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CARTEL DE SEGURIDAD

INSTALACIN FRIGORFICA
Nota: Seales a colocar en Salas de maquinas especficas para Refrigerantes del Grupo de seguridad L3
Articulo 28. Cartel de seguridad. Del RD 138/2011 Reglamento de seguridad instalaciones frigorficas
A) En caso de emergencia pulsar interruptor general de emergencia de paro de la instalacin situado en:

B) Nombre direccin y telfono de la empresa frigorista y persona encargada de la instalacin


EMPRESA INSTALADORA FRIGORISTA EMPRESA MANTENEDORA FRIGORISTA
Nombre: Nombre:
Direccin: Direccin:
Poblacin: Poblacin:
Telfono: Telfono:
PERSONA RESPONSABLE DE LA INSTALACIN
Nombre: Telfono:
Direccin: Poblacin:

C) SERVICIO DE BOMBEROS MAS PRXIMO HOSPITAL MAS PRXIMO


Direccin: Direccin:
Telfono: Telfono:
Centro Quemados: Telf. 112 Polica
Emergencias
D) GAS REFRIGERANTE EXISTENTE EN LA INSTALACIN
Circuito 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
P.M. Sector Alta
P.M. Sector Baja
Gas circuito Primar.
Frmula qumica
Grupo Seguridad
Gas inflamable (1)
Carga en Kilos
Gas circuito Secund.
Frmula qumica
Grupo Seguridad
Gas inflamable (1)
Carga en Kilos
CARGA TOTAL
(1) Detalles de
Inflamabilidad Kg.
Nota: P. M.= Presin mxima admisible sector de alta presin y sector de baja presin expresada en bar
Artculo 27. Almacenamiento de refrigerante en sala de mquinas.
Se prohbe el almacenamiento en la sala de mquinas de elementos ajenos a la instalacin frigorfica
La cantidad mxima de refrigerante que puede ser almacenado en su sala de mquinas es el 20% de la carga total de
la instalacin, con un mximo de 150 Kg.
El citado refrigerante deber almacenarse en botellas o contenedores y de conformidad con lo especificado en la ITC
MIE APQ-5, del Reglamento de almacenamiento de productos qumicos, aprobado por el Real Decreto 379/2001, de 6
de abril.

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