Tratado de Cielos Abiertos
Tratado de Cielos Abiertos
Tratado de Cielos Abiertos
Loredana Ardeleanu
Los acuerdos de cielos abiertos constituyen una serie de normas para flexibilizar el
modelo regulador del mercado de
acuerdos bilaterales del Convenio de Chicago de 1944, que representa el marco jurdico
de referencia para el transporte areo internacional. La liberalizacin del espacio areo
empez en los Estados Unidos con la Airline Deregulation Act (1978) que eliminaba
sucesivamente las restricciones, salvo aquellas tcnicas que las compaas podran
establecer libremente. En cambio, en Europa dicha liberalizacin se ha realizado ms
tarde y de forma gradual mediante los 3 paquetes de medidas, para evitar los efectos
que sta haba provocado en EEUU. Lo nico que faltaba era una poltica area comn
entre los estados miembros de la Unin Europea y EE.UU que se concret en lo que
viene a llamarse el Tratado de Cielos Abiertos, sustituyendo a 21 acuerdos bilaterales
firmados con anterioridad.
Resumen
El Tratado de Cielos Abiertos, firmado en Washington el 30 de abril de 2007, abarca
las intenciones de las partes de promover un sistema internacional de aviacin basado
en la competencia entre lneas areas con mnima interferencia y regulacin por parte
del Estado, desarrollar redes de transporte areo que satisfagan las necesidades de los
pasajeros y los expedidores en relacin con los servicios de transporte areo, ofrecer
precios y servicios competitivos en mercados abiertos, y por lo ultimo garantizar el ms
alto grado de seguridad y proteccin del transporte areo internacional, debido a la
preocupacin ante los actos o amenazas contra la proteccin de las aeronaves que ponen
en peligro la seguridad de personas y bienes y afectan negativamente a la explotacin
del transporte areo.
En el primer artculo del tratado se han convenido una serie de definiciones (acuerdo,
transporte areo, convenio (haciendo referencia al Convenio de Chicago), coste ntegro,
transporte areo internacional, precio, parte, escalas con fines no comerciales, territorio
y tasa de usuario, que sirven para entender el funcionamiento y lo que se presenta dentro
del mismo.
Segn este Acuerdo las compaas areas pueden efectuar vuelos directos hacia los
Estados Unidos desde cualquier aeropuerto de Europa, incluso desde otro pas que no
sea el de origen y con independencia de cul sea su nacionalidad. Adems tendrn la
posibilidad de explotar vuelos transitando por la Unin Europea y los Estados Unidos
hacia pases terceros. Las compaas de la Unin, podrn realizar vuelos que transporten
exclusivamente flete transitando por los Estados Unidos hacia un pas tercero, sin que el
servicio proceda necesariamente de la Unin Europea, mientras que las compaas
americanas conservarn sus derechos existentes.
El Acuerdo elimina las restricciones en cuanto a rutas, nmero de vuelos, frecuencia
semanal, tipo de aeronaves, cualquier lnea area pudiendo establecer sus condiciones y
fijar los precios en funcin del mercado. Conforme a la seguridad se precisa llegar a
trabajar de forma conjunta para la elaboracin de estndares y prcticas compatibles
sobre la entrada sobre sus territorios, con el fin de facilitar la regulacin area.
Sobre la proteccin de la aviacin se establece que las Partes debern atender las
disposiciones de los siguientes acuerdos: el Convenio sobre las infracciones y ciertos
otros actos cometidos a bordo de las aeronaves (Tokio, 1963), el Convenio para la
represin del apoderamiento ilcito de aeronaves (La Haya, 1970), el Convenio para la
represin de actos ilcitos contra la seguridad de la aviacin civil (Montreal,1971), y el
Protocolo para la represin de actos ilcitos de violencia en los aeropuertos que
Adems se prevea una aceleracin en los procesos de fusin y alianzas tanto en los
EEUU como la UE (Star Alliance, Sky Team y Oneworld), aprovechndose el fcil
acceso a los nuevos aeropuertos.
El resultado positivo ms evidente del proceso fue la importante cada en las tarifas lo
que produjo un aumento significativo en el trfico. Otras de las consecuencias son: la
mayor eficiencia en el sector, mejoras en la comercializacin, en el servicio y en la
seguridad area, y un mayor movimiento en el sector turstico.
Es verdad que el acuerdo ha presentado muchas ventajas pero tambin algunos
inconvenientes como el incremento de las emisiones de CO2, resultado del desarrollo de
los flujos de transporte areo. De gran importancia es el hecho de que los europeos no
han logrado imponer las normas medioambientales a las compaas norteamericanas,
manteniendo la prohibicin de aplicar tasas en los combustibles y en el IVA sobre el
carburante consumido, que sera una medida base para reducir las emisiones.
Adems, aunque las compaas europeas pueden volar hacia EEUU desde cualquier
aeropuerto de la UE, no tienen derecho continuar el vuelo dentro de los Estados Unidos
desde la ciudad de aterrizaje hacia otra ciudad norteamericana, a diferencia de los
estadounidenses que pueden realizar este tipo de vuelos en el territorio de la Comunidad
Europea. El argumento que Washington da a esto es que de que EEUU es un nico pas
mientras que los europeos son 27 y que sus aerolneas pueden utilizar la libertad de
cabotaje, que permite embarcar pasajeros en un Estado que no es el propio del avin y
desembarcarlos en ese mismo pas.
Otro inconveniente sera la relacin desigual en cuanto a la inversin, por la razn que
los americanos pueden obtener mayores derechos de voto que los europeos, un 25%
frente a un 49,9%, lo que supone minimizar las posibilidades de inversin siendo poco
Airways, pierden sus privilegios, cuestin que se queda pendiente para la segunda fase
de la negociacin, de2010.
Acuerdos posteriores
En septiembre de 2008 la Repblica Dominicana y Canad concluyeron las
negociaciones de un convenio de cielos abiertos que permita el incremento de los
vuelos de pasajeros y cargas entre ambas naciones. Despus de
varias reuniones
los
jefes
de
delegacin
de
ambos
pases.
Las restricciones para la operacin de aeronaves en el espacio areo del otro Estado son
mnimas, adems de que ambas partes podrn designar tantas lneas areas como
estimen
necesarias
para
operar
las
rutas
indicadas
en
el
Acuerdo.
Como consecuencia de este acuerdo las aerolneas de cualquiera de las dos naciones
pueden determinar las frecuencias y la capacidad de los servicios convenidos, basndose
en consideraciones comerciales de mercado de dicha lnea area.
En Rio de Janeiro, el 24 de mayo de 2010 se firma el Memorndum de Entendimiento
entre la Comisin Latinoamericana de aviacin civil y la Direccin de transporte areo
de la comisin europea que aglutina a 22 pases, y dos acuerdos tcnicos con Brasil, uno
de seguridad que facilita la exportacin e importacin de productos y tecnologa para la
industria aeronutica y otro de servicios, que va a ofrecer garantas jurdicas a los
operadores areos europeos. Por lo consiguiente Brasil podr negociar acuerdos en el
rea de aviacin con la unin europea. Estos 2 acuerdos entrarn en vigor el 14 de julio,
con ocasin de la Cumbre UE-Brasil.
En Luxemburgo, el 24 de junio de 2010, la Unin Europea y los Estados Unidos han
firmado la segunda fase del acuerdo de "cielos abiertos", por el que aerolneas de ambas
partes pueden volar desde cualquier punto de Europa o Estados Unidos. El texto ha sido
firmado por los veintisiete ministros de Transporte entre cuales el titular espaol de
Fomento, la vicesecretaria de Aviacin Civil de EEUU Susan Kourland, la embajadora
estadounidense en Luxemburgo Cynthia Stroum, y el comisario europeo de Transporte
Sim Kallas.
Este acuerdo engloba el 60% del trfico internacional de pasajeros cuyo resultado prev
que los vuelos transatlnticos sern ms cortos y baratos, con la mnima contaminacin
puesto que los nuevos compromisos hacen que se reduzcan las emisiones de dixido de
carbono (CO2) que afecta el cambio climtico.
Las principales ventajas para las compaas areas consisten en nuevas rutas y mayor
capacidad de inversin en aerolneas del otro lado del Atlntico, de modo que podrn
conseguir un aumento de su competitividad a partir de la reduccin de costes.
Las negociaciones se han prolongado desde principios de 2007 debido a que Bruselas
pretenda mayor capacidad de inversin en el negocio areo americano y Washington
reclamaba menos limitaciones al ruido de los vuelos nocturnos en Europa que al finar
llegaron a un punto comn y EEUU se ha comprometido a modificar la limitacin del
25% de capital extranjero en sus aerolneas mientras que Bruselas ha prometido minorar
sus normas sobre la contaminacin acstica. De este modo tanto Bruselas como
Washington se comprometen a reducir sus emisiones de CO2 de la atmsfera.
Mediante esta fase del tratado internacional de cielos abiertos, se quieren alcanzar
avances
muy
importantes
en
materia
ambiental,
armonizacin
normativa,
costarricense, Allan Flores, este acuerdo permitir que las lneas areas provenientes
de Qatar operen rutas en territorio de Costa Rica, realicen escalas provenientes de
terceros pases o ejecuten transbordo de pasajeros, derechos que de igual forma gozarn
las aeronaves costarricenses.
El 21 de abril de este ao, el Gobierno israel aprob un acuerdo de cielos abiertos,
pactado el pasado ao con la Unin Europea, que tiene como objetivo aumentar la
competencia mediante la bajada de los precios de los vuelos desde y hacia Israel, y
aumentar el turismo. Como consecuencia, todas las aerolneas israeles iniciaron una
huelga para oponerse al acuerdo, que tienen miedo del dao econmico que se podra
producir al entrar las aerolneas europeas. Mediante este acuerdo cualquier compaa
europea podr, operar vuelos directos a Israel, y las aerolneas israeles podrn hacer lo
propio con los destinos europeos.
Estos convenios tienen como fin la liberalizacin de los mercados internacionales de
aviacin civil para que las empresas areas de ambos pases firmantes puedan
transportar pasajeros y carga a cualquier destino de las dos naciones, con la mnima
intervencin del gobierno facilitando as el crecimiento y la competencia en el
transporte areo. Ambas partes pueden pactar que las compaas areas de sus pases
tomen sus propias decisiones en cuanto a las rutas, capacidades, frecuencias y la fijacin
de tarifas. De esta forma estos convenios fomentan las oportunidades comerciales, el
turismo, la inversin, el intercambio cultural, el cuidado del medio ambiente con la
reduccin la contaminacin, mejoras del servicio y el abaratamiento de las tarifas.
Estado actual de la cuestin
Actualmente entre EEUU y la Unin Europea la situacin es la misma que despus de la
segunda fase del tratado firmado en 2010. Desde entonces hasta hoy en da las partes
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han tenido varias conversaciones y firmado acuerdos con pases fuera de la UE o EEUU
como son: Canad, Colombia, Israel, China para desarrollar la liberalizacin del sector
areo y crear ms de un entorno de libre mercado para las aerolneas.
Opinin personal
La firma de ste acuerdo ha tenido una gran importancia en el mbito turstico, areo y
econmico, por esta razn creo que ambas partes, tanto EEUU como la UE, deberan
tener los mismos derechos independientemente de la extensin del territorio, aunque
tambin es verdad que la libertad absoluta puede suponer una amenaza para la seguridad
de las tripulaciones, los pasajeros y las personas que viven dentro de un pas u otro.
Bibliografa
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http://www.diariolibre.com/noticias/2008/09/09/i168659_canada-pactan-cielosabiertos.html
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http://www.semana.com/mundo/europa/articulo/bruselas-washington-firman-nuevoacuerdo-cielos-abiertos/118407-3
http://www.cincodias.com/articulo/economia/aprobada-modificacion-acuerdo-cielosabiertos-ue-ee-uu/20110204cdscdseco_13/
http://www.newsinamerica.com/pgint.php?id=21060
http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/aeroespacial/elgobierno-israeli-aprueba-un-acuerdo-de-cielos-abiertos-con-laue_f2osYHkG9o9jTrIkfQbo/
http://www.revistasumma.com/negocios/14731-costa-rica-implementara-acuerdo-decielos-abiertos-con-canada.html
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