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Validez Jurídica
Validez Jurídica
Validez Jurídica
Concepto de validez
Una norma es vlida cuando existe un acuerdo con el Derecho. El trmino validez
alude a una propiedad de los actos o de las normas y significa "existencia jurdica".
Con la existencia jurdica o validez, se quiere aludir a que los actos y las normas que
se derivan de esos actos, son actos humanos y normas que sern considerados actos
jurdicos y normas jurdicas. Para cumplir con los requisitos establecidos en el
ordenamiento jurdico. Una norma es vlida cuando la podemos identificar como
perteneciente a un sistema jurdico, cuando existe un acuerdo con el Derecho.
Condiciones de validez
Las condiciones de validez pueden ser formales y materiales.
Condiciones formales
En las condiciones formales, se refiere a quien realiz el acto de creacin, cmo lo
hizo y cul es el objeto de regulacin de la norma. Establecer lo que es posible hacer.
1. La competencia formal: que la norma haya sido creada por el rgano
competente.
2. Procedimiento: la validez de la norma requiere que se observe el
procedimiento establecido para la creacin de normas. El acto de creacin
debe manifestarse de forma prescrita.
3. La competencia material: las normas no solo estn vinculadas a un sujeto
normativo y a un procedimiento, sino tambin a un cierto mbito material de
regulacin.
Condiciones materiales
En las condiciones materiales, se refiere a lo que la norma prohbe, manda o permite.
1. De contenido de la disposicin normativa: entramos en el terreno de la
interpretacin. Para saber si una norma es contradictoria con lo establecido a
una norma superior, hay que hacer la interpretacin de las dos. Cuando la
norma inferior no respeta la superior, se dice que esa norma es invlida por
tener un vicio sustantivo o de contenido.
Fundamento de validez
Es aquello que otorga validez a las normas jurdicas, permite certificar su existencia y
obligatoriedad. De este modo, fundamento de validez es el que le otorga la validez, o
sea, lo que permite certificar la existencia y obligatoriedad de las normas. Existen seis
visiones sobre cul es el fundamento de validez de las normas jurdicas.
de dos maneras, que se cumpla la conducta para aplicar la norma, o que no se cumpla
la conducta para no aplicar la norma (en trminos de persuasin, que sera lo ms
idneo), el respaldo de que la norma tenga un valor, se configura a travs de su
origen, esto es que emane a travs de una carta fundamental, en trminos ordinarios,
la cul sea de consenso ciudadano, que tenga universalidad en su produccin de
conceptos y preceptos para el resguardo debido de los habitantes, ya que, de esta
manera se podr identificar los rganos competentes, para poder crear normas (En el
caso de Chile; El Presidente de la Repblica, y el Congreso Nacional), y estas seran
de carcter obligatorio y su no obedecimiento derivara en una sancin. De igual modo
se identificaran los rganos que deben aplicarla, con los lmites y parmetros que
estos tendran como margen indispensable, de esta manera los sujetos imperados
tendran una simetra de informacin y les sera ms sencillo acatarlas desde ese
punto de vista, pero ahora bien todo esto esta condicionado por las razones que llevan
a una persona a cometer "X" acto, que no necesariamente tendra que ver con la
intencin de desobedecer porque si. Esto sucede ya que ciertas normas por causa del
desuso de la comunidad pueden ser derogadas, eliminndose o reemplazndose con
una acorde a las necesidades.Ahora bien, desde un punto de vista de los rganos
jurisdiccional, se refiere en trminos simples, que es el responsable de aplicar las
consecuencia coactivas del no obedecimiento de la norma por parte de los sujetos
imperados, ya que por mandato constitucional les es encomendada dicha tarea, para
que dicten sus fallos y sentencias, haciendo valer lo correspondiente si acontece el
hecho condicionante para la aplicacin de la norma. Y lo necesario para que este
hecho sea autentico es que existiendo un hecho especfico para que estos a travs de
los parmetros establecidos y acotndose a los que se les pide segn su funcin, de
esta manera pueden dictar lo que corresponde como debido. De esta manera se
puede observar que la eficacia y validez de una norma jurdica, depende tanto de los
sujetos imperados entorno a su reconocimiento,y de los rganos jurisdiccionales
entorno a la aplicacin coactiva de sta.
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moral, por que el orden y la seguridad son un deber moral puesto constituyen lo justo,
puesto que la justicia no constituye un valor independiente de la paz el orden o la
seguridad sino una ramificacin entre ellos.
Ahora bien solo hay un deber positivo injusto y por tanto perdera su validez, cuando la
razn moral en que se funda le priva de validez general. Esto quiere decir cuando hay
una razn moral que le exige a no obedecer el deber puesto por el orden pblico, por
tanto en esta clase deja de ser el deber con validez general, puesto que hay otro deber
moral heternomo que colisiona con el deber pblico y suprime la validez general.
En definitiva hay un mundo moral prepositivo que sostiene y fundamenta la validez por
moral del deber positivo. El fundamento del deber positivo no es una confusa hiptesis
fctica sino una manifiesta y fundamental norma moral. Por tanto la ley positiva
constituye un mundo moral determinado, esto es una determinada moral objetiva2