Resumen Anexo 6
Resumen Anexo 6
Resumen Anexo 6
OPERACIN DE AERONAVES
B. Los temas que a continuacin se indican han sido recogidos del Anexo 6 al
Convenio sobre Aviacin Civil Internacional el cual, en cumplimiento del literal f) del
Artculo 10 de la Ley de Aeronutica Civil y el literal a) del Artculo 2 de su
Reglamento, sirve de base para la formulacin del presente documento.
C. Las diferencias que, con relacin a los Anexos al Convenio sobre Aviacin Civil
Internacional, se encuentren en las Regulaciones Aeronuticas del Per y dems
normas complementarias, debern ser notificadas a la Organizacin de Aviacin
Civil Internacional, conforme a los procedimientos establecidos para ello, a fin de
que dicha organizacin proceda a la publicacin correspondiente.
1. Definiciones
2. Aplicacin
3. Generalidades
4. Operaciones de vuelo
5.1 Generalidades;
5.2 Aplicables a los aviones certificados de conformidad con el Anexo
Tcnico 8, Parte IIIA y IIIB; y
5.3 Datos sobre obstculos.
6.1 Generalidades;
6.2 Para todos los aviones, en todos los vuelos;
6.3 Registradores de vuelo;
6.4 Para todos los aviones que realicen vuelos VFR;
6.5 Para todos los aviones que vuelen sobre el agua;
6.6 Para todos los aviones que vuelen sobre zonas terrestres designadas;
6.7 Para todos los aviones que vuelen a grandes altitudes;
6.8 Para todos los aviones en condiciones de formacin de hielo;
6.9 Para todos los aviones que vuelen con sujecin a las reglas de vuelo
por instrumentos;
6.10 Para todos los aviones durante vuelos nocturnos;
6.11 Aviones con cabina a presin cuando transporten pasajeros Radar
meteorolgico;
6.12 Para todos los aviones que operen por encima de los 15 000m (49 000
ft) Indicador de radiacin;
6.13 Para todos los aviones que deban observar las normas de
homologacin en cuanto al ruido que figuran en el Anexo Tcnico 16,
Volumen I;
6.14 Indicador de nmero de Mach;
6.15 Aviones que deban estar equipados con sistemas de advertencia de la
proximidad del terreno (GPWS);
6.16 Aviones que transportan pasajeros Asientos de la tripulacin de
cabina;
6.17 Transmisor de localizacin de emergencia (ELT);
6.18 Aviones que deben estar equipados con un sistema anticolisin de a
bordo (ACASII);
6.19 Aviones que deben estar equipados con un transpondedor de
notificacin de la altitud de presin;
6.20 Micrfonos; y
6.21 Aviones con motores de turbina Sistema advertidor de cizalladura del
viento dirigido hacia adelante.
7. Equipo de comunicaciones y de navegacin de a bordo
9. Tripulacin de vuelo
13. Seguridad
APNDICES
1.1 Terminologa;
1.2 Luces de navegacin que deben ostentarse en el aire; y
1.3 Luces que deben ostentar los aviones en el agua.
1. Definiciones
2. Aplicacin
3. Generalidades
6. Instrumentos y equipo
8.1 Responsabilidad;
8.2 Registros de mantenimiento;
8.3 Informacin sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad;
8.4 Modificaciones y reparaciones; y
8.5 Conformidad (visto bueno) de mantenimiento.
9.1 Calificaciones; y
9.2 Composicin de la tripulacin de vuelo.
APNDICE
1.1 Terminologa;
1.2 Luces de navegacin que deben ostentarse en el aire; y
1.3 Luces que deben ostentar los aviones en el agua.
SECCIN I. GENERALIDADES
1. Definiciones
2. Aplicacin
1. Generalidades
2. Operaciones de vuelo
3.1 Generalidades;
3.2 Aplicables a los helicpteros certificados de conformidad con el Anexo
Tcnico 8, Parte IV; y
3.3 Datos sobre obstculos.
4.1 Generalidades;
4.2 Para todos los helicpteros, en todos los vuelos;
4.3 Registradores de vuelo;
4.4 Helicpteros que realicen vuelos de conformidad con las reglas de vuelo
visual;
4.5 Helicpteros que vuelen sobre el agua;
4.6 Helicpteros que vuelen sobre zonas terrestres designadas;
4.7 Transmisor de localizacin de emergencia (ELT);
4.8 Helicpteros que vuelen a grandes altitudes;
4.9 Helicpteros en condiciones de formacin de hielo;
4.10 Helicpteros que vuelen con sujecin a las reglas de vuelo por
instrumentos;
4.11 Helicpteros durante vuelos nocturnos;
4.12 Helicpteros cuando transporten pasajeros Deteccin del tiempo
significativo;
4.13 Helicpteros que deban observar las normas de homologacin en
cuanto al ruido que figuran en el Anexo Tcnico 16, Volumen I;
4.14 Helicpteros que transporten pasajeros Asientos de la tripulacin de
cabina;
4.15 Helicpteros que deben estar equipados con un transpondedor de
notificacin de la altitud de presin; y
4.16 Micrfonos.
11. Seguridad
1. Generalidades
2. Operaciones de vuelo
6.1 Responsabilidad;
6.2 Registros de mantenimiento;
6.3 Informacin sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad;
6.4 Modificaciones y reparaciones; y
6.5 Conformidad (visto bueno) de mantenimiento.
7.1 Calificaciones; y
7.2 Composicin de la tripulacin de vuelo.
APNDICE