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Preguntas Frecuentes Franquicia Tributaria Latinneg

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PREGUNTAS FRECUENTES FRANQUICIA TRIBUTARIA PARA CAPACITACION

Qu es la Franquicia Tributaria? Es un incentivo a las empresas, contribuyentes de Primera Categora de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que invierten en capacitacin de sus recursos humanos, lo cual se descuenta del monto a pagar de sus impuestos. El monto mximo anual es del 1% de las remuneraciones imponibles pagadas por la empresa en el mismo lapso, o de 9 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) en el caso que el 1% sea inferior a esa cifra y que la planilla anual de remuneraciones sea igual o superior a 45 UTM. En el caso de empresas con una planilla anual de remuneraciones entre 35 UTM y menos de 45 UTM podr deducir hasta 7 UTM. Cules son los requisitos para hacer uso de la Franquicia Tributaria? Ser contribuyente de Primera Categora segn la ley de impuestos a la renta, ya sea renta presunta o efectiva. Aquellos contribuyentes que presentan una planilla anual de remuneraciones imponible igual o superior a 45 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y tengan cotizaciones efectivamente canceladas correspondientes a dicha planilla, podrn deducir hasta 9 UTM en el ao, por concepto de Franquicia Tributaria para la Capacitacin. En caso que el 1% de la planilla anual de remuneraciones imponible sea superior a 9 UTM, el contribuyente podr optar a deducir aquel 1% por concepto de Franquicia Tributaria. En tanto, aquellos contribuyentes que tengan una planilla anual de remuneraciones imponible menor a 45 UTM y mayor a 35 UTM, que registren

cotizaciones efectivamente canceladas correspondientes a dicha planilla, podrn deducir hasta 7 UTM en el ao. Cuntas veces en el ao se puede hacer uso de la Franquicia? La franquicia a utilizar en el ao va a depender del 1% de las remuneraciones o las 9 UTM de cada empresa. El participante debe tener antigedad en la empresa? No, aunque el participante se encuentre recin contratado puede asistir a cursos, considerando que para los tramos de franquicia se debe tomar en cuenta el sueldo indicado en su contrato. Es obligacin que el empleador capacite a sus trabajadores? No. Es una decisin del empleador. Los socios de una empresa pueden acogerse a la Franquicia Tributaria? S, siempre y cuando exista una base imponible en la empresa. Qu pasa si la empresa ocupa ms del 1%? Sence solamente reconoce como monto franquiciable el gasto de capacitacin equivalente al 1%. Lo adicional podr ser gasto necesario para producir la renta. Qu es el Pre-Contrato? Las personas que realizan capacitacin va pre-contrato deben ser obligatoriamente contratados por la empresa? Corresponde a la posibilidad que tienen las empresas de contratar los servicios de capacitacin otorgados por un OTEC para los efectos de capacitar a personas antes de la vigencia de una relacin laboral, es decir, a personas que requieren contratar en un futuro prximo y que, por lo tanto, al momento de participar en un

proceso de capacitacin, no son trabajadores de ellas. Sin embargo, no se establece la obligatoriedad de contratacin posterior. Cuntos cursos al ao pueden tomar las personas que usen precontrato? Cunto es la duracin de este proceso de capacitacin? El empleador y el trabajador suscriben un contrato de capacitacin cuya vigencia no debe exceder los 2 meses y que no podr celebrarse, entre las mismas partes, ms de una vez en un ao calendario. Cul es el plazo para presentar los documentos? Si el contribuyente realiz la comunicacin del curso (accin de capacitacin) por Internet: Para preliquidar en el sistema tiene un plazo de 60 das corridos a contar de la fecha de trmino de la accin de capacitacin. El plazo para presentar los referidos documentos de respaldo, vencer a los 90 das corridos a contar de la fecha de trmino de la accin de capacitacin. En caso de no cumplir esta obligacin, las acciones preliquidadas quedarn rechazadas en el sistema, con lo cual la empresa no podr hacer uso del beneficio tributario por ellas. Si el contribuyente realiz la comunicacin del curso por plataforma presencial, son 60 das corridos a partir de la fecha de trmino del curso. Dnde se presentan los documentos? Los documentos se pueden presentar en cualquier Direccin Regional del Sence. Cules son los tramos de porcentaje que cubre Sence por participante? Segn la renta bruta del participante, se tienen los siguientes tramos: De 0 a 25 UTM =100%

De 25 a 50 UTM =50% Sobre 50 UTM =15% Cul es el valor de la hora Sence? El valor por hora cronolgica es $4.000. Qu es el valor imputable del participante? El valor imputable es lo que Sence cubre del valor real del curso. Las empresas que tienen prdidas pueden hacer uso de la Franquicia Tributaria? En el caso que una empresa tenga prdida tributaria, se encuentre exenta del pago de impuestos por alguna norma legal expresa, o bien si el impuesto a pagar es inferior al monto visado por Sence como imputable a la franquicia tributaria e inferior al 1% de su planilla anual de remuneraciones, obtendr la recuperacin de la inversin en capacitacin a travs de la devolucin directa del monto que proceda por parte del Servicio de Tesorera. Se pueden cambiar los participantes en un curso? S, pero slo si el cambio se realiza antes de comenzar el curso. Las licencias mdicas reemplazan las inasistencias? No, pero se exceptuarn de acreditar la asistencia mnima (75%) aquellos trabajadores que habiendo sido comunicados y asistido al menos a un perodo del curso, desde su inicio, por razones de fuerza mayor no hayan podido cumplir con el porcentaje mnimo de asistencia requerido (por ej.: enfermedades imprevistas o accidentes). La empresa deber acreditar esta situacin con las licencias mdicas o los documentos que procedan al momento de solicitar la visacin de la liquidacin.

Cmo se comunican las modificaciones que puedan presentarse antes o durante la ejecucin de un curso? Las modificaciones que surjan se pueden informar a travs de Internet para las empresas que comunican por esta va, o a travs del Formulario nico de Comunicacin, Rectificacin y Liquidacin en el caso de las empresas que comunican por plataforma. Las cotizaciones previsionales pueden ser por media jornada? Slo para los trabajadores, de acuerdo a su contrato de trabajo. No en el caso de socios o dueos de empresas. Se puede traspasar el 1% no ocupado para el ao siguiente? En caso de que las empresas comuniquen directamente, no se puede traspasar, al menos que lo realicen mediante aportes a una OTIC. Los 60 das para la liquidacin, se cuentan a partir del mismo da de finalizada la capacitacin? S, a partir del trmino de la accin de capacitacin. Cules son los datos que deben incluir la factura y certificado de asistencia? Factura: Nombre del curso; Cdigo Sence; Fecha de inicio y trmino; Horas del curso; Nmina de participante con nombre y Rut, o en su defecto que se seale que se adjunta en Anexo o Certificado. La factura debe estar debidamente cancelada por el OTEC. Certificado de Asistencia: Nombre del curso; Cdigo Sence; Fecha de inicio y trmino; Horas del curso; N de Factura; Nombre y RUT de los participantes con su correspondientes porcentajes de asistencia (el porcentaje slo es aplicable a cursos presenciales).

Qu pasa con los cursos que cumplen los 60 das los sbados o domingos? stos se deben liquidar al da hbil siguiente.

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