Recurso de Apelacion de Sancion
Recurso de Apelacion de Sancion
Recurso de Apelacion de Sancion
de Sancin Disciplinaria de
fecha 17ABR2013..
SEOR
SOS
PNP
Roberto
LUCANA
CORNEJO-COMISARIA
PNP
CABANILLAS-FRENPOL-P/DIVPOLS-JULIACA..
Luis Alberto ROLDAN ANGULO, SOT1 PNP,
actualmente prestando servicios en el FRENPOL-PUNO/DIVPOLS-JULIACA,
DPTO.SEGURIDAD DEL ESTADO-Juliaca, identificado con DNI.Nro.44158776 y
CIP.Nro.305l9459; ante Ud., con el debido respeto me presento y digo:
I. PETITORIO.
Que, teniendo legitimidad e inters en obrar y a
fin de hacer valer mis derechos amparados en el Art.2, Inc.20 de la Constitucin
Poltica del Estado Peruano, as como de la Ley 27238 Ley Orgnica de la PNP, en
concordancia con las prerrogativas de los Art. 50 Numeral 3 y 7, Art.55 Numeral 7,
Art.56 Numeral 3 y 4 del DECRETO legislativo Nro. 1150 Rgimen Disciplinario
PNP, y supletoriamente la Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General
y otros afines; interpongo dentro del termino de Ley RECURSO DE APELACION, en
tiempo y forma, y lo dirijo en contra de los efectos de la Orden de Sancin de fecha
17 de Abril del 2013, en donde se resuelve : Sancionar al suscrito por : FALTAS
CONTRA LA DISCIPLINA Por demostrar falta de cortesa en la presencia del
suscrito frente a la puerta principal de la Comisara PNP Cabanillas, estando presente
en el lugar el Representante del Ministerio Pblico a bordo del vehiculo Oficial y
personal PNP de menor jerarqua al dirigirse al suscrito con trminos incorrectos como
es Chatito hecho ocurrido el da 14ABR2013 a horas 18.20 aprox., demostrando
falta de tica, disciplina y desconocimiento absoluto de los bienes jurdicos tutelados
por el D.Leg.Nro.1150. infraccin Codificada como L-3 que sanciona con Seis (06)
das de Sancin Simple acorde la Decreto Legislativo en referencia- Regimen
Disciplinario PNP.--------------------------------------------------------
I. FUNDAMENTOS DE HECHO
PRIMERO.- Que, el da 14ABR2013 a hrs.
18.20, el suscrito por orden superior, se dirigi en calidad de Instructor a la localidad
de Tincopalca-Cabanillas San Romn-Puno, a bordo del vehiculo policial de Placa de
Rodaje CR-8859, conjuntamente con el SOB PNP Enrique IBARRA SONCCO, asi
como el SOT3 PNP Modesto TIPULA MULLISACA y el efectivo de la UDEX SO2
PNP VALLEJOS TIPULA Erik; conjuntamente con la Representante el Ministerio
Publico Dra. Diana ROQUE COARITA, Fiscal de Turno de la 1ra. Fiscalia Penal
Corporativa-SR-Juliaca; con la finalidad de realizar las investigaciones por el presunto
Delito de Incendio con sub siguiente muerte de cinco(05) personas.
SEGUNDO.- Es el caso que al llegar a las
18.20 aprox., del da sealado, a la Comisara PNP Cabanillas, el suscrito se aproximo
al vehiculo de la Representante del Ministerio Publico antes mencionada, quien di ha
conocer al suscrito que haba sido enterada por el personal de Servicio de la Comisara
de Cabanillas, que el personal Policial designado para acompaar a la RMP., a bordo
de su Unidad vehicular ya se haba dirigido al lugar de los hechos a bordo de su
Unidad vehicular, sin su conocimiento y/o autorizacin, pese haberse comunicado
telefnicamente para que la esperen en la citada dependencia Policial, tomando este
hecho como una falta de respeto y desobediencia a lo dispuesto por la Fiscalia de
Turno.
TERCERO.- Frente a este suceso, el
suscrito se aproximo al efectivo policial que se encontraba, en el frontis de la
Comisara PNP Cabanillas, quien se encontraba vestido, con borcegues, pantaln
policial, chompa negra, casaca negra y gorro o chullo negro, sin insignias de mando;
identificndose el suscrito como Sub Oficial Tcnico de Primera del Dpto, de
Seguridad del Estado PNP Juliaca, solicitndole cortsmente el numero de celular
del efectivo policial que estaba al mando del personal y Unidad vehicular que se
diriga a la localidad de Tincopalca; no dando mayor respuesta, nicamente trato de
comunicarse por su celular, para luego dar a conocer que al parecer no ingresaba la
llamada; motivo por el cual el suscrito solicito que se agote los medios necesarios
para tratar de comunicarse, a fin que este espere en la ruta , por ser esta desconocida,
y evitar cualquier suspicacia o mala interpretacin por parte de la R.M.P.; retirndose
el suscrito del indicado frontis, sin mediar o cruzar ms palabra, con el indicado
efectivo policial.
CUARTO.- Con relacin al TEXTO de la
descripcin de la sancin; se evidencia que se ha consignado como fundamento de la
imputacin la frase textual: Por demostrar falta de Cortesa en la presencia del
suscrito frente a la puerta principal de la Comisara PNP .; si analizamos este
prrafo, evidenciaremos que el agraviado se coloca en TERCERA PERSONA, no
como el agraviado directo; situacin que de plano desnaturaliza su supuesto agravio;
por no existir sintaxis en el sentido de su oracin, surgiendo entonces la interrogante a
quien se le falto en la CORTESIA; si este se coloca como testigo de este supuesto
hecho imaginario; lo ms grave pone como testigo la presencia de la Representante
del Ministerio Pblico y del Personal PNP, de un hecho donde no es el directo
agraviado como lo hace entender en este prrafo.
QUINTO.- Asimismo, siguiendo el texto de la
indicada Sancin, se evidencia al final de la lnea numero siete, que recin se acredita
como agraviado en PRIMERA persona; AL CONSIGNAR TEXTUALMENTE: al
dirigirse al suscrito con trminos incorrectos como es de CHATITO. En
consecuencia estara acreditado que la
PRIMERA
emitir la Orden de Sancin, tal y conforme esta estipulado para las infracciones
Leves.
SETIMO.- Es necesario, hacer presente que nuestro
ordenamiento jurdico, en su Art. 428 del Cdigo Penal vigente, tipifica como delito la
Falsedad ideolgica al cual me reservo mi derecho de accionar.
POR LO EXPUESTO:
A Ud. Mi Sub Oficial Superior PNP, solicito poner en
tramite mi Recurso de Apelacin, de conformidad a la normatividad vigente.
ANEXOS
- Copia de DNI.
- Copia de CIP.
- Copia de Orden de Sancin.
mediante
DITERPOL-P/RPP-AL del l9MAY 2006, firmado por el Sr. Coronel PNP Romeo
DELGADO ARAGON, Jefe de la Regin Policial Puno; el mismo que fue dirigido al
Jefe de la DIVFRONT PNP PUNO,
Administrativo
General
otros;
interpongo
Recurso
de
ACREDITO
REF.C/T Nro.544-2006-
XII-
Cambio de
FALSEDAD tipificado en el
Cdigo de Justicia Militar; en razn que el Recurrente con fecha 11NOV2005, ha sido
cambiado de Colocacin del ESCUADRON VERDE DIVPOL JULIACA al PVF
NINANTAYA, conforme ACREDITO con el Oficio Nro.413-DIVPOL-J-DDH-SP.
del 11NOV05, el mismo que adjunto al presente en copia FEDATEADA; con el cual
ACREDITO que solamente he permanecido SEIS MESES aprox., en esa Unidad
PNP, es decir en la DIVISION DE FORNTERAS PNP PUNO; en consecuencia la
aludida CAUSAL, invocada por su Despacho, al parecer no concuerda con mi
escaso tiempo de permanencia en esa Unidad PNP; en razn de existir
en la
actualidad Personal PNP con mayor tiempo de Permanencia y/o aos de Servicio que
el Recurrente en la mencionada Unidad, conforme lo puedo acreditar en el acto con
nombres y apellidos; es decir que para ellos al parecer no existe la indicada causal
de TIEMPO DE PERMANENCIA; por lo que resulta ilgico en todos sus extremos
efectuar el cambio de colocacin con la indicada causal a un efectivo policial que
recin llega a esa Unidad PNP. Con cuyo hecho se acreditara los presuntos ilcitos
penales de ABUSO DE AUTORIDAD y FALSEDAD.
QUINTO.- De igual forma, con relacin a
la otra CAUSAL de NECESIDAD DEL SERVICIO, tambin utilizado para mi
Cambio de Colocacin, al parecer tambin incurrira en FALSEDAD; en razn que
en la Comisara PNP de CARACOTO, no ha existido un incremento sustantivo de
Personal PNP, motivado por alguna convulsin social
documento que
planificada para
de la
DOS
hechos que
adjunto al
al
AUTORIDAD,
el
cual
solicito
tambin
sea
materia
de
Investigacin
Administrativo Disciplinario y/o Penal; en razn que durante este ultimo tiempo
UN AO Y DOS MESES aproximadamente, es decir desde el 05ABR 2005 al
08JUN2006; el Recurrente he sido victima de SEIS (06) CAMBIOS DE
COLOCACION, conforme
documentacin
que
indicacin del documento y fecha , as como el nombre del Superior que dispone el
Cambio de Colocacin:
lro.-
MATALLA RIOS.
2do.-
3ro.-
4to.-
5to.-
los REITERATIVOS
mencionado Superior.
As mismo el Recurrente deja expresa
constancia, que estos hechos vienen vulnerando mis derechos como Servidor
Pblico amparado en la Constitucin y las Leyes, as como ocasionndome
DAOS Y PERJUICIOS, que en su momento se solicitar su resarcimiento de
acuerdo a LEY; Por cuyo motivo respetuosamente solicito a su Despacho, que se
practique una profunda investigacin al respecto.
OCTAVO.- De igual forma, es necesario dar
a conocer a
reconocida
como es el caso
sido
estrictamente
Cambiados
intereses
Poltica del Estado Peruano, as como en los Arts. 117 y 118 de la Ley 28338,
Reglamento de Rgimen Disciplinario; LEY Nro.27238 (Ley Orgnica de la PNP); y
Ley 27444, Ley de PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL y otros.
POR LO EXPUESTO :
A Ud., Seor General Jefe de la XIIDITERPOL-PUNO, solicito acceder a mi Recurso de Reconsideracin de Cambio
de Colocacin por ser de justicia.
Juliaca, 27 de Junio del 2006