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Hace 8 horas | Por candonga1 a es.amnesty.org
Publicado hace 8 horas por candonga1 a es.amnesty.org

La defensa de Javitxu aportó grabaciones de cámaras de seguridad para demostrar su inocencia. Sin embargo, estas pruebas no se admitieron, argumentando que carecían de la necesaria nitidez para identificar a los acusados. La condena se basó exclusivamente en los testimonios de los policías involucrados y aplicó delitos modificados por la reforma del Código Penal de 2015, criticada por Naciones Unidas y Amnistía Internacional por su impacto en el derecho a la protesta..

Comentarios

a

Lalay mordaza solo recoge la presunción de veracidad a efectos de esa ley no a efectos del código penal,vamos en cualquier norma administrativa la administración tiene la razón, así que la ley mordaza es una más, ya que solo recoge sanciones administrativas.
Estás personas están en la cárcel por el código penal no por la ley mordaza que podéis buscarla en internet si tenéis curiosidad por saber de que os estáis quejando
Ley 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, que no es más que una actualización de la anterior,la 1/92 sobre protección de la seguridad ciudadana y que si mal no recuerdo es obra del PSOE.
Si hubiera derogado la ley mordaza el PSOE estos estarían en la cárcel igual, porque esa ley no recoge ninguna pena de prision #3 #4

GuillermoBrown

#9
Vale, o eres abogado o eres policía o las dos cosas, seguro que tienes razón: por vía administrativa tienen presunción de veracidad, por vía penal, no.
Pero en este caso concreto, que fueron detenidos horas después de la mani, que no aceptan un vídeo como prueba, que la única prueba es la palabra de los policías, y que los chavales juran y perjuran que ellos no tiraron piedras... no sé... meterles varios años en la cárcel, me parecen un tanto fuerte.

De todas maneras sigue siendo cierto que Sánchez prometió en la campaña que iba a derogar esta ley y no lo ha hecho.

a

#12 yo no entro en lo justo o no de la sentencia, solo he dicho que aquí la ley mordaza poco tiene que ver, y que si no existiera estarían condenados igual #13 por vía judicial el testimonio de los policías o de cualquier parte acusatoria para darles veracidad requiere una serie de requisitos que nada tienen que ver con la ley mordaza, esta so da presunción de veracidad a efectos de esa ley que como dije ya antes solo recoge sanciones administrativas

juliusK

#9 efectivamente, la ley mordaza sirvió para que el gobierno de Rajoy (el de los policías patrióticos del amigo de Marcelo, los que lo harían todo todo) apuntalase la modificación del código civil del 2015 que ya había sido criticada por UN y Amnistía Internacional...si no ¿para que legislar algo que era "habitual y/o normal"?

LOS HECHOS (si te parece muy largo las mayúsculas del último párrafo resumen muy bien para que se utiliza la presunción de veracidad que también anulo el testimonio de todos los testigos en la herriko taberna de Alsasua)

El 17 de enero de 2019, unas 300 personas se congregaron para protestar en contra de un mitin de Vox en el Auditorio de Zaragoza, manifestando su rechazo a los discursos de odio. La situación se intensificó cuando los manifestantes intentaron acercarse al Auditorio y la policía cargó contra ellos, golpeando con sus porras de forma reiterada a personas completamente inmóviles, que no estaban ejerciendo actos de violencia de ningún tipo. Para eludir el uso de la fuerza ejercido por la policía y también como alternativa para poder llegar al Auditorio, el grueso de la manifestación accede al cercano campus universitario de la Universidad de Zaragoza. Agentes de policía dispararon pelotas de goma, una de las cuales pasó muy cerca de Javitxu, e impactó en un amigo suyo, que sufrió una brecha. Javitxu tuvo claro que se tenía que marchar de ahí, y buscó la manera con un amigo de salir del campus. Hubo un momento en que se lanzaron piedras y objetos a la policía por una minoría de personas. Sin embargo, las detenciones no ocurrieron en el momento de los enfrentamientos, sino horas después, en las inmediaciones del lugar.

En un bar cercano, la Policía Nacional detuvo a Javier Aijón, conocido como 'Javitxu', y a otras tres personas. Fueron acusados de desórdenes públicos y atentado contra la autoridad. La Audiencia Provincial de Zaragoza juzgó a los seis jóvenes y, en enero de 2021, dictó una condena de seis años de cárcel para los cuatro mayores de edad, junto con una multa de 11.000 euros y un año de libertad vigilada para los dos menores.

La defensa de Javitxu aportó grabaciones de cámaras de seguridad para demostrar su inocencia. SIN EMBARGO, ESTAS PRUEBAS NO SE ADMITIERON, ARGUMENTANDO QUE CARECÍAN DE LA NECESARIA NITIDEZ PARA IDENTIFICAR A LOS ACUSADOS . LA CONDENA SE BASÓ EXCLUSIVAMENTE EN LOS TESTIMONIOS DE LOS POLICÍAS INVOLUCRADOS Y APLICÓ DELITOS MODIFICADOS POR LA REFORMA CÓDIGO PENAL DE 2015, CRITICADA POR NACIONES UNIDAS Y AMNISTÍA INTERNACIONAL POR SU IMPACTO EN EL DERECHO A LA PROTESTA.

earthboy

La moraleja de esto es el "que no te pillen", sobre todo si no has hecho nada y te pretenden inculpar. Que no te pillen.
El delincuente que pretende inculparte, sabiendo que no eres culpable, no va a echarse atrás. Y al fiscal le importan una mierda la verdad y la justicia, lo único que quiere es ganar. Y si te tiene que joder la vida para ganar su caso, lo va a hacer.

#9 Al final los de Naciones Unidas y Amnistía Internacional lo que pasa es que son unos flojos.

autonomator

Pobrecillos no sabian que para librarse de condenas era mejor abusar de menores y vivir en Murcia. Con lo peligroso para la sociedad que es protestar contra nazis, menos mal que vivimos en una #Democraciaplena.

makinavaja

Es lo que tiene que todos los ciudadanos NO sean iguales ante al ley... la palabra de unos vale más que la de otros... como ocurría en la edad media, que la palabra de un noble valia más que la de un plebeyo... no hemos avanzado mucho...

GuillermoBrown

"Presunción de veracidad" para la policía.
Vergüenza del PSOE que prometió derogar la ley mordaza y no ha hecho ni una mierda para acabar con esa injusta "presunción".
Algo es cierto porque lo dice un policía, y punto. Porque todo el mundo sabe que los policías nunca mienten !!!

curiosopaseante

#4 https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1166893
https://www.lamarea.com/2023/07/27/un-juzgado-de-cordoba-abre-diligencias-contra-dos-policias-locales-por-detencion-ilegal-y-mentir-en-sede-judicial/

El problema no es que no se les condene, es que la condena, en estos casos, debería conllevar la expulsión automática y pena de cárcel prolongada: cabe dar ejemplo.

m

#indubio_pitorreo

Así se falsifican las condenas, eliminando las pruebas de la defensa. Ni aunque el vídeo fuera 4K lo habrían dado por válido, y si fuera ahora dirían que es una falsificación AI. Y como los jueces nunca van a la cárcel, pues nada.

#7: En España las #denuncias_falsas salen gratis, porque claro, según ellos son el 0.000000000004594894%, y como son tan pocas, a los que las sufren no hay que hacerles caso. O sea, si tu problema lo tiene poca gente, tienes menos derechos.

juliusK

#10 indubio pro facha, muy nuestro.

curiosopaseante

Por cierto, aquí vemos un buen ejemplo de atacar la igualdad entre españoles: se cree a unas persona por tener una profesión, pero no a otras. El testimonio de los policías tiene más peso que los contrarios, incluso aunque sean ellos mismos los interesados en que la condena siga adelante. Aberrante es poco.

VotaAotros

La sentencia del supremo:

"DEBEMOS CONDENAR Y CONDENAMOS a cada uno de los acusados Mauricio , Nicolas , Patricio e Primitivo
como autores responsables del delito de desórdenes públicos ya definido del que resultan acusados y sin la
concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad penal, a la pena de TRES AÑOS DE PRISION
y accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
DEBEMOS CONDENAR Y CONDENAMOS a cada uno de los acusados Mauricio , Nicolas , Patricio e Primitivo
como autores responsables del delito atentado ya definido del que resultan acusados y sin la concurrencia de
circunstancias modificativas de responsabilidad penal, a la pena de TRES AÑOS DE PRISION y accesorias de
inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
DEBEMOS CONDENAR Y CONDENAMOS al acusado Primitivo como autor responsables del delito leve de
lesiones
ya definido del que resulta acusado, a la pena de a la pena de DOS MESES MULTA CON UNA CUOTA
DIARIA DE 8 €
DEBEMOS ABSOVER Y ABSOLVEMOS a cada uno de los acusados Mauricio , Nicolas , Patricio e Primitivo
del delito de lesiones del que resultan acusados.
DEBEMOS ABSOVER Y ABSOLVEMOS a cada uno de los acusados Mauricio , Nicolas , Patricio e Primitivo
de los cinco delitos de lesiones leves del que resultan acusados.
DEBEMOS ABSOVER Y ABSOLVEMOS a cada uno de los acusados Mauricio , Nicolas , Patricio e Primitivo
del delito continuado de daños del que resultan acusados.

Primitivo deberá indemnizar a al Agente dela Policía Nacional nº NUM000 en la suma 420 €. que deberá
incrementarse en los intereses y forma previstos por el art. 576.1 L.E.Civ.
Mauricio deberá abonar dos treinta y seisavas partes de las costas.
Nicolas deberá abonar dos treinta y seisavas partes de las costas.
Patricio deberá abonar dos treinta y seisavas partes de las costas.
Primitivo deberá abonar tres treinta y seisavas partes de las costas.
Se declaran de oficio la parte restante de las costas."

"F A L L O
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido
Condenamos a los Sres. Mauricio , Primitivo , Patricio y Nicolas como autores de un delito agravado de
desórdenes públicos de los artículos 557 y 557 bis 2º, ambos, CP (texto de 2015) en concurso ideal del artículo
77.1 CP con un delito agravado de atentado de los artículos 550.1 y 2 y 551.2º, ambos, CP, a la pena única de
tres años y nueve meses de prisión.

Modificamos el título de condena en relación con el delito de lesiones del artículo 147.1 CP, suprimiendo la
referencia al subtipo agravado del artículo 148 CP.
En los demás extremos, confirmamos la sentencia recurrida.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la presente no cabe recurso, e insértese
en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma."

Fuente: https://www.poderjudicial.es/search/openDocument/81c4730d01b802fba0a8778d75e36f0d

Drebian

#6 ¿Qué quieres decir? Sigue sin haber ninguna prueba contra los condenados