Edicto de Rotario
Edicto de Rotario
Edicto de Rotario
2.- Pero si hiciera muro, tenga ste una altura de cinco pies y una
anchura de un pie, y reciba un sueldo por cada doscientos veinticinco pies de
longitud; y si la anchura aumentara hasta cinco pies reciba otro sueldo por
cada uno. Pero si hubiera que trasladar el andamio, dse un sueldo por cada
ciento ochenta pies. Estos honorarios recbanse en dos partes[2]. Pero reciba
un tremis[3]. cada cuarenta y cinco pies de longitud.
3.- Del mismo modo, si encalara muro, avance seiscientos pies por
un sueldo. Y si cubriera con opus gallicum[4] cerrando la estructura con
tablas, igualmente avance mil quinientos pies por sueldo. Y si arco alzara
construya doce pies por cada sueldo.
NOTAS
[1] Moneda romana de oro de 4,568 gramos.
[2] La expresin in longitudinem vero ter quinos per tremise parece tratarse de un
aadido posterior como indica su situacin al final del precepto y que da entrada a una
nueva valoracin de los honorarios de los maestros comacinis motivada seguramente por
una devaluacin de la moneda urea. stos pasarn a recibir ahora un tremis por cada
fraccin del muro con una longitud de cuarenta y cinco pies, lo que supone un incremento
respecto a la regulacin anterior del 66,66% y del 33,33% respectivamente.
Antes Ahora
Sin mover el andamio 1 sueldo = 225 pies 5 tremises = 225 (5 45) pies
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