Guia MIA Regional
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Guia MIA Regional
MIA - REGIONAL
PRESENTACIÓN
La Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) ha sido establecida como un instrumento de política ambiental, analítico y de carácter preventivo
que permite integrar al ambiente un proyecto, un conjunto de proyectos y eventualmente un plan o programa determinado; en esta concepción, el
procedimiento ofrece ventajas al ambiente y al proyecto; esas ventajas se manifiestan en diseños más perfeccionados e integrados al ambiente, en
economías en las inversiones, en los costos de las obras y actividades, en una aceptación social y en una certidumbre jurídica para llevar a cabo un
proyecto.
La evaluación del impacto ambiental es un procedimiento de carácter preventivo, orientado a informar al promovente de un proy ecto o de una actividad
productiva, acerca de los efectos al ambiente que pueden generarse con su construcción. Es un elemento correctivo de los procesos de planificación y tiene como
finalidad medular atenuar los efectos negativos del proyecto sobre el ambiente.
El estudio se ciñe a la recopilación de información y a la consulta a fuentes autorizadas, para obtener evidencias de la capacidad de generación de
alteraciones por parte del proyecto y, de igual manera, conocer cuál es la capacidad de carga del ambiente del área donde se ubicará el proyecto, con lo ante rior, el
estudio debe permitir establecer propuestas de acciones de protección al ambiente y de corrección o mitigación de las alterac iones que pudieran producirse.
Se busca que se garantice, de la mejor manera posible, el equilibrio y las características del ambiente después de la puesta en operación del proyecto o
actividad objeto del estudio y, colateralmente, preservar la salud y el bienestar del hombre, todo ello llevado a escenarios de largo plazo.
Aunado a lo anterior, considerando lo establecido en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PROMARNAT), derivado del Plan
Nacional de Desarrollo, dentro de sus objetivos está el de promover y facilitar el crecimiento sostenido y sustentable de bajo carbono con equidad y socialmente
incluyente, y algunas de sus estrategias son propiciar una gestión ambiental integral para promover el desarrollo de proyectos d e inversión que cumplan con criterios
de sustentabilidad e incrementar la resiliencia ecosistémica y disminuir las emisiones que contribuyen al cambio climático, en tanto que entre las líneas de acción está
la de modernizar el proceso de Evaluación de Impacto y Riesgo Ambiental con criterios de adaptación y mitigación al cambio cl imático. 1 Es por ello que, se debe
considerar para el desarrollo de cualquier obra o actividad conservar, restaurar y manejar sustentablemente los ecosistemas garantizando sus s ervicios ambientales
para la mitigación y adaptación al cambio climático, así como establecer las estrategias que inhiban la urbani zación en aquellas zonas identificadas con potencial de
alto riesgo.2
El objetivo inmediato de la evaluación del impacto ambiental es servir de ayuda en la toma de decisiones. Para ello, sus resu ltados habrán de presentarse
con un orden lógico, de forma objetiva y fácilmente comprensible, de forma tal que los evaluadores que analicen el documento, encargados de sustentar la deci sión
de la autoridad, determinen la conveniencia, o no, de que el proyecto estudiado, se ponga en operación. Además de identificar , prevenir e interpretar los efectos que
un proyecto puede tener en el ambiente, un objetivo fundamental de la Evaluación del Impacto Ambiental es definir y proponer la adopción de un conjunto de medidas
de mitigación que permitan atenuarlos, compensarlos o incluso suprimirlos.
En síntesis, este proceso multidisciplinario, debe constituir la etapa previa (con bases científicas, técnicas, sociocultural es, económicas y jurídicas) a la toma
de decisiones acerca de la puesta en operación de una actividad o un pr oyecto determinado.
Si bien hoy se considera a la EIA como una condición previa a la definición de las características de nuevos proyectos, plane s o programas, esto obliga a
evitar que en la integración de una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), ésta contenga deficiencias y particularmente en el análisis de la información compilada,
bajo el argumento de que, dado el momento en que se elaboran los estudios, se carece de información de mayor precisión. Es po r ello que la autoridad ambiental,
ocupada por hacer de la EIA, en el ámbito regional, un instrumento de planeación integral más efectivo y orientado a lograr la preven ción, mitigación y compensación
1 Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PROMARNAT) 2013-2018. Publicó en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2013.
2 Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2014.
1
de impactos ambientales regionales, sinérgicos y acumulativos, desarrolló esta nueva versión de guía para la integración de la Manifestación del Impacto
Ambiental (MIA) en su modalidad regional la cual, al mismo tiempo, pretende simplificar el proceso.
Es importante señalar que el marco legal especifica dos modalidades para la evaluación ambiental de los proyectos: la particular y la regional.
Para la modalidad regional, el alcance de su contenido se concentra en dos rubros de suma importancia, los cuales son:
1) La descripción del SISTEMA AMBIENTAL REGIONAL, el cual puede contener a uno o más ecosistemas y cuyas tendencias de desarrollo y
deterioro ambiental es imprescindible analizar y determinar para lograr la identificación y evaluación eficiente del impacto del proyecto sobre
dicho sistema, y
2) El tipo o la naturaleza de los impactos que se generan en el SISTEMA AMBIENTAL REGIONAL y que podrán verse incrementados por el
establecimiento del proyecto. En la modalidad regional, la evaluación ambiental de los impactos acumulativos que se desarrollan en el Sistema
Ambiental Regional y la forma como el proyecto puede incrementar el nivel de acumulación o residualidad, es uno de los contenidos
fundamentales del estudio que se integre a la MIA.
Con base en las consideraciones anteriores y en el contenido que dispone asumir el artículo 13 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en materia de Evaluación del Impacto Ambiental (REIA), se presenta esta nueva versión de las guías
para formular una Manifestación del Impacto Ambiental en su modalidad regional (MIA-R). La guía se formuló con el objetivo de orientar al promovente
ó al consultor, hacia la conformación de un documento caracterizado por alcanzar la prospección integrada del medio a través del conocimiento de la
estructura y del funcionamiento del SISTEMA AMBIENTAL de la REGIÓN dentro del cual se insertará el proyecto y de la forma como éste incide sobre
los distintos factores que lo componen.
Por lo expuesto, el consultor debe considerar conformar y analizar la información que se integre a la MIA de manera armónica, vinculando el
contenido de cada capítulo con el resto del documento. Debe asegurarse que el enfoque de la información permita a la autoridad cumplir con lo que le
obliga a ésta el artículo 35 de la LGEEPA3 y en particular su tercer párrafo, por lo que se refiere a la INTEGRALIDAD DEL ESTUDIO; así como con lo
que dispone el artículo 44 de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental 4 en lo relativo a la determinación del respeto a la
INTEGRIDAD FUNCIONAL DE LOS ECOSISTEMAS y de su CAPACIDAD DE CARGA.
También es importante considerar en la integración de la MIA-regional la definición que se establece en la fracción XX del artículo 3° de la
LGEEPA en relación a lo que es la MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (MIA), se dispone en ese precepto que la MIA es “El documento
mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el IMPACTO AMBIENTAL, SIGNIFICATIVO Y POTENCIAL5 que generaría una obra o
actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo”.
3
Artículo 35 (LGEEPA): ...(Tercer párrafo) “Asimismo, para la autorización a que se refiere este artículo, la Secretaría deberá evaluar los posibles efectos que dichas obras o actividades
en el o los ecosistemas de que se trate, considerando el conjunto de elementos que los conforman y no únicamente los recursos que, en su caso, serían sujetos de
aprovechamiento o afectación.
4
Artículo 44 (REIA) : “Al evaluar las manifestaciones de impacto ambiental la Secretaría deberá considerar:
I. Los posibles efectos de las obras o actividades a desarrollarse en el o los ecosistemas de que se trate, tomando en cuenta el conjunto de elementos que los conforman, y no
únicamente los recursos que fuesen objeto de aprovechamiento o afectación;
II. La utilización de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos,
por períodos indefinidos, y
III. En su caso, la Secretaría podrá considerar las medidas preventivas, de mitigación y las demás que sean propuestas de manera voluntaria por el solicitante para evitar o
reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.
3
El REIA define al IMPACTO AMBIENTAL RELEVANTE Ó SIGNIFICATIVO como: ”Aquel que resulta de la acción del hombre o de la naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas
y sus recursos naturales o en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales. Esto significa
2
De la transcripción anterior conviene destacar que, en la integración de la MIA-regional, el consultor debe centrar su atención en identificar,
analizar y valorar los IMPACTOS AMBIENTALES ACUMULATIVOS6 Y RESIDUALES7, después de aplicar un ejercicio de tamizado del conjunto de
impactos ambientales identificados, ya que de ese esfuerzo deben derivar las medidas específicas de mitigación cuando dichos impactos son de signo
negativo.
Esta guía es un instrumento indicativo, lo que significa que, el conjunto de componentes del proyecto y de factores ambientales que se proponen
y se describen a lo largo de su contenido no siempre deben ser abordados en su conjunto, en la integración de una MIA-regional, sino únicamente el
consultor deberá considerar aquellos componentes y aquellos factores ambientales cuya alteración pudiera tener repercusiones sobre la integridad
funcional de los ecosistemas o sobre su capacidad de carga, esto es, el esfuerzo de recopilación y análisis debe centrarse en la identificación y en la
valoración de los factores ambientales relevantes.
La determinación de los factores ambientales a evaluar es la parte básica del trabajo del inventario ambiental, identificado en esta guía en su
rubro IV.2.2 como “Caracterización y análisis actual del sistema ambiental regional”. El inventario representa la línea base del estudio y su integración
determina todo el desarrollo posterior de la MIA. Este ejercicio, previsto por el artículo 13 del REIA en el capítulo cuarto dentro del rubro de la descripción
del sistema ambiental regional, equivale a determinar el estado preoperativo o “estado sin proyecto” del sistema ambiental de la región donde se
establecerá el proyecto y su contenido temático se desarrolla de manera indicativa en el capítulo IV de esta guía, sin embargo debe considerarse que
la guía debe prever enunciar un número suficiente de factores ambientales para cumplir con su objetivo de cubrir la orientación a todos los proyectos
de cualquier sector de nuestra economía por lo que, para un proyecto en particular, el criterio del evaluador ha de intervenir para identificar y delimitar
únicamente a los factores ambientales que sustentarán la integración del diagnóstico ambiental por lo que, necesariamente, no habrán de considerarse
la totalidad que se citan en esta guía.
De esta forma, la guía se estructura para orientar al promovente a realizar una integración objetiva y correcta de su Manifestación de Impacto
Ambiental modalidad regional (MIA-R), lo que debe permitir a la autoridad identificar la viabilidad ambiental del proyecto que evalúa, sobre la base del
análisis de las propuestas de utilización de los recursos naturales en forma que se respete la INTEGRIDAD FUNCIONAL DE LOS ECOSISTEMAS y
su CAPACIDAD DE CARGA.
Para la valoración de los impactos ambientales, la guía propone la utilización de indicadores de impacto ambiental, considerados como la
herramienta que se adopta para cuantificar un impacto ambiental4 y que pueden representar de mejor forma la alteración potencial que puede afectar a
un factor del ambiente o a un ecosistema en su conjunto. El empleo de esta herramienta permite disponer de una estimación medible de la diferencia
del indicador “con” y “sin” proyecto, en sustitución de aquellas valoraciones basadas en la percepción individual y subjetiva de la dimensión y del valor
de los impactos ambientales identificados.
El producto final que se alcanzará a través del uso de esta guía, no sólo será lograr integrar una MIA que la autoridad pueda evaluar, sino que
permitirá al promovente tener la garantía que su proyecto es compatible con el ambiente, demostrado a través de indicadores del impacto ambiental,
objetivos y medibles.
que, un impacto ambiental alcanza la dimensión de SIGNIFICATIVO o RELEVANTE en la medida en que, se aproxima a la tasa de renovación del componente ambiental sobre el que
incide (si se trata de la utilización de recursos renovables), o si se aproxima a su intensidad de uso (para los recursos no renovables).
Lawrence, P. D. 2003. Environmental Impact Assessment, practical solutions to recurrent problems. John Wiley & Sons, Inc. Publ. EUA. 562p.
6 El REIA define al IMPACTO AMBIENTAL ACUMULATIVO como: ”El efecto en el ambiente que resulta del incremento de los impactos de acciones particulares ocasionado por la interacción con otros que se efectuaron en el
3
4
MARCO LEGAL DE LA EIA:
El inicio formal del PEIA se registró en 1988, año en que se publicó la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)
y su Reglamento en materia de evaluación de impacto ambiental (REIA). Después de ocho años de desarrollo institucional, en 1996 se reforma la
LGEEPA.
Estas reformas tuvieron su justificación en las deficiencias que mostró su aplicación; varias de esas deficiencias se enfrentaban durante la
aplicación del PEIA. La reforma tuvo como objetivo paralelo fortalecer la aplicación de los instrumentos de la política ambiental, particularmente la EIA,
todo ello orientado a lograr que esos instrumentos cumplieran con su función, que se redujeran los márgenes de discrecionalidad de la autoridad y que
se ampliara la seguridad jurídica de la ciudadanía en materia ambiental.
El instrumento legal fundamental que sustenta a la Evaluación del Impacto Ambiental es la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente (LGEEPA) y su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental (REIA).
El Impacto ambiental8 es definido por la LGEEPA como: “...la modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza”,
además señala que el Desequilibrio ecológico es “...la alteración de las relaciones de interdependencia entre los elementos naturales que conforman el
ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos”. En este mismo artículo la ley define a
la Manifestación de impacto ambiental (MIA) como “…el documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental,
significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo”.
Por su parte, el concepto de Evaluación del Impacto Ambiental es definido por la misma ley en su artículo 28 como “…el procedimiento a través
del cual la Secretaría9 establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o
rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de
evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.”
En este artículo también se listan las actividades que son de competencia federal y que requieren autorización previa en materia de impacto
ambiental. Dichas obras o actividades, así como sus características, dimensiones, ubicaciones, alcances y las excepciones para cada una, se establecen
en el artículo 5° del REIA.
En el artículo 9° del REIA, en su último párrafo, se establece que la Secretaría proporcionará guías a los promoventes para facilitar la
presentación y entrega de la manifestación de impacto ambiental, de acuerdo al tipo de obra o actividad que se pretenda llevar a cabo. Asimismo, en
el artículo 11° se indican los casos en que se deberá presentar una Manifestación de impacto ambiental modalidad regional (MIA-R).
Adicionalmente, en el artículo 13° del REIA, se indica el contenido básico y el arreglo de los capítulos en los que el promovente integrará la
información que deberá contener la MIA–R, siendo los siguientes:
I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de impacto ambiental;
II. Descripción de las obras o actividades y, en su caso, de los programas o planes parciales de desarrollo;
III. Vinculación con los instrumentos de planeación y ordenamientos jurídicos
aplicables;
8 ARTÍCULO
3°, FRACCIÓN XII, XIX Y XX
9 SEMARNAT
5
IV. Descripción del sistema ambiental regional y señalamiento de tendencias del desarrollo y deterioro de la región;
V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales, acumulativos y residuales, del sistema ambiental regional;
VI. Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales, acumulativos y residuales, del sistema ambiental regional;
VII. Pronósticos ambientales regionales y, en su caso, evaluación de alternativas, e
VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan los resultados de la manifestación de impacto
ambiental.
Por último, en lo que se refiere a la facultad de la autoridad federal para evaluar las MIA’s regionales, el artículo 5 de la LGEEPA dispone en su
fracción X ”La evaluación del impacto ambiental de las obras y actividades a que se refiere el artículo 28 de esta Ley y, en su caso, la expedición de las
autorizaciones correspondientes”.
El objetivo medular de la Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) es facilitar la incorporación de la variable ambiental (junto con el desarrollo
social y los aspectos técnicos y económicos) al diseño de un proyecto, como un factor fundamental en la toma de decisiones para definir su ubicación,
tecnología y diseño de tal manera que se obtengan proyectos integrados al ambiente. Con esta modalidad, se trata de evaluar las opciones de desarrollo
en una región y de enfatizar las limitaciones y oportunidades que el medio ambiente puede ejercer sobre los proyectos. Es decir, la EIA- es un
instrumento de carácter preventivo que permite definir los efectos al ambiente y a la sociedad en una región determinada, ocasionados por la
construcción, puesta en marcha y operación e incluso por el abandono de un proyecto de obra o de actividad.
Es necesario romper con el paradigma de que la evaluación del impacto ambiental es un “trámite innecesario y costoso”, si bien el procedimiento
tiene su fundamento en una disposición legal, lo que le da carácter obligatorio para el gobernado, en estricto sentido se refiere a un compromiso del
gobernado para con la sociedad, para lograr que su proyecto se ajuste a límites que garanticen reducir al mínimo o evitar los efectos negativos que
podrían derivar de los impactos ambientales que podría generar su proyecto.
6
zona de atención prioritaria, entre otras. Su mayor utilidad es la de comparar alternativas reales en el contexto del territorio, dándole a la gestión de un
proyecto, o conjunto de proyectos dentro de un plan o programa, un enfoque hacia el desarrollo sustentable.
Por último, el desarrollo de cualquier obra o actividad deberá considerar acciones para la disminución de emisiones de compuestos y gases de efecto
invernadero, como medidas de mitigación para la adaptación al cambio climático, así como tener en cuenta la resiliencia ecosistémica y la vulnerabilidad
de la población, infraestructura y servicios ambientales ante el cambio climático, proponiendo para ello medidas de mitigación y adaptación ante el
cambio climático. 10
Aunado a lo anterior, se conservarán los ecosistemas y su biodiversidad, dando prioridad a los humedales, manglares, arrecifes, dunas, zonas y
lagunas costeras, fundamental para reducir la vulnerabilidad, y lograr la sustentabilidad, considerando los escenarios actuales y futuros del cambio
climático. 11
.
10 Estrategia Nacional de Cambio Climático. Junio 2013. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental Dirección General de Políticas para el Cambio Climático.
Ley General de Cambio Climático. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2012.
11 LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2012.
7
DIAGRAMA DE FLUJO DE LA MIA-R.
Planteamiento
general del proyecto
Delimitación Naturaleza
del entorno del proyecto
Indicadores Vinculación
ambientales con
Inventario y Opinión
instrumentos
caracterización ciudadana
de planeación
ambiental *(opcional
y normativos
Definición de
acciones causantes
de impactos
Identificación,
caracterización y
Diagnóstico ambiental del
evaluación de impactos
Tendencias SAR ambientales
históricas
Indicadores
Escenario ambiental de im pactos
estado “cero” Información
ambiental
Determinación de
Escenario ambiental medidas correctoras
“con proyecto”
Indicadores de
medidas
correctoras
Escenario ambiental
“con medidas de Programa de vigilancia
mitigación” ambiental
Seguimiento
AUTORIZACIÓN y co ntrol
*Recomendado como parte del proceso de gestión que realiza el promovente antes de ingresar su proyecto ante la autoridad.
8
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE LA MANIFESTACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL MODALIDAD REGIONAL.
Explicación de la estructura
Es fundamental comprender que el contenido de la presente guía facilita el desarrollo de los capítulos establecidos en el artículo 13 del REIA y
permite realizar de manera lógica el estudio de evaluación del impacto ambiental.
Consecuentemente, la estructura general de la guía presenta una secuencia de capítulos cuyo objetivo es la integración del marco legal
específico para cada proyecto, relacionados con la información sobre los medios bióticos, abióticos y socioeconómicos relativos a una región y su
relación con un proyecto o actividad a establecerse en la misma, generando una idea clara de distintos escenarios a partir del análisis con y sin proyecto,
con lo cual se busca identificar la mejor alternativa para el desarrollo del proyecto o actividad. En última instancia, se busca mejorar y estandarizar la
calidad de los estudios así como reducir los tiempos que toma a la autoridad resolverlos. La guía orienta al consultor a integrar el capitulado de la MIA
hacia un documento congruente.
Una aportación novedosa en esta guía es la utilización de indicadores ambientales como referentes para el seguimiento de los impactos, así
como para las medidas de mitigación establecidas a los mismos, además del desarrollo y valoración de indicadores de vulnerabilidad, relacionados con
el impacto del cambio climático, aplicados a un marco de evaluación del riesgo de exposición, susceptibilidad y adaptación al cambio climático. En la
parte final de esta guía se encuentra el anexo 1, donde se hace una descripción específica del tipo de obras y actividades por sector. Por último, se
incluyen un glosario de términos y la bibliografía recomendada para cada tema tratado en la presente guía.
Los capítulos señalados permiten ir definiendo la viabilidad del proyecto desde la parte administrativa, jurídica y técnica, por lo que el desarrollo
de cada una de estas secciones o capítulos es imprescindible para tener un resultado apegado a la realidad y debidamente motivado y fundamentado,
sin perder la vinculación constante entre todos los capítulos. Es básico que se entienda que durante la evaluación, el proyecto es sometido por la
autoridad a tres filtros que permiten de manera ordenada ir definiendo el resultado final, estos son:
9
Cumplimiento de los requisitos administrativos
Integración (expediente completo)
Primer filtro
Define la compatibilidad del proyecto con las normas jurídicas aplicables y vigentes.
Análisis
jurídico
Segundo filtro
Permite calificar la propuesta técnica para prevenir, mitigar o compensar los impactos ambientales ocasionados por un
proyecto.
Análisis
técnico
Tercer filtro
Resolutivo
aprobado / negado
10
FORMATO DE LA GUÍA
La guía que se detalla en las próximas páginas, ofrece un esquema secuencial para la integración de la información que se recomienda incorporar a
los capítulos de la MIA, se encuentra conformada por 4 columnas: la primera muestra el dígito, en números romanos, correspondiente a cada capítulo
y apartado que la integran; en la segunda columna se describe el contenido de cada capítulo o apartado; la tercer columna corresponde al valor de
importancia que representa la información que será incluida en una escala de 1 a 3 y la última columna se refiere al criterio aplicado por la autoridad
durante la evaluación. El capitulado se ha mantenido de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del REIA, sin embargo, el contenido temático de los
diferentes apartados que lo conforman ha sido adecuado a las necesidades de información requerida para el análisis integral del proyecto.
CRITERIOS
CONTENIDO DE LA GUÍA
Valor Aplicación para
Nivel de importancia y
Dígito Concepto y descripción de los rubros que componen el cuerpo significado del criterio, Texto explicativo de los criterios,
identificador de la guía y que es recomendable que el promovente o su siendo 3 el mayor aplicaciones y uso que hace la DGIRA de
consultor ofrezca a la autoridad, con el nivel de detalle y la información que el promovente
objetividad que se propone en el documento. valor. presenta en la MIA.
Criterios:
Valor 1. Información de tipo administrativo y con fines estadísticos.
Valor 2. Información sustantiva que pudiera ser complementada durante el procedimiento de evaluación, misma que podrá requerir de mayor
aclaración, rectificación o ampliación; sin embargo, su ausencia ocasiona que se solicite como información adicional, suspendiendo el
procedimiento de evaluación, con el resultante incremento en el tiempo de gestión, por responsabilidad del promovente. La entrega no
garantiza la aprobación del proyecto y su deficiente desarrollo puede ser causal de una negativa (ver cronograma del PEIA).
Valor 3. Información relevante, su omisión o desarrollo deficiente no permite iniciar el procedimiento de evaluación de la manifestación de
impacto ambiental, pudiendo ser causal de una negativa al proyecto (por ejemplo, no presentación del capítulo V, ver sistema de filtros
página 16).
11
CRONOGRAMA DEL PEIA
Integración de expediente Límite para solicitud de información adicional
DÍAS
HÁBILES
0 10 20 30 40 50 60
12
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O USO
IDENTIFICADOR QUE DA A LA INFORMACIÓN
I. 1 Identificación del proyecto. Es
DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL importante que el nombre del
RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
proyecto no presente variaciones
I.1. Datos generales del proyecto: en los diferentes capítulos y
apartados de la MIA-R.
I.1.3
Duración del proyecto
Indicar el plazo solicitado para la realización del proyecto (acotarlo en años
o meses).
Duración total (incluye todas las etapas)
En caso de que el proyecto que se somete a evaluación se vaya a
construir en varias etapas, justificar esta situación y señalar con
precisión.
13
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O USO
IDENTIFICADOR QUE DA A LA INFORMACIÓN
I.2 Datos generales del promovente 2 La identificación legal necesaria
en el seguimiento técnico
administrativo, así como para dar
I.2.1 Nombre o razón social seguimiento y atención a asuntos
relacionados al proyecto, que
Para el caso de personas morales deberá incluir copia simple del acta constitutiva
sean presentados por el
de la empresa y, en su caso, copia simple del acta de modificaciones a estatutos
representante legal. La omisión de
más reciente. (Se debe presentar el original para cotejo)
datos o la falta de veracidad de los
mismos retrasa el tiempo de
I.2.2 respuesta.
Registro Federal de Contribuyentes del promovente
I.2.3
Nombre y cargo del representante legal
(Anexar copia simple y el original para cotejo o copia certificada del poder
correspondiente).
I.2.4
Dirección del promovente o de su representante legal para recibir u oír
notificaciones:
Calle, número exterior, número interior o número de despacho, o bien, lugar o rasgo
geográfico de referencia en caso de carecer de dirección postal. Colonia o barrio,
código postal, municipio o delegación, entidad federativa, teléfono y correo
electrónico a través de los cuales acepta recibir comunicados oficiales por parte de
la autoridad.
I.2.5
14
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O USO
IDENTIFICADOR QUE DA A LA INFORMACIÓN
de la MIA. Se recomienda rubricar además todas y cada una de las páginas de todos
los documentos que integran la MIA.
II DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS O ACTIVIDADES Y, EN SU CASO, DE LOS 3 Identificación del proyecto. Es
PROGRAMAS O PLANES PARCIALES DE DESARROLLO. importante que el nombre del
proyecto no presente variaciones
En este capítulo se resumirá la información de las obras y actividades que se en los diferentes capítulos y
pretenden llevar a cabo por el desarrollo del proyecto. La información requerida apartados de la MIA-R.
deberá detallar de manera precisa los objetivos del proyecto (¿qué se quiere hacer?,
¿para qué?, ¿quién? Y ¿dónde?) y concluir con la identificación y descripción de los Los criterios generales que aplica
componentes del proyecto que pudieran causar impactos ambientales a algún o el equipo de evaluación al analizar
algunos factores del medio ambiente. la información de este apartado
son:
La formulación de los
objetivos del proyecto debe
ser clara y precisa.
Para las características de
las obras o de las
actividades, deben
precisarse todas las
alternativas posibles y
detallarse los criterios que se
definieron para su
identificación y selección.
La descripción de las
alternativas debe incluir los
cambios en las
características técnicas del
proyecto.
La descripción del proyecto
debe ser clara y objetiva.
La descripción de las obras y
actividades del proyecto
debe ser completa, de
manera que permita a la
autoridad identificar aquellas
obras y actividades que
15
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O USO
IDENTIFICADOR QUE DA A LA INFORMACIÓN
puedan ocasionar impactos
al ambiente.
Se deben cuantificar las
demandas impuestas por el
proyecto (y por cada uno de
sus componentes) sobre los
recursos naturales, sociales
y culturales.
La descripción del proyecto
debe presentar todas las
actividades que considera el
mismo (desde preparación
hasta clausura).
Los materiales y residuos
peligrosos que pudieran ser
generados, deben ser
debidamente identificados y,
aunque sea de manera
aproximada, cuantificados.
La información sobre
emisiones y/o vertido de
descargas debe ser objetiva,
presentar tanto las
variaciones temporales de
sus características, así como
sus vías y destinos concretos
de disposición final.
II.1 2
Disponer de una visión objetiva de
Información general del proyecto, plan o programa
las obras y actividades que
Se describirá el proyecto, plan o programa en su conjunto, de acuerdo con su conforman el proyecto y que
naturaleza, objetivos, características, distribución espacial de obras y/o actividades conduzca a la correcta definición e
principales, de servicios y obras asociadas. identificación de los componentes
del proyecto que pudieran causar
Es importante señalar que no necesariamente debe hacerse la descripción a partir
impactos al ambiente.
de proyectos ejecutivos, es mucho mejor iniciar al mismo tiempo que se tiene el
16
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O USO
IDENTIFICADOR QUE DA A LA INFORMACIÓN
anteproyecto que puedan ser modificados en función del propio proceso de
evaluación ambiental, lo cual le otorga a la autoridad mayor rango de acción para
establecer medidas que incluyan la variable ambiental en el desarrollo del proyecto.
Justificación.
Indicar los elementos que fundamenten de manera clara la necesidad y/o posibilidad
II.1.2 2 Identificar los argumentos de
de desarrollar el proyecto. Se recomienda no enfocarse exclusivamente en los
naturaleza ambiental y jurídica, así
costos o beneficios económicos, sociales o políticos del proyecto, tratando de
como la pertinencia de desarrollar
justificar su viabilidad con tales argumentos. El consultor debe considerar que la
el proyecto en el contexto del
autoridad centra su atención en los aspectos eminentemente ambientales.
sistema ambiental regional.
12 En caso de que para la realización del proyecto se requiera el cambio de uso de suelo de áreas forestales así como de selvas o de zonas áridas, de conformidad con el artículo 28 fracción VII de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente y los artículos 5° inciso O, y artículo 14 de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, se recomienda manifestarlo en este apartado.
17
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O USO
IDENTIFICADOR QUE DA A LA INFORMACIÓN
Inversión requerida
II.1.4 Señalar el monto estimado de la inversión total del proyecto, plan o programa. 1 Información requerida con fines
Señalar la fuente o fuentes de financiamiento (origen de los recursos: federal, estadísticos, de competencia y
estatal, municipal, propios, créditos, etc.), así como los porcentajes de la distribución para los casos de proyectos que
los mismos, en caso de que sean dos o más. En algunos casos como p.ej. vías se ajusten a lo establecido en los
generales de comunicación –de aplicar- indicar si se trata de una concesión federal. artículos 51 y 52 del Reglamento.
Indicar específicamente los costos aproximados destinados a las medidas de
prevención, mitigación y recuperación ambiental propuestas en la MIA-R. Los datos
se expresarán en pesos y de ser posible, en dólares estadounidenses, de acuerdo
a la paridad (fix) establecida por el Banco de México, señalando la fecha de dicha
paridad.
Se señalarán las fases o etapas en las que se pretende aplicar el monto reportado,
diferenciando la inversión requerida para la preparación, construcción y operación
del proyecto.
19
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O USO
IDENTIFICADOR QUE DA A LA INFORMACIÓN
Se describirán las obras y actividades principales del proyecto de acuerdo a la fase podrían incidir sobre los diferentes
que corresponda, especificando sus obras provisionales, asociadas y servicios factores ambientales.
II.2.4
requeridos, tales como brechas y/o caminos de acceso, campamentos, etc.
Operación y mantenimiento.
Se realizará la descripción de los procesos, procedimientos, tecnología y recursos
II.2.5 que serán utilizados. Asimismo, se describirán los procedimientos de mantenimiento
preventivo y correctivo que se efectuarán durante la etapa de operación, así como
el programa de operación debiendo enlistar los equipos principales y auxiliares que
se pretenden instalar, describiendo sus características (dimensiones, capacidades,
cantidad de equipo, sistemas de control, condiciones de operación, localización
dentro del área del proyecto, entre otros), así como enlistar las sustancias peligrosas
y no peligrosas, estableciendo la capacidad máxima de almacenamiento para cada
una.
II.2.6
Residuos.
Se elaborará un reporte de los residuos generados durante las diferentes fases
proyectando el volumen que pudiera generarse. En este nivel, se incluirán los
residuos en cualquier estado de la materia, anotando tanto aquellos que son
peligrosos como los que no lo son, así como una estimación de la cantidad de
generación de los mismos.
Además, es recomendable mencionar o describir las actividades a realizar para su
manejo, reciclamiento o disposición. En este sentido, es común que se señale que
los residuos de manejo especial y urbanos serán dispuestos donde la autoridad
municipal determine, hecho que soslaya la generación de impactos adicionales
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O USO
IDENTIFICADOR QUE DA A LA INFORMACIÓN
cuando no existen rellenos sanitarios o sitios de disposición adecuados dentro del
sistema ambiental. Por lo anterior, es importante aclarar si la disposición ocurrirá en
sitios adecuados para tal fin.
Recomendación general:
El desarrollo de este capítulo, al igual que todos los demás, debe caracterizar por
enfatizar el detalle descriptivo, únicamente, en aquellas partes de las obras que
serán consideradas como fuente de origen de los impactos significativos, residuales
o sinérgicos que se identifiquen, lo que implica que el contenido de éste capítulo
debe estar íntimamente vinculado a todos los otros siete capítulos de la MIA.
En este sentido, para cada etapa del proyecto, las descripciones de obras y
actividades no deben abundar en elementos irrelevantes a los aspectos ambientales
del proyecto o el uso de recursos naturales del sistema ambiental regional. Es
recomendable seguir el criterio indicado en la sección II.1, referente a utilizar obras
tipo.
No debe agregarse al documento de la MIA información que no sea vinculada,
utilizada o relacionada con algún otro rubro. El aumentar volumen de papel a una
MIA no necesariamente es sinónimo de calidad del documento, por el contrario, en
muchos casos se trata de “cortinas de papel” que intentan ocultar omisiones,
carencia de análisis y una mala integración del documento.
Es recomendable que los planos, croquis y mapas se incluyan con una escala que
permita la visualización objetiva de los detalles, textos e imágenes.
II.2.8
Generación de gases efecto invernadero
Identificar por etapa si el proyecto:
II.2.8.1 Generará gases efecto invernadero, como es el caso de H20, C02, CH4, N20, CFC,
O3, entre otros.
II.2.8.2.
Estimar la cantidad de energía que será disipada por el desarrollo del proyecto.
II.2.8.3
21
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O
IDENTIFICADOR USO QUE DA A LA INFORMACIÓN
III VINCULACIÓN CON LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN Y 3 Todos los contenidos de este
ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES. capítulo son de importancia
medular para que la autoridad
En este apartado, se requiere que el promovente identifique los instrumentos pueda evaluar el proyecto. La
jurídicos, normativos o administrativos que regulan la obra y/o la actividad que integra carencia de análisis y vinculación
su proyecto, inmediatamente deberá hacer un ANÁLISIS que determine la de un instrumento aplicable puede
congruencia o cómo se ajusta el proyecto a las disposiciones de dichos instrumentos. ser causa suficiente para que la
En el evento de que el proyecto no se ajuste a lo que dispone literalmente el autoridad declare la no
instrumento aplicable respectivo, el consultor podrá presentar las propuestas (de autorización del proyecto, sobre
modificación del diseño, ubicación o de corrección de algún proceso) cuyo objetivo todo porque tal disposición
pudiera incidir de tal forma en el
sea el de ajustar el proyecto para que satisfaga el requerimiento de la disposición
proyecto que, las modificaciones
correspondiente. Se reitera que lo antes señalado aplica, sobre todo, cuando la
que tuvieran que hacerse al
aplicación literal de la norma o de la disposición respectiva pudiera no cumplirse con
diseño o a los procesos del
el diseño o el proceso propuesto en el proyecto. Si existieran consideraciones o proyecto tendrían que obligar a
medidas complementarias, congruentes y objetivas, que cumplan el mismo objetivo modificaciones en el resto de los
de la norma, el promotor del proyecto puede incorporarlas como una alternativa de capítulos de la MIA.
cumplimiento al objetivo de la disposición correspondiente.
La no presentación de un trabajo
Entre los instrumentos jurídicos que pudieran aplicar, se señalan los siguientes: de análisis que se requiere en este
Planes de ordenamiento ecológico del territorio (POET) capítulo, será razón suficiente
para no autorizar el proyecto,
En estos instrumentos deberán identificarse las unidades de gestión incluso aunque únicamente se
ambiental (UGA’s) en las que se desarrollará el proyecto, y con base en el hubiera presentado una lista de
análisis de sus políticas y sus criterios, se establecerá la congruencia del instrumentos que, a criterio de
proyecto y se definirá la forma en que se dará cumplimiento a dicho quien elaboró la MIA, tengan
ordenamiento. relación con el proyecto.
En este caso, los planteamientos que se hagan deberán ser congruentes con El análisis que realiza la autoridad
el diseño del proyecto, o con las características del proceso (capítulo II), ó con se orienta a determinar la
las estrategias para la prevención y mitigación de los impactos ambientales que viabilidad jurídica del proyecto,
valorando las propuestas de
se propongan en el capítulo VI.
congruencia que haga el
Se recomienda determinar la congruencia del proyecto con el POET utilizando promovente con los instrumentos
la siguiente secuencia de análisis, con la cual se identificará y analizará: jurídicos, con los otros capítulos
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O
IDENTIFICADOR USO QUE DA A LA INFORMACIÓN
• Las unidades de gestión ambiental (UGA) en las que se desarrollará el de la MIA, en particular con los
mismo. capítulos II y VI.
• En la siguiente parte, se deberá analizar si el proyecto es acorde con las Se destaca que, la palabra
políticas de cada UGA. “vincular” significa “relacionar una
cosa con otra”, por lo que se reitera
• Enseguida se analizará si se es concordante con los usos permitidos y
que no debe presentarse un simple
compatibles.
listado de instrumentos jurídicos o,
• Una vez que se ha verificado que el proyecto se ajusta a las además del listado hacer la
disposiciones anteriormente señaladas, se deben identificar los criterios transcripción exclusiva de los
ecológicos por UGA que le son aplicables al proyecto. mismos, ya que, de hacer esto, el
Es importante que para los anteriores puntos, se presente un análisis técnico capítulo III de la MIA se tomará
donde se demuestre que el proyecto se ajusta a las políticas, usos y criterios, como no presentado.
discutiendo de forma específica si el proyecto cumple con éstos de forma lisa y
llana o lo interpreta ajustándose al espíritu del mismo en cuanto a los aspectos Por último, se deberá considerar
ambientales. todos los instrumentos jurídicos y
de gestión de territorio que traten
Decretos y programas de conservación y manejo de las áreas naturales de los efectos adversos del cambio
protegidas. climático y de la adaptación y
Se deberá identificar el Área Natural Protegida (ANP), de competencia federal reducción de la vulnerabilidad
o estatal, la categoría que ocupa así como la(s) zona(s) especifica(s) donde física y social en la planeación y
será desarrollada la obra o actividad, se recomienda que lo anterior se construcción de infraestructura en
acompañe de una representación gráfica en la cual se ubique la poligonal de la ecosistemas costeros.
ANP y la correspondiente al proyecto, señalando la o las subzonas en las que
incide el proyecto (áreas núcleo; las áreas de amortiguamiento, etc), lo anterior
para lograr una mejor referencia de la trascendencia de los impactos que
ocasionará el proyecto, por otro lado deberá analizar y describir el grado de
compatibilidad de la obra o actividad proyectada con respecto a las
disposiciones del decreto y/o del programa de manejo del ANP
correspondiente, así como a las políticas (criterios de regulación y de
restricción de cada zona) establecidas en la documentación vigente.
En este caso, los planteamientos que se hagan deberán ser absolutamente
congruentes con el diseño del proyecto, o con las características del proceso
(capítulo II), ó con las estrategias para la prevención y mitigación de los
impactos ambientales que se propongan en el capítulo VI.
Planes o programas de desarrollo urbano Municipales (PDU)
23
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O
IDENTIFICADOR USO QUE DA A LA INFORMACIÓN
En estos instrumentos deberán identificarse los usos y destinos del área donde
se pretende desarrollar el proyecto, analizando la compatibilidad entre este
último y el PDU, en los casos que no se cumpla estrictamente con las
restricciones impuestas se podrá realizar el análisis ambiental de las mismas,
señalando las medidas que cumplan de forma complementaria o paralela con
los aspectos ambientales de las restricciones, (ver ejemplos en el Anexo 4).
En este caso, los planteamientos que se hagan deberán ser absolutamente
congruentes con el diseño del proyecto, o con las características del proceso
(capítulo II), ó con las estrategias para la prevención y mitigación de los
impactos ambientales que se propongan en el capítulo VI.
Normas Oficiales Mexicanas
Se deberá analizar detalladamente y exponer de manera concisa y objetiva
cuáles son las especificaciones establecidas en las normas oficiales mexicanas
vigentes que deberán aplicar a las obras y actividades proyectadas y cómo
cumple el proyecto cada una de ellas. En este caso, los planteamientos que
se hagan deberán ser absolutamente congruentes con el diseño del proyecto,
o con las características del proceso (capítulo II), ó con las estrategias para la
prevención y mitigación de los impactos ambientales que se propongan en el
capítulo VI.
En el caso de que el inventario ambiental reporte la presencia de especies en
algún status de riesgo, enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 se deberá
consultar la Ley General de Vida Silvestre a efecto de determinar las medidas
que pueden aplicar para asegurar la preservación de los ejemplares
respectivos. Particular atención y análisis deberá realizarse en la eventualidad
de identificar especies amenazadas o en peligro de extinción, toda vez que, de
acuerdo al inciso b) de la fracción III del artículo 35 de la LGEEPA, una de las
razones que tiene la autoridad para negar la autorización solicitada es cuando
se prevé que la obra o actividad que integre al proyecto pueda propiciar que
una o más especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de
extinción, o cuando se afecte a una de dichas especies. La presencia de
especies con ese estatus de protección, en el Sistema Ambiental Regional, y
muy especialmente en la zona de influencia del proyecto, debe obligar a
analizar detenidamente la adopción de las acciones que establezca el marco
jurídico para asegurar que tal afectación no ocurra.
Es conveniente señalar que, generalmente, no todas las especificaciones
establecidas en una NOM necesariamente deben aplicar a un proyecto
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO VALOR CRITERIOS QUE APLICA DGIRA O
IDENTIFICADOR USO QUE DA A LA INFORMACIÓN
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
IV.1 Delimitación y justificación del sistema ambiental regional (SAR) donde pretende
establecerse el proyecto.
Para delimitar el sistema ambiental regional se deberá proporcionar la justificación 3 La delimitación del Sistema
técnica de la delimitación, en la que se incluya los criterios y análisis utilizados, cabe Ambiental Regional no debe ser
señalar que la delimitación del SAR equivale a definir la unidad geográfica de referencia “confundida” con la identificación
para la toma de decisiones en materia de evaluación del impacto ambiental. Este del área de influencia del
objetivo, pudiera homologarse al intento de definir los límites del o de los ecosistemas proyecto. El criterio que aplica la
presentes en el área donde va a establecerse el proyecto, tal delimitación se concibe autoridad cuando este apartado
en términos operativos a través de la aplicación del concepto de sistema ambiental se circunscribe únicamente a
regional, el cual se circunscribe a una expresión objetiva, inventariable y cartografiable una delimitación del área de
de los ecosistemas donde se inserta el proyecto derivada de la selección e interrelación influencia del proyecto, o a una
de componentes o procesos ecosistémicos (Figura 5), por lo que, bajo esa propuesta alejada del concepto
consideración deben ser presentadas en la manifestación de impacto ambiental. que la autoridad establece en
esta guía para el sistema
ambiental regional, obliga a no
autorizar el proyecto toda vez
que, el no identificar de manera
correcta el sistema ambiental
regional, el análisis de los
capítulos V, VI y VII pudo haber
sido realizado sobre bases
equivocadas o diferente al
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
actividad humana (o una parte de ellas) y que se hace evidente en tres etapas
consecutivas: la primera es la alteración de alguno de los componentes del ambiente
o del sistema ambiental en su conjunto, la segunda es el cambio del valor del
componente que se afecta o, también, del conjunto del sistema ambiental y la tercera,
se refiere al significado ambiental que deriva de esas alteraciones, para lo cual es
imprescindible conocer el “estado cero” o la “calidad del ambiente sin proyecto” y a
partir de ahí hacer las inferencias necesarias.
La calidad de la información sobre la que debe desarrollarse este capítulo debe
basarse, al menos en tres niveles de criterios o dimensiones de valor: la validez de la
información, su importancia y la selección de los parámetros que hiciera el equipo
redactor de la MIA.
Validez: se entiende como el alcance de los procedimientos de medición del factor
evaluado. Por ejemplo, utilizar solamente información secundaria o publicada varios
años atrás para determinar los rubros relativos a la caracterización biótica de los
ecosistemas, pudiera no alcanzar la precisión que refleje el estado actual de la biota
en el SAR. El trabajo debe ser integrado con trabajos de muestreo “in situ” a efecto de
buscar alcanzar la validez que requiere el trabajo de diagnóstico del estado cero del
SAR.
Importancia: con este concepto nos referimos al alcance de los estudios que dieron
vida a la MIA con sustento en variables que estén significativamente relacionadas con
los recursos que potencialmente pudieran ser afectados por el desarrollo del proyecto.
El evaluador de la DGIRA considera que una información es importante si ayuda a
entender los cambios que pueden ocurrir en el ambiente debido al desarrollo del
proyecto, sobre todo cuando va a proponer la decisión que corresponda para la MIA.
Selección de parámetros: por “parámetro” se entiende a aquellos atributos del
ambiente que pueden ser medidos cuantitativamente o definidos cualitativamente. Con
base en esto y, cuando sea aplicable, en las referencias que pudieran aportar NOM’s
o instrumentos similares, se debe abordar el análisis de varios factores, iniciando por
dejar asentado cuáles y cuántos parámetros fueron medidos, la variabilidad de los
estándares y las bases científicas de las que se dispuso para caracterizar el ambiente.
En resumen, en la integración de esta parte de una MIA se debe determinar la
relevancia de los estándares que fueron utilizados, al menos bajo los siguientes pasos:
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INFORMACIÓN
Efectos significativos que potencialmente pueden presentarse más allá del área
de influencia directa del proyecto, considerando aspectos tales como la
dispersión de contaminantes, la afectación del tránsito de especies, etc.
El periodo de tiempo en el cual el proyecto puede alcanzar a afectar espacios
geográficos de manera acumulativa, permanente y/ o después de un periodo de
latencia (manifestación tardía del impacto).
Los límites del área de influencia pueden derivar de la aplicación del criterio respectivo
que más se ajuste a las características del sistema ambiental donde se ubique esta,
algunos ejemplos de límites que pueden ser adoptados son:
Límites administrativos: barreras de tiempo y espacio derivados de aspectos
administrativos, políticos, sociales o económicos (no muy recomendable para la
generalidad de los proyectos).
Límites del proyecto: escalas de tiempo y espacio sobre las que el proyecto se
extiende.
Límites ecológicos: escalas de tiempo y espacio sobre las cuales funcionan
sistemas naturales.
Límites técnicos: limitantes impuestos por la impredecibilidad de algunos sistemas
naturales y por las capacidades limitadas del estado del arte para medir el cambio
ambiental.
En relación a todo lo anterior, debe considerarse que el levantamiento de la información
y su posterior análisis sistemático, mejora notablemente la calidad de la información de
la MIA:
Es fundamental que el equipo consultor considere que, a efecto de que se asegure la
utilidad práctica de la información que presente en su MIA, resulta muy importante que
haya un balance apropiado entre el esfuerzo de colecta de la información (en campo y
en fuentes documentales), de análisis y de integración, todo lo cual debe conducir a
ofrecer a la autoridad una visión holística y objetiva del o de los ecosistemas. Los datos
analíticos deben ser procesados, seleccionados e integrados, y así podrán ofrecer
conclusiones respecto de la calidad ambiental. Es por ello que en esta guía se
recomienda que este rubro concluya con el uso de indicadores de la calidad ambiental,
lo cual permite a la autoridad formarse una apreciación comprensiva del SAR en su
conjunto.
REVISAR IMAGEN, EXISTEN CUADROS MAL EDITADOS
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
Relieve
Suelo y DBO
Abiótico
Clases
agrológi
Cantidad Sólidos
Agua suspendidos
Calidad
pH
Erosión
Procesos Oxígeno
Deposici
ón disuelto
Flora Cobertura
Ecosistema
Biótico
Fauna Hábitats
Procesos Movimientos
Estructura
Población
Renta
13
Debe considerarse con mucho cuidado que, en esta guía, el hecho de ofrecer como ejemplo una relación de componentes, no debe ser asumido por el consultor como
obligación para recopilar y analizar información para cada uno de ellos. Se reitera que deben seleccionarse únicamente en aquellos que puedan limitar el desarrollo del
proyecto o que este pueda afectar de manera directa o indirecta. 6 El componente clima es uno de los casos más recurrentes de información irrelevante incluida en las
MIA’s, ya que comúnmente se describen patrones climáticos y se enuncian tipos de clima, siendo abundante esta descripción, sin embargo, la mayoría de los proyectos
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
no tienen efectos directos con este componente, y en los casos en que existe evidencia de cambios a nivel micro (p.ej. presas) esta es la información que no se incluye,
o se ofrece información de fenómenos como huracanes, sin señalar la relación del proyecto con éstos Además, es frecuente que se presente una recopilación documental
a nivel de una región que abarca una superficie mayor que el sistema ambiental regional seleccionado,.
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IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
Zona marina. Para obras y actividades que se ubiquen en zona marina (muelles,
marinas, obras marítimas, etc.), se debe considerar una descripción del tipo de
costas, de la fisiografía presente en la zona, batimetría, características del
sustrato bentónico, perfil de playa, circulación costera, patrón de corrientes
costeras y estimación de las velocidades medias de las corrientes, ciclo de
mareas, sistema de transporte litoral y caracterización física de las masas de agua
(salinidad, temperatura, oxígeno disuelto, generales del ambiente abiótico), dicha
caracterización deberá ser representativa de las condiciones generales de la zona
marina y litoral, y considerar las variaciones estacionales de la misma.).
Asimismo, es importante proporcionar la información:
Levantamientos de Secciones de Playa de Costa. Estudio que caracterice la
morfología de la zona que se pretende afectar durante las diferentes épocas
del año. El cual deberá permitir establecer el perfil costero previo a las obras
e identificará las zonas de mayor y menor dinámica y en consecuencia,
facilitar la definición de los escenarios de cambio en el perfil de zonas como
en el caso de las playas.
Levantamiento Batimétrico y Estudio de Mareas.- El estudio deberá identificar
las cotas de nivel y el patrón de mareas en el área de agua donde se
desarrollará el proyecto. Se deberán caracterizar las condiciones
morfológicas y el patrón de inundación para poder identificar las zonas de
mayor dinámica y en consecuencia definir los escenarios de cambio en el
perfil marino y las áreas contiguas que pudieran ser afectadas por la
construcción de las obras.
Estudio de Transporte Litoral.- Este estudio deberá definir el volumen de
material sólido que se mueve y deposita en la zona a afectar y el patrón de
acarreo espacial y temporal en el área del proyecto, definiendo las áreas de
azolve y depositación, señalando las superficies contiguas que serán
afectadas. Los datos obtenidos deben alimentar modelos que muestren las
variaciones en el perfil costero del área del proyecto y los predios colindantes,
de forma previa y posterior a la construcción.
Un análisis de vulnerabilidad de las playas tomando en cuenta datos
morfométricos de longitud, ancho y superficie, al cambio climático.
Un análisis de vulnerabilidad y adaptación de los asentamientos humanos al
cambio climático
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
Medio biótico.
Partiendo de la identificación de las especies y de los principales procesos biológicos
IV.3.1.2 de sus comunidades o de sus poblaciones, determinar y analizar la calidad ambiental
del SAR en lo general, y de los predios donde incidirá el proyecto, empleando
indicadores que permitan corroborar los resultados del análisis y dar un seguimiento
ambiental al proyecto. Es relevante caracterizar la condición actual de los
componentes bióticos del o los ecosistemas y los procesos ecológicos asociados a los
mismos, de forma tal que se construya una “línea cero” del estado de conservación o
integridad funcional.
14
Debe recordarse que la fracción III del Artículo 35 de la LGEEPA obliga a la autoridad a negar la autorización de un proyecto cuando se afecte a este tipo de
especies con el desarrollo del proyecto. 8 Se recomienda ver: Jorgensen., R. Costanza y F. Xu. 2005. Handbook of ecological indicadors for assessment of ecosystem
health. CRC Press. USA.
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
le hace funcionar como una unidad funcional. Por tal razón, es importante identificar y
describir de manera concreta los procesos y las funciones de los mismos,
particularizando el análisis de aquellos procesos o de aquellas funciones que,
potencialmente, pudieran ser afectadas por el proyecto. Esto permitirá a la autoridad
visualizar de manera objetiva cómo un proyecto puede afectar de forma positiva o
negativa la dinámica antes citada; este apartado debe centrar su análisis en identificar
cómo los ecosistemas responden a este tipo de estímulos.
Para asegurar la inclusión de la información resultante del análisis citado en el párrafo
precedente, el consultor debe asegurarse de que incluyó en dicho análisis los rubros
característicos que definen la estructura y la función de los ecosistemas, tales como:
poblaciones animales y vegetales, composición, abundancia, especies indicadoras de
determinados estatus ambientales, rutas migratorias, áreas de alimentación, anidación
o crianza, corredores biológicos, relaciones tróficas, nichos ecológicos, biocenosis,
sucesiones, etc.
Lo anterior resulta fundamental para predecir los impactos sobre unidades funcionales,
por ejemplo determinando el impacto potencial de la disminución del tamaño de una
población del ecosistema y de su efecto en un desbalance trofodinámico, en la
anulación de su capacidad natural de regeneración, en la creación de nuevos nichos
ecológicos, etc.
Es posible que un proyecto no destruya completamente un o algunos ecosistemas, ni
anule sus interrelaciones, pero sí puede causar problemas de aislamiento o de
fragmentación. Esto puede llevar a incrementar los índices de mortalidad, de
desaparición de especies sensibles, de disminución de poblaciones de especies en
estatus de protección (amenazada o en peligro de extinción), o degradación o
destrucción de hábitats remanentes.
Por lo anterior, es fundamental que el consultor se asegure que su trabajo consideró
las condiciones físicas y biológicas en el sitio del proyecto, con la profundidad y en el
tiempo necesario para que sus proyecciones consideren los procesos permanentes o
secuenciales (derivados de períodos de lluvia y/o estiaje, por ejemplo), en el mediano
y en el largo plazo.
Ecosistemas ambientalmente sensibles: cuando sea el caso, el diagnóstico ambiental
debe enfatizar el análisis sobre ecosistemas ambientalmente sensibles, esto es sobre
aquellos componentes del SAR cuya estructura y función les caracteriza por su
fragilidad o por la alta calidad de los servicios ambientales que ofrecen (por ejemplo,
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
manglares, arrecifes coralinos, bosque de niebla, etc) y que el proyecto pudiera afectar
de manera directa o indirecta. En este caso, el análisis debe poner en evidencia
indicadores del nivel de fragilidad, al menos de manera aproximada, para valorar en el
capítulo V, el nivel de significancia que podrían alcanzar los impactos generados por
el proyecto sobre ellos.
En el análisis de ambos componentes biótico, los listados de especies pueden incluirse
como anexos, señalando específicamente para cada caso si su inclusión en el reporte
deriva de haber sido identificadas en el trabajo de campo o si se incluyen porque
estaban señaladas en algún documento especializado (señalar referencia bibliográfica
completa).
Identificar cuáles con los factores ambientales que serán modificados por el cambio
climático y que puede afectar su proyecto (ciclones, aumento de temperatura,
incremento del nivel del mar, entre otros).
Estimar la forma en que los valores de cada uno de los factores ambientales
aumentarán en periodos de 5, 10, 15 y 20 años, describiendo en que será afectado su
proyecto en cada uno de los plazos (utilizando modelos de simulación)
Identificar los servicios ambientales que serán afectados por el proyecto, como puede
ser la reducción de la captura de CO2 o emisión de O2, debido al retiro de vegetación.
Por cada servicio ambiental, estime como contribuirá al calentamiento global; por
ejemplo, el valor de la reducción de la captura de CO2 o la generación de O2.
Describir las tendencias y/o riegos, que presentaría el sitio del proyecto relacionado
con desastres naturales ante el cambio climático.
Medio socioeconómico.
La descripción y el análisis del medio socioeconómico del SAR, debe considerar las
principales actividades económicas que se desarrollan en esa área y del componente
social de la misma. Por lo expuesto debe considerarse el comportamiento de los
diferentes sectores económicos presentes, cuya dinámica es el fundamento de la
economía del área y también, en algunos casos, de los desbalances del equilibrio
IV.3.1.3 ecológico, por lo tanto debe hacerse una breve descripción de este tipo de actividades.
De manera breve, se recomienda identificar y describir los indicadores
socioeconómicos que reflejen cuál es la calidad de vida de la población en relación a
la presencia del proyecto, enfatizando los principales beneficios (empleo, ingresos,
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
entre otros), las afectaciones (conflictos sociales) derivadas del desarrollo del mismo
en la región y el grado de aceptación del proyecto por parte de las comunidades
vecinas señalando cómo se llega a esas inferencias.
La población con necesidades básicas insatisfechas o población con estatus de
pobreza –de acuerdo con los estudios demográficos y estadísticas oficiales, con las
medidas o estudios disponibles, debe ser descrita, analizada y tomada en cuenta al
determinar el área de influencia del proyecto. Esta población marginal con fuerte
desintegración, desde el punto de vista del desarrollo socioeconómico, puede recibir
los impactos del proyecto y conformar una nueva dinámica en el área de influencia del
proyecto y que puede extenderse dentro del SAR.
Es necesario anticipar en forma completa, tanto el potencial de efectos directos,
indirectos o acumulativos como la complejidad de los mismos en la evaluación. Así
mismo el consultor debe considerar que, la atención a las diferentes medidas de
manejo es de especial importancia, pues permite compatibilizar el proyecto con el
ambiente original. Por otro lado, se deberá considerar si el proyecto incide sobre el
territorio en el que habitan comunidades indígenas, de acuerdo a la base de datos
aportada por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI),
para que se establezcan los mecanismos de coordinación con la CDI, y bajo los
protocolos que se instituyan para realizar la consulta y demostrar el resultado de la
misma para que se lleve a cabo el proyecto15.
Para el caso de infraestructura en ecosistemas costeros, deberá incluir un análisis de
vulnerabilidad y adaptación de los asentamientos humanos al cambio climático, en el
SA (utilizando estimados demográficos).
Paisaje
La inclusión del componente paisaje en un estudio de impacto ambiental alcanza
importancia sustantiva en aquellas áreas donde la calidad escénica pudiera alterarse
de manera significativa con el desarrollo del proyecto. En este sentido el paisaje debe
valorarse como un componente más del ambiente y su valoración debe sustenta en
dos aspectos fundamentales: el concepto paisaje como elemento perceptual,
15
Artículos 1° y 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; a lo previsto en los artículos 6 y 7 del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales
en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo; así como, a las Recomendaciones 37/2012 y 56/2012 de la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
45
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
IV.3.1.4 aglutinador de toda una serie de características del medio físico y el efecto negativo o
positivo que produce el desarrollo del proyecto en un contexto determinado.
La descripción del paisaje encierra la dificultad de identificar y aplicar un sistema
efectivo para medirlo, puesto que en todos los métodos propuestos en la bibliografía
se presenta, en cierto modo, un componente subjetivo y de enfoque conceptual, ya sea
al considerar al paisaje como ensamblaje de elementos y procesos naturales (p. ej. un
ANP) o como el resultado de la interacción de las actividades humanas con el ambiente 3
(p.ej. un viñedo).
La identificación objetiva y
Es por ello que existen metodologías variadas, pero casi todas coinciden en utilizar tres sustentada del inventario de
componentes importantes: la visibilidad, la calidad paisajística y la fragilidad visual. recursos bióticos y abióticos del
o La visibilidad se entiende como el espacio del territorio que puede apreciarse sistema ambiental donde
desde un punto o zona determinada. Esta visibilidad suele estudiarse mediante pretende establecerse el
datos topográficos tales como altitud, orientación, pendiente, etc. Posteriormente proyecto, es uno de los dos
puede corregirse en función de otros parámetros como la altura de la vegetación elementos angulares en los que
y su densidad, las condiciones de transparencia atmosférica, distancia, etc. La la autoridad centra su atención
visibilidad puede calcularse con métodos automáticos o manuales. para, posteriormente, valorar la
objetividad respecto a la
o La calidad paisajística incluye tres aspectos de percepción: las características
identificación de los impactos del
intrínsecas del sitio, que se definen habitualmente en función de su morfología,
proyecto a los componentes de
vegetación, puntos de agua, etc.; la calidad visual del entorno inmediato, situado
ese ambiente o al ambiente en
a una distancia por ejemplo de 500 y 700 m; en él se aprecian otros valores tales
su conjunto.
como las formaciones vegetales, litología, grandes masas de agua, etc.; y la
calidad del fondo escénico, es decir, el fondo visual del área donde se establecerá
el proyecto. Incluye parámetros como intervisibilidad, altitud, formaciones
La carencia de este diagnóstico
vegetales, su diversidad y geomorfológicos.
o su falta de objetividad
o La fragilidad del paisaje es la capacidad del mismo para absorber los cambios
cuestiona radicalmente la
que se produzcan en él. La fragilidad está conceptualmente unida a los atributos
utilidad de la EIA y puede incluso
anteriormente descritos. Los elementos que la integran se pueden clasificar en
desvirtuar radicalmente la
biofísicos (suelos, estructura y diversidad de la vegetación, contraste cromático)
calidad del ejercicio de EIA
y morfológicos (tamaño y forma de la cuenca visual, altura relativa, puntos y
realizado por el consultor, ante
zonas singulares).
lo cual se procede a requerir
Otra variable importante a considerar es la frecuencia de la presencia humana. No es lo información adicional que
mismo un paisaje prácticamente sin observadores que uno no muy frecuentado, ya que corrija, complemente o que
la población afectada es superior en el segundo caso. Las carreteras, núcleos urbanos, adicione los elementos básicos
del diagnóstico ambiental y,
46
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
puntos escénicos y demás zonas con población temporal o estable deben ser tomados consecuentemente podría haber
en cuenta. necesidad de modificar el
contenido de los capítulos V, VI
El inventario del paisaje se complementa con la inclusión de las singularidades
y VII.
paisajísticas o elementos sobresalientes de carácter natural o artificial. Por último, se
suelen incluir en el inventario del paisaje los elementos que contienen recursos de
carácter científico, cultural e histórico.
Los factores del paisaje pueden sintetizarse posteriormente en un plano único basado
en criterios jerárquicos aglutinadores. Una buena descripción de estas metodologías
puede consultarse en Escribano et al. (1987).
Es importante destacar que, cuando se pretende evaluar el impacto en el medio
perceptual, se enfrentan algunos problemas potenciales entre los cuales destacan: i)
la falta de acuerdo sobre la definición y los criterios de calidad visual; ii) dificultades en
alcanzar comunicaciones efectivas entre profesionales, actividades de proyectos, y
entre el público en lo relacionado con aspectos estéticos; iii) necesidad de presentar
las variaciones estacionales en la calidad de los paisajes; iv) limitada cantidad de
profesionales experimentados, y v) la diversidad de opiniones derivadas de
percepciones acordes a intereses particulares en relación a lo que debe entenderse
como “paisaje estéticamente placentero”. Para minimizar estos problemas, es
recomendable que el equipo de consultoría debe centrar su esfuerzo en asegurar que
la metodología de caracterización sea sistemática, con criterios claramente definidos,
que sea adecuada al tipo de proyecto y a los efectos que éste tiene sobre el paisaje y
que, en lo posible sea una metodología reconocida y experimentada.
Diagnóstico ambiental
Con base en todo lo antes expuesto, deberá integrarse una síntesis objetiva y
congruente del estado actual del sistema ambiental de la región en estudio. Se
indicará el grado de conservación y/o deterioro (calidad del ambiente) de acuerdo con
la descripción efectuada en los apartados previos y deberá apoyarse en la
IV.4 identificación de especies indicadoras de la “salud” del ambiente o en el uso de
indicadores ambientales que cumplan igual objetivo; deberá incluirse en el análisis una
valoración de las capacidades de respuesta ambiental del sistema regional
(homeostasis y resiliencia), en función de las principales tendencias de desarrollo
ambiental de la región enfocándose a valorar la respuesta en términos del
comportamiento del ambiente ante evidencias de sobreexplotación, contaminación o
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
• Definición
geográfica del • Información Evaluación de:
Contenido del SAR suficiente
• Caracterización • Sustentada • Integridad
Capítulo IV del • Medible funcional
funcionamiento de • Verificable • Capacidad
de carga
los ecosistemas • Contextualizada
• Línea base
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IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
elevación del nivel medio del mar, geoformas, cuencas hidrológicas, elevación media
de la franja costera biodiversidad, tsunamis, asentamientos humanos vulnerables a
inundaciones, densidad de población, marginación social, entre otras. Lo anterior para
pronosticar los escenarios de riesgo-disturbio, que probablemente se presentarían en
el área propuesta para el desarrollo del proyecto y con ello reducir el riesgo que se
presentaría, promover acciones para restaurar ecosistemas, desplazar población e
infraestructura, a otras áreas medidas.
V.
IDENTIFICACIÓN, CARACTERIZACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS
AMBIENTALES, ACUMULATIVOS Y RESIDUALES DEL SISTEMA
3
AMBIENTAL REGIONAL El apartado de evaluación de
En esta sección se desarrollará la parte medular del estudio de impacto ambiental y es los impactos debe contener las
la base para elaborar el siguiente capítulo, aquí deben quedar identificados, tres funciones analíticas de una
caracterizados, ponderados y evaluados los impactos ambientales, con especial EIA: identificación,
énfasis en los relevantes o significativos y de estos, los que sean residuales, caracterización y evaluación.
acumulativos y/o sinérgicos que pueden producirse durante el desarrollo del La metodología de evaluación
proyecto en sus diferentes fases o etapas, relacionándolos con los componentes de impactos ambientales debe
ambientales identificados para la región donde se ubicará el proyecto. ser adecuada al proyecto. Esto
es:
Al desarrollar este capítulo, el consultor debe recordar que el análisis de los impactos
ambientales debe basarse en la determinación de las desviaciones de “línea base La metodología debe ser
o cero”, esto es, los impactos habrán de expresar la diferencia entre las condiciones interdisciplinaria,
ambientales esperadas en el SAR y en el área de influencia del proyecto, ante la sistemática, con un fuerte
eventualidad de que éste no se realice, y aquellas otras que se prevé ocurran, como grado de organización y
consecuencia del establecimiento y desarrollo del proyecto. uniformidad.
Existen varias metodologías que en el ámbito de la EIA se utilizan para abordar los Debe considerar los
impactos de una obra o actividad, todas relacionadas a la naturaleza misma del sistemas más amplios
proyecto, sin embargo todas las metodologías se caracterizan por abordar tres posibles (SAR), aunque
funciones analíticas: identificación, caracterización y evaluación. Por lo expuesto, el cada parte (factores y
subfactores ambientales)
consultor debe asegurarse que en el ejercicio que reporte en la MIA quede evidencia
debe ser estudiada por un
clara de la consideración de estas tres funciones.
especialista en la materia;
En el mismo rubro, la metodología que se aborde debe iniciar, por una parte, con la las interpretaciones entre
consideración del diagnóstico ambiental del SAR para identificar cada uno de los las distintas partes debe ser
factores y subfactores que pueden resultar afectados de manera significativa por lo más estrecha posible.
alguno o algunos de los componentes del proyecto (obra o actividad), de manera que,
49
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
analizando las interacciones que se producen entre ambos, se alcance gradualmente Las metodologías han de
una interpretación del comportamiento del sistema ambiental. ser flexibles, aplicables en
cualquier fase del proceso
Al elaborar el Estudio de Impacto Ambiental es recomendable que se apliquen aquellos de planificación y desarrollo,
análisis o previsiones que pudieran derivar de estudios o reportes de investigaciones deben ofrecer evidencias de
científicas que se refieran a los ciclos básicos de los ecosistemas presentes donde se estar actualizadas, en
pretenda desarrollar la obra o la actividad. función de los resultados
Es importante que el consultor considere cuáles son los criterios que asume la obtenidos y de la
autoridad al evaluar una MIA y con sustento en ellos, diseñar la metodología más experiencia adquirida.
adecuada al proyecto. Deben ser adecuadas para
poder efectuar un análisis
Al hablar de metodologías que pueden utilizarse en la integración de una MIA, el integrado global,
consultor debe considerar que los métodos para evaluar el impacto ambiental son muy sistemático e
diferentes y la selección o el diseño del que se vaya a emplear en la MIA, deben interdisciplinario del
realizarse por su claridad, precisión y reproducibilidad. Es evidente que una misma ambiente y de sus factores y
metodología no es adecuada para diferentes proyectos, ya que cada proyecto, puede subfactores.
o no puede generar diferentes tipos de residuos o incluso contaminantes; de igual
La evaluación debe identificar
forma, cada proyecto utiliza diferentes tipos de recursos naturales e incide de diferente
la relación causa efecto entre
forma sobre los factores económicos, sociales, culturales o biológicos que conforman
los componentes del proyecto y
el SAR. Por lo tanto, según la naturaleza y según la calidad y las características los factores y subfactores del
ambientales del área donde vaya a establecerse el proyecto, la metodología de EIA ambiente que potencialmente
tendrá enfoques y alcances diferentes. pueden resultar impactados.
En adición a lo anterior, el consultor debe recordar que la magnitud de los impactos no La evaluación de impactos
necesariamente tiene una relación proporcionalmente directa al tamaño del proyecto. debe incluir una discusión
En relación a todo esto, se recomienda al consultor que, al determinar que ciertas obras sobre las relaciones causales
ó actividades pudieran producir impactos de alcance y magnitud reducida utilicen considerando relaciones tales
metodologías de menor precisión y sofisticación que aquellos proyectos que pueden como la residualidad y
ocasionar impactos significativos de mayor alcance y de más elevada magnitud, acumulación.
residuales o sinérgicos.
Las causas de incertidumbre al
evaluar los impactos
V.1
Identificación de impactos. ambientales deben ser
identificadas y detalladas en la
Lo antes expuesto resume un hecho característico del proceso de la EIA: para MIA.
identificar las impactos ambientales de un proyecto deben desarrollarse tres acciones:
1. Conocer el proyecto y sus alternativas: para ello, el capítulo II de la MIA,
enfoca sus objetivos a recabar la información que permita identificar los
50
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
componentes y los componentes del proyecto que podrán ocasionar impactos al La evaluación de impactos
ambiente. debe tener una medición
2. Conocer el ambiente en el que se va a desarrollar el proyecto: en tal sentido, objetiva.
el capítulo IV ofrece esa información, y la aporta al ejercicio, con un análisis que
La evaluación de los impactos
posibilita disponer del significado ambiental de cada uno de los factores que
ambientales debe considerar
pudieran ser afectados por los componentes o las acciones del proyecto, y
una discusión sobre el nivel
3. Determinar las interacciones entre proyecto y ambiente: esta es la etapa que significativo de cada uno y del
aborda esta parte de la MIA. Así, el ejercicio de integración de una MIA-regional conjunto.
en el rubro sustantivo de identificación de los impactos al ambiente se nutre del
trabajo desarrollado en los capítulos II y IV y se desarrolla en una metodología
que sigue dos líneas de trabajo paralelas, la primera que analiza el proyecto y
que concluye con la identificación de los componentes del proyecto susceptibles
de producir impactos significativos, acumulativos o sinérgicos; la segunda analiza
el ambiente, en el contexto del SAR para identificar los factores ambientales que
potencialmente pueden ser afectados por las acciones derivadas de los
componentes del proyecto. Ambas líneas se unen en este capítulo el cual tiene
como objetivo específico la identificación, caracterización y evaluación de esos
efectos potenciales mediante la identificación causa – efecto (componentes del
proyecto = resultados en los factores del ambiente), utilizando para ello técnicas
acordes a la complejidad del ejercicio.
Por lo expuesto la identificación de impactos ambientales es un ejercicio que valora
cómo el proyecto se integra a su ambiente, de tal forma que el impacto ambiental de
un proyecto se concreta en un valor que dimensiona la desviación de éste en su
proceso de integración al ambiente.
Derivado de lo anteriormente señalado, la identificación de los componentes del
proyecto debe ser concreta, para ello se recomienda que en este ejercicio se asegure
que tales componentes:
a) Sean relevantes,
b) Sean excluyentes/y no dependientes,
c) Sean objetivos,
d) Sean mensurables,
e) Sean ubicables,
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
V.1.1.
Metodología para identificar y evaluar los impactos ambientales.
Para la identificación y evaluación de impactos existen diferentes metodologías, la
cuales podrán ser seleccionadas por el responsable técnico del proyecto, justificando
su aplicación.
53
DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
V.2
Caracterización de los impactos.
Hasta esta parte se han propuesto una serie de pasos para identificar el conjunto de
impactos y para desarrollar una primera aproximación acerca de la selección de
aquellos impactos que, por sus características pudieran identificarse como
significativos.
Este punto es el aspecto crítico del proceso y es el rubro en el cual el equipo de
evaluación de la DGIRA pone una atención especial para determinar la congruencia,
objetividad y utilidad del trabajo del consultor al seleccionar el método para identificar
la “significancia” de los impactos ambientales.
El método de identificación de los impactos significativos conforma, por lo tanto, la
parte medular de la metodología de evaluación y registra numerosas propuestas en la
literatura especializada, algunas muy simples y otras sumamente estructuradas.
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IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
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INFORMACIÓN
● Limitaciones: al uso que imponen los procesos y riesgos activos del ambiente.
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
Para ser útiles, los indicadores de impacto deben cumplir, al menos, los siguientes
requisitos:
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INFORMACIÓN
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
V.5 instancia representan el efecto inevitable y permanente del proyecto sobre el ambiente,
en consecuencia, el resultado de esta sección, aporta la definición y el análisis del
“costo ambiental” del proyecto, entendiendo por tal la disminución real y permanente
en calidad y/o cantidad de los bienes y servicios ambientales en el sistema ambiental
regional.
Por lo anterior, es importante que el consultor, ofrezca una descripción y valoración de
la residualidad de los impactos que el proyecto puede potencialmente ocasionar, lo
cual representa la base técnica para la propuesta de medidas compensatorias que se
describirán en la sección seis.
Impactos acumulativos.
Como se indicó anteriormente, el análisis de los impactos ambientales debe
basarse en la determinación de las desviaciones de “línea base o cero”. Para lo
anterior, no es suficiente con evaluar los impactos ambientales del proyecto como si
éste fuera la única fuente de cambio en el sistema ambiental regional, es importante
que el consultor identifique los cambios ocasionados en el ambiente que se están
generando o que ocurrieron como resultado de otras actividades humanas en la región,
y que pueden tener un efecto aditivo o acumulativo sobre los mismos componentes
ambientales con los que el proyecto interactúa. Al desarrollar este capítulo, el consultor
debe proporcionar un análisis de:
• Los efectos de actividades pasadas y presentes y futuros que han modificado a los
ecosistemas de la región.
• Los cambios predecibles sobre el ambiente que podrían razonablemente esperarse
del proyecto propuesto, en combinación con las otras actividades humanas en el
SAR.
• Evaluación de la suma total de alteraciones similares a aquéllas relacionadas con
el proyecto propuesto, independientemente de su origen. Por ejemplo, en una
actividad que genera emisiones atmosféricas, ésta debería incluir otras fuentes de
emisiones.
• Un análisis de las posibles interacciones ocurren entre fuentes disímiles de
alteración. Aquí se podría incluir, por ejemplo para un ecosistema costero, el efecto
combinado de las alteraciones físicas, tales como pérdida de hábitat y la
contaminación del agua.
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
Todas las medidas requieren una evaluación con respecto al costo, duración, métodos pertinencia respecto al tipo de
de ejecución, requisitos de capacitación y confiabilidad bajo las condiciones locales. impacto que se atiende. En este
sentido, un criterio fundamental
Descripción de la medida o programa de medidas de la mitigación o correctivas
es la calificación congruencia
por componente ambiental
causa efecto que se atiende con
Se deberá asegurar una identificación precisa, objetiva y viable de las diferentes la medida propuesta.
medidas correctivas o de mitigación de los impactos ambientales, que deriven de la
ejecución del proyecto desglosándolos por componente ambiental. Siendo necesario
que la descripción incluya cuando menos lo siguiente:
1) Medida preventiva o de mitigación y el impacto ambiental al que va dirigido,
con explicaciones claras sobre su mecanismo, implementación y medidas de
éxito esperadas con base en fundamentos técnico-jurídicos, experiencias en el
manejo de recursos naturales y/o en la realización de estudios ambientales
específicos que sustenten dicha aplicación.
2) Medidas correctivas en caso de detectarse desviaciones en los resultados
esperados por la ejecución de las medidas de prevención, mitigación,
restauración y/o de mitigación.
3) Duración de las obras o actividades de las medidas propuestas, señalando la
etapa del proyecto en la que se ejecutarán.
4) Especificaciones de la operación y mantenimiento (en caso de que la medida
implique el empleo de equipo o la construcción de obras). Las especificaciones
y procedimientos de operación y mantenimiento deberán ser señaladas de
manera clara y concisa.
5) Indicar las acciones o medidas de adaptación, incluyendo la explicación que
permita conocer la viabilidad ambiental de las mismas, ante el cambio climático.
6) Incluir las medidas de prevención de desastres, reducción de vulnerabilidad y
adaptación al cambio climático, así como en la planificación, diseño,
construcción y operación del proyecto ante el cambio climático. Además de
considerar un plan para contingencias ambientales e hidrometeorológicos,
estrategias de evacuación y abandono de sitio ante la presencia de un
fenómeno o evento hidrometeorológico.
En la descripción de las medidas de mitigación, se mencionará el grado en que se
estima será abatido cada impacto adverso, tomando como referencia, entre otras, el
VI.2. estado en que se encontraba el recurso o componente ambiental de acuerdo con los
resultados de la línea base de la descripción del Sistema Ambiental del Capítulo IV,
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
Presentar un programa de vigilancia ambiental que tiene por función básica establecer
un sistema que garantice el cumplimiento de las acciones y medidas de mitigación
incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental, el cual debe incluir al menos lo siguiente:
1. Objetivos y alcances.
2. Fichas técnicas que se utilizarán para dar seguimiento a cada una de las medidas
propuestas.
3. Indicadores de seguimiento basados en criterios técnicos y/o ecológicos, medibles y
verificables en tiempo y espacio, que permitan medir la eficiencia de las medidas de
prevención, mitigación y compensación.
El Programa debe estructurarse de lo general a lo particular, indicando el Objetivo
general y las Líneas estratégicas, entendiéndose por líneas estratégicas la agrupación
de los impactos potenciales de acuerdo a su tipo, o bien al tipo de medida de
mitigación. Una estrategia buscará la mitigación de cierto tipo de impactos
acumulativos o en ciertas zonas de la región, por lo que se deberá indicar si existen
sistemas de mitigación para un impacto o varios, o bien para determinadas zonas
vulnerables.
Las medidas y acciones de mitigación deben ordenarse por estrategia e indicar el impacto
potencial y la(s) medida(s) adoptada(s) en cada una de las fases (en caso de que el
proyecto se realice en varios tiempos) del proyecto. Para ello se puede construir una
matriz de planeación que al menos indique lo siguiente:
LÍNEA ESTRATÉGICA:
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
Recursos
Supervisión
Impacto al necesarios:
Descripción de la medida de Tiempo en el que se y grado de
que va costo, equipos,
prevención, mitigación y/o instrumentará o cumplimient
dirigida la obras,
compensación duración o, eficiencia
acción instrumentos,
y eficacia
etc.
VI.4 Esta estrategia deberá comprobar el cumplimiento de las medidas y proponer nuevas
medidas de mitigación o control en caso de que las previstas resulten insuficientes o
inadecuadas. Igualmente, deberá detectar los impactos no previstos en el estudio y
adoptar medidas de mitigación pertinentes. Con ello retroalimentará el programa de
vigilancia ambiental y éste se ajustará con una nueva matriz de planeación. Para hacer
más eficiente el seguimiento y control, el promovente deberá auxiliarse del empleo de
indicadores tanto para los impactos, como para sus medidas de mitigación,
compensación o restauración.
Información necesaria para la fijación de montos para fianzas
Por diversas causas, durante la realización de las obras y actividades del proyecto
pueden producirse daños graves al ambiente regional y sus ecosistemas,
especialmente en zonas de alta vulnerabilidad ambiental, por lo que el promovente
deberá presentar a la Secretaría una fianza o un seguro (artículo 51 del REIA)
respecto del cumplimiento de las disposiciones de mitigación establecidas en el
programa de vigilancia ambiental. Ciertos procedimientos jurídico – administrativos
(por ejemplo, un recurso de revisión con la solicitud de suspensión) requieren que la
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
Indicar los pronósticos futuros con respecto a la tendencia actual de la zona litoral
(tomando en cuenta pérdidas de los ecosistemas costeros que se desarrollan en
la zona, sus servicios ambientales que actualmente brindan, pérdidas económicas)
por el cambio climático.
Por otro lado, se deberá considerar los escenarios climáticos de elevación del nivel
del mar, los cuales deberán corresponder a la tendencia global identificada en la zona
considerando para ello tres posibilidades:
A partir del análisis de los tres apartados anteriores, deberá concluirse con el
pronóstico ambiental de la región en estudio.
Evaluación de alternativas.
Se indicarán las alternativas para el proyecto, plan, programa o medidas
compensatorias sobre:
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IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
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DÍGITO CONTENIDO DE CADA CAPÍTULO O APARTADO CRITERIO QUE APLICA DGIRA Ó
IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
VIII.2 Videos
De manera opcional, se puede anexar un video del sitio en el que se identifique la toma,
VIII.2.1 así mismo, se incluirá la plantilla técnica describiendo el tipo de toma (planos
generales, medianos, cerrado, etc.) y un croquis o en el mapa base, donde se ubiquen
los puntos y dirección de las tomas y los recorridos con cámara encendida.
Otros anexos
Memorias
Deberá presentar las memorias y demás documentación de los procesos de consulta
en los que se haya apoyado para la elaboración del análisis; escenarios y demás
puntos en los que hubiere recurrido a una consulta ya sea ciudadana o a expertos.
Dicha memoria deberá contener resúmenes del método empleado, participantes y
resultados, pudiéndose acompañar de fotografías y listas de asistencia.
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IDENTIFICADO VALOR USO QUE DA A LA
INFORMACIÓN
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Ámbito: espacio incluido dentro de ciertos límites.
Alcance: (Scoping): fase siguiente al Sondeo (screening) en la que se determina la
proyección y contenido del análisis de evaluación ambiental a partir de las
características de la actividad, la información relevante del medio receptor, consultas
a expertos e implicados y la identificación preliminar de los efectos previsibles.
Área de influencia: espacio físico asociado al alcance máximo de los impactos
directos e indirectos ocasionados por el proyecto en el sistema ambiental o región, y
que alterará algún elemento ambiental.
Cambio climático: un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad
humana que alterara la composición de la atmosfera mundial y que se suma a la
variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables.
Desarrollo sustentable: es el progreso social, económico y político dirigido a
satisfacer las necesidades de las generaciones actuales sin comprometer la capacidad
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INFORMACIÓN
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INFORMACIÓN
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INFORMACIÓN
Sistema ambiental: Espacio finito definido con base en las interacciones entre los
medios abiótico, biótico y socio-económico de la región donde se pretende establecer
el proyecto, generalmente formado por un conjunto de ecosistemas y dentro del cual
se aplicará un análisis de los problemas, restricciones y potencialidades
ambientales y de aprovechamiento.
Sondeo (Screening): fase de consulta, previa a la Evaluación del Impacto Ambiental,
en la que se decide si una actividad debe someterse a al procedimiento de EIA. La
decisión comúnmente la determina la autoridad ambiental.
Sustentabilidad: es un estado ideal en el que el crecimiento económico y el desarrollo
debieran ocurrir y ser mantenidos en el tiempo dentro los límites impuestos por el
ambiente. La sustentabilidad es una visión de futuro y el Desarrollo Sustentable la
estrategia para alcanzarla; implica comprender los límites y características de la
naturaleza, leyes naturales que los gobiernan; la sustentabilidad se basa en las teorías
ecológicas de sustentabilidad natural de los ecosistemas.
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