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Subasta Voluntaria
Subasta Voluntaria
Subasta Voluntaria
NOTARIAL
un mil quinientos, folio noventa del libro treinta de Guatemala, con las
sobre dicho bien no pesa ningn gravamen o anotacin que afecte el mismo.
SEGUNDO: continua manifestando el requirente que es de su voluntad subastar el
bien inmueble descrito anteriormente bajo las siguientes condiciones: A) del precio:
se fija un precio base de seiscientos mil quetzales exactos (600,000.00) B) de la
forma de pago: El pago podr hacerse al contado o por abonos, si se realiza por
abonos de har de la siguiente manera: un anticipo del sesenta por ciento (60 % )
del precio total y el restante se dividir proporcionalmente hasta doce meses con un
inters del diez por ciento (10 %) anual
ganadores se les har entrega del depsito inmediatamente, quien resultare ganador
de la subasta se le abonara como parte del pago del precio total del inmueble la
cantidad dada en depsito. TERCERO. Se publicaran seis edictos de los cuales se
publicaran tres en el diario oficial y tres en prensa libre en las fechas trece, catorce y
quince de abril del presente ao. No habiendo ms que hacer constar termino la
presente acta en el mismo lugar y fecha cuarenta minutos despus de su inicio, la
que se encuentra contenida en dos hojas de papel bond a las que le adhiero un
timbre fiscal de cincuenta centavos en cada hoja de registro cuarenta y dos mil
trecientos y cuarenta y dos mil trescientos uno, ambos del ao dos mil quince y un
timbre notarial en la primera hoja de diez quetzales con nmero de registro treinta
mil quinientos dos del ao dos mil quince. Leo ntegramente lo escrito al requirente
quien enterado de su contenido, objeto, validez y dems efectos legales, lo acepta,
ratifica y firma. DOY FE.
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PEDRO PABLO CORADO CASTILLO.
ANTE M:
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BIANCA IRENE ARENALES SANTAY
NOTARIA
RESOLUCION INICIAL
Oficina profesional de la Notaria BIANCA IRENE ARENALES SANTAY, segunda
avenida tres guion veinte de la zona diez de esta ciudad. Guatemala ocho de abril
del dos mil quince. ----------------------------------------------------------I)Se forma el
expediente respectivo con el Acta Notarial de requerimiento y los documentos
adjuntos presentados; II) Se tienen por iniciadas las diligencias extrajudiciales de
SUBASTA VOLUNTARIA, iniciadas por el seor Pedro Pablo Corado Castillo, del
bien inmueble ubicado en la veintitrs avenida tres guion treinta de la zona catorce
de esta ciudad bajo nmero un mil quinientos, folio noventa del libro treinta de
Guatemala del registro General de la Propiedad; III) Se tienen por presentados e
individualizados los medios de prueba los cuales consisten
en la Certificacin
NOTIFICACION
En la ciudad de Guatemala, el OCHO de ABRIL del dos mil QUINCE, siendo las once horas, BIANCA IRENE
ARENALES SANTAY, Notaria, constituida en la segunda avenida tres guion veinte de la zona diez de esta
ciudad. de esta ciudad, hago constar que en esta fecha notifique a PEDRO PABLO CORADO CASTILLO, la
resolucin de fecha de hoy, con su respectiva copia, dentro de las diligencias del procedimiento de SUBASTA
VOLUNTARIA
que
fueron
iniciadas
ante
mis
oficios,
quien
FE
FIRMA
ANTE MI:
FIRMA Y SELLO NOTARIO
de
enterado
firmo.
DOY
PRIMERO:
procedo
de
la
forma
previo
PEDRO PABLO CORADO CASTILLO, interviene como propietaria del bien y exhibe
a los presentes el ttulo de propiedad, los planos de construccin del inmueble
autorizados por el Ingeniero Civil Juan Jos Morales Montoya, la licencia de
construccin, la pliza de seguro y un avalo comercial, todo del inmueble que
subasta. TERCERO: Contina manifestando el requirente que sobre el bien objeto
de su propiedad no pesa ningn gravamen o limitacin que pudiera evitar la subasta
voluntaria del mismo. CUARTO: La Notaria anuncia la subasta y procede a recibir
las siguientes propuestas: a) El Seor MARIO FERNANDO VALDZ LOPEZ, ofrece
la cantidad de SEIS CIENTOS MIL QUETZALES (Q.600,000.00) al contado. B) El
Seor JORGE MARIO DIAZ MANSILLA, ofrece la cantidad de SEISCIENTOS MIL
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PEDRO PABLO CORADO CASTILLO.
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P E D R O J U L I O C A S T I L L O VA L D E Z
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NUMERO NOVENTA Y CINCO (95). En la ciudad de Guatemala el veinticinco de abril de dos mil
quince. ANTE MI: BIANCA IRENE ARENALES SANTAY, Notaria, comparecen el seor PEDRO
PABLO CORADO CASTILLO de veinticuatro
Declara EL VENDEDOR, que dicho bien fue sometido a SUBASTA VOLUNTARIA NOTARIAL, la
cual se llev a cabo el DIECISIETE de ABRIL de dos mil QUINCE ante los oficios de la infrascrita
Notaria, y que como resultado de la misma se adjudic el bien al seor PEDRO PABLO
CORADO CASTILLO, lo cual consta en acta notarial que a continuacin transcribo: En la ciudad
de Guatemala, el diecisiete de abril de dos mil quince, siendo las diez horas en punto, yo,
BIANCA IRENE ARENALES SANTAY, Notaria, me encuentro constituida en la segunda avenida
tres guion veinte de la zona diez de esta ciudad a requerimiento del seor PEDRO PABLO
CORADO CASTILLO , de datos conocidos dentro del proceso de SUBASTA VOLUNTARIA
tramitado ante mis oficios y quien acta en su calidad de propietario vendedor del inmueble
anterior identificado. Tambin se encuentran presentes las siguientes personas: el seor,
MARIO FERNANDO VALDZ LOPEZ, de cuarenta aos de edad, casado,
Mdico y Cirujano, guatemalteco, de este domicilio, quin se identifica con
Documento Personal de Identificacin y Cdigo nico nmero veintitrs mil,
tres mil, cero ciento uno (23000 3000 0101) extendido por el Registro Nacional
de las Personas de la Repblica de Guatemala, departamento de Guatemala ; y
el seor JORGE MARIO DIAZ MANSILLA, de treinta y ocho aos de edad,
casado, Cirujano Dentista, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica
con Documento Personal de Identificacin y Cdigo nico de Identificacin
numero treinta y cinco mil ochocientos, cinco mil, cero ciento uno ( 35800 5000
0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la Repblica de
Guatemala, departamento de Guatemala. Hago constar que los comparecientes son los
nicos interesados que se encuentran presentes a efecto de participar en la SUBASTA
VOLUNTARIA del bien inmueble antes identificado, para lo cual se procede de la siguiente
manera: PRIMERO: La infrascrita Notaria hace saber a los presente que se pone en Subasta
Voluntaria el inmueble urbano inscrito en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central
al nmero mil quinientos ( 1,500 ), folio noventa ( 90 , del libro treinta ( 30), del departamento de
Guatemala, el cual consiste en casa de habitacin, de un nivel que se encuentra ubicada en
veintitrs avenida tres guo treinta de la zona catorce de esta ciudad, para lo cual se han
establecido las siguientes bases: a) PRECIO: Se establecen un precio base para la subaste del
bien inmueble de SEISCIENTOS MIL QUETZALES (Q700,000.00); b) FORMA DE PAGO: FORMA
DE PAGO: El pago podr realizarse al contado o a plazos. Si la modalidad fuere la de realizar el
pago a plazos, ste deber hacerse bajo las siguientes condiciones: anticipo equivalente al
sesenta por ciento del precio base establecido, y el saldo ser dividido proporcionalmente en
doce meses, con un recargo en intereses equivalente al diez por ciento anual sobre el saldo
insoluto; DE LA CONSTITUCION DE LA HIPOTECA: Si la compraventa se realiza a plazos se
proceder inmediatamente a la constitucin expresa de la garanta hipotecaria a favor de EL
VENDEDOR, sobre el saldo insoluto, ms los correspondientes interese; d) DERECHO DE
PARTICIPACION EN LA SUBASTA: Los interesados cumplieron con las condiciones
establecidas en las bases para participar en esta subasta. Una vez concluido el evento de
subasta el depsito ser devuelto a quienes no hubieren sido favorecidos con la adjudicacin
en la misma forma como hicieron el depsito, es decir mediante la devolucin del efectivo o del
cheque con el que garantizaron su participacin. En el caso de la persona fuere favorecida con
la subasta para adquirir el bien, el depsito de la suma ser acreditada como parte del pago que
sobre el inmueble deber realizar. SEGUNDO: El Notario solicita a los participantes que
presenten sus respectivas ofertas, por lo que se procede a hacerlo conforme al orden en que
cada uno realizo el depsito para tener derecho a participar en este acto correspondiendo al
seor El Seor MARIO FERNANDO VALDZ LOPEZ, ofrece la cantidad de SEIS
CIENTOS MIL QUETZALES (Q.600, 000.00) al contado. B) El Seor JORGE
MARIO DIAZ MANSILLA, ofrece la cantidad de SEISCIENTOS MIL QUETZALES
(Q. 625,000.00). c) el Seor MARIO FERNANDO VALDZ LOPEZ, vuelve a tomar
F)
ANTE M:
papel.
MARIO FERNANDO VALDZ LOPEZ , extiendo, nmero, sello y firmo en tres hojas de
papel especial de fotocopias de las cuales las dos primeras se encuentran impresas de ambos
lados y la tercera que es la presente: hago costar que el impuesto del Valor Agregado al cual se
encuentra afecto este contrato se fue satisfecho por medio de formulario electrnico SAT,
nmero dos mil ochocientos cinco el cual adjunto fotocopia. Guatemala veinticinco de abril del
ao dos mil quince extiendo nmero, sello y firmo en tres hojas en las cuales la primera y la
segunda se encuentran impresas en ambos lados y contenidas en papel especial de fotocopia
las cuales concuerda fiel y exacta con su original y la tercera que es la presente la que esta
contena en esta hoja de papel.