Contrato de Comproventa de Bien Futuro
Contrato de Comproventa de Bien Futuro
Contrato de Comproventa de Bien Futuro
ANTECEDENTES:
2.-Perimetro: 69.56 m2
3.-Linderos:
1.- El departamento signado con el N 601 con los acabados de acuerdo al cuadro de acabados
adjunto .El departamento tiene un rea 101.00 m2 ,una terraza frontal de 10.35 m2 ,aires en un
rea ocupada de 101 M2, la misma que est construida con materiales que garantice en el
futuro ampliacin de la vivienda en un 7mo nivel.El departamento estar construido con
materiales,reas y acabados como se sustenta en la Memoria Descriptiva ,Especificaciones
Tecnicas y el Cuadro de Acabados ,la misma que se integra en el presente contrato ,cuyos
linderos son los siguientes:
POR EL ESTE : Con los aires del retiro frontal del condominio
POR EL OESTE : Con los aires del lote 308 Urb. Magisterial I Etapa.
2.-El departamento en mencin cuenta con aires, el cual tiene un rea de 101.00 m2 cuyos
linderos son los siguientes:
POR EL ESTE : Con los aires del retiro frontal del condominio
POR EL OESTE : Con los aires del lote 308 Urb. Magisterial I Etapa.
Por su parte, EL COMPRADOR se obligan a pagar a EL VENDEDOR el monto total del precio
pactado en la clusula siguiente, en la forma, oportunidad y lugar convenios.
CUARTA.- El precio del bien de la prestacin a cargo de EL VENDEDOR asciende a la suma de S/.
370 000.00 (Trescientos setenta mil con 00/100 Nuevos Soles).
En caso se efecten los pagos fuera del cronograma pactado se realizaran los ajustes de
incremento de costos de materiales que se produzcan.
CONDICIOEN SUSPENSIVA:
QUINTA.-Las partes acuerdan que tratndose en este caso de una venta de bien futuro, el
presente contrato queda sujeto a la condicin suspensiva de que el departamento pueda
tener existencia , en aplicacin del articulo 1534 del Codigo Civil sin perjuicio de las
obligaciones asumidas por las partes asi como lo dispuesto por el articulo 1371 y 1372 del
C.C.
SEXTA.- Las partes convienen en que, el plazo para la iniciacin de los trabajos de
construccin es el mes de marzo con una proyeccin de conclusiones al 30 de junio 2012
indefectiblemente.
SEPTIMA.- Se deja establecido que, para efectos de este Contrato, la existencia del bien se
producir solo cuando materialmente guarde exacta semejanza con su representacin
grfica en los planos respectivos y con los acabados mnimos que contemplan la memoria
descriptiva, y modificaciones y aceptadas por las partes en los documentos que forman
parte del contrato y son de conocimiento de EL COMPRADOR.
Realizar todas las catividades necesarias para que el bien objetivo de la prestacin a su
Cargo llegue a tener existencia en el plazo pactado en la clausula sexta de este documento.
Esta obligacion