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Volumen 46/2 julio-diciembre 2016 Barcelona (España) ISSN: 0066-5061 CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES 46/2, julio-diciembre de 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061 doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII EN LA CASTILLA DEL BAJO MEDIEVO1 THE NOTION OF THE TRANSLATIO IMPERII IN CASTILE IN THE LATE MIDDLE AGES LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO UNED (C. A. Albacete) Resumen: A lo largo de la Edad Media, la idea de translatio imperii tuvo en Castilla una presencia reducida en la literatura historiográfica, debido al peso de la tradición isidoriana. Tampoco Alfonso X mostró en sus obras históricas interés por esta idea, quizá porque la consideraba limitada para su visión de la historia. Sin embargo, en el siglo XV se observa un tratamiento detallado de ésta, en el marco de la teoría curial y del debate sobre la institución imperial. Alonso de Cartagena, Sánchez de Arévalo y Torquemada hicieron destacadas aportaciones. Finalmente, con Nebrija, la translatio imperii se subordina a la exaltación de las aspiraciones imperiales de Castilla. Palabras clave: Castilla; siglo XV; Imperium; ideas políticas. Abstract: Throughout the Middle Ages, the idea of translatio imperii had scarce presence in Castilian historiographical literature, due to the weight of the Isidorian tradition. In addition, Alfonso X showed little interest in this idea in his historical work, possibly because he considered it was too limited for the view of history he held. Nonetheless, in the 15th century it can be observed that the idea of translatio imperii is approached in detail, within the frame of curial theory and the debate on imperial monarchy, to which Alonso de Cartagena, Sánchez de Arévalo and Torquemada contributed. Finally, Nebrija will subordinate the translatio imperii to the elation of Castile’s imperial ambitions. Keywords: Castile; XVth Imperium; political ideas. Century; 1 Abreviaturas utilizadas: ACB = Archivo de la Catedral de Burgos; BAV = Biblioteca Apostólica Vaticana; EE = Estoria de España; GE = General Estoria; BNE = Biblioteca Nacional de Madrid; MGH = Monumenta Germaniae Historica; PL = Patrologia Latina. Este trabajo pertenece al Proyecto de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación HAR2013-42211-P, titulado Prácticas de comunicación y negociación en las relaciones de consenso y pacto de la cultura política castellana, ca. 1230-1504, dirigido por el Prof. José Manuel Nieto Soria (Universidad Complutense de Madrid). 752 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO SUMARIO 1. Antecedentes.– 1.1. Las raíces: san Isidoro.– 1.2. En la obra historial de Alfonso X el Sabio.– 2. Un eco aislado: Pablo de Santa María.– 3. Reaparición de la idea de translatio.– 3.1. En la obra de Alonso de Cartagena.– 3.2. Sánchez de Arévalo: al servicio de la propaganda pontificia.– 3.3. Una ocasional referencia: Juan de Torquemada.– 4. Nebrija: la translatio imperii como marco de la translatio studii.– 5. Conclusiones.– 6. Bibliografía. La visión e interpretación de la historia en la Edad Media está modelada de manera decisiva por la idea de translatio imperii, que, junto con el esquema cronológico de las edades del mundo conforman el marco esencial de la representación del pasado para el hombre del Medievo2. La idea tiene un fundamento bíblico, aunque la Biblia no proporcione la expresión formal concreta. La noción de una sucesión de imperios remonta a la interpretación del sueño de Nabucodonosor que hizo el profeta Daniel3. Ya en esta formulación se advierte la dimensión universal de los cuatro imperios que se suceden4. El Ecclesiasticus de Jesús de Sirac proporciona otro de los fundamentos de la idea de translatio imperii. Introduce la causa de la sucesión: la iniquidad de los titulares del reino, cuyo castigo consiste en su pérdida y entrega a otro pueblo5. Lo visionario de la profecía y lo abstracto de la reflexión moral eludían la concreción histórica de los imperios y reinos considerados. Correspondería a los exégetas precisar y situar históricamente los cuatro imperios sucesivos6: babilonios, persas, macedonios y romanos. El testimonio más antiguo de tal identificación de los cuatro imperios de la profecía de Daniel corresponde a Hipólito de Roma (ca. 170-235)7. Esta interpretación alcanzaría rango canónico al ser avalada por la autoridad de san Jerónimo8. 2 Krüger 1976, pp. 24-27. Daniel 2, 37-40. 4 Daniel 2, 39: “consurget (...) regnum tertium aliud aereum, quod imperabit universae terrae”. 5 Ecclesiasticus 10, 8. 6 Uno de los propósitos que animan el comentario de san Jerónimo al libro de Daniel es corroborar la veracidad histórica de los hechos allí narrados. Así, afirma que el profeta no sólo anunció la venida de Cristo y el momento en que tendría lugar, sino también la serie detallada de los reyes, Jerónimo, Commentariorum, ed. Migne, col. 491: “Non enim solum scribit eum [= Cristo] esse venturum, quod est commune cum caeteris: sed etiam quo tempore venturus sit docet; et reges per ordinem digerit, et annos enumerat”. 7 Goez 1958, p. 19. 8 Como pone de manifiesto la cita que a tal respecto hace de esta obra Agustín, De civitate Dei, XX, 2, col. 695. Cfr. Jerónimo, Commentariorum, ed. Migne, cols. 503-504. 3 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 753 La idea de translatio imperii devino un dispositivo legitimador de las ambiciones imperiales que surgieron en el occidente europeo y que, frente al imperio de Bizancio, sucesor del de Roma y cuarto en la serie consagrada por san Jerónimo, sólo mediante la transferencia del imperium podían justificarse en el marco histórico-escatológico establecido en la Biblia, de que se nutría la visión de la historia en el Medievo. La vocación universal de los imperios contenida en la serie del profeta Daniel vino a fundamentar las aspiraciones hegemónicas de quienes se arrogaban la dignidad imperial, que hallarían en el concepto de monarquía universal su formulación teórico-doctrinal. Al inscribirse la sucesión de imperios en el plan providencial, constituía un principio insoslayable en el conflicto entre Pontificado e Imperio. La publicística que éste desarrolló contribuiría notablemente a la elaboración de la idea de translatio imperii. 1. ANTECEDENTES 1.1. Las raíces: san Isidoro En España dicha idea tuvo una presencia limitada: prácticamente ausente de la historiografía, tendría, en cambio, cierto desarrollo en la literatura doctrinal a fines del Medievo. Las circunstancias específicas de la historia hispana determinaron su relativa marginalidad. Una de las ocasiones más propicias para que germinara en las letras y el pensamiento fue la ingente labor enciclopédica de san Isidoro (556-636). Ahora bien, el imperio entonces vigente, el bizantino, no dejaba de representar para el sabio prelado una realidad incómoda, por ser ocupante de parte del reino visigodo. Como historiador no podía eludirla, pero su consideración de imperio establecido en el plan de la Providencia venía a colisionar con su condición de enemigo del reino visigodo, la realidad más inmediata y acuciante para el prelado hispalense. En tanto que la idea de translatio imperii podía constituir un argumento legitimador de la política expansionista de Bizancio, convenía obviarla en la medida de lo posible. El resultado no es sino un tratamiento tangencial y fragmentario, cuando no elusivo. La Chronica, compuesta en 615 (primera redacción) y 624 (segunda), resulta paradigmática al respecto. El género cronístico determina la estructura y contenidos de la obra9. Trazar la serie de los tiempos desde el origen del mundo hasta el presente, continuando la labor de los cronógrafos Julio 9 Lacroix 1971, p. 38; Guenée 1980, p. 203; Arnaldi 1993, pp. 465-473. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 754 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO Africano y Eusebio de Cesarea: tal es el objetivo10. Los contenidos, generationes y regna11, se distribuyen y organizan conforme al esquema de las seis edades12, aunque se ha supuesto que tal estructura cronológica no figuraba en la primera redacción13. La indicación del presente, con la referencia al emperador Heraclio y a los reyes Sisebuto y Suintila14, es reveladora de la tensión entre el principio universalista representado por el imperio bizantino y el particularismo propio de la identidad nacional del autor, que se afirma y se encarna en la realeza visigoda15. Dentro del esquema cronológico de las seis edades, san Isidoro hace referencia a los hitos de la translatio imperii. Ahora bien, sólo la primera transferencia expresa inequívocamente la idea de traslación, aunque refiriéndola no al imperium, sino al regnum16. Con respecto al traspaso del imperio a los griegos, se elude la noción de transferencia. En su lugar parece sugerirse una cesura histórica: fin del reino de los medos e inicio del de los griegos17. No obstante, se introduce el principio universalista que estaba en la base de la profecía de Daniel mediante la noción de monarquía universal (monarchia orbis)18, aunque antes que a la idea de imperium, se subordina a la ponderación de la magnitud de las conquistas de Alejandro Magno19. Con relación al tercer y último traspaso del imperium, la referencia al cómputo cronológico en el marco de la profecía de las setenta semanas, según la visión del profeta Daniel, permite situar el origen del imperio romano, que viene a coincidir con 10 Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 425. Ibidem, p. 424. 12 La exposición sobre las seis edades aparece en Isidoro, Etymologiae, ed. Migne, V, 38, 5, col. 223, desarrollada, a su vez, mediante un epítome de la Chronica en ibidem, V, 39, cols. 224-228. Para las relaciones entre ambos textos véase Martín 2001, pp. 161-170. Aunque san Isidoro es deudor de san Agustín en la adopción de este esquema cronológico, difiere de éste en que integra la historia bíblica y la secular, Bassett 1976, pp. 282-282. A su vez, se ha señalado que el interés de san Agustín es teológico y escatológico, mientras que el de Isidoro es más propiamente histórico, Reydellet 1970, pp. 378-379. 13 Vázquez de Parga 1961, p. 102. En cambio, se ha reconocido que san Isidoro parece muy ligado a esta división, Reydellet 1970, p. 378, lo que abonaría que era contemplada en la concepción original de la obra. 14 Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 480, primera y segunda redacción, respectivamente, 15 De hecho, la Chronica se caracterizaría ideológicamente por la exaltación del reino visigodo frente a Bizancio, Martín 2001, p. 201. 16 Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 442: “Assyriorumque regnum in Medos transfertur”. 17 Ibidem, p. 449: “Hucusque Persarum regnum stetit: dehinc reges Graecorum incipiunt”. 18 Ibidem, p. 449: “Alexander Macedo regnat ann. V. huius enim quinque anni postremi in ordine temporum, quibus monarchiam orbis obtinuit: nam septem eius priores in Persarum regibus supputantur”. Hay que tener en cuenta que algunos manuscritos en lugar de “monarchia orbis” incluyen “monarchia Asiae”. 19 Aunque para san Isidoro tiene tanta relevancia el Alejandro erudito y bibliófilo como el monarca, Borst 1966, p. 24. 11 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 755 el nacimiento del Mesías, en el marco del plan providencial en que adquiere sentido la translatio imperii. La translatio imperii aparece en la Chronica de modo disperso20. Ciertamente, cabe establecer una correspondencia entre las edades y los imperios de la profecía de Daniel: la quinta edad, que se abre con el cómputo de la cautividad de los hebreos, encabeza los asientos cronológicos con las noticias de los reyes persas y alejandrinos y concluye con la anexión del reino de Alejandría por parte de Roma; la sexta edad, que se inicia con el nacimiento de Cristo, viene a corresponder con el imperio romano. Y sin embargo, no se establece un hilo conductor que confiera una continuidad a la sucesión de los imperios. En la trama de las seis edades aparecen dispuestos de modo fragmentario los hitos de la translatio imperii. Ocasión idónea para tratar de los imperios se ofrecía en el capítulo del libro IX de las Etymologiae, dedicado a reinos y términos de la milicia. En su lugar se refiere a cinco reinos, que se hace corresponder con los cuatro imperios de la serie fijada por san Jerónimo más el reino de los egipcios21. Pero sólo se establece una mera continuidad entre ellos. La visión de la historia universal de san Isidoro se consagraría en la tradición historiográfica hispana, dado que la obra del prelado hispalense constituye una de sus fundamentos esenciales. Sumamente ilustrativo al respecto es el Chronicon Mundi de Lucas de Tuy (ca. 1230). El libro I se presenta como reproducción de la Chronica de san Isidoro22. La idea de translatio imperii queda aún más difuminada que en la fuente. Se reproduce, eso sí, la noticia de la transferencia del imperio de los asirios a los medos23. Mas precisamente la amplificación a que es sometido el texto de la Chronica hace que la translatio se diluya. Harto elocuente es el tratamiento de la figura de Alejandro Magno. Si en la Chronica sólo de modo indirecto se indicaba el traspaso de la monarquía, en cambio, Lucas de Tuy viene a identificar los 20 Debido a la decidida adopción del sistema de las edades, más adecuado a una visión providencialista y divina, Galán 1994, pp. 180-181. Dicha visión daría razón de la atención concedida a las herejías, reveladora de una cierta dimensión apologética, Hillgarth 1970, pp. 293-295. 21 Isidoro, Etymologiae, ed. Migne, IX, 3, 2, col. 342. La serie procede probablemente de Lactancio (ca. 245-ca. 325), quien incorporó a los egipcios en la serie de los cuatro imperios o reinos identificados en la profecía de Daniel, Lactancio, Divinae Institutiones, ed. Migne, VII, XV, cols. 787-788: “Nihil est enim humanis viribus laboratum, quod non humanis aeque viribus destrui posset, quoniam mortalia sunt opera mortalium. Sic et alia prius regna, cum diutius floruissent, nihilominus occiderunt. Nam et Aegyptios, et Persas, et Graecos, et Assyrios proditum est regimen habuisse terrarum”. La GE se hará eco de esta serie. 22 Lucas de Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, Praefatio, p. 3. Aunque amplifica considerablemente el texto isidoriano con diversas fuentes, especialmente la Historia scholastica de Pedro Coméstor, Jérez 2006, p. 199. 23 Lucas de Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, p. 15 < Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 402 (según el manuscrito de la Real Academia de la Historia). ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 756 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO reinos resultantes de la partición del imperio de Alejandro con la visión de las cuatro bestias del profeta Daniel, que representaban otros tantos reyes24. La omisión de la idea de translatio en el relato de los hechos de Alejandro Magno es tanto más significativa cuanto que precisamente dicha idea podía constituir un recurso para ponderar la magnitud de las conquistas que labraron la fama del héroe macedonio. El Libro de Alexandre, que puede decirse coetáneo del Chronicon Mundi25, hace una tenue referencia a la translatio, con ocasión de la victoria sobre Darío. El poema se refiere a la visión del carnero y el macho cabrío del profeta Daniel26, identificando el primero con el rey de los medos y el segundo con el rey de los griegos. La vinculación de las gestas alejandrinas con las profecías de Daniel les otorgaba un cariz providencial que realzaba su dimensión heroica, a la vez que contrarrestaba y reorientaba en una dirección cristiana los numerosos oráculos y predicciones que sobre el destino del héroe macedonio generó la leyenda. Ciertamente tal vinculación le venía sugerida por la fuente principal del poema, la Alexandreis de Gautier de Châtillon, mas el autor hispano se muestra más apegado al texto bíblico y, por tanto, destaca más nítidamente la sucesión del poder griego tras la derrota de los persas, en la línea de la translatio imperii27. 1.2. En la obra historial de Alfonso X el Sabio Las aspiraciones imperiales de Alfonso X habían de otorgar cierta relevancia al hecho del imperio en su visión de la historia, de manera que en determinados momentos el relato histórico llegaría a adquirir el carácter de argumentación de la legitimidad de tales pretensiones28. Y sin embargo, aun cuando la idea de translatio imperii podía constituir un argumento de peso 24 Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, p. 22. Cfr. Daniel 7, 2-3. Fechado entre 1217 a 1227 por Uría 2000, pp. 197-199. Es ésta precisamente la época que se ha considerado como “siglo del oro de las letras castellanas en lo que al tema de Alejandro se refiere”, González Rolán, Saquero 2003, p. 112. 26 Libro de Alexandre, ed. Cañas, coplas 1339-1340, p. 248. Cfr. Daniel 8. 27 Libro de Alexandre, ed. Cañas, coplas 1339-1340, p. 248: “Danïel el profeta, niño de Dios amado,/ dentro en Babilonia l´hovo profetizado:/ que vernié en la sierra un cabrón mal domado,/ quebrantarié los cuernos al carnero doblado./ Este fue Alexandre, de los fechos granados,/ Dario fue el carnero de los regnos doblados”; Cfr. Gautier de Châtillon, Alexandreis, ed. Bibliotheca Augustana, VII, vv. 421-424: “Et quia non latuit sensus Danielis Apellem,/ Aurea signauit epigrammate marmora tali:/ «Hic situs est typicus aries, duo cornua cuius/ Fregit Alexander, totius malleus orbis»”. Es de notar la contigüidad que ofrecen en el poema latino el rompimiento de los cuernos y el calificativo de Alejandro como “martillo de todo el universo”, esto es, su vinculación con la condición de señor universal. En la tradición árabe los cuernos pasarían a ser atributos del propio Alejandro, Polignac, 1984 pp. 29-51. 28 Fraker 1978, pp. 95-96. 25 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 757 para su candidatura al trono imperial29, no suscitó apenas interés en el sabio monarca. La cronología de la obra historiográfica alfonsí propuesta por Menéndez Pidal, que señalaba dos momentos sucesivos con intereses diferentes para la GE y la EE30, ha sido revisada, sugiriéndose, sobre la base del uso de fuentes comunes, que ambas empresas historiográficas serían simultáneas y se iniciarían poco después de 127031 –no obstante, hay que tener en cuenta que se ha cuestionado dicho terminus post quem–32. En cualquier caso, el impulso creativo de la obra histórica de Alfonso X se sitúa en un momento en que el fecho del imperio presentaba especial acuidad, la preparación de la ida al Imperio33. Así, sobre la escritura de la historia gravitaban las aspiraciones imperiales y la necesidad, por tanto, de reunir argumentos que las legitimaran. Hay que descartar la atribución del uso de dicha idea a Alfonso X en la EE, en tanto que atingente a nuestro tema. En efecto, se ha interpretado el relato alfonsí de la caída del reino visigodo y la restauración que inicia Pelayo como a clear example of translatio imperii 34. Es obvio que se trata de una simple transferencia de poder local, que nada tiene que ver con la serie de imperios que culmina con el de Roma, ni con las vicisitudes de la titularidad de éste último. Ciertamente, la idea de translatio imperii se inscribe en una concepción más amplia y genérica, un esquema interpretativo de la historia, la idea de transferencia de poder, que se documenta ya en las listas de reyes babilonios. En modo alguno los reyes hispanos del Medievo aspiraron a la titularidad del imperio universal. De ahí que resulte equívoca cuando no inadecuada la atribución de tal idea a la interpretación que hiciera Alfonso X de la caída del reino visigodo y su posterior restauración. No obstante, en estrecha relación con la idea de translatio imperii se halla la concepción de la historia del sabio monarca, tal y como se plasma en sus dos empresas historiográficas. Alfonso X concibe el argumento de la narración histórica como sucesión de “señoríos”35. Este esquema iba a deter29 Pues uno de los más conspicuos historiadores que desarrollaron la idea de translatio imperii, al mostrar el proceso paralelo de translatio studii, contemplaba España como destino final de dicho proceso, con lo que quedaba asociaba a la serie de transferencias de saber y poder, Otón de Freising, Chronica, ed. Hofmeister, p. 227. 30 Menéndez Pidal 1973, p. 118; 1977, pp. 856-857, 870-871. Repite estos argumentos Catalán 1962, pp. 19-26. 31 Fernández-Ordóñez 1992, pp. 75-95; 2000, pp. 70-72. 32 Procter 1951, pp. 85-89. 33 González Jiménez 1999, pp. 142-149. 34 Deyermond 1985, p. 353. 35 Especialmente en la EE. Señaló el papel estructurador de los señoríos Menéndez Pidal 1973, pp. 124-125. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 758 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO minar la ordinatio, estructurando la simple secuencia analística36. En la GE se observa una visión de la historia que presenta cierta analogía con la idea de translatio. Alfonso el Sabio asume el esquema cronológico de las seis edades, ciclo de la creación divina que se proyecta sobre el destino humano37. El rey Alfonso participa de la conciencia de plenitud del saber que anima el quehacer intelectual del siglo XIII, que se plasma en su pretensión de abarcar todos los tiempos. El esquema analístico satisfacía la ilusión de totalidad del conocimiento histórico. Se ha vinculado el esfuerzo por articular la exposición histórica conforme a la pauta analística con los Cánones crónicos de Eusebio de Cesarea, referente básico del modelado genérico de la GE38. Ahora bien, el cómputo cronológico incorpora un significado político en virtud del principio de división del tiempo histórico por “señoríos”. Efectivamente, en lugar de adoptar una cronología absoluta tomando como referencia la creación del mundo, Alfonso el Sabio sitúa los hechos en la era generada por cada uno de los señoríos en que se organiza la estructura de la historia39. La importancia que se otorga a los “señoríos” como principio estructurador remonta a san Isidoro, quien ya señalara el carácter organizador de la materia histórica que poseían los “reinos”, junto con los “tiempos”40. La Chronica isidoriana pasó a engrosar el Chronicon Mundi de Lucas de Tuy41, una de las fuentes fundamentales de la EE y, por tanto, un estímulo destacado en la concepción que está en la base de dicho principio estructurador. El cómputo analístico se inicia con el del pueblo de Israel, manteniéndose hasta la cautividad de Babilonia, la “transmigración”. A partir de entonces va la quenta de todas las historias por los años de los gentiles que aseñorearon la tierra. Y en este punto se incluyen la serie de reinos que ostentaron el señorío 36 Fernández Gallardo 2004, pp. 101-111. Ya en Lactancio se observa un conato de proyección de los seis días de la creación sobre el tiempo histórico, que consta de otros tantos siglos (esto es, millares de años), Lactancio, Divinae Institutiones, ed. Migne, VII, xiv, col. 782: “Ergo quoniam sex diebus cuncta Dei opera perfecta sunt, per saecula sex, id est annorum sex millia, manere hoc statu mundum necesse est”. San Agustín sistematizaría el contenido de las seis edades, que devienen conformación de los hitos de la historia humana, concebida como historia de la salvación, Agustín de Hipona, De catechizandis rudibus, ed. Migne, xxii, cols. 338-339. Alfonso X incluye una detallada exposición sobre las seis edades en la GE, ed. Sánchez-Prieto, Primera Parte, X, ii-iii, pp. 526-528. Aparece asimismo un breve esquema de las seis edades en la EE, ed. Menéndez Pidal, t. I, p. 92. 38 Rico 1972, pp. 54-64. 39 Fernández-Ordóñez 1992, pp. 26-33. 40 Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 424. 41 Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, pp. 5-39. 37 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 759 de la tierra42, coincidente con la de los cinco imperios de san Isidoro, de la cual se omite a los asirios: Persia, Macedonia, Egipto, Roma. El lugar ocupado por el imperio asirio en la serie canónica consagrada por san Jerónimo tenía que ser necesariamente cubierto a efectos cronológicos por el pueblo de Israel, el pueblo elegido. No podía ser de otra manera si el cómputo cronológico corre a cargo del pueblo, reino o imperio que mayor honor y honra posee. En un principio prima el criterio moral, las buenas costumbres e buena creencia de los hebreos, en que se halla la linna de Adam fasta esta Sancta Maria e Cristo43. Sin embargo, la cautividad de Babilonia, la “transmigración”, determina un cambio de criterio: ya no bastaba la excelencia moral y religiosa del pueblo hebreo. El criterio político se imponía: el ejercicio del “señorío” sobre la tierra pasa a ser el fundamento del cómputo cronológico. Si por un lado se destaca la dimensión universal de tales señoríos, aspecto esencial de la translatio imperii, por otro, se vacía la serie de imperios de contenido propiamente “imperial”, reservándose esta condición exclusivamente a los emperadores de Roma. Por otra parte, resultaba difícil atribuir al pueblo hebreo señorío alguno sobre la tierra. En este punto conviene destacar la relevancia que adquiere en el pensamiento alfonsí el concepto de “pueblo”, al extremo de erigirse en sujeto de la historia44. Se sitúa, pues, en un mismo plano, en lo que a honorabilidad se refiere, pueblo, reino e imperio. De este modo, quedaba diluida la continuidad en la transmisión del imperium. Y es que el referente histórico que poseía virtualidad legitimadora de las aspiraciones imperiales de Alfonso X no era otro que el imperio romano, con el que entroncaba aquel cuya diadema pretendía. La idea de translatio imperii sólo de modo implícito está presente en la GE, subordinándose a las necesidades de elaboración de un sistema cronológico dotado de significación política45. El rey Alfonso se acoge a la serie recogida por san Isidoro en sus Etymologiae, sustituyendo el imperio asirio por el pueblo hebreo. 42 GE, ed. Sánchez-Prieto, Cuarta Parte, Prólogo, t. II, p. 5. Señala la vinculación con la idea de translatio imperii Fernández-Ordóñez 1992, p. 28. Isidoro ya había destacado cómo los reinos de la serie en cuestión poseían su propio espacio cronológico, paso previo para reconocerles sustantividad cronológica, Isidoro, Etymologiae, ed. Migne, IX, 3, 2, col. 342. 43 Apud Fernández-Ordóñez 1992, p. 26. 44 Como pone de manifiesto la enumeración que detalla la naturaleza de los “fechos” recogidos en las “estorias”, que se ordenan jerárquicamente, conforme a la concepción del orden social vigente, GE, ed. Sánchez-Prieto, Prólogo, t. I, p. 5: “los fechos de Dios e de los profetas e de los santos, e otrossí de los reyes, e de los altos omnes e de las cavallerías e de los pueblos”. Para el rey Alfonso la noción de pueblo deviene imagen transpersonalizadora, que sirve para designar a la comunidad política, Alfonso X, Las siete Partidas, ed. Real Academia de la Historia, Partida II, tít. X, ley I, t. II, p. 87: “pueblo llamaron ayuntamiento de todos los homes comunalmente de los mayores, et de los menores et de los medianos: ca todos estos son mester”. 45 Que gira en torno a la noción de poder, Fernández-Ordóñez 1992, pp. 33-39. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 760 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO Análoga, sólo que aún más restricta, es la presencia de la translatio imperii en la EE. Como introducción a la parte relativa al señorío de los de África, se hace referencia a cuatro imperios, asociados a las partes del mundo: Babilonia, Cartago, Macedonia y Roma46. No se trata, pues, de la serie canónica de imperios consagrada por la exégesis de la explicación del sueño de Nabucodonosor que hizo Daniel. En todo caso, cabría observar cierta analogía con la visión de las cuatro bestias de este mismo profeta, tal y como aparece interpretada en el Chronicon Mundi del Tudense, fuente esencial de la EE, esto es, asociándose cada una de las bestias con una parte del mundo47. Mas no se indica relación sucesoria alguna. La historia de Roma, que ofrece un desarrollo hipertrofiado debido a su relación con las aspiraciones imperiales de Alfonso X, ofrecía la ocasión propicia. Y sin embargo, el origen del imperio romano se presenta como resultado del desarrollo de la historia interna de Roma, sin vinculación alguna con ningún otro señorío anterior. El imperio se presenta como creación ex novo y resultado del enorme poder que en el desarrollo de las guerras civiles acumuló Julio César, cuya figura posee extraordinario realce en la narración de la EE. En la cumplida información que se proporciona sobre el imperio se incluye la etimología del término, que viene a destacar la superioridad jerárquica del emperador48, a la que se suma la dimensión universal49. De modo indirecto la EE se refiere a uno de los episodios más destacados de la translatio imperii: la transferencia de los griegos a los francos. Se apela a ella a propósito de la cronología. En la parte de la EE que se inicia con el alzamiento de Pelayo, los años de cada reinado se sitúan en la era hispánica y en la cristiana, recurriéndose en ocasiones a los años del imperio. En el capítulo 614 se narra el acceso de Carlomagno a la dignidad imperial50. No se 46 EE, ed. Menéndez Pidal, t. I, p. 15a. Cfr. Chronicon Mundi, I, p. 22. San Jerónimo identificó las bestias con los mismos cuatro imperios que los del sueño de Nabucodonosor, Jerónimo, Commentariorum, ed. Migne, cols. 527-531. 48 EE, ed. Menéndez Pidal, t. I, p. 90b: “E deste imperare por tal mandar uiene este nombre imperator que es por emperador, por que ell emperador es señor que manda et sennorea sobre otros et sobre reys”. 49 Ibidem, t. I, p. 92b. 50 Ibidem, t. II, pp. 348-349: “Ese anno otrossi cobro Erena, la emperatriz, por su sabiduría ell imperio que su fijo Constantin le auie tomado; et priso a ell et sacol los oios, et echol de tierra, et murió en desterramiento. Et regno ella sola tres annos. Mas el papa Leo quando esto uio, enuio por Carlos, rey de Ffrancia, e alçol por emperador de Roma. Et esto fizo el papa con conseio de los romanos, ca se tenien por desonrrados et maltrechos de assennorearlos mugier que tan mal fecho fiziera en cegar assi a su fijo”. En este punto los redactores de la EE siguen el relato de Sigiberto de Gembloux, Chronica, ed. Pertz, p. 336: “Romani (...) quia mulier excecato imperatore Constantino filio suo eis imperabat, uno omnium consensu Karolo regi imperatorias laudes acclamant, eumque per manum Leonis papae coronant, caesarem et augustum 47 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 761 hace referencia explícita a transferencia alguna del imperio51. Y es que lo que interesa realmente al redactor no es la dimensión institucional del hecho, sino sus repercusiones de cara al cómputo cronológico52. 2. UN ECO AISLADO: PABLO DE SANTA MARÍA Tras la colosal empresa de la GE, la historia universal tuvo un desarrollo limitado en la historiografía castellana. El poema de Pablo de Santa María (13521435), Las siete edades trovadas, compuesto hacia 1418 para la formación del rey Juan II es un testimonio conspicuo del género. Ofrece un relato desde la creación hasta el presente. Su estructura se ajusta al esquema de las edades del mundo, mas don Pablo divide el tiempo histórico en siete edades, estructura poco habitual en la tradición historiográfica cristiana y, por el contrario, corriente en los autores hispano-judíos53. La aplicación del esquema septenario como principio articulador de su visión de la historia universal halla pleno sentido desde la perspectiva de la polémica cristiano-judía54, en la que participó, dotado como estaba de formidable erudición rabínica y escrituraria, con su Scrutinium Scripturarum. El poema contiene una alusión ocasional al concepto translatio imperii. Previamente a su análisis conviene descartar la atribución a don Pablo de la intención o propósito de aplicar el esquema de la translatio para articular la sucesión de las edades55. El cambio en la referencia cronológica appellant”. El rey Alfonso parece mostrar cierto escrúpulo por las indicaciones ceremoniales que da el historiador benedictino, que encontraría de un populismo excesivo por el hecho de que el pueblo romano “coronara” a Carlomagno, y modificó ligeramente el texto, de manera que es el papa quien asume la iniciativa, aunque compelido por el pueblo romano. Sigiberto se hacía eco de la doctrina de Ulpiano, recogida en el Digesto, según la cual el pueblo confiere al emperador el imperio y la potestad, Goez 1958, 386-392. Es de notar que se acude a la autoridad de Sigiberto precisamente a propósito de una cuestión cronológica en la medida en que este autor era la autoridad para las equivalencias cronológicas. Es terminante al respecto la declaración de la intención de la Gembloux, Chronica, ed. Pertz, p. 300: “Dicturi aliquod iuvante Deo de contemporalitate regnorum”. Sobre el concepto contemporalitas en esta obra véase Brincken 1988. 51 Sólo se indica a continuación que “pues que ell ouo ell imperio recebido, mantouol bien et en paz”, EE, ed. Menéndez Pidal, t. II, pp. 348-349. Se deduce, por tanto, que ha habido un cambio en la titularidad del imperio, esto es, una transferencia o translatio. 52 Ibidem, t. II, p. 349a: “E daqui adelant dexa la estoria el cuento por los emperadores de Costantinopla et trael por los reys de Ffrancia que regnaron en Alemanna et en Ffrancia”. 53 Ya constató la excepcionalidad de las siete edades en la tradición cristiana Deyermond 1985, p. 317. Para su presencia entre los autores hispano-hebreos en relación con la polémica judía véase Roth 1986. 54 Sitúa el esquema septenario en el contexto de la literatura rabínica Szpiech 2010, pp. 125-139. 55 Conde 1999, p. 46. Este mismo autor había interpretado como translatio la simple exposición de la serie de emperadores sucesores de Carlomagno, Conde 1995-1996, p. 30. Mas no hay ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 762 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO del pueblo hebreo al Imperio Romano no implica transferencia de poder: de hecho no hubo translatio alguna del pueblo judío a Roma, ni, por otra parte, los judíos fueron titulares de imperio alguno. Ahora bien, se acerca a la noción de translatio la exposición sobre el origen de los reinos, que se sitúa en tiempo del abuelo de Taré, padre de Abraham. El inciso que se añade sugiere una sucesión, una serie, pero no expresamente una transferencia de poder. A continuación se mencionan dichos reinados: egipcio, griego (que se extiende hasta el Imperio Romano), asirio, medo56. He aquí, pues, la serie de cinco imperios derivada de Lactancio y consagrada por san Isidoro, sólo que en completo desorden cronológico, pero falta la expresa referencia a la transferencia de poder. En cambio, sí hay mención explícita al concepto: la transferencia del reinado de los asirios a los medos57. Se trata de una simple referencia cronológica para situar a Zoroastro, cuya figura adquiere destacado relieve cultural58. En el Zoroastro que presenta don Pablo confluyen dos tradiciones: la más corriente que hacía de él inventor de la magia y la del asimismo inventor de las artes liberales59. La importancia de este hito cultural exigía una datación solemne, para lo cual se recurre a un acontecimiento señalado de la historia universal, la translatio de asirios a medos. Habría que incluir dentro de la idea de translatio imperii la referencia a la división del imperio de Alejandro Magno como realización profética, posiblemente al arrimo de Lucas de Tuy60. El término monarchía61, utilizado ninguna mención a transferencia de poder que justifique aplicar la idea de translatio imperii, Santa María, Las siete edades, ed. Conde, coplas 239-241, pp. 388-389. 56 Ibidem, coplas 61, 62-64, pp. 283-284. 57 Ibidem, copla 64, p. 284: “En aqueste tiempo que se trasladó/ en poder de medos aqueste reinado”. 58 Los hitos culturales adquieren relevancia en la visión de la historia de Las siete edades, Fernández Gallardo 1993, pp. 264-265. En este punto, don Pablo rinde tributo a la tradición historiográfica occidental, en la cual se hallan presentes las disciplinas del canon científico en tanto que se hace referencia a ellas al tratar de los momentos en que tienen relevancia histórica (fundación o ejercicio notable), Melville 1986, p. 158. 59 Santa María, Las siete edades, ed. Conde, copla 64, p. 284: “En aqueste tiempo que se trasladó/ en poder de medos aqueste reinado,/ un grand sabidor Zoroastres llamado/ todas las siete artes dizen que escribió,/ (...) el qual fizo libros por que se dezía/ inventor del arte nigromançia”. La tradición que hacía a Zoroastro inventor de la magia quedó consagrada por Isidoro, tanto en Chronica, ed. Mommsen, p. 431, como en Etymologiae, ed. Migne, V, 39, 7, col. 224. La relativa a la invención de las artes literales resulta más tardía; se halla en Pedro Coméstor, de quien parecen derivar las noticias de don Pablo al respecto, Comestor, Historia scholastica, ed. Migne, col. 1090: “et dicebatur Zoroastres inventor magicae artis, qui et septem artes liberales, in quatuordecim columnas scripsit”. 60 Santa María, Las siete edades, ed. Conde, coplas 179, p. 308: “Pero después que así todo pasó/ fue repartida segund la profeçía/ en quatro partes toda su monarchía”. Cfr. Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, p. 22. 61 Santa María, Las siete edades, ed. Conde, copla 179, p. 308. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 763 para designar el imperio del caudillo macedonio, apunta a su naturaleza universal, fundamento de la concepción original de la translatio. Por otra parte, la breve referencia al destino del “reino de Egipto”, una de las cuatro partes de dicha monarquía, sometida finalmente al imperio romano, en virtud de la relación de Cleopatra con Julio César62, constituye una tácita apelación a la translatio. 3. REAPARICIÓN DE LA IDEA DE TRANSLATIO La idea de translatio reaparece con vigor en el siglo XV, fuera del ámbito propiamente historiográfico. Los dos autores que la exponen, Alonso de Cartagena (1385-1456) y Rodrigo Sánchez de Arévalo (1404-1470), prelados y curiales, eran ante todo eminentes juristas. Su tratamiento de la idea se revela deudor de la denominada teoría curial de la traslación y, a su vez, de la sólida formación jurídica de ambos autores. Aunque ambos cultivaron la literatura histórica, no es en este ámbito donde figuran sus consideraciones sobre la translatio. Sus intereses se sitúan más bien en el debate político-jurídico en torno a la institución imperial, en relación tanto con el poder soberano de las monarquías como con las aspiraciones políticas del Pontificado en el Bajo Medievo. 3.1. En la obra de Alonso de Cartagena Ya en su primera obra original, el Memoriale virtutum (ca. 1425), se localiza una referencia a uno de los episodios de la translatio: el traspaso del imperio de asirios a medos. Cartagena reflexiona sobre la necesidad de que el príncipe sea virtuoso; la historia le ofrece numerosos ejemplos de cómo imperios y reinos han sucumbido por los vicios de sus regidores. Aduce en primer lugar el caso del imperio asirio: Asiriorum imperium, quod inter reliqua diuturnitate et antiquitate temporis primatum tenuit, cu[m] a Nino rege incepisset et longissima per t[em]pora continuitatis regibus currens usq[ue] ad dies Ozie regis Juda durauisset, propter effeminatam molliciem Sardanapali principis per Arbachum prefectum medorum destruitum est63. 62 63 Ibidem, copla 180, p. 308. Cartagena, Memoriale virtutum, ms. 9178, f. 72r. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 764 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO Ciertamente está ausente de modo explícito la idea de translatio. Mas si se atiende a la fuente de este pasaje, se confirma la tácita referencia a la translación, pues san Isidoro incluía en su crónica como hechos consecutivos la derrota de Sardanápalo a manos de Arbaces y la transferencia del imperio a los medos64. El propósito de don Alonso era ante todo mostrar las consecuencias letales de los vicios de los gobernantes: con la destrucción quedaba cumplido el propósito didáctico de la historia del imperio asirio. No le interesaba, por tanto, su suerte ulterior. La translatio presentaba en el Memoriale una dimensión ante todo moral. Desde presupuestos diferentes Cartagena desarrollaría, años más tarde, la idea de translatio. En primer lugar, como marco de una suerte de compendio de historia del Derecho Romano, incluido en su Tractatus super lege Gallus, la lección magistral que pronunció en la universidad de Aviñón en el alto que hizo la legación castellana enviada al concilio de Basilea (1434), de la que formaba parte. Don Alonso traza una periodización de la historia del imperio romano, constituida por cinco etapas –denominadas status–, para mostrar la evolución de las leyes que componen el Corpus Iuris Civilis. Dicha periodización viene a corresponderse con la serie de translationes imperii. La primera etapa se extiende desde Julio César hasta Constantino el Grande65. Con el traslado de la capital del imperio a Constantinopla, llevado a cabo por Constantino, se inicia la segunda etapa, resultado de la translatio a los griegos66. Se trata, pues, de una transferencia meramente 64 Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, según el ms. matritense, p. 402: “nam Sardan. ultimus monarchus victus ab Arbace prefecto suo (...) semet ipsum concremavit et tunc Arbaces monarchiam ad Medium transtulit”. A san Isidoro se debe asimismo la referencia cronológica relativa a la coetaneidad del rey Ozías, ibídem, p. 442. El Tudense reproduce el episodio en cuestión sin dicha referencia cronológica, Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, p. 15. Es posible que pesara en Cartagena asimismo el recuerdo de la lectura de Beda el Venerable, ya que hay coincidencia verbal, al indicarse que Arbaces “destruyó” el imperio asirio, Beda, Chronica, ed. Mommsen, p. 265: “Arbaces Medus Assyriorum imperio destructo regnum in Medos transtulit”. 65 Tractatus, cod. 42, ed. Krammer, f. 7r a: “A Iullio Cesare usq[ue] ad Constantinum Magnum exclusiue fuit primus status imp[er]ii”. Hay edición moderna y traducción de este texto, Sánchez Domingo 2001, pp. 284-388. Se cita, en cambio, por el manuscrito para adoptar otra puntuación y, sobre todo, por la transcripción totalmente arbitraria que hace el editor moderno de las abreviaturas de las citas jurídicas, cuyo contenido parece ignorar. 66 Tractatus, cod. 42, ed. Krammer, f. 7r b: “Secundus status imp[er]ii fuit a Constantino primo, qui dictus est Magnus, qui imp[er]ium tra[n]stulit in Grecos ad Constantinopolim”. En Occidente esta translatio fue conocida sobre todo a través de la donación de Constantino, cuyo texto se incorporó al Decretum de Graciano, ed. Migne, D.96 c.14 §7, col. 464, efectivamente aducido por don Alonso –dicha cita es irreconocible en la edición de Sánchez Domingo, que transcribe la abreviatura de distinctio (en ablativo, distinctione) como “de”, así, sin desarrollar, como si se tratara de la preposición “de”, Sánchez Domingo 2001, p. 319 (!)– para documentar la transferencia de la capitalidad. Sobre la versión del Constitutum Constantini incluida en el Decretum véase Petersmann 1974, pp. 389-399. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 765 local. Don Alonso reordena la serie de pueblos que ostentaron el dominio imperial, trasladando la etapa de los griegos a la evolución del Imperio Romano, con lo que restringe la amplia visión histórico-universal de la idea de translatio imperii a lo que en el esquema tradicional representaba un solo episodio. La tercera etapa corresponde al dominio de los germanos o francos, a quienes les fue transferido el imperio en tiempo del emperador Miguel67. Se extiende entre Carlomagno y Luis I (en realidad, Luis III el Ciego, rey de Provenza). Se aduce la decretal Venerabilem68. No se le escapaban a don Alonso las divergencias entre los datos ofrecidos por cronistas y canonistas, respectivamente. Según la glosa del canonista Tancredo a la decretal Venerabilem, el papa Esteban II coronó a Carlomagno como emperador el año 77669, pero en ese año era pontífice Adriano I. El docto prelado burgalés resuelve hábilmente el anacronismo proponiendo dos momentos para la translatio: incoación y perfección. En tiempo del papa Esteban se inició y se consumó con Adriano70. El vínculo de éste con la translatio podría derivar de dos fuentes históricas: Las siete edades trovadas de su padre, don Pablo de Santa María, le ofrecían el dato de la coronación de Carlomagno por el papa Adriano; el Chronicon de Martín Polono, a su vez, la relación de dicho pontífice con una translatio de griegos a francos, sólo que artium, no imperii71. La cuarta etapa tiene lugar con el traspaso del imperio de germanos o francos a italianos. Cartagena constata que no todas las crónicas reconocen tal translatio, tal vez debido a la escasa duración de este período. Su primer emperador fue Berengario72. La última translatio transfirió 67 Tractatus, cod. 42, ed. Krammer, f. 7r b: “Terci[us] status imp[er]ii fuit in quo imperauerunt Germani. Nam t[em]pore Michaelis traslatum est imp[er]ium a Grecis in Germanos”. 68 Ibidem, f. 7r b < Liber extra, ed. Friedberg, 1.6.34, cols. 79-82. 69 Con relación a la identidad del papa que intervino en esta translatio, Cartagena incurre en el error histórico que se había consagrado en la literatura canonística: la atribución al papa Esteban de la coronación imperial de Carlomagno, que deriva de la glosa de Tancredo a la decretal Venerabilem. Este canonista utilizó como fuente histórica la crónica del monje irlandés Marianus Scotus (1028-1082) o bien un extracto de ésta, que refiere que el papa Esteban II ungió a Pipino y a sus dos hijos, Carlomán y Carlomagno, Scotus, Chronicon, ed. Migne, col. 761: “776. 13 [DCCLIV] Unxit autem Stephanus duos filios Pipini Carolomannum et Karolum Magnum in imperatores 5 Kal. August”. E interpretó la unción como otorgamiento de la dignidad imperial, por lo que dicha ceremonia se asimiló a la de coronación imperial. La autoridad de que gozó dicha glosa consagró el error histórico en la doctrina de la translatio imperii: Vicente de Beauvais se acoge en su Speculum historiale a dicha decretal como autoridad en la cuestión de la translatio, Goez 1958, pp. 194-198, 203, 205. 70 Cartagena, Tractatus, cod. 42, f. 7r b. 71 Santa María, Las siete edades, ed. Conde, copla 240, p. 320a; Polono, Chronicon, ed. Weiland, p. 426. 72 Cartagena, Tractatus, cod. 42, f. 7r b: “Quartus status fuit in quo cessauerunt imp[er] are Germani seu Fra[n]ci et redactum est imp[er]ium ad Ytalicos. Et de hoc statu non faciunt ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 766 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO el imperio a los sajones; su primer titular fue Otón I, que inicia el quinto status73. Cuatro translationes imperii, pues, contempla Alonso de Cartagena en su Tractatus. La idea de translatio imperii adquiere un cariz en cierto modo particularista: instrumento de periodización de la historia del Imperio Romano, marco, a su vez, de la historia del Derecho Civil, objeto en realidad de su exposición. Se desplazaba así la originaria perspectiva escatológica del esquema histórico de sucesivos imperios a la estrictamente política, lo cual venía determinado por la índole esencialmente jurídica del discurso en que se insertaban las consideraciones de Cartagena. En el curso de su misión en Basilea, don Alonso tuvo una experiencia decisiva para su concepción de la institución imperial: su presencia en la coronación de Alberto II como rey de Romanos en calidad de embajador de Castilla (1438). Las relaciones diplomáticas con el Imperio, a la vez que la constatación directa de la realidad institucional hubieron de suscitar en el embajador castellano un replanteamiento de sus ideas acerca del hecho imperial, que tuvieron su primera plasmación en el discurso pronunciado en Bratislava ante la corte imperial el 20 de noviembre de 143874. Entre la elite política y cultural castellana las noticias sobre las relaciones diplomáticas de Castilla con la corte imperial junto con las relativas al prestigio de Cartagena como embajador suscitarían la curiosidad por la realidad del imperio75. Fernán Pérez de Guzmán, amigo de don Alonso, le planteó a éste hacia 1442 la siguiente cuestión: ¿son los títulos real e imperial iguales o uno precede al otro?76. Teoría política y ceremonial diplomático (las sempiternas querellas sobre precedencia) están en la base de dicha cuestión. La presencia del imperio en el horizonte de la política exterior de Castilla obligaba a un replanteamiento de la naturaleza del poder imperial. mencione[m] omn[e]s cronice, quia modicum durauit. Sed tamen aliq[ue] ystorie interserunt hoc et imp[er]auerunt in hoc quarto statu a Berengario primo usque ad Berengarium q[ua] rtu[m] inclusiue quasi VII imp[er]atores”. 73 Ibidem, f. 7r b: “Q[ui]nt[us] status fuit q[ua]ndo cessauerunt imp[er]are Ytalici et inceperunt imperante (sic) Theuthonici. Incepit autem quintus status ab Octone primo [et] durat usq[ue] in hodiernum diem”. 74 Para la misión diplomática de Cartagena en la corte imperial véase Fernández Gallardo 2002, pp. 209-223. 75 Testimonio significativo de tal curiosidad sería la relación de los actos ceremoniales de la coronación de Federico III en Roma en 1452, que revela la demanda de tal linaje de noticias, BNE, ms. Res/35, ff. 76r-78v. 76 Primera de las doce que le envió en 1442 para que se las revolviera. Don Alonso solo respondió a cuatro en obra que denominó Duodenarium. Véase Fernández Gallardo 2012, pp. 184-228. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 767 En el riguroso desarrollo de su respuesta se le imponía a don Alonso tratar la cuestión de la translatio imperii, para poder dar razón de las vicisitudes del Imperio Romano, con el que enlazaba el de su tiempo. El obispo de Burgos reitera el esquema desarrollado en el Tractatus. Acota de este modo un tramo específico en la serie de traslaciones, pretiriendo las anteriores, a las que remite de modo impreciso77, y situándose en el ámbito de discusión propio de la teoría curial de la translatio y del debate político en torno a la naturaleza del imperio y su relación con el Pontificado78. La serie de transferencias se inicia con el traslado de la capital imperial a Oriente, para justificar la titularidad del imperio entre los griegos, de quienes pasaría, a su vez, a Carlomagno, que, aunque computa como segunda translatio, en realidad viene a constituir el punto de partida de la serie79. Pues la primera transferencia era meramente local, se advierte cierta inconsecuencia entre el fundamento aducido para dar razón de las transferencias, el paso de la titularidad del imperio de una nación a otra, y la realidad efectiva de la primera de ellas, que no conllevaba tal cambio. El peso de la teoría curial, centrada en la coronación imperial de Carlomagno, determinaba el inicio de la serie de translationes. Mas, dado que en la que protagonizó Carlomagno se producía el traspaso de griegos a francos, había que justificar el origen del poder imperial de los primeros, que remontaba al traslado de la capital del imperio. En la medida en que el imperio se transfiere de un pueblo a otro, se justifica que la elevación de Carlomagno a la dignidad imperial se presente en los términos de representación, “personificación” del pueblo franco. El papa viene a ser una suerte de medio o instrumento en el proceso de transferencia, de manera que la plena facultad de otorgar el poder imperial que le reconoció la teoría curial quedaba en cierto modo atenuada. 77 Duodenarium, p. 192: “Notandas namque et grandes quatuor inter ceteras translaciones habuit”. 78 En la medida en que uno de los presupuestos básicos de ésta era la idea de que en el año 800 hubo una transferencia del imperio de los griegos a los francos, Goez 1958, p. 137. De hecho, el primer tratado sobre la translatio imperii establece tres translationes, que se corresponden con las tres primeras de Cartagena, Tractatus de origine ac translatione et statu Romani imperii, ed. Krammer, p. 73. Destaca la inspiración curial de esta obra, que cabe fechar hacia 1308, Goez 1958, pp. 218-219. No es probable que Cartagena la conociera, pues de ser así no habría incurrido en el grueso error histórico de implicar a Esteban II en la coronación de Carlomagno. Más bien se acogería a la línea doctrinal derivada de esta obra. 79 Cartagena, Duodenarium, ed. Fernández Gallardo, Jiménez Calvente, p. 192: “Imperarunt enim principes primi sub imperii flore in Ytalia perseuerantes, deinde imperio per Constantinum Magnum in orientem deducto in Constantinopoly, quam Bisuncium vocabant sedem imperialem fecerunt; demum a Grecis in Germanos seu Francos in personam Karoli Magni per Stephanum Papam imperiu(m) translatum est. Que translacio dici merito secunda potest”. Quizás en este punto Cartagena tome los datos de la crónica canónica de papas y emperadores. Cfr. Polono, Chronicon, ed. Weiland, p. 426: “Hic [= Esteban II] (...) imperium a Grecis transtulit in Germanos in personam magnifici regis Karoli”. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 768 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO En lo que respecta a las dos últimas transferencias, don Alonso se hacía eco de la tradición historiográfica que establecía varias translationes posteriores a Carlomagno. Ahora bien, la asumía con espíritu crítico, expresando su disconformidad con los fundamentos en que se basaba la tercera de ellas. La línea de emperadores francos se extiende de Carlomagno a Luis III, bajo el cual se produjo el traspaso de una parte del imperio a los italianos, asumiendo el rey de Italia Berengario el título imperial80. Cartagena estima inadecuado considerar la pérdida de los dominios italianos como translatio imperii81. La causa aducida de tal traspaso revela la asunción de planteamientos propios de la teoría curial, pues el Imperio se subordina a la protección de la Iglesia. Ahora bien, no deja de incurrir en inconsecuencia al exponer los motivos de su desacuerdo con la localización de la tercera transferencia, pues la alternativa que sugiere tiene un fundamento dinástico, no nacional. Así, señala que aún quedaba un representante de la dinastía carolingia, sugiriéndose que sólo el fin de ésta daría lugar a una translatio82. Y de hecho, en una obra histórica muy difundida, las Flores temporum (fines del siglo XIII), se enfatizaba la condición de Conrado de último representante de la estirpe carolingia, a la vez que se hacía coincidir su desaparición con la transferencia del imperio de los francos a los sajones83 –don Alonso señaló el origen sajón de Otón I–. La cuarta y última transferencia enlazaba con la realidad contemporánea. Otón I expulsó a Berengario IV y asumió el imperio, que pasó, de este modo, de italianos a teutones84. El motivo que se aduce para este traspaso es la 80 La noticia de que el imperio pasó de los francos a los italianos, en la persona de Berengario, porque aquéllos fueron negligentes en defender a la Iglesia, aparece por ejemplo en el Chronicon Holtzatiae, compuesto en 1448 por un presbítero de Bremen, Goez 1958, p. 209. En la crónica de Martín Polono, obra que hubo de consultar Cartagena, se indica por un lado que Luis III no llegó a ceñir la corona imperial y que con él terminó la serie de emperadores carolingios, dado que no sólo no favorecían las iglesias, sino que las esquilmaban; por otro, que los italianos empezaron a ejercer el poder en el imperio, Polono, Chronicon, ed. Weiland, p. 463. Don Alonso funde, al igual que el Chronicon Holtzatiae, ambas noticias. 81 Cartagena, Duodenarium, ed. Fernández Gallardo, Jiménez Calvente, p. 194: “Deinceps multis ex Francis successiue imperantibus ad Ludouicum tercium imperialis principatus deuenit. Quo eclesiam, ut decebat, non defendente magna pars imperii ad Ytalicos reuersa est. Que alteracio tercie translacionis nomen non ab re assumere debet. Et Berengarius primus in Ytalia imperare cepit”. 82 Ibidem, p. 194: “licet Corardus, Ludouici filius, in parte Germanie regnaret. Quo deficiente progenies Caroli penitus in regno Germanie defecit”. 83 Goez 1958, p. 207. 84 Cartagena, Duodenarium, ed. Fernández Gallardo, Jiménez Calvente, p. 194: “Post hec autem Berengario quarto nimia feritate Ytaliam premente [et] per Ottonem primum Saxonie ducem, a sede repulso ad Theotonicos apud quos hodie manet imperium quarta alteracione translatum fuit”. Cartagena se hace eco de la crónica canónica de papas y emperadores. Cfr. Polono, Chronicon, ed. Weiland, p. 464: “Qui Berengarius nimia feritate premebat Ytaliam”. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 769 tiranía del último emperador italiano. Cartagena enlazaba así con el planteamiento moral desarrollado en el Memoriale. En el concepto de translatio imperii que tiene don Alonso parecen confluir dos tradiciones: la teoría curial, centrada en la coronación de Carlomagno, y las diferentes versiones de translationes posteriores que circulaban en la literatura historiográfica. Su visión es eminentemente nacional85. La titularidad del imperio pasa de un pueblo a otro. Griegos, francos, italianos y teutones: tal es la serie propuesta en el Tractatus y en el Duodenarium, en el cual, sin embargo, se invoca el principio dinástico para mostrar lo inadecuado de la que él considera tercera translatio. El interés de don Alonso por la idea de translatio es fundamentalmente histórico, por lo que quedaban preteridos los aspectos doctrinales, especialmente aquellos en torno a los cuales giraba el debate sobre el alcance de la intervención pontificia en el acceso de Carlomagno a la dignidad imperial. Esa perspectiva histórica se acomodaba a diversos propósitos: ofrecer el marco evolutivo del Derecho Civil y destacar la dimensión ejemplar de la serie de translationes, en las que destacaba la perversión y la tiranía del emperador del que se transfiere el imperio. 3.2. Sánchez de Arévalo: al servicio de la propaganda pontificia Unos veinticinco años más tarde, con finalidad muy diferente desarrollaría la idea de translatio el discípulo más destacado de Alonso de Cartagena, Rodrigo Sánchez de Arévalo. Sus ideas sobre el imperio están en estrecha relación con la defensa de los intereses del pontificado. A este respecto, se muestra valedor de las tesis hierocráticas más extremas. Desde esta perspectiva, se replanteó los fundamentos del poder político para definir un orden en que el papa constituía la fuente de legitimidad de todo poder. Se imponía, por tanto, redefinir el papel y la función del imperio. Y a tal efecto, la idea de translatio imperii jugaba un destacado papel en la construcción argumentativa. Sánchez de Arévalo ofrece una doble perspectiva de dicha idea: por un lado, contempla la serie completa de los imperios universales y por otro, limita su consideración a la derivada de la transferencia que se llevó a cabo en la persona de Carlomagno. 85 Y es que quedó consagrada como esencia de la idea de translatio la transferencia de poder de un pueblo a otro, que se afirmaba al serle reconocida a los francos su condición de Reichsvolk ya en la Vita Willehadi (ca. 850), Goez 1958, p. 73. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 770 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO 3.2.1. La perspectiva bíblica Arévalo compuso su tratado De origine ac differentia principatus imperialis et regalis para dilucidar el origen y diferencia de los principados imperial y real, respectivamente, y por quién y por qué motivo pueden ser corregidos y depuestos los reyes86. Se ha fechado en 146787. El autor se hallaba entonces en Roma, al servicio de Pablo II, que nada más acceder al solio pontificio lo nombró alcaide de Sant’Angelo. Esta obra forma parte de la tratadística de tema político y eclesiológico que impulsó Pablo II para fundamentar ideológica y doctrinalmente sus aspiraciones a una efectiva plenitudo potestatis88. Don Rodrigo se reveló como uno de los más celosos valedores de la concepción hierocrática del pontificado. En coherencia con la tajante afirmación de la supremacía del pontífice en lo temporal, se veía impelido a impugnar la legitimidad del poder universal de la institución imperial. Y en la medida en que ésta se proclamaba heredera del Imperio Romano, con acertada estrategia polémica, Arévalo concentró el esfuerzo confutatorio en minar las bases de su legitimidad. Y efectivamente, la primera conclusión que formuló tras examinar las formas de adquisición del principado es que el dominio romano sobre reinos y provincias es tiránico por cuanto se fundaba en la usurpación89. Se impugna asimismo la legitimidad de los imperios que lo antecedieron y de los que podía considerarse como sucesor. Ciertamente, tal era el corolario de la atribución exclusiva al papa de la titularidad de la monarquía universal. Los imperios a que se alude son los que forman la serie de imperios universales conforme a la interpretación de la profecía de Daniel. Se destaca su carácter universal mediante el concepto de monarquía90. Aparece la consabida serie de cuatro imperios: se identifican asirios y caldeos, por un lado, y medos y persas, por otro, que constituyen los dos primeros; griegos y romanos completan dicha serie. Arévalo localiza la causa de la ilegitimidad de los imperios en su origen: usurpación y violencia91. Se invierte, de este modo, la perspectiva propia de la idea de translatio, que 86 Sánchez de Arévalo 1521, f. 7v. Datos bibliográficos en Laboa 1973, p. 421. 88 Modigliani 2000, p. 686. 89 Sánchez de Arévalo 1521, f. 17r: “Roman[us] Populus & eius principes & imperatores nullo iusto titulo, sed tyranice & usurpatiue & per violentiam dominium & iurisdictione[m] ad regna & prouincias orbis occuparu[n]t & obtinueru[n]t”. 90 Ibidem, f. 16v: “reperiemus quatuor primas monarchias siue quatuor imperia orbis sibi inuicem sucede[n]tia videlicet: Asyriorum, Caldeo[rum], Medorum & Persarum, Greco[rum], Romano[rum] incepisse per vsurpationem & violentiam nec habuisse iustum & rectum titulum”. 91 Uno de los loci bíblicos de la idea de translatio destacaba como causas de la transferencia de poder la injusticia, la violencia, el engaño, Ecclesiasticus 10, 8. 87 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 771 incidía en los vicios de los conquistados. Es de notar que sólo se hace expresa mención de aquella translatio que con más vigor prendió en la tradición historiográfica: la de asirios a medos92. Las fuentes históricas son básicamente bíblicas, tanto el texto original, como los comentarios. Entre estos últimos cabría incluir la obra de Pedro Coméstor, aducida a propósito de la tesis de que Nemrod fue quien dio origen al imperio asirio93. Los loci bíblicos alegados son no sólo la fuente básica de la idea de translatio, el libro de Daniel, sino el de los Macabeos. Los glosadores del primero identificarán los imprecisos e indefinidos reinos a que se refiere el profeta con imperios reales e históricos: en primer lugar, Hipólito de Roma, avalado por san Jerónimo, quien sentaría las bases de dicha teoría94. Se aducen las profecías de Daniel a propósito de la translatio de asirios a persas y de la violencia y usurpación con que se impuso el Imperio Romano95. El libro de los Macabeos se cita para demostrar lo inicuo del acceso de Alejandro Magno al dominio imperial96. Para Arévalo la idea de translatio imperii era un argumento de su tesis acerca de la monarquía universal del papa. Ésta se fortalecía si se cerraba la posibilidad de que el dominio universal fuera ejercido con justo título por un príncipe secular. Don Rodrigo apelaba a la historia. Los imperios universales se habían revelado todos ellos inicuos si se consideraba su origen: usurpación y violencia. De ahí podía inducirse un principio más abstracto, el orden natural: la titularidad de la monarquía universal por parte de un príncipe laico es algo contra naturam97. La monarquía papal se asentaba, por tanto, en principios naturales. Arévalo venía a plantear una enmienda a la totalidad de la institución imperial. 3.2.2. En la órbita de la teoría curial Hacia 1467, a instancias del papa Pablo II, don Rodrigo compuso un opúsculo, el Liber de sceleribus et infelicitate perfidi Turchi98, en que refutaba 92 Sánchez de Arévalo 1521, f. 16v. Ibidem, f. 16v. Cfr. Coméstor, Historia scholastica, ed. Migne, col. 1088. 94 Goez 1958, pp. 17-20, 25-29. 95 Sánchez de Arévalo 1521, f. 16v < Daniel 5, 28; Ibidem, f. 17r < Daniel 7. 96 I Machabaeorum, 1, 1-2 > Sánchez de Arévalo 1521, f. 16v. 97 Ibidem, f. 48r. 98 Se conservan dos manuscritos en la BAV: Cod. Vat. Lat. 971, ff. 1-122 y Cod. Vat. Lat. 972, ff. 1-102. Se citará por el primero de ellos. Se adelanta la fecha de redacción propuesta por Trame 1958, p. 186: entre 1468 y 1469. Desarrollo de los argumentos al respecto en Fernández Gallardo 2014, pp. 474-475. 93 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 772 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO las tesis, difundidas desde círculos humanísticos filoturcos, que afirmaban la legitimidad del dominio del sultán Mehmed II sobre Constantinopla. El representante más destacado de estas ideas fue el filósofo y humanista bizantino Jorge de Trebisonda (1395-1486). La obra de Arévalo constituye, pues, un dispositivo de la maquinaria propagandística pontificia. El argumento nuclear del opúsculo consiste en una vehemente defensa de la plenitudo potestatis del papa, que se erige en fuente de legitimidad de todo poder, en la única. La idea de translatio cumple una precisa función dentro de la construcción argumentativa de De sceleribus Turchi. La tesis que alza el alcaide de Sant’Angelo es clara y terminante: todo imperio y todo principado proceden de Dios99, luego han de ser instituidos por la iglesia; el papa, como vicario de Cristo, ejerce la suprema jurisdicción en lo temporal100. La idea de translatio era invocada para mostrar la plenitud del poder papal: el papa posee la facultad de transferir el imperio de un pueblo a otro101. Arévalo venía a ser uno de los más ardientes defensores de la teoría curial. Se apartaba de la doctrina desarrollada por Cartagena en su Duodenarium al negar que Constantino hubiese llevado a cabo una transferencia del imperio a los griegos, sobre la base de que el Imperio Romano había sido cedido al papa Silvestre. En todo caso se trataría de una translatio personal, no real102. En la base del razonamiento de Rodrigo se sitúa la doctrina de la Donación de Constantino, que constituiría una suerte de referente tácito103. A su vez, hacía una interpretación de la donación en la que se extremaban los planteamientos papalistas, de manera que no reconocía pleno derecho al emperador donante, pues la Iglesia no había renunciado nunca al dominio temporal, por lo que más que de donación se trataría de una restitución104. 99 Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 11r: “Nec obstat quod om[n]is potestas a domino Deo est”. Arévalo se acoge al locus paulino en la forma asertiva, Ad Romanos 13, 1. 100 Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 25v: “nec alius conf[er]endus est imp[er]ator Romanorum nisi ab Eccl[es]ia institutus, conformatus & coronatus”. 101 Ibidem, f. 33r. 102 Ibidem, f. 23v. En este punto, Arévalo se mantendría apegado a la doctrina de la Donación, conforme a la ceñida exégesis de Ullmann 1970, pp. 81-82. 103 Así, el motivo del cambio de la sede imperial, obedece a los alegados en la Donación de Constantino. Cfr. Constitutum Constantini, ed. Fuhrmann, pp. 94-95: “quoniam, ubi principatus sacerdotum et christianae religionis caput ab imperatore caelesti constitutum est, iustum non est, ut illic imperator terrenus habeat potestatem”. Para la idea de la partida de Constantino de Roma para no colisionar con el poder papal véase Fried 2007, pp. 49-52. 104 Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 23r: “non enim Constantinus transtulit imp(er)ium Romanum ad Constantinopolim, set cessit B[ea]to Siluestro imp[er]ium occidentale non ex ui donationis, cum Constantinus non potuit donare q[uo]d suum non erat. Nec unquam dominium reru[m] temporalium fuit abdicatum ab Eccl[es]ia, set fuit quedam cessio seu remissio & bone fidei recognitio & restitutio eius q[uo]d erat Eccl[es]ie”. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 773 Arévalo parece marcar distancias con respecto a uno de los fundamentos de la doctrina hierocrática: ¿acaso porque sentía sus dudas acerca de la autenticidad del Constitutum Constantini? No hay que perder de vista que ya había sido cuestionado por Nicolás de Cusa en De concordantia católica (1433/1434) e impugnado terminantemente Lorenzo Valla, pocos años más tarde. Al limitar el alcance jurídico del acto de donación, que se tornaba restitución, la titularidad de la Iglesia sobre los dominios temporales de Occidente quedaba a resguardo de la invalidación de dicha donación a que conducían la crítica de Cusa y Valla. Diríase que en Sánchez de Arévalo había prendido cierto escepticismo ante la validez de la Donación, por lo que limitaba su trascendencia jurídica como medida precautoria. Tres translationes, pues, considera Arévalo. Excluida como tal la atribuida a Constantino, coinciden con la serie establecida por Cartagena. La primera es, por tanto, la que se efectuó en la persona de Carlomagno105. Don Rodrigo ofrecía un desarrollo mucho más elaborado de los mecanismos de las transferencias. Se afanaba en sostener las tesis papalistas con erudición y rigor. Así, obvia el error histórico en que incurría su maestro, integrando la intervención en la coronación imperial de los dos papas que había consagrado la tradición, Esteban II y León III, y atribuyéndoles muy precisos y diferentes papeles, conforme al relato que al respecto ofrecía el Tractatus de origine et translatione et statu Romani imperii. La translatio se representa como un proceso que se inicia en tiempo de Esteban II y concluye y hace efectivo León III106. Arévalo prescindía de cualquier explicación histórica y recurría a las figuras del Derecho: con Esteban II la translatio comenzó dispositiue, esto es, conforme al sentido que este término poseía107, con una virtualidad normativa limitada, por lo que no era plenamente “efectiva”. Ese defecto de valor normativo es resuelto por el papa León III. Arévalo traducía a términos jurídicos el relato propiamente histórico del Tractatus. Atribuía a León III la coronación de Carlomagno, pero, a su vez, hacía referencia a la intervención del pueblo romano en tal ceremonia, más por la intención de destacar las prerrogativas papales que por prurito de exactitud histórica. Parece aprovechar la ocasión para no dejar duda de que el papa 105 Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24r: “tres imp[er]ii translationes reperiunt[ur] facte, quarum prima facta est in p[er]sona predicti Caroli Magni”. 106 Ibidem, f. 24r: “quequide[m] translatio incepit dispo[s]itiue tempore Stephani pape. Veru[m] tamen tunc non fuit facta translatio in eundem Carolum efectiue, set finaliter consumata est tempore Leonis pape tercii”; Cfr. Tractatus de origine ac translatione et statu Romani imperii, ed. Krammer, pp. 68-69: “Stephanus papa II [...] ordinavit imperium de Grecis in Francos transferre vivente tunc Pipino, non autem hanc translationem realiter perfecit... Unde non ipse Stephanus, sed Leo III. ipsum imperium transtulit seu concessit”. 107 Du Cange 1883-1887, t. III, s. v. dispositive, col. 141. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 774 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO posee en exclusiva la facultad de elegir al emperador, pues la participación del pueblo romano queda restringida a un asentimiento o conformidad con la iniciativa papal108. La filiación curial de la idea de translatio desarrollada por Arévalo se pone de manifiesto en la autoridad a la que se acoge para la exposición de la primera: la decretal Per venerabilem109. Se precisan los fundamentos de la segunda transferencia, que abundan en la afirmación de la prerrogativa papal sobre la elección del emperador. A la negligencia de Luis III en la defensa de la Iglesia se hace preceder un dato significativo: no recibió la bendición imperial, esto es, no fue coronado por el papa. Y este hecho viene a ser la consecuencia de dicha negligencia110. Si bien los datos parecen proceder de la crónica de Martín Polono111, Arévalo les imprimía un decidido sesgo papalista, sometiéndolos a una amplificatio doctrinal, incorporando datos y matices de considerable calado jurídico-político. Así al añadir la inhibición ante las agresiones de que era objeto la iglesia de Roma, estaba afirmando tácitamente la subordinación del imperio, en tanto que la defensa del Pontificado se erigía en su razón de ser, en el fundamento de su legitimidad. Arévalo hace una lectura radicalmente curial de la crónica de Martín Polono112, alterando la literalidad del texto cronístico en aras de la afirmación de las prerrogativas papales. Para la tercera translatio se reorganiza y, en cierto modo, amplifica el relato de la fuente hasta ahora utilizada en una dirección que viene destacar la intervención del papa en los hechos que condujeron a la promoción de Otón I a la corona imperial. El inicuo imperio de Berengario IV recibe una precisa calificación político-jurídica: tiranía. Ante tal situación, es enviada una legación de la Santa Sede y de los lombardos a Otón I. Arévalo ordenaba e integraba en una narración más sencilla la serie de hechos referida por la crónica de Martín Polono, a la vez que modificaba algunos de ellos para destacar la 108 Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24r: “Qui siquidem Leo p[a]pa cum consensu totius populli (sic) Romani, qui iam dudum, ut diximus, recesserat a constantinopolitinis imp[er]atoribus, coronauit Rome Carolum Magnum in imp[er]atorem”. 109 Ibidem f. 24r. 110 Ibidem, f. 24r-v: “Secunda translatio imp[er]ii facta fuit a Francis seu Germanis in Italicos tempore Ludouici terc<c>ii imp[er]atoris (...) Benedictionem tamem (sic) imp[er]ialem non habuit nec ad coronam imp[er]ii potuit p[er]uenire, cuius causa fuit quia Franci eccl[es]ias, quas progenitores eorum extruxerant, non fouebant, set poci[us] dissipabant nec iuuabant Romanam eccl[es]iam contra molestantes & impugnantes eam”. 111 Pues hay paralelos verbales. Cfr. Polono, Chronicon, ed.Weiland, p. 463: “Arnulpho succedit filius eius Ludoycus, sed ad coronam imperii non pervenit. Unde ipse fuit finis imperii quantum ad posteritatem Karoli, culpis exigentibus quia ecclesias, quas patres eorum extruxerant, non fovebant, sed pocius dissipabant”. 112 Ibidem, p. 463. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 775 intervención papal113. La manipulación más relevante es la que transforma la petición de algunos cardenales y magnates romanos en la del propio papado, al que se viene a atribuir, así, la facultad de elegir al emperador. Arévalo eliminaba de la fuente seguida la sugerencia de participación del pueblo romano en la coronación de Otón114, para que no quedara duda de la exclusividad de la atribución papal. Para don Rodrigo los sujetos de las sucesivas translationes son pueblos, naciones, antes que dinastías. Griegos, francos (o germanos), italianos y teutones componen la serie de pueblos que ostentaron sucesivamente la titularidad del imperio. A pesar de que su interés era jurídico-político antes que histórico, Arévalo revelaba sensibilidad cronística, en la medida en que incluía puntuales datos cronológicos, tanto la fecha en que se produce la translatio como la duración de cada uno de los imperios115. Por encima de las inevitables diferencias entre el Duodenarium y De sceleribus Turchi, se observa una muy significativa analogía en el desarrollo que maestro y discípulo hacen de la idea de translatio imperii. La serie de transferencias imperiales coincide en ambos autores, debido en buena medida a que utilizan la misma fuente. Ahora bien, hay una analogía que podría considerarse indicio de relación entre ambas obras: tras la indicación de que la titularidad del imperio por parte de los teutones se mantiene hasta el presente, se hace referencia al procedimiento de elección del emperador. Mas con una diferencia muy considerable: Cartagena se extiende con detalle en el ritual de la coronación, mientras Arévalo se limita a constatar la existencia de una normativa al respecto116. 113 Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24v: “Tercia uero translatio facta fuit ab Italicis in Teutonicos, Berengario siquidem 4º tiranizante pocius quam imperante & Italiam feritate nimia opprimente, ab Apostolica Sede & a Lonbardia mituntur legati ad Octonem, regem Teutonie, de tyranide Berengarii conquerentes. Octo uero pro corona imp[er]ii uocatus, cum Romam peteret & in Lonbardiam uenisset, Berengarium finaliter captiuauit & in exilium misit”; Cfr. Polono, Chronicon, ed.Weiland, pp. 464-465. Tal vez la adición de la legación lombarda sea una inferencia que Arévalo hace de la fuente seguida, antes que una lectura apresurada de la misma. Cfr. Ibidem, pp. 464-465: “Otto vero pro corona imperii vocatus, Romam tendendo, cum in Lombardiam venisset”. 114 Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24v: “Romamq[ue] ueniens a Io[anne] p[a]pa XII & a Romanis solepniter est receptus & imp[er]ium est adeptus”; < Polono, Chronicon, ed. Weidland, p. 465. 115 Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24r-v. Es de notar que el Tractatus de origine ofrece un cuidadoso cómputo tanto de las generaciones que se sucedieron tras cada translatio como de los años que estuvieron al frente del imperio. Arévalo coincide con esta obra en los años que duraron los emperadores griegos, pero difiere en los de la dinastía carolingia, Ibidem, f. 24; Tractatus de origine actranslatione et statu Romani imperii, ed. Krammer, pp. 68, 70-71. 116 Cartagena, Duodenarium, ed. Fernández Gallardo, Jiménez Calvente, p. 194: “imperialisque culminis delacio sub certis electionum regulis certoque electorum numero reducta est, vt sic ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 776 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO Las innegables analogías delatan una relación que si no por la vía de la dependencia textual habrá que fundamentarla en charlas y coloquios entre maestro y discípulo, como aquellos de que dejó memorable testimonio el diálogo que compuso el propio Cartagena, De Questionibus Ortolanis. No sería infundado suponer que en el curso de tales tertulias se adujeran los textos oportunos para argumentar las opiniones respectivas. Ello explicaría el que ambos compartan una fuente común para su exposición de las series de translationes. Cabe imaginar a los dos eruditos letrados comentando los pasajes oportunos del Chronicon de Martín Polono. Este contexto de debate daría cabal razón de que mantengan una acusada coincidencia en la exposición de los hechos, la serie de translationes, y, a su vez, diverjan en la interpretación de su dinámica. El acusado papalismo de que hace gala De sceleribus Turchi es lo más probable que germinara en el pensamiento de Arévalo a raíz de su incorporación a la curia pontificia. 3.3. Una ocasional referencia: Juan de Torquemada Con muy diferente objeto sería aducida la idea de translatio por Juan de Torquemada (1388-1468), eminente teólogo español del siglo XV: precisamente en una obra en la que polemizaba con Sánchez de Arévalo a propósito de la institución imperial. En su tratado sobre los principados imperial y papal, Arévalo había negado legitimidad al dominio universal del Imperio Romano, cuyo poder calificaba de tiránico y usurpador117. Torquemada respondió al punto con su Opusculum ad honorem Romani imperii et dominorum Romanorum118. De este modo, esta obra, al igual que De sceleribus Turchi, se sitúa en el marco del debate político que se ventilaba en la curia pontificia en torno al poder temporal del papa. Aunque tal vez haya que tener en consideración motivos de índole personal, si se tiene en cuenta que pocos años antes, en 1461, el papa Pío II atribuía a Sánchez de Arévalo, entonces obispo de Oviedo, los manejos urdidos cerca del rey electus trina corona, prima ferrea in Germania, secunda argentea in illa parte Ytalie, que olim Gallia Transalpina uocabatur, tercia aurea in Vrbe insignitus clarescat, vt qui per tres regionum denominaciones, Ytalie videlicet Gallie et Germanie, tres archiepiscopos in tres archicancellarios habet, in tribus hiis regionibus coronetur ac, rex Romano[rum] ex ipsa eleccione vocatus, imperator per terciam coronacionem vocetur”; Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24v: “consuetudo eligendi regem qui promoue[n]dus est in imp[er]atorem sup[er] qua consuetudine condita sun[t] plura decreta”. 117 Tesis que constituía la primera conclusión que se formula en esta obra, Sánchez de Arévalo 1521, f. 17r. 118 Editado por Jedin 1943, pp. 267-278. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 777 de Castilla Enrique IV para obstaculizar la promoción de Torquemada a la sede leonesa119. Torquemada se hallaba entonces en la curia pontificia, ocupado principalmente en el estudio120. Era a la sazón obispo de Sabina, tras haber resignado la sede de Orense (1465)121. Representa lo que se ha denominado vía intermedia entre las teorías papal y secular sobre las relaciones entre Iglesia y Estado122. Frente a los excesos papalistas de Arévalo, que le llevaba a negar legitimidad a todo poder que no se fundara en la verdadera religión, Torquemada, asimismo ideólogo del Pontificado, no siente escrúpulo alguno en vindicar el Imperio Romano en tanto que ordenado por la divina providencia. La polémica entre Torquemada y Arévalo se enmarca, a su vez, en el contexto de la renovación del interés por la institución imperial que impulsó Eneas Silvio Piccolomini, el papa humanista Pío II, con su opúsculo De ortu et auctoritate imperii Romani, sobre los fundamentos del Sacro Imperio Romano y las obligaciones del emperador, compuesto en 1446, cuando era secretario imperial de Federico III123. El futuro papa ponía su saber humanístico al servicio de la legitimación del imperio: una aproximación naturalista de inspiración ciceroniana para la vindicación de un poder universal como garante de la razón y la justicia124. Las radicales tesis papalistas de Sánchez de Arévalo constituían una tácita refutación de los planteamientos de Piccolomini. Torquemada, desde la ecuanimidad de su posición papalista, diríase que se mostraba alertado ante el radicalismo de su compatriota; sobre el canonista se imponía el teólogo que, a la zaga de san Agustín, sitúa el imperio en el plan de la Providencia divina. La idea de translatio le sirve para negar el carácter inicuo del imperio. Se acoge a la teoría curial, expresamente a la doctrina derivada de la decretal Per venerabilem, sólo que desplaza el acento del papado a la iglesia, a la que atribuye la facultad de aprobar y coronar a los emperadores125. Y en este punto, aducía expresamente la translatio por antonomasia, la que trans119 Beltrán 1977, pp. 525-526. La aspiración de Torquemada era ser útil a los papas y a la Iglesia a través de su teología: de hecho en toda cuestión de importancia su opinión gozaba de gran consideración y predicamento, Lederer 1879, p. 267. 121 Para los últimos años de Torquemada, transcurridos en la curia, véase ibidem, pp. 267-270 y, sobre todo, Beltrán de Heredia 1977, pp. 522-536. 122 Black 1992, p. 83. Acentúa, en cambio, su alineamiento papalista Orella 1976, pp. 447-449. 123 Destaca la incardinación de las reflexiones de Piccolomini sobre el imperio en su circunstancia biográfica Toews 1968, pp. 473-475. 124 Nederman 1993a, 1993b. Subraya, en cambio, el sesgo tradicional de la vindicación del imperio universal que hace Piccolomini, Toews 1968, p. 474. 125 Torquemada, Opusculum, ed. Jedin, p. 275: “Tertio potest deduci prefata conclusio ex eo, quod ecclesia Romana approbat et coronat imperatores...”. 120 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 778 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO firió el imperio de griegos a germanos: si la Iglesia elige y corona a los emperadores, éstos no pueden ser de ninguna manera tiranos y salteadores126. La idea de translatio es tratada de modo tangencial; a Torquemada no le interesa en modo alguno el fondo histórico, sino el fundamento doctrinal, que, por un lado, extrema en lo relativo a la subordinación del imperium al sacerdotium, mas limitando el alcance del poder papal, representado por la Iglesia de Roma. Torquemada se refiere a la translatio como un hecho consabido que no requería mayor explicación; de ahí que obvie cualquier fuente historiográfica y se acoja a la autoridad de la ciencia canonística. Antes que la persona de Carlomagno, se destaca la dimensión nacional o étnica, en la medida en que se identifica dicha transferencia sólo por los pueblos entre los que tuvo lugar. 4. NEBRIJA: LA TRANSLATIO IMPERII COMO MARCO DE LA TRANSLATIO STUDII Con Nebrija la idea de translatio imperii retoma la amplia perspectiva de los imperios universales a la vez que adquiere una significación hispana, sólo que por vía indirecta, en tanto que dicha idea proporciona el fundamento de aquella otra que le sirve de argumento nuclear para justificar el patronazgo regio en la promoción de la lengua castellana: la translatio studii, que ya había sido invocada por Santillana, Alonso de Palencia, Diego de Burgos y Juan de Lucena para vindicar la excelencia de la lengua y la cultura de Castilla127. Nebrija sitúa la preeminencia del castellano dentro de un proceso histórico regido por el vínculo entre auge político y esplendor cultural e idiomático, concepción que quedó consagrada en la máxima siempre la lengua fue compañera del imperio, la cual constituye una convicción arraigada en una profunda reflexión sobre el devenir histórico128. No se formula expresamente la idea de translatio129. Sólo en la medida en que la sucesión de las lenguas preeminentes va asociada a la de sus imperios correspondientes cabe identificar algunos hitos de dicho concepto. 126 Ibidem, p. 275: “Quarta conclusio videtur clara ex illo, quod dicitur, quod ecclesia Romana transtulit imperio de Grecis in Germanos, Extra de elect. [I 6] c. venerabilem, quia non potest dici, quod transtulerit latrocinium, sed imperium legitime possessum”. La fuente aducida es la consabida decretal, Liber extra 1.6.34, cols. 79-82. 127 Capelli 2002, pp. 59-63; amplia perspectiva histórica en Maravall 1966, pp. 216-220. Para el marco general de esta idea véase Wortsbrock 1965. 128 Nebrija, Gramática, ed. Lozano, p. 3. Nebrija integra las ideas al respecto de Lorenzo Valla y Gonzalo García de Santa María, Asensio 1960, p. 406. Pero, en definitiva, remontaban a san Agustín (véase las recientes consideraciones al respecto de Gómez Redondo 2012, pp. 678-681). 129 No reconocer este hecho es el defecto que invalida la interpretación de Bonmatí 1966, que asume un concepto tan laxo de translatio imperii que le resta sustantividad para caracterizar una idea política. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 779 El auge del imperio griego corresponde a la monarchía del gran Alexandre130. El término monarquía apunta directamente a la concepción universalista del imperio, la original de la translatio imperii. Sólo de modo indirecto cabría identificar una transferencia en la persona de Alejandro Magno, pues en él culmina el desarrollo de la lengua griega131. Mas queda al margen de la idea tradicional de translatio imperii, pues el relevo en la preeminencia cultural e idiomática se produce entre hebreos y griegos. En cambio, la sucesión de la supremacía del latín viene a corresponder con la serie de transferencias imperiales: el inicio del Imperio Romano, que adquiere cierta dimensión mesiánica al coincidir con la venida del Salvador132. Se mantiene el concepto de monarquía, lo que confiere cierta unidad a la serie de imperios en que se funda la preeminencia idiomática, al menos la sucesión de los de griegos y romanos. Nebrija ofrece, pues, fragmentos dispersos de la idea de translatio imperii. Aunque se invoca una sucesión de imperios sobre los que se asentaría el auge idiomático, no se desarrolla dicha idea, que viene a constituir más bien una teoría que no se lleva a la práctica. En rigor, tampoco cabe hablar propiamente de translatio studii. Antes que a la lengua como fundamento del saber, Nebrija se acoge a la idea de las tres lenguas sagradas (hebreo, griego y latín)133, que componen la secuencia histórica que sirve de marco a la exaltación del castellano. Y es que para él tal vez la concepción más genuina de la incardinación del hecho lingüístico en la vida social se evidencia sobre todo en la relación que media entre lengua, poder y religión134. 5. CONCLUSIONES La circulación de la idea de translatio imperii se revela limitada en la Castilla medieval. El hecho de que la obra de san Isidoro constituye una de las raíces principales de la historiografía hispano-medieval determinó un desarrollo reducido de dicha idea. Las específicas circunstancias políticas del reino visigodo en la época de san Isidoro dieron lugar a cierta aversión al imperio, dado que su representante de entonces, Bizancio, ocupaba parte de la península ibérica: no interesaba reconocer argumentos legitimadores del poder imperial y la idea de translatio imperii constituía uno de los más poderosos, en la 130 Nebrija, Gramática, ed. Lozano, p. 5. Ibidem, pp. 5-6. 132 Ibidem, p. 6. 133 Resnick 1990. 134 Como se pone manifiesto en Nebrija, De vi ac potestate litterarum, ed. Quilis, Usábel, pp. 37, 79. 131 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 780 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO medida en que se inscribía en un plan providencial. Mas tampoco era posible obviar la realidad, de ahí que aun cuando se omita el desarrollo del argumento se haga referencia a determinados momentos de la translatio. La gran oportunidad que pudo representar la obra historial de Alfonso el Sabio no cuajó en un desarrollo de la translatio imperii. Tal vez para la amplia perspectiva histórica del sabio monarca resultara dicho esquema limitado e insuficiente. Y es que si la historia era concebida como una sucesión de poderíos, no cabía obviar el del pueblo elegido, ajeno a la concepción tradicional de la translatio imperii. De modo inesperado reaparece siglo y medio más tarde en otra obra histórica de carácter universal, Las siete edades trovadas, de Pablo de Santa María: una referencia aislada a la translatio de asirios a medos, sin conexión alguna con otras transferencias. Hasta entonces la limitada presencia de la idea de translatio en Castilla se había manifestado en el ámbito historiográfico. Desde mediados del siglo XV, se desarrolla en otros ámbitos genéricos ligados a la reflexión y la propaganda política. Se observa un nuevo interés por dicha idea, vinculado al debate sobre la institución imperial, su naturaleza y fundamentos, que se desarrolla en diferentes campos, humanístico y vaticano. Dos autores, Alonso de Cartagena y Rodrigo Sánchez de Arévalo, dos grandes eclesiásticos y juristas, maestro y discípulo, van a ofrecer sendos desarrollos de la idea de translatio que constituyen una importante aportación hispana. Ambos autores asumen los planteamientos de la teoría curial, que en Arévalo presenta un desarrollo radical. Nebrija asume el fundamento teórico de la translatio imperii desde una perspectiva hispana como base de una translatio studii. Se trata únicamente de una idea implícita que no presenta desarrollo ni referencia específica alguna. 6. BIBLIOGRAFÍA FUENTES: Agustín de Hipona, De catechizandis rudibus, ed. Jaques Paul Migne, Patrologia Latina, t. XL, París, In via d’Amboise, 1865, cols. 309-348. Agustín de Hipona, De civitate Dei, ed. Jaques Paul Migne, Patrologia Latina, t. XLI, París, In via d’Amboise, 1845, cols. 13-804. Alfonso X, Las siete Partidas del rey don Alfonso el Sabio, cotejadas con varios códices por la Real Academia de la Historia, 3 vols., Madrid, Imprenta Real, 1807. Beda el Venerable, Chronica, ed. Theodor Mommsen, Monumenta Germaniae Historica, Scriptores. Auctores Antiquissimi, t. XIII, Berlín, Apud Weidmannos, 1898, pp. 247-327. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 781 Cartagena, Alonso de, Duodenarium, en Fernández Gallardo, Luis; Jiménez Calvente, Teresa (2015), Cultura castellana y letras latinas en un proyecto inconcluso: El Duodenarium (ca. 1442) de Alfonso de Cartagena, Córdoba, Almuzara, pp. 162-483. Cartagena, Alonso de, Memoriale virtutum, Biblioteca Nacional de España, ms. 9178. Cartagena, Alonso de, Tractatus super lege Gallus, Archivo de la Catedral de Burgos, cod. 42, ff. 1r-16r. Châtillon, Gautier de, Alexandreis, ed. electrónica en Bibliotheca Augustana URL: http://www.hs-augsburg.de/~harsch/Chronologia/Lspost12/ Gualterus/gua_al00.html [consulta: 21/07/2016] Coméstor, Pedro, Historia scholastica, ed. Jaques Paul Migne, Patrologia Latina, t. CXCVIII, París, In Via d’Amboise, 1855, cols. 1049-1722. Constitutum Constantini, ed. H. Fuhrmann, Monumenta Germaniae Historica, Leges. Fontes iuris Germanici antiqui in usum scholarum separatim editi, t. X, Hanóver, Impensis Bibliopolii Hahniani, 1968, pp. 55-98. Freising, Otón de, Chronica sive Historia de duabus civitatibus, V, ed. Adolf Hofmeister, Monumenta Germaniae Historica, Scriptores Rerum Germanicarum in usum scholarum separatim editi, t. XLV, Hanóver Leipzig, Impensis Bibliopolii Hahniani, 1912, p. 1-457. Gembloux, Sigiberto de, Chronica, ed. Georg Heinrich Pertz, Monumenta Germaniae Historica, Scriptores. Scriptores (in Folio), t. VI, Hanóver, Impensis Bibliopolii Aulici Hahniani, 1844, pp. 300-374. General Estoria, ed. Pedro Sánchez-Prieto Borja, Madrid, Biblioteca CastroFundación José Antonio de Castro, 2001, t. I-II. Graciano, Decretum, ed. Jaques Paul Migne, Patrologia Latina, t. CLXXXVII, París, Rue Petit Montrouge, 1861, cols. 30-1870. Isidoro Hispalense, Chronica, ed. Theodor Mommsen, Monumenta Germaniae Historica, Scriptores. Auctores Antiquissimi, t. XI, Berlín, Apud Weidmannos, 1894, pp. 424-481. Isidoro Hispalense, Etymologiae, ed. Jaques Paul Migne, Patrologia Latina, t. LXXXII, París, In via d’Amboise, 1850, cols. 9-728. Jerónimo, Commentariorum in Danielem Prophetam liber unus, Prologus, ed. Jaques Paul Migne, Patrologia Latina, t. XXV, París, In Via d’Amboise, 1845, cols. 491-584. Lactancio, Divinae Institutiones, ed. Jaques Paul Migne, Patrologia Latina, t. VI, París, In via d’Amboise, 1844, cols. 111-822. Liber extra (Decretales de Gregorio IX) = Corpus Iuris Canonici, ed. Emil Friedberg, t. II, Graz, Akademische Druck - U. Verlagsanstalt, 1959 [1879], cols. 1-1124. Libro de Alexandre, ed. Jesús Cañas Murillo, Madrid, Editora Nacional, 1983. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 782 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO Lucas de Tuy, Chronicon Mundi, ed. Andreas Schott, Hispania Illustrata, t. IV, Fráncfort, Apud Claudium Marnium, 1608, pp. 1-116. Nebrija, Antonio de, De vi ac potestate litterarum, ed. trad. Antonio Quilis; Pilar Usábel, Madrid, Sociedad General Española de Librería, 1987. Nebrija, Antonio de, Gramática sobre la lengua castellana, ed. Carmen Lozano, Madrid, Real Academia Española, 2011. Polono, Martín, Chronicon pontificum et imperatorum, ed. Ludwig Weiland, Monumenta Germaniae Historica, Scriptores. Scriptores (in Folio), t. XXII, Hanóver, Impensis Bibliopolii Aulici Hahniani, 1872, pp. 377-475. Primera Crónica General de España, ed. Ramón Menéndez Pidal, 2 vols., Madrid, Gredos, 1977. Sánchez de Arévalo, Rodrigo (1521), De origine ac differentia principatus imperialis et regalis, Roma, Apud Stephanum Guillireti. Sánchez de Arévalo, Rodrigo, Liber de sceleribus et infelicitate perfidi Turchi, Biblioteca Apostólica Vaticana, Cod. Vat. Lat. 971, ff. 1-122. Santa María, Pablo de, Las siete edades del mundo, en Conde, Juan Carlos (1999), La creación de un discurso historiográfico en el Cuatrocientos castellano. Las siete edades del mundo de Pablo de Santa María, Salamanca, Ediciones Universidad de Salamanca, pp. 267-410. Scotus, Marianus, Chronicon, ed. Jaques Paul Migne, Patrologia Latina, t. CXLVII, París, In via d’Amboise, 1853, cols. 623-794. Torquemada, Juan de, Opusculum ad honorem Romani imperii et dominorum Romanorum, en Jedin, Hubert (1943), Juan de Torquemada und das Imperium Romanum, “Archivum Fratrum Praedicatorum” 12, pp. 247-278, pp. 267-278. Tractatus de origine ac translatione et statu Romani imperii, ed. M. Krammer, Monumenta Germaniae Historica, Leges. Fontes iuris Germanici antiqui in usum scholarum, t. I, Hanóver - Leipzig, Impensis Bibliopolii Hahniani, 1909, pp. 66-75. OBRAS SECUNDARIAS: Arnaldi, Girolamo (1993), Annali, chronache, storie, en Cavallo, Guglielmo; Leonardi, Claudio; Menestò, Enrico (dirs.), Lo spazio letterario del Medioevo. 1. Il Medioevo Latino, vol. I (La produzione del testo), Roma, Salerno Editrice, t. II, pp. 463-513. Asensio, Eugenio (1960), La lengua compañera del imperio, “Revista de Filología Española” 43, pp. 399-413. Bassett, Paul Merrit (1976), The Use of History in the Chronicon of Isidore of Seville, “History and Theory” 15/3, pp. 278-292. Beltrán de Heredia, Vicente (1977), Noticias y documentos para la biografía del cardenal Juan de Torquemada, en Fliche, Augustín; Martín, VicANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 783 tor (dirs.), Historia de la Iglesia, t. XV (El Gran Cisma de Occidente), Valencia, EDICEP, pp. 493-547 (apéndice). Black, Antony (1992), Political Thought in Europe (1250-1450), Cambridge, Cambridge University Press. Bonmatí Sánchez, Virginia (1997), Translatio Imperii et Studii de Antonio de Nebrija, en Maestre Maestre, José Maria; Pascual Barea, Joaquín; Charo Brea, Luis (eds.), Humanismo y pervivencia del mundo clásico. Homenaje al profesor Luis Gil, Alcañiz, Ayuntamiento de Alcañiz - Cádiz, Universidad de Cádiz, pp. 1405-1411. Borst, Arno (1966), Das Bild der Geschichte in der Enzyklopädie Isidors von Sevilla, “Deutsches Archiv für Erforschung des Mittelalters” 22, pp. 1-62. Brincken, Anna-Dorothee von den (1988), Contemporalitas regnorum. Beobachtungen zum Versuch des Sigebert von Gembloux, die Chronik des Hieronymus fortzusetzen, en Berg, Dieter; Goetz, Hans-Werner (eds.), Historiographia Mediaevalis. Studien zur Geschichtsschreibung und Quellenkunde des Mittelalters, Darmstadt, Wissenschaftliche Buchgesellschaft, pp. 199-211. Capelli, Guido M. (2002), El humanismo romance de Juan de Lucena. Estudios sobre el “De vita felici”, Bellaterra, Universidad Autónoma de Barcelona. Catalán de Menéndez-Pidal, Diego (1962), De Alfonso X al Conde de Barcelos, Madrid, Gredos. Conde, Juan Carlos (1995-1996), Notas léxicas a Las siete edades del mundo de Pablo de Santa María, “Revista de Lexicografía” 2, pp. 29-48. Conde, Juan Carlos (1999), La creación de un discurso historiográfico en el Cuatrocientos castellano. Las siete edades del mundo de Pablo de Santa María, Salamanca, Ediciones Universidad de Salamanca. Deyermond, Alan (1985), Historia universal e ideología nacional en Pablo de Santa María, en Cano González, Ana María (ed.), Homenaje a Álvaro Galmés de Fuentes, Oviedo, Universidad de Oviedo - Madrid, Gredos, t. II, pp. 313-324. Deyermond, Alan (1985), The Death and Rebirth of Visigithic Spain in the Estoria de España, “Revista Canadiense de Estudios Hispánicos” 9/3, pp. 345-367. Du Cange, Charles (1883-1887), Glossarium mediae et infimae latinitatis, 7 vols., Niort, L. Favre. Fernández Gallardo, Luis (1993), La obra historiográfica de dos conversos ilustres, don Pablo de Santa María y don Alonso de Cartagena, “Espacio, Tiempo y Forma. Serie Medieval” 6, pp. 249-286. Fernández Gallardo, Luis (2002), Alonso de Cartagena (1385-1456). Una biografía política en la Castilla del siglo XV, Valladolid, Junta de Castilla y León (Estudios de Historia). ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 784 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO Fernández Gallardo, Luis (2004), De Lucas de Tuy a Alfonso el Sabio: idea de la historia y proyecto historiográfico, “Revista de Poética Medieval” 12, pp. 53-119. Fernández Gallardo, Luis (2012), La obra literaria de Alonso de Cartagena (1385-1456). Ensayo de historia cultural, Saarbrücken, EAE. Fernández Gallardo, Luis (2014), Imágenes del turco en la Castilla del siglo XV, en Nieto Soria, José Manuel; Villarroel González, Óscar (eds.), Pacto y consenso en la cultura política peninsular. Siglos XI al XV, Madrid, Sílex, pp. 459-495. Fernández Gallardo, Luis; Jiménez Calvente, Teresa (2015), Cultura castellana y letras latinas en un proyecto inconcluso: El Duodenarium (ca. 1442) de Alfonso de Cartagena, Córdoba, Almuzara. Fernández-Ordóñez, Inés (1992), Las Estorias de Alfonso el Sabio, Madrid, Istmo. Fernández-Ordóñez, Inés (2000), El taller de las Estorias, en Alfonso X el Sabio y las crónicas de España, Valladolid, Universidad de Valladolid - CECE, pp. 61-82. Fraker, Charles F. (1978), Alfonso X, the Empire and the Primera Crónica, “Bulletin of Hispanic Studies” 55, pp. 95-103. Fried, Johannes (2007), “Donation of Constantine” and “Constitutum Constantini”, Berlín - Nueva York, Walter de Gruyter. Galán Sánchez, Pedro Juan (1994), El género historiográfico de la chronica. Las crónicas hispanas de época visigoda, Cáceres, Universidad de Extremadura. Goez, Werner (1958), Translatio imperii. Ein Beitrag zur Geschichtsdenkens und der politischen Theorien im Mittelalter und in der frühen Neuzeit, Tubinga, J. C. B. Mohr. Gómez Redondo, Fernando (2012), Historia de la prosa de los Reyes Católicos: El umbral del Renacimiento, t. I, Madrid, Cátedra. González Jiménez, Manuel (1999), Alfonso X (1252-1284), Burgos, La Olmeda. González Rolán, Tomás; Saquero Suárez-Somonte, Pilar (2003), La imagen polimórfica de Alejandro Magno desde la Antigüedad latina al Medievo hispano, “Cuadernos de Filología Clásica. Estudios Latinos” 23/1, pp. 107-152. Guenée, Bernard (1980), Histoire et culture historique dans l’Occident médiéval, París, Aubier. Hillgarth, J. N. (1970), Historiography in Visigothic Spain, en Bautier, RobertHenri (ed.), Settimane di Studio del Centro Italiano di Studi sull’Alto Medioevo, XVII (La storiografia altomedievale), Spoleto, Presso la Sede dell Centro, t. I, pp. 261-311. Jedin, Hubert (1943), Juan de Torquemada und das Imperium Romanum, “Archivum Fratrum Praedicatorum” XII, pp. 247-278. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII 785 Jérez Cabrero, Enrique (2006), El Chronicon Mundi de Lucas de Tuy (c. 1238): técnicas compositivas y motivaciones ideológicas, Madrid, Universidad Autónoma de Madrid (tesis doctoral). Krüger, Karl Heinrich (1976), Die Universalchroniken, Turnhout, Brepols (Typologie des sources du Moyen Âge Occidental; 16). Laboa, José María (1973), Rodrigo Sánchez de Arévalo, alcaide de Sant’Angelo, Madrid, Fundación Universitaria Española. Lacroix, Benoît (1971), L’historien au Moyen Âge, Montreal - París, Institut d’Études Médiévales - Librairie J. Vrin. Lederer, Stephan (1879), Der spanische Cardinal Johann von Torquemada, sein Leben und seine Schriften, Friburgo, Herder. Maravall, José Antonio (1966), Antiguos y modernos. La idea de progreso en el desarrollo inicial de una sociedad, Madrid, Sociedad de Estudios y Publicaciones. Martín, José Carlos (2001), La Crónica Universal de Isidoro de Sevilla: circunstancias históricas e ideológicas de su composición y traducción de la misma, “Iberia” 4, pp. 199-236. Melville, Gert (1986), Der Zugriff auf Geschichte in der Gelehrtenkultur des Mittelalters: Vorgaben und Leistungen, en Gumbrecht, Hans Ulrich (ed.), Grundriss der romanischen Literaturen des Mittelalters, t. XI, vol. 1 (La littérature historiographique des origines à 1500), Heidelberg, Carl Winter - Universitätsverlag, pp. 157-228. Menéndez Pidal, Ramón (1973), La Crónica General de España que mandó componer Alfonso el Sabio, en Estudios literarios, Madrid, Espasa Calpe, pp. 111-156 (Colección Austral; 28). Menéndez Pidal, Ramón (1977), La Primera Crónica General de España en Idem (ed.), Primera Crónica General de España, Madrid, Gredos, t. II, pp. 851-892. Modigliani, Anna (2000), Paolo II, en Enciclopedia dei Papi, Roma, Istituto della Enciclopedia Italiana, t. II, pp. 685-701. Nederman, Cary J. (1993), National Sovereignity and Ciceronian Political Thought: Aeneas Silvius Piccolomini and the Ideal of Universal Empire in Fifteenth-Century Europe, “History of European Ideas” 16, pp. 537-543. Nederman, Cary J. (1993), Humanism and Empire: Aeneas Sylvius Piccolomini, Cicero and the Imperial Ideal, “The Historical Journal” 36/3, pp. 499-515. Orella y Unzué, José Luis de (1976), Partidos políticos en primer Renacimiento (1300-1450), Madrid, FUE. Petersmann, Johanna (1974), Die kanonistische Überlieferung des Constitutum Constantini bis zum Dekret Gratians, “Deutsches Archiv für Erforschung des Mittelalter” 30, pp. 356-449. ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06 786 LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO Polignac, François de (1984), L´homme aux deux cornes. Une image d’Alexandre du symbolisme grec à l’apocalyptique musulmane, “Mélanges de l’École française de Rome. Antiquité” 96/1, pp. 29-51. Procter, Evelyn S. (1951), Alfonso X of Castile. Patron of Literature and Learning, Oxford, Clarendon Press. Resnick, Irven M. (1990), Lingua Dei, Lingua Hominis: Sacred Language and Medieval Texts, “Viator” 21, pp. 51-74. Reydellet, Marc (1970), Les intentions idéologiques et politiques dans la Chronique d’Isidore de Séville, “Mélanges d’archéologie et d’histoire” 82, pp. 363-400. Rico, Francisco (1972), Alfonso el Sabio y la “General estoria”, Barcelona, Ariel. Roth, Norman (1986), “Seis edades durará el mundo”. Temas de la polémica judía española, “La Ciudad de Dios” 199, pp. 45-65. Sánchez Domingo, Rafael (2002), El Derecho Común en Castilla. Comentario a la Lex Gallus de Alonso de Cartagena, Burgos, Santos. Szpiech, Ryan (2010), Scrutinizing History: Polemic and Exegesis in Pablo de Santa María’s Edades del mundo, “Medieval Encounters” 16, pp. 96-142. Toews, John B. (1968), The View of Empire in Aeneas Sylvius Piccolomini (Pope Pius II), “Traditio” 23, pp. 471-487. Trame, Richard H. (1958), Rodrigo Sánchez de Arévalo (1404-1470). Spanish Diplomat and Champion of Papacy, Washington, The Catholic University of America Press. Ullmann, Walter (1970), The growth of papal government in the Middle Ages. A study in the ideological relation of clerical to lay power, Londres, Methuen & Co. Ltd. Uría, Isabel (2000), Panorama crítico del mester de clerecía, Madrid, Castalia. Vázquez de Parga, Luis (1961), Notas sobre la obra histórica de San Isidoro, en Díaz y Díaz, Manuel C. (ed.), Isidoriana: Estudios sobre San Isidoro de Sevilla en el xiv centenario de su nacimiento, León, Centro de Estudios San Isidoro, pp. 99-106. Wortsbrock, Franz Josef (1965), Translatio artium. Über die Herkunft und Entwicklung einer kulturhistorischen Theorie, “Archiv für Kulturgeschichte” 47, pp. 1-22. Fecha de recepción del artículo: septiembre 2013 Fecha de aceptación y versión final: marzo 2014 ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES, 46/2, julio-diciembre 2016, pp. 751-786 ISSN 0066-5061, doi:10.3989/aem.2016.46.2.06