El Derecho A La Vida y La Despenalizacion Del Aborto en El Peru y Latinoamerica
El Derecho A La Vida y La Despenalizacion Del Aborto en El Peru y Latinoamerica
El Derecho A La Vida y La Despenalizacion Del Aborto en El Peru y Latinoamerica
LA DESPENALIZACIÓN DEL
ABORTO EN EL PERU Y
LATINOAMERICA”
2
1. INTRODUCCIÓN
Es pues, a través del debido conocimiento del sistema jurídico, que se entenderán las
razones de orden legal que justifican la penalización del aborto en la sociedad peruana,
familiarizándonos con la realidad de casos innumerables del día a día y el trato que se da
por parte de los sistemas judiciales de diferentes naciones latinoamericanas.
Es por ello que el análisis de la regulación legal y forma de aplicación de distinta naciones
es muy cuestionada por las sociedades mismas, la iglesia y los tratados internacionales,
solo un debido entendimiento y su correcta aplicación por parte de los magistrados se
puede llegar a un verdadero equilibrio de los distintos sectores de una sociedad civilizada.
En nuestra sociedad a menudo se enfoca la cuestión del aborto como si solo fuese una
cuestión relativa a los derechos del feto; y a menudo como si fuera sólo cuestión de los
derechos de la mujer. Se sabe que la negación de un aborto seguro y legal viola los
derechos de la mujer a la vida, a la libertad y a la integridad física. Como también el
derecho a la vida del no nato, Así que aquellos que estén a favor de los derechos del no
nacido, deben preocuparse también por el status moral de la mujer.
2. EL DERECHO A LA VIDA
3
El derecho a la vida, como derecho personalísimo pertenece a la persona por su sola
condición humana, El derecho a la vida es una piedra angular de donde emergen todos los
derechos inherentes de la persona humana, es un derecho esencial desde su origen, lo
cual biológicamente ocurre a partir del momento de la concepción, en los temas que
trataremos demuestran la complejidad y el carácter multidisciplinario que conlleva este
problema social, ya que no sólo importa al derecho sino también a las diversas disciplinas.
Así la vida no puede ser suprimida por ninguna razón, no sacrificada a favor de otros,
aunque sea para salvar a alguien, pues al ser suprimida la vida se estaría abriendo la
puerta al famoso llamado aborto, a la eutanasia y a cualquier otro procedimiento
discriminatorio1. Es por ello que hay normas en la legislación nacional e internacional que
a lo lardo de la historia se han creado para protegerla. En tiempos muy remotos existía la
pena de muerte y era tan normal como el divorcio o el matrimonio donde no había una
verdeara protección a la vida humana y se le imponía dicha pena no solamente con la
finalidad de privarle la vida al condenado, sino más que todo con la intención de hacerlo
sufrir y de escarmentar a los demás miembros de la comunidad. Se puede decir, sin temor
a equivocarnos que hoy en día, cuando se aplica dentro de un proceso penal, la pena de
muerte, se trata simplemente de hacer morir al condenado, es decir de quitarle la vida;
solo se pretende el fiel cumplimiento de nuestras leyes penales vigentes2. No obstante lo
mismo sucede con la penalización del aborto, mientras más sea la pena o más rigurosa la
ley no dejara de haber abortos clandestinos, solo por castigar el aborto no dejara de
desaparecer, es por ello la gran complejidad que se tiene que analizar desde el origen del
problema.
QUISPE CORREA, Advierte que el derecho a la vida no se traduce solo en impedir que los
demás atenten contra el individuo, concebido así fuera mutilar su exacta dimensión. Por
cuanto debe de ser entendido como un derecho a vivir de tal manera que el ser humano
pueda realizar su proyecto vital, es decir que se requiere condiciones de vida.
Hablar del inicio de la vida humana es muy cuestionado tanto para el derecho como para
las otras disciplinas, especialmente para el derecho que denomina a la concepción como
el inicio, pero desde donde y cuando comienza la concepción, es ahí donde se discuten y
no llegan a un solución concreta, entonces si no se puede saber precisamente donde
comienza la vida como podemos protegerla y desde cuándo es el momento para
protegerla. Es por ello que analizaremos al inicio de la vida de las ramas más importantes
del derecho en temas de vida humana y protección:
Que es parte del Derecho Constitucional y de los Derechos Humanos nos habla en su
artículo primero de Persona Humana: “La defensa de la persona humana y el respeto de su
dignidad son el fin supremo de la sociedad y del estado” 3 y en su artículo segundo e inciso
1, sobre Derechos de la persona: “A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica
y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto
le favorece” 4 Estas normas que son de mayor jerarquía de un estado en si ya están
protegiendo al no nacido, es en ese caso que el estado protege el derecho a la vida.
3 CONSTITUCIÓN POLITICA DEL PERU, Art. 1°.
4 CONSTITUCIÓN POLITICA DEL PERU, Art. 2°, Insc. 1°.
4.2 El Código Civil
5
El Artículo 1° del Libro primero del Código Civil señala: “La persona humana es sujeto
de derecho desde su nacimiento. La vida humana comienza con la concepción. El
concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece. La atribución de
derechos patrimoniales está condicionada a que nazca vivo” 5. Precisamente nuestro
código civil también es una norma que protege el derecho a la vida, incluso al precisar
que el concebido es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece, le da una fuerza
mayor como aliento a la luz de la vida, como una imposición a que tiene que vivir, todo
esto en relación al Artículo 5° que señala la ““Irrenunciabilidad de los derechos
fundamentales”.
CONCEBIDO:
El código civil peruano tutela al aun no nacido porque es considerado como ser
independiente y distinto de la madre, teniendo el derecho y protección de la ley
reconociéndolo como sujeto de derecho para todo lo que le favorece.
AL SER YA NACIDO:
El código civil protege a los sujetos de derecho son acciones efectivas para prevenir
o suspender los daños que se cometan contra estos, así como las indemnizaciones
que le han de corresponder por el perjuicio sufrido.
Y en el Artículo 120° que permite el aborto en caso de violación sexual fuera del
matrimonio o inseminación artificial no consentida... Con una pena simbólica no
mayor de 3 meses.
A. Posición morticola:
Se afirma que la madre tiene derecho sobre la vida de sus hijos, esta posición
pretende resucitar de las catacumbas del derecho romano la inadmisible teoría
de que el concebido es visera de la madre y por consiguiente la mujer puede
desprenderse del feto tan tranquilamente como de 10 centímetros de intestino
delgado
El ser humano tiene derecho a concebír o no concebir pero de ninguna manera
tiene el derecho de eliminar al ser que ya está concebido por cuanto este último
es titular de derecho a la vida en la misma magnitud que su progenitor
DEL CASTILLO MURRUGARRA dice: Que el aborto legal viene constituir un medio de
control de la natalidad tornándose en el equilibrador entre crecimiento demográfico y el
factor económico.
A. Posición vitalista:
Las legislaciones contemporáneas contemplan como causas atenuantes y
eximenes del delito de aborto, distinta circunstancias teniendo como requisito el
consentimiento de la mujer para salvar su vida o cuando se desea eliminar el fruto
de una violación entre otros.
Al hablar del derecho a la vida en un país conservador como el Peruano, que castiga todo
lo contrario a las leyes de la iglesia y a la par la presión de la sociedad que es de un
carácter acusador, las mujeres víctimas de la fuerte discriminación que existe se ven
vulnerados sus derechos, ellas son las que cargan el peso del embarazo, también la
tremenda brecha de desigualdad social que existe en el país, forma parte fundamental
sobre las decisiones que ellas puedan tomar, afectando su propia vida también y la mala
calidad de educación e información son la causa de una gran brecha en el problema del
aborto, que se hace día tras día sin que el estado puede tomar en cuenta, ya que hay
7
manifestaciones feministas que también reclaman con justa razón sus derechos.
Actualmente, en el país, el aborto es legal solo en los casos en los que la vida de la mujer
embarazada corre peligro. La norma que lo sustenta logró contar con una guía de atención
para atención de aborto terapéutico en servicios de salud, tras nueve décadas de
demandas de mujeres y de organizaciones, y frente a las dificultades presentadas por los
vacíos al momento de la práctica médica.
La actual coyuntura abrió la posibilidad de debatir una vez más sobre la despenalización
del aborto en diferentes espacios, no solamente con el Estado sino también con diferentes
actores de la sociedad civil. El presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento del
Congreso de la República anunció que invitará a especialistas, representantes de los
colegios Médico del Perú y de Abogados de Lima, de los ministerios de Salud y de Justicia,
y representantes de organizaciones para que vayan exponiendo sus posiciones frente al
tema a los representantes de la Comisión.
Congreso peruano comenzó el debate sobre el proyecto de ley Nro 3839-2014-IC que
plantea la despenalización del aborto en caso de violación sexual, inseminación artificial
o transferencia de óvulos no consentida, presentado por organizaciones feministas con
un respaldo de 80.000 firmas de la ciudadanía, número de adhesiones superior al
mínimo establecido por la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos
7 Cortez Ureta Jhannet Rocio, Mendoza Taype Celesthe Veronika, Meza Mendoza Elías Juan,
Montano Crisostomo Lizbeth Katherin, Onocc Flores Jesús Angel. (2011). “EL ABORTO” Problema
social en el entorno jurídico, Perú, Universidad Nacional de Huancavelica, p. 144-145.
7. DESPENALIZAR NO ES IGUIAL A LEGALIZAR
8
La diferencia entre legalizar y despenalizar está basada mayormente en la ética y la moral,
al despenalizar el aborto no significa que estará aprobado y consentido por la sociedad
puesto que ello acaba con la vida de un no nacido, eso en ninguna parte del mundo es
aceptado o aplaudido. La prohibición legal del aborto protegería el derecho más
fundamental de todos, el derecho a la vida y, a la vez, eliminaría también el peligro de
discriminación hacia otros seres humanos más débiles, como ancianos, deficientes
mentales, impedidos, extranjeros, etc. 8.
8 Cortez Ureta Jhannet Rocio, Mendoza Taype Celesthe Veronika, Meza Mendoza Elías Juan,
Montano Crisostomo Lizbeth Katherin, Onocc Flores Jesús Angel. (2011). “EL ABORTO” Problema
social en el entorno jurídico, Perú, Universidad Nacional de Huancavelica, p. 148.
9 Cortez Ureta Jhannet Rocio, Mendoza Taype Celesthe Veronika, Meza Mendoza Elías Juan,
Montano Crisostomo Lizbeth Katherin, Onocc Flores Jesús Angel. (2011). “EL ABORTO” Problema
social en el entorno jurídico, Perú, Universidad Nacional de Huancavelica, p. 147
8. CONSECUENCIAS DE LAS MUJERES CAUSADAS POR EL ABORTO
9
El aborto, legal o ilegal también daña física y psicológicamente a la mujer y hasta puede
acarrearle la muerte. La propaganda proabortista continuamente proclama la mentira de
que el aborto legal es médicamente "seguro", y de que es necesario legalizarlo o
despenalizarlo debido a la gran cantidad de muertes maternas causadas por el aborto
ilegal. Esta estrategia para legalizar el aborto se llama engañosamente "Maternidad sin
riesgos". Entre las complicaciones físicas del aborto en la mujer están las infecciones, las
hemorragias, las complicaciones debido a la anestesia, las embolias pulmonares o del
líquido amniótico, así como las perforaciones, laceraciones o desgarros del útero.
Estadísticamente hablando, se estima que el riesgo inmediato de dichas complicaciones es
de un 10%, pero el de las complicaciones a largo plazo es entre el 20 y el 50%. Además de
las complicaciones físicas, las mujeres sufren emocional y espiritualmente de lo que ya se
ha identificado como el "Síndrome post-aborto." Estos efectos del aborto incluyen
sentimientos de culpa, angustia, ansiedad, depresión, baja autoestima, insomnio, diversos
tipos de neurosis y de enfermedades psicopáticas, tendencia al suicidio, pesadillas en las
que aparecen los restos del bebé abortado, recuerdos dolorosos en la fecha en que
hubiera nacido, etc. Cada año, más de un millón y medio de mujeres se practican abortos.
Eso significa que más de 4.000 niños aún no nacidos son matados legalmente cada día.
Para muchos, el aborto parece ser la decisión correcta en el momento. Pero a estas
mujeres casi nunca se les cuentan los posibles efectos físicos y psicológicos que pueden
arrastrar como secuela para el resto de sus vidas.
¿Qué pasa cuando peligra la vida de la madre? La ciencia señala que es prácticamente
imposible llegar al límite de abortar. El aborto es, ante todo, el asesinato de un inocente,
pero además supone un riesgo para la mujer que se somete a él, riesgo que se pretende
ocultar a las mujeres, muchas veces en situaciones difíciles, por quienes manipulan la
información para favorecer la acción criminal. Después del bebé, la mujer es la principal
víctima del aborto. No existe distinción de clase social y la diferencia sólo radica en el
motivo y la protección médica que tienen las diversas personas que recurren al aborto.
El caso que ahora ha llegado hasta la ONU fue protagonizado en 2001 por una joven
peruana de 17 años que reclamaba su derecho al aborto después de que los médicos de
un hospital de Lima diagnosticaran a su hijo de anencefalia, una malformación congénita
que supone la carencia de parte del cerebro.
Aconsejada por los médicos, la joven quiso abortar al bebé pero la legislación del país no
lo permitía. Finalmente tuvo a su hijo que vivió durante cuatro días. En 2005, se presentó
una denuncia ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU en nombre de la
joven alegando que se habría atentado contra sus derechos al no poder abortar al bebé y
que como consecuencia de esta decisión había sufrido una fuerte depresión.
La ONU ha declarado que Perú violó los derechos de esta madre al no permitir que
acabara con la vida de su hijo. Derechos recogidos según la organización en el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre ellos, el derecho a la indemnización
efectiva, la prohibición a la tortura y trato cruel, inhumano y degradante, el derecho a la
vida privada y el derecho a medidas de protección del menor
Es la primera vez que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas condena a
un Estado por no permitir el aborto.
En Perú, acabar con la vida de un no nacido está prohibido salvo en el caso de riesgo para
la vida de la madre. El Código Penal peruano, en defensa del derecho a vivir de los niños
no nacidos, recoge el aborto como un delito condenado con pena de cárcel, aunque esta
pena nunca llega a aplicarse.
10. LEGISLACION COMPARADA SOBRE DESPENALIZACION DEL ABORTO
11
Según la Organización Mundial de la Salud el aborto inseguro es una de las principales
causa de mortalidad materna en el mundo, cerca de 20 millones de mujeres recurren a los
abortos inseguros cada año los que causan alrededor de 47 mil muertes, la situación no es
muy distinta en américa del sur donde cada año cerca de 3 millones de mujeres se realizan
abortos clandestinos frente a embarazos no deseados, poniendo sus vida en peligro, esta
realidad tiene que ver con la situación legal de la interrupción voluntaria del embarazo en
cada país e incluso donde el aborto es permitido su implementación efectiva y segura aún
es un desafío.
Porque Chile es uno de los pocos países del mundo donde el aborto está prohibido en
todas sus causales.
Este país es el cuarto que autoriza el aborto en América Latina, después de Cuba, Guyana
y Puerto Rico.
Las mujeres uruguayas están autorizadas a abortar en un plazo de doce semanas, hasta 14
cuando han sido víctimas de una violación, sin plazo cuando hay riesgo para la salud de la
madre o el feto es inviable. Para acceder a la interrupción legal, las mujeres deben pasar
antes por la consulta de un ginecólogo, un psicólogo y un asistente social y después deben
respetar un plazo de cinco días de reflexión.
11. APORTACIONES PARA UNA CORRECTA SOLUCION DEL ABORTO
12
11.1. LA EDUCACIÓN ES IMPORTANTE:
Los expertos miran hacia países donde la educación sexual está implantada desde infantil
hasta la universidad, como Holanda, un modelo a seguir por ostentar el honor de tener la
tasa más baja de abortos en adolescentes de Europa. Gracias, dicen, a su base de
educación sexual desde pequeños. “Hay que informar a los jóvenes, que se comporten y
tengan una actitud y un comportamiento con la sexualidad responsable”.
Por eso, coinciden en que hablar de educación sexual para jóvenes es una obligación de
todos. Padres, profesores y médicos deben sentir propia la responsabilidad de educar
sexualmente a sus adolescentes para evitar una salida que cada vez tiene más facilidades:
practicar un aborto no deseado.
Debe crearse, o mejor dicho mejorarse el sistema de adopción para que sea rápido y
eficaz. Adoptar a un niño debe seguir siendo gratuito, y sin mucha demora. Porque sería
un problema para las parejas que quieren adoptar, que tienen que acabar buscando
soluciones internacionales más rápidas.
Pero si el sistema es rápido, los bebés entregados por las madres que no quieren o no
pueden hacerse cargo de ellos podrán estar enseguida con familias que sí puedan hacerse
cargo de ellos.
La mejor alternativa al aborto está en una sociedad más madura y más buena. Una
sociedad que eduque a los adolescentes y a los jóvenes en la hermosa virtud de la pureza.
Una sociedad que nunca permita el desprecio hacia los enfermos o los débiles. Una
sociedad que sepa garantizar la igual dignidad del hombre y de la mujer, del niño o del
anciano, del no nacido y del que nace con graves defectos físicos, del rico o del pobre.
12. CONCLUSIONES.
13
Por lo delicado del tema encontramos distintos criterios, tal es así que el aborto
provocado interesa en la medida en que constituye, según los criterios
tradicionales un gravísimo atentando contra el derecho a la vida de las personas,
tanto de la madre como del hijo por nacer. Para ello se sostiene que el embrión o
feto tiene vida desde el momento de la concepción y, por lo tanto el aborto es un
atentado contra el bien personalísimo: vida.
Con respecto a las violaciones causadas por la tremenda delincuencia que acarrea
al estado peruano, debemos de tener mayor importancia a las mujeres afectadas
con una atención rápida y eficaz para poder en el momento de ocurrido el hecho,
ellas puedan acudir a una comisaría y luego con la ayuda de un medico poder
proveer medicamentos para detener el ciclo de vida antes de la fecundación.
Se debe buscar bajar la pena al aborto por violación sexual a cero meses solo así y
con las medidas de cuidado correctas e implementando los protocolos de los
hospitales poder realizar un aborto sin mayores consecuencias, además poder
reducir los porcentajes de abortos clandestinos que buscan lucrar por
considerarlos negocios rentables.
BIBLIOGRAFIA.
14
Cortez Ureta Jhannet Rocio, Mendoza Taype Celesthe Veronika, Meza Mendoza
Elías Juan, Montano Crisostomo Lizbeth Katherin, Onocc Flores Jesús Angel, “EL
ABORTO” PROBLEMA SOCIAL EN EL ENTORNO JURÍDICO, Perú, (2011), Universidad
Nacional de Huancavelica.
WEBGRAFIA.
Consecuencias Psicológicas del aborto en la mujer a muy corto plazo, Li. María
Carolina Pavia
INDICE
15
INTRODUCCION.……………………………………………………………………………………….…… Pag. 2
La Constitución Política
El Código Civil
El Código Penal
EL ABORTO…………………………………………………………………………………………………………. Pag. 6
CONCLUSIONES…………………………………………………………………………………………….….. Pag. 13
BIBLIOGRAFIA………………………………………………………………………………………….……….. Pag. 14