EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y ARQUEOLOGÍA:
PERSPECTIVAS
David Barreiro Martínez y Felipe Criado Boado
Laboratorio de Arqueoloxía da Paisaxe. Instituto de Estudos Galegos “Padre
Sarmiento”, Centro mixto entre el Consello Superior de Investigacións
Científicas y la Xunta de Galicia
1.
Introducción: no perdamos el tren
El presente texto pretende ser una incitación a la reflexión por parte de todos
aquellos agentes relacionados con la gestión del Patrimonio Cultural ( PC) en el
contexto del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental ( EIA) aunque en el
marco de estas jornadas nos centramos en y nos dirigimos a, sobre todo, arqueólogos
y gestores del Patrimonio Arqueológico. Nuestra intención es proponer algunas líneas
de acción orientadas a una convergencia con las tendencias generales que se pueden
detectar, actualmente, en relación con la evaluación ambiental.
No quiere esto decir que el trabajo de desarrollo de metodologías específicas
(que podemos identificar como un horizonte de trabajo vinculado a una investigación
aplicada) enfocadas a la gestión del impacto sobre el PC en el marco de las EIA sea
una tarea superada, ya que se trataría de una labor inconclusa por naturaleza, aun
considerando los avances mostrados en este sentido desde que se iniciara la relación
de la arqueología con el mundo de la gestión ambiental (RA MOS et al. 1993, CRIA DO
1995, LLAVORÍ 1998, BARREIRO 2000, A MADO y otros 2002). Tampoco quiere decir
que no siga siendo una labor fundamental para alcanzar esta integración de la gestión
del PC en los procedimientos de EIA el debatir acerca de los resultados
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
proporcionados por la arqueología preventiva (MUÑOZ 1997, GAMA RRA 1997,
RODRÍGUEZ 1998, CUNHA y FILHO 2000), como se demuestra en los contenidos de
esta sesión.
Sin embargo, nuestra contribución a este acto va a girar en torno a las
perspectivas que se abren a los expertos en gestión del PC en relación con las nuevas
(y no tan nuevas) necesidades que se plantean a partir del desarrollo teóricometodológico de las diversas disciplinas implicadas en la evaluación ambiental.
Previamente (apartado 2), trataremos de sintetizar de forma muy breve la
relación que han venido teniendo la gestión del PC y la EIA desde sus inicios, en
relación con el papel que la primera juega en la segunda, habiendo sido la falta de
integración el principal obstáculo a un desarrollo más armónico de la gestión del
impacto sobre el PC. Nuestras propuestas apuntan a la ya mencionada convergencia,
atendiendo a las nuevas tendencias que se manifiestan de forma global.
En primer lugar (apartado 3), convendr ía no perder el tren en campos
importantes, como es la adaptación de un código de Buenas Prácticas que aspira a
orientar las EIA a nivel internacional. Dentro de este campo aparecen, además de
cuestiones de metodología, alusiones a un tema que inquieta especialmente a los
sociólogos de la ciencia y la tecnología, como es la participación social en el
procedimiento de gestión ambiental. Por considerar que se trata de un punto
importante, le dedicaremos, en segundo lugar, una pequeña reflexión en el apartado 4.
En tercer y último lugar (apartado 5), a modo de retorno a cuestiones
metodológicas candentes, y como recordatorio de que éste es un ámbito
perennemente inconcluso en toda investigación aplicada, planteamos la urgencia de
emprender líneas de investigación específicamente orientadas a la integración de los
procesos de evaluación de impacto sobre el PC en un procedimiento que se va a erigir
en eje vertebrador de la política medioambiental a medio plazo: la Evaluación
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
Ambiental Estratégica ( EAE). La experiencia ha proporcionado datos suficientes
acerca del reduccionismo que implica la EIA, que actúa proyecto a proyecto, respecto
a las nuevas formas que se adivinan en el hor izonte: planteamos la necesidad de
acometer (y proponemos un camino para hacerlo) la investigación necesaria para no
perder el tren.
2.
Patrimonio cultural y EIA: una relación insuficientemente explorada
La consideración del Patrimonio Cultural en la legislación –tanto de ámbito europeo
como estatal y/o autonómico- referente a la EIA es más bien parca (véase al respecto
VARELA 2004). En la Directiva Comunitaria 85/337/CEE, aparecen como factores
constituyentes del medio ambiente, “el hombre, la flora y la fauna, el suelo, el agua, el
aire y el paisaje, la interacción entre los factores relacionados anteriormente y el
patrimonio cultural”, mientras que el R. D. 1302/86 dictamina la necesidad de “evaluar
los efectos previsibles directos e indirectos del proyecto sobre la población, la fauna, la
flora, el suelo, el aire, el agua, los factores climáticos, el paisaje y los bienes
materiales, incluido el patrimonio histórico-artístico y el arqueológico”. Respecto a lo
que el marco legislativo que regula la gestión del impacto ambiental ofrece para la
gestión del patr imonio y del impacto arqueológico, a grandes rasgos, esto es todo,
puesto que la ley en vigor (Ley 6/2001, de modificación del R. D. 1302/1986) sólo varía
en lo que se refiere a aspectos técnicos relacionados con los proyectos que deben
someterse a evaluación.
Si analizamos la situación desde el punto de vista inverso (estudiando las
diferentes legislaciones autonómicas y viendo cómo se considera en cada una el
procedimiento de evaluación ambiental), encontraremos que, por lo general, todas las
normas recalcan una cuestión: que el procedimiento de EIA, en lo tocante al PC,
afecta a los organismos competentes en materia de cultura, y que éstos, por lo tanto,
deben ser informados. Éste es uno de los requisitos incluido en la propia legislación de
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
impacto ambiental (consultas a organismos), por lo que no resulta extraño que las
legislaciones específicas recojan esa necesidad.
Lo que sí es un hecho constatable es que no se recogen aspectos procedimentales
específicos sobre cómo debe tener lugar la integración entre los estudios de impacto
ambiental y el impacto sobre el PC. Es decir, no se especifica a través de la ley qué
contenidos particulares debe tener un estudio de impacto sobre el PC, por lo que se
debe suponer que éste debe adaptarse plenamente a los requisitos establecidos para
todo estudio de impacto ambiental. Sin embargo, la especificidad del PC, en tanto
factor conformante del medio ambiente, presenta múltiples problemas a la hora de que
éste se pueda integrar en el proceso de EIA.
Para empezar, debemos recordar que el PC no es más que un factor muy concreto
dentro del conjunto de factores que integran el medio ambiente. Esto, sin duda, tiene
un reflejo muy claro en la bibliografía al respecto. Los manuales de referencia en EIA
(ESTEVAN 1977:18-19 y 1989, SUÁREZ 1989: 57, GONZÁLEZ 1989, GÓMEZ 1994:
121, CONESA 1995: 227-9) y otros volúmenes dedicados a una reflexión global sobre
el procedimiento de EIA (PEINA DO y SOBRINI 1997; ROMA NO 2000) tratan el tema
del PC, en el mejor de los casos, de forma tangencial y/o superficial, en parte por no
haber sido expertos en patrimonio quienes los han escrito, aunque algún autor
reconoce la necesidad de metodologías espec íficas (GÓMEZ 1994) y de avanzar en la
elaboración de un inventario del Patrimonio Artístico y Arqueológico, así como de
profundizar en la legislación específica de protección del patr imonio y en los
procedimientos de planificación (CONESA 1995).
No se trata tanto de un reproche corporativista como de una llamada al trabajo
inter y multidisciplinar y a que dicha interdisciplinariedad, al menos, sea tenida en
cuenta, o mencionada, aunque no se profundice en cuestiones relacionadas con la
gestión del patrimonio, nor malmente ajenas a quienes realizan este tipo de estudios y
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
aproximaciones globales. Tampoco postulamos una integración absoluta entre
factores que difícilmente pueden ser gestionados partiendo de una misma base
metodológica. El patrimonio cultural, y el arqueológico, ya se considere como un
elemento más del medio socio-económico o del medio socio-cultural, ya se presente
como un recurso o como un bien a proteger, posee rasgos muy específicos que
impiden un tratamiento similar al de otros factores ambientales, tanto en el nivel de
evaluación como en el de protección y corrección de impacto.
En este sentido, un buen ejemplo a seguir son los diversos documentos que el
Heritage Council, de Irlanda, viene editando en los últimos años, acorde con una
dinámica socio-económica de acelerada modernización (JOHNSON 1998; LA MBRICK
y DOYLE 2000). Creemos que éste es el buen camino, porque la integración de la
gestión patrimonial en el procedimiento de EIA no se puede solventar a base de
metodologías que minimicen la diversidad de factores que integran el medio ambiente,
simplificando enor memente el componente valorativo de aquélla, sino manteniendo la
perspectiva del experto en gestión del patr imonio sin perder de vista el contexto global
en que esa gestión tiene lugar. Como nos recuerda Nor man Lee (LEE 1997), debemos
evitar la sensación de “satisfacción metodológica”: lo más funcional no tiene por qué
ser lo más apropiado. Así, lo que este tipo de iniciativas implica es un mayor y mejor
conocimiento del contexto general de trabajo, en el que las directrices metodológicas
están orientadas a esta integración sin que se pierda por ello la especificidad
manifiesta del PC en tanto componente medioambiental.
Por tanto, en nuestro país, las perspectivas del trabajo de investigación en estos
temas, a corto y medio plazo, deben apuntar hacia una progresiva tendencia a la
interdisciplinariedad. Estamos obligados a realizar un esfuerzo adaptativo, al tiempo
que tenemos que coadyuvar a que la gestión del PC ocupe el lugar que le corresponde
en el procedimiento general. En la medida en que la propia interdisciplinariedad es un
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
principio estipulado en la directriz de Buenas Prácticas en EIA, de la Asociación
Internacional de Impacto A mbiental ( IA IA), puede ser un buen comienzo para esta
reflexión aproximarnos a lo que estos principios nos sugieren.
3.
Buenas Prácticas en Evaluación de Impacto Ambiental
Aunque no es éste el lugar para ello, conviene adoptar una actitud cautelosa ante
la necesidad de definir unas recomendaciones de Buenas Prácticas que orienten la
labor de gestión del PC en relación con el marco de la EIA. Nos referimos al peligro
que para una disciplina tradicionalmente adscrita al campo de las humanidades, como
es en este caso la arqueología, tendr ía el asimilar, acríticamente, los presupuestos
éticos planteados, de forma consensuada con organis mos de diversos países, por la
IAIA. Estos presupuestos, si bien asumibles, no deben suponer una paralización de la
reflexión crítica en torno a lo que la evaluación ambiental, hoy en día, significa en el
ámbito práctico-moral de la acción humana.
Asumida esta cautela, también conviene llamar la atención sobre la necesidad de
que esta asimilación de las Buenas Prácticas se produzca de forma reflexiva. Lo que
aquí apuntamos es una primera propuesta que, desde luego, no aspira a convertirse
en definitiva, sino a incitar a un debate en torno a esta cuestión acuciante. Seguiremos
para ello, como ya hemos dicho, las recomendaciones de la IA IA (IAIA 1996).
En primer lugar, conviene señalar que las Buenas Prácticas en EIA se orientan a
conseguir una más efectiva presencia del proceso de EIA en la política, y una mejora
en la eficacia de dicho proceso. Sin embargo, se hace hincapié en intentar vincular
este concepto (eficacia) con un modelo de desarrollo diferente al que impera en la
actualidad. Hoy no basta con corregir las “desviaciones” ambientales producidas por
un modelo económico productivista, sino que la EIA debe servir para reorientar las
políticas económicas hacia un modelo sostenible. Para ello, se plantean dos tipos de
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
objetivos: básicos (aplicables en todas las fases del proceso EIA) y operacionales
(aplicables a momentos específicos del proceso).
Los principios básicos establecen que la EIA debe ser:
• Útil (purposive): informando y proporcionando niveles adecuados de protección
ambiental y bienestar.
• Rigurosa (rigorous): aplicando las mejores metodologías, adecuadas a los
problemas tratados.
• Práctica (practical): produciendo información y resultados que ayuden a resolver
los problemas y sean aceptables y utilizables por el promotor.
• Relevante (relevant): proporcionando información suficiente, fiable y utilizable en
procesos de desarrollo y toma de decisiones.
• Eficaz (cost-effective): atendiendo a los objetivos dentro de los límites de
información, tiempo, recursos y metodologías.
• Eficiente (efficient): imponiendo un mínimo de recursos y tiempo al promotor,
compatible con los objetivos y requisitos de la EIA.
• Focalizada (focused): concentrándose en los factores-clave y en los efectos
significativos en la toma de decisiones.
• Adaptativa (adaptive): ajustándose a la realidad y las circunstancias sin
comprometer la integridad del proceso, e incorporando de forma iteractiva las
casuísticas producidas a lo largo del proceso.
• Participativa (participative): proporcionando oportunidades para informar y
envolver al público interesado y afectado, debiendo ser sus contribuciones y
preocupaciones explícitamente consideradas en la toma de decisiones.
• Interdisciplinar (interdisciplinary): asegurando la utilización de las técnicas y los
expertos adecuados en las relevantes disciplinas biofísicas y socioeconómicas,
incluyendo, cuando sea relevante, el saber tradicional.
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
• Creíble (credible): siendo conducido con profesionalidad, rigor, honestidad,
objetividad, imparcialidad y equilibrio, debiendo ser sometido a verificaciones y análisis
independientes.
• Integrada (integrated): considerando las interrelaciones entre los aspectos
sociales, económicos y biofísicos.
• Transparente (transparent): presentando requisitos claros y de fácil comprensión,
asegurando el acceso del público a la información, identificando los factores
considerados en la toma de decisiones y reconociendo las limitaciones y dificultades.
• Sistem ática (system atic): considerando de forma plena toda la información
relevante sobre el ambiente afectado, sobre las alternativas propuestas y sus impactos
y sobre las medidas necesarias para controlar e investigar los efectos residuales.
Hasta aquí lo que se refiere a los catorce principios básicos. No hace falta
indagar mucho para darse cuenta de que hay principios que se podr ían considerar
contradictorios e, incluso, excluyentes. Sin embargo, no se trata de que nos toque una
quiniela, sino de alcanzar un equilibrio entre los distintos principios.
Por lo que respecta a los principios operacionales, se insiste en la necesidad de
considerar como factores ambientales todos aquellos acordes con un modelo
sostenible, y en la promoción de la participación activa de las comunidades afectadas
y del público en general.
Espec íficamente, los principios operacionales significan que la EIA debe
proporcionar:
• La selección de acciones (screening): para determinar qué acciones deben
someterse a EIA y con qué nivel de detalle.
• La definición del ám bito (scoping): para deter minar las cuestiones e impactos
relevantes y para establecer los términos de referencia para la EIA.
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
• El examen de alternativas (examination of alternatives): para establecer la opción
más benigna ambientalmente para alcanzar los objetivos propuestos.
• El análisis de im pactos (impact analysis): para identificar y prevenir los posibles
efectos (ambientales, sociales y otros) de la propuesta.
• La corrección y gestión de impactos (mitigation and impact management): para
establecer las medidas necesarias para evitar, minimizar o compensar los impactos
adversos previs tos, e incorporarlos en un sistema de gestión ambiental si fuese
necesario.
• La evaluación de la significancia (evaluation of significance): para determinar la
importancia relativa y lo asumible de los impactos residuales (los que no pueden ser
mitigados).
• La preparación del Estudio de Im pacto Am biental (EsIA) (preparation of
environmental impact statemen or report): para documentar con claridad e
imparcialidad los impactos de la propuesta, las medidas correctoras, la significancia de
los efectos, las preocupaciones del público interesado y de las comunidades afectadas
por la propuesta.
• La revisión del EsIA (review of the EIS): para determinar si el Es IA cumple los
términos de referencia, si es una evaluación satisfactoria y si contiene la información
requerida.
• La tom a de decisiones (decision making): para aprobar o rechazar la propuesta y
establecer los términos de su concreción.
• El seguim iento (follow up): para asegurar que las condiciones se cumplen,
controlar los impactos del desarrollo y las eficacia de las medidas correctoras; para
fortalecer futuras aplicaciones de la EIA y poder efectuar auditor ías ambientales, a ser
posible, en consonancia con los pricipios del desarrollo sostenible.
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
En resumen, de lo que se trata no es tanto de proporcionar un marco estable
para el desarrollo de las tareas vinculadas a una EIA, como de orientar la acción de los
expertos en un procedimiento que, a medida que se afianza, se hace más complejo.
Es importante que los expertos en gestión del PC, como parte de este proceso,
comiencen a desarrollar su trabajo de acuerdo con estos principios, aunque,
insistimos, siempre de forma reflexiva.
Tampoco es necesario profundizar mucho en el análisis para darse cuenta de que
una de las grandes tareas pendientes en el proceso de EIA va más allá de cuestiones
técnico-metodológicas: se trata de la cuestión de la Participación Pública.
4.
Participación pública en EIA
Una cr ítica más o menos radical puede llegar fácilmente a la conclusión de que las
políticas de gestión ambiental no funcionan de forma democrática porque la sociedad
no es totalmente democrática, y los procesos técnicos (la EIA no es una excepción) se
han convertido en tecnocráticos.
Para algún autor (FULLER 2003: 51), en cuanto a la toma de decisiones, la
epistemología clásica destacaba el papel del “participante desinteresado” (una idea del
científico que la crisis del paradigma positivista tiró abajo), mientras que la
epistemología postmoderna destaca el papel del “participante interesado”. Para este
autor, éste es el momento en que hay que dar entrada al “no participante interesado”.
La intención no debe ser simplemente la de “alfabetizar”, sino la de generar un
contexto de intercomunicación (GONZÁLEZ GARCÍA 2003: 95). Ésta es la mis ma idea
que defienden S. Funtow icz y J. Ravetz (FUNTOWICZ y RAVETZ 2000) cuando se
refieren a la ciencia postnor mal: una ciencia en la que priman los riesgos y las
incertidumbres, y en la que, por tanto, es fundamental el compromiso democrático y el
consenso en toda toma de decisiones.
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
Según Sancho y Romano (SA NCHO y ROMANO 2000: 342-3), los objetivos que
persigue la participación pública en el procedimiento de EIA ser ían los siguientes (en
general, son coherentes con las Buenas Prácticas examinadas):
1.
Durante la fase de planificación:
• Informar-educar: o la creación de una conciencia ecológica entre el público.
• Recoger información: para aportar al público el conocimiento necesario para
que complete su información.
• Reivindicar: es la forma por la que el público puede hacer valer sus
derechos, mediante una consulta pública, por ejemplo.
• Consultar: establecer un canal de comunicación entre el promotor del
proyecto y el público, que puede modificar el curso del proyecto, aunque
nunca de forma sustancial.
• Decidir: a través de la planificación conjunta o decisión compartida, de la
autoridad delegada e, incluso, de la autodeterminación.
2.
Durante la fase de construcción o implementación del proyecto, la colaboración
y cooperación con la sociedad sigue siendo fundamental para consolidar la
aceptabilidad social del proyecto.
3.
Por último, en la fase de operación y conservación, es imprescindible mantener
la comunicación con el público en lo relativo al programa de vigilancia ambiental.
Perseguir estos objetivos llevar ía a evitar eventuales conflictos con el público, a
integrar el conocimiento del público con el experto, a hacer emerger nuevas soluciones
y, en definitiva, a aumentar el compromiso comunitario (SA NCHO y ROMA NO 2000:
343). O lo que, según otra autora (GONZÁLEZ GARCÍA 2003: 95), serían muy
distintos tipos de argumento: instrumental (eliminación del obstáculo que supone la
oposición popular), nor mativo (extensión del compromiso democrático) y sustantivo
(dar cabida a la capacidad informativa de los no expertos).
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I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
Pero, pese a los avances experimentados, existen una serie de factores
estructurales que suponen un serio obstáculo en el camino de la participación del
público en la gestión ambiental y las políticas de sostenibilidad, como son 1) la
pobreza, 2) el analfabetismo y 3) la cultura y los valores locales (lengua, relaciones
familiares, actitudes hacia la autoridad, diferencias entre los sistemas formales e
informales de mediación, sistema legal, grupos de interés).
No por menos obvias deben dejar de ser reseñadas estas circunstancias,
máxime teniendo en cuenta que, al menos en Galicia (pero también en buena parte de
España), la herencia del franquismo sigue jugando su papel en la prolongación de
algunas de las dinámicas del punto 3 y, por qué no decirlo, sigue habiendo un fuerte
déficit cultural entre amplias capas de la población.
Quizás el único de los factores citados que se ha visto considerablemente
disminuido sea el primero, pero, en nuestra opinión, la inexistencia de pobreza no
garantiza por sí sola un aumento de conciencia ambiental ni de respeto hacia el bien
común si no va acompañada de un fortalecimiento de los valores que conforman dicha
conciencia. Esto es coherente con nuestra propuesta de acción, que pretende
contribuir a una transformación paulatina de los valores culturales, desde el modesto
lugar que ocupa la gestión del PC y a través de una perspectiva que enfatize el
componente social de nuestras prácticas e investigue en sus propiedades
características.
A nivel legislativo, el siguiente paso será la transposición a los diferentes estados
de la Directiva 2003/35/CE, relativa a la participación del público en la evaluación de
planes y programas. Esta nueva directiva intenta adaptar las directrices del llamado
Convenio de Aarhus (1998) sobre el acceso a la información, la participación del
público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en mater ia de medio
ambiente, y lo hace además orientándose hacia la participación del público en la
126
I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
elaboración de planes y programas. El 25 de junio de 2005, a más tardar, los estados
miembros tendr ían que haber incorporado esta directiva a sus respectivas
legislaciones.
No entraremos ahora en las complejidades que esto va a suponer, simplemente
habría que decir que la dificultad, que ya es grande a la hora de lograr una efectiva
aplicación de la normativa referente a la Evaluación Ambiental Estratégica (que
veremos a continuación), se va a multiplicar.
5.
Evaluación ambiental estratégica
La transposición de la Directiva 2001/42/CE, relativa a la evaluación de los efectos
de deter minados planes y programas en el medio ambiente, denominado Evaluación
Ambiental Estratégica ( EA E) a los estados miembros tenía como fecha tope el 21 de
julio de 2004 (tres años después de su publicación en el DOCE), y en España estaba
prevista la aprobación de la nueva normativa en julio de 2004, pese a que algunas
comunidades, como Castilla y León (también Cataluña y Valencia, aunque de forma
menos explícita), ya habían adoptado medidas orientadas a la evaluación estratégica
de algunos planes y programas, incluso antes de la publicación de las Directivas
europeas.
La EAE supondrá, a pesar de los problemas que seguirán aquejando a la política
de la sostenibilidad, un salto cualitativo importante. Pese a que sigue siendo el
mercado el gran regulador de la actividad social y económica en nuestras sociedades,
es innegable que cada vez más voces reivindican un mayor papel para el Estado y,
sobre todo, para la sociedad civil. Las reivindicaciones apuntan hacia el necesario
fortalecimiento de los mecanis mos de gestión y planificación, y por lo tanto de
racionalización, única garantía de que no todos los valores culturales evolucionen al
son del mercado. La EA E puede llegar a convertirse en una herramienta
imprescindible para lograr ese objetivo, lo que ya es señalado por algunos
127
I Jornadas de Patrimonio Arqueológico en la Comunidad de Madrid
especialistas (GULLÓN y ARCE 2000: 701-710; ALLENDE 2000: 69; MOSQUETE
1997: 155; ÁLVAREZ 1997: 166).
Por lo que respecta a las implicaciones que podrá tener para la gestión del PC,
nuestra opinión es que el único camino para lograr una integración en el procedimiento
es la investigación en Paisajes Culturales, en concordancia con las recomendaciones
emanadas de la Convención de Florencia (CONSEJO 2000, FAIRCLOUGH y RIPPON
2002).
Sólo una adecuada caracterización, clasif icación y valoración de los paisajes
culturales (y, por lo tanto, también de los arqueológicos) permitirá una gestión
integrada, a nivel autonómico o estatal, del impacto que deter minados planes y
programas, con fuerte implantación en el conjunto del territorio, generan sobre el
conjunto del PC.
Por otra parte, el diseño y gestión de paisajes culturales se vislumbra como la más
eficaz herramienta para trabajar por la integración, no sólo del PC en la gestión
ambiental, sino en la borrosa frontera que se establece, hoy en día, entre ésta y la
normativa referente a la ordenación territorial.
Por ello, la EA E no sólo proporciona un marco más adecuado para la gestión del
impacto sobre el PC, en la medida en que el reduccionismo inherente a la evaluación
individual de proyectos se vería reemplazado por una actuación planificada y global
(vide CACHEDA 2004), en la que se asumir ía una visión territorial, sino que es el
contexto apropiado para la tan ansiada integración de la gestión del PC en las políticas
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6.
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