Análisis Ley Fintech
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ANÁLISIS A LA
GRUPO FARÍAS. ABOGADOS
LEY FINTECH
Ley de
Ley Institucion
FPIORPI es de
crédito
Ley de
Ley de
Legislación que Legislación
lase
que
Mercado
modifica de
se modifica CNVB Valores
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La Ley está conformada por 145 artículos divididos en siete títulos
I. Disposiciones preliminares
II. De las ITF (Instituciones de Tecnología Financiera) y sus operaciones
- De las instituciones de financiamiento colectivo
- De las instituciones de Fondos de Pago Electrónico
- De las operaciones con activos virtuales
III. Disposiciones Generales
IV. De las Autorizaciones temporales y de Operación con Activos virtuales
V. Grupo de Innovación Financiera
VI. Sanciones y Delitos
VII. De las Notificaciones
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Disposiciones preliminares
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Disposiciones preliminares
Definiciones:
- Autoridad financiera: Cualquiera de las comisiones supervisoras, al BM o a la Secretaria.
-Cliente: persona moral o física que contrata o realiza alguna operación con una ITF
-Comisiones supervisoras: CNBV, CONSAR, CNSF y CONDUSEF
- Comité interinstitucional: Instancia colegiada por servidores públicos de la Secretaria, del Banco de
México y de la CNBV.
- Directivo relevante: Director general de la ITF
- ITF: Instituciones de Tecnología Financiera reguladas por esta ley (Instituciones de financiamiento
colectivo e instituciones de fondos de pago electrónico.
- Personas relacionadas: personas físicas o morales que mantengan la propiedad del 1% o mas del
capital de una ITF; El administrador único o miembros del consejo; Los cónyuges o personas que
tengan parentesco hasta segundo grado; personas morales sobre las que la ITF mantenga la
propiedad de cuando menos el 10% del capital, etc.
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Si el escrito no cumple con los
Tiene 90 días para resolver los
Autoridad trámites
requisitos, la autoridad prevendrá por
escrito y por una sola vez para que el
Si no resuelve dentro del
financiera término se entiende en
sentido negativo
interesado subsane
Dentro de los 10 días hábiles
siguientes
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• Competencia de las autoridades financieras: podrán emitir disposiciones
de carácter general para simplificar procedimientos y establecer formas de
cumplimiento sencillas.
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Operaciones de las ITF
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Operaciones de las ITF
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Operaciones que podrán efectuarse a través de las ITF
Instituciones de financiamiento colectivo Instituciones de fondos de pago electrónico
Financiamiento colectivo de deuda: Inversionistas Abrir o llevar una o mas cuentas de fondos de pago
otorgues préstamos, créditos, mutuos o cualquier otro. electrónico por cada cliente
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Activos virtuales
Las ITF únicamente podrán operar con los activos virtuales que sean determinados por
el BM mediante disposiciones de carácter general.
Qué tomará en cuanto el BM para determinar que activos virtuales se van a utilizar?
El uso que el público de a las unidades digitales y el tratamiento que otras
jurisdicciones
El BM definirá las características de los activos virtuales así como las condiciones y
restricciones de las operaciones. También definirá las medidas a las que deberán
sujetarse las ITF para la custodia y control de los activos virtuales.
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Autorización como ITF
IFT SOLICITA
AUTORIZACIÓN 1. Otorgará la autorización
2. Especificará el tipo de ITF
3. Operaciones especificas
4. Publicar en el DOF la
autorización
IFC o IFPE
Previa
autorización
Presidente:
CNBV
Resoluciones: por
mayoría simple
COMITÉ INTERINSTITUCIONAL:
6 miembros propietarios
- 2 de la Secretaria
- 2 BM
- 2 Autoridades Financieras
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Qué deben hacer los interesados en
obtener la autorización como ITF
NUEVA O QUE SE TRANSFORME CAMBIO DE OPERACIONES
3. Domicilio en territorio nacional 3. Que cuente con órganos de gobierno y estructura corporativa
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Qué debe de tener mi solicitud de
autorización?
-Instrumento debidamente protocolizado ante fedatario publico autorizado, con poderes
suficientes a los representantes.
-Plan de negocios
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Qué debe de tener mi solicitud de
autorización?
-Políticas de soluciones de posibles conflictos de interés en la realización de actividades, de
prevención de fraudes y de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y
financiamiento al terrorismo
-Información para verificar que la ITF es dueña de el uso de interfaz, página de internet o medio de
comunicación electrónica
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Qué debe acreditar la ITF ante CNBV
una vez reciba su autorización?
Con al menos 30 días hábiles de anticipación al inicio de las operaciones,
debe cumplir con los siguientes requisitos:
* La CNBV podrá realizar las visitas de inspección que considere necesarias para verificar lo anterior, y negar el
inicio parcial o total de operaciones si no se cumple.
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Suspensión o revocación para
operar como ITF
Procedimiento del
98, Fracciones I y II
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Modelos novedosos
Las personas morales constituidas conforme a la legislación mercantil (no ITF ni Entidades
financieras), deben obtener autorización para que mediante modelos novedosos (servicios
financieros que utilicen herramientas o medios tecnológicos distintos a los existentes en el mercado)
lleven a cabo alguna actividad cuya realización requiere autorización, registro o concesión.
Este trámite es obligatorio, se realiza por escrito y tendrá una vigencia de máximo dos años
dependiendo de los servicios que la sociedad de modelos novedosos pretenda prestar.
La Secretaria especifica que “en caso de que la sociedad autorizada para operar con modelos
novedosos esté realizando las acciones necesarias para obtener la autorización, el registro o la
concesión definitivos”, se podrá prorrogar la autorización temporal por un año más.
Requisitos: 1. el producto a ofrecerse o el servicio a prestarse sea probado en un medio controlado;
2. número limitado de clientes; 3. que la actividad represente un beneficio para el cliente y que el
inicio de operaciones del proyecto pueda ser inmediato.
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Suspensión o revocación para operar
como ITF
Procedimiento del
98, Fracciones I y II
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Consecuencia de la revocación
• Obliga a la ITF a realizar los actos necesarios para concluir todas las
operaciones
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Inspección, vigilancia e intercambio de información
Las ITF están obligadas a proporcionar a la CNBV y BM la información que les requieran
sobre sus operaciones y aquellas realizadas entre sus clientes.
La supervisión del cumplimiento de las ITF estará a cargo de la CNBV.
La CNBV podrá realizar visitas de inspección a las ITF con el objeto de revisar, verificar,
comprobar y evaluar, las actividades que estas realizan.
El BM estará facultado para supervisar el cumplimiento de las ITF, respecto de las
disposiciones que emita de manera individual , así como ejercer atribuciones de
supervisión que le confiere la Ley del Banco de México
La CNBV podrá investigar hechos, actos u omisiones de los cuales pueda presumir la
violación a esta ley y disposiciones de carácter general.
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Visitas de inspección de la CNBV
3) Visitas de investigación: Se realizaran siempre que la CNBV tenga indicios de los que
se desprenda la realización de alguna conducta que contravenga la ley y disposiciones de
carácter general.
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Visita de inspección
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Medidas de apremio
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Cuando la CNBV y BM detecten actos u omisiones de las ITF o entidades financieras que
pudieran implicar infracciones a las disipaciones de la Ley, lo harán del conocimiento de la
otra autoridad, celebrando para tal efecto convenios de colaboración.
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Sanciones y delitos
A los actos jurídicos que se celebren en contravención a la ley, las para operar como ITF o
autorizaciones temporales y en los demás a violaciones a las condiciones o autorizaciones
o actos administrativos darán lugar a la imposiciones de sanciones administrativas y
penales, sin que ello produzca la nulidad de actos.
Las multas deben de ser pagadas dentro de los 15 días hábiles siguientes a su notificación
(si se paga en tiempo se reduce 20%).
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Procedimiento de imposición de sanciones (Art. 98)
Comisiones supervisoras
IFT
(presunto infractor)
No se ejerce el derecho
Atenuante: se acredite o no logra desvirtuar
haber resarcido el daño o
se aporte información
que coadyuve con el
ejercicio de atribuciones
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Imposición de sanciones:
Qué se toma en cuenta?
* Los procedimientos para la imposición de sanciones administrativas serán independientes de la opinión de delito
emitida por la Autoridad Financiera.
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A quién se le imponen las multas?
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Quién impone las multas?
Conducta grave:
a) Proporcionar a la autoridad o a los clientes información falsa o que dolosamente induzca al error, por ocultamiento u
omisión
b) Utilizar el dinero, fondo de pago electrónico o activos virtuales de los clientes para fines distintos a los pactados.
c) Realizar actividades u operaciones no autorizadas
d) Omitir presentar documento en el que se establezcan las medidas y procedimientos (58 fracción I de la Ley)
e) No reportar actos, operaciones o servicios o por omitir presentar reporte a la Secretaría
f) Realizar operaciones con algún cliente que se encuentre en la lista de persona bloqueadas a que se refiere el 58.
g) Exceder los limites de operación a que están sujetas las ITF
h) Incumplir con el 55 de la Ley en cuanto a requerimientos de capital
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Caducidad y publicidad de infracciones
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Recurso de revisión
Los afectados con motivo de los actos de autoridad financiera que pongan fin a los
procedimientos de autorización, suspensión de operaciones o de la imposición de sanciones
administrativas, podrán interponer recurso de revisión, cuya interposición será optativa.
Junta de gobierno de la
Recurso
Comisión Supervisora o el
de revisión Presidente de la CNBV Cumple con
formalidades
No se Se
subsana Prevención por escrito y por subsana
Se tiene por
NO INTERPUESTO única ocasión (3 días H.)
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Delitos
Para proceder penalmente por los delitos previstos en esta ley, será necesario que la
Secretaria formule petición, previa opinión de la CNBV.
La acción penal de los casos previstos en esta ley son perseguibles a petición de la
Secretaria, por las personas reguladas por esta ley o por quien tenga interés jurídico.
Prescripción: en 3 años contados a partir de los interesados tengan conocimiento del delito
y del probable responsable o de 5 años que se computaran conforme al 102 del CPF
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Delitos
Delitos para la protección del patrimonio de los clientes de las ITF y de las
sociedades autorizadas para operar como modelos novedosos.
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Art. 119. A quien en forma indebida utilice, obtenga, transfiera, o de
cualquier otra forma, disponga de los recursos, fondos de pago electrónico
o activos virtuales de los clientes de las ITF, de las sociedades autorizadas
para operar como modelos novedosos o de los recursos, fondos de pago
electrónico o activos virtuales de estas, será sancionado con prisión de tres
a nueve años de prisión y multa de 5000 a 150000 UMA.
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Art. 120. Será sancionado con prisión de tres a nueve años y multa de 5000
a 15000 UMA, quien se encuentre facultado para disponer de los recursos a
cargo de la ITF o una sociedad, entidad financiera u otro sujeto supervisado
por alguna comisión supervisora o por el BM, autorizados para operar como
modelos novedosos y no realice la devolución de estos a sus clientes,
estando obligado a hacerlo o se niegue sin causa justificada.
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Art. 121. Serán sancionados con prisión de tres a nueve años y multa de 5,000 a 150,000 UMA, los
accionistas, socios, consejeros, funcionarios, directivos, administradores, empleados o proveedores de las
ITF o de un sociedad o entidad financiera u otro sujeto supervisado por alguna comisión supervisora o por
el BM autorizado para operar con modelos novedosos, que desvíen los recursos, fondos de pago o activos
virtuales de sus clientes o de las propias ITF, para cualquier fin distinto al que se haya pactado.
Cuando el desvío contemplado en el párrafo anterior tenga como consecuencia el quebranto o perjuicio de
la ITF o de o de un sociedad o entidad financiera u otro sujeto supervisado por alguna comisión
supervisora o por el BM autorizado para operar con modelos novedosos, se impondrán las siguientes
sanciones:
I. Cuando el monto del quebranto o perjuicio patrimonial, según corresponda exceda de 2,200 UMA y
no de 57,000 UMA; se sancionara con prisión de cuatro a diez años y multa de 7,000 a 170,000
UMA.
II. Cuando el monto del quebranto o perjuicio patrimonial, según corresponda exceda de 57,000 UMA
pero no de 400,000 UMA; se sancionara con prisión de cinco a once años y multa de 9,000 a
200,000 UMA
III. Cuando el monto del quebranto o perjuicio patrimonial, según corresponda exceda de 400,000 UMA,
se sancionara con prisión de seis a doce años y multa de 10,000 a 250,000 UMA
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Art. 122. Serán sancionados con prisión de dos a seis años y multa de
1,000 a 50,000 UMA a quien utilice o divulgue información financiera o
confidencial de los clientes para cualquier fin distinto al de la realización de
las operaciones, sin contar con autorización previa y expresa del cliente.
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Art. 123. Serán sancionados con prisión de dos a siete años y multa de
5,000 a 150,000 UMA, todo aquel que, habiendo sido removido o
suspendido, por resolución firme de la CNBV, en términos de lo previsto en
el artículo 62 de esta Ley, continúe desempeñando las funciones respecto
de las cuales fue removido o suspendido o bien, ocupe un empleo, cargo o
comisión, dentro del sistema financiero mexicano, a pesar de encontrarse
suspendido para ello.
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Art. 124. Será sancionado con pena de prisión de siete a quince años y
multa de 5,000 a 150,000 UMA quien:
Lleve a cabo operaciones o actividades de las reservadas para las ITF o
para las sociedades o entidades financieras u otros sujetos supervisados
por alguna comisión supervisora o por el Banco de México, autorizados
para operar modelos novedosos sin contar con la autorización prevista en
esta ley, y
II. Habiendo sido autorizado para operar como ITF, realice actividades con
activos virtuales o divisas, sin contar con la autorización a que se refiere el
artículo 30 o bien, tratándose de instituciones de crédito, sin la autorización
a que alude el artículo 88.
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Notificaciones
I. Personales:
a) En las oficinas de las autoridades financieras (conforme al Art. 30)
b) En el domicilio del interesado o su representante (Art. 131 y 134)
c) En cualquier lugar en el que se encuentre el interesado o su representante (Art. 132)
II. Mediante oficio entregado por mensajero o por correo certificado, ambos con
acuse de recibido
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CONCLUSIONES
aún no se decide cuáles serán las reglas que criptomonedas como Bitcoin
Tendrán que cumplir para operar en nuestro país.
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