DS 050-2005-Ef PDF
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DIARIO OFICIAL
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 23 de abril de 2005 AÑO XXII - Nº 9076 Pág. 291359
SUMARIO
R.M. Nº 393-2005-DE/EP.- Reconocen el tiempo de per-
PODER LEGISLATIVO manencia en situación de retiro y/o disponibilidad como
tiempo de servicios reales y efectivos prestados por perso-
CONGRESO DE LA REPÚBLICA nal militar que participó en los sucesos del 13 de noviem-
bre de 1992 291367
R. Leg. Nº 28499.- Resolución Legislativa que aprueba el
"Convenio de Santa Cruz de la Sierra constitutivo de la ECONOMÍA Y FINANZAS
Secretaría General Iberoamericana" 291361
R.Leg. Nº 022-2004-CR.- Resolución Legislativa que D.S. Nº 050-2005-EF.- Disponen incremento de Asigna-
modifica el primer párrafo del inciso b) del Artículo 55º ción Especial por Labor Pedagógica Efectiva a docentes
del Reglamento del Congreso de la República 291361 del magisterio nacional 291367
DEFENSA PRODUCE
R.S. Nº 237-2005-DE/SG.- Autorizan viaje de oficial del R.S. Nº 009-2005-PRODUCE.- Rectifican por errores
Ejército a EE.UU. en comisión de servicios 291364 formales tenor de la R.S. Nº 001-2005-PRODUCE
R.M. Nº 350-2005-DE/CCFFAA.- Autorizan viaje al ex- 291373
terior en comisión de servicios del Jefe del Comando Con-
junto de las Fuerzas Armadas del Perú 291364
R.M. Nº 363-2005-DE/MGP.- Autorizan viaje al exterior RELACIONES EXTERIORES
en comisión de servicios de personal de la Marina de
Guerra 291365 R.S. Nº 102-2005-RE.- Designan delegación oficial que
R.M. Nº 366-2005-DE/MGP.- Modifican la R.M. Nº 238- participará en ceremonia de entronización del Papa
2005-DE/MGP en extremo referido a fecha de inicio de Benedicto XVI 291374
autorización para viaje al exterior del Comandante Gene-
ral de la Marina 291366
R.M. Nº 368-2005-DE/SG.- Designan Fedataria del Des- TRABAJO Y PROMOCIÓN
pacho Ministerial 291366 DEL EMPLEO
RR.MM. Nºs. 376 y 377-2005-DE/FAP.- Varían artículos
de las RR.MM. Nºs. 294 y 295-2005-DE/FAP, que autoriza-
ron viaje de oficiales de la FAP a Brasil para participar en la R.M. Nº 107-2005-TR.- Designan representante alterno
5ta. Edición de LAAD 2005 291366 del ministerio ante la Comisión Consultiva de los Censos
R.M. Nº 378-2005-DE/FAP.- Varían fecha de inicio y tér- Nacionales 291374
mino de viaje de personal FAP a Venezuela, autorizado R.M. Nº 108-2005-TR.- Autorizan realizar el "II Seminario
mediante R.S. Nº 227-DE/FAP-CP 291367 Internacional de Seguridad y Salud en el Trabajo" 291374
Pág. 291360 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005
D.S. Nº 012-2005-MTC.- Modifican el D.S. Nº 002-2005- Res. Adm. Nº 034-2005-P/TC.- Modifican el Reglamento
MTC prorrogando exigencia de control de peso por eje de Normativo del Tribunal Constitucional 291388
vehículos automotores 291375
D.S. Nº 013-2005-MTC.- Modifican el D.S. Nº 003-2005-
MTC, prorrogando entrada en vigencia del Reglamento ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
Nacional de Transporte Turístico Terrestre 291376
R.S. Nº 014-2005-MTC.- Aprueban Addenda Nº 4 al Con- CONASEV
venio suscrito entre el Ministerio y el PNUD, aprobado por
R.S. Nº 012-2003-MTC 291377 Res. Nº 029-2005-EF/94.45.- Disponen exclusión de va-
R.M. Nº 238-2005-MTC/03.- Autorizan a procurador iniciar lores correspondientes al "Primer Programa de Certifica-
acciones legales para que se declare la nulidad de la R.D. dos de Depósito Negociables de Financiera Cordillera" del
Nº 210-2003-MTC/17 y contra presuntos responsables de la Registro Público del Mercado de Valores 291389
comisión de delito contra la fe pública 291377
R.M. Nº 243-2005-MTC/03.- Otorgan concesión a Telesip
S.R.L. para prestar servicio público de distribución de ra- CONSUCODE
diodifusión por cable 291378
Acuerdo Nº 069/2005.TC-SU.- Declaran no ha lugar ini-
PODER JUDICIAL cio de procedimiento de aplicación de sanción a la empre-
sa Facoimpex S.A. por presunta responsabilidad en la
presentación de documentos falsos 291390
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Acuerdo Nº 155/2005.TC-SU.- Declaran no ha lugar ini-
cio de procedimiento administrativo sancionador a pre-
Res. Adm. Nº 092-2005-CE-PJ.- Cesan en el cargo a Vo- sunto responsable de incumplimiento de obligaciones con-
cal Titular de la Corte Suprema de Justicia por límite de tractuales con la SUNARP 291391
edad 291379 Res. Nº 283/2005.TC-SU.- Sancionan a empresas con sus-
Res. Adm. Nº 096-2005-CE-PJ.- Aceptan renuncia de pensión en su derecho a participar en procesos de selec-
magistrado del Distrito Judicial de Loreto 291380 ción y contratar con el Estado 291392
Res. Adm. Nº 097-2005-CE-PJ.- Aceptan renuncias de Res. Nº 315/2005.TC-SU.- Declaran no ha lugar imposi-
magistrada de la Oficina de Control de la Magistratura del ción de sanción administrativa a la empresa Fama Export
Poder Judicial y de Secretaria Judicial II de la Corte Supre- & Import Company S.R.L. 291394
ma de Justicia de la República 291380
OSINERG
ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Res. Nº 051-2005-OS/PRES.- Exoneran de proceso de selec-
Res. Nº 043-2005-AMAG-CD-P.- Autorizan la contrata- ción la contratación de profesional para prestar apoyo a la Alta
ción de licencia de uso, mantenimiento y actualización de Dirección en la evaluación y discusión de propuestas de modi-
software 291381 ficación del marco regulatorio vigente 291395
Res. Nº 044-2005-AMAG-CD-P.- Declaran la nulidad de
proceso de selección para la contratación de servicio de UNIDAD DE INTELIGENCIA
mensajería 291382
FINANCIERA
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Res. Nº 036-2005-UIF-PERÚ.- Establecen que la institución
contará con un solo representante ante el FEDADOI 291396
BANCO CENTRAL DE RESERVA
MUNICIPALIDAD DE MUNICIPALIDAD
Acuerdo Nº 025-2005/MDSB.- Autorizan viaje de Regidora Acuerdo Nº 050-2005-MPI.- Autorizan viaje del Alcalde a
a España para participar en seminario representando a la EE.UU. para participar en la Undécima Conferencia
Municipalidad 291400 Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales 291402
Artículo Único.- Suspender la aplicación de la Re- Artículo 3º.- El citado Oficial deberá cumplir con
solución Jefatural Nº 073-2005-INRENA, emitida el 11 sustentar lo señalado en los artículos 6º y 10º del
de abril de 2005, hasta cinco (5) días útiles contados a Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de
partir del día siguiente de la fecha de publicación de la junio de 2002.
presente Resolución Jefatural y de la Resolución Jefatu- Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
ral Nº 073-2005-INRENA. dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
LEONCIO ÁLVAREZ VÁSQUEZ el Ministro de Defensa.
Jefe
Instituto Nacional de Recursos Naturales Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
07896
CARLOS FERRERO COSTA
Presidente del Consejo de Ministros
DEFENSA ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
Autorizan viaje de oficial del Ejército
a EE.UU. en comisión de servicios 07935
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 237-2005-DE/SG Autorizan viaje al exterior en comisión
Lima, 21 de abril de 2005 de servicios del Jefe del Comando Con-
junto de las Fuerzas Armadas del Perú
CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Que, mediante Oficio Nº 010-DP-JID, de fecha 14 de Nº 350-2005-DE/CCFFAA
abril del 2005, el Jefe de la Delegación del Perú ante la
Junta Interamericana de Defensa, solicita al Ministerio Lima, 18 de abril de 2005
Lima, sábado 23 de abril de 2005 NORMAS LEGALES Pág. 291365
Visto el Oficio Nº 017/05-ADIDEFEX/PERU del Visto el Oficio P.200-0634 del Director General del
Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Perú, de Personal de la Marina, de fecha 8 de abril de 2005;
fecha 26 de enero de 2005;
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo informado en el documento del
Que, es conveniente para los intereses institucionales visto, se ha determinado que es conveniente para los
autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior
señor Almirante Frank BOYLE Alvarado, Jefe del Coman- en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata SGC.
do Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, a fin que Angel Alfredo TELLO Gilardi y Capitán de Fragata SGC.
participe en la 5ª Edición de la "LATIN AMERICA AERO & Jean Darlen MELGAR Córdova, para que participen
DEFENCE (LAAD 2005)", a llevarse a cabo del 26 al 29 de en el Seminario Regional sobre la implantación del Pro-
abril de 2005, en la ciudad de Río de Janeiro - BRASIL; por tocolo de Torremolinos de 1993, a llevarse a cabo en
cuanto la experiencia a adquirirse redundará en beneficio la ciudad de Guayaquil - ECUADOR, del 25 al 29 de
de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competen- abril de 2005; por cuanto la experiencia a adquirirse
cia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; redundará en beneficio de la Seguridad Nacional, den-
Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimentación tro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra
serán solventados por la empresa Reed Exhibitions, organiza- del Perú;
dora del evento, no generando gastos al Tesoro Público, salvo Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimenta-
en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; ción serán solventados por la Organización Marítima
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º del Internacional (OMI), no generando gastos al Tesoro Pú-
Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciem- blico, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de
bre de 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto al Aeropuerto;
Tesoro Público por concepto de Tarifa Única de Uso de Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º del
Aeropuerto podrán ser autorizados por Resolución Mi- Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciem-
nisterial del Sector correspondiente; y, bre de 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto al
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula Tesoro Público por concepto de Tarifa Única de Uso de
la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio- Aeropuerto podrán ser autorizados por Resolución Mi-
narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de nisterial del Sector correspondiente;
Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que
Público para el Año Fiscal 2005, Decreto Supremo regula la autorización de viajes al exterior de servi-
Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto dores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley
Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de
2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004- Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
DE/SG de fecha 30 de junio de 2004 y Decreto de Urgen- 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23
cia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004; de diciembre de 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo
SE RESUELVE: Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004,
modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- SG de fecha 30 de junio de 2004;
sión del Servicio del señor Almirante Frank BOYLE
Alvarado, CIP 01645638, Jefe del Comando Conjunto de SE RESUELVE:
las Fuerzas Armadas del Perú, para que participe en la
5ª Edición de la "LATIN AMERICA AERO & DEFENCE Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi-
(LAAD 2005)", a realizarse en la ciudad de Río de sión del Servicio del Capitán de Fragata SGC. Angel
Janeiro - BRASIL, a partir del 24 al 30 de abril de 2005. Alfredo TELLO Gilardi, CIP 00811294 y Capitán de
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Fragata SGC. Jean Darlen MELGAR Córdova, CIP
Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, efectuará 00810423, para que participen en el Seminario Regional
los pagos que correspondan de acuerdo con las dispo- sobre la implantación del Protocolo de Torremolinos de
siciones vigentes: 1993, a llevarse a cabo en la ciudad de Guayaquil -
ECUADOR, del 24 al 29 de abril de 2005.
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
US$ 28.24 x 1 Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan
Artículo 3º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuer- de acuerdo a disposiciones vigentes:
zas Armadas del Perú, queda facultado para variar la fecha
de inicio y término de la autorización a que se refiere el Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. US$ 28.24 x 2
Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y
alimentación serán solventados por la empresa Reed Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina
Exhibitions, organizadora del evento, no generando gas- queda facultado para variar la fecha de inicio y término
tos al Tesoro Público, salvo en lo referente a la Tarifa de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin
Única de Uso de Aeropuerto. exceder el total de días aprobados.
Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y
da derecho a exoneración o liberación de impuestos alimentación serán solventados por la Organización Ma-
aduaneros de ninguna clase o denominación. rítima Internacional (OMI), no generando gastos al Te-
soro Público, salvo en lo referente a la Tarifa Única de
Regístrese, comuníquese y publíquese. Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Personal Superior de-
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN berá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición
Ministro de Defensa Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de
fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto
07878 Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de
2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no
da derecho a exoneración o liberación de impuestos
Autorizan viaje al exterior en comisión aduaneros de ninguna clase o denominación.
de servicios de personal de la Marina
de Guerra Regístrese, comuníquese y publíquese.
Designan Fedataria del Despacho Minis- Que, con Resolución Ministerial Nº 294-2005 DE/
FAP del 7 de abril de 2005, se autoriza el viaje al exte-
terial rior en Comisión de Servicio a la República Federativa
del Brasil, del 25 al 30 de abril del 2005, del Comandante
RESOLUCIÓN MINISTERIAL General de la Fuerza Aérea del Perú, General del Aire
Nº 368-2005-DE/SG
CONDE GARAY Luis Felipe, con la finalidad que asista
Lima, 20 de abril de 2005 a la 5ta. Edición de la "Latín América Aérea Defense
(LAAD 2005)", a realizarse en la ciudad de Río de
CONSIDERANDO: Janeiro;
Que, por razones del servicio es necesario que el
Que, la Ley Nº 27444, "Ley de Procedimiento Admi- viaje autorizado se realice del 24 al 30 de abril del 2005,
nistrativo General" en el artículo 127º del Régimen de motivo por el cual es necesario variar el artículo 1º de la
Fedatarios establece que cada entidad designa fedata- Resolución antes indicada;
rios institucionales adscritos a sus unidades de recep-
ción documental, en número proporcional a sus necesi- SE RESUELVE:
dades de atención, quienes sin exclusión de sus labores
ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los Artículo Único.- Variar el artículo 1º de la Resolu-
administrado; ción Ministerial Nº 294-2005 DE/FAP del 7 de abril de
Que, en el segundo numeral del artículo 127º del 2005, en el sentido de considerar la autorización en
acotado cuerpo legal, se establece que el fedatario comisión de servicio a la República Federativa del
tiene como labor personalísima comprobar y autenti- Brasil, del Comandante General de la Fuerza Aérea
car, previo cotejo entre el original que exhibe el del Perú, General del Aire CONDE GARAY Luis Feli-
administrado y la copia presentada, la fidelidad del pe, del 24 al 30 de abril de 2005, con la finalidad que
contenido de esta última para su empleo en los pro- asista a la 5ta. Edición de la "Latín América Aérea
cedimientos de la entidad así como certificar firmas Defense (LAAD 2005)", a realizarse en la ciudad de
previa verificación de la identidad del suscriptor, para Río de Janeiro.
las actuaciones administrativas concretas en que sea
necesario; Regístrese, comuníquese y publíquese.
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 075-2005-
DE/SG del 21 de enero del 2005, se designó, entre otros, ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
a la EC SPC MD Sylvia Elizabeth PLAZA MENDOZA, Ministro de Defensa
para que se desempeñe en el Cargo de Fedataria de
este Despacho Ministerial; 07882
Lima, sábado 23 de abril de 2005 NORMAS LEGALES Pág. 291367
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Comandante FAP SANCHEZ BARDALES César Alberto
Nº 377-2005-DE/FAP Mayor FAP URIA MAZUELOS Johnny Alfredo
Mayor FAP ASTETE RIECKHOF Enrique
Lima, 21 de abril de 2005 Capitán FAP ARRUNATEGUI RENTERIA Richard Gerard
Técnico 2da. FAP HUAYANAY DURAND Vicente Damian
CONSIDERANDO:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Que, con Resolución Ministerial Nº 295-2005 DE/FAP
del 7 de abril de 2005, se autoriza el viaje al exterior en ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Comisión de Servicio a la República Federativa del Ministro de Defensa
Brasil, del 25 al 30 de abril del 2005, del Mayor General
FAP LEVANO CASTILLO Fernando Luis, con la finalidad 07884
que asista a la 5ta. Edición de la "Latín América Aérea
Defense (LAAD 2005)", a realizarse en la ciudad de Río
de Janeiro; Reconocen el tiempo de permanencia
Que, por razones del servicio es necesario que el
viaje autorizado se realice del 24 al 30 de abril del 2005, en situación de retiro y/o disponibili-
motivo por el cual es necesario variar el artículo 1º de la dad como tiempo de servicios reales y
Resolución antes indicada;
efectivos prestados por personal mili-
SE RESUELVE: tar que participó en los sucesos del 13
de noviembre de 1992
Artículo Único.- Variar el artículo 1º de la Resolu-
ción Ministerial Nº 295-2005 DE/FAP del 7 de abril de RESOLUCIÓN MINISTERIAL
2005, en el sentido de considerar la autorización en co- Nº 393-2005-DE/EP
misión de servicio a la República Federativa del Brasil,
del Mayor General FAP LEVANO CASTILLO Fernando Lima, 22 de abril de 2005
Luis, del 24 al 30 de abril de 2005, con la finalidad que
asista a la 5ta. Edición de la "Latín América Aérea Defen- CONSIDERANDO:
se (LAAD 2005)", a realizarse en la ciudad de Río de
Janeiro. Que, por Ley Nº 28472 de fecha 10 de marzo de
2005, se amplían los beneficios otorgados mediante Ley
Regístrese, comuníquese y publíquese. Nº 27436;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN de la Ley Nº 28472, se faculta al Ministerio de Defensa a
Ministro de Defensa reconocer el tiempo de permanencia en la situación de
retiro y/o disponibilidad, como tiempo de servicios reales
07883 y efectivos prestados al Estado por el personal militar
que participó en los sucesos del 13 de noviembre de
1992;
Varían fecha de inicio y término de viaje Estando a lo recomendado por el Comandante Ge-
neral del Ejército;
de personal FAP a Venezuela, autori-
zado mediante R.S. Nº 227-DE/FAP-CP SE RESUELVE:
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Artículo 1º.- Reconózcase el tiempo de permanen-
Nº 378-2005-DE/FAP cia en la situación de retiro y/o disponibilidad, como tiem-
po de servicios reales y efectivos prestados al Estado
Lima, 21 de abril de 2005 por el personal militar que participó en los sucesos del
13 de noviembre de 1992.
Visto el Oficio II-35-COOA-Nº 0735 del 9 de abril del Artículo 2º.- El Ejército del Perú deberá realizar
2005 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aé- todos los actos administrativos que correspondan
rea del Perú; para el efectivo cumplimiento de la presente Resolu-
ción.
CONSIDERANDO:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Que, según Resolución Suprema Nº 227 DE/FAP-
CP de fecha 11 de abril del 2005, se autorizó el viaje al
exterior en Comisión de Servicio a la República ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Bolivariana de Venezuela del Personal FAP que en ella Ministro de Defensa
se menciona, para conformar la tripulación del avión
LJ-36A FAP Nº 525, el cual realizaría un vuelo hacia la 07885
Base Aérea Mariscal Sucre, transportando catorce
(14) Set de Cartridge MBEU-91396 aplicables a los
aviones Tucano T-27 (Material Clase V-A / Material de ECONOMÍA Y FINANZAS
Guerra);
Que, de acuerdo a lo informado por el Comandante Disponen incremento de Asignación
de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, la fecha de
inicio y término de la referida comisión ha sido modifica- Especial por Labor Pedagógica Efecti-
da para realizarse del 25 al 26 de abril del 2005; va a docentes del magisterio nacional
Que, el Artículo 3º de la Resolución Suprema antes
citada, faculta al Ministro de Defensa para variar la fecha DECRETO SUPREMO
de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de Nº 050-2005-EF
días autorizados;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SE RESUELVE:
CONSIDERANDO:
Artículo Único.- Variar la fecha de inicio y término
del viaje al exterior del Personal Militar FAP que se indica Que, mediante la Ley Nº 24029 - Ley del Profeso-
a continuación, autorizado con Resolución Suprema rado modificado por la Ley Nº 25212 se establecieron
Nº 227-DE/FAP-CP de fecha 11 de abril del 2005, en el las normas generales que regulan el trabajo y la
sentido de considerar dicho viaje del 25 al 26 de abril del carrera pública de los profesionales del Sector Edu-
2005: cación;
Pág. 291368 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005
Que, el artículo 56º de la Ley Nº 28044 - Ley Ge- Artículo 3º.- Incremento General y Diferencia-
neral de Educación, reconoce al profesor como agen- do
te fundamental del proceso educativo, por lo que el El incremento dispuesto en el presente Decreto
Gobierno considera prioritario mejorar su poder ad- Supremo, se sujetará a lo siguiente:
quisitivo, otorgándole un incremento en la “Asigna-
ción Especial por Labor Pedagógica Efectiva” dis- 3.1 Lo percibe el Director, Subdirector y docente,
puesta por los Decretos Supremos Nºs. 065-2003- comprendido en la presente norma, que cuente con
EF, 097-2003-EF, 014-2004-EF y 056-2004-EF, para vínculo laboral, aun cuando se encuentre en uso de
los Docentes del Magisterio Nacional, nombrados y su descanso vacacional, o percibiendo los subsidios
contratados, que desarrollan labor pedagógica efec- a que se refiere la Ley Nº 26790.
tiva con alumnos y para los directores de Institucio- 3.2 No tiene carácter ni naturaleza remunerativa
nes Educativas Públicas sin aula a su cargo pero ni pensionable así como tampoco está afecta a car-
que se encuentren desempeñando dicha función, en gas sociales. Asimismo, no constituye base de
las Unidades Ejecutoras de Educación Básica y Su- cálculo para las bonificaciones que establece el De-
perior no Universitaria a cargo de los pliegos del Mi- creto Supremo Nº 051-91-PCM o para la Compensa-
nisterio de Educación y de los Gobiernos Regiona- ción por Tiempo de Servicios o cualquier otro tipo de
les; bonificación, asignaciones o entregas.
Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Tran- 3.3 El incremento de la “Asignación Especial por
sitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Labor Pedagógica Efectiva” se otorga en forma ge-
Nacional de Presupuesto, establece que las escalas neral y diferenciada a los docentes, directores y sub-
remunerativas y beneficios de toda índole, así como directores de Educación Básica y Superior No Uni-
los reajustes de las remuneraciones y bonificacio- versitaria, cuya escala se encuentra en el Anexo que
nes que fueran necesarias durante el año fiscal, se forma parte del presente Decreto Supremo.
aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por 3.4 Las Escalas 1 a 4 se otorgan, siempre que
el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del cumplan con las condiciones indicadas en el cuadro
Titular del Sector; Anexo y realicen labor pedagógica efectiva.
Que, la Segunda Disposición Final de la Ley 3.5 Las escalas 5, 6 y 7 se otorgan de manera
Nº 28427, prorroga la vigencia de la Décimo Primera excluyente y siempre que cumplan con las condicio-
Disposición Final de la Ley Nº 28254, durante el año nes indicadas en el cuadro anexo, de igual forma, en
fiscal 2005, que dispone un proceso de racionaliza- el caso de las escalas 8 y 9 se otorga sólo una de
ción a nivel de cada institución educativa de las Uni- ellas.
dades de Gestión Educativa Local; de cuyo resulta- 3.6 La escala 10 se otorga a los Directores de
do se debe generar hasta 28 millones de nuevos so- Centro Base (Unidades de Costeo), designados me-
les de ahorro en el año 2005; diante Resolución Directoral del Jefe de la Unidad
Que el costo que irrogue el citado incremento, se Ejecutora, y cuyo Comité de Gestión Presupuesta-
atenderá con cargo a los ahorros generados por el ria, esté conformado de acuerdo a lo dispuesto en la
proceso de racionalización en las Unidades de Ges- Resolución Ministerial Nº 124-2005-ED. Las Unida-
tión Educativa Local de las Direcciones Regionales des de Costeo, son las que oficialmente se encuen-
de Educación de los Gobiernos Regionales, y con tran creadas en el Software del Módulo de Procesos
recursos adicionales, para cuyo efecto el Ministerio Presupuestarios SIAF-SP, del Ministerio de Econo-
de Educación, en coordinación con el Ministerio de mía y Finanzas para el año fiscal 2005.
Economía y Finanzas, dictará las medidas comple- 3.7 Para las escalas 5,6,7,8,9 y 10 la “Asignación
mentarias para su aplicación; Especial por Labor Pedagógica Efectiva” se otorga,
Que, asimismo, la Asignación Especial será otor- sólo mientras el docente mantenga la condición des-
gada en forma general y un adicional diferenciado, crita en el anexo adjunto según corresponda, no cons-
para lo cual se considerará si el docente cuenta con tituyendo un derecho ganado.
Título Pedagógico, si es contratado con o sin Título
Pedagógico, grado de responsabilidad y carga de tra-
bajo, servicio en zona rural y grado de capacita- Artículo 4º.- Financiamiento
ción;
De conformidad con lo establecido en los incisos 4.1 El costo que irrogue el presente Decreto Su-
8) y 17) del artículo 118º de la Constitución Política premo para el año fiscal 2005, se financiará, en par-
del Perú, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Tran- te, con cargo a los ahorros generados en los presu-
sitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema puestos de los Gobiernos Regionales en un monto,
Nacional de Presupuesto; que en conjunto, no será menor a S/. 28 millones de
nuevos soles, en aplicación de la Segunda Disposi-
DECRETA: ción Final de la Ley Nº 28427, y la diferencia, con
cargo al presupuesto autorizado de las Unidades Eje-
Artículo 1º.- Incremento de Asignación Espe- cutoras de Educación Básica y Superior no Universi-
cial. taria, tanto del Ministerio de Educación como de los
Increméntese la “Asignación Especial por Labor Gobiernos Regionales.
Pedagógica Efectiva”, de carácter mensual, otorga- El Ministerio de Educación informará al Ministerio
da mediante Decretos Supremos Nºs. 065-2003-EF, de Economía y Finanzas, dentro de un plazo que no
097-2003-EF, 014-2004-EF y 056-2004-EF, de acuer- excederá los 90 días calendario de la vigencia de la
do al Anexo adjunto que forma parte del presente presente norma, respecto al monto ahorrado producto
Decreto Supremo, el mismo que se otorga en dos de la aplicación del dispositivo citado en el párrafo
tramos, el primero a partir del mes de mayo y el se- precedente, a nivel de cada Unidad Ejecutora. El Mi-
gundo a partir del mes de setiembre del presente nisterio de Economía y Finanzas instruirá a los plie-
año. gos de los Gobiernos Regionales, respecto a las mo-
dificaciones presupuestales que resulten necesarias
Artículo 2º.- Destino e Incremento de Asigna- para el financiamiento de lo dispuesto en el presente
ción dispositivo.
El incremento de la “Asignación Especial por La- 4.2 Para los años fiscales subsiguientes la pre-
bor Pedagógica Efectiva” autorizado por el presente sente asignación especial, será financiada con car-
Decreto Supremo, se otorga a los docentes activos, go al presupuesto institucional de las Unidades Eje-
nombrados y contratados del Magisterio Nacional, cutoras de Educación Básica y Superior no Universi-
de educación básica y superior no universitaria, que taria de los pliegos del Ministerio de Educación y de
desarrollan labor pedagógica efectiva con alumnos, los Gobiernos Regionales.
y directores y sub directores de Instituciones Edu-
cativas Públicas sin aula a su cargo, pero con labor Artículo 5º.- Información de costos
efectiva en la respectiva Dirección, comprendidos Los Gobiernos Regionales en coordinación con
en la Ley del Profesorado y normas complementa- las Direcciones Regionales de Educación, bajo res-
rias. ponsabilidad del Titular de Pliego, deben remitir al Mi-
Lima, sábado 23 de abril de 2005 NORMAS LEGALES Pág. 291369
nisterio de Educación la información resultante de Decreto Supremo. Las acciones que contravengan
los procesos de racionalización establecidos en el lo antes dispuesto, serán puestas en conocimiento
inciso b) del artículo 7º, en el inciso e) del artículo 8º, de la Contraloría General de la República, para las
la Segunda y Sexta Disposición Final de la Ley acciones correspondientes en el marco del Sistema
Nº 28427, Ley de Presupuesto para el año fiscal Nacional de Control.
2005, a nivel de Unidad Ejecutora, en un plazo que
no exceda de los 60 días calendario. Su incumpli- Artículo 7º.- Refrendo
miento será comunicado a la Contraloría General de El presente Decreto Supremo será refrendado por el
la República, por el Círculo de Mejora de Calidad de Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y
Gasto del Ministerio de Educación. Finanzas.
ASIGNACIÓN
PERÍODO DE
ESCALAS CONDICIÓN MENSUAL
APLICACIÓN
( Niveles del A - E ) ( Niveles del I - V ) (S/.)
Mayo-diciembre 70
30
Setiembre-diciembre
Mayo-diciembre 50
20
Setiembre-diciembre
Primer Nivel
Mayo-diciembre 50
Magisterial
Setiembre-diciembre 20
Niveles del A - E
Mayo-diciembre 40
Escala 4 CONTRATADOS SIN TÍTULO PEDAGÓGICO
Setiembre-diciembre 20
INCREMENTO DIFERENCIADO
Escala 8 DOCENTES CON ESTUDIOS DE MAESTRÍA o DOCTORADO CONCLUIDO. (Sin grado) Setiembre-diciembre 20
07928
Pág. 291370 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO VISTOS: Los Oficios Nºs. 682, 742, 743 y 755-2005-
Presidente Constitucional de la República MTPE/DVMT/DNRT, de la Dirección Nacional de Rela-
ciones de Trabajo; el Oficio Nº 403-2005-MTPE/DVMT/
MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS DRTPELC, de la Dirección Regional de Trabajo y Pro-
Ministro de Relaciones Exteriores moción del Empleo de Lima - Callao; los Informes Nºs.
085 y 086-2005-OPP-OPRE, de la Oficina de Presu-
07938 puesto; los Oficios Nºs. 334 y 335-2005-MTPE/SG/OPP,
Lima, sábado 23 de abril de 2005 NORMAS LEGALES Pág. 291375
de la Dirección General de la Oficina General de Planifi-
cación y Presupuesto; TRANSPORTES Y
CONSIDERANDO:
COMUNICACIONES
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción Modifican el D.S. Nº 002-2005-MTC
del Empleo, constituye una de las finalidades de éste,
fomentar, difundir y supervisar mediante la inspección prorrogando exigencia de control de
del trabajo el cumplimiento de las normas laborales de peso por eje de vehículos automotores
los regímenes laborales privado y público y asegurar
la plena conformidad de las normas practicas nacio- DECRETO SUPREMO
nales en materia laboral y los estándares y normas Nº 012-2005-MTC
establecidas por la Organización Internacional del Tra-
bajo - OIT; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Que, asimismo, de conformidad con la citada norma,
entre las atribuciones del Ministerio de Trabajo y Promo- CONSIDERANDO:
ción del Empleo, respecto al ámbito del Sector Trabajo,
se encuentra la de promover la difusión de la legislación Que, con Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, mo-
laboral como mecanismo de prevención de los conflic- dificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC,
tos laborales, con especial incidencia en la capacitación 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC, se
de los dirigentes de las organizaciones sindicales de aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo
trabajadores y empleadores; que tiene como objeto establecer los requisitos y carac-
Que, en mérito a lo expuesto y celebrándose el 28 de terísticas técnicas que deben cumplir los vehículos para
abril de cada año día Mundial de la Seguridad y Salud en que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren
el Trabajo, la Dirección Nacional de Relaciones de Tra- del Sistema Nacional de Transporte Terrestre - SNTT;
bajo ha estimado conveniente en organizar un evento Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MTC,
denominado “II Seminario Internacional de Seguridad y se suspendieron por el plazo de treinta (30) días calen-
Salud en el Trabajo”, el mismo, que se realizará en el dario, contados a partir del 7 de marzo del 2004, la apli-
Auditorio de la Organización Internacional de Trabajo - cación del control del peso máximo permitido por eje
OIT, los días 27 y 28 de abril de 2005; simple o conjunto de ejes, y la tolerancia del pesaje diná-
Que, mediante Informes de vistos, el citado evento mico por eje simple o conjunto de ejes, dispuestos en el
cuenta con disponibilidad presupuestal y la aprobación artículo 37º concordante con el numeral 1 del anexo IV:
del Despacho Viceministerial de Trabajo, por lo que es Pesos y Medidas del Reglamento Nacional de Vehículos
conveniente emitir el acto administración que autorice y el artículo 38º concordante con el numeral 3 del anexo
su realización; IV: Pesos y Medidas del mismo Reglamento, respectiva-
Con las visaciones de la Directora Nacional de mente;
Relaciones de Trabajo, del Director General de la Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director 5º del Decreto Supremo Nº 002-2005-MTC, a partir del 1
Regional de la Dirección Regional de Trabajo y Pro- de abril del 2005 se restablecerá el control de pesos por
moción del Empleo de Lima - Callao y del Director eje conforme al Reglamento Nacional de Vehículos a to-
General de la Oficina General de Planificación y Pre- dos los vehículos que circulan en el SNTT, señalándose
supuesto; y, que para que tengan validez las citadas acciones de
En uso de las facultades conferidas en el Artículo 37º control, las balanzas de las estaciones de pesaje fijas y
del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; móviles deberán estar calibradas y certificadas por al-
el literal d) del Artículo 4º de la Ley Nº 27711, Ley del guna entidad especializada debidamente acreditada ante
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de
d) del Artículo 12º de su Reglamento de Organización y la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI,
Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 173- con una vigencia no mayor a seis (6) meses;
2002-TR. Que, mediante Oficio Nº 0063-2005/CRT-INDECO-
PI, la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comercia-
SE RESUELVE: les de INDECOPI, con relación a lo dispuesto en el De-
creto Supremo Nº 002-2005-MTC, señala que dicha nor-
Artículo 1º.- Autorizar la realización del evento deno- ma no puede ser cumplida, toda vez que en la actualidad
minado “II Seminario Internacional de Seguridad y Salud aún no existen laboratorios de calibración acreditados
en el Trabajo”, a llevarse a cabo en el Auditorio de la por INDECOPI, y que el sistema de acreditación de la
Organización Internacional de Trabajo - OIT, los días 27 mencionada institución tiene carácter voluntario, de modo
y 28 de abril de 2005. que la decisión de solicitar su acreditación compete ex-
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumpli- clusivamente a los propios laboratorios;
miento de la presente Resolución, serán cubiertos Que, en consecuencia, atendiendo a lo recomenda-
con los presupuestos de la Dirección Nacional de do por INDECOPI y ante las limitaciones para el cumpli-
Relaciones de Trabajo, y se afectarán a la Meta 01105 miento del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 002-2005-
(Normalización y Procedimientos Laborales); Fuente MTC, es necesario modificar dicho artículo, disponiendo
de Financiamiento, 1.00 (Recursos Ordinarios); Es- que mientras no existan laboratorios de calibración acre-
pecífica de gastos 5.3.11.39 (Otros Servicios a Ter- ditados por INDECOPI, las balanzas serán calibradas y
ceros); la Dirección Regional de Trabajo y Promoción certificadas por el Servicio Nacional de Metrología de
del Empleo de Lima Callao y se afectarán a la Meta INDECOPI, modificando además, los plazos originalmen-
08253 (Gestión Regional); Fuente de Financiamien- te señalados para el restablecimiento de las acciones de
to, 1.00 (Recursos Ordinarios); Específica de Gas- control, así como, para la campaña preventiva y la fisca-
tos 5.3.11.39 (Otros Servicios a Terceros); y la Di- lización efectiva, con la finalidad de poder contar dentro
rección de Inspección, Meta 00948 (Inspección y de esos nuevos plazos con balanzas y equipos debida-
Defensa del Trabajador); Fuente de Financiamiento mente calibrados y certificados;
1.00 (Recursos Ordinarios); Específica de Gastos, Que, asimismo, el artículo 1º del Decreto Supremo
5.3.11.20 (Viáticos y Asignaciones), 5.3.11.30 (Bie- Nº 002-2005-MTC, modifica el artículo 51º del Regla-
nes de Consumo) y 5.3.11.39 (Otros Servicios de mento Nacional de Vehículos, el mismo que establece
Terceros). que los almacenes, terminales de almacenamiento, ter-
minales portuarios o aeroportuarios, generadores, da-
Regístrese, comuníquese y publíquese. dores o remitentes de la mercancía, además de utilizar
balanzas que cumplan con los requisitos técnicos y ad-
JUAN SHEPUT MOORE ministrativos establecidos, deberán emitir obligatoriamen-
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo te la correspondiente constancia de pesaje certificando
la verificación de los límites de peso bruto vehicular y
07841 peso por ejes o conjunto de ejes;
Pág. 291376 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005
Que, atendiendo a lo expuesto, resulta conveniente Artículo 3º.- Otórguese un plazo de ciento sesenta
precisar los requisitos técnicos y administrativos que (160) días calendario, contados a partir de la entrada en
deben cumplir las balanzas en relación a la calibración y vigencia del presente Decreto Supremo, para que el Pro-
certificación de las mismas, lo cual podrá ser realizado yecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacio-
por INDECOPI o alguna empresa acreditada por este nal - PROVÍAS NACIONAL, obtenga la certificación y
organismo; calibración de todas las balanzas fijas y móviles de la
Que, de otro lado, de conformidad con lo señalado Red Vial Nacional a través del Sistema Nacional de Me-
resulta necesario otorgar al Proyecto Especial de Infra- trología de INDECOPI.
estructura de Transpor te Nacional - PROVÍAS Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re-
NACIONAL, un plazo razonable para que obtenga la cer- frendado por el Ministro de Transportes y Comunicacio-
tificación y calibración de todas las balanzas fijas y mó- nes.
viles de la Red Vial Nacional a través del Sistema Nacio-
nal de Metrología de INDECOPI; Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti-
De conformidad con lo establecido en el inciso 24) dós días del mes de abril del año dos mil cinco.
del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el
Decreto Legislativo Nº 560; ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
DECRETA:
JOSÉ ORTIZ RIVERA
Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 5º del Decreto Ministro de Transportes y Comunicaciones
Supremo Nº 002-2005-MTC, en los términos siguientes:
07929
"Artículo 5º.- Restablézcase, a partir del 1 de setiem-
bre de 2005, el control de peso por eje conforme al Re-
glamento Nacional de Vehículos a todos los vehículos Modifican el D.S. Nº 003-2005-MTC,
que circulan en el Sistema Nacional de Transporte Te-
rrestre - SNTT, el mismo que estuvo suspendido desde prorrogando entrada en vigencia del
el 7 de marzo de 2004, estableciéndose que, para que Reglamento Nacional de Transporte
tengan validez las citadas acciones de control, las ba-
lanzas de las estaciones de pesaje fijas y móviles debe-
Turístico Terrestre
rán estar calibradas y certificadas por el Servicio Nacio- DECRETO SUPREMO
nal de Metrología de INDECOPI, o por alguna entidad Nº 013-2005-MTC
especializada que cuente con acreditación ante
INDECOPI con una vigencia no mayor a seis (6) meses. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Tratándose del transporte de líquidos en cisternas,
concentrados de mineral a granel, alimentos a granel y CONSIDERANDO:
animales vivos, el restablecimiento de la fiscalización en
el control de peso por eje a que se refiere el párrafo Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2005-MTC
anterior, se iniciará con una campaña preventiva que se aprobó el Reglamento Nacional de Transporte Turís-
permita la adecuación de los transportistas a las exigen- tico Terrestre, norma que tiene por objeto regular dicho
cias del Reglamento, la misma que se iniciará el 1 de julio servicio dentro del marco de las disposiciones de la Ley
del 2005 y durará hasta el 30 de setiembre de 2005, en General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181
la que se levantarán formularios de infracción de carác- y del Reglamento Nacional de Administración de Trans-
ter educativo. A partir del 1 de octubre de 2005 la fisca- portes, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-
lización será efectiva". MTC;
Que, la Primera Disposición Transitoria del Regla-
Artículo 2º.- Modifíquese el artículo 51º del Regla- mento Nacional de Transporte Turístico Terrestre, apro-
mento Nacional de Vehículos, modificado por el artículo bado por Decreto Supremo Nº 003-2005-MTC, estable-
1º del Decreto Supremo Nº 002-2005-MTC, en los térmi- ce que la entrada en vigencia del mismo se producirá a
nos siguientes: los treinta (30) días calendario, contados a partir de la
fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano;
"Artículo 51º.- Responsabilidad de los almacenes, ter- Que, en el marco de lo dispuesto en el considerando
minales de almacenamiento, generadores, dadores o re- precedente, las empresas turísticas que venían prestan-
mitentes de la mercancía do el servicio sin contar con su respectiva autorización,
Cuando el origen de las mercancías sea de un solo deben cumplir con adecuarse a las disposiciones del
generador, los almacenes, terminales de almacenamien- Reglamento Nacional de Transporte Turístico Terrestre
to, terminales portuarios o aeroportuarios, generadores, a efectos de obtener su Permiso de Operación, de modo
dadores o remitentes de mercancía, cuyos despachos que puedan operar dentro del marco reglamentario vi-
mensuales son mayores a 1,000 toneladas deben veri- gente, sin ser pasibles de la aplicación de las sanciones
ficar el cumplimiento de los límites en el peso bruto previstas en los anexos de la citada norma;
vehicular, peso por ejes y dimensiones establecidos en Que, no obstante ello, para efectos de que las empre-
el presente Reglamento, mediante el uso de balanzas e sas de transporte turístico terrestre obtengan sus res-
instrumentos de medición de dimensiones (winchas) pectivos Permisos de Operación que les autorice a pres-
dentro de sus instalaciones, siendo responsables admi- tar dicho servicio al amparo de las disposiciones del
nistrativamente de las infracciones derivadas de su in- Reglamento Nacional de Transporte Turístico Terrestre,
cumplimiento. es necesario que el Ministerio de Comercio Exterior y
Cuando los despachos mensuales son iguales o me- Turismo expida la norma correspondiente que precise
nores a 1,000 toneladas, la verificación de los límites en los requisitos para el otorgamiento del Certificado de
el peso bruto vehicular y peso por ejes establecidos en Calificación de Prestador de Servicios Turísticos, toda
el presente Reglamento deben realizarse en balanzas vez que dicho certificado constituye requisito para la
dentro o fuera de sus instalaciones. Lo dispuesto en el expedición del Permiso de Operación por parte del Mi-
presente párrafo será aplicable únicamente para los nisterio de Transportes y Comunicaciones;
vehículos de las categorías N3, O3 y O4. Que, por tanto, resulta necesario modificar la Prime-
Los almacenes, terminales de almacenamiento, ter- ra Disposición Transitoria del Reglamento Nacional de
minales portuarios o aeroportuarios, generadores, da- Transporte Turístico Terrestre a fin de considerar un pla-
dores o remitentes de la mercancía, deberán utilizar zo adicional para la entrada en vigencia del mismo, de
balanzas debidamente calibradas y certificadas por el modo que las empresas turísticas que no cuentan con
Sistema Nacional de Metrología de INDECOPI o por al- Permiso de Operación puedan cumplir con obtenerlo de
guna entidad especializada y acreditada por la mencio- acuerdo con las disposiciones del citado Reglamento y
nada institución; y emitir obligatoriamente la correspon- de la norma que complementariamente expida el Minis-
diente constancia de pesaje que certifique la verificación terio de Comercio Exterior y Turismo;
de los límites de peso bruto vehicular y peso por ejes o De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del
conjuntos de ejes". artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley
Lima, sábado 23 de abril de 2005 NORMAS LEGALES Pág. 291377
General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181 tación así como la disponibilidad de los recursos para su
y el Reglamento Nacional de Administración de Trans- financiamiento. El procedimiento señalado se empleará
portes, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004- también para el caso de las addendas, revisiones u otros
MTC; que amplíen la vigencia, modifiquen o añadan metas no
contempladas originalmente;
DECRETA: Que, mediante Informe Nº 319-2005-MTC/09.01 la
Oficina General de Planificación y Presupuesto del Mi-
Artículo 1º.- Modifíquese la Primera Disposición Tran- nisterio de Transportes y Comunicaciones, ha opinado
sitoria del Reglamento Nacional de Transporte Turístico favorablemente sobre la suscripción de la Addenda Nº 4
Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2005- al Convenio a que se hace referencia en el primer consi-
MTC, en los términos siguientes: derando de la presente Resolución;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del
"Primera.- El presente reglamento entrará en vigen- artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el De-
cia a los ciento ochenta (180) días calendario contados creto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la
a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28411, Ley Gene-
El Peruano." ral del Sistema Nacional de Presupuesto;
delito contra la Fe Pública contra ZARA MICHIKU es necesario la expedición previa de la Resolución Mi-
RIVERA SALAZAR y los que resulten responsables. Asi- nisterial autoritativa;
mismo, recomienda que se disponga el inicio de procedi- Que, con relación a la imposición de la multa a ZARA
miento administrativo sancionador contra la referida per- MICHIKU RIVERA SALAZAR, a que se refiere el nume-
sona; ral 32.3 del artículo 32º de la Ley Nº 27444, teniendo en
Que, de conformidad el numeral 3 del artículo 10º de consideración que la multa constituye una sanción, para
la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo su graduación e imposición debe sujetarse a lo señalado
General, son nulos los actos expresos por los que se en el Capítulo II del Título IV de la citada ley, referente al
adquiere facultades o derechos, cuando son contrarios procedimiento sancionador, correspondiendo al supe-
al ordenamiento jurídico, o cuando no se cumplen con rior disponer el inicio del procedimiento administrativo
los requisitos, documentación o trámite esenciales para sancionador contra la referida persona y que la Direc-
su adquisición; ción General de Gestión de Telecomunicaciones sea la
Que, de acuerdo a lo informado por la Subdirección que tenga a su cargo la conducción de la fase instructo-
de Servicios Privados mediante el Informe Nº 046-2005- ra del mismo;
MTC/17.01.sspr, y tal como lo señala Radio Club Perua- Que, en consecuencia corresponde autorizar al
no mediante la Carta Nº 001/2004-R.C.P-P, que obra en Procurador Público para que interponga las acciones
el expediente de vista, el Certificado Nº 708-2002 del 20 legales a que se refiere los párrafos precedentes, así
de noviembre del 2002, otorgado a nombre de ZARA como disponer el inicio del procedimiento sancionador
MICHIKU RIVERA SALAZAR como constancia de haber contra ZARA MICHIKU RIVERA SALAZAR;
aprobado satisfactoriamente el curso de capacitación: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de
Categoría Novicio, es falso, porque señala que el Certifi- la Constitución Política del Perú, Decretos Leyes
cado Nº 708 del 22 de noviembre de 1999, corresponde Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791, Ley Nº 27444 y
al señor Walter Migotto Souza, y además señala que en Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC;
ese año los señores Arturo Figueroa y Juan Carlos Co-
lichón, quienes suscriben el Certificado, no pertenecían SE RESUELVE:
al Consejo Directivo de Radio Club, razón por la cual no
pudieron firmar el original. Esta documentación fue pre- Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo
sentada como requisito para obtener la autorización para de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y
que opere en el Servicio de Radioaficionados, en la cate- Comunicaciones, para que en representación y defensa
goría de novicio, y en virtud al cual obtuvo una autoriza- de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones
ción por Resolución Directoral Nº 210-2003-MTC/17; legales que correspondan a efectos que se declare la
Que, de acuerdo a lo expuesto, se evidencia que nulidad de la Resolución Directoral Nº 210-2003-MTC/
ZARA MICHIKU RIVERA SALAZAR obtuvo la autoriza- 17, por los hechos descritos en la parte considerativa de
ción en la categoría de novicio en el Servicio de Radioafi- la presente Resolución Ministerial.
cionado, por Resolución Directoral Nº 210-2003-MTC/ Artículo 2º.- Autorizar al Procurador Público a cargo
17, en base a documentación falsa; de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y
Que, el numeral 32.3 del artículo 32º de la Ley Nº Comunicaciones, para que en representación y defensa
27444, establece que de comprobar fraude o falsedad de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones
en la declaración, información o en la documentación legales contra ZARA MICHIKU RIVERA SALAZAR y los
presentada por el administrado, la entidad considerará que resulten responsables por la presunta comisión de
no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus delito contra la Fe Pública, por los hechos descritos en la
efectos, procediendo a comunicar el hecho a la autori- parte considerativa de la presente Resolución Ministe-
dad jerárquicamente superior, para que declare la nuli- rial.
dad del acto administrativo sustentado en dicha declara- Artículo 3º.- Iniciar procedimiento administrativo san-
ción, información o documento; imponga a quién haya cionador contra ZARA MICHIKU RIVERA SALAZAR al
empleado esa declaración, información o documento una existir indicios de haber presentado documentación fal-
multa a favor de la entidad entre 2 y 5 Unidades Imposi- sa con el fin de obtener la autorización para que opere el
tivas Tributarias vigentes a la fecha de pago; y, si la Servicio de Radioaficionado, en la categoría de novicio,
conducta se adecua a los supuestos previstos en el otorgada con Resolución Directoral Nº 210-2003-MTC/
Título XIX Delitos contra la Fe Pública del Código Penal, 17, concediéndosele un plazo de cinco (5) días hábiles
ésta deberá ser comunicada al Ministerio Público para contados desde la notificación de la presente resolu-
que interponga la acción penal correspondiente; ción, para la presentación de sus descargos.
Que, en tal sentido, de conformidad con lo dispuesto Artículo 4º.- Disponer que la Dirección General de
por el numeral 3 del artículo 10º de la Ley Nº 27444, la Gestión de Telecomunicaciones sea la que conduzca la
Resolución Directoral Nº 210-2003-MTC/17 debe ser de- fase instructora del Procedimiento Administrativo San-
clarada nula, sin embargo esta facultad para declarar la cionador, a efectos de que el superior jerárquico decida
nulidad de oficio prescribe al año, contado a partir de la oportunamente sobre la aplicación de la sanción.
fecha en que haya quedado consentida, por lo que solo Artículo 5º.- Remitir copia de esta Resolución, así
procede demandar la nulidad ante el Poder Judicial vía el como los antecedentes del caso al Procurador Público a
proceso contencioso administrativo en uso de la facul- cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Trans-
tad establecida en el artículo 202º de la citada ley; portes y Comunicaciones, para los fines correspon-
Que, asimismo, los hechos descritos se encuadran dientes.
en el supuesto de Comisión de Delito contra la Fe Públi-
ca, conforme se establece en el Código Penal, por lo que Regístrese, comuníquese y publíquese.
corresponde autorizar al Procurador Público del Ministerio
para que interponga las acciones legales del caso con- JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
tra ZARA MICHIKU RIVERA SALAZAR; Ministro de Transportes y Comunicaciones
Que, el artículo 47º de la Constitución Política del
Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, señala 07809
que la defensa de los intereses el Estado está a cargo
de los Procuradores Públicos;
Que, de conformidad con el artículo 1º del Decreto Otorgan concesión a Telesip S.R.L.
Ley Nº 17537, Ley de Representación y Defensa del
Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos para prestar servicio público de distri-
del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de bución de radiodifusión por cable
los Procuradores Públicos. Asimismo, el artículo 2º del
referido texto legal señala que los Procuradores Públi- RESOLUCIÓN MINISTERIAL
cos tienen la plena representación del Estado en juicio y Nº 243-2005-MTC/03
ejercitan su defensa en todos los procesos y
procedimientos en los que actúe como demandante, Lima, 19 de abril de 2005
demandado, denunciante o parte civil;
Que, el Decreto Ley Nº 17667, establece que para VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente
demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado Nº 2004-004304 por la empresa TELESIP S.R.L. para
Lima, sábado 23 de abril de 2005 NORMAS LEGALES Pág. 291379
que se le otorgue concesión para la prestación del ser-
vicio público de distribución de radiodifusión por cable; PODER JUDICIAL
CONSIDERANDO:
CONSEJO EJECUTIVO
Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde-
nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por
Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres- DEL PODER JUDICIAL
ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones
otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen- Cesan en el cargo a Vocal Titular de la
cias en materia de telecomunicaciones;
Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del
Corte Suprema de Justicia por límite
Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, de edad
aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, es-
tablece que los servicios públicos de difusión se prestan RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo Nº 092-2005-CE-PJ
cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos
en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la Lima, 19 de abril del 2005
suscripción de un contrato de concesión aprobado por
el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; VISTO:
Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del
Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, El Informe Nº 016-2005-GPEJ-GG/PJ remitido por el
establece que entre los servicios públicos de difusión se Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia
encuentra el servicio público de distribución de radiodi- General del Poder Judicial, con relación al cese por lími-
fusión por cable; te de edad del señor Oscar Víctor Alfaro Alvarez, Vocal
Que, mediante Informe Nº 265-2004-MTC/17.01.ssp., Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República;
la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco- y,
municaciones, de la Dirección General de Gestión de
Telecomunicaciones, señala que, habiéndose verificado CONSIDERANDO:
el cumplimiento de los requisitos que establece la legis-
lación para otorgar la concesión solicitada para la pres- Que, mediante Resolución Suprema Nº 024-81-JUS,
tación del servicio público de distribución de radiodifusión de fecha 21 de julio de 1981, se nombró Vocal Titular de
por cable, es procedente la solicitud formulada por la la Corte Suprema de Justicia de la República al señor
empresa TELESIP S.R.L.; Oscar Víctor Alfaro Alvarez;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Que, el artículo 245º del Texto Único Ordenado de la
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que el cargo
por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único de Magistrado termina: 1) por muerte, 2) por cesantía o
Ordenado del Reglamento General de la Ley de jubilación, 3) por renuncia desde que es aceptada, 4)
Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo por destitución dictada en el correspondiente procedi-
Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organización y miento, 5) por separación de cargo, 6) por incurrir en
Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicacio- incompatibilidad, y 7) por inhabilitación física o mental
nes aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC comprobada;
y el TUPA del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Que, la Ley Nº 27367, de fecha 4 de noviembre del
Nº 008-2002-MTC; 2000, que desactivó las Comisiones Ejecutivas del Po-
Con la opinión favorable del Director General de Ges- der Judicial y del Ministerio Público y, estableció el Con-
tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de sejo Transitorio del Poder Judicial y el Consejo Transito-
Comunicaciones; rio del Ministerio Público, en su Segunda Disposición
Final prescribe que los Vocales Supremos y Fiscales
SE RESUELVE: Supremos cesan definitivamente al cumplir los setenta
años de edad, precisando que dicha disposición se apli-
Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELESIP S.R.L. cará a los Magistrados que ingresen al Poder Judicial y
concesión para la prestación del servicio público de dis- al Ministerio Público con posterioridad a la entrada en
tribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte vigencia de dicha Ley; esto es, a partir del 7 de noviem-
(20) años, en el área que comprende el distrito de Razu- bre del 2000;
ri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Que, al respecto, el artículo único de la Ley Nº 27175,
Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- aplicable al presente caso, modificó la Octava Disposi-
brarse con la empresa TELESIP S.R.L. para la presta- ción Transitoria, Complementaria y Final de la Ley
ción del servicio público a que se refiere el artículo pre- Nº 26623, en el sentido que los Vocales Supremos y
cedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulas y Fiscales Supremos cesan definitivamente al cumplir se-
tres (3) anexos que forman parte de esta resolución. tenta y cinco años de edad;
Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Ges- Que, del Informe Nº 016-2005-GPEJ-GG/PJ, remiti-
tión de Telecomunicaciones para que, en representa- do por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la
ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión Gerencia General del Poder Judicial, así como de la
que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC
cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a y de la Partida de Nacimiento anexa, aparece que el
Escritura Pública del referido contrato y de las Adden- nombrado Magistrado nació el 23 de abril de 1930, y el
das que se suscriban al mismo. día 23 de abril del 2005 cumplirá setenta y cinco años de
Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- edad; razón por la que corresponde disponer su cese
to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita por límite de edad, de conformidad con lo dispuesto en la
el acto administrativo correspondiente, si el contrato de precitada norma;
concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po-
plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados der Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el
a partir de la publicación de la presente resolución. Para Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
la suscripción deberá cumplir previamente con el pago Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, por unani-
por derecho de concesión, así como el pago de la publica- midad;
ción de la presente Resolución Ministerial.
RESUELVE:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA del 23 de abril del 2005, al señor Oscar Víctor Alfaro
Ministro de Transportes y Comunicaciones Alvarez en el cargo de Vocal Titular de la Corte Suprema
de Justicia de la República; dándosele las gracias por
07808 los servicios prestados a la Nación.
Pág. 291380 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005
Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolu- Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolu-
ción a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacio- ción a la Presidencia del Poder Judicial, al Consejo Na-
nal de la Magistratura, Oficina de Control de la Magis- cional de la Magistratura, a la Jefatura de la Oficina de
tratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presi-
Judicial, e interesado, para su conocimiento y fines con- dencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a la
siguientes. Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para
su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO
WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO
ANTONIO PAJARES PAREDES
ANTONIO PAJARES PAREDES
ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN
ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN
JOSÉ DONAIRES CUBA
JOSÉ DONAIRES CUBA
EDGARDO AMEZ HERRERA
EDGARDO AMEZ HERRERA
LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ
LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ
07865
07794
Artículo Tercero.- Disponer que Secretaria Adminis- las normas esenciales del procedimiento que rigen las
trativa remita copia de la presente Resolución y de los Contrataciones y Adquisiciones del Estado al no haber
Informes que sustentan la exoneración a la Contraloría cumplido con la integración y publicación de las Bases
General de la República y al Consejo Superior de Con- integradas a través del SEACE, por lo que en mérito a
trataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del térmi- las garantías del debido proceso es menester declarar
no de diez días hábiles siguientes a la fecha de aproba- la nulidad parcial hasta la etapa en que se produjo el
ción, así como su publicación en el Diario Oficial El vicio, esto es, al momento de la Integración de las Bases
Peruano y, adicionalmente a través del SEACE. teniendo en cuenta que se ha afectado la integridad del
proceso de selección;
Regístrese, comuníquese y publíquese. En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni-
ca de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y el
ROBINSON GONZALES CAMPOS Estatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado
Presidente del Consejo Directivo de la por Resolución Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformi-
Academia de la Magistratura dad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribucio-
nes, y con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo;
07848
SE RESUELVE:
desempeñar los cargos de Jefe y Asistente Administra- Nº ODPE APELLIDO APELLIDO NOMBRES
tivo, respectivamente, de las Oficinas Descentralizadas
PATERNO MATERNO
de Procesos Electorales que se constituirán para los
procesos electorales para designar a los consejeros del 12 CAJAMARCA BEJARANO FLORES LUIS RICARDO
Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros 13 AYACUCHO CANCHAPOMA ESPINOZA ANA FANNY
de los Colegios Profesionales del País; de Consulta Po-
14 ICA SILVA LAVADO GREGORY WILLIAMS
pular de Revocatoria del Mandato Popular de Autorida-
des Municipales –2005 y Elecciones Municipales Com- 15 CHICLAYO CAMPOSANO CHAGUA PABLO AMADOR
plementarias 2005, que se detallan en los consideran- 16 HUANUCO ARANA VASQUEZ PABLO FELIPE
dos de la presente Resolución, a efectos de la interposi- 17 CALLAO VELAZCO HINOJOSA LUIS HONORATO
ción de tachas, de conformidad con el artículo 49º de la
Ley Orgánica de Elecciones, Nº 26859; 18 IQUITOS AYALA AGUILAR VICTOR GERMAN
Que, mediante Oficio Nº 1018-2005-SG/JNE, de fe- 19 TARAPOTO BELLOZO SAAVEDRA MAXIMO MANUEL
cha 21 de abril de 2005, el Secretario General del Jurado SERGIO
Nacional de Elecciones comunica a la Secretaria Gene- 20 PUCALLPA ANTICONA COSME IVAN ELIAS
ral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, que,
vencido el plazo legal, no se han presentado tachas 21 CERRO DE PASCO CUELLO CCOA VICTORIA
contra las personas seleccionadas que fueron materia 22 TUMBES BASTOS PIELAGO ROCIO DEL CARMEN
de la Resolución Jefatural Nº 094-2005-J/ONPE; 23 MOQUEGUA AYRE YANGALI CARLOS
Que, en consecuencia, resulta necesario designar a
24 CHACHAPOYAS BERROCAL MARTINEZ JULIO CESAR
las personas que desempeñarán funciones en los pro-
cesos electorales antes mencionados, en diversas cir- 25 PUERTO MALDONADO VERAMENDI CARRION CESAR
cunscripciones de la República; 26 HUANCAVELICA FERNANDEZ FERNANDEZ WILLY ALFREDO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º
literales c) y g) de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional
ASISTENTE ADMINISTRATIVO DE OFICINA
de Procesos Electorales, Nº 26487, artículo 9º literal u)
DESCENTRALIZADA DE PROCESOS ELECTORALES
de su Reglamento de Organización y Funciones apro-
bado mediante Resolución Jefatural Nº 051-2004-J/
Nº ODPE APELLIDO APELLIDO NOMBRES
ONPE, modificado por Resoluciones Jefaturales Nº 201-
2004-J/ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE y el Anexo K de la PATERNO MATERNO
Directiva Específica D07.0-2005-GAF/ONPE sobre “Se- 1 LIMA ARROYO VASQUEZ FELIX BENIGNO
lección de Jefes y Asistentes Administrativos de las Ofi- 2 PUNO NEYRA GUTIERREZ GLADYS NANCY
cinas Descentralizadas de Procesos Electorales y Coor-
dinadores de Local de Votación”; 3 HUARAZ ALARCON HUERTAS WALTER RUDY
Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; 4 ABANCAY VALENCIA ARGUEDAS ROSA AMELIA
5 HUANCAYO RODRIGUEZ CABALLERO EMILIO TEOFILO
SE RESUELVE:
6 CUSCO NACCHA SUAREZ RAUL
Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, en 7 AREQUIPA QUIÑONES MILLA CESAR ALBERTO
los cargos de Jefes y Asistentes Administrativos de las 8 CAÑETE VILLANO HUAMAN JESSICA RAQUEL
Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que
9 TRUJILLO VALDEIGLESIAS ALVAREZ ALEJANDRO SAUL
se constituirán para el desarrollo de los procesos elec-
torales para designar a los consejeros del Consejo Na- 10 PIURA CORTEZ ORTIZ RICHARD
cional de la Magistratura por los miembros de los Cole- 11 TACNA PINARES SUAREZ ROXANA
gios Profesionales del País; de Consulta Popular de Re- 12 CAJAMARCA CURASI FLORES HUGO
vocatoria del Mandato Popular de Autoridades Municipa-
les –2005 y Elecciones Municipales Complementarias 13 AYACUCHO RIVAS CAJIGAS VIOLETA
2005, que se detallan en los considerandos de la pre- 14 ICA RIVERA MEZA LISBETH MILAGROS
sente Resolución, a los ciudadanos consignados en el 15 CHICLAYO PACHACAMA MARIN DINA
Anexo, que forma parte integrante de la misma.
Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Ju- 16 HUANUCO ARELLANO RUBIO RINA MARLENI
rado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de 17 CALLAO LA TORRE DE PACHECO ELISA ELIZABETH
Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente 18 IQUITOS MELGAR LAZO LUZ ANGELICA
resolución para los fines consiguientes.
19 TARAPOTO ESCOBAR Y GONZALEZ WILLY SAUL
Regístrese, comuníquese y publíquese. 20 PUCALLPA MORA VASQUEZ GIOVANNA
ELIZABETH
RUBÉN DURAND PARDO 21 CERRO DE PASCO FLORES LAIME HUGO HERNAN
Jefe Nacional (e) 22 TUMBES ROJAS ZANABRIA JOHNNY MARTIN
Oficina Nacional de Procesos Electorales
23 MOQUEGUA CONTRERAS DE PEÑA LETICIA SOFIA
24 CHACHAPOYAS MOLINA GUERRERO MARCO ANTONIO
ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 106- 2005-J/ONPE 25 PUERTO MALDONADO YUPANQUI VILLANUEVA LUIS ENRIQUE
26 HUANCAVELICA EFFIO CRUZ NICANOR
JEFE DE OFICINA DESCENTRALIZADA DE PROCESOS ELECTORALES
HUMBERTO
Nº ODPE APELLIDO APELLIDO NOMBRES 07802
PATERNO MATERNO
1 LIMA BARRERA BERNUY JAVIER FREDDY
2 PUNO MATOS CENTENO JOSE LEONEL
REGISTRO NACIONAL DE
3 HUARAZ DONAYRE MATTA RAUL MARTIN
4 ABANCAY MONTALVO TORRES MARCO ANTONIO
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
5 HUANCAYO APARICIO CORAS CARLOS MARIO
Autorizan a procurador iniciar acciones
6 CUSCO CURO GILES ROSA PALMIRA
legales contra presuntos responsables de la
7 AREQUIPA VEGA PAUL DINO MARCELO
comisión de delito contra la fe pública y con-
8 CAÑETE PACCO PINTO AUGUSTO
tra el estado civil
9 TRUJILLO CARRASCO LUCERO LUIS GILBERTO
RESOLUCIÓN JEFATURAL
10 PIURA RIVERA SALMERON EULALIA CRISTINA Nº 469-2005-JEF/RENIEC
11 TACNA CASTAÑEDA LEON MARCELINO JOSE
Lima, 7 de abril de 2005
Lima, sábado 23 de abril de 2005 NORMAS LEGALES Pág. 291385
Visto, el Oficio Nº 826-2005/GO/RENIEC, el Informe RENIEC, el Informe Nº 012-2005-GP/SGP/RENIEC, y el
Nº 005-2005-GO-AC/RENIEC y el Informe Nº 299-2005- Informe Nº 297-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Ge-
GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurí- rencia de Asesoría Jurídica, de fecha 23 de marzo de
dica, de fecha 29 de marzo del 2005; 2005; y,
CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacio- Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional
nal de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor de Identificación y Estado Civil, en su labor fiscalizadora
fiscalizadora, ha detectado que los ciudadanos JULISSA ha detectado que los ciudadanos quienes dijeron llamar-
VANESSA MIRANDA VILCHEZ y JULIO FRANCISCO UR- se CHRISTIAMS JONATHAMS MONTALVO VERA,
TECHO GONZALES, en atención al principio de veracidad CATALINA NÚÑEZ CARHUALLANQUI, DIÓGENES
de las declaraciones, se presentaron ante el Área de Cer- HUAMANI MEZA, ALBERTO OSCAR MENDOZA CAP-
tificaciones de dicha Gerencia, con la finalidad que a través CHA y CARLOS WILDER VIZCACHO VALLE o CAR-
del Procedimiento de Autenticación de Firma en Certifica- LOS WYLDER VIZCACHO VALLE, respectivamente, en
ciones o Constancias por Registrador Civil, obtengan la mérito a la simplificación administrativa y en atención al
autenticación de la firma del funcionario que presuntamen- principio de veracidad de las declaraciones, solicitaron
te certifican las Actas de Nacimiento y Matrimonio citados su inscripción ante el Registro, adjuntando como sus-
en los informes del visto; tento partidas de nacimiento presuntamente emitidas por
Que, luego de verificar la legalidad de los documen- las oficinas de registro civil correspondientes;
tos utilizados para el Procedimiento de Autenticación de Que, al verificarse los sustentos documentales
Firma, se concluye que los mismos no fueron expedidos presentados, se observaron ciertas irregularidades,
por la oficina registral respectiva, por lo que se deduce procediéndose a la verificación de los mismos ante las
que las Actas de Nacimiento y Matrimonio usados por oficinas de registro civil correspondientes, las mismas
los ciudadanos JULISSA VANESSA MIRANDA VILCHEZ que informan que éstos o no figuran registradas o que
y JULIO FRANCISCO URTECHO GONZALES, son registran fecha de nacimiento diferente a los declara-
documentos falsos; dos; concluyéndose que estos eran falsos;
Que, de los hechos expuestos, se establece la existen- Que, de los hechos antes mencionados, se despren-
cia de indicios suficientes de la comisión de presunto delito de que los ciudadanos aludidos en el primer consideran-
contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsificación de do, al haber presentado documento falso como si fuese
Documentos, previsto y sancionado en el artículo 427º del legítimo ante el Registro, pretendiendo insertar datos
Código Penal vigente, dado el hecho que los ciudadanos falsos en el proceso de inscripción, con el fin de obtener
antes citados usaron un documento falso como si fuese una identidad con datos que no les corresponden, consti-
verdadero, con la finalidad que a través del Procedimiento tuye indicio razonable de la comisión de presunto delito
de Autenticación de Firma en Certificaciones o Constan- contra la Fe Pública, en las modalidades de Falsificación
cias por Registrador Civil, se autentique la firma de los de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y False-
funcionarios autorizados para tal efecto; dad Ideológica, previsto y sancionado en los artículos
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría 427º y 428º del Código Penal vigente;
Jurídica y en atención al considerando precedente, re- Que, en atención a los considerandos precedentes y
sulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi-
de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- ca, resulta necesario autorizar al Procurador Público a
tificación y Estado Civil, para que interponga las accio- cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
nes legales que correspondan, en defensa de los intere- Identificación y Estado Civil, para que interponga las
ses del Estado y del Registro Nacional de Identificación acciones legales que correspondan en defensa de los
y Estado Civil contra JULISSA VANESSA MIRANDA intereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi-
VILCHEZ, JULIO FRANCISCO URTECHO GONZALES cación y Estado Civil contra los ciudadanos CHRISTIAMS
y los que resulten responsables; y, JONATHAMS MONTALVO VERA, CATALINA NÚÑEZ
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley CARHUALLANQUI, DIÓGENES HUAMANI MEZA, AL-
Nº 17537 y la Ley Nº 26497; BERTO OSCAR MENDOZA CAPCHA y CARLOS
WILDER VIZCACHO VALLE o CARLOS WYLDER VIZ-
SE RESUELVE: CACHO VALLE y los que resulten responsables; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re- SE RESUELVE:
presentación de los intereses del Estado, interponga las
acciones legales que correspondan contra JULISSA Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Públi-
VANESSA MIRANDA VILCHEZ, JULIO FRANCISCO co encargado de los asuntos judiciales del Registro
URTECHO GONZALES y los que resulten responsa- Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en
bles, por la comisión del delito contra la Fe Pública, en la nombre y representación de los intereses del Estado
modalidad de Falsificación de Documentos, agravio del interponga las acciones legales que correspondan
Estado y del Registro Nacional de Identificación y Esta- contra los ciudadanos que dicen llamarse CHRISTIA-
do Civil. MS JONATHAMS MONTALVO VERA, CATALINA
Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- NÚÑEZ CARHUALLANQUI, DIÓGENES HUAMANI
blico encargado de los asuntos judiciales del Registro MEZA, ALBERTO OSCAR MENDOZA CAPCHA y
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a CARLOS WILDER VIZCACHO VALLE o CARLOS
que se contrae la presente Resolución. WYLDER VIZCACHO VALLE y los que resulten res-
ponsables, por presunto delito contra la Fe Pública,
Regístrese, publíquese y cúmplase. en la modalidad de Falsificación de Documentos (Fal-
sedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideológica, en
EDUARDO RUIZ BOTTO agravio del Estado y del Registro Nacional de Identifi-
Jefe Nacional cación y Estado Civil.
Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procu-
07886 rador Público encargado de los asuntos judiciales del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para
los fines a que se contrae la presente Resolución.
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 470-2005-JEF/RENIEC Regístrese, publíquese y cúmplase.
Lima, 7 de abril de 2005 EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
Visto, el Oficio Nº 871-2005-MML-DMS-DRC, los
Informes Nºs. 253, 255, 252, 254-2004-GP/SGP/ 07887
Pág. 291386 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de abril de 2005
conformidad con las facultades conferidas en los artícu- emitiendo en la misma fecha la Orden de Compra - Guía
los 53º, 59º y 61º del Texto Único Ordenado de la Ley de de Internamiento Nº 908.
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado 3. El 13 de octubre de 2003, mediante Oficio Nº 077-
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla- JUL/HPP/2003, la Entidad solicitó al Contratista cumpla
mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- con el internamiento del equipo médico.
PCM, analizados los antecedentes y luego de agotado el 4. El 16 de octubre de 2003, el Contratista mediante
correspondiente debate; Carta Nº GG/018-10/03, ante la comunicación remitida
por la Entidad, descrita en el numeral anterior, comunicó
LA SALA RESUELVE: que la caja de embalaje que portaba el equipo médico
tenía huella de haber sufrido una caída, así como que la
1. Sancionar a la empresa Corporación de Servicios cúpula de doble pared estaba rajada; y, que el nuevo
e Inversiones Perú S.A.C. con doce (12) meses de proceso de trámite para el cambio del equipo es aproxi-
suspensión en sus derechos de participar en procesos madamente entre 30 a 45 días calendario.
de selección y contratar con el Estado, por la causal 5. Mediante Carta Notarial Nº 001-UL-HPP-SBS-03, de
tipificada en el literal a) del artículo 205º del Reglamento fecha 20 de noviembre de 2003, la Entidad le otorgó al Con-
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, tratista el plazo de 24 horas, para proceder al internamiento
conforme a los fundamentos expuestos. de la incubadora cerrada de cuidados intensivos.
2. Sancionar a la empresa CSI Perú Logística S.A.C. con 6. Mediante Carta Notarial Nº 01-DE-HPP-SBS-2003, de
doce (12) meses de suspensión en sus derechos de partici- fecha 23 de diciembre de 2003, la Entidad comunicó al Con-
par en procesos de selección y contratar con el Estado, por tratista su decisión de resolver el contrato respectivo.
la causal tipificada en el literal a) del artículo 205º del Regla- 7. El 6 de enero de 2004, la Entidad emitió la Resolución
mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- Directoral Nº 011-DE-HPP-SBS-04/SA, mediante la cual re-
tado, conforme a los fundamentos expuestos. suelve el Contrato Nº 0135-2003, suscrito con el Contratis-
3. Poner en conocimiento a la Gerencia de Registros ta.
de CONSUCODE la presente resolución, para las ano- 8. La Entidad solicitó el 9 de junio de 2004, a este Tribunal,
taciones de ley correspondiente. la imposición de sanción administrativa al Contratista por el
4. Devolver los antecedentes administrativos a la En- incumplimiento de las obligaciones derivadas de contrato.
tidad, para los fines que estime convenientes. 9. Mediante Decreto de fecha 10 de junio de 2004, el
Tribunal dispuso el inicio del procedimiento administra-
Regístrese, comuníquese y publíquese. tivo sancionador contra el Contratista por haber presun-
tamente incumplido injustificadamente con las obliga-
SS. ciones derivadas del Contrato Nº 0135-2003, requirién-
dolo para que en un plazo de diez (10) días cumpla con
DELGADO POZO presentar sus descargos.
10. El 10 de agosto de 2004, previa razón de Secreta-
MARTÍNEZ ZAMORA ría, ante el incumplimiento del Contratista con efectuar
sus descargos, el Tribunal dispuso la remisión del
ISASI BERROSPI expediente a la Sala Única del Tribunal, para que resuel-
va.
07803
FUNDAMENTACIÓN:
CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
Que, mediante Acta de Coordinación, de fecha 10 de Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno
febrero del año 2005, suscrito por la Empresa Southern Local, con personería jurídica de Derecho Público, y tienen
Perú y el Gobierno Regional de Tacna, que contiene el autonomía política, económica y administrativa en los asun-
cronograma de trabajo a realizarse con relación al Pro- tos de su competencia, de conformidad con lo establecido
grama "Sembrando Futuro 2005", de la cual se despren- en el Art. 194º de la Constitución Política, modificado por la
de que los representantes de la Empresa Southern Perú, Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, y concor-
así como del Gobierno Regional de Tacna, se reunieron dante con la Ley Orgánica de Municipalidades;
a fin de coordinar y determinar el Cronograma de trabajo Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgáni-
a realizarse con relación al Programa "Sembrando Futu- ca de Municipalidades señala: "Los acuerdos son
ro 2005"; ello derivado del compromiso asumido por el decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos
Presidente Ejecutivo de Southern Perú Ing. Oscar específicos de interés público, vecinal o institucional,
González Rocha de apoyar la capacitación de jóvenes que expresan la voluntad del órgano de gobierno para
de escasos recursos económicos, a solicitud del Go- practicar un determinado acto o sujetarse a una con-
bierno Regional de Tacna; ducta o norma institucional";
Que, con el propósito de brindar apoyo al Programa Que, el artículo 12º de la Ley Orgánica de Municipali-
"Sembrando Futuro 2005", en fecha 23 de marzo del dades Nº 27972 señala que los Regidores, tienen dere-
presente año, la Empresa Southern Perú, en calidad de cho a dietas fijadas por Acuerdo de Concejo Municipal,
donación emite a favor del Gobierno Regional de Tacna, dentro del primer trimestre del primer año de gestión y
el cheque Nº 00038535 1 002 191 0837640009 52, por el cuyo monto es fijado discrecionalmente de acuerdo a la
monto de S/. 41.009.30 (Cuarenta y un mil nueve con 30/ real y tangible capacidad económica del gobierno local,
100 nuevos soles), el mismo que fue recibido por la estableciéndose además el límite de Dietas a pagar por
Gerencia General del Gobierno Regional de Tacna; asistencia efectiva mensual;
Que, la donación efectuada por la Empresa Southern Que, por Acuerdo de Concejo Nº 004-2004-A/MDC
Perú, a favor del Gobierno Regional de Tacna, será des- de fecha 14 de enero del 2004, se aprobó el monto de la
tinada al Programa "Sembrando Futuro 2005", por lo que remuneración mensual del señor Alcalde y las dietas de
resulta necesario emitir el acto administrativo corres- los señores Regidores, abonados por asistencia efecti-
pondiente, aceptando dicha donación; va a cada Sesión de Concejo, hasta un máximo de dos
Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Gobier- sesiones pagadas por mes;
nos Regionales Nº 27867, modificada y complementada Estando a lo expuesto y a lo aprobado en la Sesión
por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28161 y estando a la Ordinaria de Concejo, con la dispensa de la Lectura y
delegación de facultades conferidas mediante Resolu- Aprobación del Acta y en uso de las facultades conferi-
ción Ejecutiva Regional Nº 332-2004-G.R.TACNA; das en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida-
des; POR MAYORÍA:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RATIFICAR, para el presente ejer-
Artículo Primero.- ACEPTAR la donación efectuada cicio presupuestal el Acuerdo de Concejo Nº 004-2004-A/
por la Empresa Souther n Perú, por el monto de MDC de fecha 14 de enero del 2004, referido a la remune-
S/. 41,009.30 (Cuarenta y un mil nueve con 30/100 nue- ración mensual del señor Alcalde y las dietas de los seño-
vos soles), a favor del Gobierno Regional de Tacna, res Regidores de la Municipalidad Distrital de Carabayllo.
donación que será destinada al Programa "Sembrando Artículo Segundo.- DISPONER, que las distintas
Futuro 2005", la misma que tiene por finalidad la capaci- instancias administrativas de la Municipalidad, cumplan
tación de jóvenes de escasos recursos económicos. con lo dispuesto en el presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- ENTREGAR la donación acepta-
da a la Comisión que debe conformar la Gerencia Gene- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ral Regional, para que ejecute el Programa "Sembrando
Futuro 2005", la misma que será responsable de la bue- MIGUEL A. RIOS ZARZOSA
na implementación de lo dispuesto en la presente Reso- Alcalde
lución.
Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente Reso- 07779
lución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR a los entes correspon-
dientes del Gobierno Regional de Tacna. MUNICIPALIDAD DE
Regístrese y comuníquese.
JESÚS MARÍA
SANTIAGO TERRAZAS SOLÓRZANO
Gerente General Regional Aprueban Cuadro para Asignación de
07790 Personal de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 168-MJM
GOBIERNOS LOCALES Jesús María, 30 de marzo de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
Declaran e institucionalizan el 23 de El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la
abril como "Día de la Lectura en Jesús fecha;
María"
CONSIDERANDO:
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 013-MJM Que, la Federación Internacional de Juventudes Libe-
rales ha cursado invitación a nombre del Secretario Ge-
Jesús María, 8 de abril de 2005 neral de la Municipalidad de Miraflores, Dr. Sergio Meza
Salazar, a fin que asista al Seminario "Jóvenes y Política
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE - Factor Crucial en la Toma de Decisiones Democráti-
JESÚS MARÍA cas" a realizarse en la ciudad de Sofía, Bulgaria del 6 al
12 de mayo;
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el pedido Que, dicho evento reunirá a jóvenes representantes
formulado por el señor Alcalde; y, de distintas organizaciones de todo el mundo y que tiene
como objeto promover la discusión sobre las nuevas
CONSIDERANDO: formas de participación ciudadana de los jóvenes en el
siglo XXI;
Que, el Artículo 82º de la Ley Orgánica de Que, la Municipalidad de Miraflores promueve la par-
Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las ticipación ciudadana de sus vecinos así como la partici-
municipalidades, en materia de educación, cultura, pación de los jóvenes en distintos campos, por lo que la
deportes y recreación, tienen competencias y fun- participación del Secretario General permitirá adquirir
ciones específicas compartidas con el gobierno na- nuevos conocimientos que podrán ser aplicados en be-
cional y el regional; neficio de la comunidad;
Que, la Ley de democratización del libro y de fo- De conformidad con lo establecido en los numerales
mento de la lectura Nº 28086 en su articulo 3º, nume- 11 y 27 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipali-
ral 6, establece que el Estado favorece la realización dades, Ley Nº 27972, el Concejo con dispensa del trá-
de campañas nacionales de fomento de la lectura, mite de aprobación del Acta;
especialmente entre niños y jóvenes y eventos de
promoción del libro a nivel nacional e internacional; ACORDÓ:
Que, la Municipalidad de Jesús María dentro de su
programa de desarrollo educativo - cultural, requiere Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Secretario
institucionalizar el Día de la Lectura en Jesús María, General de la Municipalidad de Miraflores, Dr. Sergio
el 23 de abril, por ser el Día Internacional del Libro, y Meza Salazar del 5 al 14 de mayo de 2005, a efectos que
porque en el ámbito nacional e internacional se re- asista al Seminario "Jóvenes y Política - Factor Crucial
cuerda el nacimiento o muerte de escritores eminen- en la Toma de Decisiones Democráticas" a llevarse a
tes como Maurice Druon, César Vallejo, Abraham cabo en Sofía, Bulgaria.
Valdelomar, Flora Tristán, Inca Garcilaso de la Vega, Artículo Segundo.- El egreso derivado del viaje au-
José Carlos Mariátegui y José María Eguren; torizado se afectará con cargo al Presupuesto 2005 de
Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispues- la Municipalidad de Miraflores, de acuerdo al siguiente
to en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, detalle:
el Reglamento Interno de Concejo y UNANIMIDAD,
Pasajes Aéreos US$ 1,573.00
con la dispensa del trámite de lectura y aprobación Viáticos US$ 1,000.00
del acta; Tarifa CORPAC US$ 28.24
Costo del Evento US$ 85.00
SE ACORDÓ:
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Central
Artículo Primero.- DECLARAR E INSTITUCIO- de Gestión Administrativa y a la Gerencia de Planea-
NALIZAR, el 23 de abril como el “DÍA DE LA LECTURA miento y Presupuesto el cumplimiento del presente
EN JESÚS MARÍA”, a cuyo efecto deben realizarse ac- Acuerdo.
tividades de trascendencia distrital que promuevan di-
cha sana práctica. Regístrese, publíquese y cúmplase.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de
Educación, Cultura y Deportes, el cumplimiento del pre- FERNANDO ANDRADE CARMONA
sente Acuerdo. Alcalde
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre-
sente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. 07777