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ABEL

Este documento presenta dos casos legales. El primero solicita que se declare sin efecto una sentencia por hurto agravado debido a que el acusado ahora es mayor de edad. El segundo caso informa al juez que se ha realizado un pago parcial de la reparación civil establecida por el delito de usurpación agravada y adjunta la constancia de depósito. En ambos casos se solicita al juez tomar nota de la información presentada.
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ABEL

Este documento presenta dos casos legales. El primero solicita que se declare sin efecto una sentencia por hurto agravado debido a que el acusado ahora es mayor de edad. El segundo caso informa al juez que se ha realizado un pago parcial de la reparación civil establecida por el delito de usurpación agravada y adjunta la constancia de depósito. En ambos casos se solicita al juez tomar nota de la información presentada.
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Expediente : N° 01521-2021-0-1501-JR-FP-03

Esp. Legal : Wongchuig Rios ILeyn


CUADERNO : PRINCIPAL
Escrito : Correl.-

ASUNTO: Se declare por no pronunciada


Sentencia._____________________

SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE FAMILIA –


HUANCAYO
S.J.
LUIS FRANCO CARO LAURENCIO, en el
proceso seguido por el delito de HURTO
AGRAVADO, en agravio de Carlos Jhonatan
Laura Orihuela, a Ud., digo:
Que, tal como lo prescribe el Art. 61° y
siguientes
del Código Sustantivo Penal, recurro por ante su despacho con la finalidad de
peticionarle se declare por no pronunciada la sentencia en mérito a los siguientes
fundamentos de orden fáctico y jurídico que expongo:
01.- Que, el recurrente a adquirido la mayoría de edad (19) por lo que no debe
ser juzgado por infracción contra el patrimonio por lo que la ejecución debe ser
suspendida por haber adquirido la mayoría de edad y que los hechos se
cometieron cuando era menor de edad (17).
02.- Que el artículo 61° del Código Penal prescribe que "La condena se considera
como no pronunciada si transcurre el plazo de prueba sin que el condenado
cometa nuevo delito doloso, ni infrinja de manera obstinada las reglas de
conducta”
03.- Asimismo la norma sustantiva penal en su art. 69 prescribe taxativamente

“El que ha cumplido la pena o medida de seguridad que le fue


impuesta, o que de otro modo ha extinguido su responsabilidad queda
rehabilitado sin más trámite”.
POR TANTO:
A Usted Señor Magistrado proveer lo peticionado por ser legal.
OTROSI DIGO: Se adjunta el mérito de la FICHA DE DATOS otorgado por la
RENIEC, con lo se prueba que soy mayor de edad. en fs. 01
OTROSI DIGO: Vario mi domicilio procesal sito en el Jr. Trujillo Nro 469 Of.

01 El Tambvo – Huancayo, CASILLA ELECTRONICA 59649,


CORREO ELECTRONICO; andersoncervantez@gmail.com Cel.
954032197, lugar donde se me harán llegar las ulteriores notificaciones con la
debida formalidad que la ley prescribe.
Huancayo, abril del
2023 ,
Expediente : N° 00221-2019-40-1504-JR-PE-
01
Esp. Legal : Montero Villar Rocío del PIlar
Cuaderno : PRINCIPAL.
Escrito : Correl.-

ASUNTO: Se adjunta constancia de depósito


judicial por reparación civil y Otro.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA -


SEDE CONCEPCION
S.J.
HUGO WALTER GUTIERREZ GUTIERREZ,
sentenciado por el delito contra el patrimonio en
la modalidad de USURPACION AGRAVADA,
en agravio de Alicia Gutiérrez Quiliano de Pinto,
a Usted digo;
Que, habiendo su despacho fijado como
Reparación Civil en la suma de S/. 7,000.00 (SIETE MIL SOLES) por lo que hago
de su conocimiento que cumplo con el pago de la reparación civil impuesta por su
despacho en la suma de S/. 1,200.00 (MIL DOSCIENTOS SOLES). Por lo que se
deberá notificar a la agraviada para el cobro correspondiente y dejar constancia
de su entrega.
POR TANTO:
A Usted Señor Juez sírvase tener por cumplido con el pago de reparación
civil.
OTROSI DIGO: Se adjunta el mérito de la Constancia de Depósito Judicial
Nro.2023038100720, de fecha 01-02-2023, por la suma de S/. 1,200.00 .00 (MIL
DOSCIENTOS SOLES) ANEXO 01-A.
Huancayo, abril del
2023

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