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Alimentos saludables en cantinas escolares

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Marcelo Gioscia Civitate | Montevideo
@|Si se tiene en cuenta que en nuestro país dos de cada tres personas tienen sobrepeso o algún tipo de obesidad y que más del 25% de las muertes en Uruguay obedecen a enfermedades cardiovasculares, la preocupación de las autoridades públicas por impulsar el consumo de alimentos saludables resulta no solo justificado, sino hasta encomiable.

Merece a nuestro juicio un aplauso que finalmente se hayan ido adoptando medidas en tal sentido; que tienen por fin proteger la salud de los consumidores. Más aún cuando se trata de los alimentos que se venden en cantinas de los centros educativos, sean escolares o liceales y en dependencias públicas.

Por ello, con la información que ha tomado estado público, no se alcanza a comprender la aparente amenaza de juicios o demandas contra autoridades públicas de la Enseñanza, por parte de la Cámara de Cantinas de Espacios Educativos del Uruguay que defiende los intereses de los concesionarios de los servicios de cantinas.

Estas eventuales demandas -a estar por la información que poseemos- al parecer obedecen a un claro interés de lucro personal, alejado por cierto del interés general.

De ser así, habrán de ser desestimadas por los Juzgados y Tribunales donde se formulen; en caso contrario habrá que estarse a la particularidad de cada reclamo, seguramente basado en el no cumplimiento de una relación contractual sinalagmática -previamente establecida- lo que eventualmente podría dar lugar a la reparación económica que corresponda.

Lo cierto es que a partir del mes de Enero de este año, no se permite vender en los centros educativos alimentos que no figuren entre los recomendados por el Ministerio de Salud Pública.

Ello supuso una disminución en sus ventas y una solicitud por parte de los concesionarios a que se les disminuyera el costo del alquiler del espacio que utilizan, lo cual fue denegado argumentando que nada se les cobra por los servicios públicos de agua corriente y luz eléctrica. Tendrá que considerarse según los eventuales reclamantes, la deserción escolar que incide en la población del centro de estudios con probabilidad de consumir sus productos dentro del local, como los pocos días en el mes en que efectivamente trabajan.

Sin perjuicio de ello, la normativa resuelta por las autoridades responsables es de aplicar la ley de alimentación saludable, que prohibe la comercialización de productos señalados por “octógonos”, los que delatan y advierten el exceso de azúcares, sodio, grasas o grasas saturadas, como también bizcochos; esto es, alimentos con muy bajo valor nutricional y alto valor calórico.

Esta decisión de una política pública, tiene su fundamento en haberse constatado que en más del 90% de las cantinas de los centros educativos se comercializaban alimentos no recomendados y debe asumirse una lamentable realidad que debe revertirse.

Sea para lograr disminuir los casos de sobrepeso y obesidad, así como otras enfermedades no transmisibles como la diabetes, el cáncer y las cardiovasculares que tantos estragos hacen en nuestra población.

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