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Tribunal Oral Condena A Autor de Abusos y Violación
Tribunal Oral Condena A Autor de Abusos y Violación
Tribunal Oral Condena A Autor de Abusos y Violación
ante
el
Tribunal
Oral
en
lo
Penal
de
esta
ciudad,
quien
SCHWARTZ,
chileno,
soltero,
cdula
nacional
de
supervisor
empresa,
domiciliado
en
Avenida
Ricaventura
N11.361, Antofagasta.
Sostuvo la acusacin el Ministerio Pblico, representado por
el fiscal adjunto Carlos Lillo Adaos, por la parte querellante
Paola Olivares Ojeda, compareci el Centro de Atencin a Vctimas
de Delitos Violentos, representado por la abogada Andrea Rosas
Chacana, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo de
los defensores penales particulares Manuel Espejo Milla y Carlos
Gmez Galloso, todos con domicilio en esta ciudad, ya registrado
en el sistema.
SEGUNDO: Que la Acusacin del Ministerio Pblico a la cual
se adhiri la parte querellante, tuvo por fundamento la siguiente
relacin de los hechos:
Que entre los aos 2007 a 2010, en reiteradas ocasiones, el
1
imputado
realizo
actos
de
relevancia
significacin
sexual
que
el
imputado
mantena
una
relacin
de
juicio
expuestos
de
los
acusadores,
configuran
respecto
los
del
hechos
precedentemente
encartado
los
delitos
de
abuso
sexual
propio
estupro,
previstos
sancionados en los artculos 362, 366 bis y 366 ter, 366 y 363
N3, respectivamente del Cdigo Penal, en grado de desarrollo
consumados, en los cuales se le atribuy al acusado participacin
en calidad de autor en los trminos del artculo 15 N 1 del
Cdigo Penal.
Estimando el Ministerio Pblico y la parte Querellante que
beneficia
al
irreprochable
encausado
conducta
la
circunstancia
anterior,
sin
atenuante
perjudicarle
de
su
alguna
mayor
en
su
grado
mximo,
adems
de
las
accesorias
causa.
El rgano persecutor en su alegatos de apertura en sntesis
seal
que
intentar
acreditar
los
hechos
con
la
prueba
que
significacin
consistentes
en
tocaciones
en
los
pechos
relacin
de
convivencia
con
la
madre
de
la
vctima
declar
en
las
mismas
circunstancias,
fue
clara
al
al
tiempo
de
su
separacin,
de
manera
que
en
lo
al
igual
que
la
violacin
al
haber
sido
accedida
relacin
al
artculo
366
inciso
segundo
abusando
de
la
la
circunstancia
que
opera
es
la
misma,
al
existir
funcionario
policial,
en
ese
sentido
insisti
en
su
condena.
La fiscala al replicar expuso en cuanto a que no se tom
declaracin a la amiga de Jennifer, que aunque se sostenga que es
4
viaje
Santiago,
no
tiene
sentido,
atendida
las
del
hogar,
al
igual
que
su
hermano,
abus
de
esa
violencia,
por
lo
que
no
descart
que
los
hechos
hayan
al
relato
contradicciones,
del
seal
acusado,
expres
que
slo
que
Paola
est
lleno
conocan
de
de
las
que
haban
situaciones
de
violencia
intrafamiliar,
los
hechos
su
narracin
es
del
todo
acomodaticia
las
present como hija del encausado siendo que no lo era, por lo que
hace dudar aun ms de su veracidad, en definitiva se trata de una
joven vulnerada en forma reiterada en el tiempo de acuerdo a los
hechos
asentados,
configurndose
el
abuso
sexual
violacin
de
Santiago,
hechos,
instando
existido
motivo
por
su
al
igual
que
absolucin,
plausible
para
con
litigar.
la
atipicidad
de
costas
por
En
exposicin
su
no
los
haber
de
de
sangre
desconoca
lo
ocurrido
en
y
las
no
vestimentas,
existi
nada
Paola
que
le
seal
llamara
que
la
que
tampoco
hubo
pruebas
que
esclarecieran
el
sealando
tomado
que
no
lo
declaracin,
lo
que
supo,
por
incide
el
en
la
contrario,
le
veracidad
de
ocurran
iban
al
supermercado,
pero
la
madre
cuando
de
la
perito
para
justificar
que
no
existieran
quien
en
definitiva
devel
esta
situacin,
ya
que
se
Santiago,
estimando
que
no
se
configuran
los
aportaba
una
pensin
alimenticia,
insistiendo
en
su
absolucin.
Al replicar, insisti en la importancia de la declaracin de
Leslie, ya que si hay cuatro personas contestes en los dichos lo
es respecto de lo sealado por Jennifer, por ende, todo se reduce
a una declaracin, por eso habra sido importante escucharla para
establecer la congruencia entre ambas versiones. En cuanto a la
ganancia secundaria que ha sustentado, estim que no se efectu
9
Que
el
acusado
Jorge
Arturo
Ormazbal
Schwartz,
que
lo
cit
su
casa
para
tomar
algn
tipo
de
para
el
cumpleaos
de
Jennifer,
por
eso
lo
cit
al
su
madre
tambin,
pero
haba
momentos
en
que
exista
buena,
se
refiere
que
se
caan
bien,
era
normal,
nunca
la
madrugada,
que
de
se
hecho
poda
prolongar
fueron
hasta
terapia
de
las
pareja,
de
la
tomaron
ella.
Su
hija
Camila
tambin
perteneca
este
grupo
seora
gustaban,
modo
pero
era
de
prembulo,
idea
de
si
ella
las
tena
ponerlas,
en
era
porque
todo
caso
le
las
como
hacerlo;
cuando
llegaba
su
casa,
como
llegaba
ms
la
querellante
le
manifest,
que
cuando
comenz
la
madre
en
ese
tiempo
estaba
viva,
Jennifer
iba
solo
sta
se
la
llev
Santiago,
lo
que
fue
terrible
hija;
la
visita
al
neurlogo
la
sicloga
fue
fueron
terapia
de
pareja,
pero
Paola
abandon
las
igual
que
en
una
foto
del
computador
donde
apareca
Indic, que todos mantenan una muy buena relacin, por lo que
desconoce la razn de la acusacin.
QUINTO: Que el delito de violacin, por el cual se emiti
veredicto condenatorio, se configura mediante el acceso carnal de
un tercero, va vaginal, anal o bucal a una persona, en este
caso, menor de 14 aos de edad.
Luego, el delito de abuso sexual, por el cual tambin se
emiti veredicto condenatorio, requiere para su configuracin que
el
agente
realice
una
accin
sexual,
entendiendo
por
tal
estupro,
por
los
cuales
asimismo
se
emiti
veredicto
tpicos
reseados,
el
Ministerio
Pblico
rindi
la
Alexandra
documental:
1.-
circunscripcin
Albornoz
Castillo,
Certificado
Antofagasta,
de
mdico
nacimiento
N3.037,
la
legista.
de
la
menor
Prueba
vctima,
iniciales
nicamente
declaracin
del
prueba
hermano
del
testimonial
acusado
consistente
Melvin
Antonio
en
la
Ormazbal
sin
perjuicio,
de
que
no
haya
sido
objeto
de
cuando
vivan
en
una
casa
en
la
Villa
Las
Palmas,
17
la
testigo
acusado,
quien,
de
la
defensa,
Camila
Ormazbal,
ni
por
el
no
Olivares,
(madre
de
la
ofendida),
quien
expuso
que
semestre
como
nadie
supo
salvo
ella-
ya
que
se
llevaba
bien
con
Jorge,
cuestin
que
aquel
tampoco
estuvieron
en
dos
casas,
posteriormente
en
Altavista,
nunca
pens
en
descubrirlo,
verificndose
nicamente,
porque
varios
meses
le
inst
preguntndole
qu
era,
que
le
no
saba
qu
era
lo
que
haba
aguantado
por
ella
su
acontecimientos,
ya
que
esa
fecha
los
ignoraba,
cantidad
de
detalles
suficientes.
De
acuerdo
al
perito
tribunal
aportar,
subsistente
como
se
ha
an
dicho,
la
un
fecha
relato
del
juicio,
claro,
logrando
categrico,
esto
prolongado,
ocurri
en
la
en
ms
casa
de
donde
una
oportunidad,
vivan,
por
ocurra
un
tiempo
cuando
ella
21
llegaba del colegio como a las 17:30 y l sala del trabajo entre
las 18:00 a 18:30 horas, ya que su mam sala tarde como a las
20:00 a 21:00 horas, la Camila no estaba casi nunca, por ende, se
encontraban solos, ella llegaba, se acostaba en su dormitorio,
mientras l vea pelculas pornogrficas en su pieza, y a veces
la llamaba, y continuaban reproducindose las pelculas, le deca
que fuera y se acostara con l, y ah pasaba esto, nunca utiliz
fuerza ni amenazas verbales, ni de que si hablaba le iba a hacer
algo, ella no se negaba, salvo algunas veces, y cuando ocurra
eso no la hablaba, como que se enojaba, y generalmente llamaba a
su mam y discutan y despus quedaba la embarrada en la casa, ya
que peleaban por nada, le pegaba a su mam, se quebraban platos,
mientras que cuando le deca que s, casi siempre despus iban al
supermercado a comprar pan, o cualquier cosa, ella se compraba
una papa frita, y despus se iban a la casa. Precis que las
penetraciones tambin comenzaron el 2008, al menos esa es la
fecha cierta que record, ya que antes pudo haber ocurrido, pero
no tena la certeza, nunca se resisti, incluso aunque estaba ms
grande, por las razones que ya explic, siempre se qued callada,
por el tema de que Jorge le pegaba a su mam si se negaba, y
porque senta que era ella la que haca algo malo, que era ella
quien le haca dao a su mam, como si l estuviera engandola
con ella, de manera que en ese periodo nunca intent contarle.
Aclar, que cuando Jorge le peda que le tocara el pene, lo
que quera era que lo masturbara, indicndole aquel con sus manos
cmo hacerlo, no que se lo dijera explcitamente, de otra, parte,
22
seal que ella saba que las pelculas pornogrficas las tena
en una caja metlica, de donde las sacaba y guardaba, all tena
varias, le parece que esa caja estaba con llaves, pero en los
momentos en que ella la vea estaba en el closet de su mam, y
otras veces en el patio donde tenan muchas cosas. En cuanto a la
periodicidad, expuso que estas situaciones fueron varias, en la
semana dependa de las personas que estaban en la casa, y si se
ella se negaba, o si iba alguna amiga, por eso ocurran al menos
dos veces por semana, salvo el domingo ya que nadie trabajaba y
todos estaban en el inmueble, el sbado le parece que trabajaban
hasta medio da, por eso no est segura que ocurriera, pero de
lunes a viernes al menos unas dos o tres veces.
Al ser consultada sobre la penetracin anal, indic que en
muy pocas ocasiones sangr, ya que nunca fue con fuerza, ni
obligada; que al supermercado iban tres o cuatro veces dependa
de las veces que pasaba las situaciones de abuso, hasta que su
mam se enoj porque estimaba que gastaban mucha plata. Seal
adems, que las peleas entre su madre y Jorge eran reiterativas,
se producan porque gastaban plata por nada, o las discusiones
que surgan de la nada cuando ella se negaba al tema del abuso,
Jorge no le hablaba y en la casa quedaba la embarrada, le pegaba
a su mam, quebraban platos. Indic que, sin perjuicio, de lo que
estaba viviendo en ese periodo, nunca baj sus notas, siempre se
preocup que nadie se diera cuenta de nada, nunca se permiti que
le afectara, ya que despus del abuso haca como si nunca haba
pasado, asertos de la ofendida, del todo concordantes con las
23
de
efectuar
una
que
evaluada
asociada,
la
triangulacin
sobre
presentaba
la
sintomatologa
recursos
rescilientes
quera
irse
estudiar
Santiago,
sealndole
que
era
ha
tenido
verificndose
que
pasar
inmediatamente
por
la
ella,
abrindose
denuncia.
De
otra
el
tema
parte,
y
la
indudablemente
lapsos
en
que
de manera que
vctima
agresor
se
acot
la
realizacin
de
estas
acciones
vulneratorias,
momento
mereci
reparos
su
madre,
puesto
que
no
se
bien,
la
persistencia
concordancia
del
relato
que
bajo
los
el
hechos,
apodo
tenan
de
lugar
Negrita
cuando
cuando
el
padrastro
estaba
en
la
la
25
desnudo
terminaba
de
quitarse
la
ropa,
en
algunas
de
color
gris
opaco
que
mantena
con
seguro,
de
odas
el
relato
que
le
aport
la
joven
al
ser
tena
17
aos
meses
de
edad,
destacndose
su
bsico,
Jorge
empez
tocar
con
sus
manos
sus
senos
la
acostaba,
la
colocaba
de
lado
en
la
cama
la
que
en
ese
contexto
lleg
su
amiga
se
lo
cont,
las
peritos
que
la
evaluaron,
ya
que
su
progenitora
no
huelga
adelantar
que
el
experto
siclogo
Jos
27
relato;
secundaria;
posibles
3)
la
verdad
refiri
que
factores
4)
sugestionabilidad
tambin
se
precipitantes
trabaj
la
ganancia
hiptesis
desencadenadores
de
de
la
contextuales,
que
favorecieran
una
develacin
sobre
un
testimonio
falso.
Cabe
recordar
que
en
el
grave
que
no
se
ha
contado,
considerando
que
requerimientos
del
encausado,
ya
que
si
acceda
sus
la
menor
un
paquete
de
papas
fritas,
lo
que
hechor
quebraba
de
la
platos,
nada
es
conflictuaba
decir,
se
con
su
verificaba
madre,
una
le
pegaba,
situacin
de
causada
por
ella.
Ahora
bien,
resulta
curioso
que
tanto
de
la
esfera
de
la
sexualidad
de
la
vctima
desplegadas
zonas
naturalmente
ergenas
del
cuerpo
de
una
mujer,
destinado
bodega,
premiando
la
nia
cada
vez
que
de
tiempo
en
las
mismas
circunstancias
temporo-
la
prueba
de
cargo
ya
referida,
especialmente
con
el
relacin
dicho
tpico
la
mdico
legista
Ximena
junio
de
2013,
Al
examen
general
se
mostraba
tranquila,
adulta,
extragenital
presentaba
esperable
no
un
presentaba
himen
sus
17
lesiones,
desflorado,
aos
y
con
de
edad.
nivel
nivel
ginecolgico
caractersticas
de
de
delitos
sexuales
N19.617,
incorporados
por
los
va
vaginal,
nivel
anal,
no
se
encontraron
lesin.
Ahora
bien,
explic
que
se
pueden
producir
desflorado,
por
eso
refirindole
que
con
su
completaron.
En
relacin
le
pregunt
pololo
a
lo
dicho
por
actividad
intentaron,
tpico
sexual,
pero
explic
que
que
no
las
franque
el
orificio,
lo
que
produce
mucho
dolor
en
que
despus
eyacule.
Explic
asimismo,
que
puede
haber
anlisis,
mientras
que
cuando
la
vctima
en
trminos
lubricacin,
como
la
vagina,
sin
perjuicio,
que
en
cicatrizando,
se
va
produciendo
el
borramiento
de
los
actos
en
que
lubricacin
cada
vez
hubo
probablemente
violencia,
estamos
resistencia,
hablando
de
no
hubo
contexturas
primera
relacin
desproporcin,
no
vaginal,
opuso
si
ella
no
resistencia,
se
pudo
movi,
haber
no
un
hubo
micro
pero si el
puedan
detectar,
mientras
que
si
la
lesin
comprometi
varios
micro
sangramientos
no
quedar
cicatriz.
En
luego de la exhaustiva
explicacin
claro
coherente,
tanto
en
lo
que
respecta
las
de
la
considerar
convivencia
dinmica
el
de
aos
que
intrafamiliar
horario
en
que
la
mantena
dentro
menor
de
con
su
lo
cual
culminaba
su
madre,
cabe
jornada
con
su
madre
era
como
un
padre
para
la
nia,
de
analizar
los
asertos
del
siclogo,
no
huelga
que
no
le
pareci
extrao
ese
tema
aludido
en
su
35
acusado
del
acusado
habitacin.
encausado
en
Ahora
las
los
bien,
manejaba
momentos
segn
la
en
un
en
que
madre
la
dichas
portafolio
llamaba
la
pelculas
el
del
trabajo,
hasta
en
el
patio.
En
consecuencia,
abona
la
manera
que
en
este
caso
no
estamos
en
presencia
del
su
turno,
los
asertos
de
la
ofendida
tambin
fueron
de
una
evaluacin
pericial,
sobre
credibilidad
del
juicio,
abonado
con
su
experticia
profesional
impresion
se bas
por
una
primera
etapa
que
es
la
entrevista,
la
discurso
fluido,
acorde
su
capacidad
intelectual,
de
quienes
estuvieron
cargo
del
proceso
reparatorio,
por
al
describir
el
contexto
la
poca
en
que
se
se
cumplieron
11
criterios
de
los
19
prestablecidos,
la
estructura
interna
para
e
el
hilo
lgica,
sealando
conductor
interlocutor,
del
adems
que
presentaba
relato,
de
que
es
presentarse
muy
importante,
puesto
que
se
contradice
con
un
relato
silencio
acotando
un
prolongado
periodo
y
y
muy
emotivo
sealando
logr
abrir
expresamente
el
relato,
que
con
aspecto
que
aquella
pretendi
abonar
al
prestar
como
testigo
de
descargo,
report
al
tribunal
que
Jennifer era muy aplicada, mejor alumna que Camila, por lo que
40
dichos,
al
sealar
que
Camila
pasaba
fuera
de
la
casa,
retomando
credibilidad,
el
peritada
condice
se
criminolgicos,
carcter
las
experto
de
donde
los
el
seal
con
intrafamiliar,
estadstica
conclusiones
adems
datos
abusos
que
sexuales,
es
la
el
evaluacin
de
relato
la
estadsticos
presentando
imputado
de
un
una
85
de
criterios
principalmente
de
por
la
persona
ciento
de
conocida,
como
la
base
de
asentar
la
hiptesis
de
que
los
hechos
por
ella,
requerimientos
de
aquella,
percibidos
como
en
concepto
podido
discrepando
ir
con
la
del
tribunal,
estudiar
defensa
no
Jennifer
otra
se
ciudad,
aprecia
la
igualmente
de
manera
existencia
se
que
de
su
importancia
madre
de
esa
siempre
discusin
la
apoy,
radic
en
en
consecuencia,
haber
trado
la
la
la
vigencia
de
la
relacin
de
convivencia
con
el
padeci
fin
de
evitar
mayores
episodios
de
violencia
mal
dando
cuenta
Paola
de
constantes
episodios
de
develados
casi
tres
aos
despus
que
lgicamente
hiptesis
motivaciones
porque
como
intrnsecas,
ya
se
dijo,
individuales
no
ni
se
visualizaron
tampoco
elementos
advertir
motivaciones
intencionalidad
slidas
consiente
una
que
puedan
voluntad
justificar
sobre
un
una
testimonio
en
concordancia
con
la
declaracin
de
terceros
de
detalles
suficientes,
lo
que
el
tribunal
pudo
del
todo
descartada
la
posibilidad
de
engao,
fabulacin
pudo
ser
apreciada
varios
aos
de
verificados
los
de
ilcito,
haciendo
presente,
en
todo
caso,
que
cada
sealando
que
Jennifer
presentaba
bastantes
recursos
de
funcionamiento
estable,
que
principalmente
se
suma,
la
credibilidad
por
la
vctima,
expuesto
afianzada
principalmente
que
el
testigos
por
la
tribunal
y
los
inexistencia
atribuye
peritos,
de
lo
result
motivaciones
interacciones
de
ndole
sexual,
tanto
tocaciones
habra
tenido
llegar
juicio
con
una
imputacin
evidentemente
ninguno,
por
ende,
esa
posibilidad
de
a
que
la
los
pretensin
hechos
no
absolutoria
del
ocurrieron,
acusado,
result
en
el
totalmente
flanqueada.
Si bien, el siclogo al ser consultado por la defensa seal
que la menor nada le dijo sobre un viaje a Santiago, en concepto
del
tribunal,
como
ya
se
seal,
no
trasunta
una
omisin
pero
en
esta
ciudad,
limitando
tal
vez
las
expectativas
de
los
hubiere
exteriorizado
su
agresor
habra
quedado
tales
acciones
consistentes
en
tocaciones
en
sus
en
accederla
algunas
ocasiones
carnalmente
va
que
anal,
lo
masturbara
cobrando
asimismo,
relevancia
para
los
de
dependencia
que
J.D.P.O.,
tena
su
respecto
en
los
casos
en
que
el
agresor
est
encargado
de
su
result
suficientemente
asentada
con
la
prueba
de
derivado
de
la
relacin
de
convivencia
que
stos
experiencia
que
los
adultos
cargo
de
los
menores,
se
que
el
jefe
de
hogar
era
Jorge,
asumiendo
los
cuales
abusando
de
tal
dependencia
econmica
afectiva
aprovechndose
de
esa
relacin
de
dependencia,
al
ejemplar
dentro
de
no
taxativa,
con
el
propsito
de
ella
cualquier
vnculo
relevante
de
pg.267),
relacin
quedando
evidentemente
paterno-filial,
por
cuanto
comprendida
su
madre
esta
con
el
que
en
secundaria,
ningn
la
momento
ha
circunstancia
pretendido
de
admitir,
obtener
una
ganancia
pese
la
agresin
integrante del grupo familiar era buena, mientras que con su mam
la relacin no lo era, pese a ello, la joven guard silencio, ni
tampoco fabul respecto de las acciones de que fue objeto en aras
de perjudicar al hechor, limitndose a describir los sucesos
vivenciados
tal
como
acontecieron,
pero
mucho
despus
del
ya
ms
de
cinco
aos,
respecto
de
la
fecha
en
que
en lo afectivo y econmico,
obteniendo
asimismo
la
encontraba
hacia
donde
la
menor
se
diriga
cuando
la
como
los
del
resto
del
grupo
familiar,
lo
que
permita
asegurar su proceder.
Si bien, es cierto como sealan los expertos que frente a
hechos reiterados de connotacin sexual no siempre es factible
que
se
replique
por
la
ofendida
el
mismo
episodio,
ello
no
51
debera
obstar
al
tribunal
al
menos
la
configuracin
de
producan
tribunal,
conjunta
ya
tocaciones,
que
en
en
indistintamente,
algunas
otras
le
tal
ocasiones
efectuaba
como
slo
tocaciones
aclar
le
y
al
efectuaba
adems
le
que
esto
ocurri,
as
como
en
el
lugar
en
las
bien,
el
acusado,
aunque
categricamente
haya
los
hechos,
al
admitir
que
mantuvo
una
relacin
de
en
trminos
concordantes
con
lo
sealado
por
los
acomodaticio
su
pretensin
absolutoria,
que
el
ste
se
quedara
solas
con
Jennifer,
sin
embargo,
el
los
viviendo
estudios
con
que
este
Camila,
grupo
luego,
familiar
Melvin
unos
seal
meses
que
producto
estuvo
de
su
lo
situ
transitoriamente,
en
dicho
refirindose
grupo
slo
familiar,
aunque
sea
Camila,
cuestin
que
de la semana
los
dichos
diferentes
de
los
interacciones
testigos
sexuales,
las
sea
peritos
tocaciones
al
describir
en
su
zona
familiar,
hasta
diciembre
de
2010,
cuando
ces
la
Que
en
consecuencia,
como
se
adelant
en
la
de
cargo,
libremente
ponderada,
consistente
en
el
indicado
por
los
peritos
Jos
Alcayaga
Alcayaga
Ximena
JORGE
relevancia
ARTURO
ORMAZBAL
significacin
SCHWARTZ
sexual
realiz
respecto
de
la
actos
de
menor
de
hechos
compartan,
en
ocurrieron
esta
ciudad,
en
el
domicilio
aprovechndose
el
que
ambos
acusado
que
por
una
parte,
los
delitos
reiterados
de
abuso
por
otra,
propio,
previsto
los
delitos
sancionado
en
reiterados
los
de
artculos
abuso
sexual
366
inciso
55
toda
oportunidades
vez
que
el
encartado
indistintamente
todos en
ejecut
actos
de
en
grado
de
diversas
relevancia
que
lo
masturbara
procediendo
igualmente
accederla va anal. Adems una vez que cumpli los catorce aos,
continu ejecutando tales acciones abusando de la relacin de
dependencia que J.D.P.O., tena a su respecto y aprovechndose de
la confianza y el afecto filial que la menor senta hacia l, lo
cual se justific con las probanzas de cargo antes referidas,
verificndose tales sucesos reiterados, al menos dos o tres veces
por
semana,
en
el
domicilio
que
la
menor
comparta
con
el
apreciados
libremente
sin
controvertir
los
aplicado
lgico
inductivo,
permiten
arribar
Que
la
participacin
del
acusado,
se
analiz
Tal
sindicacin
asimismo
una
cercana
relacin
con
la
menor,
rechaz
en
el
difcilmente
la
defensa
puede
sustentar
una
tesis
57
debidas
garantas
que
ofrece
la
contradictoriedad
que
el
hicieran
tribunal
dudar
con
de
la
su
veracidad,
facultad
de
por
lo
cual
establecer
la
desvirtuar
la
presuncin
de
inocencia
que
ampara
al
encausado.
De este modo, tales antecedentes que renen caracteres de
suficiencia y gravedad, han permitido establecer, ms all de
toda duda razonable, la participacin criminal de Jorge Arturo
Ormazbal Schwartz, en los delitos reiterados antes asentados,
por lo que debe responder en cuanto autor en los trminos del
artculo 15 N 1 del Cdigo Penal.
UNDECIMO:
Que
as
las
cosas
ha
quedado
desestimada
la
ofendida
seal
propsito
de
las
veces
en
que
el
hechor
introdujo el pene por su ano, que muy pocas veces sangr, ya que
nunca fue con fuerza, cabe recordar que la joven en ninguna
ocasin se opuso a dicha dinmica, es ms, cuando en alguna
oportunidad no accedi al requerimiento sexual el sujeto tampoco
la forz, producindose las consecuencias respecto de terceros
que ya se analizaron, por lo dems, sorprende al tribunal que la
defensa elevando dicha afirmacin de la joven, a un tpico de
debate no haya explorado en su contra examen sobre dicho punto,
ya
que
nada
ms
le
pregunt,
sobre
todo
en
cuanto
directamente
por
sta
en
el
juicio,
ya
que
siempre
Legal,
fue
muy
clara
al
reportar
fruto
del
examen
que
las
lesiones
anales
se
producen
slo
en
dos
se va
la
vctima
no
opona
resistencia,
esto
es,
cuando
la
explic
la
perito,
el
borramiento
de
los
pliegues
teniendo
presente
lo
que
sugiri
la
defensa,
otro
examen
podra
haber
sido
sometida
la
joven
para
clara
al
exponer
sobre
la
materia
de
su
pericia
explicando latamente cada uno de los aspectos sobre los que fue
consultada.
En
segundo
lugar,
en
cuanto
al
contexto
de
la
que
la
ayudara
con
su
hermano
menor,
evidentemente,
ignorando todo lo que la joven haba tenido que padecer por ella,
por eso tales vivencias se exteriorizaron a travs de su amiga
Leslie, descartando categricamente el siclogo que la evalu,
quien
concluy
existencia
de
fundadamente
ganancia
que
su
secundaria,
relato
teniendo
era
en
creble,
la
consideracin
econmico
de
su
padre
biolgico,
entonces
qu
sentido
de
descargo,
para
lo
cual
no
basta
propugnar
su
las
previamente
circunstancias
haba
sido
de
conocida
la
por
develacin,
su
amiga,
y
por
cmo
su
esta
parte,
peritos,
todos
en
concordancias
con
lo
manifestado
categrico
relato
de
la
vctima,
segn
pudo
apreciar
el
al
trmino
de
sus
respectivas
jornadas,
fundando
tal
que
la
concurrencia
al
supermercado
se
verificaba
esperable
la
permanencia
supermercado,
de
otra
denunciadas,
de
acuerdo
por
parte,
a
la
un
las
lgica
mayor
acciones
y
las
tiempo
en
el
vulneratorias
mximas
de
la
discurri
latamente
al
respecto
en
la
motivacin
misma
prueba
las
alegaciones
de
la
defensa,
por
lo
dems
el
propsito
de
excepcionar
an
ms
toda
posibilidad
de
otra
parte,
tanto
el
imputado
como
Camila
reportaron
una
en
relacin
los
sucesos
analizados,
ya
que
la
de
violencia
intrafamiliar,
no
por
estos
hechos,
Cdigo
beneficia
Procesal
al
Penal,
el
encausado,
Ministerio
la
Pblico
circunstancia
expuso
que
atenuante
de
incorporando
al
efecto,
el
extracto
de
filiacin
de
los
hechos
invocada
por
la
defensa,
la
el
contrario
trat
de
deslindar
responsabilidad
su
de
irreprochable
conducta
anterior,
prevista
en
el
prest
declaracin
materia
del
en
juicio
forma
como
son
voluntaria
las
reconociendo
mencionadas
cajas
al
encartado
la
circunstancia
mitigante
de
alguna,
sin
existir
adems
informacin
fehaciente
orden
estimar
concurrente
la
circunstancia
atenuante
ha
hechos,
colaborado
teniendo
sustancialmente
en
consideracin
al
esclarecimiento
la
declaracin
de
que
los
prest
tales,
independiente
diferentes
de
rechaz
que
haya
audiencias
consideracin
que
y
el
de
categricamente
comparecido
que
haya
Ministerio
las
la
P.D.I.,
declarado,
Pblico
imputaciones,
a
teniendo
puede
las
en
obtener
el
solo
hecho
de
declarar,
al
estar
vinculada
de
declaracin
la
atenuante,
fluya
el
por
lo
reconocimiento
dems,
de
la
aunque
de
existencia
dicha
de
las
del
que
se
ha
estimado
responsable
al
acusado,
se
todos
de
delitos
reiterados,
por
resultar
regla
contemplada
Procesal
Penal,
en
la
el
cual
artculo
dispone
351
que
inciso
tratndose
del
de
Cdigo
diversas
primer
trmino,
concurriendo
reiterados
una
penal
considerar
que
circunstancia
y
respecto
atenuante
ninguna
de
de
todos
la
responsabilidad
agravante,
el
ilcitos
tribunal
de
ende,
la
extensin
del
mal
causado,
en
atencin
las
no
se
conceder
al
acusado
ninguna
de
las
penas
efectiva
la
pena
privativa
de
libertad,
conforme
se
indicar en lo resolutivo.
DECIMOSEPTIMO:
Que
no
existen
otros
antecedentes
que
Cdigo
Procesal
Penal
artculos
al
acusado
pertinentes
de
la
Ley
18.216, SE DECLARA:
I.-
Que
se
CONDENA
JORGE
ARTURO
ORMAZABAL
mayor
en
su
grado
medio,
las
accesorias
de
polticos
la
de
inhabilitacin
absoluta
para
delitos
de
reiterada,
sexual
propio
reiterado
estupro
principal.
Esta
sujecin
consistir
en
informar
incumplimiento
de
esta
obligacin,
configurar
la
Que
no
reuniendo
el
sentenciado
los
requisitos
penas
sustitutivas
establecidas
en
dicho
cuerpo
legal,
deber
cumplir
impuesta,
la
efectivamente
que
se
le
la
pena
contar,
una
privativa
vez
de
libertad
ejecutoriada
esta
sobre
Sistema
de
Inscripcin
Electoral
Servicio
al
Ministerio
Pblico
los
documentos
incorporados en la audiencia.
Ofciese a los organismos que corresponda comunicando lo
resuelto
remtase
copia
de
esta
sentencia
al
tribunal
de
72
DE
ANTOFAGASTA,
PAULA
LORENA
ORTIZ
SAAVEDRA,
LORRAINE
73