Memorial de Oposicion A Medidas de Seguridad
Memorial de Oposicion A Medidas de Seguridad
Memorial de Oposicion A Medidas de Seguridad
HUEHUETENANGO.
Denuncia de Violencia Intrafamiliar No. 98-2014. Of.1.M.Of. y Not. LUIS RAMON PONCE
contador, sealo lugar para recibir notificaciones, mi residencia ubicada en la aldea la Villa, de este
EXPONGO:
Sin perjuicio del recurso de Nulidad por Violacin de Ley e Infraccin del Procedimiento interpuesto
en contra de la resolucin dictara el dos de marzo del presente ao, por este rgano Jurisdiccional
dentro del expediente que se identific con el nmero noventa y ocho guin dos mil catorce, a cargo
del oficial y notificador primeros, y sin que el presente memorial constituya una convalidacin de
dicha resolucin, por este medio comparezco a oponerme a la Denuncia de Violencia Intrafamiliar
interpuesta en mi contra por ANA MARIA MENDOZA MENDOZA. De conformidad con los
siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
HECHOS:
maliciosas e irresponsables que utiliza la actora con la finalidad de hacerme dao, ya que sus
Violencia Intrafamiliar, no para ser efectivamente protegida de violencia, sino para lograr un
resultado contrario a las leyes, que es lograr es que me valla de la casa pues lo hace con la
intencin de quedarse con la totalidad de los bienes nuestros, incluyendo mis objetos personales.
falsedades. Es evidente, que la actora manifiesta hechos contrarios a la verdad y que solo
confirman su actitud inescrupulosa, pues, utiliza la ley como un medio para lograr fines contrarios a
ella. Seora Juez, lo nico cierto, manifestado por la actora, es que discutimos, pero en ningn
momento ejerc violencia de ninguna manifestacin hacia ella a pesar de su irrespeto a mi personal.
c) ella manifiesta sufrir violencia pero no ha presentado ningn medio probatorio al respecto
solamente argumenta su acusacin en tales actos, pero medios de prueba reales no presenta.
d) seor juez solicito a la actora se le realicen pruebas legales psicolgicas ya que es una persona
de carcter explosivo y violento con mi persona, mi familia y los vecinos del lugar donde vivimos. En
consecuencia debe declararse con lugar la presente Oposicin, dejando sin efecto la Medida de
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
El artculo 519 del Cdigo Procesal Civil y Mercantil establece que si hubiere oposicin de parte
legtima a cualquiera de las medidas acordadas por el juez, sta se tramitar en cuerda separada
por el procedimiento de los incidentes. Por su parte los artculos del 135 al 140 de la Ley del
MEDIOS DE PRUEBA:
forma personal y no por medio de apoderado deber prestar la seora conforme al pliego de
posiciones que en plica acompao y que quedar bajo reserva de la Secretara de ese Tribunal, y
2)- DICTAMEN DE EXPERTOS: cuyos nombres y puntos sobre los que versar el expertaje
3)- RECONOCIMIENTO JUDICIAL: Sobre lugares, personas y cosas que interesen al presente
proceso.
PETICIONES:
Incidentes.
5)- Se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el apartado respectivo y por
6)- Que se sealen las audiencias respectivas para la recepcin de los medios de prueba.
7)- Que oportunamente al resolver se declare con lugar la presente Oposicin y en consecuencia se
levante la presente Medida de Seguridad de Personas interpuesta en mi contra por dejndola sin
CITA DE LEYES: Me baso en la ley citada y en los artculos: 25, 26, 27, 29, 44, 50, 51, 62, 63, 66,
67, 78, 79, 73, 81, 82, 106, 109, 111, 112, 126, 127, 128, 177, 178, 183, 186, 516, 517, 518, 519,
520, 521, 522 del Cdigo Procesal Civil y Mercantil; del 135 al 140 de la Ley del Organismo Judicial;
ADJUNTA.
EN SU AUXILIO: