
los docentes y a la investigación la formación docente. 2. Desarrollo de proyectos de investi- dos y avances. avances. específicas.
educativa, que consoliden las fun- gación en áreas relevantes con Generación de las condiciones institu-
ciones del sistema formador. profesores de los institutos supe- cionales necesarias.
riores de formación docente (ISFD).
3. Formación en escritura académica.
C. Articulación entre las acciones de 1. Formación continua sobre conteni- Capacitación a docentes y producción Cooperación para el desarrollo de Implementación jurisdiccional de la
investigación, desarrollo curricular, dos curriculares en entornos de materiales en diferentes entornos. programas conjuntos. estrategia nacional. Análisis territo-
formación continua y TIC. virtuales. Seguimiento de la implementación de rial de necesidades.
2. Producción de conocimientos so- los proyectos y evaluación de resulta-
bre la enseñanza. dos y avances.
3. Formación sobre el análisis de
prácticas pedagógicas.
D. Fortalecimiento del apoyo pedagó- 1. Sistematización de las estrategias Convocatoria y coordinación de reu- Seguimiento de la implementación Análisis territorial de necesidades en
gico a las escuelas. de la función de apoyo a las escue- niones nacionales y regionales. Coo- de los proyectos y evaluación de re- el marco del planeamiento jurisdiccio-
las, así como consolidación de la peración técnica y financiera. sultados y avances. nal. Definición de
gestión de dicha función. ampliación de alcance y cobertura.
2. Ampliación de la cobertura de las
funciones de apoyo a las escuelas.
3. Fortalecimiento de la relación de
los ISFD con los niveles del sis-
tema educativo para los cuales
forman, a través de ciclos de desa-
rrollo profesional, acompaña-
miento a docentes noveles
proyectos jurisdiccionales de desa-
rrollo profesional.
158 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 159 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
POLÍTICA IV: E. Oferta de formación continua para 1. Realización de ciclos de desarrollo Ciclos de desarrollo profesional. Seguimiento de la implementación de Revisión de los perfiles y adecuación
Fortalecimiento de la formación formadores. profesional para nuevos roles del Postgrados y stages en universidades los proyectos y evaluación de resulta- de las estrategias a la orientación po-
continua y la investigación sistema, equipos directivos y ac- públicas nacionales. dos y avances. lítica de las metas.
tualización disciplinar y Visitas e intercambios de estudiantes,
OBJETIVO: pedagógica. docentes y directivos entre institucio-
Generar entornos formativos institu- 2. Desarrollo de postgrados y stages nes formadoras nacionales y
cionales e interinstitucionales vincu- en universidades públicas extranjeras.
lados al desarrollo profesional de nacionales.
los docentes y a la investigación 3. Promoción de visitas e intercambios de
educativa, que consoliden las fun- estudiantes, docentes y directivos entre
ciones del sistema formador. instituciones nacionales y extranjeras.
F. Oferta de formación continua para 1. Diseño e implementación de tra- Diseño de trayectos formativos y pos- Seguimiento de la implementación de Implementación jurisdiccional de la
docentes del sistema educativo yectos formativos y postítulos do- títulos docentes. Cooperación técnica los proyectos y evaluación de resulta- estrategia nacional. Análisis territo-
obligatorio. centes relativos a orientaciones, y financiera. dos y avances. rial de necesidades.
modalidades y nuevos roles. Revisión de los perfiles y adecuación
2. Formación para los formadores de las estrategias a la orientación po-
que participan en el dictado de los lítica de las metas.
postítulos.
3. Asesoramiento a las provincias so-
bre la elaboración de propuestas
curriculares para postítulos en
áreas temáticas relevantes .
G. Acompañamiento a docentes en 1. Formación para los formadores Formación de formadores. Seguimiento de la implementación de Implementación jurisdiccional de la
sus primeros desempeños. acompañantes en los dispositivos Producción de materiales. los proyectos y evaluación de resulta- estrategia nacional. Análisis territo-
específicos. Investigaciones evaluativas. dos y avances. rial de necesidades.
2. Producción de materiales didácticos. Revisión de los perfiles y adecuación
3. Desarrollo de investigaciones de las estrategias a la orientación po-
evaluativas. lítica de las metas.
POLÍTICA V: A. Desarrollo de dispositivos institu- 1. Promoción de la opción por la do- Campañas promocionales. Seguimiento de la implementación de Fortalecimiento de los roles institu-
Fortalecimiento de las trayecto- cionales de acompañamiento a los cencia y la inclusión de jóvenes y Convocatoria y coordinación de reu- los proyectos y evaluación de resulta- cionales y las estrategias.
rias y la participación de los estudiantes para mejorar el in- adultos en carreras de formación niones nacionales y regionales. Coo- dos y avances. Desarrollo de estrategias jurisdiccio-
estudiantes greso, la permanencia y el egreso docente priorizadas de acuerdo peración técnica y financiera. nales para el cumplimiento gradual
de las carreras. con las necesidades del sistema Formación a equipos técnicos nacio- de las metas acordadas.
OBJETIVO: educativo y las políticas nales y jurisdiccionales.
Consolidar el sistema de estímulos nacionales.
al ingreso en la carrera docente. For- 2. Fortalecimiento de los roles insti-
talecer la participación estudiantil en tucionales y las estrategias para la
los órganos colegiados de las recepción y acompañamiento a los
Instituciones y su representación en estudiantes.
las instancias jurisdiccionales. Favo-
recer la construcción del rol social,
político y cultural del futuro docente.
160 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 161 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
POLÍTICA V: B. Fortalecer la construcción del rol 1. Desarrollo de proyectos en temáti- Desarrollo de programas nacionales. Cooperación para el desarrollo de Desarrollo de programas y proyectos
Fortalecimiento de las trayecto- social, político y cultural del futuro cas que promuevan la construc- Elaboración de documentos de apoyo. programas conjuntos. jurisdiccionales.
rias y la participación de los docente. ción del sentido ético, político y Encuentros de intercambio. Seguimiento de la implementación de
estudiantes transformador del docente, su per- los proyectos y evaluación de resulta-
tenencia institucional y autonomía. dos y avances.
OBJETIVO: 2. Estímulo a iniciativas de inclusión
Consolidar el sistema de estímulos en programas jurisdiccionales y
al ingreso en la carrera docente. For- nacionales de valor formativo.
talecer la participación estudiantil en
los órganos colegiados de las C. Favorecer la gestión democrática 1. Participación e involucramiento de Elaboración de documentos de apoyo. Seguimiento de la implementación de Desarrollo de programas y proyectos
Instituciones y su representación en del sistema de formación docente. los estudiantes, en la gestión de- Encuentros de intercambio. los proyectos y evaluación de resulta- jurisdiccionales.
las instancias jurisdiccionales. Favo- mocrática de las instituciones, en dos y avances. Generación de condiciones institucio-
recer la construcción del rol social, el mejoramiento académico y en nales para la participación estudiantil
político y cultural del futuro docente. experiencias socio comunitarias en y el funcionamiento de los órganos
contextos situados. colegiados.
2. Garantizar la representación estu- Desarrollo efectivo de los centros de
diantil en los órganos colegiados estudiantes.
institucionales y jurisdiccionales.
3. Generación de ámbitos de trabajo
intra e interinstitucional.
POLÍTICA VI: A. Desarrollo de accionesformativas 1. Diseño e implementación de semi- Seminarios virtuales para profesores Gestión conjunta para la generación Desarrollo de programas y proyectos
Consolidar la formación pedagó- sobre laenseñanza de las discipli- narios virtuales para profesores de de profesorados de educación de acuerdos técnico-políticos para el jurisdiccionales.
gica con recursos digitales nas, mediadas por TIC. profesorados de educación secun- secundaria. desarrollo de las diversas acciones Generación de las condiciones institu-
daria en Matemática, Lengua y Li- Cursos de aplicación de herramientas formativas. cionales necesarias.
OBJETIVO: teratura, Química, Biología, TIC. Seguimiento de la implementación de
Formar a los formadores y los futu- Geografía, Historia, Lenguas Ex- Seminarios virtuales destinados a do- los proyectos y evaluación de resulta-
ros docentes en la inclusión de recur- tranjeras, Música, Plástica y Artes centes noveles de nivel secundario. dos y avances.
sos tecnológicos en sus prácticas Visuales.
pedagógicas, ofreciéndoles un 2. Diseño e implementación de cur-
Espacio virtual como soporte de sus sos de aplicación de herramientas
acciones y potenciar esta formación TIC para la enseñanza de ciertas
integrándolos en una red virtual de disciplinas.
formación docente. 3. Desarrollo de seminarios virtuales
sobre la enseñanza mediada por
TIC destinados a docentes noveles
de nivel secundario.
162 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 163 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS RESPONSABILIDAD NACIONAL RESPONSABILIDAD COMPARTIDA: RESPONSABILIDAD PROVINCIAL
NACIÓN – PROVINCIAS
POLÍTICA VI: B. Fortalecimiento de los nodos vir- 1. Profundización de la formación de Formación de facilitadores TIC. Gestión conjunta para la generación Selección de facilitadores TIC.
Consolidar la formación pedagó- tuales institucionales. los facilitadores TIC. Elaboración de documentos de apoyo. de acuerdos técnico-políticos para la Seguimiento y evaluación de lospla-
gica con recursos digitales 2. Institucionalización del rol de faci- Cooperación técnica y financiera. institucionalización del rol. nes de trabajo.
litador TIC.
OBJETIVO: 3. Apoyo al desarrollo y la actualiza-
Formar a los formadores y los futu- ción de los sitios web instituciona-
ros docentes en la inclusión de recur- les y a la utilización pedagógica de
sos tecnológicos en sus prácticas los campus virtuales.
pedagógicas, ofreciéndoles un 4. Ampliación de la Red a través de la
Espacio virtual como soporte de sus integración de todos los ISFD.
acciones y potenciar esta formación 5. Diseño e implementación de un sis-
integrándolos en una red virtual de tema de gestión institucional.
formación docente.
C. Fortalecimiento de la comunica- 1. Desarrollo de la Red Social de los Red Social de los Docentes Gestión conjunta para la generación Desarrollo de programas y proyectos
ción entre los docentes y entre los Docentes Argentinos. Argentinos. de acuerdos técnico-políticos para el jurisdiccionales.
institutos. 2. Mejora y ampliación de servicios Red de ISFD. desarrollo de las estrategias de co- Generación de las condiciones institu-
del portal de la Red de ISFD. municación e intercambio. cionales necesarias.
3. Habilitación y mantenimiento de
canales de comunicación
alternativos.
164 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 165 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS
OBJETIVO I: 1. Ampliación del ciclo lectivo a 190 - Cumplimiento efectivo de un calen- 3. Estrategias de trabajo intersecto- -Implementación efectiva de propues-
Ampliar el tiempo de la días de clase en todos los niveles de dario escolar de, al menos, 190 días rial en todos los niveles y tas de trabajo intersectorial.
escolarización. la educación obligatoria de acuerdo de clase en todas las jurisdicciones. modalidades
con lo establecido por la Resolución de la educación obligatoria.
N°165/11 del CFE.
OBJETIVO II: 1. Sostenimiento de estrategias polí- - Desarrollo de espacios regionales de 5. Ampliación y consolidación del - 600 nuevas obras.
Fortalecer el gobierno y el desarrollo tico-institucionales que viabilicen planeamiento y construcción política proceso de inversión en obra pú- - Construcción de 700 jardines mater-
de los sistemas jurisdiccionales. los Acuerdos Federales desde el que contribuyan al cumplimiento de blica educativa: nales de al menos tres salas.
año 2003. las regulaciones vigentes desde - Construcción de nuevas escuelas. - 3000 salas de 4 años.
2003. - Construcción en convenio con los - 4446 obras.
municipios de jardines maternales - Playones deportivos construidos.
de 45 días a 3 años de edad. - 3750 aulas de secundarias
- Ampliación de salas de nivel incorporadas.
2. Fortalecimiento de los equipos te- - Equipos técnicos territoriales asisti- inicial. - 30 nuevas Escuelas Técnicas
rrtoriales de todos los niveles y dos en el desarrollo de sus planes de - Construcción de aulas y salones - 200 obras
modalidades en el desarrollo de acompañamiento a las escuelas en la de usos múltiples en el 40% de las - 36 ISFD a construir y 200 ISFD a re-
sus planes de acompañamiento a gestión y administración de los recur- escuelas primarias con jornada faccionar entre 2013 y 2016.
las escuelas, de acuerdo con lo es- sos nacionales. extendida.
tablecido en la Resolución - Construcción de playones depor-
N°912/12 de la Secretaría de tivos para escuelas secundarias en
Educación. convenio con municipios.
- Fortalecimiento de la escuela
secundaria.
- Construcción de nuevos edificios
para Escuelas Técnicas.
- Ampliación de Escuelas Técnicas.
- Construcción y refacción de Institu-
tos de Formación Docente.
166 RESOLUCIÓN CFE NRO.188/12 167 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS
OBJETIVO II: 6. Diseño e implementación del sis- - Implementación del Sistema Inte- 9. Actualización de los sistemas in- - Integración con otras áreas del ME y
Fortalecer el gobierno y el tema de información digital educa- gral de Información Digital Educativa formáticos de soporte para los re- con los ministerios jurisdiccionales
desarrollo de los sistemas tiva, nominal por alumno, con (SInIDE). levamientos de información para mejorar la implementación de
jurisdiccionales. (cont.) carga Web en las escuelas. - Información estadística actualizada estadística. las políticas educativas.
para el seguimiento de las -Condiciones tecnológicas para con-
trayectorias solidar el Sistema Integral de Infor-
escolares y la movilidad de los estu- mación Digital Educativa-, Resolución
diantes en todos los niveles y Ministerial 1041/12.
modalidades.
7. Relevamiento Anual sobre la for- - El Sistema Integral de Información 10.Monitoreo del cumplimiento de las -Información sistematizada y rele-
mación docente en los diferentes Digital Educativa (SInIDE) incluye in- metas establecidas en los conve- vante sobre el cumplimiento efectivo
nivelespara la planificación de sus formación pertinente para la toma de nios bilaterales 2012-2016. de las
políticas central y decisiones sobre la formación metas 2012-2016.
jurisdiccionalmente. docente.
FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS FORMACIÓN DOCENTE LÍNEA DE ACCIÓN LOGROS ESPERADOS
OBJETIVO III: 1. Sostenimiento de un sistema na- Al 2016, el sistema nacional integrado OBJETIVO IV: 1. Institucionalización de espacios y -Articulación efectiva de las políticas
Fortalecer y profundizar las cional integrado de evaluación del de evaluación, describe y analiza los Profundizar las estrategias políticas de articulación entre el de incorporación de las TIC con las
políticas de evaluación. sistema educativo argentino. problemas asociados a la enseñanza de institucionalización de las Programa Conectar Igualdad y Pri- políticas y procesos de transforma-
y los aprendizajes. políticas de inclusión digital. maria Digital con los niveles políti- ción educativa planteadas para los ni-
Para ello: cos de gestión, las direcciones de veles y modalidades.
-Define indicadores para la evaluación niveles y modalidades, a nivel na-
y seguimiento de las políticas cional y jurisdiccional.
educativas.
-Desarrolla e integra la información
obtenida a través de los ONE, TERCE,
PISA, entre otros, a las decisiones po-
líticas de los niveles primario y 2. Formación de equipos directivos y -Renovación de los procesos de ense-
secundario. docentes para la inclusión de las ñanza por la incorporación de las TIC
-Releva información válida y confiable TIC: Especialización Superior Do- en el desarrollo curricular y en las
sobre qué y cuánto aprenden los cente en Educación y TIC. disciplinas.
alumnos, y los factores de contexto -Renovación de los procesos de ges-
asociados en los diferentes niveles. tión institucional de la información a
-Implementa estrategias nacionales partir de la inclusión de las TIC.
de evaluación de instituciones
educativas
de nivel primario y secundario.
-Implementa metodologías e instru- 3. Vinculación de las instituciones es- - Integración del uso de las TIC en las
mentos en la evaluación del sistema colares con las familias, con las familias y en organizaciones sociales
educativo. organizaciones no gubernamenta- y no gubernamentales a partir de la
- Define indicadores que reflejan la si- les y sociales mediante el uso de intervención pedagógica de las
tuación y dinamismo del sistema las TIC. instituciones escolares.
educativo argentino y permiten la
comparabilidad a nivel nacional, re-
gional e internacional.
Al 2016, aplica el Índice de mejora de
la educación secundaria en los
departamentos y en las escuelas en
condiciones de vulnerabilidad, y 4. Seguimiento y evaluación del im- -Un sistema de información integrado
contribuye con su aplicación al cum- pacto de la incorporación de las de análisis cualitativo de los procesos
plimiento de las metas de los conve- TIC en la enseñanza y los aprendi- de enseñanza y aprendizajes a partir
nios bilaterales. zajes en los niveles primario y del uso efectivo y sostenido de las
secundario. TIC.
170 171 PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA
Y FORMACIÓN DOCENTE
2. Formación Continua.
2.1. Construcción de una política Acuerdo Federal de Formación Conti-
integral de Formación Continua nua a 2013.
que atienda las prioridades de los
niveles y modalidades del Sistema
Educativo Nacional.
Que en su artículo 69 la Ley N° 26.206 establece que el MINISTERIO DE EDUCA- responsabilidad concurrente así como la continuidad en la asistencia técnica y
CIÓN, en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, definirá los crite- financiera del Estado Nacional constituyen una oportunidad histórica para pre-
rios básicos de la carrera docente, donde la formación continua será una de las sentar un Programa de Formación Permanente que involucre al universo total de
dimensiones básicas para el ascenso en la carrera profesional y que a los efec- los docentes del país, con características únicas y estrategias combinadas.
tos de la elaboración de dichos criterios, se instrumentarán los mecanismos de
consulta que permitan la participación de los/as representantes de las organiza- Que este Programa de Formación Permanente resulta un enlace entre la jerar-
ciones gremiales y entidades profesionales docentes y de otros organismos quización de la Formación Docente y la calidad de los aprendizajes, articulando
competentes del Poder Ejecutivo Nacional. procesos de formación con mecanismos de evaluación y fortalecimiento de la
unidad escuela; como ámbito privilegiado de desempeño laboral y a la vez espa-
Que el artículo 67 de la LEN reconoce el derecho de todos los docentes del sis- cio de participación, intercambio y pertenencia.
tema educativo a la capacitación y actualización integral, gratuita y en servicio, a
lo largo de toda su carrera, así como a la activa participación en la elaboración e Que la formación continua, en servicio, universal y gratuita es una legítima
implementación del proyecto institucional de la escuela. demanda del colectivo docente, un derecho establecido en la Ley de Educación
Nacional y una aspiración compartida por las autoridades educativas de nuestro
Que dicho artículo establece entre las obligaciones de todos los docentes el país y la sociedad toda.
cumplir con los lineamientos de la política educativa de la Nación y de la respec- Que la presente medida se adopta con el voto afirmativo de todos los miembros
tiva jurisdicción, capacitarse y actualizarse en forma permanente. de esta Asamblea Federal a excepción de las provincias de Corrientes y Neuquén
por ausencia de sus representantes.
Que la Resolución CFE Nº 188/12 que aprobó el “Plan Nacional de Educación
Obligatoria y Formación Docente” ha establecido los horizontes de la educación Por ello,
como derecho, el reconocimiento de las diferencias, la inclusión educativa como LA 52º ASAMBLEA DEL CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN
prioridad política, la protección a la primera infancia y el aprendizaje como cons- RESUELVE:
trucción de ciudadanos y ciudadanas de una Nación integrada, hacia dentro y ARTÍCULO 1º.- Aprobar el PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN PERMA-
hacia afuera de la región. NENTE que como Anexo forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Encomendar al MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN el
Que para alcanzar las metas propuestas por el Plan Nacional de Educación Obli- tratamiento de la presente medida en el marco del artículo 10º de la Ley Nº
gatoria y Formación Docente se torna sustantivo construir federalmente una 26.075.
propuesta de Formación Permanente que cumpla con lo prescripto en la Ley y ARTÍCULO 3º.- Establecer que las autoridades jurisdiccionales producirán gra-
sea garante de una Formación Docente de calidad, a tono con los desafíos de la dualmente las acciones y regulaciones que posibiliten, a partir del año 2013,
Política Educativa Nacional y con los propósitos de corto y mediano plazo que el asegurar el cumplimiento de lo previsto en el Programa aprobado, según las
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL y las máximas autoridades educativas condiciones y características establecidas en el presente Anexo.
jurisdiccionales han acordado. ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese a los integrantes del CONSEJO FEDE-
RAL DE
Que para ello, la Secretaría de Educación de la Nación ha establecido un meca- EDUCACIÓN y cumplido, archívese.
nismo de consulta y consenso con los actores educativos de las jurisdicciones,
las Mesas y Consejos Consultivos y con los representantes de los cinco gremios Firman:
docentes con representación nacional. Prof. Alberto Sileoni – Ministro de Educación
Dr. Daniel Belinche – Secretario General del CFE
Que los avances en la consolidación del Sistema Educativo Nacional, la creciente Resolución CFE Nº 201/13
176 177
1- INTRODUCCIÓN
El Programa Nacional de Formación Permanente se inscribe en un proceso his-
tórico que reconoce las transformaciones educativas alcanzadas como parte de
la construcción de un proyecto educativo nacional que ha asumido la ampliación
de derechos como núcleo rector de las políticas públicas, a partir de la recupe-
ración de la centralidad del Estado.
En este marco, la LEN recoge y jerarquiza esta reivindicación histórica del colec-
tivo docente y sus representantes sindicales. En su artículo 69 la Ley N° 26.206
establece que el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de
Educación, definirá los criterios básicos de la carrera docente, donde la forma-
ción continua será una de las dimensiones básicas para el ascenso en la carrera
profesional y que a los efectos de la elaboración de dichos criterios, se instru-
mentarán los mecanismos de consulta que permitan la participación de los/as
representantes de las organizaciones gremiales y entidades profesionales
docentes y de otros organismos competentes del Poder Ejecutivo Nacional. De
igual modo en su artículo 74 garantiza “…el derecho a la formación continua a
todos/as los/as docentes del país, en todos los niveles y modalidades, así como
la gratuidad de la oferta estatal de capacitación”.
178 RESOLUCIÓN CFE NRO.201/13 179 PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN PERMANENTE
A su vez, el Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente 2012 tivas como sujetos y ámbitos en donde se construye saber pedagógico para pro-
– 2016 (Resolución CFE 188/12), en acuerdo con las 24 jurisdicciones del país y ducir procesos de mejoramiento de la enseñanza y de los aprendizajes constituye
partiendo de los logros alcanzados, estructura metas y líneas de acción para el posicionamiento vertebrador del Programa.
profundizar las conquistas del presente y avanzar sobre los desafíos aún pen-
dientes, comprometiendo un quinquenio de trabajo político institucional de A su vez, asume a la evaluación como parte de un proceso de formación y una
carácter federal, en pos de consolidar un sistema educativo más justo, con pleno tarea de gran valor político. Por lo tanto la evaluación institucional participativa
ejercicio del derecho a una educación de calidad y para todos. prevista en el Programa, reconoce la condición del trabajo docente como una
práctica pedagógica situada y contextualizada, que integra acciones individuales
Consecuentemente, este núcleo político concertado se constituye en el funda- y colectivas en el marco de una institución pública de carácter educativo, y que
mento de la iniciativa política del Ministerio de Educación de la Nación, de poner supone la participación de toda su comunidad.
en marcha un Programa Nacional de Formación Permanente, en el que se expli-
cita el compromiso del Estado y el valor ineludible de la tarea docente en la En síntesis, el Programa Nacional de Formación Permanente se constituye en
construcción del Sistema Educativo Nacional con identidad federal y perspectiva una estrategia fundamental para el fortalecimiento de la formación ética, polí-
latinoamericana. tica y pedagógica del colectivo docente, desde una concepción de justicia, igual-
dad y ciudadanía democrática.
2- MARCO CONCEPTUAL DEL PROGRAMA
La consolidación del Sistema Educativo Nacional, la creciente responsabilidad 3- OBJETIVOS DEL PROGRAMA
concurrente de las jurisdicciones en las políticas concertadas así como la conti- El Programa reconoce:
nuidad en la asistencia técnica y financiera del Estado Nacional constituyen una Al docente como un agente del Estado responsable de las políticas
oportunidad histórica para desarrollar un Programa Nacional de Formación educativas en una organización pública.
Permanente 2013 -2016 que involucre al universo total de los docentes del país, La tarea de enseñar como un trabajo intelectual y profesional que
con características únicas y estrategias combinadas. implica la formación en la práctica y la producción de saber pedagógico
tanto en lo individual como en lo colectivo.
Este Programa de Formación Permanente enlaza la jerarquización de la Forma- A la escuela como unidad y ámbito formativo capaz de construir mejo-
ción Docente y la calidad de los aprendizajes, articulando procesos de formación res condiciones y prácticas institucionales y pedagógicas que garanti-
con mecanismos de valuación y fortalecimiento de la unidad escuela; como cen el derecho a buenas trayectorias escolares.
ámbito privilegiado de desempeño laboral y a la vez espacio de participación, A la formación como constitutiva del trabajo docente, en tanto derecho
intercambio y pertenencia. y obligación laboral.
A la evaluación institucional como parte del proceso de la formación
El Programa valora, además, la integralidad del sistema formador y la necesidad permanente de los docentes.
de fortalecer la formación inicial, instancia clave de la formación profesional y, La integralidad del sistema educativo nacional y la necesidad de pro-
por ello, de establecer ignificativas relaciones con ésta. Sin embargo, la forma- mover la construcción de los consensos necesarios sobre sus priorida-
ción de los docentes se desarrolla a lo largo de toda la vida profesional, recono- des con los gobiernos educativos de las jurisdicciones y el
ciendo momentos en su trayectoria que requieren de estrategias específicas trabajo asociativo con otras organizaciones.
para brindar saberes actualizados y desarrollar entornos formativos
que promuevan el compromiso y la responsabilidad social con la mejora, la Por lo expuesto, se proponen estos objetivos:
expansión y la calidad de la educación. Instalar una cultura de la formación permanente basada en la evalua-
ción participativa como instancia formativa y necesaria para la produc-
En consonancia, el reconocimiento de los docentes y de las instituciones educa- ción de estrategias de mejora en las instituciones educativas.
180 RESOLUCIÓN CFE NRO.201/13 181 PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN PERMANENTE
cobertura a todas las necesidades planteadas en dicha Resolución, según los tando el marco de los mencionados acuerdos según los formatos de la Resolu-
formatos de la Resolución CFE 30/07 y de acuerdo con las prioridades naciona- ción CFE 30/07 y de acuerdo con las prioridades nacionales y jurisdiccionales.
les y jurisdiccionales.
Las acciones de formación permanente de los docentes tendrán como principal
Las acciones de formación permanente de los docentes tendrán como principal objetivo la mejora de los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños,
objetivo la mejora de los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por las instituciones educativas. Para ello,
niñas, jóvenes y adultos que transitan por las instituciones educativas. Para ello, esta formación deberá dialogar con las prácticas docentes e interpelarlas, es
esta formación deberá dialogar con las prácticas docentes e interpelarlas, es decir, deberá superar los modelos tradicionales de la transmisión en manos de
decir, deberá superar los modelos tradicionales de la transmisión en manos de expertos y de los cursos aislados para pasar a formatos capaces de movilizar
expertos y de los cursos aislados para pasar a formatos capaces de movilizar prácticas en un ámbito donde se conjuguen los aportes de la investigación edu-
prácticas en un ámbito donde se conjuguen los aportes de la investigación edu- cativa, el conocimiento práctico, el análisis, la reflexión y la reformulación y
cativa, el conocimiento práctico, el análisis, la reflexión y la reformulación y puesta a prueba constante de dichas prácticas.
puesta a prueba constante de dichas prácticas.
Entre las condiciones de este componente que propone acciones para destinata-
Entre las condiciones de este componente que propone acciones para destinata- rios específicos se encuentran el trabajo en red de profesores e instituciones;
rios específicos se encuentran el trabajo en red de profesores e instituciones; acciones formativas sostenidas en el tiempo; participación de colegas de la misma
acciones formativas sostenidas en el tiempo; participación de colegas de la institución educativa, año o disciplina; focalizado tanto en los temas de ense-
misma institución educativa, año o disciplina; focalizado tanto en los temas de ñanza como en el modo de enseñar y la integración de estrategias que impliquen
enseñanza como en el modo de enseñar y la integración de estrategias que el trabajo colectivo de diseño e implementación de propuestas pedagógicas.
impliquen el trabajo colectivo de diseño e implementación de propuestas
pedagógicas. Estas acciones podrán incluir distintos dispositivos de formación, en función de
los objetivos perseguidos, tales como ciclos, tramos, Postítulos, Seminarios,
Estas acciones podrán incluir distintos dispositivos de formación, en función de entre otros.
los objetivos perseguidos, tales como ciclos, tramos, Postítulos, Seminarios, a-Responsables:
entre otros. Las acciones podrán estar a cargo de los siguientes actores responsables de la
gestión:
a-Responsables: i. el MEN
Las acciones podrán estar a cargo de los siguientes actores responsables de la ii. los Ministerios jurisdiccionales
gestión: iii. los Sindicatos Docentes, las Universidades Nacionales, los Institutos Superio-
i. el MEN res, los Organismos Científicos, Ministerios
ii. los Ministerios jurisdiccionales iv. Gestión mixta entre los ámbitos citados anteriormente.
iii. los Sindicatos Docentes, las Universidades Nacionales, los Institutos En el cuadro, desarrollado más adelante, se consignan grandes núcleos temáti-
Superiores, los Organismos Científicos, Ministerios cos acordados federalmente como prioritarios no siendo un listado exhaustivo ni
iv. Gestión mixta entre los ámbitos citados anteriormente. acabado. En ese sentido, las acciones provinciales, en desarrollo o planificadas,
podrán enriquecer la oferta de formación permanente de sus docentes respe-
tando el marco de los mencionados acuerdos.
En el cuadro, desarrollado más adelante, se consignan grandes núcleos temáti-
cos acordados federalmente como prioritarios no siendo un listado exhaustivo ni
El proyecto educativo nacional con foco en el PNEOyFD.
acabado. En ese sentido, las acciones provinciales, en desarrollo o planificadas,
El docente como agente del Estado y sus responsabilidades en la
podrán enriquecer la oferta de formación permanente de sus docentes respe-
184 RESOLUCIÓN CFE NRO.201/13 185 PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN PERMANENTE
COMPONENTE II
INICIAL Alfabetización inicial. Docentes de salas de 4 y 5 años. SECUNDARIA Enseñanza de lengua y Docentes y directivos.
El cuerpo y el juego en el Docentes y directivos. literatura.
nivel inicial. Enseñanza de las ciencias sociales: Docentes y directivos.
Indagación del ambiente Docentes y directivos. Historia, Geografía y otras.
natural, social y tecnológico. Enseñanza de las matemáticas. Docentes y directivos.
Enseñanza de las ciencias y Docentes y directivos. Enseñanza del arte. Docentes y directivos.
la matemática. Enseñanza de la Educación Docentes y directivos.
Enseñanza de los lenguajes Docentes de sección y especiales Física y el deporte.
artísticos. (Música, plástica, expresión Enseñanza de ciencias naturales: Docentes y directivos.
corporal, teatro). Física, Química, Biología, etc.
Articulación con el nivel Docentes y directivos. Fortalecimiento de la Docentes y directivos.
primario. formación orientada.
Cuidado y atención de la Docentes y directivos. Nueva Ciudadanía: Educación Docentes y directivos.
primera infancia. y Derechos Humanos.
Inclusión de la población Docentes y directivos. Acompañamiento y Preceptores.
infantil con discapacidad. sostenimiento de las
Plan de Formación para Equipos técnicos y directivos. trayectorias escolares.
Directores y Supervisores. Enseñanza de la disciplina Docentes y directivos.
mediada por TIC.
PRIMARIA Alfabetización inicial. Docentes y directivos. Titulación pedagógica para Agentes en ejercicio
Lectura y escritura. Docentes y directivos. agentes en ejercicio. sin título docente.
Enseñanza de las Ciencias Docentes y directivos. Formación para Directores Equipos técnicos y directivos.
Sociales. y Supervisores.
Enseñanza de las Ciencias Docentes y directivos.
Naturales y Matemática. SUPERIOR Enseñanza de la lectura y Docentes.
Utilización de las TIC en la Docentes y directivos. escritura.
enseñanza y aprendizaje. Enseñanza de las ciencias Docentes.
Incorporación de lenguas Docentes de lenguas extranjeras. naturales, matemática y
extranjeras. ciencias sociales.
Educación Física. Docentes de Educación Física. Enseñanza de las disciplinas Docentes y equipos directivos.
Educación Artística. Docentes de Educación Artística. mediada por TIC.
Estrategias para poblaciones Docentes EIB. Educación y DDHH. Equipos directivos y docentes.
que utilizan el español como Formación para supervisores Equipos técnicos, supervisores y Equi-
segunda lengua. pos Directivos. y directivos.
Nueva Ciudadanía: Docentes y directivos. La Investigación Educativa. Supervisores, equipos directivos
Educación y Derechos y docentes.
Humanos. Democratización del nivel y Supervisores, equipos directivos,
Plan de Formación para Equipos técnicos y directivos. participación estudiantil. docentes y estudiantes.
Directores y Supervisores.
188
Plan Nacional de
Educación Obligatoria
y Formación Docente
(Res CFE 188/12)
Programa Nacional de
Formación Permanente
(Res CFE 201/13)