Volumen 46/2
julio-diciembre 2016
Barcelona (España)
ISSN: 0066-5061
CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS
ANUARIO DE ESTUDIOS MEDIEVALES
46/2, julio-diciembre de 2016, pp. 751-786
ISSN 0066-5061
doi:10.3989/aem.2016.46.2.06
LA IDEA DE TRANSLATIO IMPERII
EN LA CASTILLA DEL BAJO MEDIEVO1
THE NOTION OF THE TRANSLATIO IMPERII
IN CASTILE IN THE LATE MIDDLE AGES
LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO
UNED (C. A. Albacete)
Resumen: A lo largo de la Edad Media, la
idea de translatio imperii tuvo en Castilla
una presencia reducida en la literatura historiográfica, debido al peso de la tradición
isidoriana. Tampoco Alfonso X mostró en
sus obras históricas interés por esta idea,
quizá porque la consideraba limitada para
su visión de la historia. Sin embargo, en
el siglo XV se observa un tratamiento detallado de ésta, en el marco de la teoría
curial y del debate sobre la institución imperial. Alonso de Cartagena, Sánchez de
Arévalo y Torquemada hicieron destacadas aportaciones. Finalmente, con Nebrija, la translatio imperii se subordina a la
exaltación de las aspiraciones imperiales
de Castilla.
Palabras clave: Castilla; siglo XV; Imperium; ideas políticas.
Abstract: Throughout the Middle Ages,
the idea of translatio imperii had scarce
presence in Castilian historiographical
literature, due to the weight of the
Isidorian tradition. In addition, Alfonso
X showed little interest in this idea in
his historical work, possibly because he
considered it was too limited for the view
of history he held. Nonetheless, in the 15th
century it can be observed that the idea of
translatio imperii is approached in detail,
within the frame of curial theory and the
debate on imperial monarchy, to which
Alonso de Cartagena, Sánchez de Arévalo
and Torquemada contributed. Finally,
Nebrija will subordinate the translatio
imperii to the elation of Castile’s imperial
ambitions.
Keywords: Castile; XVth
Imperium; political ideas.
Century;
1
Abreviaturas utilizadas: ACB = Archivo de la Catedral de Burgos; BAV = Biblioteca Apostólica Vaticana; EE = Estoria de España; GE = General Estoria; BNE = Biblioteca Nacional de
Madrid; MGH = Monumenta Germaniae Historica; PL = Patrologia Latina.
Este trabajo pertenece al Proyecto de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo
e Innovación HAR2013-42211-P, titulado Prácticas de comunicación y negociación en las relaciones de consenso y pacto de la cultura política castellana, ca. 1230-1504, dirigido por el
Prof. José Manuel Nieto Soria (Universidad Complutense de Madrid).
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LUIS FERNÁNDEZ GALLARDO
SUMARIO
1. Antecedentes.– 1.1. Las raíces: san Isidoro.– 1.2. En la obra historial de Alfonso X
el Sabio.– 2. Un eco aislado: Pablo de Santa María.– 3. Reaparición de la idea de
translatio.– 3.1. En la obra de Alonso de Cartagena.– 3.2. Sánchez de Arévalo: al
servicio de la propaganda pontificia.– 3.3. Una ocasional referencia: Juan de Torquemada.– 4. Nebrija: la translatio imperii como marco de la translatio studii.–
5. Conclusiones.– 6. Bibliografía.
La visión e interpretación de la historia en la Edad Media está modelada de manera decisiva por la idea de translatio imperii, que, junto con el
esquema cronológico de las edades del mundo conforman el marco esencial
de la representación del pasado para el hombre del Medievo2. La idea tiene
un fundamento bíblico, aunque la Biblia no proporcione la expresión formal
concreta. La noción de una sucesión de imperios remonta a la interpretación
del sueño de Nabucodonosor que hizo el profeta Daniel3. Ya en esta formulación se advierte la dimensión universal de los cuatro imperios que se suceden4.
El Ecclesiasticus de Jesús de Sirac proporciona otro de los fundamentos de
la idea de translatio imperii. Introduce la causa de la sucesión: la iniquidad
de los titulares del reino, cuyo castigo consiste en su pérdida y entrega a otro
pueblo5.
Lo visionario de la profecía y lo abstracto de la reflexión moral eludían la concreción histórica de los imperios y reinos considerados. Correspondería a los exégetas precisar y situar históricamente los cuatro imperios
sucesivos6: babilonios, persas, macedonios y romanos. El testimonio más antiguo de tal identificación de los cuatro imperios de la profecía de Daniel corresponde a Hipólito de Roma (ca. 170-235)7. Esta interpretación alcanzaría
rango canónico al ser avalada por la autoridad de san Jerónimo8.
2
Krüger 1976, pp. 24-27.
Daniel 2, 37-40.
4
Daniel 2, 39: “consurget (...) regnum tertium aliud aereum, quod imperabit universae
terrae”.
5
Ecclesiasticus 10, 8.
6
Uno de los propósitos que animan el comentario de san Jerónimo al libro de Daniel es
corroborar la veracidad histórica de los hechos allí narrados. Así, afirma que el profeta no sólo
anunció la venida de Cristo y el momento en que tendría lugar, sino también la serie detallada
de los reyes, Jerónimo, Commentariorum, ed. Migne, col. 491: “Non enim solum scribit eum
[= Cristo] esse venturum, quod est commune cum caeteris: sed etiam quo tempore venturus sit
docet; et reges per ordinem digerit, et annos enumerat”.
7
Goez 1958, p. 19.
8
Como pone de manifiesto la cita que a tal respecto hace de esta obra Agustín, De civitate
Dei, XX, 2, col. 695. Cfr. Jerónimo, Commentariorum, ed. Migne, cols. 503-504.
3
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La idea de translatio imperii devino un dispositivo legitimador de las
ambiciones imperiales que surgieron en el occidente europeo y que, frente al
imperio de Bizancio, sucesor del de Roma y cuarto en la serie consagrada por
san Jerónimo, sólo mediante la transferencia del imperium podían justificarse
en el marco histórico-escatológico establecido en la Biblia, de que se nutría
la visión de la historia en el Medievo. La vocación universal de los imperios
contenida en la serie del profeta Daniel vino a fundamentar las aspiraciones
hegemónicas de quienes se arrogaban la dignidad imperial, que hallarían en el
concepto de monarquía universal su formulación teórico-doctrinal. Al inscribirse la sucesión de imperios en el plan providencial, constituía un principio
insoslayable en el conflicto entre Pontificado e Imperio. La publicística que
éste desarrolló contribuiría notablemente a la elaboración de la idea de translatio imperii.
1. ANTECEDENTES
1.1. Las raíces: san Isidoro
En España dicha idea tuvo una presencia limitada: prácticamente ausente de la historiografía, tendría, en cambio, cierto desarrollo en la literatura
doctrinal a fines del Medievo. Las circunstancias específicas de la historia
hispana determinaron su relativa marginalidad. Una de las ocasiones más propicias para que germinara en las letras y el pensamiento fue la ingente labor
enciclopédica de san Isidoro (556-636). Ahora bien, el imperio entonces vigente, el bizantino, no dejaba de representar para el sabio prelado una realidad
incómoda, por ser ocupante de parte del reino visigodo. Como historiador no
podía eludirla, pero su consideración de imperio establecido en el plan de la
Providencia venía a colisionar con su condición de enemigo del reino visigodo, la realidad más inmediata y acuciante para el prelado hispalense. En tanto
que la idea de translatio imperii podía constituir un argumento legitimador
de la política expansionista de Bizancio, convenía obviarla en la medida de
lo posible. El resultado no es sino un tratamiento tangencial y fragmentario,
cuando no elusivo.
La Chronica, compuesta en 615 (primera redacción) y 624 (segunda), resulta paradigmática al respecto. El género cronístico determina la estructura y contenidos de la obra9. Trazar la serie de los tiempos desde el origen
del mundo hasta el presente, continuando la labor de los cronógrafos Julio
9
Lacroix 1971, p. 38; Guenée 1980, p. 203; Arnaldi 1993, pp. 465-473.
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Africano y Eusebio de Cesarea: tal es el objetivo10. Los contenidos, generationes y regna11, se distribuyen y organizan conforme al esquema de las
seis edades12, aunque se ha supuesto que tal estructura cronológica no figuraba en la primera redacción13. La indicación del presente, con la referencia
al emperador Heraclio y a los reyes Sisebuto y Suintila14, es reveladora de la
tensión entre el principio universalista representado por el imperio bizantino y
el particularismo propio de la identidad nacional del autor, que se afirma y se
encarna en la realeza visigoda15.
Dentro del esquema cronológico de las seis edades, san Isidoro hace
referencia a los hitos de la translatio imperii. Ahora bien, sólo la primera
transferencia expresa inequívocamente la idea de traslación, aunque refiriéndola no al imperium, sino al regnum16. Con respecto al traspaso del imperio a
los griegos, se elude la noción de transferencia. En su lugar parece sugerirse
una cesura histórica: fin del reino de los medos e inicio del de los griegos17.
No obstante, se introduce el principio universalista que estaba en la base de
la profecía de Daniel mediante la noción de monarquía universal (monarchia
orbis)18, aunque antes que a la idea de imperium, se subordina a la ponderación de la magnitud de las conquistas de Alejandro Magno19. Con relación al
tercer y último traspaso del imperium, la referencia al cómputo cronológico
en el marco de la profecía de las setenta semanas, según la visión del profeta
Daniel, permite situar el origen del imperio romano, que viene a coincidir con
10
Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 425.
Ibidem, p. 424.
12
La exposición sobre las seis edades aparece en Isidoro, Etymologiae, ed. Migne, V, 38,
5, col. 223, desarrollada, a su vez, mediante un epítome de la Chronica en ibidem, V, 39, cols.
224-228. Para las relaciones entre ambos textos véase Martín 2001, pp. 161-170. Aunque san
Isidoro es deudor de san Agustín en la adopción de este esquema cronológico, difiere de éste
en que integra la historia bíblica y la secular, Bassett 1976, pp. 282-282. A su vez, se ha señalado que el interés de san Agustín es teológico y escatológico, mientras que el de Isidoro es más
propiamente histórico, Reydellet 1970, pp. 378-379.
13
Vázquez de Parga 1961, p. 102. En cambio, se ha reconocido que san Isidoro parece muy
ligado a esta división, Reydellet 1970, p. 378, lo que abonaría que era contemplada en la concepción original de la obra.
14
Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 480, primera y segunda redacción, respectivamente,
15
De hecho, la Chronica se caracterizaría ideológicamente por la exaltación del reino visigodo frente a Bizancio, Martín 2001, p. 201.
16
Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 442: “Assyriorumque regnum in Medos transfertur”.
17
Ibidem, p. 449: “Hucusque Persarum regnum stetit: dehinc reges Graecorum incipiunt”.
18
Ibidem, p. 449: “Alexander Macedo regnat ann. V. huius enim quinque anni postremi in
ordine temporum, quibus monarchiam orbis obtinuit: nam septem eius priores in Persarum
regibus supputantur”. Hay que tener en cuenta que algunos manuscritos en lugar de “monarchia
orbis” incluyen “monarchia Asiae”.
19
Aunque para san Isidoro tiene tanta relevancia el Alejandro erudito y bibliófilo como el
monarca, Borst 1966, p. 24.
11
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el nacimiento del Mesías, en el marco del plan providencial en que adquiere
sentido la translatio imperii.
La translatio imperii aparece en la Chronica de modo disperso20.
Ciertamente, cabe establecer una correspondencia entre las edades y los imperios de la profecía de Daniel: la quinta edad, que se abre con el cómputo de
la cautividad de los hebreos, encabeza los asientos cronológicos con las noticias de los reyes persas y alejandrinos y concluye con la anexión del reino de
Alejandría por parte de Roma; la sexta edad, que se inicia con el nacimiento
de Cristo, viene a corresponder con el imperio romano. Y sin embargo, no se
establece un hilo conductor que confiera una continuidad a la sucesión de los
imperios. En la trama de las seis edades aparecen dispuestos de modo fragmentario los hitos de la translatio imperii.
Ocasión idónea para tratar de los imperios se ofrecía en el capítulo
del libro IX de las Etymologiae, dedicado a reinos y términos de la milicia. En
su lugar se refiere a cinco reinos, que se hace corresponder con los cuatro imperios de la serie fijada por san Jerónimo más el reino de los egipcios21. Pero
sólo se establece una mera continuidad entre ellos.
La visión de la historia universal de san Isidoro se consagraría en
la tradición historiográfica hispana, dado que la obra del prelado hispalense constituye una de sus fundamentos esenciales. Sumamente ilustrativo al
respecto es el Chronicon Mundi de Lucas de Tuy (ca. 1230). El libro I se
presenta como reproducción de la Chronica de san Isidoro22. La idea de translatio imperii queda aún más difuminada que en la fuente. Se reproduce, eso
sí, la noticia de la transferencia del imperio de los asirios a los medos23. Mas
precisamente la amplificación a que es sometido el texto de la Chronica hace
que la translatio se diluya. Harto elocuente es el tratamiento de la figura de
Alejandro Magno. Si en la Chronica sólo de modo indirecto se indicaba el
traspaso de la monarquía, en cambio, Lucas de Tuy viene a identificar los
20
Debido a la decidida adopción del sistema de las edades, más adecuado a una visión providencialista y divina, Galán 1994, pp. 180-181. Dicha visión daría razón de la atención concedida a las herejías, reveladora de una cierta dimensión apologética, Hillgarth 1970, pp. 293-295.
21
Isidoro, Etymologiae, ed. Migne, IX, 3, 2, col. 342. La serie procede probablemente de
Lactancio (ca. 245-ca. 325), quien incorporó a los egipcios en la serie de los cuatro imperios o
reinos identificados en la profecía de Daniel, Lactancio, Divinae Institutiones, ed. Migne, VII,
XV, cols. 787-788: “Nihil est enim humanis viribus laboratum, quod non humanis aeque viribus
destrui posset, quoniam mortalia sunt opera mortalium. Sic et alia prius regna, cum diutius floruissent, nihilominus occiderunt. Nam et Aegyptios, et Persas, et Graecos, et Assyrios proditum
est regimen habuisse terrarum”. La GE se hará eco de esta serie.
22
Lucas de Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, Praefatio, p. 3. Aunque amplifica considerablemente el texto isidoriano con diversas fuentes, especialmente la Historia scholastica de
Pedro Coméstor, Jérez 2006, p. 199.
23
Lucas de Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, p. 15 < Isidoro, Chronica, ed. Mommsen,
p. 402 (según el manuscrito de la Real Academia de la Historia).
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reinos resultantes de la partición del imperio de Alejandro con la visión de las
cuatro bestias del profeta Daniel, que representaban otros tantos reyes24.
La omisión de la idea de translatio en el relato de los hechos de Alejandro Magno es tanto más significativa cuanto que precisamente dicha idea
podía constituir un recurso para ponderar la magnitud de las conquistas que labraron la fama del héroe macedonio. El Libro de Alexandre, que puede decirse
coetáneo del Chronicon Mundi25, hace una tenue referencia a la translatio, con
ocasión de la victoria sobre Darío. El poema se refiere a la visión del carnero
y el macho cabrío del profeta Daniel26, identificando el primero con el rey de
los medos y el segundo con el rey de los griegos. La vinculación de las gestas
alejandrinas con las profecías de Daniel les otorgaba un cariz providencial
que realzaba su dimensión heroica, a la vez que contrarrestaba y reorientaba
en una dirección cristiana los numerosos oráculos y predicciones que sobre el
destino del héroe macedonio generó la leyenda. Ciertamente tal vinculación le
venía sugerida por la fuente principal del poema, la Alexandreis de Gautier de
Châtillon, mas el autor hispano se muestra más apegado al texto bíblico y, por
tanto, destaca más nítidamente la sucesión del poder griego tras la derrota de
los persas, en la línea de la translatio imperii27.
1.2. En la obra historial de Alfonso X el Sabio
Las aspiraciones imperiales de Alfonso X habían de otorgar cierta
relevancia al hecho del imperio en su visión de la historia, de manera que en
determinados momentos el relato histórico llegaría a adquirir el carácter de
argumentación de la legitimidad de tales pretensiones28. Y sin embargo, aun
cuando la idea de translatio imperii podía constituir un argumento de peso
24
Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, p. 22. Cfr. Daniel 7, 2-3.
Fechado entre 1217 a 1227 por Uría 2000, pp. 197-199. Es ésta precisamente la época que
se ha considerado como “siglo del oro de las letras castellanas en lo que al tema de Alejandro se
refiere”, González Rolán, Saquero 2003, p. 112.
26
Libro de Alexandre, ed. Cañas, coplas 1339-1340, p. 248. Cfr. Daniel 8.
27
Libro de Alexandre, ed. Cañas, coplas 1339-1340, p. 248: “Danïel el profeta, niño de Dios
amado,/ dentro en Babilonia l´hovo profetizado:/ que vernié en la sierra un cabrón mal domado,/ quebrantarié los cuernos al carnero doblado./ Este fue Alexandre, de los fechos granados,/
Dario fue el carnero de los regnos doblados”; Cfr. Gautier de Châtillon, Alexandreis, ed. Bibliotheca Augustana, VII, vv. 421-424: “Et quia non latuit sensus Danielis Apellem,/ Aurea signauit
epigrammate marmora tali:/ «Hic situs est typicus aries, duo cornua cuius/ Fregit Alexander,
totius malleus orbis»”. Es de notar la contigüidad que ofrecen en el poema latino el rompimiento de los cuernos y el calificativo de Alejandro como “martillo de todo el universo”, esto es, su
vinculación con la condición de señor universal. En la tradición árabe los cuernos pasarían a ser
atributos del propio Alejandro, Polignac, 1984 pp. 29-51.
28
Fraker 1978, pp. 95-96.
25
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para su candidatura al trono imperial29, no suscitó apenas interés en el sabio
monarca.
La cronología de la obra historiográfica alfonsí propuesta por Menéndez Pidal, que señalaba dos momentos sucesivos con intereses diferentes
para la GE y la EE30, ha sido revisada, sugiriéndose, sobre la base del uso de
fuentes comunes, que ambas empresas historiográficas serían simultáneas y
se iniciarían poco después de 127031 –no obstante, hay que tener en cuenta
que se ha cuestionado dicho terminus post quem–32. En cualquier caso, el impulso creativo de la obra histórica de Alfonso X se sitúa en un momento en
que el fecho del imperio presentaba especial acuidad, la preparación de la ida
al Imperio33. Así, sobre la escritura de la historia gravitaban las aspiraciones
imperiales y la necesidad, por tanto, de reunir argumentos que las legitimaran.
Hay que descartar la atribución del uso de dicha idea a Alfonso X
en la EE, en tanto que atingente a nuestro tema. En efecto, se ha interpretado
el relato alfonsí de la caída del reino visigodo y la restauración que inicia
Pelayo como a clear example of translatio imperii 34. Es obvio que se trata de
una simple transferencia de poder local, que nada tiene que ver con la serie
de imperios que culmina con el de Roma, ni con las vicisitudes de la titularidad de éste último. Ciertamente, la idea de translatio imperii se inscribe en
una concepción más amplia y genérica, un esquema interpretativo de la historia, la idea de transferencia de poder, que se documenta ya en las listas de
reyes babilonios. En modo alguno los reyes hispanos del Medievo aspiraron
a la titularidad del imperio universal. De ahí que resulte equívoca cuando no
inadecuada la atribución de tal idea a la interpretación que hiciera Alfonso X
de la caída del reino visigodo y su posterior restauración.
No obstante, en estrecha relación con la idea de translatio imperii
se halla la concepción de la historia del sabio monarca, tal y como se plasma
en sus dos empresas historiográficas. Alfonso X concibe el argumento de la
narración histórica como sucesión de “señoríos”35. Este esquema iba a deter29
Pues uno de los más conspicuos historiadores que desarrollaron la idea de translatio imperii, al mostrar el proceso paralelo de translatio studii, contemplaba España como destino final
de dicho proceso, con lo que quedaba asociaba a la serie de transferencias de saber y poder,
Otón de Freising, Chronica, ed. Hofmeister, p. 227.
30
Menéndez Pidal 1973, p. 118; 1977, pp. 856-857, 870-871. Repite estos argumentos Catalán 1962, pp. 19-26.
31
Fernández-Ordóñez 1992, pp. 75-95; 2000, pp. 70-72.
32
Procter 1951, pp. 85-89.
33
González Jiménez 1999, pp. 142-149.
34
Deyermond 1985, p. 353.
35
Especialmente en la EE. Señaló el papel estructurador de los señoríos Menéndez Pidal
1973, pp. 124-125.
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minar la ordinatio, estructurando la simple secuencia analística36. En la GE se
observa una visión de la historia que presenta cierta analogía con la idea de
translatio.
Alfonso el Sabio asume el esquema cronológico de las seis edades,
ciclo de la creación divina que se proyecta sobre el destino humano37. El rey
Alfonso participa de la conciencia de plenitud del saber que anima el quehacer intelectual del siglo XIII, que se plasma en su pretensión de abarcar
todos los tiempos. El esquema analístico satisfacía la ilusión de totalidad del
conocimiento histórico. Se ha vinculado el esfuerzo por articular la exposición
histórica conforme a la pauta analística con los Cánones crónicos de Eusebio
de Cesarea, referente básico del modelado genérico de la GE38. Ahora bien, el
cómputo cronológico incorpora un significado político en virtud del principio
de división del tiempo histórico por “señoríos”.
Efectivamente, en lugar de adoptar una cronología absoluta tomando
como referencia la creación del mundo, Alfonso el Sabio sitúa los hechos en
la era generada por cada uno de los señoríos en que se organiza la estructura
de la historia39. La importancia que se otorga a los “señoríos” como principio
estructurador remonta a san Isidoro, quien ya señalara el carácter organizador
de la materia histórica que poseían los “reinos”, junto con los “tiempos”40. La
Chronica isidoriana pasó a engrosar el Chronicon Mundi de Lucas de Tuy41,
una de las fuentes fundamentales de la EE y, por tanto, un estímulo destacado
en la concepción que está en la base de dicho principio estructurador.
El cómputo analístico se inicia con el del pueblo de Israel, manteniéndose hasta la cautividad de Babilonia, la “transmigración”. A partir de entonces
va la quenta de todas las historias por los años de los gentiles que aseñorearon
la tierra. Y en este punto se incluyen la serie de reinos que ostentaron el señorío
36
Fernández Gallardo 2004, pp. 101-111.
Ya en Lactancio se observa un conato de proyección de los seis días de la creación sobre
el tiempo histórico, que consta de otros tantos siglos (esto es, millares de años), Lactancio,
Divinae Institutiones, ed. Migne, VII, xiv, col. 782: “Ergo quoniam sex diebus cuncta Dei
opera perfecta sunt, per saecula sex, id est annorum sex millia, manere hoc statu mundum
necesse est”. San Agustín sistematizaría el contenido de las seis edades, que devienen conformación de los hitos de la historia humana, concebida como historia de la salvación, Agustín
de Hipona, De catechizandis rudibus, ed. Migne, xxii, cols. 338-339. Alfonso X incluye una
detallada exposición sobre las seis edades en la GE, ed. Sánchez-Prieto, Primera Parte, X,
ii-iii, pp. 526-528. Aparece asimismo un breve esquema de las seis edades en la EE,
ed. Menéndez Pidal, t. I, p. 92.
38
Rico 1972, pp. 54-64.
39
Fernández-Ordóñez 1992, pp. 26-33.
40
Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, p. 424.
41
Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, pp. 5-39.
37
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de la tierra42, coincidente con la de los cinco imperios de san Isidoro, de la cual
se omite a los asirios: Persia, Macedonia, Egipto, Roma. El lugar ocupado por
el imperio asirio en la serie canónica consagrada por san Jerónimo tenía que ser
necesariamente cubierto a efectos cronológicos por el pueblo de Israel, el pueblo elegido. No podía ser de otra manera si el cómputo cronológico corre a cargo del pueblo, reino o imperio que mayor honor y honra posee. En un principio
prima el criterio moral, las buenas costumbres e buena creencia de los hebreos,
en que se halla la linna de Adam fasta esta Sancta Maria e Cristo43. Sin embargo, la cautividad de Babilonia, la “transmigración”, determina un cambio
de criterio: ya no bastaba la excelencia moral y religiosa del pueblo hebreo. El
criterio político se imponía: el ejercicio del “señorío” sobre la tierra pasa a ser
el fundamento del cómputo cronológico. Si por un lado se destaca la dimensión
universal de tales señoríos, aspecto esencial de la translatio imperii, por otro,
se vacía la serie de imperios de contenido propiamente “imperial”, reservándose esta condición exclusivamente a los emperadores de Roma. Por otra parte,
resultaba difícil atribuir al pueblo hebreo señorío alguno sobre la tierra. En este
punto conviene destacar la relevancia que adquiere en el pensamiento alfonsí el
concepto de “pueblo”, al extremo de erigirse en sujeto de la historia44. Se sitúa,
pues, en un mismo plano, en lo que a honorabilidad se refiere, pueblo, reino
e imperio. De este modo, quedaba diluida la continuidad en la transmisión
del imperium. Y es que el referente histórico que poseía virtualidad legitimadora de las aspiraciones imperiales de Alfonso X no era otro que el imperio
romano, con el que entroncaba aquel cuya diadema pretendía.
La idea de translatio imperii sólo de modo implícito está presente
en la GE, subordinándose a las necesidades de elaboración de un sistema cronológico dotado de significación política45. El rey Alfonso se acoge a la serie
recogida por san Isidoro en sus Etymologiae, sustituyendo el imperio asirio
por el pueblo hebreo.
42
GE, ed. Sánchez-Prieto, Cuarta Parte, Prólogo, t. II, p. 5. Señala la vinculación con la idea
de translatio imperii Fernández-Ordóñez 1992, p. 28. Isidoro ya había destacado cómo los reinos de la serie en cuestión poseían su propio espacio cronológico, paso previo para reconocerles
sustantividad cronológica, Isidoro, Etymologiae, ed. Migne, IX, 3, 2, col. 342.
43
Apud Fernández-Ordóñez 1992, p. 26.
44
Como pone de manifiesto la enumeración que detalla la naturaleza de los “fechos”
recogidos en las “estorias”, que se ordenan jerárquicamente, conforme a la concepción del
orden social vigente, GE, ed. Sánchez-Prieto, Prólogo, t. I, p. 5: “los fechos de Dios e de los
profetas e de los santos, e otrossí de los reyes, e de los altos omnes e de las cavallerías e de
los pueblos”. Para el rey Alfonso la noción de pueblo deviene imagen transpersonalizadora,
que sirve para designar a la comunidad política, Alfonso X, Las siete Partidas, ed. Real
Academia de la Historia, Partida II, tít. X, ley I, t. II, p. 87: “pueblo llamaron ayuntamiento
de todos los homes comunalmente de los mayores, et de los menores et de los medianos: ca
todos estos son mester”.
45
Que gira en torno a la noción de poder, Fernández-Ordóñez 1992, pp. 33-39.
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Análoga, sólo que aún más restricta, es la presencia de la translatio
imperii en la EE. Como introducción a la parte relativa al señorío de los de
África, se hace referencia a cuatro imperios, asociados a las partes del mundo:
Babilonia, Cartago, Macedonia y Roma46. No se trata, pues, de la serie canónica de imperios consagrada por la exégesis de la explicación del sueño de
Nabucodonosor que hizo Daniel. En todo caso, cabría observar cierta analogía
con la visión de las cuatro bestias de este mismo profeta, tal y como aparece
interpretada en el Chronicon Mundi del Tudense, fuente esencial de la EE,
esto es, asociándose cada una de las bestias con una parte del mundo47. Mas
no se indica relación sucesoria alguna.
La historia de Roma, que ofrece un desarrollo hipertrofiado debido
a su relación con las aspiraciones imperiales de Alfonso X, ofrecía la ocasión
propicia. Y sin embargo, el origen del imperio romano se presenta como resultado del desarrollo de la historia interna de Roma, sin vinculación alguna con
ningún otro señorío anterior. El imperio se presenta como creación ex novo y
resultado del enorme poder que en el desarrollo de las guerras civiles acumuló
Julio César, cuya figura posee extraordinario realce en la narración de la EE.
En la cumplida información que se proporciona sobre el imperio se incluye
la etimología del término, que viene a destacar la superioridad jerárquica del
emperador48, a la que se suma la dimensión universal49.
De modo indirecto la EE se refiere a uno de los episodios más destacados de la translatio imperii: la transferencia de los griegos a los francos. Se
apela a ella a propósito de la cronología. En la parte de la EE que se inicia con
el alzamiento de Pelayo, los años de cada reinado se sitúan en la era hispánica
y en la cristiana, recurriéndose en ocasiones a los años del imperio. En el
capítulo 614 se narra el acceso de Carlomagno a la dignidad imperial50. No se
46
EE, ed. Menéndez Pidal, t. I, p. 15a.
Cfr. Chronicon Mundi, I, p. 22. San Jerónimo identificó las bestias con los mismos cuatro
imperios que los del sueño de Nabucodonosor, Jerónimo, Commentariorum, ed. Migne, cols.
527-531.
48
EE, ed. Menéndez Pidal, t. I, p. 90b: “E deste imperare por tal mandar uiene este nombre
imperator que es por emperador, por que ell emperador es señor que manda et sennorea sobre
otros et sobre reys”.
49
Ibidem, t. I, p. 92b.
50
Ibidem, t. II, pp. 348-349: “Ese anno otrossi cobro Erena, la emperatriz, por su sabiduría
ell imperio que su fijo Constantin le auie tomado; et priso a ell et sacol los oios, et echol de
tierra, et murió en desterramiento. Et regno ella sola tres annos. Mas el papa Leo quando esto
uio, enuio por Carlos, rey de Ffrancia, e alçol por emperador de Roma. Et esto fizo el papa con
conseio de los romanos, ca se tenien por desonrrados et maltrechos de assennorearlos mugier
que tan mal fecho fiziera en cegar assi a su fijo”. En este punto los redactores de la EE siguen
el relato de Sigiberto de Gembloux, Chronica, ed. Pertz, p. 336: “Romani (...) quia mulier
excecato imperatore Constantino filio suo eis imperabat, uno omnium consensu Karolo regi imperatorias laudes acclamant, eumque per manum Leonis papae coronant, caesarem et augustum
47
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hace referencia explícita a transferencia alguna del imperio51. Y es que lo que
interesa realmente al redactor no es la dimensión institucional del hecho, sino
sus repercusiones de cara al cómputo cronológico52.
2. UN ECO AISLADO: PABLO DE SANTA MARÍA
Tras la colosal empresa de la GE, la historia universal tuvo un desarrollo
limitado en la historiografía castellana. El poema de Pablo de Santa María (13521435), Las siete edades trovadas, compuesto hacia 1418 para la formación del rey
Juan II es un testimonio conspicuo del género. Ofrece un relato desde la creación
hasta el presente. Su estructura se ajusta al esquema de las edades del mundo, mas
don Pablo divide el tiempo histórico en siete edades, estructura poco habitual en
la tradición historiográfica cristiana y, por el contrario, corriente en los autores
hispano-judíos53. La aplicación del esquema septenario como principio articulador
de su visión de la historia universal halla pleno sentido desde la perspectiva de la
polémica cristiano-judía54, en la que participó, dotado como estaba de formidable
erudición rabínica y escrituraria, con su Scrutinium Scripturarum.
El poema contiene una alusión ocasional al concepto translatio imperii. Previamente a su análisis conviene descartar la atribución a don Pablo de la intención o propósito de aplicar el esquema de la translatio para
articular la sucesión de las edades55. El cambio en la referencia cronológica
appellant”. El rey Alfonso parece mostrar cierto escrúpulo por las indicaciones ceremoniales
que da el historiador benedictino, que encontraría de un populismo excesivo por el hecho de que
el pueblo romano “coronara” a Carlomagno, y modificó ligeramente el texto, de manera que es el
papa quien asume la iniciativa, aunque compelido por el pueblo romano. Sigiberto se hacía eco
de la doctrina de Ulpiano, recogida en el Digesto, según la cual el pueblo confiere al emperador
el imperio y la potestad, Goez 1958, 386-392. Es de notar que se acude a la autoridad de Sigiberto precisamente a propósito de una cuestión cronológica en la medida en que este autor era
la autoridad para las equivalencias cronológicas. Es terminante al respecto la declaración de la
intención de la Gembloux, Chronica, ed. Pertz, p. 300: “Dicturi aliquod iuvante Deo de contemporalitate regnorum”. Sobre el concepto contemporalitas en esta obra véase Brincken 1988.
51
Sólo se indica a continuación que “pues que ell ouo ell imperio recebido, mantouol bien
et en paz”, EE, ed. Menéndez Pidal, t. II, pp. 348-349. Se deduce, por tanto, que ha habido un
cambio en la titularidad del imperio, esto es, una transferencia o translatio.
52
Ibidem, t. II, p. 349a: “E daqui adelant dexa la estoria el cuento por los emperadores de
Costantinopla et trael por los reys de Ffrancia que regnaron en Alemanna et en Ffrancia”.
53
Ya constató la excepcionalidad de las siete edades en la tradición cristiana Deyermond
1985, p. 317. Para su presencia entre los autores hispano-hebreos en relación con la polémica
judía véase Roth 1986.
54
Sitúa el esquema septenario en el contexto de la literatura rabínica Szpiech 2010,
pp. 125-139.
55
Conde 1999, p. 46. Este mismo autor había interpretado como translatio la simple exposición de la serie de emperadores sucesores de Carlomagno, Conde 1995-1996, p. 30. Mas no hay
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del pueblo hebreo al Imperio Romano no implica transferencia de poder: de
hecho no hubo translatio alguna del pueblo judío a Roma, ni, por otra parte,
los judíos fueron titulares de imperio alguno. Ahora bien, se acerca a la noción de translatio la exposición sobre el origen de los reinos, que se sitúa en
tiempo del abuelo de Taré, padre de Abraham. El inciso que se añade sugiere
una sucesión, una serie, pero no expresamente una transferencia de poder. A
continuación se mencionan dichos reinados: egipcio, griego (que se extiende
hasta el Imperio Romano), asirio, medo56. He aquí, pues, la serie de cinco
imperios derivada de Lactancio y consagrada por san Isidoro, sólo que en
completo desorden cronológico, pero falta la expresa referencia a la transferencia de poder.
En cambio, sí hay mención explícita al concepto: la transferencia del
reinado de los asirios a los medos57. Se trata de una simple referencia cronológica para situar a Zoroastro, cuya figura adquiere destacado relieve cultural58.
En el Zoroastro que presenta don Pablo confluyen dos tradiciones: la más
corriente que hacía de él inventor de la magia y la del asimismo inventor de
las artes liberales59. La importancia de este hito cultural exigía una datación
solemne, para lo cual se recurre a un acontecimiento señalado de la historia
universal, la translatio de asirios a medos.
Habría que incluir dentro de la idea de translatio imperii la referencia a la división del imperio de Alejandro Magno como realización profética,
posiblemente al arrimo de Lucas de Tuy60. El término monarchía61, utilizado
ninguna mención a transferencia de poder que justifique aplicar la idea de translatio imperii,
Santa María, Las siete edades, ed. Conde, coplas 239-241, pp. 388-389.
56
Ibidem, coplas 61, 62-64, pp. 283-284.
57
Ibidem, copla 64, p. 284: “En aqueste tiempo que se trasladó/ en poder de medos aqueste
reinado”.
58
Los hitos culturales adquieren relevancia en la visión de la historia de Las siete edades,
Fernández Gallardo 1993, pp. 264-265. En este punto, don Pablo rinde tributo a la tradición
historiográfica occidental, en la cual se hallan presentes las disciplinas del canon científico en
tanto que se hace referencia a ellas al tratar de los momentos en que tienen relevancia histórica
(fundación o ejercicio notable), Melville 1986, p. 158.
59
Santa María, Las siete edades, ed. Conde, copla 64, p. 284: “En aqueste tiempo que se
trasladó/ en poder de medos aqueste reinado,/ un grand sabidor Zoroastres llamado/ todas las
siete artes dizen que escribió,/ (...) el qual fizo libros por que se dezía/ inventor del arte nigromançia”. La tradición que hacía a Zoroastro inventor de la magia quedó consagrada por Isidoro,
tanto en Chronica, ed. Mommsen, p. 431, como en Etymologiae, ed. Migne, V, 39, 7, col. 224.
La relativa a la invención de las artes literales resulta más tardía; se halla en Pedro Coméstor, de
quien parecen derivar las noticias de don Pablo al respecto, Comestor, Historia scholastica, ed.
Migne, col. 1090: “et dicebatur Zoroastres inventor magicae artis, qui et septem artes liberales,
in quatuordecim columnas scripsit”.
60
Santa María, Las siete edades, ed. Conde, coplas 179, p. 308: “Pero después que así todo
pasó/ fue repartida segund la profeçía/ en quatro partes toda su monarchía”. Cfr. Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, p. 22.
61
Santa María, Las siete edades, ed. Conde, copla 179, p. 308.
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para designar el imperio del caudillo macedonio, apunta a su naturaleza universal, fundamento de la concepción original de la translatio. Por otra parte,
la breve referencia al destino del “reino de Egipto”, una de las cuatro partes de dicha monarquía, sometida finalmente al imperio romano, en virtud de
la relación de Cleopatra con Julio César62, constituye una tácita apelación a la
translatio.
3. REAPARICIÓN DE LA IDEA DE TRANSLATIO
La idea de translatio reaparece con vigor en el siglo XV, fuera del
ámbito propiamente historiográfico. Los dos autores que la exponen, Alonso
de Cartagena (1385-1456) y Rodrigo Sánchez de Arévalo (1404-1470), prelados y curiales, eran ante todo eminentes juristas. Su tratamiento de la idea se
revela deudor de la denominada teoría curial de la traslación y, a su vez, de la
sólida formación jurídica de ambos autores. Aunque ambos cultivaron la literatura histórica, no es en este ámbito donde figuran sus consideraciones sobre
la translatio. Sus intereses se sitúan más bien en el debate político-jurídico
en torno a la institución imperial, en relación tanto con el poder soberano de
las monarquías como con las aspiraciones políticas del Pontificado en el Bajo
Medievo.
3.1. En la obra de Alonso de Cartagena
Ya en su primera obra original, el Memoriale virtutum (ca. 1425), se
localiza una referencia a uno de los episodios de la translatio: el traspaso del
imperio de asirios a medos. Cartagena reflexiona sobre la necesidad de que el
príncipe sea virtuoso; la historia le ofrece numerosos ejemplos de cómo imperios y reinos han sucumbido por los vicios de sus regidores. Aduce en primer
lugar el caso del imperio asirio:
Asiriorum imperium, quod inter reliqua diuturnitate et antiquitate temporis primatum tenuit, cu[m] a Nino rege incepisset et
longissima per t[em]pora continuitatis regibus currens usq[ue] ad
dies Ozie regis Juda durauisset, propter effeminatam molliciem
Sardanapali principis per Arbachum prefectum medorum destruitum est63.
62
63
Ibidem, copla 180, p. 308.
Cartagena, Memoriale virtutum, ms. 9178, f. 72r.
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Ciertamente está ausente de modo explícito la idea de translatio.
Mas si se atiende a la fuente de este pasaje, se confirma la tácita referencia a la
translación, pues san Isidoro incluía en su crónica como hechos consecutivos
la derrota de Sardanápalo a manos de Arbaces y la transferencia del imperio
a los medos64. El propósito de don Alonso era ante todo mostrar las consecuencias letales de los vicios de los gobernantes: con la destrucción quedaba
cumplido el propósito didáctico de la historia del imperio asirio. No le interesaba, por tanto, su suerte ulterior. La translatio presentaba en el Memoriale
una dimensión ante todo moral.
Desde presupuestos diferentes Cartagena desarrollaría, años más
tarde, la idea de translatio. En primer lugar, como marco de una suerte de
compendio de historia del Derecho Romano, incluido en su Tractatus super
lege Gallus, la lección magistral que pronunció en la universidad de Aviñón en el alto que hizo la legación castellana enviada al concilio de Basilea
(1434), de la que formaba parte. Don Alonso traza una periodización de la
historia del imperio romano, constituida por cinco etapas –denominadas status–, para mostrar la evolución de las leyes que componen el Corpus Iuris
Civilis. Dicha periodización viene a corresponderse con la serie de translationes imperii.
La primera etapa se extiende desde Julio César hasta Constantino
el Grande65. Con el traslado de la capital del imperio a Constantinopla,
llevado a cabo por Constantino, se inicia la segunda etapa, resultado de la
translatio a los griegos66. Se trata, pues, de una transferencia meramente
64
Isidoro, Chronica, ed. Mommsen, según el ms. matritense, p. 402: “nam Sardan. ultimus
monarchus victus ab Arbace prefecto suo (...) semet ipsum concremavit et tunc Arbaces monarchiam ad Medium transtulit”. A san Isidoro se debe asimismo la referencia cronológica relativa
a la coetaneidad del rey Ozías, ibídem, p. 442. El Tudense reproduce el episodio en cuestión sin
dicha referencia cronológica, Tuy, Chronicon Mundi, ed. Schott, I, p. 15. Es posible que pesara
en Cartagena asimismo el recuerdo de la lectura de Beda el Venerable, ya que hay coincidencia
verbal, al indicarse que Arbaces “destruyó” el imperio asirio, Beda, Chronica, ed. Mommsen,
p. 265: “Arbaces Medus Assyriorum imperio destructo regnum in Medos transtulit”.
65
Tractatus, cod. 42, ed. Krammer, f. 7r a: “A Iullio Cesare usq[ue] ad Constantinum Magnum exclusiue fuit primus status imp[er]ii”. Hay edición moderna y traducción de este texto,
Sánchez Domingo 2001, pp. 284-388. Se cita, en cambio, por el manuscrito para adoptar otra
puntuación y, sobre todo, por la transcripción totalmente arbitraria que hace el editor moderno de
las abreviaturas de las citas jurídicas, cuyo contenido parece ignorar.
66
Tractatus, cod. 42, ed. Krammer, f. 7r b: “Secundus status imp[er]ii fuit a Constantino
primo, qui dictus est Magnus, qui imp[er]ium tra[n]stulit in Grecos ad Constantinopolim”. En
Occidente esta translatio fue conocida sobre todo a través de la donación de Constantino, cuyo
texto se incorporó al Decretum de Graciano, ed. Migne, D.96 c.14 §7, col. 464, efectivamente
aducido por don Alonso –dicha cita es irreconocible en la edición de Sánchez Domingo, que
transcribe la abreviatura de distinctio (en ablativo, distinctione) como “de”, así, sin desarrollar,
como si se tratara de la preposición “de”, Sánchez Domingo 2001, p. 319 (!)– para documentar
la transferencia de la capitalidad. Sobre la versión del Constitutum Constantini incluida en el
Decretum véase Petersmann 1974, pp. 389-399.
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local. Don Alonso reordena la serie de pueblos que ostentaron el dominio
imperial, trasladando la etapa de los griegos a la evolución del Imperio
Romano, con lo que restringe la amplia visión histórico-universal de la
idea de translatio imperii a lo que en el esquema tradicional representaba
un solo episodio.
La tercera etapa corresponde al dominio de los germanos o francos,
a quienes les fue transferido el imperio en tiempo del emperador Miguel67. Se
extiende entre Carlomagno y Luis I (en realidad, Luis III el Ciego, rey de Provenza). Se aduce la decretal Venerabilem68. No se le escapaban a don Alonso
las divergencias entre los datos ofrecidos por cronistas y canonistas, respectivamente. Según la glosa del canonista Tancredo a la decretal Venerabilem, el
papa Esteban II coronó a Carlomagno como emperador el año 77669, pero en
ese año era pontífice Adriano I. El docto prelado burgalés resuelve hábilmente
el anacronismo proponiendo dos momentos para la translatio: incoación y
perfección. En tiempo del papa Esteban se inició y se consumó con Adriano70.
El vínculo de éste con la translatio podría derivar de dos fuentes históricas:
Las siete edades trovadas de su padre, don Pablo de Santa María, le ofrecían
el dato de la coronación de Carlomagno por el papa Adriano; el Chronicon
de Martín Polono, a su vez, la relación de dicho pontífice con una translatio de
griegos a francos, sólo que artium, no imperii71.
La cuarta etapa tiene lugar con el traspaso del imperio de germanos o francos a italianos. Cartagena constata que no todas las crónicas
reconocen tal translatio, tal vez debido a la escasa duración de este período. Su primer emperador fue Berengario72. La última translatio transfirió
67
Tractatus, cod. 42, ed. Krammer, f. 7r b: “Terci[us] status imp[er]ii fuit in quo imperauerunt Germani. Nam t[em]pore Michaelis traslatum est imp[er]ium a Grecis in Germanos”.
68
Ibidem, f. 7r b < Liber extra, ed. Friedberg, 1.6.34, cols. 79-82.
69
Con relación a la identidad del papa que intervino en esta translatio, Cartagena incurre
en el error histórico que se había consagrado en la literatura canonística: la atribución al papa
Esteban de la coronación imperial de Carlomagno, que deriva de la glosa de Tancredo a la
decretal Venerabilem. Este canonista utilizó como fuente histórica la crónica del monje irlandés Marianus Scotus (1028-1082) o bien un extracto de ésta, que refiere que el papa Esteban
II ungió a Pipino y a sus dos hijos, Carlomán y Carlomagno, Scotus, Chronicon, ed. Migne,
col. 761: “776. 13 [DCCLIV] Unxit autem Stephanus duos filios Pipini Carolomannum et
Karolum Magnum in imperatores 5 Kal. August”. E interpretó la unción como otorgamiento
de la dignidad imperial, por lo que dicha ceremonia se asimiló a la de coronación imperial. La
autoridad de que gozó dicha glosa consagró el error histórico en la doctrina de la translatio imperii: Vicente de Beauvais se acoge en su Speculum historiale a dicha decretal como autoridad
en la cuestión de la translatio, Goez 1958, pp. 194-198, 203, 205.
70
Cartagena, Tractatus, cod. 42, f. 7r b.
71
Santa María, Las siete edades, ed. Conde, copla 240, p. 320a; Polono, Chronicon,
ed. Weiland, p. 426.
72
Cartagena, Tractatus, cod. 42, f. 7r b: “Quartus status fuit in quo cessauerunt imp[er]
are Germani seu Fra[n]ci et redactum est imp[er]ium ad Ytalicos. Et de hoc statu non faciunt
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el imperio a los sajones; su primer titular fue Otón I, que inicia el quinto
status73.
Cuatro translationes imperii, pues, contempla Alonso de Cartagena en su Tractatus. La idea de translatio imperii adquiere un cariz en cierto
modo particularista: instrumento de periodización de la historia del Imperio
Romano, marco, a su vez, de la historia del Derecho Civil, objeto en realidad
de su exposición. Se desplazaba así la originaria perspectiva escatológica del
esquema histórico de sucesivos imperios a la estrictamente política, lo cual
venía determinado por la índole esencialmente jurídica del discurso en que se
insertaban las consideraciones de Cartagena.
En el curso de su misión en Basilea, don Alonso tuvo una experiencia decisiva para su concepción de la institución imperial: su presencia en
la coronación de Alberto II como rey de Romanos en calidad de embajador
de Castilla (1438). Las relaciones diplomáticas con el Imperio, a la vez que la
constatación directa de la realidad institucional hubieron de suscitar en el embajador castellano un replanteamiento de sus ideas acerca del hecho imperial,
que tuvieron su primera plasmación en el discurso pronunciado en Bratislava
ante la corte imperial el 20 de noviembre de 143874.
Entre la elite política y cultural castellana las noticias sobre las
relaciones diplomáticas de Castilla con la corte imperial junto con las relativas al prestigio de Cartagena como embajador suscitarían la curiosidad por la realidad del imperio75. Fernán Pérez de Guzmán, amigo de don
Alonso, le planteó a éste hacia 1442 la siguiente cuestión: ¿son los títulos
real e imperial iguales o uno precede al otro?76. Teoría política y ceremonial diplomático (las sempiternas querellas sobre precedencia) están en
la base de dicha cuestión. La presencia del imperio en el horizonte de la
política exterior de Castilla obligaba a un replanteamiento de la naturaleza
del poder imperial.
mencione[m] omn[e]s cronice, quia modicum durauit. Sed tamen aliq[ue] ystorie interserunt
hoc et imp[er]auerunt in hoc quarto statu a Berengario primo usque ad Berengarium q[ua]
rtu[m] inclusiue quasi VII imp[er]atores”.
73
Ibidem, f. 7r b: “Q[ui]nt[us] status fuit q[ua]ndo cessauerunt imp[er]are Ytalici et inceperunt imperante (sic) Theuthonici. Incepit autem quintus status ab Octone primo [et] durat
usq[ue] in hodiernum diem”.
74
Para la misión diplomática de Cartagena en la corte imperial véase Fernández Gallardo 2002,
pp. 209-223.
75
Testimonio significativo de tal curiosidad sería la relación de los actos ceremoniales de la
coronación de Federico III en Roma en 1452, que revela la demanda de tal linaje de noticias,
BNE, ms. Res/35, ff. 76r-78v.
76
Primera de las doce que le envió en 1442 para que se las revolviera. Don Alonso solo
respondió a cuatro en obra que denominó Duodenarium. Véase Fernández Gallardo 2012,
pp. 184-228.
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En el riguroso desarrollo de su respuesta se le imponía a don Alonso
tratar la cuestión de la translatio imperii, para poder dar razón de las vicisitudes del Imperio Romano, con el que enlazaba el de su tiempo. El obispo de
Burgos reitera el esquema desarrollado en el Tractatus. Acota de este modo un
tramo específico en la serie de traslaciones, pretiriendo las anteriores, a las que
remite de modo impreciso77, y situándose en el ámbito de discusión propio de
la teoría curial de la translatio y del debate político en torno a la naturaleza del
imperio y su relación con el Pontificado78. La serie de transferencias se inicia
con el traslado de la capital imperial a Oriente, para justificar la titularidad del
imperio entre los griegos, de quienes pasaría, a su vez, a Carlomagno, que,
aunque computa como segunda translatio, en realidad viene a constituir el
punto de partida de la serie79.
Pues la primera transferencia era meramente local, se advierte cierta
inconsecuencia entre el fundamento aducido para dar razón de las transferencias, el paso de la titularidad del imperio de una nación a otra, y la realidad
efectiva de la primera de ellas, que no conllevaba tal cambio. El peso de la teoría
curial, centrada en la coronación imperial de Carlomagno, determinaba el inicio
de la serie de translationes. Mas, dado que en la que protagonizó Carlomagno se
producía el traspaso de griegos a francos, había que justificar el origen del poder
imperial de los primeros, que remontaba al traslado de la capital del imperio.
En la medida en que el imperio se transfiere de un pueblo a otro, se
justifica que la elevación de Carlomagno a la dignidad imperial se presente en
los términos de representación, “personificación” del pueblo franco. El papa
viene a ser una suerte de medio o instrumento en el proceso de transferencia,
de manera que la plena facultad de otorgar el poder imperial que le reconoció
la teoría curial quedaba en cierto modo atenuada.
77
Duodenarium, p. 192: “Notandas namque et grandes quatuor inter ceteras translaciones
habuit”.
78
En la medida en que uno de los presupuestos básicos de ésta era la idea de que en el año
800 hubo una transferencia del imperio de los griegos a los francos, Goez 1958, p. 137. De
hecho, el primer tratado sobre la translatio imperii establece tres translationes, que se corresponden con las tres primeras de Cartagena, Tractatus de origine ac translatione et statu Romani
imperii, ed. Krammer, p. 73. Destaca la inspiración curial de esta obra, que cabe fechar hacia
1308, Goez 1958, pp. 218-219. No es probable que Cartagena la conociera, pues de ser así no
habría incurrido en el grueso error histórico de implicar a Esteban II en la coronación de Carlomagno. Más bien se acogería a la línea doctrinal derivada de esta obra.
79
Cartagena, Duodenarium, ed. Fernández Gallardo, Jiménez Calvente, p. 192: “Imperarunt
enim principes primi sub imperii flore in Ytalia perseuerantes, deinde imperio per Constantinum Magnum in orientem deducto in Constantinopoly, quam Bisuncium vocabant sedem imperialem fecerunt; demum a Grecis in Germanos seu Francos in personam Karoli Magni per
Stephanum Papam imperiu(m) translatum est. Que translacio dici merito secunda potest”. Quizás en este punto Cartagena tome los datos de la crónica canónica de papas y emperadores. Cfr.
Polono, Chronicon, ed. Weiland, p. 426: “Hic [= Esteban II] (...) imperium a Grecis transtulit in
Germanos in personam magnifici regis Karoli”.
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En lo que respecta a las dos últimas transferencias, don Alonso se
hacía eco de la tradición historiográfica que establecía varias translationes
posteriores a Carlomagno. Ahora bien, la asumía con espíritu crítico, expresando su disconformidad con los fundamentos en que se basaba la tercera de
ellas. La línea de emperadores francos se extiende de Carlomagno a Luis III,
bajo el cual se produjo el traspaso de una parte del imperio a los italianos,
asumiendo el rey de Italia Berengario el título imperial80. Cartagena estima
inadecuado considerar la pérdida de los dominios italianos como translatio
imperii81. La causa aducida de tal traspaso revela la asunción de planteamientos propios de la teoría curial, pues el Imperio se subordina a la protección
de la Iglesia. Ahora bien, no deja de incurrir en inconsecuencia al exponer
los motivos de su desacuerdo con la localización de la tercera transferencia,
pues la alternativa que sugiere tiene un fundamento dinástico, no nacional.
Así, señala que aún quedaba un representante de la dinastía carolingia, sugiriéndose que sólo el fin de ésta daría lugar a una translatio82. Y de hecho, en
una obra histórica muy difundida, las Flores temporum (fines del siglo XIII),
se enfatizaba la condición de Conrado de último representante de la estirpe
carolingia, a la vez que se hacía coincidir su desaparición con la transferencia del imperio de los francos a los sajones83 –don Alonso señaló el origen
sajón de Otón I–.
La cuarta y última transferencia enlazaba con la realidad contemporánea. Otón I expulsó a Berengario IV y asumió el imperio, que pasó, de este
modo, de italianos a teutones84. El motivo que se aduce para este traspaso es la
80
La noticia de que el imperio pasó de los francos a los italianos, en la persona de Berengario, porque aquéllos fueron negligentes en defender a la Iglesia, aparece por ejemplo en el
Chronicon Holtzatiae, compuesto en 1448 por un presbítero de Bremen, Goez 1958, p. 209. En
la crónica de Martín Polono, obra que hubo de consultar Cartagena, se indica por un lado que
Luis III no llegó a ceñir la corona imperial y que con él terminó la serie de emperadores carolingios, dado que no sólo no favorecían las iglesias, sino que las esquilmaban; por otro, que los
italianos empezaron a ejercer el poder en el imperio, Polono, Chronicon, ed. Weiland, p. 463.
Don Alonso funde, al igual que el Chronicon Holtzatiae, ambas noticias.
81
Cartagena, Duodenarium, ed. Fernández Gallardo, Jiménez Calvente, p. 194: “Deinceps
multis ex Francis successiue imperantibus ad Ludouicum tercium imperialis principatus deuenit. Quo eclesiam, ut decebat, non defendente magna pars imperii ad Ytalicos reuersa est. Que
alteracio tercie translacionis nomen non ab re assumere debet. Et Berengarius primus in Ytalia
imperare cepit”.
82
Ibidem, p. 194: “licet Corardus, Ludouici filius, in parte Germanie regnaret. Quo deficiente
progenies Caroli penitus in regno Germanie defecit”.
83
Goez 1958, p. 207.
84
Cartagena, Duodenarium, ed. Fernández Gallardo, Jiménez Calvente, p. 194: “Post hec
autem Berengario quarto nimia feritate Ytaliam premente [et] per Ottonem primum Saxonie
ducem, a sede repulso ad Theotonicos apud quos hodie manet imperium quarta alteracione
translatum fuit”. Cartagena se hace eco de la crónica canónica de papas y emperadores. Cfr.
Polono, Chronicon, ed. Weiland, p. 464: “Qui Berengarius nimia feritate premebat Ytaliam”.
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tiranía del último emperador italiano. Cartagena enlazaba así con el planteamiento moral desarrollado en el Memoriale.
En el concepto de translatio imperii que tiene don Alonso parecen
confluir dos tradiciones: la teoría curial, centrada en la coronación de Carlomagno, y las diferentes versiones de translationes posteriores que circulaban en la literatura historiográfica. Su visión es eminentemente nacional85.
La titularidad del imperio pasa de un pueblo a otro. Griegos, francos, italianos y teutones: tal es la serie propuesta en el Tractatus y en el Duodenarium,
en el cual, sin embargo, se invoca el principio dinástico para mostrar lo inadecuado de la que él considera tercera translatio. El interés de don Alonso
por la idea de translatio es fundamentalmente histórico, por lo que quedaban
preteridos los aspectos doctrinales, especialmente aquellos en torno a los
cuales giraba el debate sobre el alcance de la intervención pontificia en el
acceso de Carlomagno a la dignidad imperial. Esa perspectiva histórica se
acomodaba a diversos propósitos: ofrecer el marco evolutivo del Derecho
Civil y destacar la dimensión ejemplar de la serie de translationes, en las
que destacaba la perversión y la tiranía del emperador del que se transfiere
el imperio.
3.2. Sánchez de Arévalo: al servicio de la propaganda pontificia
Unos veinticinco años más tarde, con finalidad muy diferente desarrollaría la idea de translatio el discípulo más destacado de Alonso de Cartagena, Rodrigo Sánchez de Arévalo. Sus ideas sobre el imperio están en estrecha relación con la defensa de los intereses del pontificado. A este respecto,
se muestra valedor de las tesis hierocráticas más extremas. Desde esta perspectiva, se replanteó los fundamentos del poder político para definir un orden
en que el papa constituía la fuente de legitimidad de todo poder. Se imponía,
por tanto, redefinir el papel y la función del imperio. Y a tal efecto, la idea
de translatio imperii jugaba un destacado papel en la construcción argumentativa. Sánchez de Arévalo ofrece una doble perspectiva de dicha idea: por
un lado, contempla la serie completa de los imperios universales y por otro,
limita su consideración a la derivada de la transferencia que se llevó a cabo en
la persona de Carlomagno.
85
Y es que quedó consagrada como esencia de la idea de translatio la transferencia de poder
de un pueblo a otro, que se afirmaba al serle reconocida a los francos su condición de Reichsvolk ya en la Vita Willehadi (ca. 850), Goez 1958, p. 73.
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3.2.1. La perspectiva bíblica
Arévalo compuso su tratado De origine ac differentia principatus
imperialis et regalis para dilucidar el origen y diferencia de los principados imperial y real, respectivamente, y por quién y por qué motivo pueden
ser corregidos y depuestos los reyes86. Se ha fechado en 146787. El autor se
hallaba entonces en Roma, al servicio de Pablo II, que nada más acceder al
solio pontificio lo nombró alcaide de Sant’Angelo. Esta obra forma parte de la
tratadística de tema político y eclesiológico que impulsó Pablo II para fundamentar ideológica y doctrinalmente sus aspiraciones a una efectiva plenitudo
potestatis88. Don Rodrigo se reveló como uno de los más celosos valedores
de la concepción hierocrática del pontificado. En coherencia con la tajante
afirmación de la supremacía del pontífice en lo temporal, se veía impelido a
impugnar la legitimidad del poder universal de la institución imperial.
Y en la medida en que ésta se proclamaba heredera del Imperio Romano, con acertada estrategia polémica, Arévalo concentró el esfuerzo confutatorio en minar las bases de su legitimidad. Y efectivamente, la primera conclusión que formuló tras examinar las formas de adquisición del principado
es que el dominio romano sobre reinos y provincias es tiránico por cuanto se
fundaba en la usurpación89. Se impugna asimismo la legitimidad de los imperios que lo antecedieron y de los que podía considerarse como sucesor. Ciertamente, tal era el corolario de la atribución exclusiva al papa de la titularidad
de la monarquía universal. Los imperios a que se alude son los que forman la
serie de imperios universales conforme a la interpretación de la profecía de
Daniel. Se destaca su carácter universal mediante el concepto de monarquía90.
Aparece la consabida serie de cuatro imperios: se identifican asirios
y caldeos, por un lado, y medos y persas, por otro, que constituyen los dos
primeros; griegos y romanos completan dicha serie. Arévalo localiza la causa de la ilegitimidad de los imperios en su origen: usurpación y violencia91.
Se invierte, de este modo, la perspectiva propia de la idea de translatio, que
86
Sánchez de Arévalo 1521, f. 7v.
Datos bibliográficos en Laboa 1973, p. 421.
88
Modigliani 2000, p. 686.
89
Sánchez de Arévalo 1521, f. 17r: “Roman[us] Populus & eius principes & imperatores
nullo iusto titulo, sed tyranice & usurpatiue & per violentiam dominium & iurisdictione[m] ad
regna & prouincias orbis occuparu[n]t & obtinueru[n]t”.
90
Ibidem, f. 16v: “reperiemus quatuor primas monarchias siue quatuor imperia orbis sibi
inuicem sucede[n]tia videlicet: Asyriorum, Caldeo[rum], Medorum & Persarum, Greco[rum],
Romano[rum] incepisse per vsurpationem & violentiam nec habuisse iustum & rectum titulum”.
91
Uno de los loci bíblicos de la idea de translatio destacaba como causas de la transferencia
de poder la injusticia, la violencia, el engaño, Ecclesiasticus 10, 8.
87
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incidía en los vicios de los conquistados. Es de notar que sólo se hace expresa
mención de aquella translatio que con más vigor prendió en la tradición historiográfica: la de asirios a medos92.
Las fuentes históricas son básicamente bíblicas, tanto el texto original, como los comentarios. Entre estos últimos cabría incluir la obra de Pedro
Coméstor, aducida a propósito de la tesis de que Nemrod fue quien dio origen
al imperio asirio93. Los loci bíblicos alegados son no sólo la fuente básica de la
idea de translatio, el libro de Daniel, sino el de los Macabeos. Los glosadores
del primero identificarán los imprecisos e indefinidos reinos a que se refiere el
profeta con imperios reales e históricos: en primer lugar, Hipólito de Roma,
avalado por san Jerónimo, quien sentaría las bases de dicha teoría94. Se aducen
las profecías de Daniel a propósito de la translatio de asirios a persas y de la
violencia y usurpación con que se impuso el Imperio Romano95. El libro de
los Macabeos se cita para demostrar lo inicuo del acceso de Alejandro Magno
al dominio imperial96.
Para Arévalo la idea de translatio imperii era un argumento de su
tesis acerca de la monarquía universal del papa. Ésta se fortalecía si se cerraba la posibilidad de que el dominio universal fuera ejercido con justo título
por un príncipe secular. Don Rodrigo apelaba a la historia. Los imperios universales se habían revelado todos ellos inicuos si se consideraba su origen:
usurpación y violencia. De ahí podía inducirse un principio más abstracto, el
orden natural: la titularidad de la monarquía universal por parte de un príncipe
laico es algo contra naturam97. La monarquía papal se asentaba, por tanto, en
principios naturales. Arévalo venía a plantear una enmienda a la totalidad de
la institución imperial.
3.2.2. En la órbita de la teoría curial
Hacia 1467, a instancias del papa Pablo II, don Rodrigo compuso un
opúsculo, el Liber de sceleribus et infelicitate perfidi Turchi98, en que refutaba
92
Sánchez de Arévalo 1521, f. 16v.
Ibidem, f. 16v. Cfr. Coméstor, Historia scholastica, ed. Migne, col. 1088.
94
Goez 1958, pp. 17-20, 25-29.
95
Sánchez de Arévalo 1521, f. 16v < Daniel 5, 28; Ibidem, f. 17r < Daniel 7.
96
I Machabaeorum, 1, 1-2 > Sánchez de Arévalo 1521, f. 16v.
97
Ibidem, f. 48r.
98
Se conservan dos manuscritos en la BAV: Cod. Vat. Lat. 971, ff. 1-122 y Cod. Vat. Lat.
972, ff. 1-102. Se citará por el primero de ellos. Se adelanta la fecha de redacción propuesta por
Trame 1958, p. 186: entre 1468 y 1469. Desarrollo de los argumentos al respecto en Fernández
Gallardo 2014, pp. 474-475.
93
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las tesis, difundidas desde círculos humanísticos filoturcos, que afirmaban la
legitimidad del dominio del sultán Mehmed II sobre Constantinopla. El representante más destacado de estas ideas fue el filósofo y humanista bizantino
Jorge de Trebisonda (1395-1486). La obra de Arévalo constituye, pues, un
dispositivo de la maquinaria propagandística pontificia. El argumento nuclear
del opúsculo consiste en una vehemente defensa de la plenitudo potestatis del
papa, que se erige en fuente de legitimidad de todo poder, en la única.
La idea de translatio cumple una precisa función dentro de la construcción argumentativa de De sceleribus Turchi. La tesis que alza el alcaide de
Sant’Angelo es clara y terminante: todo imperio y todo principado proceden
de Dios99, luego han de ser instituidos por la iglesia; el papa, como vicario de
Cristo, ejerce la suprema jurisdicción en lo temporal100. La idea de translatio
era invocada para mostrar la plenitud del poder papal: el papa posee la facultad de transferir el imperio de un pueblo a otro101. Arévalo venía a ser uno de
los más ardientes defensores de la teoría curial.
Se apartaba de la doctrina desarrollada por Cartagena en su Duodenarium al negar que Constantino hubiese llevado a cabo una transferencia
del imperio a los griegos, sobre la base de que el Imperio Romano había sido
cedido al papa Silvestre. En todo caso se trataría de una translatio personal,
no real102. En la base del razonamiento de Rodrigo se sitúa la doctrina de la
Donación de Constantino, que constituiría una suerte de referente tácito103.
A su vez, hacía una interpretación de la donación en la que se extremaban
los planteamientos papalistas, de manera que no reconocía pleno derecho al
emperador donante, pues la Iglesia no había renunciado nunca al dominio
temporal, por lo que más que de donación se trataría de una restitución104.
99
Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 11r: “Nec obstat
quod om[n]is potestas a domino Deo est”. Arévalo se acoge al locus paulino en la forma asertiva, Ad Romanos 13, 1.
100
Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 25v: “nec alius
conf[er]endus est imp[er]ator Romanorum nisi ab Eccl[es]ia institutus, conformatus & coronatus”.
101
Ibidem, f. 33r.
102
Ibidem, f. 23v. En este punto, Arévalo se mantendría apegado a la doctrina de la Donación, conforme a la ceñida exégesis de Ullmann 1970, pp. 81-82.
103
Así, el motivo del cambio de la sede imperial, obedece a los alegados en la Donación de
Constantino. Cfr. Constitutum Constantini, ed. Fuhrmann, pp. 94-95: “quoniam, ubi principatus sacerdotum et christianae religionis caput ab imperatore caelesti constitutum est, iustum non
est, ut illic imperator terrenus habeat potestatem”. Para la idea de la partida de Constantino de
Roma para no colisionar con el poder papal véase Fried 2007, pp. 49-52.
104
Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 23r: “non enim
Constantinus transtulit imp(er)ium Romanum ad Constantinopolim, set cessit B[ea]to Siluestro
imp[er]ium occidentale non ex ui donationis, cum Constantinus non potuit donare q[uo]d suum
non erat. Nec unquam dominium reru[m] temporalium fuit abdicatum ab Eccl[es]ia, set fuit
quedam cessio seu remissio & bone fidei recognitio & restitutio eius q[uo]d erat Eccl[es]ie”.
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Arévalo parece marcar distancias con respecto a uno de los fundamentos de la
doctrina hierocrática: ¿acaso porque sentía sus dudas acerca de la autenticidad
del Constitutum Constantini? No hay que perder de vista que ya había sido
cuestionado por Nicolás de Cusa en De concordantia católica (1433/1434) e
impugnado terminantemente Lorenzo Valla, pocos años más tarde. Al limitar
el alcance jurídico del acto de donación, que se tornaba restitución, la titularidad de la Iglesia sobre los dominios temporales de Occidente quedaba a resguardo de la invalidación de dicha donación a que conducían la crítica de Cusa
y Valla. Diríase que en Sánchez de Arévalo había prendido cierto escepticismo
ante la validez de la Donación, por lo que limitaba su trascendencia jurídica
como medida precautoria.
Tres translationes, pues, considera Arévalo. Excluida como tal la
atribuida a Constantino, coinciden con la serie establecida por Cartagena. La
primera es, por tanto, la que se efectuó en la persona de Carlomagno105. Don
Rodrigo ofrecía un desarrollo mucho más elaborado de los mecanismos de
las transferencias. Se afanaba en sostener las tesis papalistas con erudición y
rigor. Así, obvia el error histórico en que incurría su maestro, integrando la
intervención en la coronación imperial de los dos papas que había consagrado
la tradición, Esteban II y León III, y atribuyéndoles muy precisos y diferentes papeles, conforme al relato que al respecto ofrecía el Tractatus de origine et translatione et statu Romani imperii. La translatio se representa como
un proceso que se inicia en tiempo de Esteban II y concluye y hace efectivo
León III106. Arévalo prescindía de cualquier explicación histórica y recurría
a las figuras del Derecho: con Esteban II la translatio comenzó dispositiue,
esto es, conforme al sentido que este término poseía107, con una virtualidad
normativa limitada, por lo que no era plenamente “efectiva”. Ese defecto de
valor normativo es resuelto por el papa León III. Arévalo traducía a términos
jurídicos el relato propiamente histórico del Tractatus.
Atribuía a León III la coronación de Carlomagno, pero, a su vez, hacía referencia a la intervención del pueblo romano en tal ceremonia, más por
la intención de destacar las prerrogativas papales que por prurito de exactitud
histórica. Parece aprovechar la ocasión para no dejar duda de que el papa
105
Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24r: “tres imp[er]ii translationes reperiunt[ur] facte, quarum prima facta est in p[er]sona predicti Caroli
Magni”.
106
Ibidem, f. 24r: “quequide[m] translatio incepit dispo[s]itiue tempore Stephani pape.
Veru[m] tamen tunc non fuit facta translatio in eundem Carolum efectiue, set finaliter consumata est tempore Leonis pape tercii”; Cfr. Tractatus de origine ac translatione et statu Romani imperii, ed. Krammer, pp. 68-69: “Stephanus papa II [...] ordinavit imperium de Grecis in
Francos transferre vivente tunc Pipino, non autem hanc translationem realiter perfecit... Unde
non ipse Stephanus, sed Leo III. ipsum imperium transtulit seu concessit”.
107
Du Cange 1883-1887, t. III, s. v. dispositive, col. 141.
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posee en exclusiva la facultad de elegir al emperador, pues la participación
del pueblo romano queda restringida a un asentimiento o conformidad con la
iniciativa papal108. La filiación curial de la idea de translatio desarrollada por
Arévalo se pone de manifiesto en la autoridad a la que se acoge para la exposición de la primera: la decretal Per venerabilem109.
Se precisan los fundamentos de la segunda transferencia, que abundan en la afirmación de la prerrogativa papal sobre la elección del emperador.
A la negligencia de Luis III en la defensa de la Iglesia se hace preceder un dato
significativo: no recibió la bendición imperial, esto es, no fue coronado por
el papa. Y este hecho viene a ser la consecuencia de dicha negligencia110. Si
bien los datos parecen proceder de la crónica de Martín Polono111, Arévalo les
imprimía un decidido sesgo papalista, sometiéndolos a una amplificatio doctrinal, incorporando datos y matices de considerable calado jurídico-político.
Así al añadir la inhibición ante las agresiones de que era objeto la iglesia de
Roma, estaba afirmando tácitamente la subordinación del imperio, en tanto
que la defensa del Pontificado se erigía en su razón de ser, en el fundamento de su legitimidad. Arévalo hace una lectura radicalmente curial de la crónica
de Martín Polono112, alterando la literalidad del texto cronístico en aras de la
afirmación de las prerrogativas papales.
Para la tercera translatio se reorganiza y, en cierto modo, amplifica el
relato de la fuente hasta ahora utilizada en una dirección que viene destacar la
intervención del papa en los hechos que condujeron a la promoción de Otón I
a la corona imperial. El inicuo imperio de Berengario IV recibe una precisa
calificación político-jurídica: tiranía. Ante tal situación, es enviada una legación de la Santa Sede y de los lombardos a Otón I. Arévalo ordenaba e integraba en una narración más sencilla la serie de hechos referida por la crónica
de Martín Polono, a la vez que modificaba algunos de ellos para destacar la
108
Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24r: “Qui siquidem
Leo p[a]pa cum consensu totius populli (sic) Romani, qui iam dudum, ut diximus, recesserat
a constantinopolitinis imp[er]atoribus, coronauit Rome Carolum Magnum in imp[er]atorem”.
109
Ibidem f. 24r.
110
Ibidem, f. 24r-v: “Secunda translatio imp[er]ii facta fuit a Francis seu Germanis in Italicos
tempore Ludouici terc<c>ii imp[er]atoris (...) Benedictionem tamem (sic) imp[er]ialem non habuit nec ad coronam imp[er]ii potuit p[er]uenire, cuius causa fuit quia Franci eccl[es]ias, quas
progenitores eorum extruxerant, non fouebant, set poci[us] dissipabant nec iuuabant Romanam
eccl[es]iam contra molestantes & impugnantes eam”.
111
Pues hay paralelos verbales. Cfr. Polono, Chronicon, ed.Weiland, p. 463: “Arnulpho succedit filius eius Ludoycus, sed ad coronam imperii non pervenit. Unde ipse fuit finis imperii
quantum ad posteritatem Karoli, culpis exigentibus quia ecclesias, quas patres eorum extruxerant, non fovebant, sed pocius dissipabant”.
112
Ibidem, p. 463.
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intervención papal113. La manipulación más relevante es la que transforma la
petición de algunos cardenales y magnates romanos en la del propio papado,
al que se viene a atribuir, así, la facultad de elegir al emperador. Arévalo eliminaba de la fuente seguida la sugerencia de participación del pueblo romano
en la coronación de Otón114, para que no quedara duda de la exclusividad de
la atribución papal.
Para don Rodrigo los sujetos de las sucesivas translationes son pueblos, naciones, antes que dinastías. Griegos, francos (o germanos), italianos y
teutones componen la serie de pueblos que ostentaron sucesivamente la titularidad del imperio. A pesar de que su interés era jurídico-político antes que histórico, Arévalo revelaba sensibilidad cronística, en la medida en que incluía
puntuales datos cronológicos, tanto la fecha en que se produce la translatio
como la duración de cada uno de los imperios115.
Por encima de las inevitables diferencias entre el Duodenarium y De
sceleribus Turchi, se observa una muy significativa analogía en el desarrollo
que maestro y discípulo hacen de la idea de translatio imperii. La serie de
transferencias imperiales coincide en ambos autores, debido en buena medida
a que utilizan la misma fuente. Ahora bien, hay una analogía que podría considerarse indicio de relación entre ambas obras: tras la indicación de que la
titularidad del imperio por parte de los teutones se mantiene hasta el presente,
se hace referencia al procedimiento de elección del emperador. Mas con una
diferencia muy considerable: Cartagena se extiende con detalle en el ritual
de la coronación, mientras Arévalo se limita a constatar la existencia de una
normativa al respecto116.
113
Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24v: “Tercia uero
translatio facta fuit ab Italicis in Teutonicos, Berengario siquidem 4º tiranizante pocius quam
imperante & Italiam feritate nimia opprimente, ab Apostolica Sede & a Lonbardia mituntur
legati ad Octonem, regem Teutonie, de tyranide Berengarii conquerentes. Octo uero pro corona
imp[er]ii uocatus, cum Romam peteret & in Lonbardiam uenisset, Berengarium finaliter captiuauit & in exilium misit”; Cfr. Polono, Chronicon, ed.Weiland, pp. 464-465. Tal vez la adición
de la legación lombarda sea una inferencia que Arévalo hace de la fuente seguida, antes que
una lectura apresurada de la misma. Cfr. Ibidem, pp. 464-465: “Otto vero pro corona imperii
vocatus, Romam tendendo, cum in Lombardiam venisset”.
114
Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24v: “Romamq[ue]
ueniens a Io[anne] p[a]pa XII & a Romanis solepniter est receptus & imp[er]ium est adeptus”;
< Polono, Chronicon, ed. Weidland, p. 465.
115
Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi, Cod. Vat. Lat. 971, f. 24r-v. Es de notar
que el Tractatus de origine ofrece un cuidadoso cómputo tanto de las generaciones que se
sucedieron tras cada translatio como de los años que estuvieron al frente del imperio. Arévalo
coincide con esta obra en los años que duraron los emperadores griegos, pero difiere en los de la
dinastía carolingia, Ibidem, f. 24; Tractatus de origine actranslatione et statu Romani imperii,
ed. Krammer, pp. 68, 70-71.
116
Cartagena, Duodenarium, ed. Fernández Gallardo, Jiménez Calvente, p. 194: “imperialisque culminis delacio sub certis electionum regulis certoque electorum numero reducta est, vt sic
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Las innegables analogías delatan una relación que si no por la vía
de la dependencia textual habrá que fundamentarla en charlas y coloquios
entre maestro y discípulo, como aquellos de que dejó memorable testimonio
el diálogo que compuso el propio Cartagena, De Questionibus Ortolanis. No
sería infundado suponer que en el curso de tales tertulias se adujeran los textos oportunos para argumentar las opiniones respectivas. Ello explicaría el
que ambos compartan una fuente común para su exposición de las series de
translationes. Cabe imaginar a los dos eruditos letrados comentando los pasajes oportunos del Chronicon de Martín Polono. Este contexto de debate daría
cabal razón de que mantengan una acusada coincidencia en la exposición de
los hechos, la serie de translationes, y, a su vez, diverjan en la interpretación
de su dinámica. El acusado papalismo de que hace gala De sceleribus Turchi
es lo más probable que germinara en el pensamiento de Arévalo a raíz de su
incorporación a la curia pontificia.
3.3. Una ocasional referencia: Juan de Torquemada
Con muy diferente objeto sería aducida la idea de translatio por
Juan de Torquemada (1388-1468), eminente teólogo español del siglo XV:
precisamente en una obra en la que polemizaba con Sánchez de Arévalo
a propósito de la institución imperial. En su tratado sobre los principados
imperial y papal, Arévalo había negado legitimidad al dominio universal
del Imperio Romano, cuyo poder calificaba de tiránico y usurpador117. Torquemada respondió al punto con su Opusculum ad honorem Romani imperii et dominorum Romanorum118. De este modo, esta obra, al igual que De
sceleribus Turchi, se sitúa en el marco del debate político que se ventilaba
en la curia pontificia en torno al poder temporal del papa. Aunque tal vez
haya que tener en consideración motivos de índole personal, si se tiene en
cuenta que pocos años antes, en 1461, el papa Pío II atribuía a Sánchez
de Arévalo, entonces obispo de Oviedo, los manejos urdidos cerca del rey
electus trina corona, prima ferrea in Germania, secunda argentea in illa parte Ytalie, que olim
Gallia Transalpina uocabatur, tercia aurea in Vrbe insignitus clarescat, vt qui per tres regionum
denominaciones, Ytalie videlicet Gallie et Germanie, tres archiepiscopos in tres archicancellarios habet, in tribus hiis regionibus coronetur ac, rex Romano[rum] ex ipsa eleccione vocatus,
imperator per terciam coronacionem vocetur”; Sánchez de Arévalo, Liber de sceleribus Turchi,
Cod. Vat. Lat. 971, f. 24v: “consuetudo eligendi regem qui promoue[n]dus est in imp[er]atorem
sup[er] qua consuetudine condita sun[t] plura decreta”.
117
Tesis que constituía la primera conclusión que se formula en esta obra, Sánchez de Arévalo 1521, f. 17r.
118
Editado por Jedin 1943, pp. 267-278.
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de Castilla Enrique IV para obstaculizar la promoción de Torquemada a la
sede leonesa119.
Torquemada se hallaba entonces en la curia pontificia, ocupado principalmente en el estudio120. Era a la sazón obispo de Sabina, tras haber resignado la sede de Orense (1465)121. Representa lo que se ha denominado vía
intermedia entre las teorías papal y secular sobre las relaciones entre Iglesia y
Estado122. Frente a los excesos papalistas de Arévalo, que le llevaba a negar legitimidad a todo poder que no se fundara en la verdadera religión, Torquemada, asimismo ideólogo del Pontificado, no siente escrúpulo alguno en vindicar
el Imperio Romano en tanto que ordenado por la divina providencia.
La polémica entre Torquemada y Arévalo se enmarca, a su vez, en
el contexto de la renovación del interés por la institución imperial que impulsó Eneas Silvio Piccolomini, el papa humanista Pío II, con su opúsculo De
ortu et auctoritate imperii Romani, sobre los fundamentos del Sacro Imperio
Romano y las obligaciones del emperador, compuesto en 1446, cuando era
secretario imperial de Federico III123. El futuro papa ponía su saber humanístico al servicio de la legitimación del imperio: una aproximación naturalista
de inspiración ciceroniana para la vindicación de un poder universal como
garante de la razón y la justicia124. Las radicales tesis papalistas de Sánchez de
Arévalo constituían una tácita refutación de los planteamientos de Piccolomini. Torquemada, desde la ecuanimidad de su posición papalista, diríase que se
mostraba alertado ante el radicalismo de su compatriota; sobre el canonista
se imponía el teólogo que, a la zaga de san Agustín, sitúa el imperio en el plan
de la Providencia divina.
La idea de translatio le sirve para negar el carácter inicuo del imperio. Se acoge a la teoría curial, expresamente a la doctrina derivada de la
decretal Per venerabilem, sólo que desplaza el acento del papado a la iglesia,
a la que atribuye la facultad de aprobar y coronar a los emperadores125. Y en
este punto, aducía expresamente la translatio por antonomasia, la que trans119
Beltrán 1977, pp. 525-526.
La aspiración de Torquemada era ser útil a los papas y a la Iglesia a través de su teología:
de hecho en toda cuestión de importancia su opinión gozaba de gran consideración y predicamento, Lederer 1879, p. 267.
121
Para los últimos años de Torquemada, transcurridos en la curia, véase ibidem, pp. 267-270
y, sobre todo, Beltrán de Heredia 1977, pp. 522-536.
122
Black 1992, p. 83. Acentúa, en cambio, su alineamiento papalista Orella 1976, pp. 447-449.
123
Destaca la incardinación de las reflexiones de Piccolomini sobre el imperio en su circunstancia biográfica Toews 1968, pp. 473-475.
124
Nederman 1993a, 1993b. Subraya, en cambio, el sesgo tradicional de la vindicación del
imperio universal que hace Piccolomini, Toews 1968, p. 474.
125
Torquemada, Opusculum, ed. Jedin, p. 275: “Tertio potest deduci prefata conclusio ex eo,
quod ecclesia Romana approbat et coronat imperatores...”.
120
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firió el imperio de griegos a germanos: si la Iglesia elige y corona a los emperadores, éstos no pueden ser de ninguna manera tiranos y salteadores126. La
idea de translatio es tratada de modo tangencial; a Torquemada no le interesa
en modo alguno el fondo histórico, sino el fundamento doctrinal, que, por
un lado, extrema en lo relativo a la subordinación del imperium al sacerdotium, mas limitando el alcance del poder papal, representado por la Iglesia de
Roma. Torquemada se refiere a la translatio como un hecho consabido que no
requería mayor explicación; de ahí que obvie cualquier fuente historiográfica
y se acoja a la autoridad de la ciencia canonística. Antes que la persona de
Carlomagno, se destaca la dimensión nacional o étnica, en la medida en que
se identifica dicha transferencia sólo por los pueblos entre los que tuvo lugar.
4. NEBRIJA: LA TRANSLATIO IMPERII COMO MARCO DE LA TRANSLATIO STUDII
Con Nebrija la idea de translatio imperii retoma la amplia perspectiva de los imperios universales a la vez que adquiere una significación hispana,
sólo que por vía indirecta, en tanto que dicha idea proporciona el fundamento
de aquella otra que le sirve de argumento nuclear para justificar el patronazgo
regio en la promoción de la lengua castellana: la translatio studii, que ya había sido invocada por Santillana, Alonso de Palencia, Diego de Burgos y Juan
de Lucena para vindicar la excelencia de la lengua y la cultura de Castilla127.
Nebrija sitúa la preeminencia del castellano dentro de un proceso histórico
regido por el vínculo entre auge político y esplendor cultural e idiomático,
concepción que quedó consagrada en la máxima siempre la lengua fue compañera del imperio, la cual constituye una convicción arraigada en una profunda
reflexión sobre el devenir histórico128.
No se formula expresamente la idea de translatio129. Sólo en la medida en que la sucesión de las lenguas preeminentes va asociada a la de sus
imperios correspondientes cabe identificar algunos hitos de dicho concepto.
126
Ibidem, p. 275: “Quarta conclusio videtur clara ex illo, quod dicitur, quod ecclesia Romana transtulit imperio de Grecis in Germanos, Extra de elect. [I 6] c. venerabilem, quia non potest
dici, quod transtulerit latrocinium, sed imperium legitime possessum”. La fuente aducida es la
consabida decretal, Liber extra 1.6.34, cols. 79-82.
127
Capelli 2002, pp. 59-63; amplia perspectiva histórica en Maravall 1966, pp. 216-220.
Para el marco general de esta idea véase Wortsbrock 1965.
128
Nebrija, Gramática, ed. Lozano, p. 3. Nebrija integra las ideas al respecto de Lorenzo Valla y Gonzalo García de Santa María, Asensio 1960, p. 406. Pero, en definitiva, remontaban a san
Agustín (véase las recientes consideraciones al respecto de Gómez Redondo 2012, pp. 678-681).
129
No reconocer este hecho es el defecto que invalida la interpretación de Bonmatí 1966,
que asume un concepto tan laxo de translatio imperii que le resta sustantividad para caracterizar
una idea política.
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El auge del imperio griego corresponde a la monarchía del gran Alexandre130. El
término monarquía apunta directamente a la concepción universalista del imperio, la original de la translatio imperii. Sólo de modo indirecto cabría identificar una transferencia en la persona de Alejandro Magno, pues en él culmina
el desarrollo de la lengua griega131. Mas queda al margen de la idea tradicional
de translatio imperii, pues el relevo en la preeminencia cultural e idiomática
se produce entre hebreos y griegos. En cambio, la sucesión de la supremacía
del latín viene a corresponder con la serie de transferencias imperiales: el inicio del Imperio Romano, que adquiere cierta dimensión mesiánica al coincidir
con la venida del Salvador132. Se mantiene el concepto de monarquía, lo que
confiere cierta unidad a la serie de imperios en que se funda la preeminencia
idiomática, al menos la sucesión de los de griegos y romanos.
Nebrija ofrece, pues, fragmentos dispersos de la idea de translatio
imperii. Aunque se invoca una sucesión de imperios sobre los que se asentaría
el auge idiomático, no se desarrolla dicha idea, que viene a constituir más
bien una teoría que no se lleva a la práctica. En rigor, tampoco cabe hablar
propiamente de translatio studii. Antes que a la lengua como fundamento del
saber, Nebrija se acoge a la idea de las tres lenguas sagradas (hebreo, griego
y latín)133, que componen la secuencia histórica que sirve de marco a la exaltación del castellano. Y es que para él tal vez la concepción más genuina de la
incardinación del hecho lingüístico en la vida social se evidencia sobre todo
en la relación que media entre lengua, poder y religión134.
5. CONCLUSIONES
La circulación de la idea de translatio imperii se revela limitada en la
Castilla medieval. El hecho de que la obra de san Isidoro constituye una de las
raíces principales de la historiografía hispano-medieval determinó un desarrollo reducido de dicha idea. Las específicas circunstancias políticas del reino
visigodo en la época de san Isidoro dieron lugar a cierta aversión al imperio,
dado que su representante de entonces, Bizancio, ocupaba parte de la península ibérica: no interesaba reconocer argumentos legitimadores del poder imperial y la idea de translatio imperii constituía uno de los más poderosos, en la
130
Nebrija, Gramática, ed. Lozano, p. 5.
Ibidem, pp. 5-6.
132
Ibidem, p. 6.
133
Resnick 1990.
134
Como se pone manifiesto en Nebrija, De vi ac potestate litterarum, ed. Quilis, Usábel,
pp. 37, 79.
131
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medida en que se inscribía en un plan providencial. Mas tampoco era posible
obviar la realidad, de ahí que aun cuando se omita el desarrollo del argumento
se haga referencia a determinados momentos de la translatio.
La gran oportunidad que pudo representar la obra historial de Alfonso el Sabio no cuajó en un desarrollo de la translatio imperii. Tal vez para la
amplia perspectiva histórica del sabio monarca resultara dicho esquema limitado e insuficiente. Y es que si la historia era concebida como una sucesión de
poderíos, no cabía obviar el del pueblo elegido, ajeno a la concepción tradicional de la translatio imperii. De modo inesperado reaparece siglo y medio más
tarde en otra obra histórica de carácter universal, Las siete edades trovadas, de
Pablo de Santa María: una referencia aislada a la translatio de asirios a medos,
sin conexión alguna con otras transferencias.
Hasta entonces la limitada presencia de la idea de translatio en Castilla se había manifestado en el ámbito historiográfico. Desde mediados del siglo
XV, se desarrolla en otros ámbitos genéricos ligados a la reflexión y la propaganda política. Se observa un nuevo interés por dicha idea, vinculado al debate
sobre la institución imperial, su naturaleza y fundamentos, que se desarrolla en
diferentes campos, humanístico y vaticano. Dos autores, Alonso de Cartagena
y Rodrigo Sánchez de Arévalo, dos grandes eclesiásticos y juristas, maestro y
discípulo, van a ofrecer sendos desarrollos de la idea de translatio que constituyen una importante aportación hispana. Ambos autores asumen los planteamientos de la teoría curial, que en Arévalo presenta un desarrollo radical.
Nebrija asume el fundamento teórico de la translatio imperii desde
una perspectiva hispana como base de una translatio studii. Se trata únicamente
de una idea implícita que no presenta desarrollo ni referencia específica alguna.
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Fecha de recepción del artículo: septiembre 2013
Fecha de aceptación y versión final: marzo 2014
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